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Test 9 Ley 9/2017 - Libro Segundo Título 1

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Título del Test:
Test 9 Ley 9/2017 - Libro Segundo Título 1

Descripción:
Test 9 Ley 9/2017 - Libro Segundo Título 1

Fecha de Creación: 2026/08/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Respecto a los concursos de proyectos: una vez finalizado el plazo de presentación de las propuestas de proyectos, se constituirá un jurado cuyos miembros serán designados de conformidad con lo establecido en las bases del concurso. habrá intervención de la mesa de contratación. todas aquellas funciones administrativas o de otra índole no atribuidas específicamente a los servicios dependientes del órgano de contratación serán realizadas por el Jurado. el jurado estará compuesto por personas físicas dependientes de los participantes en el concurso de proyectos.

Respecto a los concursos de proyectos, cuando se exija una cualificación profesional específica para participar en un concurso de proyectos: al menos dos tercios de los miembros del jurado deberán poseer dicha cualificación u otra equivalente. al menos tres quintos de los miembros del jurado deberán poseer dicha cualificación u otra equivalente. al menos dos quintos de los miembros del jurado deberán poseer dicha cualificación u otra equivalente. al menos un tercio de los miembros del jurado deberán poseer dicha cualificación u otra equivalente.

Los efectos de los contratos administrativos se regirán por: las normas a que hace referencia el apartado 2 del artículo 25. los pliegos de cláusulas administrativas. los pliegos de prescripciones técnicas, generales y particulares, o documento descriptivo que sustituya a éstos. todas son correctas.

Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de: interpretar los contratos administrativos. resolver las dudas que ofrezca el cumplimiento de los contratos administrativos. modificar los contratos administrativos por razones de interés público. todas son correctas.

Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de: declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato. suspender la ejecución del contrato. acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de esta. todas son correctas.

Será preceptivo el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva en los casos y respecto de los contratos que se indican a continuación: la interpretación, nulidad y resolución de los contratos, cuando no se formule oposición por parte del contratista. las modificaciones de los contratos cuando no estuvieran previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea inferior a un 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o inferior a 6.000.000 de euros. las reclamaciones dirigidas a la Administración con fundamento en la responsabilidad contractual en que esta pudiera haber incurrido, en los casos en que las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros. todas son correctas.

Respecto a los contratos administrativos los acuerdos que adopte el órgano de contratación: pondrán fin a la vía administrativa y serán ejecutivos pasados 30 días. pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. no pondrán fin a la vía administrativa y serán ejecutivos pasados 30 días. no pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.

Los pliegos o el documento descriptivo podrán prever penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo. Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y las cuantías de cada una de ellas: no podrán ser superiores al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. no podrán ser superiores al 20% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. no podrán ser superiores al 20% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. no podrán ser superiores al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 60% del precio del contrato.

Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de: 0,60 euros por cada 500 euros del precio del contrato, IVA incluido. 0,80 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA incluido. 0,80 euros por cada 500 euros del precio del contrato, IVA excluido. 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.

El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades cada vez que las penalidades por demora alcancen: un múltiplo del 5% del precio del contrato, IVA incluido. un múltiplo del 10% del precio del contrato, IVA incluido. un múltiplo del 5% del precio del contrato, IVA excluido. un múltiplo del 10% del precio del contrato, IVA excluido.

La Administración exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios en el supuesto de: incumplimiento parcial. cumplimiento defectuoso. demora en la ejecución en que no esté prevista penalidad o en que estándolo la misma no cubriera los daños causados a la Administración. todas son correctas.

En el supuesto de demora en la ejecución, si la Administración optase por la resolución esta deberá acordarse por: el órgano de contratación o por aquel que tenga atribuida esta competencia en las Comunidades Autónomas, sin otro trámite preceptivo que el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva. el órgano de contratación o por aquel que tenga atribuida esta competencia en las Comunidades Autónomas, sin otro trámite preceptivo que el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva y, cuando se formule oposición por parte de este, la audiencia del contratista. el órgano de contratación o por aquel que tenga atribuida esta competencia en las Comunidades Autónomas, sin otro trámite preceptivo que la audiencia del contratista y, cuando se formule oposición por parte de este, el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva. el Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva, sin otro trámite preceptivo que la audiencia del contratista y, cuando se formule oposición por parte de este, el dictamen del órgano de contratación o por aquel que tenga atribuida esta competencia en las Comunidades Autónomas.

En el supuesto de demora en la ejecución, si el retraso fuese producido por motivos no imputables al contratista y este ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá dándosele un plazo que será: por lo menos, la mitad del tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. por lo menos, la mitad del tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro mayor. por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro mayor.

Como regla general, indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, será obligación de: el contratista. el órgano de contratación. el Consejo de Estado. ninguna es correcta.

Cuando los daños y perjuicios que se causen a terceros hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración o como consecuencia de los vicios del proyecto en el contrato de obras, será responsable de los daños: el contratista. la Administración. el Consejo de Estado. ninguna es correcta.

Respecto a la indemnización de daños y perjuicios causados a terceros, estos podrán requerir previamente: dentro del mes siguiente a la producción del hecho, al contratista para que este, oído el órgano de contratación, informe sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños. dentro del mes siguiente a la producción del hecho, al órgano de contratación para que este, oído el contratista, informe sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños. dentro del año siguiente a la producción del hecho, al contratista para que este, oído el órgano de contratación, informe sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños. dentro del año siguiente a la producción del hecho, al órgano de contratación para que este, oído el contratista, informe sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños.

El requerimiento de los terceros para que se informe sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños: interrumpe el plazo de prescripción de la acción. no interrumpe el plazo de prescripción de la acción. provoca la caducidad del plazo de prescripción de la acción. ninguna es correcta.

Sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239, la ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de: el contratista. el contratante. el contratista y el contratante solidariamente. el contratista y subsidiariamente el contratante.

El contratista tendrá derecho al abono de: el precio convenido por la prestación realizada en los términos establecidos exclusivamente en el contrato. el precio o el pago en especies convenido por la prestación realizada en los términos establecidos en esta Ley y en el contrato. el precio convenido por la prestación realizada en los términos establecidos en esta Ley y en el contrato. el precio o el pago en especies convenido por la prestación realizada en los términos establecidos en exclusivamente en el contrato.

El pago del precio: deberá hacerse de manera total. podrá hacerse de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta. podrá hacerse de manera total o parcial, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado. podrá hacerse de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado.

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