A2 - ORGANIZACIÓN Y RESPONSABILIDADES
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La política de Seguridad, Calidad y Medio ambiente, se encuentra publicada en: a. En el manual del Sistema de Gestión de Seguridad Operacional y en el portal LATAM / pestaña seguridad. b. En el manual del Sistema de Gestión operativa y en el portal LATAM / pestaña / documentos. c. En el Manual de Tripulantes de Cabina. Esta herramienta disponible en el portal de la Empresa permite visualizar la organización y dependencia de las personas que componen la compañía: People Manager. b. Portal Sab. c. RH-Connect. Operacionalmente la T ripulación de Cabina Operaciones de Vuelo y administrativamente de: Jefatura de tripulantes de cabina. Gerencia de Servicio a Bordo Región Andina. Soporte SAB Región Andina. Responder ante la Gerencia de Operaciones de Vuelo por la ejecución y control de las funciones de los Tripulantes de Cabina de acuerdo a la reglamentación aeronáutica y otros organismos que regulan la actividad aérea. Es una función de: Crew Performance Leader. b. Gerente Senior SAB Región Andina. c. Gerente Operaciones de Vuelo. En ausencia del Gerente Senior Región Andina, sus funciones se delegan en: Gerente Operaciones de Vuelo. Jefe de Instrucción. Crew Performance Leader/Jefe de Tripulantes de Cabina que designe. Administrar y retroalimentar al grupo de Tripulantes de Cabina a su cargo. Es una función de: Gerente Senior SAB Región Andina. b. Gerente Operaciones de Vuelo. c. Crew Performance Leader/Jefe de Tripulantes de Cabina. De acuerdo con las Responsabilidades de la Tripulación de Vuelo, es correcto decir que, el piloto al mando tendrá autoridad para: Dar todas las disposiciones que considere necesarias para garantizar la seguridad del avión y de las personas o bienes transportados en él. b. Hacer desembarcar a cualquier persona o parte de la carga que, en su opinión, pueda representar un riesgo potencial para la seguridad del avión o de sus ocupantes. c. A y B son correctas. Es el Responsable del manejo y Seguridad de la Aeronave y única y máxima autoridad a bordo durante el tiempo de vuelo, que goza de las atribuciones y responsabilidades que la Ley y los Reglamentos le otorgan para el ejercicio de sus funciones. Jefe de Servicio a bordo. b. Piloto. c. Primer Oficial. De acuerdo con RAC 121.2250 el piloto al mando tendrá la obligación de notificar: Reportar en cada vuelo, en el MLB, toda falla conocida o de la cual exista sospecha que pudiera afectar la operación de la aeronave, asegurar que el reporte se diligencie de forma correcta y que la irregularidad anotada en el libro, al final del vuelo anterior, fue corregida. Reportar en cada vuelo, en el CLB, toda falla conocida o de la cual exista sospecha que pudiera afectar la operación de la aeronave. Notificar a la policía en caso de alguna persona resulte muerta o con lesiones graves. En cuanto a las obligaciones de la Tripulación de Vuelo, es correcto afirmar que el piloto al mando no permitirá entre otras, la siguiente situación: a. Se transporte en el avión a ninguna persona que parezca estar bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas en un grado en que sea probable que ponga en peligro la seguridad del avión o de sus ocupantes. b. Verificar que la aeronave se encuentre en condición aeronavegable de acuerdo con su respectivo MEL y en concordancia con el CDL. c. Se demoren el vuelo por falta de alimentación de la tripulación de mando y de cabina.. Son responsables de manera conjunta del planeamiento previo al vuelo y la ejecución del mismo, en cumplimiento de los RAC y de los procedimientos contenidos en el Manual de Operaciones. Piloto al Mando y Primer Oficial. b. Piloto al mando y despachador de vuelo. c. Piloto al Mando y EOP. Personal de vuelo encargado del cuidado y seguridad de las personas y/o cosas que se transportan en la aeronave, la anterior definición corresponde a: Jefe de Servicio a Bordo. b. Tripulante de Cabina. c. Piloto. La Tripulación de Cabina está compuesta por: a. La cantidad de Tripulantes Auxiliares designados por la empresa. En ningún caso será menor que la Tripulación Mínima requerida por la Autoridad Aeronáutica. b. La cantidad de Tripulantes Auxiliares designados por la Autoridad Aeronáutica. c. La cantidad de Tripulantes Auxiliares designados por la empresa. La que podrá ser menor que la Tripulación Mínima requerida por la Autoridad Aeronáutica. La Tripulación de Cabina está bajo la autoridad del Comandante de la Aeronave desde: El momento de su presentación al aeropuerto. b. Que se constituye la tripulación para el vuelo en el briefing operacional. c. Que se asigna la programación en el IFLIGHT. En cuanto a las funciones y responsabilidades de los Tripulantes de Cabina, es correcto decir que: Las funciones pueden ser delegadas en otro TC, asumiendo en forma compartida la responsabilidad tanto del TC a quien le corresponde de acuerdo al cargo, como del TC que asume en su reemplazo. b. No está permitido el cambio de funciones entre los Tripulantes de Cabina. c. El TC comunicará la delegación de función tan pronto como sea posible al Pilotoal Mando. La Tripulación de Cabina es responsable ante el Comandante de cumplir todas las obligaciones relacionadas con el vuelo desde: El momento de su presentación en el aeropuerto hasta que terminen las actividades posteriores a éste. b. Que se constituye la tripulación para el vuelo en el briefing operacional. c. En todo momento, siempre que se esté en el avión. Cada TC es responsable entre otras, de: Cumplir con lo establecido en el MTC para la adecuada presentación personal, y equipaje de mano. b. Cumplir con lo establecido para la adecuada presentación personal, uso del uniforme, equipaje facturado y equipaje de mano. c. Asegurarse que las cartas aeronáuticas apropiadas, conteniendo información adecuada, concernientes a ayudas de navegación y procedimientos de aproximación por instrumentos. En referencia a los dispositivos electrónicos entregados por la empresa, es correcto decir que: Cada TC tendrá la responsabilidad de descargar la documentación operacional vigente en su Smartphone, de manera que pueda ser consultada offline en vuelo en sus versiones vigentes, disponibles en todo momento en formato digital. Cada TC deberá presentarse a su vuelo o serie de vuelos y a todas las actividades operacionales y no operacionales definidas por la Compañía, con la carga de batería 20%. Estos equipos son considerados una herramienta de trabajo para las tripulaciones, por lo tanto, podrán ser utilizados durante el Briefing y durante las fases despegue, aterrizaje y vuelo. En caso que la batería del OD por algún motivo presente una carga crítica durante el vuelo, se podrá: Utilizar el dispositivo personal. b. Recargar el dispositivo conectándolo a un puerto USB del avión. c. Recargar en la conexión eléctrica del baño. En caso de pérdida o falla del smartphone, la Compañía ha definido un proceso de reposición que deberá ser activado por el TC afectado. En estas situaciones estará permitido: Portar los documentos operacionales en formato físico. b. No portar los documentos operacionales mientras le es entregado un nuevo Smartphone al TC. c. Portar los documentos operacionales en un dispositivo personal mientras se efectúa la reposición del equipo. En caso que el smartphone se dañe en vuelo, el TC afectado podrá: Acceder a la documentación Operacional a través de un dispositivo de otro TC. b. Acceder a la documentación Operacional a través del MTC digital en el cockpit. c. Quedará sin acceso a la información operacional. Estos equipos son considerados una herramienta de trabajo para las tripulaciones, por lo tanto, podrá ser utilizado durante el Briefing y durante el vuelo, deberán cumplir con las mismas restricciones aplicables a pasajeros para uso de equipos electrónicos portátiles y deberán permanecer guardados mientras la TC se encuentre en posición de despegue y aterrizaje: Smartphone. iPad. Nimbus. Es una de las responsabilidades generales de los TC: Cada TC, durante el ejercicio de sus funciones, debe proteger los intereses de la empresa como propios, tomar las medidas necesarias de protección de vidas y bienes que ésta les confíe y evitar toda imprudencia y negligencia que pueda redundar en contra de dichas vidas o de sus resultados económicos. b. Los TC NO tienen prohibición de tomarse fotografías en la zona exterior del avión, durante tránsito, inicio o término de un vuelo en aquellos vuelos en los que haya pasajeros a bordo del avión o se inicien procesos de embarque o desembarque de pasajeros. c. El TC tiene la autoridad final de la operación del avión mientras está en funciones, por lo tanto, cuando se presenta una situación que pueda afectar la operación o la seguridad, la TC debe informar y/o seguir sus instrucciones. Cada TC es responsable de portar y mantener vigentes sus documentos, los cuales son: Licencia, habilitaciones, certificado médico. b. Cédula de Identidad, pasaporte, visas y credencial de la empresa vigente. c. A y B son correctas. Cada TC es responsable de actualizar los datos de sus documentos a su Jefatura y la Autoridad Aeronáutica cuando corresponda, incluyendo: Estado civil. b. Cambio de domicilio. c. Pérdida o robo de documentación. Cuando las tripulaciones transporten, como parte de su equipaje de mano, baterías de repuesto de uso personal incluyendo power banks, deben cumplir las normas contenidas en: Tabla de mercancías peligrosas. b. Tabla 2.3.A. c. Tabla de elementos Permitidos y Prohibidos. Cada TC debe transportar sólo elementos personales, prohibiéndose el transporte de objetos, cartas, etc. entregados por terceras personas. En referencia a los medicamentos, estos podrán ser transportados: Sin ninguna restricción si son genéricos. b. Con la aprobación del área médica de la compañía. c. Sólo si van acompañados de la receta médica indicando el tratamiento. Las baterías de repuesto deben transportarse únicamente en: Equipaje Facturado. b. No podrán transportarse. c. En el equipaje de mano. Es el responsable del desempeño de la Tripulación de Cabina y de hacer cumplir los procedimientos, políticas y estándares estipulados por la empresa en el MTC y de apoyar, instruir o corregir a ésta cuando sea necesario, la definición anterior hace referencia a: Jefe de Tripulantes de Cabina. b. Jefe de servicio a Bordo. c. Comandante. Es una de las responsabilidades del Jefe de Servicio A bordo: Descargar y mantener en su smartphone el MTC, QRH, RTM, las RTA que determine la empresa y OM, actualizados en su versión vigente. b. Mantener contacto con la Gerencia de Operaciones de Vuelo respecto a los procedimientos operacionales vigentes para Tripulantes de Cabina. c. Administrar y retroalimentar al grupo de Tripulantes de Cabina a su cargo. Reportar al Comandante según lo establecido en cada procedimiento y mantenerlo informado del desarrollo del vuelo y de hechos o incidentes relevantes que se produzcan a bordo. Lo anterior es una función de: CPL, Crew Performance Leader. b. JSB, Jefe de Servicio Abordo. c. Primer Oficial. En caso de incapacidad inesperada del JSB o líder de la tripulación de cabina, la delegación de deberes será definida por: El Comandante. b. Quien designe Movimiento Diario. c. TC que tenga más antigüedad en el cargo en la compañía. En caso de necesidades del negocio y operacionales, se podrá asignar en posición 1 (Jefe de Servicio a Bordo) a un Tripulante de Cabina como: High Rank. b. Supervisor. c. Encargado. En situaciones de emergencia o de irregularidades en vuelo que puedan ser advertidas por los pasajeros, es correcto decir que: El Comandante se dirigirá a ellos para explicar la situación y hacerles saber que la tripulación conoce perfectamente su cometido. b. El Primer Oficial se dirigirá a ellos para explicar la situación y hacerles saber que la tripulación conoce perfectamente su cometido. c. El JSB se dirigirá a ellos para explicar la situación. Es fundamental saber reconocer una situación de emergencia de modo que cualquier tripulante pueda iniciar oportunamente las comunicaciones, en caso de ser necesario, para: Dar información inmediata a su jefatura. b. Dar Instrucciones a la Tripulación de Vuelo. c. Recibir instrucciones y adoptar las medidas necesarias para enfrentarla. Persona que va a bordo de un vuelo, adicional a la tripulación de vuelo o de cabina, que no es miembro de la tripulación, ni es pasajero (Ej.: Auditor, Instructor, Mecánico, etc.). La anterior definición corresponde a: Tripadi 1 y 2. b. Supernumerario. c. Tripulación Extra. |