T.1
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Título del Test:
![]() T.1 Descripción: JHUJN HJJK |



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La Ley General de Sanidad se aprobó en: 1975. 1986. 1985. 1976. La ley General de sanidad tiene la condición de norma básica y es de aplicación en todo el territorio nacional, y las Comunidades Autónomas: No pueden dictar otras normas de desarrollo o complementaria de esta Ley. Pueden dictar otras normas, que regulen el derecho a la protección a la salud en su territorio con independencia de lo dispuesto en dicha Ley. Podrán dictar normas de desarrollo y complementarias de dicha Ley en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los correspondientes Estatutos de Autonomía. Podrán dictar otras normas, que desarrollen el derecho a la protección de la salud que también son de aplicación en todo el territorio nacional. ¿En qué artículo de la Constitución de 1978 se reconoce el derecho a la saluc de todos los ciudadanos?. Artículo 23. Artículo 32. Artículo 34. Artículo 43. La Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, establece en su Art. 1 del Título Preliminar, respecto a la protección de la salud y la atención sanitaria: Son titulares del derecho a la protección de la salud, los ciudadanos españoles y extranjeros nacidos en España, que residan en territorio español. Son titulares del derecho a la atención sanitaria, todos los españoles que tengan establecida su residencia dentro o fuera de España. Tienen el derecho los extranjeros no residentes en España, así como los español era del territorio nacional, tendrán garantizado el derecho en la forma que las leyes convenios internacionales establezcan. El derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria se reconoce a todos los españoles y extranjeros. El objeto de la Ley General de Sanidad es: La reforma del sistema sanitario privado. Las necesidades de mejora en los servicios prestados a los ciudadanos extranjeros. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales. Hacer efectivo el derecho a la protección de la salud. La reforma que encarna la Ley 14/1986 descansa sobre la directriz de: La gratuidad de la sanidad. La creación de un Sistema Nacional de Salud. La participación ciudadana. La coordinación de las Administraciones públicas. La Ley de Autonomía del Paciente establece la obligatoriedad de obtener el consentimiento informado del paciente: Sólo en los casos de intervención quirúrgica. Sólo en los casos de aplicación de procedimientos que supongan grandes riesgos o inconvenientes de notoria repercusión negativa sobre su salud. Para toda actuación en el ámbito de su salud. La Ley no establece esta obligación. Tal y como establece la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, en caso de que el paciente no acepte el tratamiento se le propondrá que firme el alta voluntaria y si no la firma la Dirección del Centro: Puede disponer el alta forzosa. Firmará en su nombre el alta involuntaria. Mantendrá el ingreso por periodo mínimo de cinco días naturales. No está reconocida la negativa al tratamiento de los pacientes. El derecho del paciente a no ser informado: No está reconocido por la ley. Podrá restringirse en cualquier momento. Podrá limitarse por el interés de la salud del paciente. Sólo podrá ejercitarse si el paciente designa a un familiar o a ora persona a la que se le facilite la información. El reconocimiento legal de que se respeten los deseos expresados anteriormente en el documento de instrucciones previas es una manifestación del derecho: A la información sanitaria. A la segunda opinión. A la autonomía del paciente. A la información port-mortem. Indique la proposición incorrecta en relación con los requisitos del consentimiento: Debe ser libre. Debe ser voluntario. La decisión de consentir debe anteceder a una información adecuada. La persona que lo presta debedme tener capacidad para conocer, comprender y querer el alcance de su decision. La Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, establece que, como regla gene al, el consentimiento se manifestará en forma: Verbal. Escrita. Documental. Ante testigos. Según establece la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, el paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles después de recibir: Información completa. Información adecuada. Información documental. Información escrita. La renuncia del paciente a recibir información: No se reconoce por la ley. Está limitada por el interés de la salud del propio paciente. No está limitada por el interés de la salud de terceros. Ninguna de las anteriores es correcta. |




