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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEAbogacía Laboral 2021 Primera Convocatoria

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Título del test:
Abogacía Laboral 2021 Primera Convocatoria

Descripción:
Abogacía Laboral 2021 Primera Convocatoria

Autor:
Emilio Delgado
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
22/04/2024

Categoría:
Otros

Número preguntas: 25
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Temario:
Una empresa tiene prestando servicios laborales a un trabajador, pero no le ha dado de alta en la Seguridad Social. La empresa tiene concertadas la incapacidad temporal por contingencias comunes y profesionales con una Mutua. El trabajador sufre un accidente de trabajo y permanece seis meses en situación de incapacidad temporal. ¿Quién abonará el subsidio al trabajador? La Mutua no anticipará el subsidio porque el trabajador estaba sin asegurar. La Mutua únicamente anticipará elsubsidio si el trabajador denuncia previamente su situación ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Mutua deberá anticipar en todo caso el subsidio de incapacidad temporal La Mutua solo abonará el subsidio cuando el Juzgado de lo Social haya declarado la insolvencia de la empresa.
Rafael necesita para su empresa un nuevo transportista, el actual próximamente se jubilará. Su amigo Andrés, quien tiene una furgoneta, le ha ofrecido sus servicios y han llegado a un acuerdo verbal concretando que comenzará el próximo día 1 de mes, durante un año, realizando portes tres días a la semana. ¿Qué modalidad de contrato de trabajo han celebrado? Contrato a tiempo parcial. Contrato de relevo. El contrato se presumirá celebrado a tiempo completo, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios Contrato formativo y de aprendizaje.
Juan cuenta con 17 años de edad y autorización de sus padres para trabajar. Juan le ha pedido a su tío que le contrate como camarero en su restaurante los fines de semana, en horario de 21.00h a 24.00h. Sin embargo, cuando el Abogado prepara el contrato de trabajo le advierte al tío de Juan que no es posible que lo suscriba en esos términos. ¿Qué impide firmar el contrato? La actividad laboral, los menores de edad no pueden trabajar en la hostelería conforme a la ley de prevención de riesgos laborales. La duración del contrato no puede ser inferior a 4 horas diarias. El horario de trabajo, los menores de edad no pueden realizar trabajos nocturnos. Se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana. No existe ningún impedimento para su firma, siempre y cuando el contrato de trabajo sea firmado por el menor de edad en unión de su representante legal.
Andrés ha hecho uso de su derecho a reducir su jornada laboral para cuidar a su hija con discapacidad. Dos años después de haber comenzado a realizar solo media jornada la empresa cierra y extingue los contratos. ¿A qué indemnización tendrá derecho? A la que corresponda a su jornada efectivamente realizada. A la que le hubiera correspondido sin considerar la reducción de jornada efectuada. A ninguna por haber reducido su jornada. No se le puede despedir en ningún caso durante el ejercicio de su derecho a la reducción de jornada.
A África, letrada de una centralsindical,susrepresentadosle plantean una duda surgida en una negociación de convenio colectivo. La dirección de la empresa propone regular el modo en que se documentará el registro diario de jornada. ¿Qué les indicará África a sus representados sobre esa propuesta? No existe obligación de registrar diariamente la jornada salvo actividades específicas vinculadas al trabajo en el mar. La negociación colectiva puede entrar en cómo se organizará y documentará el registro de jornada. La negociación colectiva no puede entrar en esta materia. La ley regula por completo esta materia.
A la empresa “XX” le han notificado sentencia por la que declaran el despido disciplinario de una trabajadora como improcedente. En la misma sentencia le comunican que tiene 5 días para optar por readmitir a la trabajadora o indemnizarla con la indemnización legal que determina la sentencia. La empresa no opta en el plazo previsto. ¿Cuál es la consecuencia? Si la empresa no opta por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la indemnización. Si la empresa no opta por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la que decida el trabajador requerido para ello. Si la empresa no opta por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la readmisión Si la empresa no opta por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la que considere el Magistrado en atención a las circunstancias del asunto.
El contrato de trabajo celebrado por Juan y la empresa constructora en la que presta sus servicios, ha sido declarado nulo parcialmente por el Juzgado de lo Social. ¿Qué fuentes de la relación laboral regirán para la parte declarada nula? Las disposiciones legales y reglamentarias del Estado, los convenios colectivos y la voluntad de las partes. Los usos o costumbres locales y profesionales primarán en defecto de norma con rango de ley. Los convenios colectivos rigen en todo caso para lo no pactado en un contrato de trabajo. Únicamente las disposiciones legales y reglamentarias de la Comunidad Autónoma donde se celebró el contrato.
Juan ha recibido comunicación de despido disciplinario por incumplimiento del contrato de trabajo debido a su falta de puntualidad al trabajo durante varios días. ¿Es causa suficiente para su despido? Sí, pues aunque estuviera justificada requiere previo aviso a su patrono para evitar perjuicios en la prestación de los servicios de la empresa. No, el despido deberá basarse en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Sí, la falta de puntualidad reiterada se considera falta grave en el Estatuto de los trabajadores No, la falta de puntualidad repetida e injustificada no constituye una causa de incumplimiento contractual.
La empresa X ha decidido decretar el despido colectivo por causas objetivas de más de cincuenta trabajadores con edades comprendidas entre los 35 y los 45 años, si bien la empresa no está incursa en un procedimiento concursal. ¿Qué deberá ofrecer la empresa X a los trabajadores afectados? Deberá realizar una aportación económica al Tesoro Público Deberá ofrecer a los trabajadores afectados un curso para un periodo máximo de seis meses con formación y orientación profesional, con atención personalizada al trabajador afectado y búsqueda activa de empleo. Deberá ofrecer a los trabajadores afectados un plan de recolocación externa a través de empresas de recolocación autorizadas Un despido colectivo de más de cincuenta trabajadores aunque sea por causas objetivas será nulo.
Fernando tiene dos hijos de 6 y 9 años y ha decidido solicitar a su jefe reducción de jornada de trabajo diario para dedicarles más tiempo a su cuidado y educación. ¿Qué parámetros legales determinarán la jornada laboral? La reducción de la jornada de trabajo diaria, con disminución proporcional del salario, será entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. La reducción de la jornada de trabajo diaria, sin disminución proporcional del salario, será entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. La reducción de la jornada de trabajo diaria, con disminución proporcional del salario, será entre, al menos, un noveno y un máximo de la sexta parte de la duración de aquella. La reducción de la jornada de trabajo diaria, sin disminución proporcional del salario no puede superar una séptima parte de la duración de aquella.
Caterina es delegada comercial en un importante laboratorio farmacéutico. Le pide a su Abogada que le reclame judicialmente las cantidades del complemento variable del pasado trimestre que aún no le han pagado. Teniendo en cuenta que la empresa tiene su domicilio en Barcelona, pero Caterina trabaja en las provincias de Málaga y Córdoba. ¿Dónde debe presentarse la demanda? Obligatoriamente en Barcelona Tiene que presentar dos demandas, una en cada provincia donde presta servicios. Debe presentarla en Madrid, en la Audiencia Nacional, por ser una cuestión que afecta al territorio de varias Comunidades Autónomas. El trabajador podrá elegir entre aquel de ellos en que tenga su domicilio, el del contrato, si hallándose en él, el demandado pudiera ser citado, o el del domicilio del demandado.
Izan pretende formular demanda por discriminación laboral contra la empresa donde presta susservicios profesionales, pues entiende que ha sido perjudicado en el proceso de selección debido a su origen étnico. El proceso de selección tenía como fin acceder a un puesto superior dentro de su departamento profesional. ¿Qué órgano judicial será competente territorialmente para conocer de la demanda? El Juzgado de lo Social del lugar donde presta sus servicios, con carácter preferente. La Sala de lo Social del lugar donde la empresa tenga su domicilio social. El Juzgado de lo Social del lugar donde el trabajador tenga su domicilio fiscal El Juzgado de lo Social del lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandado, a elección del demandante.
Jorge ha agotado el plazo de trescientos sesenta y cinco días de la prestación de incapacidad temporal y recibida el alta médica emitida por los órganos competentes de las entidades gestoras de la Seguridad Social, se muestra disconforme con la decisión. ¿Puede impugnarla su Abogado? Sí, podrá impugnarla sin necesidad de previo agotamiento de la vía administrativa. Sí, previo agotamiento de la vía administrativa No se puede impugnar dicha alta médica puesto que se ha agotado la duración máxima de la incapacidad temporal. Nunca se puede impugnar el alta médica.
Presentada demanda conjunta por más de diez actores ante el Juzgado de lo Social, es necesario que designen un representante común. ¿Quién deberá asumir la representación en el proceso? Este representante común deberá ser necesariamente un Procurador. Este representante común deberá ser necesariamente Abogado, Procurador, Graduado social colegiado, uno de los demandantes o un sindicato. Solo uno de los demandantes puede asumir la representación común. Necesariamente los sindicatos cuando se trate de una demanda colectiva que afecte a la libertad sindical.
Julio, Javier y Sergio han sufrido un accidente de trabajo cuando se encontraban prestando sus servicios para la empresa en la que trabajan y pretenden demandar al empresario reclamando el resarcimiento de daños y perjuicios que les corresponde. ¿Pueden ejercitar sus acciones simultáneamente? En reclamaciones sobre accidente de trabajo y enfermedad profesional solo se podrán acumular las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios si han recaído en el mismo Juzgado En reclamaciones sobre accidente de trabajo y enfermedad profesional se podrán acumular todas las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios derivadas de un mismo hecho. En reclamaciones sobre accidente de trabajo y enfermedad profesional no se podrán acumular las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios En reclamaciones sobre accidente de trabajo y enfermedad profesional solo se podrán acumular las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios cuando el Juez lo acuerde de oficio.
Felipe, Abogado de Lucía, ha de presentar un escrito en el plazo de veinte días en el Juzgado de lo Social, ¿hasta cuándo puede hacerlo? Puede presentarlo hasta las quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en el servicio común procesal creado a tal efecto o, de no existir éste, en la sede del órgano judicial. Puede presentarlo hasta las quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en el juzgado que preste el servicio de guardia Puede presentarlo hasta las doce horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en la sede del órgano judicial. Puede presentarlo hasta las doce horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en el servicio común procesal creado a tal efecto o, de no existir éste, en la sede del órgano judicial.
Roberto, Abogado de la parte demandante, durante la celebración del juicio ante el Juzgado de lo Social, propone prueba testifical, si bien el Juez la inadmite. ¿Qué puede hacer Roberto? Deberá renunciar a ella, sin perjuicio de que pueda solicitarla de nuevo con posterioridad a la vista del resultado del resto de la prueba. Podrá formular recurso contra la inadmisión de cualquier medio de prueba, y el Juez deberá resolver en el acto Podrá hacer constarsu protesta en el acto contra la inadmisión de cualquier medio de prueba, a efectos del correspondiente recurso contra la sentencia. Podrá hacer constar su protesta en el acto contra la inadmisión de cualquier medio de prueba, siempre que el Abogado de la otra parte no se oponga a ello.
Javier ha sido citado al acto de conciliación promovido por Alfonso, trabajador de su empresa, como requisito previo a la presentación de una demanda por despido. El día señalado Javier comparece al acto de conciliación, pero no se presenta Alfonso, ni alega justa causa. ¿Cuáles son las consecuencias de la incomparecencia? Se citará de nuevo a las partes para un intento de conciliación. Se tendrá por no presentada la papeleta de conciliación, archivándose todo lo actuado. Se tendrá la conciliación por intentada sin efecto. Se entenderá que renuncia a cualquier tipo de acción.
La entidad gestora de la Seguridad Social ha resuelto expresamente otorgar el alta médica de su incapacidad temporal por enfermedad profesional a Telmo después del transcurso de ciento ochenta días. Telmo está disconforme con la misma por lo que acude a vuestro despacho profesional para asesorarse si puede presentar demanda. Debéis informarle que: Puede presentar demanda directamente sin necesidad de reclamación administrativa previa ante la Entidad gestora como ocurre en todos los procedimientos de impugnación de las resoluciones administrativas expresas en las que se acuerda el alta médica. Debe interponer reclamación previa ante la Entidad gestora como requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, en el plazo de once días desde la notificación de la resolución. Debe interponer reclamación previa ante la Entidad gestora como requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, en el plazo de veinte días desde la notificación de la resolución Puede presentar demanda directamente sin necesidad de reclamación administrativa previa ante la Entidad gestora ya que se trata de una resolución administrativa expresa que acuerda el alta médica al agotarse el plazo de duración de ciento ochenta días de la prestación de incapacidad temporal.
Lola no ha percibido el pago de su salario durante tres meses adeudándole su empresa la cantidad de 4.050 € y, a pesar de que les ha hecho varios requerimientos no han procedido a su abono. ¿Puede reclamar en el proceso monitorio? Sí puede, ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 6.000 €, derivadas de su relación laboral, siempre que el empresario no se encuentre en situación de concurso. Sí puede, ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 6.000 €, derivadas de su relación laboral, si el empresario se encuentra en situación de concurso. No puede, ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 6.000 €, derivadas de su relación laboral. No puede ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 6.000 €, derivadas de su relación laboral, si no lo ha pactado con el empresario en su contrato de trabajo.
Vicente ha sido sancionado por su empresa por la comisión de una falta leve, sin embargo, no está conforme con la sanción impuesta y quiere impugnarla, ¿cuál es el plazo de que dispone para presentar la demanda? Veinte días naturales siguientes. Veinte días hábiles siguientes. Diez días hábiles siguientes. Diez días naturales siguientes.
El Juzgado competente dicta sentencia tras la impugnación por el trabajador al que le han modificado el horario y convalida la medida tomada por la empresa, entendiendo que existen razones organizativas justificadas. ¿Puede el trabajador recurrir la sentencia? No, ya que contra la misma no cabe recurso. Sí, contra la misma cabe recurso de suplicación al tratarse de modificación sustancial de condiciones de trabajo. Sí, contra la misma cabe recurso de revisión al tratarse de modificación sustancial de condiciones de trabajo. Sí, contra la misma cabe recurso de queja al tratarse de modificación sustancial de condiciones de trabajo.
El sindicato interpone demanda de conflicto colectivo en defensa de los intereses de un grupo de trabajadores ante el Juzgado de lo Social competente. Este proceso: Tendrá carácter urgente y la preferencia en el despacho de asuntos será absoluta sobre cualquier otro incluidos los de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas. Tendrá carácter urgente y la preferencia en el despacho de asuntos será absoluta sobre cualquier otro, si así lo acuerda el Juez de oficio. Tendrá carácter urgente y la preferencia en el despacho de asuntos será absoluta sobre cualquier otro, salvo los de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas Tendrá carácter urgente y la preferencia en el despacho de asuntos será absoluta sobre cualquier otro, si así se solicita en la demanda.
Álvaro interpuso demanda por extinción del contrato de trabajo por causas objetivas y el Juzgado de lo Social competente ha dictado Sentencia que le es desfavorable. ¿Puede recurrirla? Puede interponer recurso de suplicación que conocerá la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia y que deberá anunciar dentro de los diez días siguientes a la notificación de la Sentencia. Puede interponer recurso de reposición que conocerá la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia que deberá anunciar dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la Sentencia. Puede interponer recurso de suplicación que conocerá la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, que deberá anunciar dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la Sentencia. Puede interponer recurso de reposición que conocerá la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia que deberá anunciar dentro de los diez días siguientes a la notificación de la Sentencia.
Ramón tras un lento proceso por fin ha obtenido sentencia condenatoria al pago de las cantidades debidas a su cliente por los salarios impagados. La empresa sigue sin atender sus obligaciones y se plantea instar la ejecución, ¿qué plazo tiene para ello? Tiene un plazo de caducidad de veinte días. La ejecución de sentencias no está sometida a plazo alguno, puede instarse en cualquier momento. Tiene un plazo de caducidad de un año. Sea cual sea el plazo aplicable siempre será de prescripción.
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