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ACADEMIA BAEZ Derecho proc. y pen. 2

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ACADEMIA BAEZ Derecho proc. y pen. 2

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ACADEMIA BAEZ Derecho proc. y pen. 2

Fecha de Creación: 2024/02/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 112

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La LO 1/2015 ha modificado radicalmente la tramitación y el enjuiciamiento de los hechos de carácter leve creando el: procedimiento por delitos leves. procedimiento por delitos graves. procedimiento por delitos menos graves. procedimiento por delitos muy grave.

¿Qué entendemos por procedimiento? Las diversas formalidades que deben reunir los trámites judiciales y procesales para poder sentenciar a una persona por un hecho enjuiciado. Para diferenciar los distintos tipos de procedimientos debemos atender a: INCORRECTA. La gravedad de los hechos que se juzgan y el tipo de delito. Tipo de penas por las que pueden ser sancionados. Órgano instructor y órgano de enjuiciamiento y fallo. La más graves de todas ellas.

Según el tipo de procedimiento que se vaya a utilizar, LOS PLAZOS DE TIEMPO, serán. DISTINTOS (desde el inicio hasta la sentencia). Existiendo una serie de requisitos para cada uno de ellos. IGUALES (desde el inicio hasta la sentencia). Existiendo una serie de requisitos para cada uno de ellos. DISTINTOS O IGUALES (desde el inicio hasta la sentencia). Existiendo una serie de requisitos para cada uno de ellos.

La justicia busca. la simplificación y reducción de plazos, buscando una sentencia más próxima al hecho enjuiciado. el castigo de los delincuentes, buscando una sentencia más próxima al hecho enjuiciado. la ampliación de los plazos, buscando una sentencia más próxima al hecho enjuiciado. la manera más estricta de castigo, buscando una sentencia más próxima al hecho enjuiciado.

ACTUACIONES DE LA POLICÍA JUDICIAL. confección del atestado y entrega en el juzgado de instrucción y posterior manifestación en el mismo cuando seamos citados por las actuaciones realizadas. confección del atestado y entrega en el juzgado de lo penal y posterior manifestación en el mismo cuando seamos citados por las actuaciones realizadas. detención de los delincuentes y entrega en el juzgado de lo penal y posterior manifestación en el mismo cuando seamos citados por las actuaciones realizadas. todas correctas.

¿QUÉ OCURRE CON NUESTRO ATESTADO (POR LA COMISIÓN DE UN DELITO) UNA VEZ QUE LO ENTREGAMOS AL JUZGADO? INCORRECTA. entrega del atestado. fase de instrucción. entrega del detenido. todas correctas.

FASE DE INSTRUCCIÓN. Juzgado tiene conocimiento hechos. Se inician **diligencias judiciales**: Determinar naturaleza y circunstancias hecho. Personas participan. Órgano que debe juzgarlo. todas correctas.

COMPARECENCIA DETENIDO O INVESTIGADO A PRESENCIA JUDICIAL (casos de Viogen., la mujer que denuncia también comparecerá). Se le solicita designe domicilio para notificaciones o persona reciba en su nombre. Para: Determinar fianzas para garantizar responsabilidades y costas proceso. Determinar medidas provisionales o cautelares (ingreso en prisión o libertad provisional). VIOGEN. Adopción medidas cautelares al aseguramiento víctima. todas correctas.

FINALIZADA LAS DILIGENCIAS JUDICIALES: Juez podrá decretar actuaciones tendentes a: La preparación del juicio oral. Otra forma de continuación. Terminación procedimiento. todas correctas.

FINALIZADA LAS DILIGENCIAS JUDICIALES: A resultas de los escritos de **acusación y defensa**. Petición diligencias complementarias. Hechos no constituyen infracción penal o se desconoce autor: Archivo actuaciones (sobreseimiento libre o provisional). Si el hecho corresponde a otra jurisdicción, inhibición a favor de la misma. Apertura de Juicio Oral. todas correctas.

APERTURA DEL JUICIO ORAL: - Cuando el Juzgado de Instrucción considere que debe continuar con el procedimiento. - Para ello remitirá TODO lo ACTUADO al órgano que deba proceder al enjuiciamiento y fallo. - Se desarrolla ante el Juez o Tribunal competente para el enjuiciamiento y fallo. - Se practican las pruebas que ambas partes hayan solicitado en sus respectivos escritos de acusación y defensa. Pone fin al procedimiento.

FASE DEL JUICIO ORAL: - Cuando el Juzgado de Instrucción considere que debe continuar con el procedimiento. - Para ello remitirá TODO lo ACTUADO al órgano que deba proceder al enjuiciamiento y fallo. - Se desarrolla ante el Juez o Tribunal competente para el enjuiciamiento y fallo. - Se practican las pruebas que ambas partes hayan solicitado en sus respectivos escritos de acusación y defensa. Pone fin al procedimiento.

SENTENCIA. - Cuando el Juzgado de Instrucción considere que debe continuar con el procedimiento. - Para ello remitirá TODO lo ACTUADO al órgano que deba proceder al enjuiciamiento y fallo. - Se desarrolla ante el Juez o Tribunal competente para el enjuiciamiento y fallo. - Se practican las pruebas que ambas partes hayan solicitado en sus respectivos escritos de acusación y defensa. Pone fin al procedimiento.

TIPOS DE PROCEDIMIENTOS (son los más comunes por la actuación de la guardia civil) INCORRECTA. PROCEDIMIENTO ORDINARIO. PROCEDIMIENTO ABREVIADO. JUICIO RÁPIDOS DE DETERMINADOS DELITOS. JUICIOS RÁPIDOS POR DELITOS LEVES.

TIPOS DE PROCEDIMIENTOS. Considerados **especiales**. procedimiento ordinario, abreviado.. tribunal Jurado, Hábeas Corpus... juicio rápido de determinados delitos. juicios inmediatos por delitos leves.

Iniciar unas actuaciones por un procedimiento concreto. no significa que se deba seguir hasta el final. significa que se deba seguir hasta el final.

PRODEDIMIENTO ABREVIADO. Se aplicará a los siguientes casos: Delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a 9 años. Los delitos castigados con pena privativa de la libertad que no exceda de 5 años. se trate de delitos flagrantes.

Se considerará delito flagrante. LEER. está cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Sorprendido en el acto: no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que los persiguen. delincuente in fraganti: aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efetos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él. clic aquí.

PROCEDIMIENTO POR JUICIOS RÁPIDOS POR DELITO La remisión conjunta de todos los atestados procurará practicase antes de____________ con al finalidad de. las 9:30 horas de cada día - contar con el *mayor* tiempo posible de actividad en el Juzgado de Guardia para la tramitación de los juicios rápidos. las 9:30 horas de cada día - contar con el *menor* tiempo posible de actividad en el Juzgado de Guardia para la tramitación de los juicios rápidos. las 10:30 horas de cada día - contar con el *mayor*tiempo posible de actividad en el Juzgado de Guardia para la tramitación de los juicios rápidos. las 10:30 horas de cada día - contar con el *menor*tiempo posible de actividad en el Juzgado de Guardia para la tramitación de los juicios rápidos.

PROCEDIMIENTO POR JUICIOS RÁPIDOS POR DELITO - Remisión conjunta de todos los atestados - Practicarse antes de las 9:30 de cada día Al mismo tiempo que al Juzgado de Guardia: ___________. se remitirá copia de los atestados la Fiscalía de Guardia. se remitirá copia de los atestados al Juzgado de Instrucción. se remitirá copia de los atestados al Juzgado de lo Penal. se remitirá copia de los atestados al Ministerio Fiscal.

PROCEDIMIENTO POR JUICIOS RÁPIDOS POR DELITO Cuando se tuviera conocimiento de la comisión de un hecho delictivo que deba de tramitarse según este procedimiento, ***SIN HABER SIDO DETENIDO NI LOCALIZADO*** Continuará las INVESTIGACIONES iniciadas. que se harán constar en un único atestado y se remitirá al juzgado de guardia tan pronto sea detenido o citado de acuerdo con lo previsto en la Ley, y en cualquier caso, dentro de los 5 días siguientes. que se harán constar en los atestados necesarios y se remitirá al juzgado de guardia tan pronto sea detenido o citado de acuerdo con lo previsto en la Ley, y en cualquier caso, dentro de los 5 días siguientes. que se harán constar en un único atestado y se remitirá al juzgado de guardia tan pronto sea detenido o citado de acuerdo con lo previsto en la Ley, y en cualquier caso, dentro de los 15 días siguientes. que se harán constar en los atestados necesarios y se remitirá al juzgado de guardia tan pronto sea detenido o citado de acuerdo con lo previsto en la Ley, y en cualquier caso, dentro de los 15 días siguientes.

PROCEDIMIENTO POR JUICIOS RÁPIDOS POR DELITO SIN HABER SIDO DETENIDO NI LOCALIZADO. se remitirá al juzgado de guardia tan pronto sea detenido o citado de acuerdo con lo previsto en la Ley, y en cualquier caso, dentro de. 5 días siguientes. 15 días siguientes. 20 días siguientes. 10 días siguientes.

PROCEDIMIENTO POR JUICIOS RÁPIDOS POR DELITO Esta comunicación se realizará. Remitiendo un resumen de todas las investigaciones que se continúan, EXPRESANDO en columnas separadas INCORRECTA. LA FECHA DE INICIO DE LAS DILIGENCIAS POLICIALES. EL DELITO COMETIDO. Y EL MOTIVO POR EL QUE SE CONTINÚAN LAS INVESTIGACIONES. LA FECHA DE FINALIZACIÓN DE LAS DILIGENCIAS POLICIALES.

CLASES DE ATESTADOS Este tipo de atestado se utilizará cuando se proceda a la entrega en el. Juzgado de Guardia de la persona detenida, junto con las diligencias instruidas. Juzgado de Instrucción de la persona detenida, junto con las diligencias instruidas. Juzgado de lo Penal de la persona detenida, junto con las diligencias instruidas.

CLASES DE ATESTADOS JUICIO RÁPIDO CON DETENIDO “JRD” Los atestados con independencia de las diligencias necesarias para la averiguación de los hechos e instrucción de los derechos a los implicados, deberá contener fundamentalmente los siguientes extremos: Delito por el que se instruye el atestado, especificando si hay lesionados, desperfectos (tasados o sustancias remitida a laboratorio para análisis). La fecha y el lugar de comisión del hecho y si el atestado es ampliación de otro u otros. Un informe dando cuenta de las detenciones anteriores y de la existencia de las requisitorias para el llamamiento. Si se ha practicado alguna citación de lesionados o testigos. ***Sólo se citará VERBALMENTE en casos excepcionales***. En el caso de que no se haya practicado la citación de algún perjudicado o testigo, se reseñarán los datos que permitan su localización. Cuando el investigado, víctima o el testigo, sea extranjero, se indicarán las lenguas habladas por el mismo. TODAS CORRECTAS.

JUICIO RÁPIDO CON DETENIDO “JRD” Cuando se trate de mercancías sustraídas en establecimientos comerciales, su valor se fijará atendiendo a. su PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO. su PRECIO DE COMPRA. su PRECIO DE VALORACIÓN. según DETERMINE EL JUEZ.

JUICIO RÁPIDO CON DETENIDO “JRD” En el caso de que no se haya practicado la citación de algún perjudicado o testigo, se reseñarán. datos que permitan su localización. día de inicio de diligencias. cuando finalizaron las diligencias. datos del detenido.

JUICIO RÁPIDO CON DETENIDO “JRD” se ha practicado alguna citación de lesionados o testigos, en cuyo caso se hará constar la hora de la comparecencia, acompañando acta expresiva de la citación verbal o copia de la citación escrita practicada. Sólo se citará. VERBALMENTE en casos excepcionales. POR ESCRITO en casos excepcionales. VERBALMENTE o POR ESCRITO en casos excepcionales.

JUICIO RÁPIDO CON DETENIDO “JRD” En todo caso, en la instrucción de este tipo de atestados deberá procederse a la citación ante el Juzgado de Guardia de las siguientes personas consideradas como víctimas o testigos: Las que presenten lesiones, para ser reconocidas por médico forense. Los extranjeros y nacionales desplazados temporalmente, cuando pueda suponerse que no comparecerán al acto del juicio oral. Los testigos que hubieran presenciado la comisión del hecho y la participación del detenido en el mismo, si fuere preciso el reconocimiento en rueda. todas correctas.

Elaboración de documento resumen. Cada uno de los atestados elaborados por la Policía Judicial deberá ir acompañado. de un documento resumen. de un documento explicativo. de un documento- de diligencias por orden del Juzgado. de un documento operativo.

JUICIO RÁPIDO SIN DETENIDO “JRSD” Este tipo de atestado se utilizará cuando. no se haya procedido a la detención. habiéndose producido la detención, se acuerde su puesta en libertad. las dos correctas.

El contenido mínimo de los atestados antes referidos deberá de ajustarse, a los modelos que a continuación se relacional: Carátula del atestado: con detenido - sin detenido - documento resumen. Acta de información de derechos: detenido o investigado no detenido. Acta de información de derechos al perjudicado. Cédula de citación para juicios rápidos por delito. Cédula de citación para responsabilidad civil. todas correctas.

CONOCIMIENTO DEL HECHO DELICTIVO En el momento de tener noticia de alguna de las infracciones delictivas expresadas, se deberán averiguar y verificar los hechos, ***dando inicio a la confección del correspondiente***. atestado. diligencia. informe de detalles. documento resumen.

PETICIÓN DE AUXILIOS NECESARIOS Cuando se tenga conocimiento de un hecho que revista carácter de delito. acudirá de inmediato al lugar de los hechos. cuando fuere preciso, se recabará la asistencia del personal facultativo o sanitario. Solicitará del facultativo o del personal sanitario que hubiese atendido al ofendido, copia del informe sanitario. Asimismo, se solicitará la presencia del médico forense cuando la persona que tuviere que ser reconocida no pudiera desplazarse al Juzgado de Guardia. todas correctas.

AVERIGUACIÓN DE LA AUTORÍA DELICTIVA Se practicarán las investigaciones policiales tendentes a la averiguación del autor del delito. Autor detenido. Si fuere hallado se procederá a su detención, informándole de: INCORRECTA. De los hechos y razones que motivan o justifican la detención. De los derechos constitucionales que le asisten. Si va a ser puesto en libertad o no. se formalizará por escrito la información de los derechos que le asisten.

INTERVENCIÓN POLICIAL COMÚN ANTE LOS DISTINTOS TIPOS DE PROCEDIMIENTOS Se dará cuenta de la detención a la autoridad judicial en. en el menor tiempo posible y, como máximo, dentro de las 24 horas siguientes a su detención; pero verificando en el mismo acto tanto la fecha del traslado o no del detenido a sede judicial. en el menor tiempo posible y, como máximo, dentro de las 48 horas siguientes a su detención; pero verificando en el mismo acto tanto la fecha del traslado o no del detenido a sede judicial. en el menor tiempo posible y, como máximo, dentro de las 12 horas siguientes a su detención; pero verificando en el mismo acto tanto la fecha del traslado o no del detenido a sede judicial. en el menor tiempo posible y, como máximo, dentro de las 36 horas siguientes a su detención; pero verificando en el mismo acto tanto la fecha del traslado o no del detenido a sede judicial.

ASPECTOS RELATIVOS A LOS DERECHOS DEL DETENIDO O INVESTIGADO Respecto de la asistencia letrada: Si designa abogado. Se comunicará vía al Colegio de Abogados la designación realizada, así como la hora y fecha de la citación ante el Juzgado de Guardia correspondiente. Se recabará del referido Colegio el nombramiento de letrado de oficio, comunicando la hora y fecha de la citación ante el Juzgado de Guardia correspondiente, y haciendo indicación expresa de que la asistencia solicitada es para un procedimiento de juicio rápido por delito.

ASPECTOS RELATIVOS A LOS DERECHOS DEL DETENIDO O INVESTIGADO Respecto de la asistencia letrada: Si no designa abogado. Se comunicará vía al Colegio de Abogados la designación realizada, así como la hora y fecha de la citación ante el Juzgado de Guardia correspondiente. Se recabará del referido Colegio el nombramiento de letrado de oficio, comunicando la hora y fecha de la citación ante el Juzgado de Guardia correspondiente, y haciendo indicación expresa de que la asistencia solicitada es para un procedimiento de juicio rápido por delito.

ASPECTOS RELATIVOS A LOS DERECHOS DEL DETENIDO O INVESTIGADO Respecto de la asistencia de intérprete: No será preciso que el intérprete designado tenga título oficial. será preciso que el intérprete designado tenga título oficial.

COMUNICACIÓN DE LOS HECHOS A LA AUTORIDAD JUDICIAL Se participarán los hechos acaecidos ______________ vía telefónica, siempre que se pudiera hacer sin cesar en la práctica de las diligencias de prevención; si no fuera posible, se comunicarán los hechos una vez se hubieren terminado éstas. al Juez de Instrucción. al Juez de Guardia. al Juez de lo Penal.

INSPECCIÓN OCULAR. LEER. Levantar ACTA DE CONSTANCIA de los HECHOS OCURRIDOS, acompañando posibles medios o documentos de esclarecimiento. RECOGERÁ y CUSTODIARÁ los efectos, instrumentos o pruebas del delito de cuya desaparición hubiere peligro. las dos correctas.

PLAZO ORDINARIO ¿Cuánto puede durar la DETENCIÓN PREVENTIVA? Deberá ser puesto en libertad o puesto a disposición judicial. No más del TIEMPO ESTRICTAMENTE NECESARIO para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos Y PLAZO MÁXIMO En todo caso, en el PLAZO MÁXIMO DE 72 horas. No más del TIEMPO ESTRICTAMENTE NECESARIO para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos Y PLAZO MÁXIMO En todo caso, en el PLAZO MÁXIMO DE 48 horas. No más del TIEMPO ESTRICTAMENTE NECESARIO para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos Y PLAZO MÁXIMO En todo caso, en el PLAZO MÁXIMO DE 36 horas. No más del TIEMPO ESTRICTAMENTE NECESARIO para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos Y PLAZO MÁXIMO En todo caso, en el PLAZO MÁXIMO DE 24 horas.

PLAZO ORDINARIO Detención efectuada por Autoridad o agente de la POLICÍA JUDICIAL INCORRECTA. PLAZO MÁXIMO 72 horas. Si las investigaciones para esclarecer los hechos FINALIZAN ANTES de que transcurra dicho plazo, el DETENIDO HA DE SER ENTREGADO «SIN DEMORA» A LA AUTORIDAD JUDICIAL. EN TODO CASO comunicación de detención a la autoridad judicial, en el plazo máximo de 48 horas, SALVO: Casos de FUERZA MAYOR. todas correctas.

PLAZO ORDINARIO Detención efectuada por PARTICULARES. Debe tener como resultado la INMEDIATA ENTREGA del DETENIDO en el Juzgado de Instrucción o el Centro Policial más próximo. ¿CUÁL ES EL PLAZO?. Plazo más breve posible. Plazo máximo 24 horas. Plazo máximo 48 horas. Plazo máximo 36 horas.

¿Cómo debe PRACTICARSE la DETENCIÓN? En la forma que MENOS PERJUDIQUE al detenido. persona, reputación y patrimonio. persona, reputación y honor. persona, honor y dignidad. persona, dignidad y patrimonio.

¿Cuándo y cómo debe efectuarse la INFORMACIÓN DE DERECHOS DE LA DETENCIÓN?. de forma inmediata, en el mismo momento de la privación de libertad. en las 24 horas siguientes, en el mismo momento de la privación de libertad. en las 12 horas siguientes, en el mismo momento de la privación de libertad. cuando pueda el agente, en el mismo momento de la privación de libertad.

Toda persona detenida Será informada ______________ , en un LENGUAJE SENCILLO y ACCESIBLE (que comprenda) y de FORMA INMEDIATA. POR ESCRITO. POR ESCRITO o VERBALMENTE. VERBALMENTE.

Toda persona detenida. DERECHOS. Derecho a designar abogado, y a ser asistido por él sin demora injustificada. En caso de que, debido a la lejanía geográfica no sea posible de inmediato la asistencia de letrado, se facilitará al detenido comunicación ***telefónica o por videoconferencia ***, salvo sea imposible. Derecho a acceder a los elementos de las actuaciones que sean esenciales para impugnar la legalidad de la detención o privación de libertad. Derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee, sin demora injustificada, su privación de libertad y el lugar de custodia en que se halle en cada momento. Derecho a comunicarse telefónicamente, sin demora injustificada, con un tercero de su elección (en presencia de funcionario de policía o el que designe el Juez o Fiscal). Derecho a ser visitado por las autoridades consulares de su país. todas correctas.

Toda persona detenida. DERECHOS En todos los casos SE PERMITIRÁ AL DETENIDO CONSERVAR EN SU PODER LA DECLARACIÓN ESCRITA DE DERECHOS. durante todo el tiempo de la detención. hasta la fase de juicio oral. hasta la encarcelación. hasta su puesta en libertad.

Toda persona detenida. DERECHOS. Si NO SE DISPONE de una DECLARACIÓN DE DERECHOS EN UNA LENGUA QUE COMPRENDA EL DETENIDO, se le informará de sus derechos por medio de un intérprete. tan pronto resulte posible y declaración escrita de derechos en lengua que comprenda. 24 horas y declaración escrita de derechos en lengua que comprenda. 48 horas y declaración escrita de derechos en lengua que comprenda. 12 horas y declaración escrita de derechos en lengua que comprenda.

Toda persona detenida. DERECHOS. La INFORMACIÓN se FACILITARÁ EN UN LENGUAJE COMPRENSIBLE y ACCESIBLE. ADAPTARLA a su EDAD, GRADO DE MADUREZ, DISCAPACIDAD y cualquier otra circunstancia personal. ADAPTARLA a su EDAD, GRADO DE MADUREZ, SEXO y cualquier otra circunstancia personal. ADAPTARLA a su EDAD, SEXO, DISCAPACIDAD y cualquier otra circunstancia personal. ADAPTARLA a su EDAD, GRADO DE MADUREZ, PROCEDENCIA y cualquier otra circunstancia personal.

DETENIDO FUERA UN MENOR. Será PUESTO A DISPOSICIÓN DE LAS SECCIONES DE MENORES DE LA FISCALÍA y se comunicará el hecho de la detención y lugar de custodia a quienes ejerzan la patria potestad, la tutela o la guarda de hecho del mismo, tan pronto se tenga constancia de la minoría de edad. conflicto de intereses: se le NOMBRARÁ UN DEFENSOR JUDICIAL a quien se pondrá en conocimiento del hecho y del lugar de detención. La INFORMACIÓN DE LOS DERECHOS, se comunicará a quienes ejerzan la tutela o guarda de hecho del mismo, dando cuenta al Ministerio Fiscal. fuere extranjero: El HECHO DE LA DETENCIÓN se NOTIFICARÁ DE OFICIO al Cónsul de su país. todas correctas.

SOLICITUD DE ASISTENCIA LETRADA. EL DETENIDO DESIGNARA «LIBREMENTE» ABOGADO, y si no lo hace será asistido por un abogado de oficio. Ninguna Autoridad o Agente le efectuará al detenido RECOMENDACIÓN alguna sobre abogado a designar. Se comunicará la DESIGNACIÓN de abogado por el detenido al COLEGIO DE ABOGADOS (a los efectos de localización y encargo profesional), o en su caso, COMUNICARÁ PETICIÓN de NOMBRAMIENTO DE ABOGADO DE OFICIO. todas correctas.

DE QUE PLAZO DISPONE EL ABOGADO PARA ACUDIR AL CENTRO DE DETENCIÓN?. SIEMPRE dentro del PLAZO MÁXIMO de 3 HORAS desde la recepción del encargo. SIEMPRE dentro del PLAZO MÁXIMO de 6 HORAS desde la recepción del encargo. SIEMPRE dentro del PLAZO MÁXIMO de 12 HORAS desde la recepción del encargo. SIEMPRE dentro del PLAZO MÁXIMO de 5 HORAS desde la recepción del encargo.

EL DETENIDO PODRÁ: REVOCAR su RENUNCIA ***NO BASTA VERBAL - Debe constar en el atestado el ofrecimiento y, en su caso, la renuncia escrita a la asistencia***. en CUALQUIER MOMENTO. en las 24 horas siguientes. en las 12 horas siguientes. en las 3 horas siguientes.

PREFO. ¿Cómo debe ser la renuncia al derecho de restitución, reparación o indemnización?. clara y terminante. eficaz. clara y expreiva. clara y objetiva.

PREFOR. Derecho Penal y Procesal Penal I. Son penas graves: La prisión superior a cinco años. La prisión superior a diez años. La prisión superior a quince años. Ninguna es correcta.

PREFOR. Derecho Penal y Procesal Penal I. Juicio inmediato por delito leve. A la citación de _______ se acompañará copia de la querella o de la denuncia que se haya presentado. a) las partes, testigos y los peritos. b) querellante, investigado y testigos. c) querellante, investigado y peritos. d) Investigado.

PREFOR. TÍOS. 1º grado. 2º grado. 3º grado. 4º grado.

PREFOR. sobrinos. 1º grado. 2º grado. 3º grado. 4º grado.

PREFOR. nietos. 1º grado. 2º grado. 3º grado. 4º grado.

PREFOR. En ningún caso podrán ser objeto de detención incomunicada los menores de: 15. 16. 18. 14.

PREFOR. A cual de los siguientes principios afecta un delito de atentado contra autoridades o funcionarios públicos españoles. Principio de protección. Principio de competencia universal. Principio personal. Principio real o de protección.

PREFOR El agente en la práctica de la detención, actuará con: Decisión y autocontrol. Cautela y control. Dirección y autocontrol. Decisión y control.

PREFOR Razones por las que una persona utiliza el teléfono para poner una denuncia: a) Porque está necesitada para poder trasladarse por alguna causa. b) Porque el hecho delictivo se está produciendo y por consiguiente es víctima y/o testigo de los hechos. c) A y B correctas. d) Todas incorrectas.

PREFOR Debe entenderse como la necesidad o no de recurrir a la coacción física en la detención de acuerdo con los datos conocidos sobre la situación y el sujeto en cuestión. congruencia. oportunidad. proporcionalidad.

PREFOR La normal penal, protege las condiciones elementales _________ para lograr el desarrollo humano en sociedad. a) Mínimas. b) Superiores. c) Fundamentales. d) Judiciales.

Detenido o preso podrá renunciar a Letrado, exclusivamente contra la seguridad del tráfico, siempre que se haya facilitado de manera clara y suficiente en un lenguaje sencillo y comprensible el contenido de dicho derecho y las consecuencias de la renuncia. La renuncia: detenido podrá revocarla en cualquier momento y no basta la renuncia verbal. detenido podrá revocarla en cualquier momento y basta la renuncia verbal. detenido no podrá revocarla en cualquier momento y no basta la renuncia verbal. detenido no podrá revocarla en cualquier momento y basta la renuncia verbal.

EN QUE CONSISTE Y A QUE DEBE LIMITARSE LA ASISTENCIA DEL ABOGADO. informar al detenido de sus derechos y si fuera necesario al reconcomiendo médico. intervenir en las diligencias de declaración del detenido - diligencias de reconocimiento. reconstrucción de los hechos. entrevistarse reservadamente con el detenido. todas correctas. informar al detenido de las consecuencias de la prestación o denegación de consentimiento a la práctica de diligencias que le soliciten.

La detención incomunicada podrá acordarse excepcionalmente por el Juez o Tribunal competente, por resolución motivada por: Necesidad urgente de evitar graves consecuencias que puedan poner en peligro la vida, la libertad o la integridad física de una persona . Necesidad urgente de una actuación inmediata de los jueces de instrucción para evitar comprometer de modo grave el proceso penal. las dos correctas.

¿Qué tiempo durará la incomunicación?. el tiempo estrictamente necesario - Máximo 5 días, prorrogable por 5 días. el tiempo estrictamente necesario - Máximo 48 horas, prorrogable por 48 horas. el tiempo estrictamente necesario - Máximo 72 horas, prorrogable por 72 horas. el tiempo estrictamente necesario - Máximo 5 días, prorrogable por 3 días.

La incomunicación en ningún caso aplicable a menores de. 16. 18. 15. 14.

El detenido o preso, mientras se halle incomunicado podrá ser privado de los siguientes derechos: INCORRECTA. Designar un abogado de su confianza. Comunicarse con todas o alguna de las personas con las que tenga derecho a hacerlo, salvo con la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal y el Médico Forense. Entrevistarse reservadamente con su abogado. Acceder él o su abogado a las actuaciones, incluso a los elementos esenciales para poder impugnar la legalidad de la detención.

El detenido o preso, mientras se halle incomunicado podrá ser privado de los siguientes derechos: Comunicarse con todas o alguna de las personas con las que tenga derecho a hacerlo, salvo con incorrecta. autoridad judicial. Ministerio Fiscal. Médico Forense. Abogado.

DETENCIÓN POR DELITOS DE TERRORISMO El detenido por terrorismo, será puesto a disposición del Juez competente dentro de. las 72 hrs., siguientes a la detención. las 24 hrs., siguientes a la detención. las 48 hrs., siguientes a la detención. las 36 hrs., siguientes a la detención.

DETENCIÓN POR DELITOS DE TERRORISMO En todo caso, PODRÁ PROLONGARSE el tiempo necesario para los fines de investigación hasta un límite máximo de. 48 hrs. 72 hrs. 24 hrs. 36 hrs.

DETENCIÓN POR DELITOS DE TERRORISMO Cúando podrá prolongarse el tiempo de puesta a disposición del Juez (72 horas y se prolonga 48 horas). Cuando sea solicitada la PRÓRROGA mediante comunicación motivada dentro de las primeras 48 hrs. desde la detención. Cuando sea solicitada la PRÓRROGA mediante comunicación motivada dentro de las primeras 24 hrs. desde la detención. Cuando sea solicitada la PRÓRROGA mediante comunicación motivada dentro de las primeras 72 hrs. desde la detención. Cuando sea solicitada la PRÓRROGA mediante comunicación motivada dentro de las primeras 36 hrs. desde la detención.

DETENCIÓN POR DELITOS DE TERRORISMO Tanto la AUTORIZACIÓN como la DENEGACIÓN de la PRÓRROGA se adoptará. por resolución motivada. por decisión del Juez. por trámite de audiencia. por atestado.

DETENCIÓN POR DELITOS DE TERRORISMO El detenido quedará en todo caso incomunicado hasta. que el Juez dicte la resolución pertinente. 24 horas. 48 horas. 72 horas.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA. inviolabilidad. inmunidad. las dos correctas.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA Inviolabilidad: es ausencia de responsabilidad criminal y puede ser: INCORRECTA. absoluta. limitada. ilimitada. todas correctas.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA PRERROGATIVA DE NATURALEZA FORMAL QUE PROTEGE LA LIBERTAD PERSONAL DE LOS REPRESENTANTES POPULARES CONTRA DETENCIONES Y PROCESOS JUDICIALES QUE PUEDEN DESEMBOCAR EN PRIVACIÓN DE LIBERTAD, EVITANDO, QUE POR MANIPULACIONES POLÍTICAS, SE IMPIDA AL PARLAMENTARIO ASISTIR A LAS REUNIONES DE LAS CÁMARAS Y, A CONSECUENCIA DE ELLO, SE ALTERE INDEBIDAMENTE SU COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO. INVIOLAVILIDAD. INMUNIDAD.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA QUEDA EXCEPTUADO de la inmunidad. delitos flagrantes. delitos leves. delitos contra la seguridad vial. delitos de terrorismo.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA “TRATADOS INTERNACIONALES” Convención Viena 1961 y 1963. Se conceden beneficios o inmunidades, no en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones en calidad de representantes de Estados. Se conceden beneficios o inmunidades, en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones en calidad de representantes de Estados.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA SUPUESTOS DE INVIOLAVILIDAD. NO SE PODRÁ REALIZAR LA DETENCIÓN de la persona que la tenga, Aunque sea un «DELITO FLAGRANTE». SE PODRÁ REALIZAR LA DETENCIÓN de la persona que la tenga, SALVO sea un «DELITO FLAGRANTE».

Se puede detener por delitos flagrante sobre personas que tengan INMUNIDAD. si. no.

Se puede detener por delitos flagrante sobre personas que tengan INVIOLABILIDAD. si. no.

PROCEDER EN CASO DE DETENCIÓN DE ALGUNO DE LOS ANTERIORES Caso de ALCOHOLEMIAS con Síntomas evidentes o supera límites permitidos. Confeccionar atestado como “INVESTIGADO NO DETENIDO”. Confeccionar atestado como “INVESTIGADO DETENIDO”. Confeccionar denuncia como “INVESTIGADO NO DETENIDO”. Confeccionar denuncia como “INVESTIGADO DETENIDO”.

PROCEDER EN CASO DE DETENCIÓN DE ALGUNO DE LOS ANTERIORES Tras proceder a realizar las PRIMERAS DILIGENCIAS, se PARTICIPARÁ. urgentemente por conducto reglamentario tal vicisitud. en menos de 24 horas por conducto reglamentario tal vicisitud. urgentemente por comunicación escrita tal vicisitud. en menos de 24 horas por comunicación escrita tal vicisitud.

PROCEDER EN CASO DE DETENCIÓN DE ALGUNO DE LOS ANTERIORES Cuando se hagan diligencias con detención, "necesariamente habrá que hacer como mínimo" INCORRECTA. Diligencia haciendo constar hechos. Diligencia de identificación. Diligencias detención y lectura derechos. Diligencia de comunicación al letrado.

RESPONSABILIDAD DEL REY EMÉRITO conocerán de las acciones civiles y penales, contra la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte. Las Salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Supremo. Las Salas de lo Penal del Tribunal Supremo. Las Salas de lo Penal del Tribunal Constitucional. Las Salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA MILITARES. Si está prestando servicio de armas o de carácter militar, solamente podrán ser detenidos por _________. los Jefes o superiores a cuyas órdenes se encuentren, a no ser que hubieran cometido un delito y se hubieran puesto fuera del alcance de aquellos. la autoridad militar de quien dependa, a no ser que hubieran cometido un delito y se hubieran puesto fuera del alcance de aquellos. del superior inmediato, a no ser que hubieran cometido un delito y se hubieran puesto fuera del alcance de aquellos. se podrán detener directamente, dando cuenta a la autoridad militar, debiendo ser informados de los motivos de la detención y de los recursos que puede presentar.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA MILITARES. En caso de delito flagrante o urgencia. los Jefes o superiores a cuyas órdenes se encuentren, a no ser que hubieran cometido un delito y se hubieran puesto fuera del alcance de aquellos. la autoridad militar de quien dependa, a no ser que hubieran cometido un delito y se hubieran puesto fuera del alcance de aquellos. del superior inmediato, a no ser que hubieran cometido un delito y se hubieran puesto fuera del alcance de aquellos. se podrán detener directamente, dando cuenta a la autoridad militar, debiendo ser informados de los motivos de la detención y de los recursos que puede presentar.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA MILITARES. En caso de detención urgente, los detenidos que fueran conducidos a comisarías, prisiones o dependencias civiles, permanecerán en ellas el. tiempo imprescindible para la identificación y formalización del atestado o diligencias, con separación de otros presos o detenidos y tratándoles debidamente y sin vejación. tiempo máximo 24 horas para la identificación y formalización del atestado o diligencias, con separación de otros presos o detenidos y tratándoles debidamente y sin vejación. tiempo máximo 48 horas para la identificación y formalización del atestado o diligencias, con separación de otros presos o detenidos y tratándoles debidamente y sin vejación. tiempo máximo 72 horas para la identificación y formalización del atestado o diligencias, con separación de otros presos o detenidos y tratándoles debidamente y sin vejación.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA Extranjero en situación irregular que delinque. Se van a iniciar 2 procedimientos. Se van a iniciar 3 procedimientos. Se van a iniciar 4 procedimientos.

DETENCIONES ESPECIALES POR RAZÓN DE LA PERSONA Las FFCCS pueden identificar siempre que ello fuere necesario: - en cumplimiento de sus funciones - existan indicios han podido participar en una infracción - Se considere razonable necesario que acredite su identidad para prevenir delito Si no pudieran identificarse por cualquier medio. Podrán ser instados a acudir a. dependencia policial más próxima - A los solos efectos de identificación - Por el tiempo mínimo imprescindible, no superior a 6 horas. dependencia policial más próxima - A los solos efectos de identificación - Por el tiempo mínimo imprescindible, no superior a 3 horas. dependencia policial más próxima - A los solos efectos de identificación - Por el tiempo mínimo imprescindible, no superior a 12 horas. dependencia policial más próxima - A los solos efectos de identificación - Por el tiempo mínimo imprescindible, no superior a 8 horas.

DETENCIONES ESPECIALES EXCEPCIÓN Y SITIO La detención no podrá exceder de. 10 días y se comunicará al Juez competente en el plazo de 24 horas. 5 días y se comunicará al Juez competente en el plazo de 24 horas. 72 horas y se comunicará al Juez competente en el plazo de 24 horas. 48 horas y se comunicará al Juez competente en el plazo de 24 horas.

DETENCIONES ESPECIALES EXCEPCIÓN Y SITIO La autorización por la que se declare el estado de excepción podrá suspender los derechos INCORRECTA. inviolabilidad de domicilio. secreto de las comunicaciones. libertad de expresión. todas correctas.

Decidida la procedencia de la detención, el agente deberá llevarla a cabo con. oportunidad. proporcionalidad. congruencia.

la correcta valoración y decisión del momento, lugar y modo de efectuarla, ponderando, para ello, el interés de la investigación, la peligrosidad del delincuente y la urgencia del aseguramiento personal. oportunidad. congruencia. proporcionalidad.

El agente que la practica, actuará con decisión y autocontrol, a fin de evitar, en la medida de lo posible, el uso de técnicas o instrumentos de coacción directa y, si esto no fuera posible ___________ tanto para el detenido como para los agentes intervinientes. propiciar la mínima lesividad. propiciar el mínimo daño. propiciar la proporcionalidad adecuada. propiciar la congruencia adecuada.

Cualquier incidente que se produzca durante la detención deberá. constar en el atestado. constar en la denuncia. constar en la diligencia. comunicar los incidentes ocurridos.

Cuándo se hará el EMPLEO DE LA FUERZA EN LA DETENCIÓN: de forma excepcional MARCA LA INCORRECTA. se produzca resistencia a la detención. suponga riesgo para la seguridad ciudadana. exista riesgo racionalmente grave para la vida del agente, su integridad física o de 3º personas. todas correctas.

la necesidad o no de recurrir a la coacción física en la detención, de acuerdo con los datos conocidos sobre la situación y el sujeto en cuestión. oportunidad. congruencia. proporcionalidad.

Supone que el agente, una vez haya decidido el empleo de la fuerza y para que éste sea legítimo, habrá de elegir, de entre los medios legales previstos y disponibles, el que sea más idóneo y que mejor se adapte a la concreta situación, valorando, para ello, las prestaciones del medio agresivo, sus características, grados y demás efectos que respondan a la situación y finalidad legal pretendida. oportunidad. congruencia. proporcionalidad.

Decidido el empleo de la fuerza y el medio idóneo, el agente deberá adecuar la intensidad de su empleo, de forma que no sobrepase la estrictamente necesaria para conseguir el control de la persona, quedando absolutamente proscrito todo exceso. oportunidad. congruencia. proporcionalidad.

Identificación dactiloscópica y, a ser posible, fotográfica de los detenidos es una actuación de carácter administrativo y procesar y se efectúa en virtud de normas de **Derecho Administrativo**. Reseña. Identificación. Cacheo. Retrato.

Prospección superficial externa del cuerpo y vestiduras, incluyendo objetos personales o equipajes de mano, finalidad descubrir objetos no permitidos o peligrosos. Reseña. Identificación. Cacheo. Retrato.

El cacheo es__________ en caso de detenciones, así como ante sospechosos peligrosos. preceptivo. obligatorio. inminente. oportuno.

CACHEO INCORRECTA. Cacheo en vía pública: buscar lugar más idóneo y discreto posible, protección dignidad de las personas. Funcionario observa lesión: lo trasladarán inmediatamente al Centro Sanitario para reconocimiento médico. Cacheo por personal del mismo sexo, y provistos de material de protección para riesgo de contagio (tener muy en cuenta personas transexuales). Obligatorio efectuar cacheo en el momento previo a su ingreso en calabozo y quitar cadenas, cinturones, bufandas, cordones, relojes... para evitar que se autolesione. todas correctas.

VEHÍCULOS EMPLEADOS para traslado de personas detenidas REUNIR LAS CONDICIONES ADECUADAS DE _________. seguridad y habitabilidad reglamentariamente establecidas. limpieza y habitabilidad reglamentariamente establecidas. limpieza y seguridad reglamentariamente establecidas. seguridad y mantenimiento reglamentariamente establecidas.

VEHÍCULOS EMPLEADOS para traslado de personas detenidas FINALIZADO el SERVICIO: JEFE DE CONDUCCIÓN DA CUENTA. a la Autoridad Judicial o superior la ordenara. al Juez de Instrucción. al agente que efectuó la detención. al Juez ordinario.

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