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Título del Test:
t3

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LAVADORA ROTA

Fecha de Creación: 2026/10/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 24

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1.- La relación jurídico penitenciaria nace. como consecuencia de la existencia de cualquier resolución judicial. únicamente como consecuencia de una sentencia condenatoria. únicamente por la existencia de un auto que acuerde la prisión provisional de un individuo. niguna de las anteriores es correcta.

2.- La condición de penado se adquiere. en virtud de cualquier sentencia condenatoria siempre que ésta sea firme. b. en virtud de una sentencia condenatoria y de un auto que acuerde la prisión provisional de un individuo. en virtud de una sentencia firme que imponga una pena privativa de libertad. las respuestas 2 y 3 son correctas.

3.- La condición de preso se puede adquirir. por un auto que acuerde la prisión provisional de un sujeto. únicamente por la existencia de una resolución judicial dictada de conformidad con lo establecido en los artículos 503 y 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. las respuestas 1 y 2 son correctas. tanto por sentencia condenatoria como por auto.

4.- Un sujeto ha sido condenado en virtud de sentencia a una pena de multa. jamás adquirirá la condición de penado, porque para ello es necesario que la pena imponga una pena privativa de libertad. jamás adquirirá la condición de penado pero sí podría adquirir la de preso preventivo hasta que pague la multa. podría adquirir la condición de penado en caso de impago. podría adquirir la condición de preso siempre y cuando dicha sentencia sea firme.

5.- El ingreso en prisión de un individuo. puede ser acordado en virtud de mandamiento u orden judicial. nunca puede ser como consecuencia de su presentación voluntaria. puede acordarse únicamente mediante orden de detención de la autoridad judicial, policial o del Ministerio Fiscal. solo cabe en virtud de lo establecido en la respuesta 3 y además como consecuencia de su presentación voluntaria.

6.- Para proceder a la excarcelación de los penados. será necesaria la aprobación de la libertad definitiva por el Tribunal que lo condenó. también cabe que la aprobación de la libertad definitiva la realice el Juez de Vigilancia penitenciaria. ninguna de las dos respuestas anteriores son correctas. las respuestas 1y 2 son correctas.

7.- Una vez cumplida la pena privativa de libertad establecida en sentencia. se extingue la relación jurídico penitenciaria de los presos. se extingue la relación jurídico penitenciaria de los penados. se extingue tanto la relación jurídico penitenciaria de los presos como de los penados. se inicia la relación jurídico penitenciaria.

8.- Si una vez cumplida la condena de prisión establecida en sentencia, el Tribunal sentenciador no hubiera aprobado la libertad definitiva del penado a pesar de que el Director del establecimiento penitenciario le hubiera mandado dos meses antes de su vencimiento la propuesta de libertad definitiva, reiterándola de nuevo quince días antes de la fecha propuesta. el condenado no podrá ser excarcelado hasta que no se apruebe la propuesta por el Tribunal sentenciador. se podrá excarcelar al condenado si se hubiere apercibido al tribunal sentenciador que se procedería de este modo llegada la fecha propuesta si no se hubiese recibido orden expresa en contrario. sería necesaria la aprobación de la libertad definitiva por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. el Director del establecimiento tendrá que volver a requerir al Tribunal sentenciador dentro de las 72 horas siguientes a la fecha propuesta.

9.- Para que el indulto sea una causa de extinción de la relación jurídico penitenciaria de los presos. b) es necesario que el indulto sea total. es necesario que una vez aprobado el indulto, es necesario que se dicte una orden o mandamiento de libertad por parte del Tribunal sentenciador. las dos respuestas anteriores son correctas. ninguna de las respuestas es correcta. 10.- Una pena de 5 años de prisión impuesta e.

10.- Una pena de 5 años de prisión impuesta en sentencia firme prescribirá. a los 15 años. a los 10 años. a los 5 años. al año.

11.- De conformidad con lo establecido en el art. 17 de la Constitución española, la detención preventiva de un individuo. deberá durar 72 horas. deberá durar un mínimo de 72 horas. podrá durar hasta 72 horas y transcurrido este plazo necesariamente será puesto en libertad. no podrá durar más allá del tiempo estrictamente necesario con un plazo máximo de 72 horas.

12.- La libertad de los presos preventivos debe ser acordada por. el Director del establecimiento penitenciario. por el Juez de Vigilancia penitenciaria. por el Juez o Tribunal sentenciador. por el Juez o Tribunal a cuya disposición se encuentren.

13.- El plazo máximo de prisión provisional previsto legalmente para un acusado de cometer un delito penado con una pena de prisión de 5 años, será de. dos años en todo caso. cuatro años en todo caso. dos años, pudiéndose prorrogar hasta dos años más cuando la causa no pueda ser juzgada dentro de los dos años siguientes a contar desde que inicialmente se acordó la prisión provisional. un año prorrogable por otro año más.

14.- Cuando un sujeto que estuviese en prisión provisional por una causa, fuese juzgado por la misma y condenado en sentencia a una pena de prisión de 5 años, presentase un recurso contra dicha sentencia. pasará inmediatamente a la situación de penado. se podrá prorrogar la prisión provisional hasta dos años máximo. se podrá prorrogar la prisión provisional hasta dos años y seis meses máximo. continuará en cualquier caso en prisión provisional hasta que dicha sentencia adquiera firmeza independientemente del tiempo que tarde en resolverse el recurso.

15.- Como consecuencia de estar cumpliendo pena de prisión, los penados. no podrán disfrutar de ninguno de los derechos fundamentales previstos en la Constitución. podrán seguir disfrutando de todos los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución en cualquier caso. serán privados de aquellos que expresamente se vean limitados por la sentencia condenatoria, entre otros. ninguna de las respuestas anteriores son correctas.

16.- Los condenados a pena de prisión, por el hecho de su ingreso en un centro penitenciario. se ven privados tanto del derecho de sufragio pasivo como del derecho de sufragio activo. sólo se ven privados del derecho de sufragio pasivo, que lo pierden siempre. solamente se verán privados del derecho de sufragio activo cuando así haya sido acordado en sentencia, ya sea como pena principal o accesoria. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

17.- La evasión de un recluso del centro penitenciario en el que esté cumpliendo condena. supondría el incumplimiento de una de sus obligaciones. le podría suponer una condena penal por la comisión de un delito. no supondría el incumplimiento de ninguna obligación porque no está previsto en ninguno de los deberes de los internos regulados en el art. 4 de la LOGP, pero sí podría suponer un delito de quebrantamiento de condena. Las respuestas 1 y 2 son correctas.

18.- La relación de sujeción especial se predica. de la relación existente entre los reclusos y los tribunales de justicia. de la relación existente entre los reclusos y los penados. de la relación existente entre los reclusos y penados y la Administración Penitenciaria. niguna de las respuestas anteriores es correcta.

19.- La referencia a la relación de sujeción especial en el ámbito penitenciario, ha permitido. que en ocasiones la descripción de aquellas conductas que se pueden considerar como infracciones penitenciarias se haga por medio de Reglamento en lugar de por Ley. que los internos mantengan una actitud de respeto y consideración hacia los funcionarios. que las restricciones de derechos se hagan siempre por ley y nunca por reglamentos. todas las respuestas anteriores son correctas.

20.- La teoría de la relación de sujeción especial. comenzó en la doctrina administrativa del siglo XIX para justificar una situación de primacía de la Administración que le permitía restringir los derechos de los administrados. supone una concepción de la actividad administrativa al margen del sometimiento al Derecho. ha sido admitida en el ámbito penitenciario español por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. todas las respuestas anteriores son correctas.

21.- La referencia a la posición de garante de los funcionarios penitenciarios significa. que la Administración penitenciaria velará durante el tiempo que dure la condena de una persona, cuando ésta haya sido condenada al cumplimiento de una pena privativa de libertad, de que no pueda fugarse del centro penitenciario para no suponer ningún peligro a la sociedad. que al estar una persona privada de su libertad como consecuencia del cumplimiento de una pena, resultando por tanto incapaz de encargarse de su propia subsistencia, es la Administración penitenciaria la que tiene el deber de velar por su vida y salud. las dos respuestas anteriores son correctas. niguna respuesta es correcta.

22.- Cuando un recluso ataque a otro causándole lesiones. nunca podrá ser responsable ningún funcionario penitenciario puesto que no ha sido él el que causó las lesiones del interno. puede que un funcionario penitenciario sea responsable penalmente a título de comisión por omisión cuando por parte de éste existía un deber de evitación de dicho resultado. puede que algún funcionario penitenciario resulte responsable penalmente como consecuencia de la posición de garante que asume la Administración penitenciaria. las respuestas 2 y 3 son correctas.

23.- La responsabilidad patrimonial de la Administración penitenciaria, cuando alguno de los reclusos haya visto lesionados sus bienes o derechos. sólo puede tener lugar cuando dicha lesión haya sido cometida por parte de un funcionario público. puede tener lugar cuando dicha lesión haya sido cometida por parte de otro recluso. las dos respuestas anteriores son correctas. niguna de la respuesta es correcta.

24.- En caso de que un funcionario penitenciario sea responsable penalmente por la lesión de algún bien o derecho de uno de los reclusos cometida por parte de otro recluso. ya nunca cabe la responsabilidad patrimonial de la Administración penitenciaria ya que la responsabilidad penal es de carácter penal. al haber sido otro recluso el autor de la lesión no se le podrá exigir a la Administración una responsabilidad patrimonial. puede que la Administración penitenciaria tenga que responder patrimonialmente. sólo cabría que además de la responsabilidad penal del funcionario penitenciario hubiera una responsabilidad patrimonial de la Administración penitenciaria cuando la lesión hubiese sido cometida por un funcionario público.

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