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AC Ayto

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Título del Test:
AC Ayto

Descripción:
Conveniencia acordada

Fecha de Creación: 2025/11/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

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Temario:

¿Qué régimen de acuerdos se establece para la Mesa General de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid?. El establecido en la legislación vigente para las administraciones públicas. El establecido para la Mesa General de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos. El que decida la Comisión Técnica de Acción Social.

¿Dónde se difundirán los acuerdos alcanzados por la Comisión Técnica de Acción Social?. En la intranet del Ayuntamiento. En "ayre". En el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

¿Qué fomentará la Administración del Ayuntamiento de Madrid en materia de prevención de riesgos laborales?. Una cultura formal de prevención. Una cultura de prevención en el trabajo. El cumplimiento meramente formal de las obligaciones preventivas.

¿Cómo garantizará la Administración la protección de la seguridad y salud de los empleados?. Mediante el cumplimiento meramente formal de la legislación. Mediante el cumplimiento efectivo de la legislación de prevención de riesgos laborales. Consultando únicamente a los representantes de los empleados.

¿Quiénes deben ser consultados y participar activamente en la actividad preventiva?. Solo los directivos. Los representantes de los empleados. Todos los empleados.

¿Qué medidas adoptará la Administración para la protección de la seguridad y salud de los empleados?. Solo evaluaciones de riesgos. Evaluación de riesgos, información, consulta y participación, actuación en casos de emergencia y vigilancia de la salud. Vigilancia de la salud únicamente.

¿En qué términos se realizarán las medidas para la protección de la seguridad y salud?. En los términos establecidos en el capítulo IV de la Ley 31/1995. Según lo determine la Administración. En los términos que establezcan los representantes de los empleados.

¿Qué integrará la Administración municipal?. Solo la prevención. La prevención en el conjunto de sus actividades y decisiones. Únicamente la vigilancia de la salud.

¿Quiénes coordinarán la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales?. Las Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales, Coordinaciones de Distrito y Gerencias. Solo los representantes de los trabajadores. El Servicio de Prevención.

¿Quiénes asumirán las responsabilidades según establece el Plan de Prevención?. Los representantes de los trabajadores. Las Secretarías Generales Técnicas. Las Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales, Coordinaciones de Distrito y Gerencias de los organismos autónomos. El Servicio de Prevención.

¿Quiénes velarán por el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales?. Los titulares de la dirección de los centros y establecimientos municipales. Solo el Servicio de Prevención. Los representantes de los trabajadores.

¿Qué recibirán los titulares de la dirección de los centros?. Solo información. Formación específica y obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales. Ninguna formación.

¿Qué se comprometen a integrar las partes?. El principio de igualdad en las políticas de salud. Solo la legislación de prevención. Únicamente la información a los empleados.

¿A qué tienen derecho los trabajadores/as?. Una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Solo a información sobre riesgos. A decidir las medidas de prevención.

¿A qué más tienen derecho los trabajadores/as?. A ser informados de los riesgos y medidas preventivas. Solo a recibir formación. A decidir las medidas de prevención.

¿Qué deben hacer los empleados/as municipales?. Poner en práctica las medidas que se adopten para prevenir los riesgos en el trabajo. Ignorar las medidas de prevención. Solo informar de los riesgos.

¿Qué deben informar los empleados/as municipales?. De cualquier situación que entrañe un riesgo. Solo de situaciones de riesgo grave. No tienen que informar de nada.

¿Cómo deben utilizar los empleados/as las herramientas y equipos?. Como quieran. Adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles. No tienen que usarlos.

¿Qué deben hacer los empleados/as con los dispositivos de seguridad?. Ignorarlos. Utilizarlos correctamente. Solo si quieren.

¿Para qué deben colaborar los empleados/as?. Para que el Ayuntamiento pueda garantizar condiciones de trabajo seguras. Para no hacer nada. Solo para recibir formación.

¿De qué pueden formar parte los empleados/as?. De los equipos de emergencia. Solo de reuniones informativas. No pueden formar parte de nada.

¿Qué se garantizará a los empleados/as municipales?. Información y formación en estas materias. Solo información. Solo formación.

¿Qué tipo de información se debe dar especialmente al inicio de la relación laboral?. Información general. Información sobre riesgos y medidas preventivas. Ninguna información.

¿Cuándo se debe informar sobre nuevas técnicas o materiales?. Siempre. Cuando puedan ocasionar riesgos. Nunca.

¿Sobre qué debe informar periódicamente toda la plantilla municipal?. Solo sobre seguridad. Sobre la conveniencia de adoptar posturas y hábitos saludables. Sobre la conveniencia de adoptar posturas, conductas y hábitos saludables y sobre la realización de una actividad física moderada.

¿Qué se entenderá por servicio de prevención?. El conjunto de medios humanos y materiales de la Administración municipal. Solo los medios humanos. Solo los materiales.

¿Cuál es la modalidad de prevención en la Administración municipal de Madrid?. Servicio de prevención ajeno. Servicio de prevención propio. No hay servicio de prevención.

¿Cuántas especialidades o disciplinas preventivas debe tener el servicio de prevención?. Dos. Cuatro. Tres.

¿Cuáles son las especialidades del servicio de prevención?. Medicina del Trabajo, Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Solo Medicina del Trabajo y Seguridad en el Trabajo. Solo Higiene Industrial y Ergonomía.

¿Cómo actuarán los equipos multidisciplinares?. De forma individual. De forma integrada. No tienen que actuar.

¿De quién dependerán funcionalmente las unidades administrativas que realicen funciones sobre salud laboral y/o prevención de riesgos laborales?. De la Subdirección General de Prevención y Riesgos Laborales. Del Comité de Seguridad y Salud. De los representantes de los trabajadores.

¿Qué debe hacer el servicio de prevención?. Asesorar e informar. Solo informar. Solo asesorar.

¿Qué hará el servicio de prevención con el Plan de Prevención?. Diseñar e implantar. Solo diseñar. Solo implantar.

¿Cuándo se realizará la revisión anual del Plan de Prevención?. En el primer trimestre del año. Cuando se necesite. Cada dos años.

¿Qué se valorará positivamente en los procesos de promoción interna?. La experiencia laboral. Cualquier acreditación oficial, conocimiento o experiencia demostrable en prevención de riesgos laborales. Solo la antigüedad.

¿Qué ocurre si se recomienda ejercicio físico?. Se dará entrada gratuita a las instalaciones deportivas municipales. No se hará nada. Se pedirá un informe médico.

¿Cada cuánto tiempo se someterá el sistema de prevención a control mediante auditorías o evaluaciones?. Anualmente. Cada dos años. Cada cuatro años.

¿Quiénes son los representantes del personal con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales?. Los delegados/as de prevención. El Comité de Seguridad y Salud. El Servicio de Prevención.

¿Cuál es el crédito horario retribuido de cada delegado/a de prevención?. 20 horas mensuales. 40 horas mensuales. El que determine el Comité.

¿Qué ocurre si no se puede adaptar el puesto de trabajo por motivos de salud?. Se traslada al empleado a otro puesto. No se hace nada. Se despide al empleado.

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