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Título del Test:
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Descripción:
Hoy construyo la tranquilidad de mi futuro.

Fecha de Creación: 2026/02/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 15

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La autonomía personal se define como: Capacidad de realizar actividades básicas sin ayuda externa. Capacidad de controlar y ejecutar decisiones personales conforme a preferencias propias. Capacidad de controlar, afrontar y tomar por propia iniciativa decisiones personales y desarrollar ABVD. Capacidad de realizar actividades instrumentales de la vida diaria.

La situación de dependencia se caracteriza por: Ser un estado permanente ligado exclusivamente a la discapacidad. Ser un estado temporal derivado de enfermedad o edad avanzada. Ser un estado permanente ligado a pérdida de autonomía que exige apoyos para ABVD. Ser un estado permanente que exige siempre atención profesional.

Señale la afirmación correcta sobre ABVD: Incluyen actividades domésticas complejas.. Son tareas elementales que permiten un mínimo de autonomía personal. Comprenden actividades instrumentales y sociales. Se limitan al autocuidado.

Los cuidados no profesionales se caracterizan por: Prestarse exclusivamente sin compensación económica. Prestarse por familiares o entorno sin vinculación a servicio profesional. Prestarse únicamente en el domicilio del dependiente. Requerir acreditación administrativa.

El tercer sector se define como organizaciones: Privadas con ánimo de lucro orientadas a servicios sociales. Públicas de carácter asistencial. Privadas surgidas de iniciativa social, sin ánimo de lucro y de interés general. Privadas concertadas con la Administración.

El principio de carácter público de las prestaciones implica: Gestión exclusivamente pública de los servicios. Financiación pública sin participación privada. Naturaleza pública del derecho, con posible participación privada. Exclusión del tercer sector.

La permanencia en el entorno habitual del dependiente: Es obligatoria en todo caso. Es un objetivo preferente siempre que sea posible. Solo se aplica a dependencia moderada. Depende de decisión familiar.

Para ser titular del derecho se exige residencia: 5 años en España sin exigencia temporal específica. 3 años en España, uno previo a la solicitud. 5 años, de los cuales 2 inmediatamente anteriores a la solicitud. 10 años de residencia efectiva.

Respecto a los extranjeros en situación de dependencia: Tienen acceso en igualdad plena automática. Se rigen por la normativa de extranjería y tratados internacionales. Solo acceden mediante convenio autonómico. No pueden ser titulares del derecho.

El grado I de dependencia implica: Apoyo continuo indispensable. Ayuda para varias ABVD una vez al día o apoyo intermitente. Ayuda dos o tres veces al día con apoyo extenso. Pérdida total de autonomía.

En el grado II de dependencia: Existe necesidad de apoyo continuo. Se requiere ayuda dos o tres veces al día sin apoyo permanente. Se precisa ayuda una vez diaria. Existe apoyo generalizado.

El grado III se caracteriza por: Apoyo intermitente. Apoyo extenso sin permanencia. Apoyo indispensable y continuo por pérdida total de autonomía. Necesidad exclusiva de supervisión.

Los intervalos para determinar los grados se fijan mediante: Reglamento autonómico. Baremo de valoración de la dependencia. Resolución del IMSERSO. Orden ministerial anual.

Tras la reforma del RDL 20/2012: Se mantienen grados y niveles. Desaparecen los grados. Desaparecen los niveles y permanecen los grados. Se introduce un cuarto grado.

Las personas en situación de gran dependencia: Tienen prioridad en el acceso al sistema. Tienen acceso exclusivo a prestaciones económicas. Deben ser atendidas en centros residenciales. Tienen reconocimiento automático.

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