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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: ADAY II

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Título del Test:
ADAY II

Descripción:
Oposiciones

Autor:
AVATAR
TAMI
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Fecha de Creación: 20/06/2024

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 50
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Temario:
La Ley 5/2022, de 19 de diciembre, de la Renta Canaria de Ciudadanía, define las situaciones de exclusión, vulnerabilidad social y pobreza, en su artículo: Artículo 1. Artículo 2. Articulo 3. .
El acceso a los programas y servicios de inclusión social y/o inserción laboral, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Renta Canaria de Ciudadanía, se iniciará: Directamente una vez reconocido el derecho a la renta de ciudadanía. Una vez suscrito convenio de inclusión social. Mediante diagnóstico social de los servicios sociales municipales.
Mediante qué se hace efectivo el derecho a la atención de las personas en situación de dependencia: Mediante atención directa y residencial según grado de dependencia y carta de servicios según requisitos de cada Comunidad Autónoma. Mediante la creación de un sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado en cualquier parte del territorio español. Mediante recursos adecuados a las necesidades personales según el grado de dependencia en cada Comunidad Autónoma.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia se fundamenta en los principios de: Universalidad, equidad y accesibilidad Participación, igualdad y protección social Sensibilización, protección y estadísticas.
¿Cuál de las siguientes funciones NO es competencia municipal en materia de dependencia, según la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia? Participar en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye. Asegurar la elaboración de los correspondientes Programas Individuales de Atención. Participar en el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia.
Marque cuál de las siguientes opciones NO se contempla como titular de derechos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Menores de 3 años acreditados en situación de dependencia, de acuerdo a lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la citada Ley. Menores de cinco años acreditados en situación de dependencia, con un periodo de residencia superior a 3 años.
En el Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia que recoge la Ley 39/2006, las personas beneficiarias de las prestaciones de dependencia: Participarán en la financiación del servicio, dependiendo, exclusivamente, del tipo de servicio que se le preste. Participarán en la financiación de las prestaciones, según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal. Participarán sólo para dar información cuando así lo precise el Sistema de Dependencia.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, ¿tiene como objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes? Verdadero. Falso. Verdadero, siempre y cuando se aplique con criterios de gratuidad en la prestación de servicios.
¿Qué organización definía a los cuidados de larga duración como el sistema de actividades llevados a cabo por cuidadores informales (familia, amigos o vecinos) o profesionales (sanitarios, sociales u otros), o ambos para conseguir que una persona que no sea totalmente capaz de cuidar de sí misma mantenga la mejor calidad de vida posible, de acuerdo con sus preferencias individuales, realización personal y dignidad humana? La Organización Mundial de la Salud. La Organización Internacional de la Dependencia. El Consejo de Europa.
Según la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, un menor extranjero no acompañado: No podrá ser titular de los derechos recogidas en esa Ley. Podrá ser titular de los derechos recogidas en esa Ley conforme a lo establecido en las leyes del menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales. Solo podrá ser titular si acredita la residencia actual en territorio español al menos 1 año.
El programa individual de atención a las personas en situación de dependencia: Será revisado anualmente. Será revisado con motivo del cambio de residencia a otra Comunidad Autónoma. Será revisado en la forma que determine y con la periodicidad que prevean las Cortes Generales.
Es un principio que inspira la Ley 39/2006, de 14 de diciembre: La personalización de la atención. La separación de las personas dependientes del entorno en el que desarrollan su vida. La descentralización administrativa.
De conformidad la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, la prioridad en el acceso a los servicios viene determinada en primer lugar por: La edad del solicitante. El grado de dependencia. El tiempo que se encuentra en situación de dependencia.
¿Cuál de las siguientes NO es una competencia de los ayuntamientos según el artículo 12 de la ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a los menores? La detección de situaciones de riesgo para los menores, en coordinación con los centros y unidades escolares y sanitarias de su ámbito territorial. La declaración de la situación de riesgo, adoptando las medidas necesarias para la protección de los menores. La prestación de los servicios especializados de atención al menor.
Cuando el órgano municipal competente dicta una resolución de declaración de la situación de riesgo de un/a menor, éste la deberá notificar: A quienes ejerzan las funciones parentales y comunicarse al órgano competente en materia de atención a los menores de la Administración autonómica. A quienes ejerzan las funciones parentales, al servicio competente del Cabildo Insular y de la Comunidad Autónoma. A quienes ejerzan las funciones parentales, comunicarse al órgano competente en materia de atención a los menores de la Administración autonómica y al Centro escolar.
Según la ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a los menores, las entidades municipales de Canarias ejercerán las competencias que integran funciones de: Información, promoción, detección, prevención e integración sociofamiliar de los/as menores. Información, promoción y desamparo de los/as menores. Información, prevención e integración en acogimiento sociofamiliar de los/as menores.
Se considerará situación de desamparo de una persona menor de edad: La que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos en exclusiva por la mujer gestante, por consumo abusivo o trastorno mental, que pudiera perjudicar la vida del menor. En esta situación el menor necesitaría asistencia moral, física y psicológica. Aquella en la que, a causa de circunstancias, carencias o conflictos familiares, sociales o educativos, la persona menor de edad se vea perjudicada en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su bienestar o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia que fundamentarían su declaración de situación de desamparo y la asunción de la tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de la administración pública competente, para eliminar, reducir o compensar las dificultades o inadaptación que le afectan y evitar su desamparo y exclusión social, sin tener que ser separado de su entorno familiar. La que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.
El artículo 13 del Estatuto de Autonomía de Canarias, en relación con los derechos de las personas menores de edad, establece que: Tendrán derecho a recibir la atención integral necesaria para el desarrollo de su personalidad y su bienestar en el contexto familiar y social. Tendrán derecho a recibir la atención integral necesaria para el desarrollo de su personalidad y su bienestar en el contexto intrafamiliar, así como escolar. Tendrán derecho a recibir la atención integral necesaria para el desarrollo de su identidad y su bienestar en el contexto escolar.
De conformidad con el artículo 1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, ésta tiene por objeto: Garantizar exclusivamente los derechos fundamentales de los niños y adolescentes hasta los 11 años, a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad. Garantizar exclusivamente los derechos fundamentales de las niñas a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad. Garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad.
Según la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, los equipos de intervención de los servicios sociales que trabajen en el ámbito de la violencia sobre las personas menores de edad, deberán estar constituidos, preferentemente, por: Profesionales de la educación social y del trabajo social, y cuando sea necesario de la logopedia, especializados en casos de violencia sobre la infancia y la adolescencia. Profesionales de la educación social, de la psicología y del trabajo social, y cuando sea necesario de la abogacía, especializados en casos de violencia sobre la infancia y la adolescencia. Profesionales de la educación social, de la psicología y del trabajo social, y de magisterio, especializados en casos de violencia sobre la infancia y la adolescencia.
La resolución de inicio de un expediente de riesgo de un menor, según establece el Reglamento del procedimiento para las Declaraciones de Riesgo de Menores del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se notificará a: Progenitores y/o a quienes ejerzan las funciones parentales y al/la menor que tuviera juicio suficiente o hubiera cumplido los 12 años de edad, en el plazo de 10 días desde la fecha de la misma. En el mismo plazo, la misma resolución se comunicará al órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como al Ministerio Fiscal. Progenitores y/o a quienes ejerzan las funciones parentales en el plazo de 10 días desde la fecha de la misma y en el plazo de 20 días se comunicará al Ministerio Fiscal. Progenitores y/o a quienes ejerzan las funciones parentales y al/la menor que tuviera juicio suficiente o hubiera cumplido los 12 años de edad, en el plazo de 10 días desde la fecha de la misma. En el plazo de 30 días, la misma resolución se comunicará al órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La finalidad de la ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a los menores es: Garantizar la atención integral a los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Garantizar la dotación de recursos y servicios en las distintas administraciones para llevar a cabo las medidas de prevención de situaciones de riesgo y de amparo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Garantizar la distribución de funciones y competencias de atención a los menores de las Administraciones Públicas canarias.
Según establece el artículo 22 de la Ley Orgánica 8/2021, las administraciones públicas promoverán, en el ámbito de sus competencias, campañas y acciones concretas de información evaluables y basadas en la evidencia, destinadas a concienciar a la sociedad acerca del derecho de los niños, niñas y adolescentes a recibir un buen trato. Estas campañas se realizarán de modo: Accesible, diferenciando por tramos de tiempo. Privado, diferenciado por niveles. Accesible, diferenciando por tramos de edad.
Se considera que el/la menor se encuentra en situación de riesgo cuando: a causa de sus circunstancias personales, familiares o por influencias de su entorno, no se está perjudicando su desarrollo personal o social, y no hay gravedad suficiente para justificar la separación del menor de su familia. a causa de sus circunstancias familiares, se está perjudicando su desarrollo personal o social, alcanzado la gravedad suficiente para la separación del menor de su familia. a causa de sus circunstancias personales, familiares o por influencias de su entorno, se está perjudicando su desarrollo personal o social, sin alcanzar la gravedad suficiente para justificar la declaración de desamparo y la separación del menor de su familia.
En las situaciones de riesgo, la actuación administrativa se dirigirá a procurar las necesidades básicas del menor, mejorando su medio familiar, y, concretamente, se orientará a obtener: La disminución de los factores de riesgo y la promoción de los factores de protección del menor y su familia, así como el seguimiento de la evolución del menor en su familia. Exclusivamente el seguimiento de la evolución de la persona menor de edad en el ámbito escolar. La promoción de la salud de la familia.
Según el artículo 26 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, las administraciones públicas deberán proporcionar a las familias el apoyo necesario para prevenir desde la primera infancia factores de riesgo y fortalecer los factores de protección, así como apoyar la labor educativa y protectora con medidas que deberán estar enfocadas a: Adoptar programas dirigidos a la promoción de formas positivas de aprendizaje, así como a erradicar el castigo con violencia física o psicológica en el ámbito familiar. Crear los servicios no esenciales de información y apoyo profesional a los niños, niñas y adolescentes a fin de que no tengan la capacidad necesaria para detectar precozmente y rechazar cualquier forma de violencia, con especial atención a los problemas de las niñas y adolescentes que por género y edad sean víctimas de cualquier tipo de discriminación directa o indirecta. Establecer un programa de formación educativa en la línea con la actividad docente clásica del artículo 27 de la Constitución, aprobado por profesorado y profesionales del magisterio.
La Ley 3/1996 de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones tiene por objeto: Regular el sistema de ayudas económicas que le corresponden a los mayores residentes en Canarias a través del Consejo Canario de los Mayores. Crear un sistema de participación social y de protección de los derechos de los mayores residentes en Canarias a través del Consejo Canario de los Mayores. Apoyar un sistema alternativo de autoempleo para personas mayores residentes en Canarias a través del de los Mayores.
En Canarias el instrumento de participación activa de las personas mayores en la vida comunitaria y, especialmente, en la defensa de sus derechos y calidad de vida; cuyo objeto es materializar la colaboración y participación del movimiento asociativo de las personas mayores en las políticas de atención, inserción social y calidad de vida es: Consejo Regional de mayores de Canarias. Consejo Canario de la Tercera Edad. Consejo Canario de los Mayores.
Los Servicios Sociales dirigidos a las personas mayores en España se pueden englobar en cuatro grandes categorías: Servicios de Atención Domiciliaria, de Atención Diurna, de Atención Residencial y de Participación Social. Servicios de Atención Preventiva, de Atención Permanente, de Atención temprana y de Atención Semi-Permanente. Servicios de Atención Diurna, de Atención Nocturna, de Atención Domiciliaria y de Atención Permanente.
El Consejo Estatal de las Personas Mayores es un órgano colegiado de carácter asesor y consultivo de la Administración General del Estado y tiene, entre otras, las siguientes funciones: Fomentar el desarrollo del asociacionismo y la participación de las personas mayores en la sociedad. Establecer sistemas de cooperación entre los poderes privados y las organizaciones sindicales. Ninguna de las anteriores es correcta.
El edadismo se refiere a la forma de pensar (estereotipos), sentir (prejuicios) y actuar (discriminación) con respecto a los demás o a nosotras/os mismas/os por razón de la edad. Hay tres estrategias que funcionan para reducir o eliminar el edadismo, según la Organización Mundial de la: Las políticas y la legislación, las actividades educativas y las intervenciones intergeneracionales. Las políticas y la legislación, las actividades deportivas y las intervenciones intergeneracionales. Las intervenciones educativas, las actividades deportivas y las intervenciones sociales.
Según la Ordenanza Municipal reguladora de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife es causa de extinción del Servicio de Ayuda a Domicilio: No abonar el importe de la tarifa exigible, en el plazo establecido. Traslado temporal de la persona beneficiaria a casa de familiares u otras personas allegadas. Superar el periodo de suspensión temporal (seis meses) sin reanudarse el servicio, excepto ingreso hospitalario.
El servicio de teleasistencia que contempla la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia es compatible con: El servicio de prevención de las situaciones de dependencia, de promoción de la autonomía personal, de ayuda a domicilio y de centro de día y de noche. Los servicios de atención residencial y los alojamientos especiales. La prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, señala que el servicio de ayuda a domicilio lo constituye el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria, prestadas por entidades o empresas, acreditadas para esta función, y podrán ser los siguientes: Servicios relacionados con la atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y servicios relacionados con la atención de las necesidades domésticas o del hogar. Servicios relacionados solo con la atención de las necesidades domésticas o del hogar. Servicios exclusivamente de atención personal en la realización de las actividades diarias de higiene personal.
El envejecimiento saludable lo define la Organización Mundial de la Salud como ‘el proceso de fomentar y mantener la capacidad funcional que permite el bienestar en la vejez’. La capacidad funcional está determinada por: La capacidad intrínseca de una persona (o sea, sus capacidades físicas y mentales), el entorno en el que vive (entendido en el sentido más amplio e incluidos los entornos físicos, sociales y políticos) y la integración entre esos elementos. La capacidad intrínseca de una persona (o sea, sus capacidades físicas y mentales) y el entorno en el que nace (entendido en el sentido más amplio). La capacidad extrínseca de una persona y el entorno en el que vive (entendido en el sentido más amplio e incluidos los entornos físicos, sociales y sindicales).
¿Cuál es un órgano consultivo de participación institucional del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia? El Consejo Estatal de Personas Mayores. El Consejo Internacional de la Discapacidad. El Consejo Internacional de Personas Mayores.
El texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre establece que son personas con discapacidad: Aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. Aquellas cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hallen disminuidas como consecuencia de una deficiencia, previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales. Aquellas que tengan reconocido un grado de minusvalía superior al 66%.
El principio en virtud del cual las personas con discapacidad deben poder llevar una vida en igualdad de condiciones, accediendo a los mismos lugares, ámbitos, bienes y servicios que están a disposición de cualquier otra persona es: Inclusión social. Accesibilidad universal. Normalización.
De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad: Superior al 33 por ciento. Igual o superior al 33 por ciento. Igual o superior al 50 por ciento.
Las calificaciones y valoraciones de los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado discapacidad responderá a: Criterios técnicos unificados, basados en la evidencia disponible, y tendrán validez ante cualquier organismo público y en todo el territorio del Estado. Criterios técnicos unificados, basados en la evidencia disponible, y tendrán validez ante cualquier organismo público solo en el territorio de la Comunidad Autónoma. Criterios técnicos unificados, basados en la evidencia disponible, y tendrán validez ante cualquier organismo público únicamente en el municipio de residencia de la persona con discapacidad.
Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, ¿a quién corresponde el reconocimiento y revisión de grado de discapacidad así como el reconocimiento de la necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria, así como de la dificultad para utilizar transportes públicos colectivos, a efectos de las prestaciones, servicios o beneficios públicos establecidos? Corresponderá a los órganos competentes de las comunidades autónomas. Corresponderá a los órganos competentes del municipio. Corresponderá a los órganos competentes de la administración estatal.
La Administración competente podrá acordar la tramitación urgente del procedimiento de reconocimiento de grado de discapacidad, de oficio o a instancia de la persona interesada, con o sin medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, cuando concurran razones de interés público que así lo aconsejen, entre otras las relacionadas con: La salud, la esperanza de vida u otras de índole humanitaria. La salud, la violencia de género u otras de índole humanitaria. La salud, la violencia de género, la esperanza de vida u otras de índole humanitaria.
La competencia de resolver sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y la aprobación del correspondiente programa individual de atención que determine los servicios y prestaciones que puedan corresponder a la persona interesada, según la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. Corresponde al Consejo Municipal de Servicios sociales. Corresponde a la consejería competente en materia de servicios sociales del Gobierno de Canarias Corresponde al Comité de Ética de los Servicios Sociales. .
Toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo se denomina: Acoso. Discriminación indirecta. Discriminación directa.
El principio en virtud del cual las actuaciones que desarrollan las Administraciones Públicas no se limitan únicamente a planes, programas y acciones específicos, pensados exclusivamente para las personas con discapacidad, sino que comprenden las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, en donde se tendrán en cuenta las necesidades y demandas de las personas con discapacidad. Diseño universal o diseño para todas las personas. Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad. Medidas de acción positiva.
De acuerdo con los planteamientos del modelo universal de explicación de la discapacidad, las políticas sociales se deberán hacer considerando que: Todas las personas pueden tener en algún momento una discapacidad. Es necesario hacer políticas diferentes según se dirijan a las personas con o sin discapacidad. Solo algunas personas tienen discapacidad por lo que deben de ser prioritarias.
La Administración competente, según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad ¿cuándo dictará y notificará resolución sobre el reconocimiento del grado de discapacidad? En el plazo máximo de seis meses a contar desde lafecha de evaluación. En el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. En el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.
A efectos de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, la Accesibilidad universal: Es la actividad por la que se conciben o proyectan desde el origen, y siempre que ello sea posible, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, programas, dispositivos o herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas las personas, en la mayor extensión posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. Es el principio en virtud del cual las personas con discapacidad deben poder llevar una vida en igualdad de condiciones, accediendo a los mismos lugares, ámbitos, bienes y servicios que están a disposición de cualquier otra persona. Es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Según el modo de percepción de las prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, estás podrán ser: En efectivo o en especie. Directas o Indirectas. A corto o a largo plazo.
A los efectos de ponderar la insuficiencia de recursos económicos de las personas beneficiarias de las prestaciones económicas de Asistencia Social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, se toma como referente: La cuantía del Salario Mínimo (SMI) vigente. El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)vigente. La cuantía de Renta Garantizada (RCC) vigente.
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