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Título del test:
tsi

Descripción:
TEST DE REPASO

Autor:
AST
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Fecha de Creación:
19/06/2021

Categoría:
Otros

Número preguntas: 24
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Temario:
La Tarjeta sanitaria es el documento que identifica individualmente a las personas usuarias ante el Servicio Andaluz de Salud. Además sirve para... Facilitar el acceso a la historia clínica electrónica en determinados casos Prescribir mediante receta electrónica Retirar los medicamentos en la farmacia Todas son correctas.
La tarjeta sanitaria es el documento que te identifica ante el Sistema Sanitario Público de Andalucía, por ello es importante que toda persona con cobertura sanitaria pública y residente en nuestra comunidad autónoma disponga de su propia tarjeta sanitaria; independientemente de su edad: Incluyéndose así niños y niñas desde su nacimiento. Sin incluir a niños y niñas desde su nacimiento. Incluyéndose así niños y niñas desde su nacimiento, si así lo estipula la Ley. Ninguna de las anteriores.
Actualmente, la tarjeta sanitaria de Andalucía tiene varios modelos vigentes: Siendo todos ellos válidos, por tanto, no es necesaria la renovación de la misma. Siendo necesaria su renovación por el modelo nuevo. Siendo necesaria su renovación cuando caduque. Siendo necesaria su renovación cuando el médico de atención primaria lo solicite.
La Tarjeta Sanitaria sirve para: Acceder a tu historia clínica digital. Hacer uso de la receta electrónica y retirar los medicamentos prescritos por el profesional médico directamente en la farmacia sin necesidad de la receta impresa. Identificarte en centros de salud y hospitales, así como para facilitar la labor de los profesionales sanitarios, ya que el acceso a tu información clínica está centralizado. Todas son correctas.
Para solicitar por primera vez tu tarjeta sanitaria debes acudir a tu centro de salud y aportar los siguientes documentos (original y fotocopia): (SEÑALA LA FALSA) DNI de los beneficiarios mayores de 14 años y Libro de Familia si hay algún beneficiario menor de esa edad. DNI de los beneficiarios menores de 14 años y Libro de Familia si hay algún beneficiario menor de esa edad. Acreditación del derecho a la cobertura sanitaria pública: Documento acreditativo de la condición de asegurado o beneficiario de un asegurado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Acreditación de la residencia en Andalucía mediante certificado de empadronamiento.
La solicitud online de la tarjeta sanitaria sólo puede hacerse si: La has perdido. Te la han robado. Se ha deteriorado o no la recibiste. Cualquiera de las anteriores.
La tarjeta sanitaria individual se regula por: Real Decreto 183/2004 de 30 de enero Ley 26/2009 de 1 de diciembre Decreto Legislativo 121/2017 Por todos los anteriores.
Emitirán una tarjeta sanitaria individual con soporte informático a las personas residentes en su ámbito territorial que tengan acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública: Las Administraciones sanitarias autonómicas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria Las Administraciones sanitarias autonómicas El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria El Servicio Nacional de Salud.
La tarjeta sanitaria individual emitida por cualquiera de las Administraciones sanitarias competentes será válida: En todo el Sistema Nacional de Salud, y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios del sistema en los términos previstos por la legislación vigente. En el Sistema Andaluz de Salud, y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios del sistema en los términos previstos por la legislación vigente. En la Provincia del beneficiario, y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios del sistema en los términos previstos por la legislación vigente. A nivel europeo, y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios del sistema en los términos previstos por la legislación vigente.
Todas las tarjetas sanitarias incorporarán una serie de datos básicos comunes y estarán vinculadas a un código de identificación personal: Único para cada ciudadano en el Sistema Nacional de Salud. General para cada ciudadano en el Sistema Nacional de Salud. Común para cada ciudadano en el Sistema Nacional de Salud. Compartido para cada ciudadano en el Sistema Nacional de Salud.
Los datos básicos a incluir en la tarjeta sanitaria, se colocarán en: El anverso El reverso Indiferentemente en el anverso o el reverso En el reverso para los inmigrantes residentes temporalmente.
Podrán incorporarse además de los datos básicos a la tarjeta sanitaria, el número del Documento Nacional de Identidad de su titular o, en el caso de extranjeros, el número de identidad de extranjeros, el número de la Seguridad Social, la fecha de caducidad de la tarjeta para determinados colectivos o el número de teléfono de atención de urgencias sanitarias... En los supuestos en los que así lo autorice la ley, atendidas las necesidades de gestión de las diferentes administraciones sanitarias emisoras. Siempre Nunca Cuando lo decida el usuario.
El Rótulo TSI, se podrá poner en braille: A instancia de parte o de oficio en el ángulo inferior derecho de la Tarjeta Sanitaria. A instancia de parte en el ángulo inferior derecho de la Tarjeta Sanitaria. A instancia de parte o de oficio en el ángulo inferior izquierdo de la Tarjeta Sanitaria. A instancia de parte en el ángulo inferior izquierdo de la Tarjeta Sanitaria.
Establecerá los requisitos y los estándares necesarios sobre los dispositivos que las tarjetas incorporen para almacenar la información básica, y las aplicaciones que las traten deberán permitir que la lectura y comprobación de los datos sea técnicamente posible en todo el territorio del Estado: El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de acuerdo con las comunidades autónomas y demás administraciones públicas competentes Cada Servicio de Salud Los Centros de Salud Cada Distrito de Atención Primaria.
NO es un dato básico a incluir en el anverso de la tarjeta sanitaria: Identidad institucional de la comunidad autónoma o entidad que la emite. Los rótulos de "Sistema Nacional de Salud de España" y "Tarjeta Sanitaria". Código de identificación personal asignado por la administración sanitaria emisora de la tarjeta (CIP-AUT). El número del Documento Nacional de Identidad de su titular.
NO es un dato básico a incluir en el anverso de la tarjeta sanitaria: Nombre y apellidos del titular de la tarjeta. Código de identificación personal único del Sistema Nacional de Salud (CIP-SNS). Código de identificación de la administración sanitaria emisora de la tarjeta. El número de la Seguridad Social.
El acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atención sanitaria que proporciona el Sistema Nacional de Salud se facilitará a través de: La Tarjeta Sanitaria Individual Los Centros de Salud Los Consultorios El Médico de Atención Primaria.
Las tarjetas incluirán, de manera normalizada: Los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta, del derecho que le asiste en relación con la prestación farmacéutica Los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta, del derecho que le asiste en relación con la prestación del servicio de salud Los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta, del derecho que le asiste en relación con de la entidad responsable de la asistencia sanitaria Todas son correctas.
Los dispositivos que las tarjetas incorporen para almacenar la información básica y las aplicaciones que la traten deberán permitir que la lectura y comprobación de los datos sea técnicamente posible en: Todo el territorio del Estado y para todas las Administraciones públicas Todo el territorio de la Comunidad Autónoma y sus Administraciones públicas Todo el territorio Provincial y Municipal, así como en sus Administraciones Públicas Todo el territorio Insular, así como en sus Administraciones Públicas.
El Ministerio de Sanidad y Consumo desarrollará una base de datos que recoja la información básica de asegurados del Sistema Nacional de Salud, de tal manera que los servicios de salud dispongan de un servicio de intercambio de información sobre la población protegida, mantenido y actualizado por los propios integrantes del sistema: Con el objetivo de poder generar el código de identificación personal único Con el objetivo de poder general la tarjeta sanitaria única Con el objetivo de poder crear los distritos Servicios de Salud Con el objetivo de promover la salud a nivel municipal.
La tarjeta sanitaria individual deberá posibilitar el acceso a aquélla de: Los profesionales debidamente autorizados, con la finalidad de colaborar a la mejora de la calidad y continuidad asistenciales. Todos los profesionales sanitarios, con la finalidad de colaborar a la mejora de la calidad y continuidad asistenciales. Únicamente de los médicos de atención primaria y especializada, con la finalidad de colaborar a la mejora de la calidad y continuidad asistenciales. Únicamente los profesionales de la administración, con la finalidad de colaborar a la mejora de la calidad y continuidad asistenciales.
Los residentes en Andalucía se identificarán ante el Sistema Sanitario Público de Andalucía: Individualmente, mediante la Tarjeta Sanitaria de Andalucía o, en su caso, el documento de «Reconocimiento Temporal del Derecho a la Asistencia Sanitaria. Colectivamente, mediante la Tarjeta Sanitaria de Andalucía o, en su caso, el documento de «Reconocimiento Temporal del Derecho a la Asistencia Sanitaria individual o colectivamente, mediante la Tarjeta Sanitaria de Andalucía o, en su caso, el documento de «Reconocimiento Temporal del Derecho a la Asistencia Sanitaria Todas son falsas.
Los usuarios que no dispongan de la Tarjeta Sanitaria de Andalucía y tengan derecho a la misma: Podrán utilizar el justificante de haberla solicitado, como documento identificativo ante el Sistema Sanitario Público de Andalucía, hasta que se produzca la expedición de dicha Tarjeta. No podrán utilizar el justificante de haberla solicitado, como documento identificativo ante el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Podrán utilizar el justificante de haberla solicitado, como documento identificativo ante el Sistema Sanitario Público de Andalucía, únicamente a efectos de pedir cita presencial en su Centro de Salud. Según la provincia de residencia, podrán utilizar el justificante de haberla solicitado, como documento identificativo ante el Sistema Sanitario Público de Andalucía, hasta que se produzca la expedición de dicha Tarjeta.
Los ciudadanos no residentes en Andalucía se identificarán mediante: Alguno de los documentos que tienen validez en virtud de la normativa del Sistema Nacional de Salud o de acuerdos internacionales. El DNI El Carnet de Conducir El Certificado de empadronamiento.
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