cualquier otro fallo que veáis comentadlo por favor, será en beneficio de todos. Muchas gracias!
Temario:
TEMA 9.- LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (II): INICIACIÓN DE OFICIO (ART. DEL 58
AL 65). INICIACIÓN A SOLICITUD DEL INTERESADO (ART. DEL 66 AL 69). DESISTIMIENTO,
RENUNCIA Y CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS (ART. DEL 93 AL 95).
1.- DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP),
¿QUÉ SE ENTIENDE POR ORDEN SUPERIOR? La emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente para
la iniciación del procedimiento. La emitida por un órgano administrativo superior del competente para la instrucción
del procedimiento. La emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente para la
resolución del procedimiento. La emitida por un órgano administrativo colegiado del competente para la iniciación
del procedimiento. 2.- DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EL ACUERDO
DE INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE OFICIO, PUEDE SER COMO CONSECUENCIA DE
LA PETICIÓN RAZONADA DE OTROS ÓRGANOS.
¿ES VINCULANTE TAL PETICIÓN? Si, salvo determinadas excepciones.
No, en todo caso. No, la petición no vincula al órgano competente, si bien deberá comunicar al
órgano que la hubiera formulado los motivos por los que, en su caso, no procede la
iniciación. No cuando el competente para la iniciación sea diferente del instructor. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 62 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LOS
PROCEDIMIENTOS SE PUEDEN INICIAR DE OFICIO POR DENUNCIA ¿CUÁL DE LOS
SIGUIENTES ELEMENTOS DEBERÁ EXPRESAR LA DENUNCIA? La identidad de la persona o personas que las presentan. El relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración. Si los hechos pudieran constituir una infracción administrativa, en cuyo caso,
recogerán la fecha de su comisión y, cuando sea posible, la identificación de los
presuntos responsables. Todos los anteriores son elementos que deben expresars. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP),
¿CÓMO SE INICIARÁN LOS PROCEDIMIENTOS DE NATURALEZA SANCIONADORA? De oficio por acuerdo del órgano competente, exclusivamente por propia iniciativa De oficio, por acuerdo del órgano competente y establecerán la debida
separación entre la fase instructora y la sancionadora, que se encomendará a órganos
distintos. De oficio o a solicitud de parte interesada. De oficio por acuerdo del órgano competente, exclusivamente por denuncia. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), SI LA
SOLICITUD FORMULADA POR UN CIUDADANO NO REÚNE LOS REQUISITOS EXIGIDOS
POR EL ARTÍCULO 66 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP) Y, EN SU CASO, EL ARTÍCULO 67 U
OTROS EXIGIDOS POR LA LEGISLACIÓN ESPECÍFICA, ¿CÓMO DEBE PROCEDER LA
ADMINISTRACIÓN? Se le tiene desistido de su petición Caduca el procedimiento. No cabe subsanar la falta. Debe requerir al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP),
¿CÓMO DEBE PROCEDER LA ADMINISTRACIÓN ANTE UN SUJETO QUE ESTÁ OBLIGADO
A LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE UNA SOLICITUD, SI LO HICIERA
PRESENCIALMENTE? Deberá levantarse acta sucinta, que se incorporará al procedimiento. Se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud la inicial. las respuestas b) y c) son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), DE ACUERDO
CON LO DISPUESTO EN LA LEY 39/2015, ¿ES POSIBLE AMPLIAR EN CINCO DÍAS EL PLAZO
DE SUBSANACIÓN DE UNA SOLICITUD CORRESPONDIENTE A UN PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA? No, en ningún caso. Si, pero solo cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades
especiales. No, pues la ampliación no puede ser superior a tres días. Si, en cualquier caso. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), SE ENTIENDE
POR INICIO DEL PROCEDIMIENTO POR PETICIÓN RAZONADA DE OTROS ÓRGANOS la propuesta de iniciación del procedimiento formulada por un órgano administrativo
con competencia para iniciar el procedimiento y que ha tenido conocimiento de las
circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento. la propuesta de iniciación del procedimiento formulada por cualquier órgano
administrativo que no tiene competencia para iniciar el mismo y que ha tenido
conocimiento de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento, bien
ocasionalmente o bien por tener atribuidas funciones de inspección, averiguación o
investigación. En los procedimientos de naturaleza sancionadora, las peticiones deberán especificar
únicamente, la persona o personas presuntamente responsables; las conductas o hechos
que pudieran constituir infracción administrativa y su tipificación En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, la petición deberá especificar
únicamente la lesión producida en una persona o grupo de personas. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 64 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EN LOS
PROCEDIMIENTOS DE NATURALEZA SANCIONADORA EL ACUERDO DE INICIACIÓN
DEBERÁ CONTENER ÚNICAMENTE: Identificación de la persona o personas presuntamente responsables y los hechos
que motivan la incoación del procedimiento. Identificación de la persona o personas presuntamente responsables y el órgano
competente para la resolución del procedimiento Identificación de la persona o personas presuntamente responsables, incluido el
denunciante Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 64 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EN LOS
PROCEDIMIENTOS DE NATURALEZA SANCIONADORA, CUANDO EN EL MOMENTO DE
DICTAR EL ACUERDO DE INICIACIÓN NO EXISTAN ELEMENTOS SUFICIENTES PARA LA
CALIFICACIÓN INICIAL DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA INCOACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO: la citada calificación podrá realizarse en una fase posterior, siempre que no haya
prescrito el acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución cuando
contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. la citada calificación podrá realizarse en una fase posterior mediante la elaboración
de un Pliego de cargos, que deberá ser notificado a los interesados. el acuerdo de iniciación del procedimiento se notificará a los particulares,
concediéndoles un plazo de diez días para que aporten cuantas alegaciones, documentos
o información estimen conveniente a su derecho y propongan cuantas pruebas sean
pertinentes. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EL ÓRGANO
COMPETENTE PODRÁ RECABAR DEL SOLICITANTE LA MODIFICACIÓN O MEJORA
VOLUNTARIAS DE LOS TÉRMINOS DE LA SOLICITUD: En todo procedimiento cualquiera que sea su forma de iniciación. Únicamente en los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados Únicamente en los procedimientos iniciados de oficio. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LAS
DECLARACIONES RESPONSABLE Y LAS COMUNICACIONES PERMITIRÁN: el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde
el día de su concesión. en ningún caso la comunicación podrá presentarse dentro de un plazo posterior al
inicio de la actividad. la comunicación podrá presentarse dentro de un plazo posterior al inicio de la
actividad cuando la legislación correspondiente lo prevea expresamente. podrá ser exigible bien una declaración responsable, bien una comunicación para
iniciar una misma actividad. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 94 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA DIFERENCIA
ENTRE EL DESISTIMIENTO Y LA RENUNCIA SE BASA EN QUE: Se desiste del procedimiento o solicitud y se renuncia al derecho, cuando ello no
esté prohibido por el ordenamiento jurídico. Se desiste del derecho y se renuncia al procedimiento. El desistimiento lo plantea la persona interesada, mientras que el planteamiento de
la renuncia corresponde a la Administración. Si se desiste, el procedimiento acaba para todas las personas interesadas, lo cual no
sucede con la renuncia. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA CADUCIDAD DEL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IMPLICA: En los casos en los que sea posible, la Administración podrá iniciar un nuevo
procedimiento siempre que no se haya producido la prescripción. Si se trata de un procedimiento sancionador, la prescripción automática de la
infracción. En los procedimientos iniciados a solicitud de persona interesada, que esta pierde el
derecho a presentar una nueva solicitud. La suspensión del plazo máximo para resolver y notificar la resolución.
3. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA
CADUCIDAD: no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la
Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de
prescripción. producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la
Administración, pero los procedimientos caducados interrumpirán el plazo de
prescripción no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la
Administración, pero los procedimientos caducados interrumpirán el plazo de
prescripción producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la
Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de
prescripción. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA
CADUCIDAD: En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su
paralización por causa imputable al interesado, la Administración le advertirá que,
transcurridos seis meses, se producirá la caducidad del procedimiento En los procedimientos iniciados de oficio o a solicitud del interesado, cuando se
produzca su paralización por causa imputable al interesado, la Administración le
advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del procedimiento En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su
paralización por causa imputable al interesado, la Administración le advertirá que,
transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del procedimiento En los procedimientos iniciados de oficio o a solicitud del interesado, cuando se
produzca su paralización por causa imputable al interesado, la Administración le
advertirá que, transcurridos seis meses, se producirá la caducidad del procedimiento. TEMA 10.- LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (III): RECURSOS ADMINISTRATIVOS
(ART. DEL 112 AL 120), EN ESPECIAL LOS RECURSOS POTESTATIVO DE REPOSICIÓN Y
EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN (ART. DEL 123 AL 126).
DE CONFORMIDAD CON EL ART. 112 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP),
PODRÁN INTERPONERSE RECURSOS ADMINISTRATIVOS CONTRA… …las resoluciones …los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento. …los actos de trámite que producen indefensión Todas las respuestas anteriores son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 114 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), ¿CUÁL DE LOS
SIGUIENTES ACTOS NO PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA? La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad
patrimonial, únicamente cuando el tipo de relación del que se derive sea privada. Las resoluciones de los recursos de alzada. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de
finalizadores del procedimiento La resolución de los procedimientos complementarios en materia sancionadora a
los que se refiere el artículo 90.4 de la Ley 39/2015. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 115 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA INTERPOSICIÓN
DE UN RECURSO ADMINISTRATIVO DEBERÁ CONTENER…: …el nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo …la determinación de la cuantía del procedimiento. …el acto que se recurre y la razón de su impugnación. las respuestas a) y c) son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 116 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), ES CAUSA DE
INADMISIÓN DE UN RECURSO ADMINISTRATIVO… …que el recurso carezca manifiestamente de fundamento, sólo si es por causa de
incompetencia material o territorial. …que el recurso carezca manifiestamente de fundamento. …que el recurso carezca manifiestamente de fundamento, sólo si es por falta de
motivación cuando el acto administrativo debiera ser motivado de acuerdo con el art. 35
de la Ley 39/2015. …que el recurso carezca manifiestamente de fundamento, sólo si es basado en la
ilegalidad de una disposición de carácter general. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 117 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), UNA VEZ
SOLICITADA LA SUSPENSIÓN DE UN ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO…: …ésta se entenderá desestimada por silencio en el plazo de un mes. …ésta se entenderá estimada por silencio al terminar el plazo de resolución
del recurso …ésta se entenderá estimada por silencio en el plazo de un mes, si el órgano a
quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al
respecto. …ésta se estimará sin dilación en el caso de que el fundamento del recurso sea
la desviación de poder. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 115 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA
INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO DEBERÁ EXPRESAR: El nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo,
junto con el acto que se recurre y la razón de su impugnación Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar
que se señale a efectos de notificaciones, así como el órgano, centro o unidad
administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. Las demás particularidades exigidas, su caso, por las disposiciones específicas. Todas las opciones anteriores son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 125 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EL RECURSO
EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN SE INTERPONDRÁ DENTRO DE UN PLAZO DE 4 AÑOS
SIGUIENTES A LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA CUANDO: Al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios
documentos incorporados al expediente. Aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque
sean posteriores, evidencie el error de la resolución recurrida. En la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados
falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución. La resolución se hubiera dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho,
violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en
virtud de sentencia judicial firme. EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO
125 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: Cabe contra los actos firmes en vía administrativa cuando al dictarlos se hubiera
incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al
expediente, debiéndose interponer únicamente dentro del plazo de los tres meses
siguientes a la fecha de notificación de la resolución impugnada. Cabe contra los actos firmes en vía administrativa cuando en la resolución hayan
influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia
judicial firme, pudiéndose interponer dentro del plazo de los cuatro años siguientes
desde que la sentencia judicial quedo firme. Cabe contra las disposiciones administrativas de carácter general, pudiéndose
interponer dentro del plazo de los cuatro años siguientes desde su publicación Cabe contra los actos firmes en vía administrativa cuando la resolución se hubiese
dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación
fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia
judicial firme, pudiéndose interponer dentro del plazo de los tres meses siguientes
desde que la sentencia judicial quedo firme. SEGÚN EL ART. 115.2 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO COMÚN, EN RELACIÓN CON LA INTERPOSICIÓN DE RECURSOS
ADMINISTRATIVOS, EL ERROR O LA AUSENCIA DE LA CALIFICACIÓN DEL RECURSO POR PARTE DEL
RECURRENTE: No será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter Supondrá su nulidad Implicará la paralización del recurso, notificándolo al interesado en el plazo de diez
días para que subsane el error Supondrá su anulabilidad. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 124 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), CON RESPECTO AL
RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN El plazo para interponer el recurso será de un mes si el acto fuera expreso, y el
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes. El plazo para interponer el recurso será de dos meses si el acto fuera expreso, y
el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes. El plazo para interponer el recurso será de un mes si el acto fuera expreso, y el
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de dos meses. El plazo para interponer el recurso será de tres meses si el acto fuera expreso, y
el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LOS RECURSOS
CONTRA UN ACTO ADMINISTRATIVO QUE SE FUNDEN ÚNICAMENTE EN LA NULIDAD DE
ALGUNA DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA DE CARÁCTER GENERAL: Habrán de interponerse directamente ante el órgano que dictó dicha disposición Habrán de interponerse exclusivamente ante el órgano que dictó dicho acto.
Podrán interponerse directamente ante el órgano que dictó dicha disposición. Habrán de interponerse directamente ante el órgano que dictó dicha disposición
y ante el órgano que dictó el acto que se impugna. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 117 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA SUSPENSIÓN DE
LA EJECUCIÓN DE UN ACTO ADMINISTRATIVO SE EXTENDERÁ A LA VÍA CONTENCIOSOADMINISTRATIVA Si el interesado lo ha solicitado previamente se suspenderá automáticamente Si el interesado lo ha solicitado previamente, existe medida cautelar y sus efectos
alcanzan a la vía contencioso-administrativa Si el interesado interpone recurso contencioso-administrativo solicitando la
suspensión del acto objeto del proceso hasta el pronunciamiento judicial sobre el fondo
del asunto. Todas las respuestas son falsas. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), PUEDE SER OBJETO
DE RECURSO ADMINISTRATIVO: Cualquier acto de trámite. Un acto de trámite que produce indefensión. Solo un acto definitivo. Solo el acto que ponen fin al procedimiento administrativo. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 118 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA PRÁCTICA DE
PRUEBAS EN LA RESOLUCIÓN DE RECURSOS ADMINISTRATIVOS En ningún caso puede solicitarse por el interesado No se realiza. Es un trámite imprescindible. No puede solicitarla el interesado si su falta en el procedimiento que originó el acto
le es imputable. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 123 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA INTERPOSICIÓN
DE UN RECURSO DE REPOSICIÓN: Impide al interesado acceder a la vía jurisdiccional hasta su resolución Debe realizarse en el plazo de tres meses si el acto recurrido es expreso. Es requisito para la interposición del recurso contencioso-administrativo.
Agota la vía administrativa. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 124 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EL PLAZO MÁXIMO
PARA DICTAR Y NOTIFICAR LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REPOSICIÓN: Es de tres meses. Es de dos meses. Es de un mes. Es de quince días. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 125 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EL RECURSO
EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN: Requiere la firmeza del acto que se recurre Se interpone ante el superior jerárquico del órgano que dictó el acto. Se interpone solo por cualquier causa de nulidad Se interpone únicamente en el plazo de tres meses desde que se dictó el acto recurrido. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 126 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LA RESOLUCIÓN DE
UN RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN: No puede ser presunta. La dicta el superior jerárquico del órgano ante el que se interpone. Si es expresa y desestimatoria puede recurrirse en alzada. Puede impugnarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa. TEMA 11: LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR
PÚBLICO (LRJSP) (II): RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS (ART. DEL 32 AL 37).
DE CONFORMIDAD CON EL ART. 36 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), ¿CUÁNDO EXIGIRÁ LA
ADMINISTRACIÓN, DE OFICIO, DE SUS AUTORIDADES Y DEMÁS PERSONAL A SU
SERVICIO, LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN QUE HUBIERAN PODIDO
INCURRIR?: Cuando hubieran incurrido en ella únicamente por dolo. Cuando hubieran incurrido en ella únicamente por negligencia muy graves. Cuando hubieran incurrido en ella por dolo o culpa o negligencia graves,
previa instrucción del correspondiente procedimiento. Siempre. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 32 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), LA RESPONSABILIDAD
PATRIMONIAL DEL ESTADO POR EL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA SE REGIRÁ POR: La Ley 39/2015. La propia Ley 40/2015. Las Leyes 39/2015 y 40/2015 La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 32 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), LA ANULACIÓN EN VÍA
ADMINISTRATIVA O POR EL ORDEN JURISDICCIONAL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
DE LOS ACTOS O DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS: Presupone, por sí misma, derecho a la indemnización. No presupone, por sí misma, derecho a la indemnización. No presupone, en ningún caso, derecho a la indemnización. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 32 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), LOS PARTICULARES
TENDRÁN DERECHO A SER INDEMNIZADOS POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE
TODA LESIÓN QUE SUFRAN EN SUS BIENES Y DERECHOS COMO CONSECUENCIA DE LA
APLICACIÓN DE: Actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que tengan el deber
jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los
términos que en ellos se especifiquen. Actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que no tengan el
deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y
en los términos que en ellos se especifiquen. Actos legislativos de naturaleza expropiatoria de derechos que tengan el deber
jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los
términos que en ellos se especifiquen. Actos legislativos de naturaleza expropiatoria de derechos que no tengan el deber
jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los
términos que en ellos se especifiquen. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 32 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), SEÑALE QUIÉN FIJARÁ
EL IMPORTE DE LAS INDEMNIZACIONES QUE PROCEDA ABONAR CUANDO EL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL HAYA DECLARADO, A INSTANCIA DE PARTE INTERESADA,
LA EXISTENCIA DE UN FUNCIONAMIENTO ANORMAL EN LA TRAMITACIÓN DE LOS
RECURSOS DE AMPARO O DE LAS CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD: El Congreso. El Consejo General del Poder Judicial.
El Consejo de Ministros. El Consejo de Estado. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 34 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), SÓLO SERÁN
INDEMNIZABLES LAS LESIONES PRODUCIDAS AL PARTICULAR Provenientes de daños que éste no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo
con la ley. Provenientes de daños que éste tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con
la ley o con un reglamento. Provenientes de daños que éste tenga el deber jurídico de soportar por haber
incurrido en una actuación dolosa Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 34 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), LA INDEMNIZACIÓN
SE CALCULARÁ CON ARREGLO A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN ESTABLECIDOS: En la legislación fiscal. En la legislación de expropiación forzosa Ponderándose, en su caso, las valoraciones predominantes en el mercado Todas las respuestas anteriores son válidas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 32 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), PARA TENER LOS
PARTICULARES DERECHO A SER INDEMNIZADOS POR LAS ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS ¿CÚAL DE ESTAS CARACTERÍSTICAS NO SE CORRESPONDE AL DAÑO
SUFRIDO? Deberá ser evaluable económicamente Deberá ser efectivo. Deberá ser individualizado en relación a una persona o grupo de personas. Deberá ser perceptible. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 33 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), CUANDO SE TRATE
DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL, LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COMPETENTE DEBERÁ CONSULTAR A LAS RESTANTES
ADMINISTRACIONES IMPLICADAS PARA QUE ESTAS PUEDAN EXPONER CUANTO
CONSIDEREN PROCEDENTE, EN EL PLAZO DE: 10 días. 15 días. 1 mes. 3 meses. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 36 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), LA
ADMINISTRACIÓN, PARA PODER EXIGIR A SUS AUTORIDADES Y DEMÁS PERSONAL A
SU SERVICIO, RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN LA QUE HUBIERAN INCURRIDO POR
SU ACTUACIÓN DEBERÁ: Instruir el procedimiento correspondiente Ponderar el resultado dañoso producido. Ponderar la existencia o no de intencionalidad, la responsabilidad profesional
del personal a su servicio y su relación con la producción del resultado. Las tres opciones son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 36 DE LA LEY 40/2015 (LRJSP), SEÑALA QUE PARA
HACER EFECTIVA LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL, LOS PARTICULARES EXIGIRÁN: Directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones
por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio. Indirectamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones
por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio. A la Administración Pública o a las autoridades y personal a su servicio, las
indemnizaciones por los daños y perjuicios causados. Ninguna de las opciones anteriores es correcta. TEMA 12: TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE
TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO: TÍTULO PRIMERO: RÉGIMEN DE LA
JORNADA DE TRABAJO, DESCANSOS, FIESTAS, VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS
DEL PERSONAL FUNCIONARIO.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 40 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO,
POR MATRIMONIO O CONSTITUCIÓN DE PAREJA DE HECHO EL PERSONAL
FUNCIONARIO TENDRÁ DERECHO A UNA LICENCIA DE: 20 días naturales. 2 semanas.
20 días naturales consecutivos de duración. 20 días hábiles. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 45 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO,
CON EL PERMISO DE HIJO MENOR AFECTADO POR CANCER U OTRA ENFERMEDAD
GRAVE, EL PERSONAL FUNCIONARIO TENDRÁ DERECHO SIEMPRE QUE AMBOS
PROGENITORES TRABAJEN A UNA REDUCCIÓN DE JORNADA DE TRABAJO DE AL
MENOS: Un tercio de la duración de aquella percibiendo las retribuciones básicas. Un tercio de la duración de aquella percibiendo las retribuciones integras. La mitad de la duración de aquella percibiendo las retribuciones integras La mitad de la duración de aquella percibiendo las retribuciones básicas. AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EL PERMISO DE PROGENITOR DIFERENTE DE LA
MADRE BIOLÓGICA POR NACIMIENTO, GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN,
ACOGIMIENTO O ADOPCIÓN, TENDRÁ UNA DURACIÓN DE: 6 semanas. 14 semanas. 16 semanas.
20 semanas. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 46 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO,
PERMISO NO RETRIBUIDO POR ASUNTOS PROPIOS: La duración de este permiso será por periodos mínimos de 7 días naturales
consecutivos. Su duración acumulada no podrá exceder de tres meses cada dos años. Su concesión estará subordinada a las necesidades del servicio. Todas las respuestas son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 41 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EN
EL PERMISO POR NACIMIENTO PARA LA MADRE BIOLÓGICA SERÁN DE DESCANSO
OBLIGATORIO E ININTERRUMPIDAS: Dos semanas inmediatamente posteriores al parto. Cuatro semanas inmediatamente posteriores al parto Seis semanas inmediatamente posteriores al parto. Ocho semanas inmediatamente posteriores al parto. AYUNTAMIENTO DE BILBAO, POR RAZONES DE GUARDA LEGAL EL PERSONAL
FUNCIONARIO TENDRÁ DERECHO A LA REDUCCIÓN DE SU JORNADA DE TRABAJO CON
LA DISMINUCIÓN DE SUS RETRIBUCIONES QUE CORRESPONDAN CUANDO POR
RAZONES DE GUARDA LEGAL TENGA A SU CUIDADO DIRECTO: Algún menor de 16 años. Persona mayor que requiera de especial dedicación. Persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida. Todas las respuestas son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 32 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO,
UNA VEZ DISFRUTADO EL PERMISO DE PROGENITOR DIFERENTE DE LA MADRE
BIOLÓGICA POR NACIMIENTO, GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO O
ADOPCIÓN, SE PODRÁ SOLICITAR EL DISFRUTE DEL PERMISO POR LACTANCIA: No es posible el disfrute del permiso de lactancia por el padre. Podrá disfrutar el permiso de lactancia, en cualquier caso. Podrá disfrutar de este permiso únicamente en la modalidad de disfrute de una hora
de ausencia al trabajo Podrá disfrutar de este permiso en cualquiera de las modalidades de una hora de
ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fracciones o acumularlo en jornadas
completas. PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EN NINGÚN OTRO
CASO PODRÁ SIMULTANEARSE EL DISFRUTE DE MÁS DE UNA DE LAS MODALIDADES DE
LICENCIAS O PERMISOS: salvo en el supuesto de compatibilidad entre la pausa para la lactancia y la excedencia
para el cuidado de menores o personas con minusvalía salvo en el supuesto de compatibilidad entre la pausa para la lactancia y la reducción
de la jornada para el cuidado de menores pero no para personas con minusvalía. salvo en el supuesto de compatibilidad entre la pausa para la lactancia y la
reducción de la jornada para el cuidado de menores o personas con minusvalía. salvo en el supuesto de compatibilidad entre la pausa para la lactancia y la reducción
de la jornada para las personas con minusvalía pero no para el cuidado de menores. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 20 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EL PERSONAL FUNCIONARIO DEBERÁ REINGRESAR
INMEDIATAMENTE A SU RESPECTIVO PUESTO DE TRABAJO: Transcurrido el periodo de disfrute de licencias o permisos y justificar con
documentación fehaciente su ausencia, so pena de incurrir en responsabilidad
disciplinaria. Iniciado el periodo de disfrute de licencias o permisos y justificar con documentación
fehaciente su ausencia, so pena de incurrir en responsabilidad disciplinaria. Transcurrido el periodo de disfrute de licencias o permisos y justificar con
documentación fehaciente su ausencia, so pena de incurrir en responsabilidad penal. Transcurrido el periodo de disfrute de licencias o permisos y justificar con
documentación fehaciente su ausencia, so pena de incurrir en responsabilidad civil. PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, LA LICENCIA POR
RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL: se extinguirá en el momento en que la hija/o cumpla nueve meses. se extinguirá en el momento en que la hija/o cumpla diez meses se extinguirá en el momento en que la hija/o cumpla doce meses se extinguirá en el momento en que la hija/o cumpla quince meses. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 23 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EL PERSONAL FUNCIONARIO TIENE DERECHO PARA
ACUDIR A CONSULTAS, TRATAMIENTOS Y EXPLORACIONES DE TIPO MÉDICO: no se podrá hacer uso de este derecho por un período superior a 4 horas mensuales. por un periodo superior a 4 horas mensuales. no podrá hacer uso del periodo de 4 horas mensuales por asistencia al médico
para el acompañamiento a consultas médicas de su cónyuge o pareja de hecho. Ninguna de las respuestas es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 26 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, CON MOTIVO DEL TRASLADO O MUDANZA DEL
DOMICILIO HABITUAL, LA FUNCIONARIA/O TENDRÁ DERECHO A UN PERMISO DE: un día natural de duración, coincidente con un máximo de 6 horas de trabajo. un día natural de duración, coincidente con un máximo de 7 horas de trabajo. un día natural de duración, coincidente con un máximo de 8 horas de trabajo. un día hábil de duración, coincidente con un máximo de 7 horas de trabajo. PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, LAS FUNCIONARIAS
EMBARAZADAS TENDRÁN DERECHO A AUSENTARSE DEL TRABAJO: para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, por
el tiempo necesario para su práctica y previa justificación de la necesidad de su
realización dentro de la jornada de trabajo. para la realización de exámenes prenatales pero no de técnicas de preparación al
parto, por el tiempo necesario para su práctica y previa justificación de la necesidad de
su realización dentro de la jornada de trabajo para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, por el
tiempo necesario para su práctica y posterior justificación de la necesidad de su
realización dentro de la jornada de trabajo. para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, por el
tiempo necesario para su práctica y previa justificación de la necesidad de su realización
dentro o fuera de la jornada de trabajo. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 32 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, El personal funcionario, por lactancia de una hija o hijo menor de diez meses, tendrá
derecho a dos horas diarias de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. El personal funcionario, por lactancia de una hija o hijo menor de nueve meses, tendrá
derecho a una hora diaria de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. El personal funcionario, por lactancia de una hija o hijo menor de doce meses,
tendrá derecho a una hora diaria de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos
fracciones. El personal funcionario, por lactancia de una hija o hijo menor de diez meses, tendrá
derecho a una hora diaria de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. 60.-PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, TENDRÁ DERECHO A
LA REDUCCIÓN DE SU JORNADA LABORAL EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE POR
RAZONES DE GUARDA LEGAL TENGA A SU CUIDADO DIRECTO: alguna o algún menor de catorce años, de persona mayor que requiera especial
dedicación, de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida
alguna, así como madre o padre mayor de 80 años con quien se conviva. a alguna o algún menor de dieciséis años, de persona mayor que requiera especial
dedicación, de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida
alguna, así como madre o padre mayor de 80 años con quien se conviva a alguna o algún menor de dieciséis años, de persona mayor que requiera especial
dedicación, de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida
alguna, así como madre o padre mayor de 85 años con quien se conviva a alguna o algún menor de doce años, de persona mayor que requiera especial
dedicación, de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida
alguna, así como madre o padre mayor de 80 años con quien se conviva. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 35 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EN CASOS REALMENTE EXCEPCIONALES, DE
ENFERMEDAD O ACCIDENTE MUY GRAVES, EN QUE ADEMÁS SEA PRECISO ATENDER
AL CUIDADO DE UNA O UN FAMILIAR DE PRIMER GRADO DE CONSANGUINIDAD QUE
EXIJA UNA ATENCIÓN QUE NO PUEDA PRESTAR OTRA PERSONA O INSTITUCIÓN, EL
PERSONAL FUNCIONARIO TENDRÁ DERECHO A SOLICITAR: una reducción de hasta el 40% de la jornada laboral, con carácter retribuido y por
el plazo máximo de un mes. una reducción de hasta el 50% de la jornada laboral, con carácter retribuido y
por el plazo máximo de un mes una reducción de hasta el 60% de la jornada laboral, con carácter retribuido y por
el plazo máximo de un mes. una reducción de hasta el 50% de la jornada laboral, con carácter retribuido y por
el plazo máximo de dos meses. PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EL PERMISO DE FLEXIBILIDAD
HORARIA permite la incorporación al puesto de trabajo como máximo hasta las 09:00 horas,
debiendo retrasar el horario de la salida en el tiempo suficiente hasta completar la
jornada diaria. permite la incorporación al puesto de trabajo como máximo hasta las 09:30 horas,
debiendo retrasar el horario de la salida en el tiempo suficiente hasta completar la
jornada diaria. permite la incorporación al puesto de trabajo como máximo hasta las 10:00 horas,
debiendo retrasar el horario de la salida en el tiempo suficiente hasta completar la
jornada diaria permite la incorporación al puesto de trabajo como máximo hasta las 09:00 horas,
no pudiendo retrasar el horario de la salida en el tiempo suficiente hasta completar la
jornada diaria. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 39 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EN CASO DE HABER COMPLETADO LOS AÑOS DE
ANTIGÜEDAD QUE SE INDICAN, EL PERSONAL PODRÁ DISFRUTAR DE LOS SIGUIENTES
DÍAS HÁBILES ADICIONALES DE PERMISO RETRIBUIDO, DE ACUERDO CON LAS
SIGUIENTE ESCALA: 15 años de servicio: 2 días hábiles 15 años de servicio: 1 día hábil. 12 años de servicio: 1 día hábil. 18 años de servicio: 1 día hábil. PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, POR RAZON DE
MATRIMONIO PROPIO, O INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO, EL
PERSONAL TENDRÁ DERECHO A UNA LICENCIA DE: 20 días naturales no consecutivos de duración 15 días naturales consecutivos de duración 25 días naturales consecutivos de duración. 20 días naturales consecutivos de duración. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 41 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EL PERMISO POR NACIMIENTO PARA LA MADRE
BIOLÓGICA TENDRÁ UNA DURACIÓN DE 16 semanas, de las cuales seis semanas inmediatas posteriores al parto serán en
todo caso de descanso obligatorio e ininterrumpido 20 semanas, de las cuales seis semanas inmediatas posteriores al parto serán en
todo caso de descanso obligatorio e ininterrumpido 20 semanas, de las cuales cuatro semanas inmediatas posteriores al parto serán en
todo caso de descanso obligatorio e ininterrumpido 20 semanas, de las cuales ocho semanas inmediatas posteriores al parto serán en
todo caso de descanso obligatorio e ininterrumpido. PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, EN EL CASO DE QUE
AMBOS PROGENITORES TRABAJEN Y TRANSCURRIDAS LAS SEIS PRIMERAS SEMANAS
DE DESCANSO OBLIGATORIO, EL PERIODO DE DISFRUTE DEL PERMISO DEL
PROGENITOR DIFERENTE DE LA MADRE BIOLÓGICA POR NACIMIENTO, GUARDA CON
FINES DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO O ADOPCIÓN, PODRÁ LLEVARSE A CABO A
VOLUNTAD DE AQUELLOS: de manera ininterrumpida y ejercitarse desde el inicio del descanso obligatorio
posterior al parto hasta que la hija/o cumpla 12 meses. de manera interrumpida y ejercitarse desde la finalización del descanso
obligatorio posterior al parto hasta que la hija/o cumpla 10 meses. de manera interrumpida y ejercitarse desde la finalización del descanso
obligatorio posterior al parto hasta que la hija/o cumpla 12 meses. de manera interrumpida y ejercitarse desde el inicio del descanso obligatorio
posterior al parto hasta que la hija/o cumpla 10 meses. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 46 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, LA DURACION DEL PERMISO NO RETRIBUIDO POR
ASUNTOS PROPIOS SERÁ POR PERIODOS MINIMOS DE: 7 días naturales consecutivos y su duración acumulada no podrá exceder de 2
meses cada tres años. 7 días naturales no consecutivos y su duración acumulada no podrá exceder de 2 meses cada tres años. 7 días naturales consecutivos y su duración acumulada no podrá exceder de 3
meses cada dos años. 7 días hábiles consecutivos y su duración acumulada no podrá exceder de 3
meses cada dos años. PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, LA FUNCIONARIA EN
ESTADO DE GESTACION TENDRA UN PERMISO RETRIBUIDO: a partir de la semana 37 de embarazo, semana 35 de embarazo en caso de
gestación múltiple. a partir de la semana 36 de embarazo, semana 38 de embarazo en caso de
gestación múltiple partir de la semana 35 de embarazo, semana 34 de embarazo en caso de
gestación múltiple. a partir de la semana 38 de embarazo, semana 36 de embarazo en caso de
gestación múltiple. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 48 DEL TEXTO REFUNDIDO DE ACUERDOS
REGULADORES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE BILBAO, SE CONCEDE PERMISO AL PERSONAL FUNCIONARIO
PARA: acudir a reuniones mensuales con el profesorado de las hijas/os, siempre que no
puedan realizarse fuera de la jornada laboral. acudir a reuniones trimestrales con el profesorado de las hijas/os, siempre que
no puedan realizarse fuera de la jornada laboral acudir a reuniones mensuales con el profesorado de las hijas/os, siempre que
puedan realizarse fuera de la jornada laboral acudir a reuniones trimestrales con el profesorado de las hijas/os, siempre que
puedan realizarse fuera de la jornada laboral. TEMA 13. ORDENANZA DE ESPACIO PÚBLICO
DE CONFORMIDAD CON EL ART. 6 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
¿PUEDE EL AYUNTAMIENTO REVOCAR UNA LICENCIA DE USO DE ESPACIO PÚBLICO? No, ya que al concederla se otorgan derechos subjetivos sobre el espacio en
cuestión, a favor de la persona destinataria. Sí, previa la instrucción de un procedimiento de revisión de oficio. Sí, en cualquier momento, por razones justificadas de interés público. Sí, previa indemnización por los perjuicios que se le ocasionen a la persona que
ha obtenido la autorización. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 6 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
¿CUÁL DE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS NO INTEGRA EL CONTENIDO MÍNIMO QUE HA
DE RECOGER UNA LICENCIA DE OCUPACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO? El compromiso de la asunción de los gastos de conservación y
mantenimiento, impuestos, tasas y demás tributos. El compromiso de la persona beneficiaria, de obtener a su costa cuantas licencias
y permisos requiera la actividad a realizar. Los recursos que se pueden interponer si por causas sobrevenidas no pudiera
desarrollarse la actividad, para solicitar daños y perjuicios La aceptación de la revocación unilateral de la autorización. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 6 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
¿CUÁL ES EL PLAZO MÁXIMO DE DURACIÓN DE UNA LICENCIA CUANDO NO SE SEÑALE
EXPRESAMENTE EN EL DOCUMENTO DE SU OTORGAMIENTO? 4 años, incluidas las prórrogas. 1 año. 4 años, sin incluir las prórrogas 2 años. ¿DEVENGAN TASAS LAS LICENCIAS POR OCUPACIÓN PRIVATIVA DE
ESPACIO PÚBLICO? Siempre están sujetas al previo abono de la tasa municipal Únicamente aquéllas que tengan una duración superior a 6 meses Por lo general sí devengan tasas, salvo algunos supuestos. No devengan tasas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 7 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO
¿CUÁLES SON LOS PLAZOS PARA CURSAR LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE USO
PRIVATIVO DE ESPACIO PÚBLICO? No existe plazo. Se cursarán con una antelación mínima de 30 y máxima de 90 días hábiles a la
fecha de inicio prevista de la ocupación concreta. Se cursarán con una antelación mínima de 30 y máxima de 90 días naturales a la
fecha de inicio prevista de la ocupación concreta. Se cursarán con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de inicio
prevista de la ocupación concreta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 7 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
¿CUÁL ES EL EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO ANTE SOLICITUDES DE
OCUPACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO, NO RESUELTAS EXPRESAMENTE Desestimatorio. Estimatorio. Estimatorio, cuando la solicitud pretende una ocupación inferior a diez metros
cuadrados y por tiempo inferior a cinco días. No opera el silencio, ya que existe la obligación de resolver de forma expresa. PÚBLICO, ¿CUÁL ES EL PLAZO MÁXIMO DE DURACIÓN DE UNA CONCESIÓN se otorgarán por tiempo indeterminado. se otorgarán por tiempo determinado, sin que su plazo máximo de duración
pueda exceder, incluidas las prórrogas de 75 años. se otorgarán por tiempo determinado, sin que su plazo máximo de duración
pueda exceder, incluidas las prórrogas de 50 años se otorgarán por tiempo determinado, sin que su plazo máximo de duración
pueda exceder, excluidas las prórrogas de 75 años. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 9 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, SON
CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LAS CONCESIONES Y AUTORIZACIONES: Rescate de la concesión, sin derecho a indemnización, o revocación unilateral de
la autorización Caducidad por incumplimiento grave Desafectación del bien. Ninguna de las respuestas es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 11 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO El Ayuntamiento se halla en situación de supremacía especial sobre las
personas físicas y jurídicas que ostentan título habilitante para utilizar el espacio
público de Bilbao los incumplimientos de las condiciones a las que se sujetaron los títulos
habilitantes darán lugar a la tramitación del procedimiento sancionador de acuerdo
con las formalidades establecidas en la normativa sancionadora general. El Ayuntamiento se halla en situación de supremacía general sobre las personas
físicas y jurídicas que ostentan título habilitante para utilizar el espacio público de
Bilbao Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 17 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
¿QUÉ SE CONSIDERA COMO PRÁCTICA DE BOTELLÓN? El consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, por jóvenes El consumo de bebidas alcohólicas, no procedentes de locales de hostelería, en la
calle o espacios públicos, por un grupo de personas, cuando como resultado de la
concentración de personas, o de la acción de consumo, se pueda causar molestias a las
personas que utilizan el espacio público o a los vecinos. El consumo de bebidas, preferentemente alcohólicas, no procedentes de locales de
hostelería, en la calle o espacios públicos, por un grupo de personas, cuando como
resultado de la concentración de personas, o de la acción de consumo, se pueda causar
molestias a las personas que utilizan el espacio público o a los vecinos. El consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos, cuando conlleve el abandono
masivo de residuos en espacios públicos. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 19 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, LAS
ACTUACIONES MUSICALES EN LA CALLE NO REQUERIRÁN DE AUTORIZACIÓN CUANDO
SUS INTÉRPRETES CUMPLAN LAS SIGUIENTES CONDICIONES Las actuaciones se realizarán en horario de 9 a 14 horas y de 17 a 21 horas, y no podrán
tener una duración superior a los 60 minutos Transcurrido dicho plazo, su intérprete, o grupo, elegirá un nuevo punto de la vía
pública, donde proseguir su actuación, pudiendo repetir la actuación en el mismo punto
y día. No podrán ubicarse en aquellos puntos de la vía pública en los que se hallen instaladas
terrazas de hostelería y similares, y podrán requerir la aportación de donativos,
debiendo limitarse a situar junto a ellos el oportuno recipiente donde pueda ser hecha la
liberalidad Las actuaciones se realizarán en horario de 10 a 15 horas y de 17 a 22 horas, y no
podrán tener una duración superior a los 45 minutos. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 21 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, Los y las menores de 14 años, bajo la exclusiva responsabilidad de las personas que
ostenten su patria potestad, podrán utilizar las zonas peatonales, plazas y parques de
Bilbao, para circular en bicicleta, monopatín, patines y similares cuando el número de
personas concurrentes en dichos espacios lo permita. Cuando sean menores de 7 años podrán circular por las aceras en bicicleta, al cargo
de una persona mayor de edad, a condición de hacerlo al mismo paso que las personas,
y sin causar molestias a éstas Los y las menores de 13 años, bajo la exclusiva responsabilidad de las personas que
ostenten su patria potestad, podrán utilizar las zonas peatonales, plazas y parques de
Bilbao, para circular en bicicleta, monopatín, patines y similares cuando el número de
personas concurrentes en dichos espacios lo permita. Cuando sean menores de 8 años podrán circular por las aceras en bicicleta, al cargo
de una persona mayor de edad, a condición de hacerlo al mismo paso que las personas,
y sin causar molestias a éstas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 23 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, LA
EJECUCIÓN DE LAS OBRAS EN LA VÍA PÚBLICA, YA SEAN MUNICIPALES O NO
MUNICIPALES, ASÍ COMO LA COLOCACIÓN DE ELEMENTOS AUXILIARES DE LAS OBRAS
AUTORIZADAS EN VIRTUD DE LICENCIA URBANÍSTICA, O ACTO EQUIVALENTE,
EXPEDIDA POR ESTE AYUNTAMIENTO DE BILBAO, DEBERÁN REALIZARSE CON ENTERA
OBSERVACIÓN DE LAS CONDICIONES FIJADAS AL RESPECTO EN LOS
CORRESPONDIENTES PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS Y LICENCIAS MUNICIPALES,
SIN PERJUICIO DE RESPETARSE, EN TODO CASO, LAS SIGUIENTES CONDICIONES: cuando las obras afecten a itinerarios peatonales, se garantizará su accesibilidad con
un paso mínimo de 1,50m., y cuando las aceras tengan un ancho inferior a tal medida,
se garantizará un paso igual a esta anchura. los elementos de andamiaje que se arriostren con elementos de altura inferior a 2,20m los contenedores y sacas afectos a estas obras deberá colocarse fuera de los
itinerarios peatonales. Todas las respuestas son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 26 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO PÚBLICO,
¿QUÉ SE ENTIENDE POR ACTIVIDADES CÍVICAS, CULTURALES, LÚDICAS, DEPORTIVAS Y
SIMILARES? Se promueven sin ánimo de lucro por personas físicas o jurídicas, en el espacio
público de Bilbao. No están sujetas a previa autorización municipal. Por razón de la intensidad o peligrosidad, en su caso, del uso del espacio público que
las mismas representan, al afectar al normal desarrollo de los usos comunes del espacio
público, requieren de comunicación previa para su realización. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 32 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, EN
RELACIÓN A LAS AUTORIZACIONES DE TERRAZAS: sólo se concederán a los establecimientos de hostelería y asimilados debidamente
legalizados, teniendo éstos derecho preexistente a su instalación y tienen carácter
reglado. sólo se concederán a los establecimientos de hostelería y asimilados debidamente
legalizados, teniendo éstos derecho preexistente a su instalación y tienen carácter
discrecional la suspensión temporal o definitiva de la terraza por razones de interés público
preferente no dará lugar a indemnización, sin perjuicio de devolverse
proporcionalmente las tasas que por la utilización del dominio público hubieran sido
cobradas. la suspensión temporal o definitiva de la terraza por razones de interés público
preferente dará lugar a indemnización, sin perjuicio de devolverse proporcionalmente
las tasas que por la utilización del dominio público hubieran sido cobradas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 33 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, LAS
SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE TERRAZAS: se realizarán en general dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre y 15
de diciembre del ejercicio anterior, previa convocatoria municipal al efecto, salvo cuando
se refieran a temporadas de terraza de duración inferior al año, en cuyo caso deberán
realizarse con una antelación mínima de un mes con respecto a la fecha de inicio de la
respectiva temporada. se realizarán en general dentro del periodo comprendido entre el 15 de octubre y
10 de diciembre del ejercicio anterior, previa convocatoria municipal al efecto, salvo
cuando se refieran a temporadas de terraza de duración inferior al año, en cuyo caso
deberán realizarse con una antelación mínima de un mes con respecto a la fecha de
inicio de la respectiva temporada. se realizarán en general dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre y 15
de diciembre del ejercicio anterior, previa convocatoria municipal al efecto, salvo cuando
se refieran a temporadas de terraza de duración inferior al año, en cuyo caso deberán
realizarse con una antelación mínima de dos meses con respecto a la fecha de inicio de
la respectiva temporada. se realizarán en general dentro del periodo comprendido entre el 15 de octubre y 30
de diciembre del ejercicio anterior, previa convocatoria municipal al efecto, salvo cuando
se refieran a temporadas de terraza de duración inferior al año, en cuyo caso deberán
realizarse con una antelación mínima de dos meses con respecto a la fecha de inicio de
la respectiva temporada. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 36 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, LAS
TERRAZAS DE HOSTELERÍA SE AUTORIZARÁN POR LAS SIGUIENTES TEMPORADAS: Temporada larga, del 1 de abril al 30 de noviembre. Temporada media, del 1 de abril al 30 de septiembre. Temporada media, del 1 de mayo al 31 de octubre. Temporada corta de verano, del 1 de junio al 31 de agosto. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 40 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, EL
HORARIO DE MONTAJE DE LAS TERRAZAS: se iniciará a las 8 horas, el de su funcionamiento a las 8.30 horas, y concluirá a las
23 horas. Los viernes, sábados y vísperas de fiestas, dicho horario de cierre se
incrementará en una hora. se iniciará a las 8 horas, el de su funcionamiento a las 9 horas, y concluirá a las 22
horas. Los viernes, sábados y vísperas de fiestas, dicho horario de cierre se incrementará
en dos horas. desde el 15 de junio al 15 de octubre dicho horario de cierre se incrementará en una
hora. Por último toda terraza de hostelería podrá aumentar en dos horas el horario de cierre
durante las fiestas de “Aste Nagusia”, salvo los viernes, sábados y vísperas de fiesta
incluidos en dicho periodo festivo en los que el incremento horario se limitará a 1 hora. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 44 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, LAS
TERRAZAS Y VELADORES SE SUJETARÁN A LAS SIGUIENTES CONDICIONES DE
OCUPACIÓN: De 2,80m. a 4m. se mantendrá un itinerario peatonal libre de 2 m. La anchura de
terraza será desde 50cm a 150 cm. De 4,01m. a 5m. se mantendrá un itinerario peatonal libre de 2,50 m. La anchura de
terraza será desde 170cm a 250 cm. De 5,01m. a 6,30m. se mantendrá un itinerario peatonal libre de 3,00 m. La anchura
de terraza será desde 170cm a 300 cm. Mas de 6,30m. se mantendrá un itinerario peatonal libre de 4 m. La anchura de terraza
será a partir de 200cm y no más de 4m. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 48 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
SÓLO SE ADMITIRÁN TERRAZAS Y VELADORES: en una calle peatonal de cuatro (4) metros de ancho mínimo estarán dispuestas de forma que dejen un itinerario peatonal libre de obstáculos y
permitan el paso de vehículos de protección civil, ambulancia, limpieza, etc., con una
anchura mínima de dos con cincuenta (2,5) metros. la ocupación máxima del ancho de vía no superará el 50% de la misma. En las calles peatonales de anchura igual o superior a diez (10) metros se
garantizará un itinerario peatonal permanente, libre de cualquier obstáculo, con ancho
no inferior a cinco (5) metros, en cada alineación de fachada y/o uno central, según las
condiciones del mobiliario urbano. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 54 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, LOS TIPOS
DE VENTA AMBULANTE SON: Puestos fijos de temporada: son las agrupaciones de puestos de venta que se instalan
en espacios públicos no predeterminados con ocasión de ferias, fiestas o eventos urbanos
de toda naturaleza. Mercadillos periódicos: son las agrupaciones de puestos de venta, que con carácter
tradicional o de nueva implantación, tienen lugar en determinados y concretos
espacios públicos, durante un día a la semana. Mercadillos ocasionales: son las agrupaciones de puestos de venta, que con carácter
tradicional o de nueva implantación, tienen lugar en determinados y concretos espacios
públicos, durante un día a la semana. Mercadillos periódicos: son los puestos singulares de venta que se instalan en diversos
puntos del espacio público de Bilbao con carácter de temporada para la comercialización
de determinados artículos. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 60 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO, LAS
PERSONAS AUTORIZADAS TIENEN DERECHO A: Ser sustituidas, por causa de su fallecimiento o jubilación, en la titularidad de la
autorización por su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el correspondiente registro,
o familiar de 1º ó 2º grado, por consanguinidad o afinidad, quienes deberán cumplir las
formalidades y requisitos exigidos en la Ordenanza. La sustitución, que no requerirá de reconocimiento municipal, estará vigente hasta
agotar el plazo pendiente de vencimiento de la autorización. La persona sustituta podrá
ser sustituida. Ser sustituidas, únicamente por causa de su fallecimiento, en la titularidad de la
autorización por su cónyuge, o familiar de 1º grado, por consanguinidad o afinidad,
quienes deberán cumplir las formalidades y requisitos exigidos en la Ordenanza. La sustitución, que en todo caso requerirá del formal reconocimiento municipal,
tendrá un periodo de vigencia de un año hasta un máximo de cuatro (4) años. La persona
sustituta podrá ser sustituida. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 62 Y 63 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO
PÚBLICO, El mercadillo de Bolueta se ubica en la calle Telleria del distrito de Otxarkoaga y tiene
lugar los sábados, en horario de venta de 9 a 15 horas. El mercadillo cuenta con espacio señalizado para ubicar 244 puestos de venta de
5 metros de frente por 1,5 metros de fondo. El mercadillo de Bolueta se ubica en la calle Telleria del distrito de Begoña y
tiene lugar los domingos, en horario de venta de 9 a 14 horas. El mercadillo cuenta con espacio señalizado para ubicar 243 puestos de venta de
4,5 metros de frente por 2 metros de fondo. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 64 A 67 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO
PÚBLICO, El mercadillo de Otxarkoaga se ubica en la Avda. de Julián Gaiarre y tiene lugar los
miércoles, en horario de venta de 9 a 15 horas. El mercadillo de Otxarkoaga cuenta con espacio señalizado para ubicar 103
puestos de venta de 4 metros de frente por 1,5 metros de fondo. El mercadillo de Zorroza y se ubica en la c/ Fray Juan junto al ferial y tiene lugar los
jueves, en horario de venta de 9 a 15 horas. El mercadillo de Zorroza cuenta con espacio señalizado para ubicar 50 puestos
de venta de 5 metros de frente por 1,5 metros de fondo. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 68 A 71 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO
PÚBLICO, El mercadillo de la Plaza Nueva del Casco Viejo se ubica en el recinto de la misma y
tiene lugar los domingos, en horario de venta de 9 a 14 horas. El mercadillo de la Plaza Nueva del Casco Viejo cuenta con espacio señalizado para
ubicar 48 puestos de venta de diferentes medidas, desde dos a ocho metros cuadrados El mercadillo de flores del Arenal se ubica bajo los tinglados existentes en el
Muelle del Arenal y tiene lugar los domingos, en horario de venta de 9 a 14 horas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 72 A 73 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO
PÚBLICO, El mercadillo de San Mamés se ubica en la c/ Felipe Serrate, junto al campo de fútbol Tiene lugar los días de partido, en horario de venta de 14 a 22 horas. El mercadillo cuenta con espacio señalizado para ubicar 15 puestos de venta de 3
metros de frente por 2 metros de fondo, desde dos a ocho metros cuadrados. Todas las respuestas son correctas. DE CONFORMIDAD CON LA SECCIÓN 1ª DEL CAPITULO III DE LA ORDENANZA DEL
ESPACIO PÚBLICO, SON MERCADOS OCASIONALES ORGANIZADOS MEDIANTE
CONVENIO: La feria de Santo Tomás, La Feria del Libro de Novedades y la del Libro Antiguo y de
Ocasión y La Feria de Artesanía. La feria de Santo Tomás, La Feria de Artesanía y el Mercadillo de Navidad. La feria de Santo Tomás, el Mercadillo de Navidad y el Mercadillo de Aste Nagusia. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 76-78 Y 80 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO
PÚBLICO, La feria de Santo Tomás tiene lugar el 21 de diciembre. El horario de venta es de 8 a
22 horas, pudiéndose comenzar la preparación de los puestos y de las mercancías objeto
de venta a partir de las 7.00 horas. La Feria del Libro de Novedades y la del Libro Antiguo y de Ocasión tienen lugar,
respectivamente, durante la primavera y el otoño en el ámbito del Arenal, o espacio
análogo. El horario de venta es de 9 a 21 horas. La Feria de Artesanía tiene lugar durante el periodo de las Fiestas Navideñas, del
19 de diciembre al 6 de enero del ejercicio siguiente, y se ubica en las proximidades
del Teatro Arriaga o en el ámbito del Arenal o espacio análogo. El horario de venta es
de 11 a 14 horas y de 17 a 21 horas. El mercadillo de navidad tiene lugar durante el periodo de las Fiestas Navideñas, del
1 de diciembre al 6 de enero del ejercicio siguiente y se ubica en la c / Bailén, frente a la
estación, o espacio análogo. El horario de venta es de 9 a 21 horas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 124 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
CONSTITUYE INFRACCION LEVE: La no retirada del mobiliario del exterior, una vez finalizada la jornada laboral, en los
términos establecidos en la presente ordenanza. La falta de colocación del cartel identificativo de las obras que se acometan en el
espacio público o que lo afecten por razón del emplazamiento en el espacio público de
sus elementos auxiliares. La instalación de una terraza en periodo de tiempo diferente del autorizado. La colocación o emplazamiento de la terraza de forma diferente de la autorizada. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 125 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
CONSTITUYE INFRACCION GRAVE: La falta grave de respeto, mediante injurias, ofensas o amenazas a Inspectores/as
y Agentes de la Policía Local. El ejercicio de la venta ambulante sin contar con la preceptiva licencia municipal. La instalación de mesas, sillas, sombrillas, toldos, etc. que contengan publicidad. El reparto fuera del horario o de los días autorizados. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 126 DE LA ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO,
CONSTITUYE INFRACCION MUY GRAVE: La falta de respeto, coacción o amenaza al público y transeúntes, y las mismas
conductas y la resistencia a la autoridad municipal, sus agentes o personal funcionario
en el cumplimiento de sus funciones. La falta de comunicación preceptiva y previa de la colocación de un contenedor al
amparo de una autorización o licencia de vigencia anual. El incumplimiento de las condiciones específicas que se hayan contemplado en el
otorgamiento de la autorización. Incumplir las obligaciones, las instrucciones o los apercibimientos recibidos por
parte del Servicio de Inspección del Espacio Público. TEMA 14.- LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN
LOCAL: EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES (ART. 15 AL 18). REAL DECRETO
1690/1986, DE 11 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE POBLACIÓN
Y DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES: PADRÓN MUNICIPAL
(ART. 53 AL 80).
DE CONFORMIDAD CON EL ART. 15 DE LA LEY 7/1985, REGULADORA DE LAS BASES
DEL REGIMEN LOCAL, ¿ES OBLIGATORIA LA INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE
HABITANTES? Únicamente están obligadas las personas que tengan la nacionalidad española. Están obligadas las personas nacionales de los países que conforman la Unión
Europea. Están obligadas las personas nacionales de los países que conforman el
espacio Schengen Están obligadas todas las personas que vivan en España. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 15 DE LA LEY 7/1985, REGULADORA DE LAS BASES
DEL REGIMEN LOCAL, ¿CUÁNDO SE ADQUIERE LA CONDICIÓN DE VECINO/A DE UN
MUNICIPIO? Al cumplirse la mayoría de edad. En el momento de la inscripción en el censo electoral. En el momento de la inscripción en el padrón municipal. En el momento de la inscripción en el registro civil. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 16 DE LA LEY 7/1985, REGULADORA DE LAS BASES
DEL REGIMEN LOCAL, ¿QUIÉNES HAN DE RENOVAR LA INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN Y
EN QUÉ PLAZO? Todas las personas inscritas han de renovarla cada cuatro años. Todas las personas inscritas han de renovarla cada seis años. Las personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia, cada
cuatro años. Las personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia, cada
dos años. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 18 DE LA LEY 7/1985, REGULADORA DE LAS BASES
DEL REGIMEN LOCAL, SEÑALE CUÁL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS NO CONSTITUYE
UN DERECHO DE LAS PERSONAS VECINAS DE UN MUNICIPIO. Exigir el establecimiento de un servicio público cuando compete a la
Administración Autonómica. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo previsto en las leyes Utilizar los servicios públicos municipales. Pedir una consulta popular. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 16 DE LA LEY 7/1985, REGULADORA DE LAS BASES
DEL REGIMEN LOCAL, ¿QUÉ DOCUMENTO TENDRÁ CARÁCTER DE DOCUMENTO
PÚBLICO Y FEHACIENTE PARA TODOS LOS EFECTOS ADMINISTRATIVOS? Los volantes del padrón donde consten los datos padronales. Las certificaciones del padrón donde consten los datos padronales. Los actos administrativos que resuelvan expedientes contradictorios en materia
padronal. La tarjeta del censo electoral. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓN Y
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, ¿CON QUÉ FRECUENCIA
HAN DE REMITIR LOS AYUNTAMIENTOS AL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA LAS
VARIACIONES DE LOS DATOS PADRONALES? Mensualmente. Trimestralmente. Al comienzo de cada semestre anual. No es obligatorio hacerlo. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 75 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓN Y
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, ¿CUÁL ES LA
ADMINISTRACIÓN COMPETENTE PARA MANTENER ACTUALIZADA LA NOMENCLATURA
DE LAS VÍAS PÚBLICAS? Las Diputaciones Forales. El Gobierno Vasco, a través de la Delegación de Tráfico. Los Ayuntamientos. La Administración General del Estado, a través de la Jefatura Provincial de Tráfico. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 17 DE LA LEY 7/1985, REGULADORA DE LAS BASES
DEL REGIMEN LOCAL, EL CONSEJO DE EMPADRONAMIENTO DESEMPEÑARÁ LAS
SIGUIENTES FUNCIONES: Elevar a la decisión del Presidente del Instituto Nacional de Estadística propuesta
vinculante de resolución de las discrepancias que surjan en materia de
empadronamiento entre Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos
insulares o entre estos entes y el Instituto Nacional de Estadística. Informar, con carácter vinculante, las propuestas que eleve al Gobierno el Presidente
del Instituto Nacional de Estadística sobre cifras oficiales de población de los municipios
españoles. Proponer la aprobación de las instrucciones técnicas precisas para la gestión de los
padrones municipales. Todas las respuestas anteriores son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 17 DE LA LEY 7/1985, REGULADORA DE LAS BASES
DEL REGIMEN LOCAL, EL CONSEJO DE EMPADRONAMIENTO: es un órgano colegiado de colaboración entre la Administración General del Estado y
los Entes Locales en materia padronal estará formado por representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma
y de los Entes Locales. El Consejo funcionará únicamente en Pleno, existiendo en cada provincia una Sección
Provincial. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 57 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓN Y
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, LA INSCRIPCIÓN EN EL
PADRÓN MUNICIPAL CONTENDRÁ COMO OBLIGATORIOS SÓLO LOS SIGUIENTES DATOS
DE CADA VECINO: Nombre y apellidos, nacionalidad y número de teléfono. Nombre y apellidos, número de documento nacional de identidad o, tratándose de
extranjeros, del documento que lo sustituya, y designación de las personas que pueden
representar a cada vecino ante la Administración municipal a efectos padronales. Nombre y apellidos, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, y número de
documento nacional de identidad o, tratándose de extranjeros, del documento que lo
sustituya. Nombre y apellidos, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento y número de teléfono. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 70 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓN Y
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, CUANDO UNA PERSONA
CAMBIE DE RESIDENCIA: deberá solicitar presencialmente ante el Consejo de Empadronamiento, su alta en
el padrón del municipio de destino deberá solicitar por escrito su alta en el padrón del municipio de destino deberá solicitar por escrito, su baja en el padrón del municipio de origen. deberá solicitar por cualquier medio admitido, su baja en el padrón del municipio
de origen. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 70 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓN Y
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, ANTE UNA SOLICITUD DE
CAMBIO DE RESIDENCIA, EL PADRÓN DEL MUNICIPIO DE DESTINO: la remitirá al municipio de procedencia en los diez últimos días del mes
siguiente, donde se dará de baja en el padrón al vecino trasladado sin más trámite. la remitirá al municipio de procedencia en los diez primeros días del mes
siguiente, donde se dará de baja en el padrón al vecino trasladado sin más trámite. la remitirá al municipio de procedencia en los quince primeros días del mes
siguiente, donde se dará de baja en el padrón al vecino trasladado sin más trámite. la remitirá al municipio de procedencia en los quince últimos días del mes
siguiente, donde se dará de baja en el padrón al vecino trasladado sin más trámite. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 74 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓN Y
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, CORRESPONDERÁ AL
PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA LA RESOLUCIÓN DE: las discrepancias que por este motivo surjan entre los Ayuntamientos,
Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares o entre estos entes y el
Instituto Nacional de Estadística, previa propuesta del Consejo de Empadronamiento. las discrepancias que por este motivo surjan entre los Ayuntamientos, Diputaciones
Provinciales, las Comunidades Autónomas uniprovinciales o entre estos entes y el
Instituto Nacional de Estadística, previa propuesta del Consejo de Empadronamiento. las discrepancias que por este motivo surjan entre los Ayuntamientos, Diputaciones
Provinciales, las Comunidades Autónomas uniprovinciales o entre estos entes y el
Instituto Nacional de Estadística, previa propuesta del Ministerio de Economía y
Hacienda. las discrepancias que por este motivo surjan entre los Ayuntamientos, Diputaciones
Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares o entre estos entes y el Instituto Nacional de
Estadística, previa propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 77 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓN Y
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, Con el fin de alcanzar la concordancia del padrón municipal con la realidad, los
Ayuntamientos deberán realizar sistemáticamente operaciones de muestreo y control,
que deberán acentuarse en aquellos sectores susceptibles de una mayor movilidad de los
habitantes. Periódicamente deberán llevar a cabo operaciones de campo para comprobar la
verdadera situación del empadronamiento y para actualizar sus datos, con especial
incidencia en las zonas donde se hayan concedido licencias municipales para nuevas
urbanizaciones, nuevas construcciones, demoliciones, etc., informando de sus resultados
al Instituto Nacional de Estadística. El Instituto Nacional de Estadística apoyará técnicamente a los Ayuntamientos que lo
soliciten en el diseño y ejecución de las operaciones de mantenimiento y comprobación
del padrón municipal. Todas las respuestas anteriores son correctas. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 76 DEL REGLAMENTO DE POBLACIÓNY
DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES, CON QUÉ FRECUENCIA
REVISARÁN LOS AYUNTAMIENTOS LA RELACIÓN DE ENTIDADES Y NÚCLEOS DE
POBLACIÓN Y LA DIVISIÓN EN SECCIONES DEL TÉRMINO MUNICIPAL?: al menos una vez al semestre. al menos una vez al trimestre al menos una vez al año. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.