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TEST 2

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Título del Test:
TEST 2

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AUX. ADM. 2

Fecha de Creación: 2024/05/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 42

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De las siguientes afirmaciones con relación a la nulidad y anulabilidad, señale la correcta de acuerdo con la Ley 39/2015: La nulidad o anulabilidad de un acto implicará necesariamente la de los sucesivos en el procedimiento. La nulidad o anulabilidad de parte del acto administrativo implicará necesariamente la de las restantes partes del mismo. Los actos nulos o anulables que, sin embargo, contengan los elementos constitutivos de otro distinto, producirán los efectos de este.

De los siguientes actos ¿Cuáles son anulables de conformidad con la Ley 39/2015?. Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. Los que incurran en desviación de poder. Los que tengan un contenido imposible.

El art 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con respecto al cómputo de plazos administrativos, dispone: En los plazos fijados por horas se entiende que éstas son hábiles, salvo previsión legal o comunitaria en contra. En los plazos fijados en años, se entenderá que el plazo concluirá el día siguiente al que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo, en el año de vencimiento. El sábado es un día hábil a efectos administrativos.

El art 46 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que si el órgano competente apreciase que la notificación por medio de anuncios o la publicación de un acto lesiona derechos o intereses legítimos: Se limitará a publicar en el Diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. Además de lo establecido en el párrafo a, las Administraciones deberán establecer otras formas de notificación complementarias a través de los restantes medios de difusión que no excluirán la obligación de publicar en el correspondiente Diario oficial. Adicionalmente a lo establecido en el párrafo a, y de manera facultativa, las Administraciones podrán establecer otras formas de notificación complementarias a través de los restantes medios de difusión que excluirán la obligación de publicar en el correspondiente Diario oficial.

El art 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto del interesado, prevé que tiene derecho a: No presentar datos y documentos que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas. No presentar datos y documentos que hayan sido elaborados por las Administraciones Públicas. Todas son correctas.

El artículo 26 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé que los documentos que emite la Administración: Son documentos públicos administrativos los válidamente emitidos por los órganos de las Administraciones Públicas. Las Administraciones Públicas emitirán los documentos administrativos por escrito, a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. Todas las respuestas son correctas.

El artículo 41 de la Ley 39/2015, regula los requisitos generales para la práctica de las notificaciones y establece que: Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios no electrónicos. Los interesados que estén obligados a recibir notificaciones electrónicas podrán comunicar en cualquier momento a la Administración Pública que las notificaciones sucesivas dejen de practicarse por medios electrónicos. Las notificaciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el interesado o su representante, de sus fechas u horas, del contenido íntegro, y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de la misma.

El derecho a formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución, de acuerdo con la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es un derecho de: Los administrados. Los ciudadanos. Los interesados.

El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento podrá disponer su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento: De oficio o a instancia de parte, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación. Exclusivamente de oficio, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación. A instancia de parte exclusivamente, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación.

El plazo máximo para resolver los procedimientos administrativos se contará: En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya sido firmada por el interesado. En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de cualquier órgano administrativo.

El plazo máximo para resolver los procedimientos, se contará: En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación. En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver. En los procedimientos iniciados de oficio desde la comunicación del inicio a los interesados.

El silencio tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos iniciados a solicitud de interesado, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: En los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición, a que se refiere el artículo 29 de la Constitución. En los procedimientos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público o impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente. Todas las respuestas son correctas.

El vencimiento del plazo para resolver, en los procedimientos iniciados a instancia de parte, produce: Silencio negativo, en todo caso. Silencio negativo, excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley o una norma de Derecho de la Unión Europea o de Derecho internacional aplicable en España establezcan lo contrario. Silencio negativo en los procedimientos cuya estimación implique el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente.

En el caso de que el procedimiento concluya por la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas, la Ley 39/2015 señala que: No deberá dictarse ninguna resolución, siendo suficiente con la constatación fehaciente de dicha imposibilidad. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso. La resolución que se dicte no requerirá ser motivada.

En el caso de responsabilidad patrimonial concurrente de varias Administraciones públicas en la producción del daño, la responsabilidad será solidaria: La responsabilidad no será solidaria en ningún caso. La responsabilidad será solidaria si no se puede determinar para cada Administración, atendiendo a criterios de competencia, interés público tutelado e intensidad de la intervención. La responsabilidad no será solidaria si se puede determinar para cada Administración, atendiendo a criterios de proporcionalidad y cooperación en la actuación.

En el procedimiento administrativo, la simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites, siempre que no sean indispensables para dictar resolución, según la Ley 39/2015: Producirá la caducidad del procedimiento. Traerá consigo necesariamente el desistimiento, que pondrá fin al procedimiento. No tendrá otro efecto que la pérdida de su derecho al referido trámite.

En el procedimiento administrativo, se tendrá por realizado el trámite de audiencia, según la Ley 39/2015: Si transcurre el plazo de diez días, establecido por la ley como máximo, sin que el interesado realice alegaciones. En los procedimientos de concurrencia competitiva, en los que este trámite no existe. Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones.

En la iniciación de oficio, los procedimientos se iniciarán, según la Ley 39/2015: Por resolución motivada de cualquier órgano administrativo. Por acuerdo del órgano competente. Por resolución de un órgano adecuado por razón de la materia.

En los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver, produciendo los siguientes efectos: En el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo. En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la desestimación. En los supuestos en los que el procedimiento se hubiera paralizado por causa imputable al interesado, se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución.

En relación al funcionamiento de los Registros administrativos: Las Administraciones, previa habilitación legal, podrán establecer la obligación de presentar determinados documentos por medios electrónicos para ciertos procedimientos y colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Podrán hacerse efectivos mediante transferencia dirigida a la oficina pública correspondiente cualesquiera cantidades que haya que satisfacer en el momento de la presentación de documentos a las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros medios. Los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas, podrán ser digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales al interesado.

En relación con la regulación de las medidas provisionales prevista en la Ley 39/2015, indique cuál de las siguientes afirmaciones es correcta: La adopción de medidas provisionales solo es posible una vez iniciado el procedimiento. La adopción de cualquier medida provisional exigirá, en todo caso, la previa constitución de garantía por parte de la Administración actuante, destinada a asegurar la reparación del daño que tal medida pueda ocasionar. La adopción de medidas provisionales puede llevase a cabo tanto de oficio como a instancia de parte.

En relación con los plazos, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas prevé: Cuando los plazos se señalen por días naturales, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. Cuando los plazos se señalen por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, no será necesario hacer constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. Cada Administración Pública podrá publicar los días en el que permanecerán abiertas las oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos.

En relación con los Registros administrativos, señala la respuesta incorrecta: Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General, en los que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos. En el Registro Electrónico General también se deberá anotar la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares. Los organismos públicos vinculados o dependientes de cada Administración podrán disponer de su propio registro electrónico plenamente interoperable e interconectado con el Registro Electrónico General de la Administración de la que depende, organismo público o entidad vinculado o dependiente a éstos.

En relación con los Registros administrativos, señala la respuesta incorrecta: En la sede electrónica de acceso a cada registro electrónico figurará la relación actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo. Los asientos se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los documentos, e indicarán la fecha del día en que se produzcan, en el caso de ser hábil. Las disposiciones de creación de los registros electrónicos se publicarán en el diario oficial correspondiente y su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la sede electrónica de acceso al registro.

Están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, de acuerdo con la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para sus trámites y actuaciones en ejercicio o no de dicha actividad profesional. Quienes representen a un interesado, aunque éste no esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Las entidades sin personalidad jurídica.

La incomparecencia en el trámite de información pública del procedimiento administrativo, según la Ley 39/2015: Impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento. Podrá impedir a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento, si así lo decide motivadamente el órgano que instruya el procedimiento. No impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable, según señala la Ley 39/2015: Podría determinar, en su caso, la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada. Determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde la fecha en que se aportó tal documento a la Administración. Determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos.

La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será: Exclusivamente el castellano. El castellano con carácter general, ya que los interesados que se dirijan a los órganos de la AGE con sede en el territorio de una CCAA podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. Si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua, el procedimiento se tramitará en castellano, y los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán también en castellano. En los procedimientos tramitados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, el uso de la lengua se ajustará a lo previsto en la legislación autonómica correspondiente.

La Ley 39/2015 al regular el procedimiento administrativo señala literalmente que podrá no ser aplicable la caducidad: En los procedimientos iniciados por denuncia. En los supuestos en que fuera conveniente suscitar la cuestión planteada para su definición y esclarecimiento. En los procedimientos en que se haya abierto un trámite de prueba art. 95.

La Ley 39/2015 al regular el procedimiento administrativo señala que podrá no ser aplicable la caducidad: En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado. En el supuesto de que la cuestión suscitada afecte al interés general. En los procedimientos relativos a derechos fundamentales.

La Ley 39/2015 al regular el procedimiento administrativo, señala que de no emitirse el informe en el plazo debido, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones: Sólo en el caso de que el informe sea facultativo. Cualquiera que sea el carácter del informe solicitado, excepto en los supuestos de informes vinculantes. Salvo cuando se trate de un informe preceptivo, en cuyo caso se podrá suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento en los términos establecidos por esta ley.

La Ley 39/2015 al regular el procedimiento establece que los informes serán evacuados: En un plazo máximo de quince días. En un plazo no inferior a diez días ni superior a quince. En el plazo de diez días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor.

La Ley 39/2015 al regular el procedimiento establece que: Los informes podrán ser emitidos a través de medios electrónicos. Los informes serán emitidos a través de medios electrónicos. Los informes serán emitidos preferentemente a través de medios electrónicos.

La Ley 39/2015 al regular el trámite de información pública, señala que el anuncio del mismo señalará el lugar de exhibición del expediente y determinará el plazo para formular alegaciones: Que no podrá superar un mes. Que en ningún caso podrá ser inferior a veinte días. Que en ningún caso podrá ser superior a veinte días.

La ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone: Las copias auténticas de documentos privados surten únicamente efectos administrativos. Las copias auténticas realizadas por una Administración Pública tendrán validez únicamente en la Administración que la ha realizado. Las copias auténticas no tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales. No requerirán de firma electrónica, los documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Públicas que se publiquen con carácter meramente informativo, así como aquellos que no formen parte de un expediente administrativo. En todo caso, será necesario identificar el origen de estos documentos.

La ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los plazos prevé: Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. Todas las respuestas son correctas.

La Ley 39/2015 establece literalmente que se podrá prescindir del trámite de audiencia: En los procedimientos que involucren a algún interesado residente en el extranjero. En los procedimientos que afecten a una pluralidad de interesados. Cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.

La Ley 39/2015 establece literalmente, al regular el procedimiento administrativo, que podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho: Cualesquiera hechos que se susciten en el procedimiento. Los hechos relevantes para la decisión de un procedimiento. Los hechos que se planteen en el procedimiento que afecten a una pluralidad de interesados.

La Ley 39/2015 establece que las administraciones públicas tendrán permanentemente publicados y actualizados modelos de declaración responsable y de comunicación previa, los cuales: Se facilitarán previo pago de una tasa mínima. Se facilitarán de forma personal a los interesados. Serán fácilmente accesibles a los interesados.

La Ley 39/2015 prevé que, a fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento, podrá el órgano competente, con anterioridad al acuerdo de iniciación: Abrir un periodo de información previa. Solicitar el dictamen de otros órganos administrativos. Seguir los precedentes administrativos, llevando a cabo las actuaciones seguidas en casos similares.

La Ley 39/2015 regula el inicio del procedimiento de oficio por petición razonada de otros órganos y establece que: La petición vincula al órgano competente para iniciar el procedimiento. La petición no vincula al órgano competente para iniciar el procedimiento, que no debe argumentar motivo alguno para no proceder a su iniciación. La petición no vincula al órgano competente para iniciar el procedimiento, si bien deberá comunicar al órgano que la hubiera formulado los motivos por los que, en su caso, no procede la iniciación.

La Ley 39/2015 regula el procedimiento y establece que en el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación: En todo tipo de asuntos. En asuntos de homogénea naturaleza. Será el titular de la unidad administrativa quien establezca el orden entre los expedientes, una vez ponderada la importancia de los asuntos a que cada uno se refiere.

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