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ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y LOGÍSTICA

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Título del Test:
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y LOGÍSTICA

Descripción:
ascenso 2026

Fecha de Creación: 2026/03/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 22

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Conceptos Introductorios: Los seres humanos para vivir ordenadamente en sociedad desde el punto de vista del derecho, han creado conceptos, estado, gobierno, administración, grupo social, estructura social, movilidad y conflicto; relaciones interprovinciales, nación, provincias, relaciones interministeriales los que además inciden en apreciaciones económicas. Los seres humanos para vivir ordenadamente en sociedad desde el punto de vista del derecho, han creado conceptos, estado, gobierno, administración, grupo social, estructura social, movilidad y conflicto; relaciones, provincias, relaciones interministeriales los que además inciden en apreciaciones económicas.

Estado lo conforman tres elemento. Territorio, población y poder. La relación estructural entre estos configurará la forma de estado: el gobierno se compone a su turno de diferentes órganos. La relación de entre estos, nos dará la forma que este adopte. Territorio, población y poder. La relación estructural entre estos configurará la forma de estado: el gobierno se compone a su turno de diferentes órganos. La relación de entre estos, no nos dará la forma que este adopte.

que es el estado. El Estado por su parte es una estructura de carácter burocrática, por cuanto conviven el ella un poder, una organización y el Gobierno. El Estado por su parte es una estructura de carácter burocrática, por cuanto no conviven el ella un poder, una organización y el Gobierno.

Actividad Financiera: El Estado instrumentado por el Gobierno para llevar adelante sus cometidos (salud, educación, seguridad, seguridad social entre otros) debe adquirir o generar bienes o servicios y para ello requiere recursos que obtiene de distintas fuentes como son los tributos (Ej. Impuesto a las ganancias, Impuesto Inmobiliario), los ingresos no tributarios (como las tasas: Ej. Tasa general de inmuebles), la venta de bienes o servicios, la venta de bienes públicos (ej. Privatizaciones o venta de bienes durables del estado) entre otros. El Estado instrumentado por el Gobierno para llevar adelante sus cometidos (salud, educación, seguridad, seguridad social entre otros) debe adquirir o generar bienes o servicios y para ello requiere recursos que obtiene de distintas fuentes que no son los tributos (Ej. Impuesto a las ganancias, Impuesto Inmobiliario), los ingresos no tributarios (como las tasas: Ej. Tasa general de inmuebles), la venta de bienes o servicios, la venta de bienes públicos (ej. Privatizaciones o venta de bienes durables del estado) entre otros.

Actividad Financiera: Entendemos entonces que la Actividad Financiera del Estado “es aquella por la que se obtienen recursos públicos y se realizan gastos para satisfacer necesidades públicas”. Entendemos entonces que la Actividad Financiera del Estado “es aquella por la que se obtienen recursos privados y se realizan gastos para satisfacer necesidades públicas”.

Concepto de la Administración Pública. la Administración Pública comprendela Organización y dirección de personas y de medios para la consecución de los fines públicos se ocupa de la economía de la Hacienda Pública, estudiando sus operaciones racional y empíricamente, en conjunto y en detalle, a los efectos de formar y perfeccionar su doctrina, para el mejor cumplimiento de los fines públicos que son los que pretenden dar respuesta a las necesidades colectivas. la Administración Pública comprendela Organización y dirección de personas y de fondos para la consecución de los fines públicos se ocupa de la economía de la Hacienda Pública, estudiando sus operaciones racional y empíricamente, en conjunto y en detalle, a los efectos de formar y perfeccionar su doctrina, para el mejor cumplimiento de los fines públicos que son los que pretenden dar respuesta a las necesidades colectivas.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. El Artículo 8 establece las bases del sostenimiento financiero, el sistema tributario y la administración de los recursos de la Provincia. A continuación, se resumen sus puntos clave: 1. Fuentes de Financiamiento La Provincia financia su gasto público a través de: Coparticipación federal y recaudación de impuestos propios. Rentas de sus bienes, servicios, venta de activos y actividad económica propia. Operaciones de crédito, las cuales tienen prohibido financiar gastos corrientes, excepto en casos de urgencia. 2. Obligaciones y Sistema Tributario Deber ciudadano: Toda persona o entidad con actividad económica en la Provincia debe contribuir al gasto público. Principios tributarios: El sistema se basa en la legalidad, igualdad, equidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad, entre otros. Progresividad: Se pueden aplicar alícuotas progresivas y exenciones para fomentar el desarrollo social y económico. Economía social: Se permite un trato fiscal preferencial para cooperativas y mutuales sin fines de lucro. 3. Administración y Control Reserva de ley: Los tributos solo pueden ser creados por ley; no se permite delegar esta facultad. Gestión financiera: Debe regirse por la responsabilidad fiscal, transparencia, eficiencia y sostenibilidad. Equilibrio fiscal: La ley garantiza mecanismos de control, rendición de cuentas y reglas estrictas para el manejo de la deuda pública. El Artículo 8 establece las bases del sostenimiento financiero, el sistema tributario y la administración de los recursos de la Provincia. A continuación, se resumen sus puntos clave: 1. Fuentes de Financiamiento La Provincia financia su gasto público a través de: Coparticipación federal y recaudación de impuestos propios. Rentas de sus bienes, servicios, venta de activos y actividad económica propia. Operaciones de crédito, las cuales tienen prohibido financiar gastos corrientes, excepto en casos de urgencia. 2. Obligaciones y Sistema Tributario Deber ciudadano: Toda persona o entidad con actividad económica en la Provincia debe contribuir al gasto público. Principios tributarios: El sistema se basa en la legalidad, igualdad, equidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad, entre otros. Progresividad: Se pueden aplicar alícuotas progresivas y exenciones para fomentar el desarrollo social y económico. Economía social: Se permite un trato fiscal preferencial para cooperativas y mutuales sin fines de lucro. 3. Administración y Control.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 9. La Provincia y los municipios son responsables por los daños que ocasionen. La ley determina los supuestos y el alcance de la responsabilidad del Estado y los casos en que corresponda la obligación de reembolso de sus funcionarios o agentes. ARTÍCULO 9. La Provincia y no los municipios son responsables por los daños que ocasionen. La ley determina los supuestos y el alcance de la responsabilidad del Estado y los casos en que corresponda la obligación de reembolso de sus funcionarios o agentes.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. Artículo 30 establece que la seguridad pública es un deber inalienable de la Provincia, garantizando un entorno físico y digital libre de violencia para proteger derechos y bienes. Se promueven políticas integrales con participación ciudadana y profesionalización de las fuerzas de seguridad, cuyo uso de la fuerza es excepcional y ajustado a derecho. Artículo 30 establece que la seguridad pública es un deber inalienable de la Provincia, garantizando un entorno físico libre de violencia para proteger derechos y bienes. Se promueven políticas integrales con participación ciudadana y profesionalización de las fuerzas de seguridad, cuyo uso de la fuerza es excepcional y ajustado a derecho.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. El Artículo 45 de la nueva Constitución de Santa Fe de 2025 establece las bases para una gestión pública eficiente, transparente y sostenible, centrada en la generación de valor público. Fomenta políticas basadas en evidencia, participación ciudadana, coordinación intersectorial y la evaluación constante del desempeño institucional. El Artículo 45 de la nueva Constitución de Santa Fe de 2025 establece las bases para una gestión pública eficiente, transparente y no sostenible, centrada en la generación de valor público. Fomenta políticas basadas en evidencia, participación ciudadana, coordinación intersectorial y la evaluación constante del desempeño institucional.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. El Artículo 66 establece que el Poder Legislativo provincial es bicameral, integrado por las Cámaras de Senadores y Diputados, las cuales se reúnen en Asamblea Legislativa solo en casos específicos definidos por la Constitución. Esta asamblea es presidida por el vicegobernador y requiere la presencia de la mitad más uno de los legisladores para sesionar y adoptar decisiones. El Artículo 66 establece que el Poder Legislativo provincial es unicameral, integrado por las Cámaras de Senadores y Diputados, las cuales se reúnen en Asamblea Legislativa solo en casos específicos definidos por la Constitución. Esta asamblea es presidida por el vicegobernador y requiere la presencia de la mitad más uno de los legisladores para sesionar y adoptar decisiones.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 91. Las leyes pueden tener origen en cualquiera de las Cámaras por proyectos presentados por sus integrantes, por el Poder Ejecutivo o por iniciativa popular. ARTÍCULO 91. Las leyes pueden tener origen en cualquiera de las Cámaras por proyectos presentados por sus integrantes, por el Poder Ejecutivo no por iniciativa popular.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 92. Aprobado un proyecto por la Cámara de origen, se remite para su consideración a la otra Cámara y, si ésta también lo aprueba, pasa al Poder Ejecutivo. Si el Poder Ejecutivo está conforme, lo promulga como ley de la Provincia y dispone su publicación inmediata. Queda convertido en ley todo proyecto sancionado por ambas Cámaras si, comunicado al Poder Ejecutivo, éste no lo devuelve observado dentro del plazo de diez días hábiles. ARTÍCULO 92. Aprobado un proyecto por la Cámara de origen, se remite para su consideración a la otra Cámara y, si ésta también lo aprueba, pasa al Poder Ejecutivo. Si el Poder Ejecutivo está conforme, lo promulga como ley de la Provincia y dispone su publicación inmediata. Queda convertido en ley todo proyecto sancionado por ambas Cámaras si, comunicado al Poder Ejecutivo, éste no lo devuelve observado dentro del plazo de cinco días hábiles.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 97. El Poder Ejecutivo es ejercido por un ciudadano con el título de gobernador de la Provincia y, en su defecto, por un vicegobernador, elegido al mismo tiempo, en igual forma y por idéntico período que el gobernador. ARTÍCULO 97. El Poder Ejecutivo es ejercido por un ciudadano con el título de gobernador de la Provincia y, en su defecto, por un vicegobernador, elegido al mismo tiempo, no en igual forma y por idéntico período que el gobernador.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. El artículo 107 establece que el Gobernador es el jefe de la Administración Pública, responsable de la gestión, ejecución presupuestaria, representación provincial y el diseño de políticas públicas de desarrollo y seguridad. Sus atribuciones incluyen la firma de convenios, participación en el proceso legislativo, gestión de recursos humanos y el cumplimiento de las leyes nacionales y provinciales. Para más información, consulte el texto original de la Constitución Provincial. El artículo 107 establece que el Gobernador es el jefe de la Administración Pública, responsable de la gestión, ejecución presupuestaria, representación provincial y el diseño de políticas públicas de desarrollo y seguridad. Sus atribuciones incluyen la firma de convenios, participación en el proceso legislativo, gestión de recursos humanos y el cumplimiento de las leyes provinciales. Para más información, consulte el texto original de la Constitución Provincial.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 108. El despacho de los asuntos que incumben al Poder Ejecutivo está a cargo de ministros designados por el gobernador, en el número y con las funciones, en los respectivos ramos, que determine una ley especial. Al recibirse de sus cargos prestan juramento ante el gobernador de desempeñarlos conforme a la Constitución y a las leyes. ARTÍCULO 108. El despacho de los asuntos que incumben al Poder Ejecutivo está a cargo de senadores designados por el gobernador, en el número y con las funciones, en los respectivos ramos, que determine una ley especial. Al recibirse de sus cargos prestan juramento ante el gobernador de desempeñarlos conforme a la Constitución y a las leyes.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 110. Los ministros refrendan con su firma las resoluciones del gobernador, sin la cual éstas carecen de eficacia. Sólo pueden resolver por sí mismos en lo concerniente al régimen administrativo interno de sus respectivos departamentos y dictar providencias de trámite. ARTÍCULO 110. Los ministros no refrendan con su firma las resoluciones del gobernador, sin la cual éstas carecen de eficacia. Sólo pueden resolver por sí mismos en lo concerniente al régimen administrativo interno de sus respectivos departamentos y dictar providencias de trámite.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 117. El Poder Judicial de la Provincia es ejercido, exclusivamente, por una Corte Suprema de Justicia, cámaras de apelación, jueces de primera instancia y demás tribunales y jueces que establezca la ley. Sin embargo, la ley puede instituir tribunales colegiados de instancia única. ARTÍCULO 117. El Poder Judicial de la Provincia es ejercido, exclusivamente, por una Corte Suprema de Justicia, cámaras de apelación, jueces de primera instancia y demás tribunales y jueces que establezca la ley. ni la ley puede instituir tribunales colegiados de instancia única.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 118. La Corte Suprema de Justicia se compone de siete ministros. Su integración procura la paridad de género y la representación territorial. Los jueces de revisión y los demás jueces pueden ser organizados en Colegios de Jueces. ARTÍCULO 118. La Corte Suprema de Justicia se compone de 9 ministros. Su integración procura la paridad de género y la representación territorial. Los jueces de revisión y los demás jueces pueden ser organizados en Colegios de Jueces.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. ARTÍCULO 119. La Procuración General integra el Poder Judicial y tiene por función la defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. ARTÍCULO 119. La Procuración General integra el Poder Judicial y no tiene por función la defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. El artículo 134 establece que el Ministerio Público es un órgano independiente y autónomo, dividido en dos áreas: la Acusación, a cargo de la persecución penal y atención a víctimas, y la Defensa, responsable de garantizar el acceso a la justicia y proteger derechos humanos. Este organismo funcionará bajo la dirección de un fiscal general y un defensor general. El artículo 134 establece que el Ministerio Público es un órgano independiente y autónomo, dividido en dos áreas: la Acusación, a cargo de la persecución penal y atención a víctimas, y la Defensa, responsable de garantizar el acceso a la justicia y proteger derechos humanos. Este organismo funcionará bajo la dirección de un fiscal general y un defensor gremial.

Constitución de la Provincia de Santa Fe contempla el funcionamiento del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial y el Ministerio Publico de la Acusación y la Defensa conforme los artículos que a continuación se transcriben. El Artículo 144 establece un Tribunal de Cuentas provincial encargado de supervisar la percepción e inversión de caudales públicos, aprobando o desaprobando su gestión y determinando responsabilidades. Sus miembros, designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo legislativo por seis años, son removibles por juicio político, y sus fallos son revisables conforme a la ley. El Artículo 144 establece un Tribunal de Cuentas provincial encargado de supervisar la percepción e inversión de caudales privados, aprobando o desaprobando su gestión y determinando responsabilidades. Sus miembros, designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo legislativo por seis años, son removibles por juicio político, y sus fallos son revisables conforme a la ley.

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