A7DL
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En el caso de un afiliado no cotizante cubierto por el seguro de invalidez y sobrevivencia, declarado inválido parcial, la pensión de referencia es la siguiente: a) El 70 % del Ingreso Base. b) El 100% del Retiro Programado. c) El 70 % del Retiro Programado. d) El 50 % del Ingreso Base. ¿Qué se entiende por pensiones transitorias?. a) Pensiones originadas mediante un primer dictamen que declare invalidez parcial. b) Pensiones que originan pagos preliminares en espera de la pensión definitiva. c) Pensiones originadas mediante un segundo dictamen de invalidez. d) Pensiones que se originan por un accidente del trabajo o enfermedad profesional. ¿Cual de las siguientes medidas del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia dispuesto por la Reforma Previsional apunta a mejorar la equidad de género? I. Se iguala en 60 años la edad máxima de cobertura para hombres y mujeres. II. Se iguala en 65 años la edad máxima de cobertura para hombres y mujeres. III. Se establece el mismo derecho a generar pensiones de sobrevivencia tanto para hombres como para mujeres. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. La cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia de un trabajador cesante cubierto, corresponde a: a) 50% del Ingreso Base en caso de sobrevivencia o invalidez total y 35% del Ingreso Base, en caso de invalidez parcial. b) 60% del Ingreso Base en caso de sobrevivencia invalidez total y 40 % del lngreso Base, en caso de invalidez parcial. c) 70% del ingreso Base en caso de sobrevivencia o invalidez total y 50% del Ingreso Base en caso de invalidez parcial. d) 70% del Ingreso Base en caso de sobrevivencia o invalidez total y 40% del lIngreso Base en caso de invalidez parcial. En el caso de un afiliado dependiente, cotizante y declarado inválido parcial, la pensión de referencia es la siguiente: a) El 70 % del Ingreso Base. b) El 43 % del Ingreso Base. c) El 75 % del Ingreso Base. d) El 50% del Ingreso Base. En el caso de un afiliado cotizante, dependiente, declarado inválido total, la Pensión de Referencia es la siguiente: a) El 70 % del Ingreso Base. El 43 % del Ingreso Base. c) El 36 % del Ingreso Base. d) El 50% del Ingreso Base. ¿Un afiliado en trámite de pensión de invalidez que recepciona el dictamen ejecutoriado de la Comisión Medica Regional, puede apelar ante la comisión Médica Central?. a) Si, dentro del plazo de 15 días contado desde la recepción del dictamen ejecutoriado. b) No, dado que un dictamen ejecutoriado no puede ser apelado. c) No, la apelación debe ser presentada ante la Comisión Médica Central por la compañía de seguros que cubre estos siniestros. d) Ninguna de las anteriores. ¿Qué debe hacer la AFP ante la recepción de un primer dictamen de invalidez ejecutoriado de la Comisión Médica Regional? I. Determinar la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. II. Solicitar al IPS la liquidación del Bono de Reconocimiento si el afiliado no está cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, en el caso de invalidez parcial. III. Enterar el Aporte Adicional, si corresponde, en el caso de invalidez total. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. Un afiliado declarado inválido parcial mediante un primer dictamen y que continúa trabajando, ¿se puede traspasar de AFP? I. No si se trata de un afiliado cubierto por el seguro de invalidez y sobrevivencia. II. No, se debe mantener en la AFP que lo registraba como afiliado a la fecha de su declaración de invalidez. III. No mientras no perciba la pensión definitiva originada por el segundo dictamen. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. Al recibir una solicitud de pensión de invalidez la AFP debe informar verbalmente y por escrito al afiliado, entre otros, lo siguiente: a) Que al suscribir la solicitud está iniciando su trámite para pensionarse por invalidez, del cual una vez emitido el dictamen respectivo no puede desistirse. b) Que no puede aportar antecedentes médicos, diferentes de los que realice la Comisión Médica. c) Que si se encuentra acogido a licencia médica, ésta puede ser suspendida mientras dure el proceso de calificación de invalidez. d) Que debe financiar los exámenes que la Comisión Médica estime conveniente para realizar la calificación de la invalidez. En un trámite de Pensión de Invalidez, la AFP debe informar al afiliado verbalmente y por escrito, que si se encuentra acogido a Licencia Médica, la fecha de devenga miento de la pensión será a contar de: a) La fecha de emisión de la Licencia Médica. b) La fecha de presentación de Solicitud de Pensión. c) La fecha del primer pago de pensión de invalidez transitoria. d) El día siguiente del término de la Licencia Médica. La AFP debe recibir Solicitudes de Pensión de Invalidez presentadas por personas distintas del afiliado, sólo si vienen: I. Con la firma del afiliado II. Con la huella dactilar del pulgar derecho o izquierdo del afiliado cuando corresponda. III. Acompañadas de un Certificado Médico que acredite que el estado de salud del afiliado impide su asistencia. a) Solo I. b) Solo II. c) Solo III. d) I, II y III. Las "Normas para la evaluación y calificación del grado de invalidez de los trabajadores afiliados al Sistema de Pensiones del DL 3500" son aprobadas por una Comisión Técnica integrada, entre otros, por las siguientes personas: I. El Superintendente de Pensiones II. El Presidente de la Comisión Médica Central. III. El Decano de una Facultad de Medicina, designado por el Consejo de Rectores. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. Las Comisiones Médicas del DL 3500 son las encargadas de otorgar las calificaciones de invalidez a los afiliados que asi lo requieran. Estas comisiones, excepto a lo que respecta a la contratación de personal médico, deben ser financiadas por: a) La Superintendencia de Pensiones. b) El Fondo Nacional de Salud. c) Las AFP y el Instituto de Previsión Social. d) La Superintendencia de Seguridad Social. ¿Cuál es la pensión de referencia de un afiliado declarado inválido total, no cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia?. a) El 70 % del Ingreso Base. b) El 100% del Ingreso Base. c) El 100 % del Retiro Programado. d) El 70% del Retiro Programado. La pensión de invalidez de un afiliado declarado inválido parcial en el 1er. dictamen es transitoria con un máximo de: a) Un año. b) Dos años. c) Tres años. d) Cuatro años. ¿Que requisitos deben cumplir los afiliados para tener derecho a Pensión de Invalidez? I. No estar pensionados por el DL 3500. II. Ser menores de 65 años de edad. III. Haber perdido, a lo menos, el 50% de su capacidad de trabajo. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. Los grados de invalidez que establece el DL 3500 son: I. Invalidez Transitoria con una pérdida de la capacidad de trabajo igual o mayor al 35% e inferior al 50%. II. Invalidez Parcial, con una pérdida de la capacidad de trabajo igual o mayor al 50 % e inferior 66,6 %. III. Invalidez Total, con una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 66,6%. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. Las Comisiones Médicas Regionales emitirán un dictamen que puede aprobar la invalidez Parcial o Total de un afiliado, el que tendrá carácter de: I. Transitorio para los inválidos Parciales, debiendo reevaluarse al término de tres años. II. Transitorio para inválidos Totales, debiendo reevaluarse al término de tres años. III. Unico y definitivo para los inválidos Totales, no existiendo la reevaluación. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. ¿Qué factores determinan el monto de la pensión de invalidez? I. El grado de invalidez. II. La cobertura del seguro de invalidez y sobrevivencia. III. El Ingreso Base. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. Tendrán derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia los afiliados, que cumpliendo los requisitos, sea: I. Hombres menores de 65 añños que se pernsionen por Invalidez o fallezcan. II. Mujeres menores de 65 años que se pensionen por Invalidez o fallezcan. III. Menores de 70 años. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. Recibida una solicitud de pensión de invalidez, previo a la emisión del primer dictamen, la Administradora deberá: I. Determinar si el afiliado se encuentra o no cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. II. Solicitar a la compañía de seguros el aporte adicional, en el evento que corresponda. III. Requerir a la Comisión Médica Regional la calificación de invalidez del afiliado, a más tardar al quinto dia hábil siguiente al de recepción de la solicitud de pensión de invalidez. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. En el trámite de pensión de invalidez transitoria la Administradora debe realizar las siguientes acciones, entre otras: I. Define la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. II. X Solicita a la Compañía de Seguros el Aporte Adicional, en el evento que corresponda. III.Paga la pensión de invalidez transitoria la cual será financiada por la Compañía de Seguros que corresponda, siempre que el afiliado dependiente se encuentre cubierto por el seguro a la fecha de solicitud de pensión. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. ¿Queda cubierta por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia una mujer cotizante que se invalida hoy con 62 años cumplidos sin haber solicitado ninguna otra pensión?. a) No, sólo tiene derecho a Pensión de Vejez Anticipada. b) No, sólo tiene derecho a Pensión de Vejez Normal Edad. c) Si, queda cubierta por el seguro. d) Ninguna de las anteriores. ¿Cuál de las siguientes modificaciones del SIS apunta a mejorar la equidad de género?: I. Se iguala 60 años para hombres y mujeres la edad máxima para pensionarse por invalidez. II. Se iguala en 65 años para hombres y mujeres edad máxima para pensionarse por invalidez III. Se establece un porcentaje igual de cobertura para hombres y mujeres. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. En un trámite de calificación de Invalidez de un afiliado no cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, los gastos de traslados y estadías para la realización de exámenes y peritajes decretados por la Comisión Médica, no disponibles en la región en que está domiciliado el afiliado, serán de cargo de: a) El Afiliado. b) La Comisión Médica Regional. c) La Administradora de Fondo de Pensiones. d) La Compañía de Seguros que tiene contratado el seguro de invalidez y sobrevivencia. Para garantizar el financiamiento de las pensiones de invalidez, aportes adicionales y contribución, las AFP deben mantener: a) El valor esperado de cada uno de estos beneficios, con cargo a su patrimonio. b) El valor esperado de estos beneficios, con cargo al Fondo de Pensiones respectivo. c) Un seguro con una o más Compañías de Seguros. d) Un seguro de vida para cada afiliado. ¿Qué tipo de pensión no da derecho a solicitar pago preliminar?: a) La pensión de vejez edad. b) La pensión de vejez anticipada. c) La pensión de invalidez. d) La pensión de sobrevivencia. ¿Qué se entiende por Pago Preliminar de pensión?. a) Al primer pago de pensión Transitoria. b) Al primer pago de pensión Definitiva. c) Al primer pago de pensión de Vejez Anticipada. d) La serie de pagos mensuales continuos que median entre la aceptación de la solicitud de pensión y el ejercicio de la opción de modalidad de pensión o, el cálculo afinado de la mensualidad de la pensión de invalidez por el primer dictamen. ¿En qué plazo debe ponerse a disposición del afiliado el Pago Preliminar de pensión?. a) A más tardar dentro de los 5 días hábiles siguientes a su solicitud. b) A más tardar dentro de los 7 días hábiles siguientes a su solicitud. c) A más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a su solicitud. d) A más tardar dentro de los 15 días hábiles siguientes a su solicitud. ¿Cuál de las siguientes alternativas es correcta con respecto al pago preliminar de pensión? I. Debe iniciarse a más tardar a los 10 días hábiles desde su solicitud. II. Puede efectuarse de inmediato en caso de pensión de vejez solicitada directamente por el afiliado. III. Se suspende si al término del plazo para seleccionar modalidad de pensión el afiliado o beneficiario no ha ejercido su opción. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. El derecho a pago preliminar de pensión no corresponde en los siguientes casos: I. Pensión de Vejez anticipada. II. Pensión de Vejez edad de trabajadores afectos a normas estatutarias especiales III. Pensión de Invalidez parcial transitoria, en el caso de afiliados cubiertos por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. En caso de solicitud de pago preliminar de una Pensión de Sobrevivencia, corresponde efectuar el pago sólo si: a) Hay acuerdo entre todos los beneficiarios. b) El o los beneficiarios son hijos menores de 18 años de edad. c) Existe saldo en la Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias. d) La Cuenta no está afecta a Reclamo normado por la Circular respectiva de la SP. La suscripción del formulario Selección Modalidad de Pensión se debe efectuar personalmente en: a) La AFP seleccionada. b) La Compañia de Seguros seleccionada. c) La AFP que registre la afiliación. d) Cualquiera de las anteriores. La cantidad expresada en UF que resulte de dividir cada año el saldo efectivo de la CCICO del afiliado, por el capital necesario para pagar una unidad de pensión al afiliado y fallecido éste a sus beneficiarios, corresponde a la definición del afiliado, por el capital de: a) Aporte adicional. b) Capital necesario. c) Anualidad. d) Saldo retenido. Un afiliado de 70 años de edad suscribe la solicitud de pensión de Vejez Edad y posteriormente, selecciona la modalidad de pensión Retiro Programado, ¿desde cuándo se devenga la pension?. a) Desde la fecha en que cumplió la edad para pensionarse por Vejez Edad. b) Desde la fecha en que suscribió la Solicitud de Pensión de Vejez Edad. c) Desde la fecha de emisión del certificado de saldo. d) Desde la fecha de selección de la modalidad de pensión. Si un afiliado se pensiona bajo la modalidad de Retiros Programados, determinándose una pensión mensual durante el primer año de U.F. 42, ¿puede optar por retirar una suma inferior?. a) Si, sin límite alguno, manifestando por escrito su opción al momento de llenar la solicitud de pensión o en forma posterior. b) Si, dentro del monto legal, manifestando por escrito su opción al momento de llenar la solicitud de pensión o en forma posterior. c) No, el monto determinado originalmente sólo podrá verse modificado anualmente en razón a variables tales como ingresos o egresos de fondos. d) No, el monto determinado originalmente sólo podrá verse modificado retire su Excedente de Libre Disposición. un monto inferior cuando el afiliado. Un afiliado en trámite de pensión de vejez edad que recepciona su certificado de saldo, ¿puede seleccionar la modalidad de pensión renta vitalicia inmediata?. a) Sí, siempre que la Renta Vitalicia sea al menos igual al 70 % del promedio de las rentas percibidas en los últimos 10 años. b) Si, siempre y cuando la Renta Vitalicia contratada sea a lo menos igual o superior al monto de la pensión básica solidaria de vejez. c) No, dado que debe mantenerse en retiro programado al menos 6 meses. d) Si, sin importar el monto de la pensión. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones refleja el Monto de la Pensión de Renta Vitalicia Inmediata? I. Puede ser constante o variable en el tiempo y su pago no puede fraccionarse. II. Si llega a ser inferior al monto de la pensión básica solidaria, opera la Garantía Estatal, cuando corresponda. III. Para el cálculo en U.F. debe considerarse el valor de la U.F. de la fecha de cierre del Certificado de Saldo. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. La Compañía de Seguros debe remitir la póliza a la AFP de origen, si corresponde, dentro del siguiente plazo: a) 3 días hábiles de recibida la notificación de la AFP. b) 5 días de suscrita la Selección Modalidad de Pensión. c) 3 días desde el traspaso de la prima única. d) 5 días de recibido el traspaso de la prima única. La comisión máxima por Intermediación o retribución por venta en una Renta Vitalicia, con tope de 60 UF, corresponde al siguiente porcentaje de la prima única: a) 4,0 %. b) 2,0 %. c) 3,0 %. d) 3,5%. ¿En que oportunidad procede el recalculo de la anualidad de un pensionado bajo la modalidad de Retiro Programado?. a) Cada año, los primeros 10 días hábiles del mes de Enero. b) Cada año, en el mismo mes calendario en que se devengó la pensión correspondiente. c) Cada año, en el mes calendario en que el pensionado cumple años. d) Cada año, los últimos 10 días hábiles del mes de Diciembre. Entre otros, se entiende terminado un proceso de pensión: I. Una vez traspasada la prima única a la Compañía de Seguros II. Una vez seleccionada la modalidad de pensión, si se opta por Retiro Programado. III. A los 30 días del término de la vigencia del Certificado de Saldo, si el afiliado no selecciona modalidad de pensión. a) Sólo I o II. b) Sólo I o III. c) Sólo II o III. d) l o ll o IIl. Las comisiones que cobren las Administradoras por concepto de pago de pensiones en las modalidades Retiro Programado y Renta Temporal deben deducirse: a) Una vez al año en el recalculo de la anualidad. b) Del monto de las respectivas pensiones. c) De la rentabilidad del periodo. d) Del saldo de la cuenta individual del pensionado. Se entiende terminado un proceso de Pensión de Vejez o de Vejez Anticipada al día hábil subsiguiente de ocurrido alguno/s de los siguientes eventos: Una vez que se encuentre validada la Selección de Modalidad de Pensión. Que se haya cumplido la fecha de desistimiento del trámite de pensión. El término del plazo para seleccionar modalidad de pensión. a) Solo I o II. b) Solo I o III. c) Solo II o III. d) I o II o III. El Estado garantiza las pensiones de Renta Vitalicia. En los casos que dichas pensiones fueren superiores al monto de la pensión básica solidaria de vejez, ¿cuál es el porcentaje que cubre la Garantía del Estado?. a) 100 % del exceso por sobre la pensión básica solidaria sin tope. b) 75 % del exceso por sobre la pensión básica solidaria con tope de 45 UF. c) 100 % del exceso por sobre la pensión básica solidaria con un tope 45 UF. d) 75 % del exceso por sobre la pensión básica solidaria con un tope 60 UF. Al fallecer un afiliado pasivo, pensionado por la modalidad de Renta Vitalicia Inmediata, las pensiones de sobrevivencia de los beneficiarios serán pagadas por: a) La AFP en la cual registre afiliación vigente. b) La Compañía de Seguros que opten los Beneficiarios de pensión. c) La AFP que recepciona la Solicitud de Pensión de Sobrevivencia. d) La Compañia de Seguros que estuviere pagando la pensión. En el caso de un afiliado pensionado bajo la modalidad de Renta Vitalicia inmediata que fallece antes de la fecha en que corresponda efectuar el traspaso de la prima: a) El contrato mantendrá su vigencia. b) El contrato quedará sin efecto. c) Los beneficiarios quedarán obligados a tomar la Renta Vitalicia del afiliado fallecido. d) Los beneficiarios quedarán sin derecho a pensión. Para efectos de los recálculos de la anualidad de las pensiones por retiro programado o renta temporal, se debe considerar, si corresponde, los siguientes saldos: I. Saldo total de la cuenta de cotizaciones obligatorias incluidas aquellas enteradas con posterioridad a la solicitud de pensión. II. Saldo total de la cuenta de depósitos convenidos, incluidos aquellos posteriores a la solicitud de pensión. III. Cotizaciones Voluntarias destinadas a pensión. a) Solo I y II. b) Solo I y III. c) Solo II y III. d) I, II y III. |