AA PP y ENTIDADES RELIGIOSAS UNED
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Título del Test:![]() AA PP y ENTIDADES RELIGIOSAS UNED Descripción: TEST TEMA 1 |




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La CE vigente recoge los principios fundamentales para sentar sobre nuevas bases la solución a la llamada “cuestión religiosa”. Estos principios son. La libertad ideológica, religiosa y de culto” y “la igualdad y no discriminación. La laicidad del Estado” y “el principio de cooperación”;. Todas las respuestas son correctas. El artículo 16 CE reconoce. La libertad de expresión. La libertad ideológica, religiosa y de culto. La libertad ideológica exclusivamente. El derecho fundamental reconocido en el artículo 16CE tiene su fundamento en: La dignidad de la persona (art.10CE). La igualdad y no discriminación (art.14CE). La libertad de pensamiento, ideas y opiniones (art.20CE). El contenido del derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto (art.16CE) comprende: La libertad de manifestar externamente las propias creencias y convicciones y la posibilidad de adherirse a grupos que las representen. La posibilidad de tener o no convicciones ideológicas y religiosas. Ambas respuestas son correctas. La libertad de manifestación externa de las propias creencias se concreta. En la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia de los ritos. Sólo en la práctica de los ritos. En que nadie será obligado a mantener una determinada religión. Indica cuál de las siguientes afirmaciones es correcta: Nadie será impelido a profesar una determinada religión. Nadie podrá ser obligado a mantenerla. Ambas respuestas son correctas. La CE señala que el derecho fundamental reconocido en el art.16CE –libertad ideológica, religiosa y de culto- encuentra el límite a su ejercicio en: el mantenimiento del orden público protegido por la ley. en la laicidad del Estado. en la LOLR. Como “Laicidad del Estado” debemos entender. un principio de organización política atendiendo a la formulación de los derechos y libertades. la separación Estado-Iglesia. ambas son correctas. La CE (art.16.3.1º) hace referencia a la laicidad del Estado como. la separación Estado-Iglesia. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. la neutralidad del Estado frente a las opciones ideológicas o religiosas de los ciudadanos. El TC entiende que la referencia constitucional a la laicidad del Estado incluye los siguientes componentes: la separación Estado-Iglesia. la neutralidad del Estado frente a las opciones ideológicas o religiosas de los ciudadanos. ambas respuestas son correctas. La separación Estado-Iglesia supone:… indica la respuesta incorrecta. Que los intereses o criterios religiosos deben tenerse en cuenta en las normas jurídicas o en la actuación de los poderes públicos. Que las confesiones religiosas tienen capacidad de autoorganización y autogobierno. Que los fines y funciones religiosos no pueden confundirse con los fines y funciones estatales. La neutralidad del Estado frente a las opciones ideológicas o religiosas de los ciudadanos implica: que los poderes públicos no pueden entrar a valorar las convicciones personales. que los poderes públicos no pueden funcionar en base a opciones religiosas concretas. ambas respuestas son correctas. El art.16.3.2ºCE establece el mandato de colaboración de los poderes públicos “con la Iglesia Católica y las demás confesiones” que se concreta en el: Principio de coordinación. Principio de cooperación. Principio de colaboración. La “Laicidad positiva”, término acuñado por el TC, viene a significar: La valoración positiva del hecho religioso por el Estado. La obligación de los poderes públicos a garantizar el ejercicio del derecho de libertad religiosa en las mejores condiciones posibles. Que solo por Ley se regulara el modelo de cooperación Estado-Confesiones religiosas. Atendiendo al principio de cooperación (art.16.3CE), indica la respuesta errónea. La CE establece el modo de llevar a cabo la cooperación con las confesiones religiosas. La cooperación debe hacer de acuerdo con los principios de libertad, igualdad y laicidad. La cooperación afecta a todas las confesiones de acuerdo con el principio de igualdad y no discriminación. Indica la respuesta correcta respecto a la cooperación del Estado y las Confesiones religiosas: El Pacto es el instrumento de mayor entidad, pero no el único, para llevar a la práctica la cooperación entre el Estado y las Confesiones religiosas. La CE no exige el pacto confesional ni es el único medio de cooperar. ambas respuestas son correctas. La LOLR , ha de ser aprobada por: Por mayoría simple del Congreso de los diputados. Por mayoría absoluta de Congreso y Senado. Por mayoría absoluta del Congreso de los diputados. 2. La LOLR se aprobó: A los dos años y medio después de la CE. Al año y medio después de la CE. Al año después de la CE. Por el carácter complejo y problemático de la LOLR se aprobó: Con dos votos en contra. Por mayoría simple del congreso. Sin votos en contra. ¿Qué tiene finalidad de la LOLR?. Trata de regular la libertad religiosa. Constituye un completo desarrollo del art.16 dela CE. Regula tanto la libertad religiosa como la libertad ideológicas. ¿Qué límites afectan al derecho de libertad religiosa?. Los que en general pueden aplicarse constitucionalmente a todos los derechos fundamentales. Pueden limitarse todos los derechos. ninguna es correcta. Uno de los derechos colectivos que comprende la LOLR es: Derecho a asociarse, reunirse o manifestarse públicamente con fines religiosos. Derecho a establecer lugares de culto o de reunión. Derecho a profesar o no profesar creencias religiosas. Las Iglesias, Confesiones religiosas y Comunidades religiosas, ¿poseen personalidad jurídica?. Si. Si, se concreta por medio de la inscripción en el R.E.R del Ministerio de Justicia. No, en ningún caso tendrán personalidad jurídica. Son llamados establecimientos públicos de sujeción especial los: Militares y hospitalarios. Centros docentes. No existen establecimientos públicos de sujeción especial. En la actualidad, cuántas confesiones tienen acuerdo con el Estado?. Sólo una. Actualmente ninguna confesión tiene acuerdos con el Estado. Tres. ¿Cuántos años deben llevar inscritas las entidades religiosas, para alcanzar la condición de notorio arraigo?. 30 años. 60 años. 15 años. ¿En cuántas ocasiones se ha reformado la LOLR?. En numerosas ocasiones. Solo en dos ocasiones. Nunca. ¿Dónde se regula en España la declaración de “notorio arraigo” de las confesiones religiosas?. Ley Orgánica 7/1980. Real Decreto 593/2015. No se ha regulado ésta declaración en la actualidad. ¿Cuál es el órgano consultivo del Gobierno en materia de libertad religiosa?. CALR. Ministerio de Justicia. RER. Los acuerdos confesionales, entre el Estado y las confesiones religiosas, en el caso de la Iglesia católica. Son relativamente recientes, desde la Constitución de 1978. España es un estado laico y no celebra acuerdos confesionales. Son de larga tradición, la forma más significada es el Concordato. La función de los concordatos clásicos es el aseguramiento de la libertad de la iglesia católica y uno de sus objetivos es. Asegurar los derechos fundamentales. El mantenimiento de su autonomía organizativa. Que la religión católica sea de enseñanza obligatoria. El Concordato completo que se firmó en 1953 entre el Estado y el régimen franquista, se dijo de él: Que acababa con los privilegios de la Iglesia. Que tenía la naturaleza de tratado internacional. Que nació muerto. En 1992 se firmaron acuerdos de Cooperación del Estado con tres confesiones religiosas, ¿con cuál de las siguientes Federaciones no se firmó?. Federación de la Religión Islámica. La Comisión Islámica. Federación de Comunidades Israelitas. De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución de 1978, entre Estado y confesiones. Es necesario que se suscriban acuerdos. No se requiere la existencia de acuerdos. El pacto confesional es la única forma de cooperar. Es una materia incluida en el acuerdo con la Iglesia Católica sobre Asuntos jurídicos. El Sistema de reconocimiento de las festividades religiosas. El reconocimiento de la personalidad jurídica civil única de la Iglesia. El libre acceso a los lugares de culto, archivos y registros de la Iglesia. El acuerdo con la Iglesia Católica sobre Asuntos económicos no regula. La fijación de un sistema complejo para el sostenimiento económico de la Iglesia por parte del Estado. Las Exenciones de impuestos y otros beneficios fiscales. Los gastos de mantenimiento de templos y lugares de culto. El acuerdo con la Iglesia Católica sobre Enseñanza y Asuntos culturales incluye. La supresión de los centros de enseñanza propios. El régimen de patrimonio histórico, artístico y documental en manos de la iglesia. Los efectos culturales del matrimonio canónico. Respecto a los acuerdos de cooperación con las confesiones minoritarias, los tres acuerdos aprobados en 1992, en cuanto a su sistemática en general. Tienen carácter global y completo. No tienen elementos comunes. Tienen temáticas comunes. Podemos afirmar que el derecho eclesiástico del estado son: Conjunto de obligaciones que rigen la religión en el espacio público. Conjunto de normas que rigen la religión en el espacio público. Conjunto de derechos que rigen la religión en el espacio público. Las fuentes de las que surge el derecho eclesiástico, son: Las mismas fuentes de las que surge el derecho general. Fuentes especiales del derecho eclesiástico. Fuentes específicas del derecho eclesiástico. 3. Las fuentes específicas de esta rama del ordenamiento jurídico, se integran en el sistema jurídico porque: El Estado les concede validez y por tanto imperatividad formal para incorporarlas al ordenamiento como normas, aunque no de obligado cumplimiento. El Estado les concede validez, pero no se incorporan al ordenamiento jurídico. El Estado les concede validez, y por tanto imperatividad formal para incorporarlas al ordenamiento como normas de obligado cumplimiento. En el derecho eclesiástico del Estado, tienen un lugar muy especial: Las normas bilaterales, que tienen origen en el acuerdo de voluntades entre el Estado y las Confesiones religiosas. Las normas impuestas por el Estado, sin que deban tener un acuerdo previo. Las normas multilaterales que tienen origen entre el Estado y demás entes administrativos que tiene el Estado y las Comunidades Autónomas. El esquema de fuentes unilaterales y fuentes pactadas porque las Administraciones pueden pactar las confesiones religiosas: Los pactos sí tienen naturaleza internacional, si se hacen con entidades de la iglesia católica. Los pactos no tienen naturaleza internacional, aunque se hagan con entidades de la iglesia católica. Los pactos si tienen naturaleza internacional porque la iglesia católica es una confesión internacional. Es relevante los ordenamientos confesionales en el Derecho interno: Si, siempre. No, nunca. Si, a veces. Progresivamente va adquiriendo importancia el aparato normativo que procede de las Administraciones no Estatales (Derecho Autonómico y Derecho Local). No. Si. Nunca. El hecho religioso afecta a muchas materias en todos los ámbitos: Afecta a muy pocas. Falso. Verdadero. Las corporaciones locales inciden ampliamente en la regulación de aspectos de interés en esta rama del ordenamiento: Como podrían ser los planes urbanísticos, la regulación de los locales de culto o los cementerios. Como podrían ser la educación y la salud. Como podrían ser el régimen fiscal, el ámbito laboral y la seguridad. Los acuerdos y convenios entre la Administración autonómica y la local con los distintos órganos de las confesiones religiosas. Tienen vigencia en todo el país. Tienen vigencia en territorio y ámbito de competencia de cada administración. Tienen vigencia sólo en el municipio donde se han firmado. |