Administrativo - Tema 34 Ley 1/2023
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Título del Test:![]() Administrativo - Tema 34 Ley 1/2023 Descripción: 1 - Potestad sancionadora de las Administraciones Publicas |



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¿En qué ámbito de aplicación de la ley no se podrá imponer una sanción sin haberse tramitado el procedimiento correspondiente?. En el ámbito de aplicación de la presente ley. En el ámbito de aplicación de la legislación de tráfico. En el ámbito de aplicación de la legislación penal. En el ámbito de aplicación de la legislación laboral. ¿Cómo se iniciarán los procedimientos sancionadores?. De oficio por acuerdo del órgano competente. Por iniciativa de personas interesadas. Como consecuencia de petición razonada de otros órganos o denuncia. Todas las anteriores. ¿Qué puede abrir el órgano competente antes del inicio del procedimiento sancionador?. Un periodo de información o actuaciones previas. Una investigación penal. Un juicio oral. Ninguna de las anteriores. ¿Qué se entiende por 'propia iniciativa'?. La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las circunstancias, conductas o hechos por el órgano competente. La solicitud de un ciudadano. Una orden superior. Una denuncia anónima. ¿Qué es una 'orden superior'?. La emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente. Una solicitud de un ciudadano. Una denuncia anónima. Una decisión judicial. ¿Qué debe expresar la orden en la medida de lo posible?. La persona o personas responsables. Las conductas o hechos que pudieran constituir infracción administrativa. El lugar, la fecha, fechas o periodo de tiempo continuado en que los hechos se produjeron. Todas las anteriores. ¿Qué se entiende por 'iniciativa de personas interesadas'?. La realizada por iniciativa de las personas o colectivos indicados en el artículo 30 de la presente ley. Una orden superior. Una denuncia anónima. Una decisión judicial. ¿Qué debe contener la petición razonada de otros órganos?. El relato de los hechos que pudieran constituir infracción. Su tipificación. La fecha, fechas o periodo de tiempo continuado en que se produjeron. Todas las anteriores. ¿Qué ocurre si se presenta una petición razonada?. No vincula al órgano competente, pero debe comunicar la decisión y los motivos. Vincula al órgano competente a iniciar el procedimiento. Se inicia automáticamente el procedimiento. Se archiva directamente. ¿Qué es una denuncia?. El acto por el que cualquier persona pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un hecho. Una petición razonada. Una orden superior. Una decisión judicial. ¿Qué deben expresar las denuncias?. La identidad de la persona o personas que las presentan. El relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración. La fecha de la comisión de los hechos. Todas las anteriores. ¿Qué medidas puede adoptar la Administración respecto a la identidad del denunciante?. Medidas de protección de la identidad, si el denunciante lo solicita. No adoptar ninguna medida. Revelar la identidad del denunciante. Todas las anteriores. ¿Qué ocurre si la denuncia invoca un perjuicio en el patrimonio de las administraciones públicas y no se inicia el procedimiento?. La no iniciación deberá ser motivada y se notificará a las personas denunciantes. El procedimiento se inicia automáticamente. Se archiva sin más trámite. Se remite a la autoridad judicial. ¿Qué ocurre si el denunciante ha participado en la comisión de la infracción?. El órgano competente debe eximir al denunciante del pago de la multa. El denunciante es sancionado. El procedimiento se archiva. Se abre un procedimiento penal. ¿La presentación de una denuncia confiere la condición de persona interesada?. No, por sí sola. Sí, automáticamente. Depende de la gravedad de la infracción. Solo si lo solicita expresamente. ¿A qué se sujetarán las denuncias interpuestas por personas interesadas?. A las normas del artículo siguiente, junto con lo previsto en este artículo. A las normas del artículo anterior. A las normas de la legislación penal. A las normas del artículo 30. ¿Cómo podrán iniciarse los procedimientos sancionadores, además de por denuncia?. A instancia de parte interesada según el artículo 30 de la presente ley. Por orden judicial. Por solicitud de un particular no interesado. De oficio por el instructor. ¿Qué debe contener la solicitud de apertura de un procedimiento sancionador?. Debe ser motivada y contener los extremos exigidos por el apartado 2 del artículo anterior. Solo la identificación del solicitante. Solo los hechos sin motivación. Ninguna de las anteriores. ¿A quién se dará traslado de la solicitud y qué plazo tienen para alegar?. A las personas que aparezcan como presuntas responsables; plazo común de diez días. Solo al denunciante; plazo de cinco días. A cualquier persona; plazo de quince días. A nadie; el instructor decide directamente. ¿Qué ocurre con la identidad de la persona denunciante a petición suya?. Se protegerá. Se revelará. Se hará pública. Se decidirá según el instructor. ¿Cuándo se inadmitirá la solicitud?. Cuando no contenga con la claridad necesaria los extremos señalados. Cuando carezca notoriamente de fundamento. Cuando se presente por quien no es persona interesada. Todas las anteriores. ¿Qué hará el órgano si entiende que la solicitud es inadmisible?. Lo expresará en resolución motivada. La archivará sin más. Lo comunicará al denunciante. Lo remitirá a otra administración. ¿Se pueden iniciar nuevos procedimientos sancionadores por hechos que persisten?. No, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora. Sí, siempre. Sí, si lo autoriza el superior jerárquico. Solo si es una falta muy grave. ¿Qué debe incluir el acuerdo de iniciación?. La identificación de la persona o personas presuntamente autoras y demás personas responsables. La identificación de la víctima. Los hechos que motivan la incoación del procedimiento. Todas las anteriores. ¿Quién es la persona encargada de instruir el procedimiento y qué debe indicarse?. Se debe indicar expresamente su régimen de recusación. Solo el nombre del instructor. El nombre del instructor y su número de teléfono. El instructor no es relevante. ¿Qué se indicará en el acuerdo de iniciación respecto al órgano competente?. El órgano competente para la resolución del procedimiento y la norma que le atribuye la competencia. La posibilidad de reconocimiento voluntario de responsabilidad. La posibilidad de terminación por conciliación. Todas las anteriores. ¿Qué derechos se indican en el acuerdo de iniciación?. El derecho a formular alegaciones y a la audiencia en el procedimiento y de los plazos para su ejercicio. El derecho a recurrir. El derecho a la asistencia letrada. Todas las anteriores. ¿A quién se comunicará el acuerdo de iniciación?. A quien haya de instruir el caso, a la persona inculpada y demás interesados. Solo al instructor. Solo al denunciante. Solo a la víctima. ¿Qué plazo tienen las personas inculpadas para aportar alegaciones?. Quince días. Diez días. Un mes. No tienen plazo. ¿Qué se acompañará al acuerdo de iniciación?. La solicitud de apertura del procedimiento, la denuncia o la petición razonada. Solo la denuncia. Solo la solicitud. Ninguno de los anteriores. ¿Qué efecto tiene la notificación que no reúne los requisitos?. Solo surtirá efecto para la persona afectada a partir de la fecha en que se subsane. Es nula de pleno derecho. Tiene plenos efectos desde el principio. Se repite el procedimiento desde el inicio. ¿Cómo se realizarán los actos de instrucción?. De oficio y a través de medios electrónicos o en papel por el órgano que tramite el procedimiento. Solo por medios electrónicos. Solo en papel. Por el instructor sin más. ¿En qué forma se practicarán los actos de instrucción que requieran la intervención de las personas interesadas?. En la forma que resulte más conveniente para ellas y sea compatible con sus obligaciones laborales. Como decida el instructor. Solo de forma presencial. Siempre por escrito. ¿Qué debe hacer el órgano instructor para lograr el pleno respeto a los principios de contradicción?. Adoptar las medidas necesarias. Ignorar las alegaciones de los interesados. Actuar de forma unilateral. Ninguna de las anteriores. ¿Cuándo podrán las personas interesadas aducir alegaciones y aportar documentos?. En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia. Solo en el trámite de audiencia. Solo al inicio del procedimiento. Solo si lo autoriza el instructor. ¿Qué pueden alegar las personas interesadas en todo momento?. Los defectos de tramitación. La infracción de los plazos. La omisión de trámites que pueden ser subsanados. Todas las anteriores. ¿Cuándo se abrirá un periodo probatorio?. Cuando lo solicite alguna de las personas interesadas con proposición de medios de prueba concretos. Cuando el órgano instructor lo considere necesario. Cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos alegados. Todas las anteriores. ¿Cuál es la duración del periodo probatorio?. Treinta días hábiles. Quince días hábiles. Un mes natural. Lo que determine el instructor. ¿Qué debe contener la propuesta de instrucción si estima que existe infracción?. Los hechos que considere probados. Las personas que considere responsables. Los preceptos tipificadores de infracciones. Todas las anteriores. ¿Qué debe contener la propuesta de instrucción si estima que no existe infracción o responsabilidad?. La declaración formal y motivada de la renuncia a usar la facultad prevista. La determinación de si tal estimación se debe a una valoración probatoria o a una apreciación jurídica. La propuesta de absolución. Todas las anteriores. ¿Cuándo el órgano instructor pondrá fin al procedimiento?. Cuando durante la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto la concurrencia de alguna de las circunstancias. Cuando lo decida el superior jerárquico. Cuando lo solicite el interesado. Nunca. ¿Qué plazo tienen las personas interesadas para formular alegaciones?. Quince días. Diez días. Un mes. Lo que determine el instructor. ¿Cuándo se puede prescindir del trámite de audiencia?. Cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas. Si lo solicita el interesado. Si lo autoriza el superior jerárquico. Nunca. ¿Qué ocurre si la propuesta de resolución contiene modificaciones?. Se otorgará a las personas interesadas un nuevo plazo de diez días para formular alegaciones. Se dicta la resolución sin más. Se remite al superior jerárquico. Se archiva el expediente. ¿Por qué puede el órgano instructor acortar o reducir los plazos?. En atención a la menor gravedad de los hechos considerados y al número y escasa complejidad de las cuestiones jurídicas implicadas. Por la dificultad del procedimiento. Por la complejidad de la infracción. Por la mala fe del interesado. ¿Cuál es el plazo máximo de las actuaciones complementarias?. Quince días. Diez días. Un mes. Lo que determine el instructor. ¿Qué debe decidir la resolución?. Sobre todas las cuestiones planteadas por las personas interesadas y aquellas otras derivadas del procedimiento. Solo sobre las alegaciones de la defensa. Solo sobre las pruebas aportadas. Nunca puede decidir sobre ninguna cuestión. ¿Puede el órgano competente variar la relación de hechos expresada en la propuesta de resolución?. Sí, si la variación proviene del trámite de audiencia final o de las actuaciones complementarias. Nunca. Solo con autorización judicial. Solo si beneficia al instructor. ¿Qué ocurrirá si en la resolución se tratan cuestiones conexas no planteadas?. El órgano deberá conceder un plazo para alegaciones. La resolución será nula. Se denegará la resolución. El procedimiento se reinicia. ¿En qué plazo se debe notificar la resolución?. En el plazo de diez días. En el plazo de quince días. En el plazo de un mes. No existe plazo. ¿Cuándo será ejecutiva la resolución?. Cuando adquiera firmeza en la vía administrativa. Cuando se notifique al interesado. Cuando lo decida el instructor. Nunca. ¿Cuándo se podrá suspender cautelarmente la resolución?. Cuando la persona interesada manifieste su intención de interponer recurso contencioso-administrativo. Cuando el instructor lo considere oportuno. Si lo solicita la víctima. Nunca se podrá suspender. ¿Qué ocurre si la persona infractora reconoce su responsabilidad?. Se podrá resolver el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda. Se archiva el procedimiento. Se remite a la autoridad judicial. Se inicia un nuevo procedimiento. ¿Qué se aplicará si la sanción es únicamente pecuniaria y se paga voluntariamente antes de la resolución?. La terminación del procedimiento. La aplicación de un recargo. La apertura de un procedimiento penal. La continuación del procedimiento. ¿Cuándo se produce la caducidad?. Si la resolución no se notifica en el plazo de seis meses desde la iniciación. Si la resolución no se dicta en el plazo de un año. Si lo solicita el interesado. Nunca. ¿En qué plazo deben resolverse los procedimientos simplificados?. En treinta días. En quince días. En un mes. Lo que determine el instructor. |




