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Administración Electrónica basado en la Ley 39/2015 y Ley 40/2015

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Título del Test:
Administración Electrónica basado en la Ley 39/2015 y Ley 40/2015

Descripción:
La Administración Electrónica regulada en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del P

Fecha de Creación: 2026/08/12

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 57

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Temario:

¿Cuál es el objetivo principal del Artículo 9 de la Ley 39/2015?. Establecer los sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento administrativo. Definir los tipos de documentos que se pueden presentar electrónicamente. Regular el uso de sellos electrónicos por parte de las Administraciones Públicas. Establecer los plazos para la resolución de los procedimientos administrativos.

¿Qué sistemas se mencionan en el Artículo 9.2 de la Ley 39/2015 para la identificación electrónica?. Solo certificados electrónicos cualificados de firma electrónica. Certificados electrónicos cualificados de firma y sello electrónico, y otros sistemas válidos. Sistemas basados en claves PIN y contraseñas. Identificación biométrica únicamente.

Según el Artículo 9.2.c) de la Ley 39/2015, ¿qué requisito se establece para otros sistemas de identificación considerados válidos por las Administraciones?. Deben ser comunicados al público en general. Cuentan con un registro previo como usuario que permite garantizar su identidad y previa comunicación a la Secretaría General de Administración Digital. Deben ser aprobados por el Consejo de Ministros. Requieren la autenticación mediante videollamada.

¿Cuánto tiempo debe transcurrir desde la comunicación de un nuevo sistema de identificación (Artículo 9.2.c) para que sea eficaz jurídicamente?. Inmediatamente después de la comunicación. Dos meses. Seis meses. Un año.

De acuerdo con el Artículo 9.3 de la Ley 39/2015, ¿dónde deben encontrarse los recursos técnicos para los sistemas de identificación previstos en la letra c) del apartado anterior?. En cualquier parte del mundo. Exclusivamente en territorio español. En territorio de la Unión Europea, y para datos especiales, en territorio español. En servidores ubicados en América.

¿Qué implica la aceptación de un sistema de identificación por la Administración General del Estado según el Artículo 9.4 de la Ley 39/2015?. Solo acredita la identidad frente a la AGE. Acredita frente a todas las Administraciones Públicas, salvo prueba en contrario. Requiere una validación adicional por cada Administración. No tiene validez fuera del ámbito de la AGE.

¿Cuál es el propósito del Artículo 10 de la Ley 39/2015?. Establecer los sistemas de identificación válidos. Regular los sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Definir los procedimientos de notificación electrónica. Establecer las normas sobre el expediente electrónico.

Según el Artículo 10.1 de la Ley 39/2015, ¿qué deben permitir los medios de firma utilizados por los interesados?. Solo acreditar la identidad del firmante. Acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento. Permitir la modificación del documento posteriormente. Garantizar la confidencialidad de la firma.

¿Qué sistemas de firma electrónica se consideran válidos según el Artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015?. Sistemas de firma electrónica simple. Sistemas de firma electrónica cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica. Firmas manuscritas digitalizadas. Firmas mediante huella dactilar.

¿Qué obligación tienen las Administraciones Públicas respecto a los sistemas de firma electrónica cualificada y avanzada (Artículo 10.2)?. Deben admitirlos solo si el interesado lo solicita. Deben garantizar que su utilización sea posible para todos los procedimientos y trámites. Pueden restringir su uso a procedimientos específicos. Solo deben admitirlos si son sistemas propios.

En relación con los sistemas de firma previstos en el Artículo 10.2.c) de la Ley 39/2015, ¿dónde deben encontrarse los recursos técnicos para la gestión de dichos sistemas?. En cualquier país. En territorio de la Unión Europea, y para datos especiales, en territorio español. En servidores seguros fuera de la UE. Solo en España.

¿Cuándo se entenderá acreditada la identidad del interesado al utilizar un sistema de firma según el Artículo 10.5?. Cuando presente el DNI. Mediante el propio acto de la firma. Tras la validación por un funcionario público. Una vez enviado el documento firmado.

¿Cuál es el propósito del Artículo 11 de la Ley 39/2015?. Establecer los procedimientos de notificación. Regular el uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Definir los registros electrónicos. Establecer las sanciones por incumplimiento.

Según el Artículo 11.1, ¿qué será suficiente para realizar cualquier actuación en el procedimiento administrativo?. La presentación de una solicitud escrita. La acreditación previa de la identidad a través de los medios previstos en la Ley. La firma electrónica de un documento. La comparecencia física ante la Administración.

¿En qué casos las Administraciones Públicas requerirán el uso obligatorio de firma según el Artículo 11.2?. Para solicitar información general. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables, interponer recursos, desistir de acciones o renunciar a derechos. Solo para la presentación de alegaciones. En todos los trámites del procedimiento.

¿Qué garantía deben ofrecer las Administraciones Públicas respecto a la relación electrónica con los interesados (Artículo 12)?. Deben obligar a todos los ciudadanos a usar medios electrónicos. Deben garantizar que los interesados puedan relacionarse a través de medios electrónicos, poniendo a su disposición canales y sistemas necesarios. Solo deben ofrecer esta opción a quienes la soliciten expresamente. Deben proporcionar dispositivos electrónicos a todos los ciudadanos.

Según el Artículo 12.2, ¿cómo se puede realizar la identificación o firma electrónica de un interesado que no disponga de los medios necesarios?. Se debe esperar a que adquiera los medios. Puede ser realizada por un funcionario público mediante el uso de su sistema de firma electrónica, con el consentimiento del interesado. No se puede realizar. Se puede utilizar una firma simple por parte del funcionario.

¿Qué deben mantener actualizado la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales respecto a los funcionarios habilitados (Artículo 12.3)?. Un registro o sistema equivalente donde consten los funcionarios habilitados. Una lista de los procedimientos que requieren habilitación. Un informe anual sobre el uso de la firma electrónica. Un censo de los ciudadanos que utilizan medios electrónicos.

¿Cuál de los siguientes NO es un derecho de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas según el Artículo 13?. A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico. A ser asistidos en el uso de medios electrónicos. A solicitar la intervención de un abogado en todos los trámites. A la protección de datos de carácter personal.

¿En qué casos estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas según el Artículo 14.2?. Solo las personas físicas que lo deseen. Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional colegiada obligatoria, quienes representen a interesados obligados electrónicamente y los empleados públicos para trámites de su condición. Únicamente los funcionarios públicos. Todos los ciudadanos a partir de cierta edad.

¿Qué dispondrá cada Administración Pública respecto a los Registros Electrónicos Generales (Artículo 16.1)?. Solo podrán registrar documentos de entrada. Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General para asentar todo documento presentado o recibido. Serán gestionados únicamente por personal externo. Estarán desconectados entre sí.

¿Qué información garantizará el registro electrónico de cada Administración u Organismo según el Artículo 16.3?. Solo la fecha de presentación. Un número, epígrafe, fecha y hora de presentación, identificación del interesado, órgano remitente y destinatario, y referencia del contenido. Información personal del interesado únicamente. Solo la identidad del órgano que recibe el documento.

¿Dónde podrán presentarse los documentos dirigidos a los órganos de las Administraciones Públicas según el Artículo 16.4?. Exclusivamente en el registro electrónico del órgano al que se dirigen. En el registro electrónico del órgano al que se dirigen, en otros registros electrónicos de sujetos del artículo 2.1, en oficinas de Correos, representaciones diplomáticas, o en oficinas de asistencia en materia de registros. Solo en oficinas de Correos. Únicamente de forma presencial.

Según el Artículo 16.5, ¿qué deben hacer las oficinas de asistencia en materia de registros con los documentos presentados de manera presencial?. Devolverlos al interesado sin más trámite. Digitalizarlos para su incorporación al expediente electrónico y devolver los originales, salvo excepciones. Archivarlos físicamente. Enviar copias a todas las Administraciones Públicas.

¿Qué se entiende por documentos públicos administrativos según el Artículo 26.1?. Cualquier documento emitido por un ciudadano. Los válidamente emitidos por los órganos de las Administraciones Públicas. Solo los documentos en formato papel. Los informes no vinculantes.

¿Qué requisitos deben cumplir los documentos electrónicos administrativos para ser considerados válidos (Artículo 26.2)?. Solo deben contener información. Deben contener información, datos de identificación, referencia temporal, metadatos mínimos y las firmas electrónicas correspondientes. No requieren firma electrónica. Solo necesitan una referencia temporal.

¿Qué documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Públicas no requerirán firma electrónica según el Artículo 26.1 párrafo final?. Todos los documentos electrónicos. Aquellos que se publiquen con carácter meramente informativo o que no formen parte de un expediente administrativo. Solo aquellos con carácter de borrador. Los documentos que contengan opiniones.

¿Cómo se producirán los actos administrativos según el Artículo 36.1?. Solo de forma verbal. Por escrito a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada. Exclusivamente mediante notificaciones. A través de publicación en prensa.

¿Qué se entiende por expediente administrativo según el Artículo 70.1?. Un único documento que resuelve un procedimiento. El conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. La solicitud inicial del interesado. El informe técnico emitido por un órgano.

¿Qué formato tendrán los expedientes administrativos según el Artículo 70.2?. Exclusivamente en papel. Formato electrónico, mediante la agregación ordenada de documentos. Formato de audio. Formato de vídeo.

¿Qué información NO formará parte del expediente administrativo según el Artículo 70.4?. Informes preceptivos solicitados antes de la resolución. Información de carácter auxiliar o de apoyo, como borradores, opiniones o resúmenes internos. Documentos que integran el procedimiento. Resoluciones administrativas.

¿Qué es una sede electrónica según el Artículo 38.1?. Cualquier página web de una Administración Pública. Una dirección electrónica, disponible a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública o entidad pública en el ejercicio de sus competencias. Un punto de acceso físico para la atención al ciudadano. Un portal de noticias sobre la Administración.

¿Quién es responsable de la integridad, veracidad y actualización de la información en una sede electrónica (Artículo 38.2)?. El proveedor de internet. El titular de la sede electrónica. Los ciudadanos que acceden a ella. Un comité externo de supervisión.

¿Qué principios deben regir la creación de las sedes electrónicas según el Artículo 38.3?. Exclusivamente la seguridad. Principios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. Solo la accesibilidad y la neutralidad. La discrecionalidad de cada Administración.

¿Qué utilizarán las sedes electrónicas para identificarse y garantizar comunicaciones seguras (Artículo 38.6)?. Contraseñas de un solo uso. Certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente. Direcciones IP públicas. Códigos QR.

¿Qué es un portal de internet en el contexto de la Administración Electrónica (Artículo 39)?. Solo la sede electrónica. El punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a información y, en su caso, a la sede electrónica. Un foro de debate ciudadano. Un sistema de gestión interna de documentos.

¿Cómo se identificarán las Administraciones Públicas mediante sellos electrónicos según el Artículo 40.1?. Mediante un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. Con una firma manuscrita digitalizada. Utilizando solo el nombre del organismo. Mediante códigos de barras.

¿Qué se entiende por actuación administrativa automatizada según el Artículo 41.1?. Cualquier actuación realizada por un empleado público. Cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo, sin intervención directa de un empleado público. Actuaciones realizadas de forma verbal. Actuaciones realizadas mediante correo postal.

¿Qué sistemas de firma electrónica podrá determinar cada Administración Pública para la actuación administrativa automatizada (Artículo 42)?. Solo firmas simples. Sello electrónico de Administración Pública o Código seguro de verificación. Firmas biométricas. Firmas manuscritas escaneadas.

Según el Artículo 43.1, ¿cómo se realizará la actuación de una Administración Pública cuando utilice medios electrónicos?. Mediante firma electrónica del titular del órgano o empleado público. Solo mediante sello electrónico. Mediante la publicación en el portal de internet. Mediante un correo electrónico genérico.

¿Qué se garantizará en los entornos cerrados de comunicaciones entre Administraciones según el Artículo 44.4?. Solo la velocidad de transmisión. La seguridad del entorno y la protección de los datos que se transmitan. La confidencialidad de las comunicaciones internas. La identificación de los receptores únicamente.

¿Qué objetivo tiene el Artículo 45 sobre aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónica?. Limitar el uso de la firma electrónica. Favorecer la interoperabilidad y posibilitar la verificación automática de la firma electrónica. Establecer sanciones por el uso incorrecto de la firma. Definir los tipos de certificados electrónicos.

¿Cómo se almacenarán todos los documentos utilizados en las actuaciones administrativas según el Artículo 46.1?. En papel, salvo excepciones. Por medios electrónicos, salvo cuando no sea posible. En formato de solo lectura. En copias físicas.

¿Qué deben asegurar los soportes en los que se almacenen documentos electrónicos que afecten a derechos o intereses de los particulares (Artículo 46.2)?. Solo la legibilidad inicial. La identidad e integridad de la información necesaria para reproducirlo, y la posibilidad de trasladar los datos a otros formatos. La eliminación de copias antiguas. La accesibilidad desde cualquier dispositivo móvil.

Según el Artículo 46 bis, ¿dónde deben ubicarse los sistemas de información y comunicaciones para el registro y tratamiento de datos relevantes?. En cualquier lugar del mundo. Dentro del territorio de la Unión Europea. En servidores ubicados fuera de la UE. En ubicaciones que no requieran garantía de seguridad.

¿Qué principio rige las transmisiones de datos entre Administraciones Públicas según el Artículo 155?. La libre transmisión sin restricciones. El respeto a las garantías de seguridad, integridad y disponibilidad de los datos, y el uso para fines compatibles con los iniciales. La transmisión solo para fines de investigación. La transmisión solo a la Administración General del Estado.

¿Qué comprende el Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) según el Artículo 156.1?. Solo criterios de seguridad física. El conjunto de criterios y recomendaciones en materia de seguridad, conservación y normalización de la información, formatos y aplicaciones para garantizar la interoperabilidad. Un listado de software prohibido. Normas sobre la redacción de documentos.

¿Cuál es el objeto del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) según el Artículo 156.2?. Establecer la política de privacidad de los datos. Establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos, garantizando la seguridad de la información tratada. Definir los procedimientos de notificación. Regular el uso de los registros electrónicos.

¿Cuándo se practicarán las notificaciones preferentemente por medios electrónicos (Artículo 41.1)?. Solo si el interesado lo solicita expresamente. Preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. Cuando el procedimiento sea complejo. Cuando la notificación sea por correo postal.

¿En qué supuestos las Administraciones podrán practicar notificaciones por medios no electrónicos (Artículo 41.1)?. Solo si el interesado se niega a recibir notificaciones electrónicas. Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado y este solicite comunicación personal, o cuando para asegurar la eficacia resulte necesaria la entrega directa por un empleado público. Si el empleado público está disponible. Cuando el interesado no tenga acceso a internet.

¿Cuándo se considerarán válidas las notificaciones (Artículo 41.1 párrafo 2)?. Siempre que se envíen. Siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, recepción o acceso, fechas y horas, contenido íntegro, e identidad fidedigna del remitente y destinatario. Si se realizan dentro del horario laboral. Si el interesado confirma la recepción por teléfono.

¿Qué tipo de notificaciones NO se efectuarán en ningún caso por medios electrónicos (Artículo 41.2)?. Las que acompañen elementos no susceptibles de conversión electrónica o las que contengan medios de pago a favor de los obligados (ej. cheques). Las meramente informativas. Las que se realicen a personas jurídicas. Las que se realicen en días inhábiles.

¿Cómo se practicará la notificación en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado si no fuera posible realizarla según lo señalado en la solicitud (Artículo 41.3)?. Se archivará el procedimiento. Se practicará en cualquier lugar adecuado a tal fin, y por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción, fecha, identidad y contenido. Se enviará por burofax. Se intentará contactar por redes sociales.

En caso de que el interesado rechace la notificación de una actuación administrativa, ¿qué se hará (Artículo 42.5)?. Se dejará sin efecto la notificación. Se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias, dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento. Se le enviará otra notificación por un medio diferente. Se le requerirá por escrito para que acepte la notificación.

¿Cuándo se entenderán practicadas las notificaciones por medios electrónicos (Artículo 43.2)?. En el momento del envío del aviso. En el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Tras 24 horas desde el envío. Cuando el interesado responda al correo electrónico.

¿Cuándo se entenderá rechazada una notificación electrónica obligatoria o expresamente elegida (Artículo 43.2)?. Si el interesado no la abre en 24 horas. Cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición sin que se acceda a su contenido. Si el interesado la ignora. Tras 5 días naturales de la puesta a disposición.

¿Qué ocurrirá si los interesados en un procedimiento son desconocidos o se ignora el lugar de notificación (Artículo 44)?. Se suspenderá el procedimiento. La notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Se intentará contactar a través de familiares. Se archivará el expediente sin más.

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