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T10

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Título del Test:
T10

Descripción:
Relaciones electronicas

Fecha de Creación: 2024/02/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 56

Valoración:(3)
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1. ¿Qué es el Sistema de Información Administrativa?. a) Es un inventario de información administrativa que permite el intercambio de procedimientos electrónicos entre las distintas Administraciones Públicas. b) Es un inventario de información Administrativa regulado en el Esquema Nacional de Interoperabilidad. c) Es un inventario de procedimientos y servicios electrónicos para uso exclusivo de la Administración General del Estado.

2. El Sistema de información administrativa responde a: a) La obligación de publicar y mantener actualizadas las relaciones de procedimientos y servicios electrónicos de los Consorcios Estatales. b) Al mandato recogido en la Ley 30/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece la obligación de publicar y mantener actualizadas las relaciones de las sedes electrónicas. c) Al mandato recogido en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

3. ¿Cómo deben ser las relaciones interadministrativas e interorgánicas de las Administraciones Públicas?. a) La Ley 40/105, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector Público establece que las Administraciones están obligadas a relacionarse por medios electrónicos, excepto para las Entidades de derecho privado vinculas o dependientes de las distintas Administraciones. b) La Ley 40/105, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector Público establece que las Administraciones están obligadas a relacionarse por medios electrónicos, incluyendo Las entidades vinculadas o dependientes de las mismas. c) Solo existe una obligación de relacionarse electrónicamente con los órganos y organismos públicos dependientes de la misma Administración.

4. ¿Pueden existir Carpetas Ciudadanas en la distintas Administraciones Públicas?. a) Sí, pero solo para los apartados referentes a las consultas de certificaciones administrativas. b) Sí, pero solo para el apartado referente a las comunicaciones y notificaciones que se realicen a los interesados. c) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

5. ¿Están obligadas las Entidades de Derecho privado a utilizar el Registro electrónico General?. a) Sí, para el ejercicio de potestades privadas. . b) No, porque son entes ajenos a la Administración Pública. c) Sí, respecto de las actuaciones que realicen en el ejercicio de potestades administrativas.

6. ¿Están obligadas las distintas Administraciones Públicas a mantener un sistema integrado de información Administrativa? . a) No, porque cuando se necesita información se hace una solicitud expresa. b) Sí, en el que se incluirán datos actualizados referentes a los diferentes ámbitos de su actividad administrativa. c) No, porque cada Administración Pública ya dispone de sus sedes electrónicas.

7. ¿Existe un mandato para la creación de una plataforma Digital de colaboración entre las Administraciones Públicas?. a) No, porque las técnicas de cooperación se refieren a otras herramientas. b) No, porque la colaboración se hace a través de los órganos consultivos de la Administración General del Estado. . c) Sí, como instrumento que facilita las relaciones en soporte electrónico del sistema de Conferencias Sectoriales, entre otros.

8. ¿Qué aspectos hay que tener en cuenta para las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas, según la Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público?. a) No se establece en esta Ley una regulación específica para las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. b) Lo que determine el Esquema Nacional de datos electrónicos. c) Lo establecido para las Transmisiones de datos entre las Administraciones Públicas.

9. ¿Hay que tener en cuenta el aseguramiento y la interoperabilidad de la firma electrónica para las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas?. a) No, puesto que la firma empleada por una Administración Pública no tiene que ajustarse a la interoperabilidad de los sistemas. b) No, puesto que la política de firma electrónica no se tiene que ajustar a la regulación existente para los certificados electrónicos. c) Sí, puesto que así se facilita la verificación automática de documentos electrónicos.

10. ¿Es posible transmitir documentos electrónicos entre Administraciones Públicas en entornos cerrados de comunicación?. a) No, la normativa sobre procedimientos electrónicos no contempla este tipo de transmisiones. b) Se podría hacer garantizando la seguridad del entorno cerrado de comunicaciones. c) Solo se podría hacer dentro una misma Administración Pública.

11. ¿La Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de firma y sello electrónicos y de certificados de la Administración, sustituye a la denominada de Política de Firma Electrónica y de certificados de la Administración?. a) No, se trata de normas distintas en función del ámbito de actuación de la Administración Pública concreta. b) No, son aspectos que no necesitan de regulación específica, y por lo tanto no existe ni una, ni otra. c) Si, la entrada en vigor de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y la evolución del contexto regulatorio europeo han hecho necesaria esa sustitución.

12. ¿Cómo deben conservarse los documentos electrónicos?. a) Se pueden conservar en el mismo formato a partir del que se originó el documento, o en otro cualquiera que asegure la identidad e integridad de la información necesaria para reproducirlo. b) No es necesario trasladar los datos a otros formatos y soportes que garanticen el acceso desde diferentes aplicaciones. c) No existen unas condiciones predeterminadas de cómo deben conservarse los documentos electrónicos.

13. Los medios o soportes en los que se almacenen documentos electrónicos asegurarán: b) La identificación de los usuarios y el control de accesos solo cuando se trate de documentos emitidos por otras Administraciones. c) La identificación de los usuarios y el control de accesos, si bien no es necesaria la recuperación de estos cuando ha variado el soporte en el que está almacenado. a) La identificación de los usuarios y el control de accesos.

14. ¿Qué respaldo normativo tiene el Sistema de Aplicaciones y Redes para las Administraciones Públicas?. a) EL Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración electrónica. b) Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de requisitos de conexión a la red de comunicaciones de las Administraciones Públicas españolas. c) La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

15. ¿Qué establece la Norma Técnica de Interoperabilidad de Modelo de Datos para el intercambio de asientos entre las Entidades Registrales?. a) Normaliza los intercambios registrales entre las oficinas de registro para garantizar su interoperabilidad y, permite la adecuación de los intercambios a las nuevas necesidades de las oficinas de registro. b) Establece los requisitos para las actuaciones administrativas automatizadas. c) La Norma técnica de interoperabilidad de modelos de datos no aborda el intercambio de asientos registrales.

16. ¿Tienen las transmisiones de datos entre Administraciones Públicas la consideración de certificados administrativos?. a) No, puesto que la transmisión de datos no genera un documento igual a un certificado expedido por una Administración. b) No, puesto que la validez de los datos que se intercambian no puede verificarse ante el Organismo que los remite. c) Sí, las transmisiones de datos que se realicen a través de redes corporativas de las Administraciones Públicas tienen la consideración de certificados administrativos bajo determinadas condiciones.

17. ¿Cuándo se realizan transmisiones de datos entre las Administraciones Públicas, qué se entiende por cesionario de datos?. a) Un Cesionario será cualquier organización autorizada a consultar determinados datos de los ciudadanos en poder de un Cedente. b) No existe esta figura en la transmisión de datos entre las Administraciones Públicas. c) Un Cesionario será el propietario de los datos que se quieren consultar.

18. La plataforma de intermediación de datos gestionada por la Administración General del Estado: a) Gestionará las condiciones establecidas por cada Cedente de datos. b) Gestionará la información intercambiada, si bien no es necesario asegurar la integridad de los datos intercambiados al tratarse de redes corporativas. c) Almacenará información personal de los ciudadanos.

19. ¿Es la trazabilidad uno de los aspectos relativos a la seguridad en la transmisión de datos a través de la Plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado?. a) No, la trazabilidad no es necesaria contemplarla como medida de protección en la transmisión. b) No, la trazabilidad no es necesaria contemplarla como medida de protección de la información. . c) Sí, la trazabilidad es necesaria atendiendo a las medidas de seguridad del Esquema Nacional de Seguridad.

20. ¿Existe algún instrumento definido en el Esquema Nacional de Interoperabilidad para publicar los modelos de datos que permita intercambiar información entre las Administraciones Públicas?. a) Sí, el Centro de Interoperabilidad Semántica es el encargado de determinar estos modelos. b) Sí, pero está definido en el Esquema Nacional de Seguridad. c) No existe ningún instrumento para definir los modelos de datos.

21. ¿Qué define la Norma Técnica de Interoperabilidad de Protocolos de intermediación de datos?. a) Con carácter general, define los roles de los agentes que participan en los intercambios intermediados de datos. b) Establece las condiciones relativas a los procesos de intercambio intermediado de datos para el uso exclusivo de los Entes Públicos de derecho Privado. c) Establece las condiciones para la creación de herramientas corporativas electrónicas en las distintas Administraciones Públicas.

22. ¿Se recoge en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los requisitos de acceso a los datos entre Administraciones Públicas?. a) Sí, en su articulado se indican los requisitos para el acceso a los datos, de tal manera que habrá que dejar constancia de la fecha y hora de la transmisión. b) Sí, manifestando que habrá que dejar constancia de la fecha y hora de la transmisión, pero solo cuando se trata de accesos dentro de la misma Administración. c) En la citada norma no se recogen estos aspectos, puesto que ya fueron regulados en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

23. ¿Existe algún medio para garantizar la fecha y hora de realización de cualquier operación o transacción por medios electrónicos entre Administraciones Públicas?. a) No, dado que no es necesario generar una evidencia que determine la existencia de un documento o de una transacción en un momento concreto. b) Sí, existe una Autoridad que proporciona servicios de sellado de tiempo sincronizados con la hora oficial del Estado. c) La generación de evidencias respecto a la fecha y la hora de las transacciones no está garantizada por ningún medio oficial.

24. ¿Se pueden poner a disposición de otras Administraciones aplicaciones informáticas desarrolladas por una Administración en concreto?. a) Sí, salvo aquellas que han sido objeto de contratación por la Administración cedente. b) Sí, tanto las que han sido desarrolladas por la propia Administración cedente, como cuando han sido objeto de contratación. c) No se contempla este supuesto en la normativa al respecto.

25. ¿Puede ponerse a disposición de otra Administración aplicaciones y sistemas de una Administración cuando se tiene la propiedad intelectual de las mismas?. a) Sí, salvo que la información a la que estén asociadas sea objeto de especial protección. b) Sí, se pueden ceder, en cualquier caso. c) No existe esa posibilidad, ya que se vulnerarían los principios de la propiedad intelectual.

26. ¿Existe un Directorio general de aplicaciones o/soluciones para su reutilización entre las Administraciones Públicas?. a) Sí, el Centro de Transferencia de Tecnología publica un directorio general de aplicaciones o/y soluciones cuyo objetivo es favorecer la reutilización de soluciones, pero solo para el ámbito de la Administración del Estado. b) Sí, el Centro de Transferencia de Tecnología es el directorio general de aplicaciones para su reutilización en la Administración General del Estado e interopera con los directorios establecidos por otras Administraciones Públicas. c) No existe un Directorio General de aplicaciones o/soluciones para su reutilización.

27. ¿Qué funciones tiene entre otras, el Directorio General de Aplicaciones?. a) Crear un espacio donde se puedan compartir experiencias y cooperar en el ámbito de la administración electrónica. b) Crear un repositorio común de software y de servicios para su reutilización en las Administraciones Públicas. c) Las dos respuestas anteriores son correctas.

28. ¿Puede cualquier Administración adherirse a las plataformas, registro o servicios electrónicos de la Administración General del Estado?. a) No, porque cada una tiene sus licenciamientos. b) Sí, dejando constancia de la voluntad de adherirse, y de aceptar en su integridad las condiciones de uso determinadas por el órgano titular de la plataforma. c) Sí, pero se especificará que se cambiará la titularidad sobre las actuaciones administrativas realizadas en el procedimiento administrativo que se esté tramitando.

29. La cesión de datos dentro de una actuación administrativa podrá llevarse a cabo: a) De manera automatizada, entre otras formas, sin que tenga que intervenir directamente un empleado público. b) Siempre a través de la pasarela digital de la que sea titular cada Administración Pública. c) A través de los sistemas de notificaciones electrónicas.

30. ¿Tienen las Administraciones Públicas la obligación de mantener actualizado un registro u otro sistema equivalente de funcionarios habilitados para la identificación o firma electrónica? . a) Si es necesario, pero solo para la identificación electrónica. b) Si es necesario, pero solo para la firma electrónica. c) Sí, y al menos constarán los funcionarios que presten servicios en las oficinas de asistencia en materia de registro.

31. ¿Qué es la Dirección Electrónica Habilitada Única?. a) Es un sistema de información sobre el estado de los expedientes administrativos. b) Es un sistema de información para ver las certificaciones expedidas por las Administraciones Públicas. c) Es un sistema de información para las Notificaciones electrónicas.

32. ¿Dónde se aloja la Dirección Electrónica Habilitada Única?. a) En la sede electrónica del PAGe de la Administración General del Estado. b) En las sedes electrónicas de las Entidades Locales. c) En las sedes electrónicas de los Organismos Autónomos de cada Administración Pública.

33. ¿Se pueden poner en nuestro sistema de notificaciones electrónicas NOTI, notificaciones practicadas vía postal?. a) Nuestro sistema NOTI no dispone de esta funcionalidad. b) Nuestro sistema NOTI, puede poner notificaciones en papel a disposición de los interesados para que puedan acceder al contenido de estas de forma voluntaria. c) Depende de la unidad emisora de la notificación.

34. ¿Deben ser los registros electrónicos de apoderamientos interoperables?. a) Solo se exige para el registro de la Administración General del Estado. b) Todos los registros particulares de apoderamientos pertenecientes a cada una de las Administraciones deberán ser interoperables, aunque no será necesaria la compatibilidad informática. c) Todos los registros particulares de apoderamientos pertenecientes a cada una de las Administraciones deberán ser interoperables, garantizando su interconexión y compatibilidad informática.

35. ¿Es necesario que cada Administración Pública mantengan actualizados sus inventarios de información administrativa?. a) Sí, con una relación al menos de los procedimientos y servicios prestados de forma clasificada y estructurada. b) No, porque ya tienen sus propias sedes electrónicas. c) No, ya que dichos inventarios no se contemplan en la normativa al respecto.

36. ¿En qué aspectos modifica el Reglamento 203/2021, de 30 de marzo, de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos el Esquema Nacional de Interoperabilidad?. a) En lo referente a la integridad de las notificaciones electrónicas. b) En todo lo que atañe a los sistemas de comunicaciones electrónicas. c) En todo lo referente a la Interoperabilidad en la política de firma electrónica y de certificados.

37. ¿Bajo qué modalidades se pueden hacer consultas en la plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado?. a) Las consultas pueden ser automatizadas, a través de servicios web. b) Las consultas pueden ser on-line sin necesidad de ser previamente autorizados. c) Se permiten las consultas on-line, pero no las automatizas, a través de servicios web.

38. La plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado tiene actualmente disponibles los siguientes servicios: a) Estar al corriente de pago con la Hacienda de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. b) Importes de prestación de desempleo percibidos a la fecha actual. c) El registro de deportistas de alto rendimiento.

39. ¿Pueden las Administraciones Públicas consultar datos de los ciudadanos sin su consentimiento?. a) Solo para el ámbito tributario. b) No, los datos personales son propiedad de cada de una las Administraciones y no pueden cederlos. c) No cabe la oposición cuando se exijan en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras.

40. El servicio de verificación de Datos Catastrales de la plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado permite: a) Acceder a certificados ofrecidos por la Dirección General de Catastro, como la consulta de bienes inmuebles. b) Obtener una certificación descriptiva y gráfica de un inmueble. c) Las dos respuestas anteriores son correctas.

41. ¿Ofrece el Servicio Público de empleo estatal algún dato a través de la Plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado, para que pueda ser consultado por otras Administraciones Públicas?. a) Sí, se puede consultar información acerca de las prestaciones de desempleo. b) No, porque a la plataforma no pueden acceder otras Administraciones Públicas distintas de las del Estado. c) Sí, se pude acceder a información relativa a las cotizaciones de los trabajadores.

42. ¿Ofrece nuestra Administración algún dato a través de la Plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado, para que pueda ser consultado por otras Administraciones Públicas? . a) No, a nuestros datos solo pueden acceder los Organismos de nuestra Administración. b) Sí, tenemos a disposición de otras Administraciones Públicas los datos de discapacidad y familia numerosa. c) Sí, tenemos a disposición de otras Administraciones Públicas los datos de estar al corriente de pago con nuestra Hacienda.

43. ¿Evita la interoperabilidad de los sistemas y aplicaciones que utiliza la Administración Pública pedir información al ciudadano?. a) No, porque la interoperabilidad no se puede aplicar a los datos personales. b) No, porque la interoperabilidad solo afecta a los sistemas de las empresas privadas cuando son concesionarias de un servicio público. c) Sí, puesto que facilita el intercambio de información para que los interesados no tengan que aportar documentación ya obrante en las Administraciones Públicas.

44. ¿Recoge la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público la definición del Esquema Nacional de Interoperabilidad?. a) Sí, lo recoge en uno de sus artículos. b) No, la definición aparece recogida en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. c) Sí, lo recoge, pero solo en el aspecto semántico.

45. ¿Qué es la interoperabilidad técnica?. a) Es la parte de la interoperabilidad que hace referencia a las relaciones entre las tecnologías de la información, incluyendo atributos como integración de datos y accesibilidad, entre otros aspectos. b) La obligación por parte los órganos o Entidades de Derecho Público de utilizar estándares no abiertos. c) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

46. ¿Qué criterios sigue el Esquema Nacional de Interoperabilidad para la elección de los estándares que tienen que utilizar las Administraciones Públicas?. a) El uso de las especificaciones técnicas de las TIC en la contratación pública. b) La definición de estándar cerrado establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio. c) No hay unos criterios específicos al que tengan que ajustarse las Administraciones Públicas.

47. ¿Se contempla en alguna disposición del Esquema Nacional de Interoperabilidad una herramienta que garantice la certidumbre sobre los plazos establecidos en un trámite electrónico concreto?. a) La autoridad de certificación de tiempo no se considera un tercero de confianza para las comunicaciones de las Administración Públicas. b) El Esquema Nacional de Interoperabilidad establece que los sistemas o aplicaciones implicadas en la provisión de un servicio público por vía electrónica se sincronizarán con la hora oficial. c) No es necesario tener una prueba fehaciente de la existencia en un documento electrónico de la hora oficial.

48. ¿Establece el Esquema Nacional de Interoperabilidad la inclusión en los expedientes de un índice electrónico firmado por el órgano o entidad actuante, que garantice la integridad del expediente electrónico y permita su recuperación?. a) No lo incluye, pues los expedientes electrónicos no incorporan un índice electrónico. b) No lo incluye porque la integridad del expediente electrónico está garantizada sin ningún requisito adicional a lo largo del tiempo de conservación. c) Sí, lo incluye entre las medidas.

49. ¿Es necesaria mantener una actualización del Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) en paralelo a la evolución tecnológica?. a) El Esquema Nacional de Interoperabilidad no contempla la actualización de las infraestructuras que apoyan los servicios de administración electrónica. . b) El ENI establece una actualización permanente de sus contenidos en paralelo al progreso de los servicios de administración electrónica. c) El ENI solo establece criterios de actualización de sus contenidos para las empresas privadas dedicadas a contenidos TICs.

50. ¿Están las distintas Entidades Locales incluidas en el ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Interoperabilidad?. a) No, porque no tienen la consideración de Administración Pública. b) Están incluidas algunas Entidades Locales, aunque se excluyen las Diputaciones Provinciales. c) Sí, están incluidas las Entidades que integran la Administración Local.

51. ¿Puede haber conversión entre documentos electrónicos?. a) La conversión entre documentos electrónicos supondrá la generación de un nuevo documento electrónico con diferente formato o versión a la del documento origen, sin que por ello tenga que cumplir con lo establecido en la Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento electrónico. b) El formato del nuevo documento convertido será seleccionado de entre los establecidos en la Norma Técnica de Interoperabilidad del Catálogo de estándares. c) La conversión entre documentos electrónicos supondrá la generación de un nuevo documento electrónico con diferente formato o versión a la del documento origen, que cumplirá con lo establecido en la Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento electrónico.

52. ¿Existen en el Esquema Nacional de Seguridad diversos roles para diferenciar la responsabilidad de la seguridad de los sistemas de información?. a) Hay una diferenciación de responsabilidades, pero no afectan al servicio, ni a la información. b) Se diferenciará el responsable de la información, el responsable del servicio, el responsable de la seguridad y el responsable del sistema, principalmente. c) No hay una diferenciación de roles, ya que en los escalones inferiores de cada Organización existen mecanismos de coordinación y resolución de conflictos.

53. ¿El Centro Criptológico Nacional?. a) Vela por el cumplimiento de la normativa relativa a la protección de la información clasificada en su ámbito de competencia. b) Formar al personal de las empresas privadas especialistas en el campo de la seguridad. c) El Centro Criptológico Nacional no se rige por la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia.

54. ¿Los sistemas de información comprendidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) tienen que someterse a auditorias de seguridad?. a) Serán objeto de una auditoría regular ordinaria, al menos cada tres años, que verifique el cumplimiento de los requerimientos del ENS. b) Serán objeto de una auditoría regular ordinaria, al menos cada dos años, que verifique el cumplimiento de los requerimientos del ENS. c) Solo existe la posibilidad de auditorías extraordinarias.

55. ¿Qué requisito se exige a los proveedores de soluciones o servicios tecnológicos en las Administraciones Públicas?. a) Que adopten medidas de seguridad en sus sistemas, sin que tengan que seguir el Esquema Nacional de Seguridad. b) La obligación de que tales soluciones o servicios sean conformes con lo dispuesto en el Esquema Nacional de Seguridad y posean las correspondientes Declaraciones o Certificaciones de Conformidad. c) No se les exigirá Declaraciones o Certificaciones de conformidad, al no estar dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 311/2022 de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

56. ¿Existe un procedimiento para obtener la conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad?. a) El procedimiento está regulado en el Esquema Nacional de interoperabilidad. b) En los sistemas de categoría BÁSICA solo requerirá de una autoevaluación, mientras que los sistemas de categoría MEDIA O ALTA precisará de una auditoría formal. c) La conformidad vendrá determinada por un catálogo publicado en la sede de la Administración General del Estado.

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