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Título del Test:
60

Descripción:
lesiones permanente no invalidantes

Fecha de Creación: 2023/06/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 15

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Señala la INCORRECTA. En relación con el art. 203 LGSS, las indemnizaciones a tanto alzado que procedan de lesiones permanentes no incapacitantes con respecto de las prestaciones económicas establecidas para la IP. Serán, en todo caso, incompatibles. Serán incompatibles, salvo excepción. Podrán ser compatibles.

El art. 2 del RD 1300/1995, de 21 de julio, que desarrolla, en materia de incapacidad laboral de la SS, la ley 42/1994 de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, establece que en los Equipos de Valoración de Incapacidades las funciones de Secretario serán ejercidas por. El funcionario titular de un puesto de trabajo de la unidad encargada del trámite de las prestaciones de Invalidez de la correspondiente Dirección Provincial del INSS. El facultativo médico, perteneciente al INSS. El inspector de trabajo y SS.

El art. 40 de la orden de 15 de abril de 1969 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones por invalidez en el Régimen General, establece las consecuencias de la revisión de la IP. Si el trabajador declarado en un grado de incapacidad que le diera derecho a la pensión se le reconociese como resultado de la revisión otro grado que le dé derecho a. Una pensión de cuantía diferente, pasará a percibir la nueva pensión. Una pensión de cuantía diferente, percibirá la pensión de mayor cuantía. Una pensión de cuantía inferior, seguirá percibiendo la anterior pensión.

Las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo serán indemnizadas como lesiones permanente no incapacitantes, de acuerdo con el art. 201 LGSS, cuando estén causadas por. Enfermedad común. Enfermedad profesional. Accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Si el pensionista de IP estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, el INSS podrá promover la revisión de la situación de IP, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución. A instancia de parte. De oficio o a instancia de parte. De oficio.

Cual será la entidad que indemnizará las lesiones permanentes no incapacitantes reguladas en la LGSS. El INSS. Las mutuas colaboradoras. La obligada al pago de las prestaciones de incapacidad permanente.

De acuerdo con la orden de 18 de enero de 1996, para la aplicación y desarrollo del RD 1300/1995 de 21 de julio, sobre incapacidades laborales de la SS, el plazo máximo para resolver el procedimiento de evaluación y declaración de incapacidad permanente es de. 180 días. 90 días. 135 días.

En relación con las funciones de los equipos de valoración de incapacidades y de acuerdo con el RD 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la SS, la ley 42/1994 de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, indica cual NO será una función. Procedencia o no de prorrogar el periodo de observación medica en enfermedades profesionales. Determinación del plazo a partir del cual se podrá instar la revisión del grado de Invalidez por error de diagnóstico. Determinación de la incapacidad para el trabajo exigida para ser beneficiario de las prestaciones económicas por muerte y supervivencia.

En relación a la incompatibilidad de las indemnizaciones procedentes de lesiones permanentes no incapacitantes con las prestaciones económicas de incapacidad permanente, el art. 203 LGSS establece. Serán, en todo caso, incompatibles, debiendo percibir la prestación de incapacidad permanente. Serán, en todo caso, compatibles, cuando las lesiones, mutilaciones y deformidades sean independientes de las que han sido tomadas en consideración para la incapacidad permanente. Serán, en todo caso, incompatibles, debiendo optar el beneficiario por una de ellas.

De acuerdo con el art. 200 LGSS, le corresponde al INSS declara la situación de incapacidad permanente, a través de los organos que reglamentariamente se establezcan y en. Todas las fases del procedimiento. En la fase final del procedimiento. En la fase inicial del procedimiento.

En relación con el art. 200 LGSS, ¿se podrá instar la revisión del estado incapacitante profesional a la que se hace referencia en la resolución por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente con anterioridad al plazo que conste en la misma?. No, con la excepción de que el pensionista de incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo. No, en todo caso. Si, como por ejemplo, en el supuesto de revisiones fundadas en error de diagnóstico.

En relación a la formulación del dictamen-propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades, como requerimiento preceptivo para la instrucción del procedimiento para la evaluación de la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas de IP y lesiones permanentes no incapacitantes, actuará como ponente. El médico inspector, propuesto por el Director Provincial del INS. El facultativo médico dependiente del INSS. El subdirector provincial de incapacidad del INSS.

De acuerdo con el art. 201 LGSS, indique cuál será el carácter de las lesiones, mutilaciones y deformidades para que puedan ser indemnizadas como lesiones permanente no incapacitantes. De carácter definitivo o presumiblemente definitivo. De carácter definitivo. De carácter presumiblemente definitivo.

De acuerdo al art. 200,2 LGSS ¿cuál será el requisito necesario para que en las resoluciones de reconocimiento del derecho o confirmación de grado de las pensiones de incapacidad permanente se haga constar el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión?. Cuando la revisión no sea por agravación del estado incapacitante profesional. En tanto el beneficiario no haya cumplido la edad mínima para acceder al derecho a la pensión por jubilación. Cuando el trabajador estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia.

En virtud del art. 201 LGSS, las lesiones por contingencias profesionales que no lleguen a constituir una incapacidad permanente podrán ser indemnizadas cuando. Supongan una alteración física grave del trabajador y aparezcan recogidas en el baremo. Supongan una alteración de la funcional grave del trabajador y aparezcan recogidas en el baremo. Supongan una disminución de la integridad física del trabajador y aparezcan recogidas en el baremo.

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