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Aduanero 3

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Título del Test:
Aduanero 3

Descripción:
Aduanero 3

Fecha de Creación: 2022/05/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 37

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1.- El Código aduanero de la Unión establece un plazo de caducidad para las deudas de 3 años y la Ley General Tributaria un plazo de prescripción de 4 años. En una importación se devengan derechos arancelarios, derechos antidumping e IVA a la importación. ¿Qué plazo de extinción se aplicará?: Al haberse liquidado todos los conceptos tributarios en una misma declaración, sólo puede aplicarse un plazo, que será el que elija el importador. Tanto a los derechos arancelarios, como a los derechos antidumping y al IVA, se les aplicará siempre un plazo de caducidad de 3 años, puesto que es el plazo más beneficioso para el importador. A los derechos arancelarios, a los derechos antidumping y al IVA se les aplicará un plazo de prescripción de 4 años, ya que, al haberse presentado la declaración en España, se aplica únicamente la normativa nacional. A los derechos arancelarios y a los derechos antidumping, se les aplicará un plazo de caducidad de 3 años, y al IVA, el plazo de prescripción de 4 años.

2.-En lo relativo a la deuda aduanera de importación, teniendo en cuenta el artículo 77 del código aduanero de la Unión, señale la afirmación incorrecta: Nacerá una deuda aduanera de importación al incluirse las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a derechos de importación en el régimen aduanero de despacho a libre práctica, incluso con arreglo a las disposiciones del destino final. Nacerá una deuda aduanera de importación al incluirse las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a derechos de importación en el régimen aduanero de importación temporal, salvo exención parcial de derechos de importación. La deuda aduanera se originará en el momento de la admisión de la declaración en aduana. El declarante será el deudor. En caso de representación indirecta, será también deudora la persona por cuya cuenta se haga la declaración en aduana.

3.- Las deudas aduaneras serán pagadas: Salvo en caso de aplazamiento, en un plazo que no sobrepasará los 10 días desde la notificación al deudor. Solo si se superan los 10 euros de importe. Como máximo a los 10 días de solicitar un aplazamiento. En un plazo general de 30 días desde la notificación al deudor.

4.- Señale cuál de las siguientes afirmaciones relativas al pago del importe de los derechos de importación o exportación es correcta, según lo dispuesto en los artículos 108 a 110 del código aduanero de la Unión: Los importes de los derechos de importación o de exportación, correspondientes a una deuda aduanera notificada de conformidad con el artículo 102 serán pagados por el deudor en el plazo establecido por las autoridades aduaneras, que no podrá ser inferior a 30 días en ningún caso. El pago se efectuará en metálico o por cualquier otro medio que tenga un poder liberatorio similar, incluido un ajuste de la compensación de créditos, de conformidad con la legislación nacional. El pago no podrá ser efectuado por una tercera persona en lugar del deudor, a menos que sea su representante. Las autoridades aduaneras autorizarán el aplazamiento del pago de los derechos exigibles previa solicitud de la persona interesada sin necesidad de constitución de una garantía.

5.- En general, las deudas aduaneras: Se notificarán en la forma que determine o solicite cada deudor. Se notificarán al deudor en la forma establecida en el lugar en el que haya nacido la deuda. No requieren la notificación expresa al deudor, y el levante de las mercancías siempre puede considerarse equivalente a la notificación. Solo deben notificarse, cuando pueda hacerse sobre la base de una decisión adoptada en conformidad con el artículo 33 del código aduanero de la Unión.

6.- Señale cuál es la afirmación correcta: Los operadores económicos establecidos en el TAU se registrarán ante las autoridades aduaneras responsables del lugar de origen de las mercancías. Los operadores económicos que NO están establecidas en el TAU, se registrarán ante las autoridades aduaneras responsables del lugar en el que estén. El número de registro e identificación de los operadores económicos (EORI) es un número de identificación, único en el toda la Unión Europea. El número de registro e identificación de los operadores económicos (EORI) es un número de identificación, diferente para cada estado miembro.

7.- En relación con el derecho de retención, el código aduanero de la Unión establece: Cuando la inclusión de mercancías en un régimen aduanero implique el nacimiento de una deuda aduanera, el levante de las mercancías no estará supeditado al pago del importe de los derechos de importación o de exportación correspondiente a la deuda aduanera. La retirada de la mercancía importada del recinto aduanero no está condicionada al pago previo de los impuestos devengados o su garantía. Cuando antes del levante de las mercancías que sean objeto de una solicitud de contingente arancelario, el contingente en cuestión no se considere crítico, el levante de las mercancías estará supeditado a la constitución de una garantía. Cuando la inclusión de mercancías en un régimen aduanero implique el nacimiento de una deuda aduanera, el levante de las mercancías estará supeditado al pago del importe de los derechos de importación o de exportación correspondiente a la deuda aduanera o a la constitución de una garantía que cubra dicha deuda.

8.- Cuando una declaración en aduana relativa al régimen de despacho a libre práctica, incluso con arreglo a las disposiciones del destino final, o al régimen de importación temporal con exención parcial de derechos de importación, sea formulada sobre la base de una información que lleve a no percibir la totalidad o parte de los derechos exigibles, ¿Qué consecuencias tendrá para la persona que suministró la información requerida para la realización de la declaración y que supiera o debiera razonablemente haber sabido que dicha información era falsa?: Que el declarante será el deudor, pero no quien suministró la información que no tendrá ninguna responsabilidad. Que la derivación de la acción administrativa a los responsables solidarios requerirá la previa declaración de fallido del deudor principal y de los responsables subsidiarios. Que la persona que suministró la información, y/o su representante, pasará/n a tener la condición de investigado/s por vigilancia aduanera, en su condición de policía judicial en sentido estricto. Que la persona que suministró la información será también un deudor.

9.- En relación con el operador económico autorizado, señálese la afirmación incorrecta: Existen dos tipos de autorizaciones no acumulables: operador económico autorizado de simplificaciones aduaneras, y operador económico autorizado de seguridad y protección. Todo operador económico establecido en el territorio aduanero de la Unión que cumpla los criterios dispuestos en la legislación aduanera podrá solicitar el estatuto de operador económico autorizado. Las autoridades aduaneras de todos los Estados miembros reconocerán el estatuto de operador económico autorizado. El operador económico autorizado recibirá un trato más favorable que los demás operadores económicos por lo que respecta a los controles aduaneros.

10.- El aplazamiento del pago de la deuda aduanera: Será concedido de oficio por las autoridades aduaneras cuando el interesado haya presentado una solicitud de condonación de derechos. Se autorizará para un periodo máximo de treinta días, previa constitución de una garantía. Se autorizará para un periodo máximo de treinta días y no requerirá garantía previa. Devengará intereses de demora, desde la fecha de notificación de la concesión del aplazamiento hasta la fecha de su realización.

11.- ¿Cuál de los siguientes supuestos no da lugar al nacimiento de la deuda aduanera de exportación?: Inclusión de las mercancías en el régimen de exportación. Inclusión de las mercancías en el régimen de perfeccionamiento pasivo. Inclusión de las mercancías en el régimen de perfeccionamiento activo. Incumplimiento de las condiciones por las que las mercancías gozaron de una exención de los derechos de exportación a su salida del territorio aduanero de la Unión Europea.

12.- La anotación del importe de los derechos de importación o exportación por parte de las autoridades aduaneras en los registros contables o en cualquier otro soporte que haga las veces de aquéllos, se denomina: Exacción. Liquidación. Devengo. Contracción.

13.- Señale cuál es la afirmación correcta: En la modalidad de representación indirecta, el representante actúa en nombre y por cuenta de otra persona. En la modalidad de representación indirecta, el representante actúa en nombre y por cuenta propia. En la modalidad de representación directa, el representante actúa en nombre y por cuenta de otra persona. En la modalidad de representación directa, el representante actúa en nombre y por cuenta propia.

14.- El tipo de interés de los intereses de demora sobre el importe de los derechos aduaneros desde la fecha en que expire el plazo para el pago hasta la fecha de su realización para los estados miembros cuya moneda sea el euro, será que Banco Central Europeo aplique a sus principales operaciones de refinanciación: Señale respuesta correcta: El primer día del mes de vencimiento incrementado en 25 puntos porcentuales. El primer día del mes de vencimiento incrementado en 2 puntos porcentuales. El primer día del mes de vencimiento incrementado en 4 puntos porcentuales. Reajustado por el tipo de interés medio entre la fecha de expiración y la fecha del pago.

15. -Según lo establecido en el art. 108 del CAU el plazo de pago no podrá ser: De más de 20 días desde la contracción de la deuda. De más de 10 días desde la notificación de la deuda, salvo excepciones. No existe plazo para el pago. De más de 3 años.

16.- Indique uno de los requisitos que se necesitan para poder ser representante aduanero en España: Ostentar licencia de transporte de mercancías. Estar inscrito en el Registro de Representantes Aduaneros del Departamento de Aduanas e II.EE. Acreditar estar establecido en los países fuera de la Unión Europa. Ser administrativo de la empresa importadora.

17.-Según lo establecido en el art. 5 del CAU la deuda aduanera se define como: La obligación de una persona de pagar el importe de los derechos de importación o de exportación aplicables a mercancías específicas con arreglo a la legislación aduanera vigente. La obligación de una persona de pagar el importe de los derechos de importación aplicables a mercancías específicas con arreglo a la legislación aduanera vigente. La obligación de una persona de pagar el importe de los derechos de exportación aplicables a mercancías específicas con arreglo a la legislación aduanera vigente. La obligación de una persona de pagar el importe de los derechos antidumping aplicables a mercancías específicas con arreglo a la legislación aduanera vigente.

18.- Señale cuando se origina la deuda aduanera de importación en el régimen de despacho a libre práctica: En el momento del levante de la mercancía. En el momento de admisión de la declaración en aduana. En el momento de la liquidación de la deuda aduanera. En el momento de la notificación de la deuda aduanera.

19.- Señale quien es deudor en el régimen de despacho a libre práctica: El representante directo. El transportista. El proveedor. El declarante.

20.- El CAU establece que la representación es directa cuando el representante actúe: En nombre propio, pero por cuenta ajena. En nombre ajeno, pero por cuenta propia. En nombre y por cuenta propia. En nombre y por cuenta ajena.

21.- La deuda aduanera de exportación nace al incluirse las mercancías sujetas a derechos al siguiente régimen: A) Perfeccionamiento activo. B) Perfeccionamiento pasivo. C) Tránsito. D) Exportación temporal. Perfeccionamiento activo. Perfeccionamiento pasivo. Tránsito. Exportación temporal.

22.-Según los establecido en el CAU el estatuto de operador económico autorizado consta de diferentes tipos de autorizaciones: señale la respuesta incorrecta : De simplificaciones aduaneras. De protección y seguridad. De simplificaciones aduaneras y de protección y seguridad. Si disfruta de autorización de protección y seguridad no puede hacerlo de simplificaciones aduaneras.

23.- El plazo para el pago del importe de los derechos de importación o de exportación correspondientes a una deuda aduanera, se suspenderá en cualquiera de los siguientes casos: señale la respuesta incorrecta: Cuando se presente una solicitud de condonación de derechos. Cuando la deuda aduanera de importación haya nacido por incumplimiento y haya más de un deudor. Cuando las mercancías tengan que ser decomisadas, destruidas o abandonadas en beneficio del Estado. Cuando la deuda aduanera de importación haya nacido por incumplimiento y haya un solo deudor.

24.-Cuando nazca una deuda aduanera como consecuencia de la admisión de la declaración en aduana de las mercancías para un régimen aduanero distinto de la importación temporal con exención parcial de derechos de importación, o de cualquier otro acto que tenga el mismo efecto jurídico que dicha admisión, las autoridades aduaneras procederán a la contracción del importe de los derechos de importación o de exportación exigibles dentro de los: 45 días siguientes al levante de las mercancías. 10 días siguientes al levante de las mercancías. 14 días siguientes al levante de las mercancías. 30 días siguientes al levante de las mercancías.

25.- Con respecto al aplazamiento de la deuda aduanera y de acuerdo con el art. 111 del CAU, las autoridades aduaneras podrán autorizar el aplazamiento del pago: A solicitud de la persona interesada y previa constitución de una garantía por un período máximo de 30 días. El aplazamiento nunca será a instancia de parte. El aplazamiento será de oficio y no será necesaria la constitución de la garantía. A solicitud de la persona interesada sin ser necesaria la constitución de garantía.

26.- Teniendo en cuenta las disposiciones del Código Aduanero de la Unión, señale cuál de los siguientes NO es un criterio para la concesión del estatuto de Operador Económico Autorizado: Solvencia financiera. Constitución de una garantía global por importe del 5% de su volumen de operaciones correspondiente al período impositivo inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud. Demostración, por el solicitante, de un alto nivel de control de sus operaciones y del flujo de mercancías. Inexistencia de infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera y de la normativa fiscal.

27.-Las autoridades aduaneras, cuando se cumplan ciertos requisitos, autorizarán el aplazamiento del pago de los derechos exigibles durante: 45 días. 30 días. 60 días. 90 días.

28.-La obligación de utilizar un número único de registro (EORI) para los operadores económicos que realicen actividades relacionadas con el ámbito aduanero, tiene por objeto: Que pueda concederse el estatuto de operador económico autorizado a operadores económicos no fiables, para que así puedan serlo. Permitir que las autoridades aduaneras puedan recibir datos antes de la llegada de las mercancías que entran en el territorio español. Identificar y clasificar las mercancías que salen del territorio de la Unión Europea y determinar así el tipo impositivo a aplicar. Permitir que las autoridades aduaneras puedan puedan recibir datos antes de la llegada y la salida de todas las mercancías que entran y salen del territorio aduanero de la Unión Europea.

29.-Conforme a lo dispuesto en el CAU, en el despacho a libre práctica la deuda aduanera de importación se originará en el momento de: La salida efectiva de las mercancías de un territorio distinto del territorio aduanero de la Unión. La entrada efectiva de las mercancías en el territorio aduanero de la Unión. La presentación de la declaración en la aduana. En el momento de la admisión de la declaración en la aduana.

30.-Cuando la deuda aduanera nazca or incumplimiento se percibirá un interés de demora: Desde la fecha en que nación la deuda aduanera hasta su efectivo pago. Desde la fecha en que nación la deuda aduanera hasta la presentación de la mercancía a la aduana. Desde la fecha en que nación la deuda aduanera hasta su notificación. Por incumplimiento no se perciben interés de demora siempre que se demuestre involuntariedad.

31.-Respecto a la recaudación de la deuda aduanera, el art. 109 del Reglamento (UE) 952/2013 por el que se establece el Código Aduanero de la Unión, señala que el pago de los derechos deberá efectuarse: Únicamente en metálico. En metálico o por cualquier otro medio de pago que tenga un poder liberatorio similar, sin incluir un ajuste de la compensación de créditos. En metálico o por cualquier otro medio de pago que tenga un poder liberatorio similar, incluido un ajuste de la compensación de créditos. En ningún caso podrá efectuarse en metálico.

32.-Señale en cual de los siguientes momentos no nace la deuda aduanera por incumplimiento: El momento en que no se cumpla la obligación cuyo incumplimiento de origen a la deuda aduanera. El momento en que se admita una declaración en aduana y se remita la mercancía a control sanitario, sin superar el mismo. El momento en que se admita una declaración, cuando posteriormente se comprueba que no se había cumplido una de las condiciones para la concesión de una exención de derechos. El momento en que se deje de cumplirse la obligación cuyo incumplimiento de origen a la deuda aduanera.

33.-Cuando el nacimiento de la deuda aduanera sea consecuencia de un acto que, en el momento en que fue cometido, fuera susceptible de dar lugar a procedimientos judiciales penales, el plazo general de tres años para notificar una deuda aduanera será ampliado a un plazo: Minimo de tres años y máximo de diez años. Minimo de cinco años y máximo de ocho. Mínimo de cuatro años y máximo de ocho años. Minio de cinco años y máximo de diez años.

34.-De acuerdo con el artículo 77 del CAU, en el supuesto de despacho a libre práctica e importación temporal, la deuda aduanera se originará: En el momento de efectuarse la importación de las mercancías. En el momento de la admisión de la declaración en aduanas. En el momento de concederse el levante de las mercancías. En el momento de presentarse la declaración sumaria.

35.-Cuando la notificación de la deuda aduanera se derive de un control posterior al levante, se percibirá un interés de demora: Desde la fecha en que nació la deuda aduanera hasta la fecha de su notificación. Desde la fecha del limite de pago de la deuda aduanera hasta la fecha de su notificación. Desde la fecha en se notifica la deuda aduanera hasta que la misma se paga por el operador. No se exige ningún interés de demora cuando una deuda aduanera se exija en control a posterori.

36.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 111.1 del CAU,el plazo durante el cual se aplazará el pago de la deuda aduanera será de: 30 días. 45 días. 60 días. 90 días.

37.-En relación con la devolución y condonación de los importes de los derechos de importación y exportación, indique cual de las siguientes afirmaciones no es correcta: En caso de mercancías defectuosas, no se concederá la devolución ni la condonación cuando las mercancías, antes de ser despachadas a libre práctica, se hubieran incluido en un régimen especial para ser sometidas a pruebas a pruebas que permitan detectar que eran defectuosas. Conforme a lo dispuesto en el artículo 119 del CAU, se devolverá o condonará un importe de los derechos de importación o de exportación cuando, como consecuencia de un error cometido por las autoridades competentes, razonablemente detectable por el deudor, el importe correspondiente a la deuda aduanera notificada inicialmente sea inferior al importe exigible. La solicitudes de devolución o condonación, en caso de error de las autoridades competentes, deberán presentarse en el plazo de tres años a partir de la fecha de notificación de la deuda aduanera. La condonación de los derechos de importación o de exportación es un a de las formas de extinción de la deuda aduanera reconocidas en el CAU.

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