A2 Test de clase 05.02
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Título del Test:![]() A2 Test de clase 05.02 Descripción: Bloque I |




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Según el artículo 115 de la Ley 39/2015, la interposición del recurso deberá expresar: Los datos personales y profesionales del recurrente. El medio que se señale a efectos de comunicación y notificación por medios electrónicos. El órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. Según el artículo 123 de la Ley 39/2015, contra los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa se podrá interponer: el recurso potestativo de reposición. el recurso de alzada. el recurso de alzada o el ordinario a elección del recurrente. El artículo 32 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas determina que los acuerdos de ampliación de plazos o su denegación son susceptibles de recurso: En todo caso. Nunca. Cuando produzcan indefensión a los interesados. De acuerdo con el artículo 146 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los casos en que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, ¿a quién corresponderá la valoración de los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor en un procedimiento abierto celebrado por los órganos de las Administraciones Públicas?. A un comité formado por expertos con cualificación apropiada, que cuente con un mínimo de tres miembros. A los servicios dependientes del órgano de contratación. A la mesa de contratación. En relación con la tramitación de urgencia en el procedimiento administrativo (art. 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Se podrá acordar de oficio o a petición del interesado. Se reducirán a la mitad todos los plazos establecidos para el procedimiento ordinario. Cabe recurso de reposición contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento. En relación con el cómputo de plazos: Salvo que por acuerdo reglamentario o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil. Salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil. Salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son laborales. En relación con el cómputo de plazos: Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el mismo en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. En relación con el cómputo de plazos: Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. El plazo concluirá el día en siguiente al que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. En relación con el cómputo de plazos: Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará inhábil en todo caso. Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará hábil en todo caso. Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará hábil si el procedimiento se inició a instancia de parte o inhábil si se inició de oficio. En relación con el cómputo de plazos: Siempre que por Ley o en el Dcho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Dcho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. Siempre que por Ley o en el Dcho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son laborales, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Dcho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos. Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. Indica la opción correcta (art.5 Ley 39/2015): La falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el tenga órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, se presumirá la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite deberá acreditarse la representación. Dispone el apdo.6 del art.30 de la Ley 39/2015 que: Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado e inhábil en la sede del órgano administrativo, se considerará inhábil. Cuando un día fuese hábil en la sede del órgano administrativo la sede del órgano administrativo e inhábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, se considerará hábil. Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado e inhábil en la sede del órgano administrativo, se considerará hábil. Dispone el art.73 de la Ley 39/2015 que los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de ………... a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. 10 días. 15 días. 20 días. Dispone el art.73 de la Ley 39/2015 que el órgano al que corresponda la resolución del procedimiento, cuando la naturaleza de éste lo requiera, podrá acordar un período de información pública. A tal efecto, se anunciará en el «BOE», de la Comunidad Autónoma, o en el de la Provincia respectiva, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, o la parte del mismo que se acuerde. El anuncio señalará el lugar de exhibición y determinará el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso podrá ser inferior a: 10 días. 15 días. 20 días. Dispone el art.73 de la Ley 39/2015 que, salvo disposición expresa en contrario, los informes serán: facultativos y vinculantes. facultativos y no vinculantes. vinculantes y no facultativos. La potestad reglamentaria estatal se regula en: el Título V, De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno, de la Ley 50/1997, de 27 de diciembre, del Gobierno. el Título V, De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. el Título V, De la iniciativa ejecutiva y la potestad reglamentaria del Gobierno, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Los reglamentos se ordenarán según la siguiente jerarquía: 1º disposiciones aprobadas por Real Decreto del Presidente del Gobierno o acordado en el Consejo de Ministros; 2º Disposiciones aprobadas por Orden Ministerial. 1º disposiciones aprobadas por Real Decreto del Gobierno o acordado en el Consejo de Ministros; 2º Disposiciones aprobadas por Orden Ministerial. 1º Disposiciones aprobadas por Orden Ministerial, 2º disposiciones aprobadas por Real Decreto del Presidente del Gobierno o acordado en el Consejo de Ministros. Según el artículo 5 del RD 203/2021: los portales de internet dispondrán de sistemas que permitan el establecimiento de medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. los portales de internet dispondrán de sistemas que permitan el establecimiento de medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Estatal de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. los portales de internet dispondrán de sistemas que permitan el establecimiento de medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Pública. Según el artículo 43 de la Ley 39/2015: las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se abran en el ordenador del interesado. las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido y sea confirmado por el interesado. las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. La inderogabilidad singular recogida en el artículo 37 de la Ley 39/2015, supone que las resoluciones administrativas de carácter particular: podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general. no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general. no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas procedan de un órgano de igual o inferior jerarquía al que dictó la disposición general. |