advto t.1
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Título del Test:![]() advto t.1 Descripción: administrativo 2 UNED |




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Zanobini define el acto administrativo como. a) Algunas manifestaciones de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizada por la Administración Pública en sus relaciones con los particulares. Las manifestaciones de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizadas por la Administración Pública en sus relaciones con los particulares. Toda manifestación de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizada por la Administración Pública en el ejercicio de una potestad administrativa. Son autores de los actos administrativos. Los poderes públicos. Las Administraciones Públicas. Algunas Administraciones Públicas. Los actos administrativos. Sólo pueden tener por destinatarios a los particulares. Pueden tener a otra administración por destinataria. En ningún caso podrán tener a otra administración por destinataria. Según el TS, los actos políticos o de gobierno son únicamente. Los que realiza cualquier Administración. Los de las administraciones o autoridades inferiores y el gobierno. Los del Consejo de Ministros. Cuál es la diferencia entre acto político puro y acto cuasi-político. El primero no afecta a derechos fundamentales ni debe adecuarse a elementos reglados ni da origen a responsabilidades patrimonial del Estado. El segundo es aquel que, conforme a la legislación no está limitado por las circunstancias que son enjuiciables por la JCA. Ninguna de las dos es cierta. La regulación actual de nuestro ordenamiento jurídico sobreentiende que sigue existiendo el acto político puro como aquel acto que no afecta a derechos fundamentales ni debe adecuarse a elementos reglados ni da origen a responsabilidad patrimonial del Estado. verdadero. falso. no existe el acto politico puro. La discrecionalidad técnica se refiere a. A la libertad de apreciación de la que dispone la Administración Pública cuando decide sobre una cuestión de interés general que afecta a la técnica. La dificultad técnica de la valoración de algunos asuntos administrativos requiere de los especiales conocimientos y científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de profesionales de la Administración. Las técnicas que ha de utilizar la Administración para resolver los asuntos que le atañen mediante los correspondientes actos administrativos. Con el término de "discrecionalidad técnica" nos referimos en el Derecho Administrativo a. La especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos respecto a los cuales el juez ha de tener formación. La especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos y científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de profesionales de la Administración y que resultan totalmente ajenos a la formación jurídica de los jueces. la especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos y científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de profesionales de la Administración y sobre los que dichos profesionales han de resolver. La legislación confirma la existencia de la potestad discrecional cuando dispone que la Administración. Tiene libertad de llevar a cabo una determinada actividad y también cuando le abre la posibilidad de optar entre diversas soluciones en función de su voluntad. Podrá llevar a cabo determinada actividad y también cuando le abre la posibilidad de optar entre diversas soluciones en función de criterios de oportunidad. Podrá llevar a cabo determinada actividad y también cuando le abre la posibilidad de optar entre diversas soluciones en función de criterios de legalidad. En relación a los actos jurídicos indeterminados. El TS los define como aquellos de definición normativa necesariamente imprecisa a la que ha de otorgarse alcance y significación específicos a la vista de unos hechos concretos. El juez puede fiscalizar la aplicación de la ley, valorando si la solución a la que se ha llegado es la única solución justa que la ley permite. las dos anteriores son correctas. En la aplicación de los conceptos jurídicos indeterminados. El margen de apreciación con el que cuenta la Administración le permite optar entre varias respuestas o soluciones al caso, puesto que estos conceptos jurídicos indeterminados no intentan delimitar un supuesto concreto. La administración puede elegir entre varias alternativas igualmente justas. Sólo cabe una única respuesta o solución al caso concreto. La investigación judicial sobre el buen uso de las potestades discrecionales ha de versar sobre. Exclusivamente los elementos reglados de la competencia, procedimiento y fin público del acto. Exclusivamente sobre el buen uso de los elementos discrecionales del acto. Además de sobre los elementos reglados de la competencia, procedimiento y fin público del acto, debe referirse a los hechos determinantes y al respeto de los principios generales del derecho como el de proporcionalidad y buena fe. Los actos administrativos que no causan estado. Son aquellos que agotan la vía administrativa y pueden ser judicialmente impugnados. Son aquellos que no expresan de manera definitiva la voluntad de la organización administrativa en que se producen porque contra los mismos puede y debe interponerse un recurso ante el superior jerárquico del órgano que los dictó o ante otro órgano, antes de acudir a la vía judicial. c) Son las resoluciones de los recursos de alzada. Ejemplos de actos que no causan estado serían: Las resoluciones de los recursos de alzada. Aquellas resoluciones de órganos administrativos que carecen de superior jerárquico, salvo que una ley establezca lo contrario. Aquellos contra los que puede y debe interponerse recurso ante el superior jerárquico que los dictó, o ante otro órgano judicial, antes de acudir a la vía judicial. Agotan la vía administrativa (art. 114 LPAC). Las resoluciones de los recursos de alzada. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una ley establezca lo contrario. Las dos respuestas anteriores son correctas. Son actos consentidos o firmes: Los recurribles por vía administrativa y judicial. Los recurribles solo por vía judicial, por haberse agotado la vía administrativa. Los que no son recurribles por estar vetados por ciertos plazos, para su impugnación por vía administrativa y judicial. El acto administrativo reproductorio y confirmatorio es aquel (art. 28 LJCA). Que reitera, por reproducción o por confirmación, otros anteriores firmes y consentidos. Que reitera, por reproducción o por confirmación, otros anteriores que no son firmes. Que reitera, por reproducción o por confirmación, otros anteriores que no han sido consentidos por los particulares interesados. Los actos reproductorios son aquellos que: a) Pueden ser impugnados a través de una nueva petición. Son aquellos que resuelven actos anteriores que aún no habían sido resueltos en vía administrativa. No deben recoger ninguna novedad respecto del anterior acto firme y consentido. ¿Qué es un acto definitivo?. Es el que no se puede recurrir. Es el que pone fin al procedimiento administrativo. Es el dictado por la Administración en vía de recurso exclusivamente. Los actos de gravamen. Deben estar siempre motivados y pueden tener efectos retroactivos. b) Deben estar siempre motivados y, en ningún caso, puede reconocérseles efectos retroactivos. Deben estar siempre motivados y, en ningún caso, pueden ser revocados. Un acto administrativo de gravamen puede revocarse salvo que (art. 109 LPAC. La revocación constituya un trato favorable para el administrado que pueda ser contrario al ordenamiento jurídico. La revocación no sea de actos que constituyan errores materiales de la Administración. La revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico. La estimación por silencio administrativo tiene la consideración de (art. 24.1 LPAC. Un acto administrativo que finaliza el procedimiento. Un acto administrativo de trámite. Un acto que permite a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso administrativo que resulte procedente. La desestimación por silencio administrativo tiene la consideración de (art. 24.1 LPAC). Un acto administrativo que finaliza el procedimiento. Un acto administrativo de trámite. Un acto que permite a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso administrativo que resulte procedente. En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, el vencimiento del plazo sin haberse notificado una resolución expresa, legitima al interesado o interesados que hubieran deducido la solicitud para (art. 24.1 LPAC). Entenderla siempre estimada. Entenderla siempre desestimada por silencio negativo. Entenderla estimada por silencio administrativo, con la excepción de algunos supuestos. Respecto al silencio administrativo en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, una de las siguientes afirmaciones es correcta (art. 24.3.b). En los casos desestimación por silencio, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración con vinculación al sentido del silencio. En los casos de estimación por silencio, la resolución posterior a la producción del acto presunto podrá no ser confirmatoria del mismo. En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio. Usted solicita al Ayuntamiento de su municipio que coloque un paso de peatones frente a la puerta de su vivienda. Si transcurre el plazo máximo que tiene la Administración para resolver sin que a usted le hayan notificado resolución expresa (art. 24.1 LPAC. Podría entender la solicitud estimada. Podría entender su solicitud desestimada. En este supuesto concreto, al ser excepcional, habría que esperar la resolución expresa del ayuntamiento. En los procedimientos sancionadores, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa (art. 25.1 b) LPAC). Permite a los interesados entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo. Permite a los interesados entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. Produciría la caducidad. En relación a la competencia indique cuál de las siguientes afirmaciones es falsa. Se define como la aptitud que se confiere a un órgano de la AP para emanar determinados actos jurídicos en nombre de ésta, pero no es un elemento fundamental. El quantum o extensión de las competencias a los titulares de los órganos se mide en función de la materia, del territorio y la jerarquía. Las dos anteriores son ciertas. En relación a la competencia indique cuál de las siguientes afirmaciones es verdadera. El orden de las competencias no es susceptible de acuerdos o convenios entre los titulares de los órganos. b) La competencia es renunciable en los supuestos de abstención y recusación. La competencia no puede ser modificada en todo momento sin la audiencia previa de sus titulares y de las personas interesadas en el mantenimiento de la misma. La no abstención del titular de un órgano administrativo en los casos en los que proceda dará lugar (art. 24.5 LRJSP). A la nulidad de pleno derecho de los actos en los que haya intervenido. A la anulación de todos los actos en los que haya intervenido. a responsabilidad, pero no implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en los que haya intervenido. El régimen de los presupuestos jurídicos supone que. La Administración siempre tiene la obligación de explicar ante el Juez, cuando el acto es impugnado, los motivos de su decisión. La Administración no tiene la obligación, cuando el acto es impugnado, de explicar ante e. Las dos respuestas anteriores son falsas. La desviación de poder. Es una noción cercana al abuso de derecho previsto en el art. 7.2 CC. Es un ejercicio de la competencia con una finalidad distinta de la que justificó su atribución legal, pero no conlleva la anulación del acto. Las dos respuestas anteriores son falsas. La diferencia entre la causa jurídica y los móviles del acto administrativo está en que. No existe ninguna diferencia entre una y otros porque son lo mismo. La causa jurídica, presupuestos de hecho o motivo legal constituyen la justificación objetiva de la decisión, mientras que los móviles expresan el fin que se propone el autor del acto cuando ejercita la competencia. La causa jurídica expresa el fin que se propone el autor del acto cuando ejercita la competencia, mientras que los móviles son la justificación objetiva de la decisión. Cuál de estos vicios podría constituir una desviación de poder? (art. 48 LPAC). La realización por la Administración de graves irregularidades formales para alcanzar un fin distinto al exigido por la norma. La adopción de un acto administrativo por un órgano incompetente. La adopción de un acto administrativo por una persona que actúa como autoridad o funcionario pero cuyo nombramiento no es válido. En relación a los elementos del acto administrativo indica la afirmación verdadera. La doctrina española clasifica los elementos en: subjetivos, objetivos, formales e informales. Los elementos esenciales del acto administrativo son el sujeto, el objeto, la voluntad, la causa y el contenido. Los elementos accidentales del acto administrativo son: el término, la condición y el modo. …………….. es el momento, ordinariamente un día determinado, a partir del cual debe comenzar la eficacia del acto. La condición. El término. el modo. ……………… es el momento, ordinariamente un día determinado, a partir del cual debe comenzar o cesar la eficacia del acto. la condicion. el termino. el modo. La cláusula que subordina el comienzo o la cesación de los efectos de un acto al cumplimiento de un suceso fortuito o incierto, es lo que denominamos. la condicion. el termino. el modo. ….......... es una carga específica impuesta a la persona en cuyo interés se ha dictado el acto, por la cual se le exige un determinado comportamiento del que depende la posibilidad de disfrutar de los beneficios del acto. el termino. el modo. la condicion. Señale la respuesta correcta (art. 36.1 LPAC). Se producen por escrito a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma. Los actos administrativos se producirán o consignarán por escrito cuando su naturaleza o circunstancias no exijan otra forma más adecuada de expresión o constancia. El órgano administrativo competente no podrá acordar refundir en un único acto, una serie de actos administrativos que deba dictar y que sean de la misma naturaleza. Señale la respuesta correcta. La forma de declaración de los actos administrativos debe ser siempre la escrita para que quede constancia y prueba de su contenido. Los actos administrativos se producirán o consignarán por escrito cuando su naturaleza o circunstancias no exijan otra forma más adecuada de expresión o constancia. El órgano administrativo competente no podrá acordar refundir en un único acto, una serie de actos administrativos que deba dictar y que sean de la misma naturaleza. Un requisito imprescindible de la motivación de los actos administrativos es que dicha motivación sea (art. 35.1 LPAC). Una sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho que sea suficiente. Una sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho que no sea breve. Una sucinta referencia de los fundamentos de derecho tenidos en cuenta para la adopción de la resolución. La motivación del acto administrativo es (art. 35.1 LPAC. Una justificación detallada de los hechos y fundamentos de derecho del acto. Una justificación pormenorizada de los fundamentos de derecho en que se justifica la resolución. Una sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho. Toda notificación ha de contener (art. 40.2 LPAC. La sucinta referencia de los hechos y fundamentos de derecho tenidos en cuenta en la resolución del asunto con indicación de si es o no definitivo en vía administrativa, los recursos que procedan, órgano y plazo ante el que ha de interponerse. La sucinta referencia de los fundamentos de derecho tenidos en cuenta para la adopción de la resolución. El texto íntegro de la resolución con indicación de si es o no definitivo en vía administrativa, los recursos que procedan, órgano y plazo ante el que ha de interponerse. A Pedro M. le notifican una resolución sin indicarle si es o no definitiva en vía administrativa ni tampoco los recursos que contra ella procedan (art. 40.3 LPAC. Sería una notificación nula de pleno derecho al producir indefensión. Sería una notificación defectuosa pero convalidable. La notificación carecería de validez, y sería necesario repetirla para que el acto pudiera tener efectos. La notificación de los actos administrativos (art. 41 LPAC. Se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. La notificación será electrónica en los casos en los que exista obligación de relacionarse de esta forma con la Administración. Las dos respuestas anteriores son verdaderas. Señale la respuesta falsa (art. 41 LPAC). Reglamentariamente, las AP podrán imponer la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas. Adicionalmente, el interesado podrá identificar un dispositivo electrónico y/o una dirección de correo electrónico para la práctica de notificaciones, pero no para los avisos. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la notificación se practicará por el medio señalado al efecto por aquel. No se efectuaran por medios electrónicos (art. 41 LPAC). Las notificaciones que vayan acompañadas de elementos que no sean susceptibles de conversión en formato electrónico. Las notificaciones que contengan medios de pago a favor de los obligados. Las dos respuestas anteriores son ciertas. La notificación de un acto administrativo (art. 41.5 LPAC). Cuando sea rechazada por el interesado se hará constar en el expediente, dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento. Si es defectuosa, el acto carece de eficacia, sin que nuestro ordenamiento jurídico permita que este vicio sea convalidable. Si no se puede practicar en el lugar designado por el interesado, por no hallarse éste presente en el momento de entregarse la notificación, se hará constar dicho extremo en el expediente, y se tendrá por efectuado el trámite. En relación a la práctica de la notificación en papel de los actos administrativos (art. 42 LPAC). Deberán ser puesta a disposición del interesado en la sede electrónica de la AP u organismo actuante para que pueda acceder a ellas de forma voluntaria. Podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de dieciséis años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si el segundo intento también resultara infructuoso, se hará constar dicho extremo en el expediente, y se tendrá por efectuado el trámite. El plazo en que debe iniciarse la notificación de un acto (art. 40.2 LPAC). Es de 10 días a partir de la fecha en el que el acto fue dictado. Es de 15 días a partir de la fecha en que el acto fue dictado. Es de 1 mes a partir de la fecha en que el acto fue dictado. La notificación de un acto administrativo. Puede ser rechazada por el interesado. es defectuosa, el acto carece de eficacia, sin que nuestro ordenamiento jurídico permita que este vicio sea convalidable. Si no se puede practicar en el lugar designado por el interesado, por no hallarse éste presente en el momento de entregarse la notificación, se hará constar dicho extremo en el expediente, y se tendrá por efectuado el trámite. Si el interesado rechaza la notificación. Se hará constar esta circunstancia en el expediente y se repetirá por una sola vez dentro de los tres días siguientes. Se hará constar en el expediente especificándose las circunstancias del intento de notificación, y se tendrá por efectuado el trámite siguiéndose el procedimiento. Se hará constar esta circunstancia en el expediente y se repetirá dos veces más dentro de los tres días siguientes. Para que la AP pueda utilizar medios telemáticos / electrónicos en sus notificaciones es obligatorio que (art. 41.3 y 43.2 LPAC). La Administración previamente notifique al administrado advirtiéndole de que, en lo sucesivo, las notificaciones serán por los medios telemáticos previstos en las normas. El interesado haya señalado dicho medio como preferente o haya consentido su utilización. El interesado notifique por escrito a la Administración señalando su preferencia por estos medios. La notificación del acto administrativo mediante tablón de anuncios, se permite cuando (art. 45.4 LPAC. Los interesados en un procedimiento son desconocidos, se ignora el lugar de la notificación o el medio, o bien, cuando se intenta la notificación y no se ha podido practicar. Los interesados han designado este medio para ser notificados. Los interesados en un procedimiento son conocidos pero se ignora el lugar en que ha de serles notificada la decisión. |