Adm.Sond.24
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Título del Test:![]() Adm.Sond.24 Descripción: Licencias |




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SEGÚN EL ARTÍCULO 21 DE LA LEY 7/1985 DE BASES DEL RÉGIMEN LOCAL, ¿A QUIÉN CORRESPONDE EL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS?. Al Alcalde o Alcaldesa, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. Al Alcalde o a la Alcaldesa, en todo caso. Al Pleno de la Corporación. A la Junta de Gobierno Local. LAS ENTIDADES LOCALES PODRÁN INTERVENIR LA ACTIVIDAD DE LA CIUDADANÍA A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES MEDIOS: Sólo a través de ordenanzas y bandos. Sólo a través de ordenanzas y bandos y sometimiento a previa licencia y otros actos de control preventivo. Sólo a través de ordenanzas y bandos, sometimiento a previa licencia y otros actos de control preventivo y sometimiento a comunicación previa o a declaración responsable. Entre otros, a través de ordenanzas y bandos, sometimiento a previa licencia y otros actos de control preventivo y sometimiento a comunicación previa o a declaración responsable. LAS LICENCIAS O AUTORIZACIONES OTORGADAS POR OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS NO EXIMEN A SUS TITULARES DE OBTENER: Las correspondientes licencias de las Entidades Sectoriales, respetándose en todo caso lo dispuesto en las correspondientes leyes autonómicas. Las correspondientes licencias de las Entidades locales, respetándose en todo caso lo dispuesto en las correspondientes leyes sectoriales. Las correspondientes licencias de las Entidades Estatales, respetándose en todo caso lo dispuesto en las correspondientes leyes sectoriales. Las correspondientes licencias de las Entidades Autonómicas, respetándose en todo caso lo dispuesto en las correspondientes leyes sectoriales. SEGÚN EL ARTÍCULO 84 bis DE LA LEY 7/1985 DE BASES DEL RÉGIMEN LOCAL, CON CARÁCTER GENERAL, EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES: Se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo. Sólo se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo, cuando exista acuerdo del Pleno. No se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo. No se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo, aunque exista acuerdo del Plano. PODRÁ EXIGIRSE UNA LICENCIA U OTRO MEDIO DE CONTROL PREVENTIVO RESPECTO A AQUELLAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS: Cuando esté justificado por razones de orden público, seguridad pública, salud pública o protección del medio ambiente en el lugar concreto donde se realiza la actividad, y estas razones no puedan salvaguardarse mediante la presentación de una declaración responsable o de una comunicación. Cuando por la escasez de recursos naturales, la utilización de dominio público, la existencia de inequívocos impedimentos técnicos o en función de la existencia de servicios públicos sometidos a tarifas reguladas, el número de operadores económicos del mercado sea limitado. Las respuestas a) y b) son correctas. Ninguna es correcta. EN CASO DE EXISTENCIA DE LICENCIAS O AUTORIZACIONES CONCURRENTES ENTRE UNA ENTIDAD LOCAL Y OTRA ADMINISTRACIÓN, ¿QUÉ DEBERÁ LA ENTIDAD LOCAL MOTIVAR EXPRESAMENTE EN LA JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA AUTORIZACIÓN O LICENCIA?. El interés general concreto que se pretende proteger y que éste no se encuentra ya cubierto mediante otra autorización ya existente. El interés particular concreto que se pretende proteger y que éste no se encuentra ya cubierto mediante otra autorización ya existente. El interés general concreto que se pretende proteger y que éste no se encuentra ya cubierto mediante otra situación ya existente. El interés particular concreto que se pretende proteger y que éste no se encuentra ya cubierto mediante otra situación ya existente. SEGÚN EL ARTÍCULO 127 DE LA LEY 7/1985 DE BASES DEL RÉGIMEN LOCAL, ¿A QUIÉN CORRESPONDE LA CONCESIÓN DE CUALQUIER TIPO DE LICENCIA?. Al Pleno, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano. Al Alcalde o Alcaldesa, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano. A la Junta de Gobierno Local, salvo que la legislación local la atribuya expresamente a otro órgano. A la Junta de Gobierno Local, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano. ¿QUÉ ES UNA LICENCIA MUNICIPAL?. Es un tipo de autorización que concede el Estado para llevar a cabo una actividad regulada por la administración estatal. Es un tipo de autorización que concede la Comunidad Autónoma para llevar a cabo una actividad regulada por la administración autonómica. Es un tipo de autorización que concede el Ayuntamiento para llevar a cabo una actividad regulada por la administración local. Es un tipo de autorización que concede el Parlamento para llevar a cabo una actividad regulada por la administración estatal. ¿QUÉ TIPO DE LICENCIAS MUNICIPALES EXISTEN?. Sólo urbanísticas. Sólo de actividad. Sólo urbanísticas y de actividad. Urbanísticas, de actividad y otras. EN RELACIÓN A LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS, ¿CUÁL ES EL MARCO LEGAL ESTATAL EN EL QUE SE DETERMINAN PARA TODO EL ESTADO LOS DERECHOS Y DEBERES RELACIONADOS CON EL SUELO?. El Real Decreto Legislativo 15/2007, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. El Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. El Real Decreto Legislativo 25/2017, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. El Real Decreto Legislativo 13/2013, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. CON RESPECTO A LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS, ¿CUÁL ES EL MARCO LEGAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VASCA QUE REGULA EL URBANISMO?. La Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. La Ley 2/2016, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. La Ley 2/2016, de 20 de junio, de Suelo y Urbanismo. La Ley 2/2006, de 20 de junio, de Suelo y Urbanismo. SEGÚN LA LEY 2/2006, DE SUELO Y URBANISMO, LAS ACTUACIONES DE TRANSFORMACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL SUELO, SUBSUELO Y VUELO OBJETO DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA QUEDARÁN SUJETOS EN TODO CASO A CONTROL DE SU LEGALIDAD A TRAVÉS DE: La inspección urbanística. La inspección urbanística y la autorización y la licencia. La inspección urbanística, la autorización y la licencia y las órdenes de ejecución. La inspección urbanística, la autorización y la licencia, las órdenes de ejecución y el sometimiento a comunicación previa o declaración responsable. SEÑALE LA RESPUESTA CORRECTA SEGÚN LA LEY 2/2006, DE SUELO Y URBANISMO. ESTÁN SUJETOS A LA OBTENCIÓN DE LICENCIA URBANÍSTICA, SIN PERJUICIO DE LAS DEMÁS AUTORIZACIONES QUE SEAN PROCEDENTES CON ARREGLO A LA LEGISLACIÓN SECTORIAL APLICABLE, LOS SIGUIENTES ACTOS: Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de toda clase de nueva planta. Las obras que hayan de realizarse con carácter provisional. Las obras de urbanización complementarias a la edificación. Todos los casos anteriores. SEGÚN LA LEY 2/2006, DE SUELO Y URBANISMO, ¿ESTÁN SUJETOS A LICENCIA LOS ACTOS DE CONSTRUCCIÓN, EDIFICACIÓN E INSTALACIÓN QUE REALICEN LOS PARTICULARES EN TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO?. No. Si, sin perjuicio de las autorizaciones o concesiones que otorgue el ente titular del dominio público. No, sin perjuicio de las autorizaciones o concesiones que otorgue el ente titular del dominio público. Si, sin perjuicio de las autorizaciones o concesiones que otorgue el titular del dominio privado. SEGÚN LA LEY 2/2006, DE SUELO Y URBANISMO, ESTÁN EXENTOS DEL REQUISITO DE LICENCIA URBANÍSTICA LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: Los puntos de recarga de vehículos eléctricos situados en el interior de las edificaciones. Estas instalaciones tampoco están sujetas a comunicación previa. Los puntos de recarga de vehículos eléctricos situados en el exterior de las edificaciones. Los puntos de recarga de vehículos eléctricos situados en el interior de las edificaciones. Estas instalaciones están sujetas a comunicación previa, salvo que puedan afectar a bienes declarados de interés cultural o sujetos a cualquier otro régimen de protección, casos en los que será necesaria la licencia urbanística. Los puntos de recarga de vehículos eléctricos situados en el exterior de las edificaciones que no estén sujetas a comunicación previa. SEGÚN LA LEY 2/2006, DE SUELO Y URBANISMO, LA INICIACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA URBANÍSTICA SE REGULARÁ POR: Las correspondientes ordenanzas municipales. Las correspondientes normativas comarcales. Las correspondientes normativas sectoriales. Las correspondientes indicaciones municipales. SEÑALE LA RESPUESTA CORRECTA EN RELACIÓN CON LA ORDENANZA DE COMUNICACIÓN PREVIA DE LICENCIAS SEGÚN EL MODELO DEL PGOU DEL AYUNTAMIENTO DE SONDIKA. EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIA SE INICIARÁ A INSTANCIA DE LA PERSONA INTERESADA, MEDIANTE UNA SOLICITUD DE LICENCIA, DIRIGIDA A LA ALCALDIA, Y SUSCRITA POR LA PERSONA INTERESADA O PERSONAQUE LO REPRESENTE, DEBERA CONTENER LOS DATOS PERSONALES DE EL/LA SOLICITANTE Y LA IDENTIFICACION DE LA LOCALIZACION TIPO Y SITUACION DE LA OBRA, ACTIVIDAD O INSTALACION PARA LA QUE SOLICITA LICENCIA, A CUYA SOLICITUD DEBERA ACOMPAÑARSE: El proyecto que proceda, firmado por personal técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional cuando así se establezca en la normativa vigente, cuya memoria deberá especificar las determinaciones urbanísticas de aplicación a las que responda, en el caso de obras que legalmente precisen de proyecto técnico, o, en otro caso, el presupuesto orientativo de las obras a realizar. Las autorizaciones concurrentes exigidas por la legislación que en cada caso fuera aplicable. La concesión correspondiente cuando el acto pretendido suponga la ocupación o utilización de dominio público. Todas son correctas. SEGÚN LA ORDENANZA REGULADORA DE LA INSTALACIÓN DE TERRAZAS EN ESPACIOS DE USO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE SONDIKA, EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA LICENCIA CONCEDIDA SERÁ DE: Un año máximo desde el momento de su solicitud. Dos años máximo desde el momento de su concesión. Un año máximo desde el momento de su concesión. Una vez vencido el plazo de vigencia de la licencia de terraza, esta podrá ser renovada mediante el procedimiento de Comunicación Previa. Un año máximo desde el momento de su concesión. Una vez vencido el plazo de vigencia de la licencia de terraza, esta podrá ser renovada mediante el procedimiento de solicitud inicial. |