Admin test 2018
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edro quiere presentar una solicitud dirigida al Ministerio de Hacienda y Función Pública, y sabe que puede hacerlo en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, y a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares. Plantea sin embargo si puede hacerlo en un Ayuntamiento o en otra entidad local legalmente constituida: Sólo si se trata de Ayuntamientos de los Municipios de Gran Población, o al resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. Sí, desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No, salvo que se hubiera suscrito el oportuno convenio. Sólo si se trata de Ayuntamientos que sean capital de provincia, o al resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. En un procedimiento iniciado por Antonio, este advierte que va a tener dificultades para obtener documentos que resultará imprescindible aportar, ya que fueron emitidos en el extranjero. Ante esa situación, se plantea solicitar la ampliación de los plazos del procedimiento, entendiendo que las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. ¿Hay alguna limitación al tiempo de ampliación?. No hay limitación alguna mientras perduren las circunstancias que aconsejan la ampliación. La ampliación no puede exceder del doble de los plazos establecidos. La ampliación no puede exceder de la mitad de los plazos establecidos. La ampliación no puede exceder en ningún caso de un mes desde su otorgamiento. En un procedimiento iniciado por Pablo, atendiendo a las circunstancias, este considera que precisa de una muy pronta resolución, para lo que se plantea que se declare la urgencia en la tramitación del mismo. Atendiendo a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿Cuánto pueden acortarse como máximo los plazos si se obtiene tal declaración?. Como máximo diez días. El doble de la duración establecida. El triple de la duración establecida. La mitad de la duración establecida. Un procedimiento iniciado en la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, en relación con la autorización el proceso electoral en la Federación Motociclista de la Comunidad Valenciana se está tramitando íntegramente en valenciano, ya que es lengua cooficial en la Comunidad Valenciana. ¿En qué circunstancias deben traducirse por la Consellería competente al castellano documentos del indicado procedimiento?. únicamente deben traducirse al castellano los documentos si lo solicita expresamente un interesado. en ningún caso deben traducirse al castellano los documentos. sólo deben traducirse al castellano los documentos que hayan de surtir efectos fuera del territorio de la Comunidad Valenciana y si lo solicita expresamente un interesado. únicamente deben traducirse al castellano los documentos que hayan de surtir efectos fuera del territorio de la Comunidad Valenciana. Eva María presenta en el Ayuntamiento de El Campello una denuncia al advertir que determinados vecinos depositan desperdicios en la vía pública fuera de los contenedores y recipientes habilitados por el ayuntamiento. ¿Qué resulta preciso para que, en su caso, la Administración motive la no iniciación de procedimiento por tales hechos y le notifique la decisión de iniciarlo o no?. nada, ya que la Administración viene obligada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. que la denuncia invoque un perjuicio en el patrimonio de las Administraciones Públicas. que solicite expresamente la incoación del procedimiento que corresponda. nada, ya que la Administración no está obligada a realizar comunicaciones a quines no tiene la condición de interesados, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la resolución de fecha 3 de septiembre de 2018 del Director General de Comercio de la Consejería de Industria, Comercio y Agricultura del Gobierno de Cantabria, Verónica ha interpuesto en tiempo y forma recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Agricultura del Gobierno de Cantabria. ¿Cuál es el plazo que tiene el Consejero para dictar y notificar la resolución?. a) seis meses. b) tres meses. c) dos meses. d) un mes. Contra la resolución de fecha 1 de agosto de 2018 del Director General del Deporte de la Consejería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalidad Valenciana, Expósito interpuso en tiempo y forma recurso de alzada, acordando el Consejero de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalidad Valenciana su desestimación por resolución de 15 de septiembre de 2018. No procediendo el recurso extraordinario de revisión y estando disconforme con la resolución ¿qué recurso puede interponer Expósito?. Recurso de reposición. Recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de la Generalidad Valenciana. Recurso contencioso-administrativo. Indistintamente, recurso de reposición y recurso contencioso-administrativo. Contra la resolución de 25 de julio de 2018 del Alcalde de Alhama de Murcia, presentaron recurso de reposición en tiempo y forma Alberto, Amadeo, Josefina y la mercantil Lujan, S.A. Asimismo, le consta al Alcalde que contra la señalada resolución interpuso recurso contencioso-administrativo la mercantil Juncarte, S.L. ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente. Admitiendo el artículo 120 de la Ley 39/2015 la posibilidad de acordar la suspensión del plazo para resolver los recursos de reposición interpuestos, ¿por cuánto tiempo puede suspenderse?. a) por seis meses. sólo puede suspenderse, por un máximo de seis meses, si lo solicitan expresamente los interesados. hasta que recaiga pronunciamiento judicial. hasta que transcurra la mitad del plazo máximo para resolver. En el procedimiento seguido por la Consejería de Patrimonio del Principado de Asturias en orden al desmantelamiento del circuito de motocross ubicado por Armando en terrenos protegidos, por resolución del Director General de Patrimonio de la indicada Consejería se acordó la restitución de los terrenos a su estado original y el consiguiente desmantelamiento de la instalación. Contra tal resolución interpuso Armando recurso de alzada ante el Consejo de Patrimonio del Principado de Asturias, quien le otorgó la suspensión cautelar de la resolución recurrida. Resolvió el recurso el Consejero en sentido desestimatorio. Contra la indicada resolución Armando va a interponer recurso contencioso-administrativo, y le pregunta qué debe hacer para que la suspensión cautelar se extiendan a la vía contencioso-administrativa y qué efectos tiene su actuación. Debe interponer recurso contencioso-administrativo, solicitando la suspensión del acto objeto del proceso, y se mantendrá la suspensión hasta que se produzca el correspondiente pronunciamiento judicial sobre la solicitud. Debe interponer recurso contencioso-administrativo, bastando la solicitud de la suspensión del acto objeto del proceso para su mantenimiento hasta la terminación del proceso. La interposición del recurso contencioso-administrativo implica la suspensión de la resolución recurrida. La interposición del recurso contencioso-administrativo no implica la suspensión de la resolución recurrida, y esta debe ejecutarse. En un procedimiento de concurrencia competitiva para cubrir una plaza de empleado público en régimen laboral en el Ayuntamiento de Busot, que consta de varios ejercicios y/o pruebas eliminatorias, ha sido incluido Amadeo en la relación de inadmitidos al primer ejercicio por no haber presentado la documentación requerida y por no concurrir en el mismo los requisitos exigidos por la convocatoria en la fecha de la solicitud de participación en la misma. ¿Puede recurrir Amadeo, y en base a qué circunstancias, directamente la señalada inadmisión?. No. Deberá recurrir en todo caso la resolución final del procedimiento. Sí ya que se trata de un acto de trámite que para Amadeo determina la imposibilidad de continuar el procedimiento. No, salvo que acredite indefensión. Sí, siempre y cuando acredite perjuicios irreparables a derechos e intereses legítimos. El 25 de julio de 2018 María José sufrió daños por valor de 2.500 € en su vehículo, al caer dentro de una zanja que no estaba señalizada, abierta por operarios del ayuntamiento de Moratalaz con ocasión de la realización de obras de mantenimiento de la calzada. ¿Cuál es el último día de plazo que tiene María José para reclamar del ayuntamiento la correspondiente responsabilidad patrimonial?. El 25 de enero de 2019. El 25 de abril de 2019. El 25 de octubre de 2018. El 25 de julio de 2019. El 2 de abril de 2017, estando sentado Matías bajo el balcón del ayuntamiento de Peñíscola, éste se desprendió y cayéndole encima le ocasionó lesiones en las piernas y en el hombro izquierdo, debiendo estar ingresado en el hospital por seis semanas, trascurridas las cuales, el 14 de mayo de 2017 recibió el alta hospitalaria sin apreciación de secuelas, emitiendo factura el hospital por la atención recibida de 17.225 € el 20 de mayo de 2017. Con fecha 2 de octubre de 2017 se reclamó la responsabilidad patrimonial del ayuntamiento por parte de Matías, acordando el 11 de noviembre de 2017 el alcalde de Peñíscola la incoación de expediente de responsabilidad patrimonial. Frente a esta situación, y a fin de no atender reclamaciones que hayan prescrito, se plantea por el alcalde ¿a partir de cuándo empezó a computarse el plazo que para reclamar la responsabilidad tiene Matías?. a) El 2 de abril de 2017. b) El 14 de mayo de 2017. c) El 20 de mayo de 2017. d) El 2 de octubre de 2017. El 3 de abril de 2017, Eva María tropezó en las escaleras de acceso a la sede de la Autoridad Portuaria de Barcelona, ocasionándose lesiones en el pie y el hombro izquierdos, debiendo estar ingresado en el hospital por tres días, hasta el 6 de abril, prescribiéndole el médico especialista ejercicios de rehabilitación que se prolongaron del 8 de abril al 21 de mayo de 2017, recibiendo el alta médica el 25 de mayo de 2017. Habiéndose iniciado procedimiento de responsabilidad patrimonial, se plantea la cuestión de qué fecha ha de tomarse como referencia para calcular la cuantía de la indemnización. El 3 de abril de 2017. El 6 de abril de 2017. El 21 de mayo de 2017. El 25 de mayo de 2017. El Director General del Deporte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de la Región de Murcia, pretende notificar la incoación de expediente sancionador a María Dolores por haber organizado una carrera de motocross sin haber obtenido autorización administrativa ni haber suscrito los seguros de responsabilidad preceptivos. Previendo la ley de aplicación que su conducta puede constituir una infracción de carácter muy grave a la que correspondería una sanción de multa de 12.000 €, plantea el Director General qué porcentaje de la sanción se le puede reducir a la presunta infractora a condición de que desista o renuncie de todo recurso o acción en vía administrativa contra la sanción, atendiendo a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 10 %. 15 %. 20 %. 25 %. Se sigue expediente sancionador contra Amanda, como presunta responsable de una infracción de carácter muy grave a la que corresponde una sanción de multa de 3.000 euros. Atendiendo a lo establecido en el artículo 76 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiéndose incoado el expediente el 12 de septiembre de 2018, y sin perjuicio de poder hacerlo en el trámite de audiencia, ¿hasta qué momento puede presentar alegaciones?. habrá de esperar al trámite de audiencia, que es cuando se le pondrá de manifiesto el expediente. en cualquier momento antes de la propuesta de resolución. en cualquier momento antes del trámite de audiencia. en el plazo de diez días a contar desde la formulación del pliego de cargos. Se incoó con fecha 5 de abril de 2018 expediente sancionador contra Amalia, como presunta responsable de una infracción de carácter leve a la que corresponde una sanción de multa de 100 €. Atendiendo a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y toda vez que Amalia reconoce su responsabilidad, plantea hasta qué momento tiene para pagar anticipadamente y que termine el procedimiento. en cualquier momento anterior a la resolución. en cualquier momento anterior a la propuesta de resolución. en cualquier momento anterior al trámite de audiencia. en cualquier momento anterior a la formulación del pliego de cargos. Indalecia solicitó una beca al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para costear sus estudios de psicología clínica, indicando como lugar para recibir notificaciones su domicilio en la localidad extremeña de Don Benito. Como le ha surgido un viaje, sabe que no va a estar en su domicilio en el próximo mes, y por ello le se pregunta quién podría hacerse cargo de la notificación de la resolución de su solicitud de beca: cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. cualquier persona mayor de dieciséis años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. cualquier persona mayor de edad que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Urcebas presentó el 14 de septiembre de 2018 una solicitud de autorización para poder realizar en la Avenida de la Constitución del ayuntamiento de Matalascañas el rodaje de una película. Toda vez que no existe una regulación del concreto procedimiento, se plantea cuál es el plazo que tiene el ayuntamiento de Matalascañas para resolver su solicitud: nueve meses. seis meses. tres meses. un mes. Matilde presentó el 13 de julio de 2018 una solicitud al ayuntamiento de Alicante para que le autorizara a ubicar en la vía pública, a la puerta de su restaurante, mesas y sillas para que puedan consumir sus productos los clientes. Teniendo en cuenta que presentó la solicitud en la Concejalía de Distrito nº 14 el día indicado, notificándose que la misma tuvo entrada en el registro de la Concejalía de Urbanismo y Actividades Económicas, que es el órgano competente para su tramitación, el 16 de julio de 2018, se plantea Matilde a partir de qué día ha de computarse el plazo que tiene el ayuntamiento para resolver sobre su solicitud: desde el día siguiente al de la entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, es decir el 17 de julio de 2017. desde el mismo día siguiente de la entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, es decir el 16 de julio de 2017. desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud, es decir el 14 de julio de 2017. desde el mismo día de la presentación de la solicitud, es decir el 13 de julio de 2017. Con fecha 14 de septiembre de 2018 recibe Manuel la notificación de una providencia de apremio contra su patrimonio reclamándole el pago de una multa de 3.000 euros que fue impuesta en un procedimiento sancionador seguido contra Indalecia. Toda vez que Manuel no tuvo nada que ver ni con el procedimiento sancionador a que refiere la providencia de apremio ni con la multa señalada, este entiende que la indicada providencia de apremio es nula de pleno derecho. ¿Cuál sería la causa de nulidad que procede alegar en este caso?. el acto ha sido dictado por órgano manifiestamente incompetente. el acto tiene un contenido imposible. el acto lesiona derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. el acto se ha dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido. La sociedad Ratego, S.A., recibe correo electrónico del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, indicándole que tiene una notificación a su nombre. Como quiera que la sociedad supone que se puede tratar de un expediente sancionador y quiere ganar tiempo, ésta le pregunta a usted cuanto tiempo tiene para acceder a su contenido y que no se entienda rechazada: diez días desde la puesta a disposición de la notificación. cinco días desde la puesta a disposición de la notificación. diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación. quince días naturales desde la puesta a disposición de la notificación. El Señor Sánchez, que pertenece al Cuerpo de Ujieres de las Cortes Generales, fue sancionado por la Mesa del Senado a una suspensión de servicio de 30 días. Una vez declarada firme la sanción por la Mesa del Senado, ¿ante qué jurisdicción podría interponer un recurso el Señor Sánchez?. Ante lo jurisdicción social. Ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Ante la social o la contencioso-administrativa indiferentemente. Ante el Tribunal Constitucional. La Señora Martínez fue golpeada mientras paseaba por la calle por un Mozo de Escuadra que, en acto de servicio, perseguía a un delincuente. Como consecuencia del golpe, la señora Martínez sufrió un esguince de tobillo, por lo que su abogado le recomienda interponer una demanda contra la Administración por una cuantía de 25.000 euros. ¿Ante qué órgano debe presentar dicha demanda?. Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo. Ante el Juzgado de Primera Instancia. Ante la Audiencia Nacional. Ante el Tribunal Superior de Justicia. La empresa Hermanos Pérez S.L. presenta una demanda contra las Cortes Generales por un incumplimiento de éstas de un contrato administrativo de servicios del que la citada empresa es adjudicataria. ¿A quién le corresponde ejercer la defensa de las Cortes Generales?. Al Abogado del Estado. Al Letrado del Tribunal Constitucional. Al Letrado de las Cortes Generales. Todas las anteriores son falsas. El Señor Pérez, opositor al Cuerpo de Inspectores de Hacienda, es excluido por el tribunal de la celebración del último ejercicio por no haber acreditado suficientemente su identidad al comienzo del mismo. ¿Puede interponerse un recurso contencioso-administrativo contra esa decisión del Tribunal?. No, de acuerdo con el artículo 25.1 de la Ley de la Jurisdicción contencioso- administrativa. Sí, porque es un acto de trámite no cualificado. No, porque es un acto de trámite cualificado. Sí, de acuerdo con el artículo 25.1 de la Ley de la Jurisdicción contencioso- administrativa. La Señora Hernández presenta una solicitud para abrir una terraza en la acera anexa al bar que regenta. Dicha licencia es denegada por el Ayuntamiento, tras lo que dicha denegación es confirmada por la jurisdicción contencioso-administrativa. La Señora Hernández le comenta que está pensando en volver a presentar la misma solicitud para seguir recurriéndola hasta que la jurisdicción contencioso-administrativa le dé la razón. ¿Qué le contestaría?. Que está siguiendo una estrategia procesal adecuada. Que se ahorre su tiempo, porque el recurso contencioso-administrativo que presente contra el acto que reproduzca la primera denegación será inadmitido. Que inicie una declaración de lesividad. Que presente un recurso ante la jurisdicción civil. Usted, como abogado, está llevando un procedimiento ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº1 de Madrid. En la tramitación de dicho procedimiento, el juez, mediante auto, deniega las medidas cautelares que su cliente había solicitado. Ante esta situación: Podrá interponer recurso de reposición, ya que, en este caso, al no ser el auto susceptible de apelación, la Ley contempla la interposición de este recurso. Podrá interponer recurso de apelación contra el auto, ya que los autos dictados por los Jugados de los Contencioso- administrativo que ponen fin a la pieza separada de medidas cautelares, son susceptibles de ser recurridos mediante la interposición del recurso de apelación. No podrá interponer recurso alguno, ya que los autos que deciden sobre las medidas cautelares, no son susceptibles de recurso. Todas la anteriores son falsas. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 de Barcelona, ha dictado sentencia desestimatoria de las pretensiones de su cliente, Roberto. Siendo dicha sentencia recurrible en apelación de acuerdo con la Ley, le pregunta a usted acerca del plazo del que disponen para interponer el correspondiente recurso. Señale la opción correcta: Podrá interponerse ante el Tribunal que deba resolver el mismo, en el plazo de 15 días contados a partir de la notificación de la sentencia. Podrá interponerse ante el Tribunal que hubiera dictado la sentencia, en el plazo de 15 días contados a partir de la notificación de la sentencia. Podrá interponerse ante el Tribunal que hubiera dictado la sentencia, en el plazo de 20 días contados a partir de la notificación de la sentencia. Podrá interponerse ante el Tribunal que hubiera que debe resolver el mismo, en el plazo de 20 días contados a partir de la notificación de la sentencia. Mónica acude a su despacho con una sentencia desestimatoria de sus intereses que ha devenido firme. Acude preocupada porque uno de los testigos que declaró en el juicio, y cuyo testimonio ha sido clave para desestimar sus pretensiones, ha sido condenado por falso testimonio. Ante esta situación, ¿qué le aconsejaría a Mónica?. Acudir directamente al Tribunal Supremo, mediante la interposición del correspondiente recurso de casación. Interponer el correspondiente recurso de revisión, que es el instrumento adecuado recogido en la Ley para la revisión de sentencias firmes. No puede hacer nada al respecto, porque debería haber presentado recurso de apelación en el plazo indicado en la Ley. Tanto la opción a) como la b), serían factibles en este caso. Usted ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo por cuenta de su cliente Francisco. En el día de ayer, ha recibido la notificación del auto mediante el cual se inadmite el recurso. Su cliente le pregunta si existe posibilidad de recurrir el auto de inadmisión. Señale la respuesta correcta: Podrá interponerse recurso de apelación, que resolverá la misma Sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que haya resuelto la inadmisión del recurso. Podrá interponerse recurso de apelación, que resolverá una Sección distinta a la Sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que haya resuelto la inadmisión del recurso. Contra los autos de inadmisión del recurso de casación, no cabe la interposición de recurso alguno. Todas las anteriores son falsas. En el procedimiento por el que se tramita el recurso de casación interpuesto ante el Tribunal Supremo, usted ha tenido conocimiento de que ya se ha producido la deliberación y el fallo, por parte del Tribunal. Su cliente le pregunta, en que plazo máximo tendrá que dictar sentencia el Tribunal: El Tribunal dictará sentencia, en el plazo máximo de 15 días desde que se produzca la deliberación y el fallo. El Tribunal dictará sentencia, en el plazo máximo de 10 días desde que se produzca la deliberación y el fallo. Después de la deliberación y el fallo, se abre un periodo de alegaciones de 3 días, para que las partes puedan poder de manifiesto las consideraciones que estimen oportunas. El Tribunal dictará sentencia, en el plazo máximo de 5 días desde que se produzca la deliberación y el fallo. En la mañana del 4 de octubre de 2018, observa Marcela que un equipo de obreros está trabajando en el jardín de su vivienda abriendo una zanja, sin que previamente se le haya comunicado nada. Toda vez que los obreros se identificaron como empleados municipales, y el logo del ayuntamiento está estampado en el vehículo del que entran y salen los obreros recogiendo material, Marcela formuló requerimiento al ayuntamiento para que en el plazo de diez días cesaran las obras tal y como previene la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, ¿qué plazo tiene para interponer recurso?. Un mes a contar desde el día siguiente al vencimiento del plazo de diez días desde que se formuló el requerimiento. Treinta días a partir del siguiente al vencimiento del plazo de diez días desde que se formuló el requerimiento. Veinte días a partir del siguiente al vencimiento del plazo de diez días desde que se formuló el requerimiento. Diez días a partir del siguiente al vencimiento del plazo de diez días desde que se formuló el requerimiento. Habiéndose dado traslado a Demetrio para que formulara demanda en el proceso contencioso ordinario que sigue ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de Valencia, ha transcurrido el plazo preceptivo para su presentación. Procediendo a partir de ese momento la declaración de la caducidad del recurso, ¿puede Demetrio rehabilitar el indicado plazo y formular válidamente la demanda?. En ningún caso. Si presenta el escrito de demanda en el día siguiente a aquél en que se le notifique el auto declarando la caducidad. Si presenta el escrito de demanda en los dos días siguientes a aquél en que se le notifique el auto declarando la caducidad. Si presenta el escrito de demanda en el día en que se le notifique el auto declarando la caducidad. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, interpuesto el recurso contencioso-administrativo, el expediente administrativo debe remitirse al recurrente en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. Transcurrido el plazo de remisión del expediente sin haberse recibido completo, se reiterará la reclamación y, si no se enviara en el término de diez días, tras constatarse su responsabilidad, previo apercibimiento del Secretario judicial notificado personalmente para formulación de alegaciones, el Juez o Tribunal impondrá una multa coercitiva a la autoridad o empleado responsable. ¿Cuál es la cuantía que puede tener la multa coercitiva y cada cuanto tiempo puede ser reiterada?. de 300 a 1200 €, debiendo reiterarse cada veinte días, hasta el cumplimiento de lo requerido. de 300 a 1000 €, debiendo reiterarse cada quince días, hasta el cumplimiento de lo requerido. de 200 a 1100 €, debiendo reiterarse cada diez días, hasta el cumplimiento de lo requerido. de 500 a 1500 €, debiendo reiterarse cada treinta días, hasta el cumplimiento de lo requerido. Con fecha 12 de marzo se dictó diligencia de ordenación por el Secretario de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, por la que respecto del recurso interpuesto por la Asociación de Empresarios del Metal, ordenaba la remisión del expediente a la Consejería de Industria de la Generalidad Valenciana. Contra la indicada diligencia, ¿qué recurso se puede interponer ante el Secretario?. De reposición. De revisión. De apelación. De alzada. Contra el Auto de 3 de mayo de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, mediante el que se declara la inadmisión del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Javier, en un asunto relativo a su condición de funcionario de la Consejería de Industria y Comercio del Gobierno de la Rioja, ¿Qué recurso cabe?. Apelación. Revisión. Reposición. Casación. Admitido el recurso de casación interpuesto por Alfonso, el Letrado de la Administración de Justicia de la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo dictó diligencia de ordenación disponiendo remitir las actuaciones a la Sección de dicha Sala competente para su tramitación y decisión y haciendo saber a Alfonso que debe presentar el escrito de interposición del recurso de casación. ¿De qué plazo dispone para ello, a contar desde la notificación de la señalada diligencia?. Veinte días. Un mes. Treinta días. Cuarenta días. Publicándose en el BOE la Orden INT/274/2018, de 11 de mayo, por la que se regula la residencia, desplazamiento y localización del personal de la Policía Nacional, considera el policía Pedro que el artículo 3 de la misma vulnera su derecho fundamental a la libre circulación. ¿Qué plazo tiene para la interposición del recurso contencioso para la protección de los derechos fundamentales). Dos meses desde la publicación de la Orden. Un mes desde la publicación de la Orden. Treinta días desde la publicación de la Orden. Diez días desde la publicación de la Orden. En el procedimiento que se sigue en la Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Zamora, en relación con el recurso interpuesto por Amelia contra la resolución del Alcalde de esa localidad por la que se ordena la retirada de mesas y sillas de la vía pública los restaurantes de los situados en el Paseo de las Glorias. Se plantea Amelia, propietaria del Restaurante “Pa amb Tomaca”, en qué momento procesal puede solicitar la suspensión cautelar de la indicada resolución: En el escrito de interposición del recurso. En el escrito de la demanda. En cualquier momento del proceso. Debió solicitarse en vía administrativa. Si un obligado tributario rechaza la notificación del inicio de actuaciones inspectoras: La notificación se entenderá por efectuada. La administración deberá notificar por edictos. La administración podrá hacer uso de sus facultades de autoridad pública para entrar en el domicilio del obligado para forzar la admisión de la notificación. La administración podrá imponer una sanción al obligado por este motivo. En caso de que un procedimiento de comprobación limitada caduque: Las actuaciones se entienden por no realizadas y no puede abrirse un procedimiento nuevo al respecto de los hechos ya comprobados en el procedimiento caducado. Las actuaciones derivadas de ese procedimiento no tendrán la consideración de requerimiento previo a efectos de presentación de una autoliquidación extemporánea espontánea. La administración puede abrir un procedimiento nuevo en cualquier caso, ya que la prescripción no se considera interrumpida. La administración puede abrir un procedimiento nuevo siempre y cuando aparezcan nuevos hechos relevantes, al margen del período de prescripción para determinar la deuda tributaria del obligado. La sociedad X recibe notificación el 27 de enero del 2018 de la Agencia Tributaria por la cual se le indica que se ha iniciado un procedimiento de inspección correspondiente al IS de 2015, respecto a los beneficios obtenidos de un taller que explota la sociedad. En dicha notificación se le requiere para que aporte todas las facturas de gastos, ingresos, así como su contabilidad. El representante de la sociedad se presenta en la delegación de la Agencia manifestando que se niega a presentar dicha documentación. La sociedad puede negarse a presentar dicha documentación, puesto que está obligado por la Ley de protección de datos a no desvelar los datos de sus clientes. La sociedad no puede negarse a presentar dicha documentación, y si lo hace se puede considerarse que está obstruyendo el procedimiento, lo que constituye infracción tributaria. La sociedad no puede negarse a presentar dicha documentación, con excepción de la contabilidad puesto que los órganos de inspección no pueden requerírsela en este tipo de procedimiento. La sociedad puede negarse a presentar dicha documentación y podrá evitar la imposición de sanciones si la deposita en sede judicial. El principio de responsabilidad en materia de infracciones tributarias: Refleja el carácter subjetivo de las normas punitivas. Refleja la posibilidad de que los responsables, tanto solidarios como subsidiarios, puedan tener que responder por las sanciones del obligado tributario. Refleja el carácter temporal de la pena. Refleja la posibilidad de que los responsables solidarios (no así los subsidiarios) puedan tener que responder por las sanciones del obligado tributario. Señale qué conducta no conlleva sanción: Solicitar indebidamente devoluciones mediante el falseamiento de datos. Cuando se presenta una autoliquidación en plazo pero no se ingresa el importe de la deuda. Incumplimiento de obligaciones de facturación. Resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la administración. El incumplimiento del plazo de 6 meses de duración del procedimiento sancionador: No supone el archivo de las actuaciones, pero éstas no tendrán la consideración de requerimiento previo a efectos de presentación de una autoliquidación extemporánea espontánea. Supone el archivo de las actuaciones, pero la administración puede abrir un procedimiento nuevo siempre y cuando aparezcan nuevos hechos relevantes. Implica la imposibilidad de iniciar un nuevo procedimiento. Supone el archivo de las actuaciones, pero la administración puede abrir un procedimiento nuevo siempre que la conducta del obligado tributario encaje en los supuestos tasados que señala la LGT para este tipo de situaciones. La tramitación de la liquidación vinculada a la posible comisión de un delito fiscal: Debe suspenderse de inmediato, pues las investigaciones correrán a cargo del juez instructor. No se suspende, sino que continúa hasta la notificación de la liquidación. Debe suspenderse a petición del obligado tributario, sin necesidad de que aporte garantías. Debe suspenderse, si bien el juez instructor recabará auxilio del órgano que ha tramitado el procedimiento de comprobación. Si la administración ha dictado una liquidación sin haber notificado al contribuyente y han pasado 3 meses desde la notificación de la providencia de apremio resultante: El contribuyente podrá presentar un recurso económico-administrativo frente a dicha liquidación. El contribuyente deberá instar un procedimiento de rectificación de errores. El contribuyente podrá instar la declaración de nulidad de pleno derecho. El contribuyente deberá instar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos. Ante un supuesto de duplicidad en el pago de una sanción por parte de un obligado tributario, se debe instar: Un procedimiento de devolución de ingresos indebidos. Un procedimiento de revocación de actos. Un procedimiento de rectificación de errores. La declaración de nulidad de pleno derecho de uno de los pagos. En el contexto de un recurso de reposición: El plazo para resolver es de 1 mes desde la presentación del recurso, tras el cual se produce silencio negativo, sin que la administración quede eximida de la obligación de resolver. El plazo para resolver es de 1 mes desde la presentación del recurso, tras el cual se produce silencio negativo, quedando la administración eximida de la obligación de resolver. El plazo para resolver es de 1 mes desde la presentación del recurso, tras el cual se produce silencio positivo, quedando la administración eximida de la obligación de resolver. El plazo para resolver es de 6 meses desde la presentación del recurso, tras el cual se produce silencio negativo, quedando la administración eximida de la obligación de resolver. El órgano que conoce de los recursos económico-administrativos per saltum es: El Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda. El Tribunal Económico-Administrativo Local que corresponda. El Tribunal Económico-Administrativo Central. El superior jerárquico de quien dictara el acto administrativo susceptible de recurso. |