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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Aday III

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Título del Test:
Aday III

Descripción:
Oposiciones

Autor:
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Fecha de Creación: 20/06/2024

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20
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Temario:
Por las especiales circunstancias de emergencia social y/o necesidad que motivan el derecho a las prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, las personas beneficiarias quedan exoneradas del cumplimiento de: La obligación de someterse a las actuaciones de comprobación. La obligación de conservar los documentos justificativos. La obligación de no hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
Los importes máximos para los distintos conceptos de las prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Se determinan anualmente en las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento. Los importes máximos para los distintos conceptos de ayudas, serán los que se detallan en el Anexo Único de las Bases Reguladoras. No se contemplan importes máximos para los distintos conceptos.
El plazo de presentación de solicitudes de prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife es: Del 1 de enero y hasta el 31 de octubre de cada año natural. Del 1 de marzo y hasta el 31 de diciembre de cada año natural. No se determina plazo para la presentación de solicitudes.
En las Bases reguladoras de las prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, se entenderá, con carácter general, por unidad familiar a la unidad de convivencia en los términos fijados en: El artículo 9 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo de Servicios Sociales de Canarias. El artículo 4 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, reguladora de la Prestación Canaria de Inserción. El artículo 9, de la Ley 1/2007, de 17 de enero, reguladora de la Prestación Canaria de Inserción.
Las prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, orientadas a atender gastos de suministros del hogar, tienen la consideración de: Prestaciones orientadas a atender necesidades derivadas del desarrollo de programas de intervención. Prestaciones destinadas a atender necesidades básicas. Prestaciones orientadas a atender necesidades extraordinarias.
Las prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, orientadas a evitar desahucios o a facilitar el acceso a la vivienda en situaciones de carencia real o potencial, tienen la consideración de: Prestaciones destinadas a atender necesidades básicas. Prestaciones orientadas a atender necesidades extraordinarias. Prestaciones orientadas a atender necesidades derivadas del desarrollo de programas de intervención.
En los casos de iniciación de oficio, corresponde la iniciación del expediente administrativo para la concesión de las prestaciones económicas de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. A la Presidencia del Instituto Municipal de Atención Social. A la Dirección-Gerencia del Instituto Municipal de Atención Social. A la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
En los casos iniciados a petición de persona interesada, la solicitud de la prestación económica de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, será necesario: Habrá de formalizarse en modelo de solicitud genérica del Ayuntamiento. Habrá de formalizarse en modelo normalizado. Habrá de formalizarse en modelo normalizado y visado por trabajador/a social del IMAS.
El plazo ordinario para la presentación de documentación de control `para verificar que las prestaciones han sido destinadas al fin para el que resultaron concedidas, será de: Quince (15) días, contados a partir de la percepción de la ayuda por parte de la persona beneficiara. Un (1) mes, contados a partir de la percepción de la ayuda por parte de la persona beneficiara. Tres (3) meses, contados a partir de la percepción de la ayuda por parte de la persona beneficiara.
¿A partir de qué plazo, se entenderá desestimada la solicitud de prestación económica de asistencia social del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en caso de que no recaiga resolución expresa? Seis meses. Tres meses. Dos meses.
Las Bases específicas que regulan las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife publicadas en el BOP no 99/2021 de 18 de agosto tienen por objeto: Regular las condiciones para la concesión de las ayudas individuales para personas con discapacidad y los menores de edad que estén en proceso de obtenerla y que carezcan de recursos económicos suficientes y que reúnan, además, los requisitos establecidos en la Base 4ª de las citadas bases. Regular las condiciones para la concesión de las ayudas individuales para personas con discapacidad y los menores de edad solamente cuando ya cuenten con dicha calificación y que carezcan de recursos económicos suficientes y que reúnan, además, los requisitos establecidos en la Base 5a da las citas bases. Regular las condiciones para la concesión de las ayudas individuales para personas con discapacidad y los menores de edad que estén en proceso de obtenerla y que tengan recursos económicos suficientes y que reúnan, además, los requisitos establecidos en la Base 6a de las citadas bases.
Las Bases específicas que regulan las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, indican que el modo de percepción de las ayudas, por la persona beneficiaria, podrán ser de las siguientes clases: Directas o indirectas. En efectivo o en especie. A corto o a largo plazo.
¿En las Bases específicas que regulan las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, existen límites en las cuantías? Sí existen unos importes máximos para los distintos tipos y conceptos de ayudas y se establecen en el Anexo I de las Bases. No hay importes máximos para los distintos tipos y conceptos de ayuda. Sí existen unos importes máximos para los distintos tipos y conceptos de ayudas si bien no se establecen los mismos en las Bases.
Señala cuál de los siguientes requisitos NO se contempla que deben reunir las personas solicitantes de las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife: Estar empadronadas y ser residente en el municipio de Santa Cruz de Tenerife. No disponer la persona solicitante ni su unidad familiar de ingresos netos per cápita superiores a (2) veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente para cada ejercicio presupuestario. Ostentar la condición legal de personas con discapacidad con una antigüedad de al menos dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.
En las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación, tienen la consideración de Ayudas Básicas aquellas que se encuentran destinadas a la cobertura de las siguientes prestaciones: Ayudas básicas de rehabilitación, de asistencia especializada, de accesibilidad y movilidad y ayudas para comedor escolar. Ayudas básicas de rehabilitación, de asistencia especializada, de accesibilidad y movilidad y ayudas para la formación, la recuperación formativa e inclusión laboral. Ayudas básicas de rehabilitación, de asistencia especializada, de accesibilidad y movilidad y ayudas para la asistencia fuera de la isla.
Señala qué concepto se incluye en la modalidad de ayudas básicas de asistencia especializadas, en las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife: Desempeño y mejora del desarrollo de la autonomía personal. Aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad de la persona con discapacidad. Comunicación y potenciación de las relaciones con el entorno.
En las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación dentro de las ayudas básicas de accesibilidad y movilidad en la modalidad de eliminación de barreras físicas: No podrán concederse ayudas por el mismo tipo de adaptación, en un periodo de 10 años, salvo que en dicho plazo se hayan modificado negativamente las circunstancias que sirvieron de base a la concesión de la anterior subvención. No podrán concederse ayudas por el mismo tipo de adaptación, en un período de cinco años, salvo que en dicho plazo se hayan modificado negativamente las circunstancias que sirvieron de base a la concesión de la anterior subvención. Sí podrán concederse ayudas por el mismo tipo de adaptación sin que haya trascurrido periodo alguno ni se hayan modificado negativamente las circunstancias que sirvieron de base a la concesión de la anterior subvención.
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación del municipio de Santa Cruz de Tenerife, se encontrará anualmente abierto en el periodo de tiempo comprendido entre: El 1 de enero y el 31 de octubre de cada año natural. El 1 de julio y el 31 de diciembre de cada año natural. El 1 de marzo y el 31 de octubre de cada año natural.
Para la concesión de las ayudas económicas para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, el informe técnico emitido por el/la trabajador/a social competente en materia de atención a personas con discapacidad: Es preceptivo. No es preceptivo ni vinculante. No es preceptivo, pero si vinculante.
Corresponde la ordenación e instrucción de los expedientes de concesión de las ayudas económicas para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a: La Sección de Programas Sectorial- Discapacidad. La Sección de Programas Comunitarios-Discapacidad La Sección de Igualdad- Discapacidad.
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