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AGUA 2 ESPECIFICO 48

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Título del Test:
AGUA 2 ESPECIFICO 48

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TEMA 48

Fecha de Creación: 2026/10/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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¿Cuál de las siguientes afirmaciones es CORRECTA respecto al régimen y alcance de los principios presupuestarios en la Constitución Española y la doctrina del Tribunal Constitucional?. El principio de universalidad presupuestaria impide que cualquier entidad u organismo público dependiente mantenga un presupuesto estimativo de explotación y capital fuera del presupuesto administrativo general. El principio de legalidad presupuestaria consagrado en el artículo 134.1 CE no ostenta reserva de ley estricta para la creación o modificación sustantiva de tributos, pudiendo la Ley de Presupuestos crear tributos generales si existe previsión en una ley de bases. Conforme al artículo 134.7 CE y la reiterada jurisprudencia constitucional, la Ley de Presupuestos Generales no puede crear tributos ex novo, pero sí puede modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea, derivándose de ello el principio de seguridad jurídica y limitación del contenido eventual de la ley presupuestaria. El principio de prioridad absoluta del pago de la deuda pública introducido en el artículo 135 CE opera de forma subsidiaria respecto a los créditos presupuestarios vinculados al gasto social y de personal de la Administración.

En relación con el principio de especialidad cualitativa, cuantitativa y temporal regulado en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), señale la correcta: Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la que hayan sido autorizados, si bien los créditos declarados ampliables y los de compromiso vinculan siempre al nivel de capítulo en todo el presupuesto. Los créditos autorizados en el estado de gastos tienen carácter limitativo, no pudiendo adquirirse compromisos de gasto ni reconocerse obligaciones por cuantía superior a su importe, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos que infrinjan dicha limitación. El principio de especialidad temporal determina que con cargo a los créditos consignados en el presupuesto solo pueden contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones y servicios realizados en el ejercicio corriente o en los dos inmediatamente anteriores mediante convalidación de Pleno. El nivel de vinculación jurídica de los créditos de gasto viene fijado de forma indisponible e inderogable a nivel de concepto por el artículo 165 del TRLRHL, no admitiéndose modulación alguna por las Bases de Ejecución del Presupuesto.

De acuerdo con el artículo 164 del TRLRHL y la normativa concordante del Real Decreto 500/1990, ¿cuál de las siguientes opciones define de manera rigurosa la composición e integración del Presupuesto General de una Entidad Local?. El Presupuesto General se integra única y exclusivamente por el presupuesto de la propia Entidad Local y el de sus organismos autónomos de carácter administrativo, rigiéndose las entidades públicas empresariales por presupuestos meramente informativos no sujetos a consolidación. El Presupuesto General contendrá el presupuesto de la propia Entidad, el de los organismos autónomos dependientes y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local. Las sociedades mercantiles con participación pública minoritaria (inferior al 50%) deben integrarse preceptivamente en el estado consolidado de gastos e ingresos del Presupuesto General mediante agregación proporcional a su porcentaje accionario. El Presupuesto General de la Entidad Local debe formularse y aprobarse de manera fragmentada e independiente para cada ente dependiente, sin que proceda la elaboración de estados de consolidación presupuestaria ni de equilibrio conjunto.

Respecto a la clasificación de los gastos en el presupuesto de las Entidades Locales y la regla general de vinculación jurídica de los créditos presupuestarios, artículo 165 del TRLRHL y artículo 29 del RD 500/1990, señale la afirmación CORRECTA: La clasificación por programas agrupa los créditos según la naturaleza económica del gasto, dividiéndose en operaciones corrientes, de capital y financieras. Salvo que las Bases de Ejecución del Presupuesto dispongan otra cosa, la vinculación jurídica de los créditos se produce a nivel de concepto en los capítulos de gastos corrientes y a nivel de artículo en los gastos de inversión. Con carácter supletorio a lo dispuesto en las Bases de Ejecución, los créditos de gastos se encuentran vinculados a nivel de área de gasto y capítulo económico para los capítulos 1, 2, 3 y 4, y a nivel de artículo para el capítulo 6. Salvo que las Bases de Ejecución establezcan una vinculación diferente, los créditos para gastos quedarán vinculados a nivel de aplicación presupuestaria, entendiéndose por tal la conjunción de la clasificación por programas y la clasificación económica al nivel de desagregación en que se apruebe el presupuesto (subconcepto o concepto).

A tenor de lo establecido en el artículo 168 del TRLRHL, ¿cuál de los siguientes documentos NO forma parte de la documentación preceptiva que debe unirse formalmente al Presupuesto General de la entidad local para su tramitación y aprobación plenaria?. Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el presupuesto vigente. Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del mismo. Informe de fiscalización previa limitada del órgano de control externo correspondiente sobre el proyecto presupuestario. Informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, así como la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones.

En el procedimiento de elaboración y tramitación del Presupuesto General de la Entidad Local, ¿cuál es el régimen jurídico y alcance del informe de la Intervención previsto en el artículo 168.4 del TRLRHL?. Es un informe preceptivo y determinante que fiscaliza de forma integral el proyecto presupuestario, debiendo pronunciarse necesariamente sobre el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, la regla de gasto y el límite de deuda pública. Es un informe facultativo que solo se emite a solicitud motivada de al menos una tercera parte de los concejales del Pleno. Si el informe de Intervención resultara desfavorable (con reparo suspensivo), el Presidente no podrá remitir el proyecto al Pleno bajo ningún concepto, produciéndose la paralización del procedimiento hasta subsanación total. Dicho informe sustituye a la Memoria del Alcalde/Presidente y tiene carácter vinculante respecto a la dotación cuantitativa de los créditos para gastos corrientes.

Conforme a los plazos y reglas procedimentales del artículo 169 del TRLRHL, ¿cuál es la secuencia legalmente exigida para la aprobación y entrada en vigor del Presupuesto General?. Aprobado inicialmente por el Pleno, se expondrá al público previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial, por quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El proyecto debe aprobarse inicialmente por la Junta de Gobierno Local y someterse a información pública por 15 días y 8 más antes de su remisión al Pleno de la corporación. Si durante el plazo de exposición pública no se hubiesen presentado reclamaciones, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo plenario expreso, procediéndose a su publicación resumida por capítulos en el Boletín Oficial correspondiente. La interposición de reclamaciones durante el periodo de exposición pública produce ipso iure la prórroga automática del presupuesto del ejercicio anterior, quedando en suspenso el nuevo presupuesto hasta resolución judicial firme.

El artículo 170 del TRLRHL regula de forma restrictiva la legitimación y causas de impugnación contra la aprobación inicial del Presupuesto General. Señale cuál de las siguientes afirmaciones se adecua con rigor a dicho precepto: Cualquier ciudadano de la Unión Europea residente o no en el término municipal ostenta acción pública popular para impugnar el presupuesto por cualquier infracción genérica del ordenamiento jurídico. Únicamente están legitimados para formular reclamaciones contra el presupuesto quienes tengan la condición de concejales o diputados provinciales con dedicación exclusiva. Únicamente tienen la consideración de interesados los habitantes en el término de la respectiva entidad local, los que resulten directamente afectados aunque no habiten en él, y los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios. Constituye causa válida de reclamación alegar la inoportunidad política del reparto de las inversiones o la falta de conveniencia social de las subvenciones nominativas acordadas por el Pleno.

¿Cuál es el régimen jurídico aplicable a la impugnación judicial del Presupuesto General definitivamente aprobado según el artículo 169.6 del TRLRHL?. Contra la aprobación definitiva del presupuesto cabe recurso potestativo de reposición ante el Pleno con carácter preceptivo y previo a la vía contencioso-administrativa. Contra la aprobación definitiva del presupuesto solo cabrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos regulados por la ley de dicha jurisdicción. La interposición del recurso contencioso-administrativo suspenderá por sí sola y de forma automática la eficacia y ejecución del presupuesto aprobado. Si el Tribunal anula el presupuesto por defecto de forma, la entidad local incurre de inmediato en disolución del Pleno de conformidad con la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En el supuesto de que al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el nuevo presupuesto de la Entidad Local, ¿cuál es el alcance y la limitación jurídica material de la prórroga presupuestaria según el artículo 169.6 del TRLRHL y los artículos 21 y 22 del RD 500/1990?. Se prorroga automáticamente la totalidad del presupuesto anterior en su versión inicial aprobada, excluyendo únicamente los créditos de gastos de personal que deban incrementarse conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La prórroga presupuestaria requiere un acuerdo motivado del Pleno adoptado por mayoría absoluta antes del 31 de diciembre del ejercicio inmediatamente anterior. Se considerará automáticamente prorrogado el presupuesto del ejercicio anterior hasta la aprobación del nuevo, pero la prórroga no afectará a los créditos para gastos que correspondan a servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o cuya financiación estuviera vinculada a ingresos afectados ya realizados o que hayan dejado de percibirse. Durante la prórroga presupuestaria no pueden tramitarse modificaciones de crédito, debiendo subsistir inalterable la estructura del presupuesto prorrogado hasta la aprobación definitiva del nuevo presupuesto.

En relación con las Bases de Ejecución del Presupuesto como norma reguladora de la gestión presupuestaria local, señale la proposición jurídicamente CORRECTA: Las Bases de Ejecución pueden modificar con carácter indefinido los preceptos del TRLRHL en materia de transferencias de crédito, siempre que medie acuerdo adoptado por mayoría absoluta del Pleno corporativo. Tienen carácter reglamentario y vigencia temporal vinculada exclusivamente al ejercicio económico correspondiente, pudiendo contener normas de adaptación a la organización de la entidad, niveles de vinculación jurídica y procedimientos para la tramitación de expedientes de gasto. Las Bases de Ejecución pueden alterar la clasificación económica por conceptos y subconceptos establecida en la Orden ministerial por la que se regula la estructura presupuestaria de las entidades locales. Las Bases de Ejecución constituyen un documento potestativo cuya no inclusión en el expediente de aprobación inicial no invalida el procedimiento presupuestario plenario.

Respecto a la articulación documental del personal en el Presupuesto General de la entidad local, ¿cuál de las siguientes opciones describe con exactitud el régimen legal del Anexo de Personal y su relación con la Plantilla y la RPT?. La aprobación del presupuesto general determina de forma automática e inexcusable la aprobación y modificación sustantiva de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), al ser ambos instrumentos de idéntica naturaleza jurídica. El Anexo de Personal debe comprender exclusivamente al personal funcionario de carrera con plaza en propiedad, quedando excluidos el personal laboral fijo, el eventual y el personal interino. La Plantilla de personal, comprensiva de todas las plazas reservadas a funcionarios, personal laboral y eventual, debe aprobarse anualmente con ocasión de la aprobación del Presupuesto General, sin perjuicio de las dotaciones y cuantificaciones económicas reflejadas en el Anexo de Personal. El Anexo de Personal puede aprobarse de forma desvinculada del presupuesto en cualquier sesión ordinaria del Pleno a lo largo del ejercicio económico sin necesidad de información pública.

En relación con los límites cuantitativos y temporales aplicables a los compromisos de gasto de carácter plurianual regulados en el artículo 174 del TRLRHL, señale la afirmación CORRECTA: El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos no podrá ser superior a cuatro, imputándose a los ejercicios posteriores importes que no excedan del 70% en el primer ejercicio, 60% en el segundo, y 50% en el tercero y cuarto, calculados sobre el crédito inicial a nivel de vinculación jurídica. El número de ejercicios futuros a los que pueden comprometerse gastos no tiene limitación temporal siempre que exista informe de suficiencia financiera emitido por la Intervención. Los porcentajes máximos fijados en la ley son inderogables en todo caso, no pudiendo el Pleno corporativo alterarlos bajo ninguna circunstancia. Podrán adquirirse compromisos plurianuales para el capítulo 1 (gastos de personal) sin limitación alguna a fin de garantizar la fijeza en el empleo público local.

¿Cuál es la interpretación técnico-jurídica correcta del principio de equilibrio presupuestario exigible al Presupuesto General de las Entidades Locales?. Se exige un equilibrio puramente contable o formal, siendo válido un presupuesto con déficit inicial siempre que quede amortizado en la liquidación. Cada uno de los presupuestos que integran el Presupuesto General deberá aprobarse sin déficit inicial, sin perjuicio del cumplimiento de las reglas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera que resulten aplicables. El equilibrio presupuestario únicamente se exige para el presupuesto de la entidad local principal, admitiéndose que los organismos autónomos y sociedades públicas mercantiles aprueben previsiones de pérdidas o déficit iniciales no compensados. El déficit inicial está legalmente amparado si se financia mediante concertación de operaciones de crédito a largo plazo destinadas a gastos de personal e intereses corrientes.

tenor del artículo 169.4 del TRLRHL, una vez aprobado definitivamente el Presupuesto General por el Pleno, ¿a qué administraciones y órganos debe remitirse copia del mismo y qué consecuencias acarrea su omisión?. Debe remitirse exclusivamente al Tribunal de Cuentas antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente al que corresponda el presupuesto. Copia del presupuesto definitivamente aprobado se remitirá a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma simultáneamente al envío del resumen para su publicación en el Boletín Oficial, no pudiendo el Delegado del Gobierno ni la Comunidad Autónoma suspender su entrada en vigor salvo requerimiento previo del artículo 65 y 67 LBRL. La falta de remisión a la Administración General del Estado provoca la nulidad radical de pleno derecho de todas las fases contables (D, O y P) ejecutadas desde el 1 de enero. Basta con alojar el presupuesto en la sede electrónica corporativa, quedando derogada la obligación de remisión física o telemática a la Delegación de Economía y Hacienda.

En el caso de que el Pleno rechace el proyecto de Presupuesto General presentado por el Alcalde/Presidente, ¿cuál es el procedimiento extraordinario previsto en el artículo 197 bis de la LOREG para obtener la aprobación del presupuesto mediante vinculación a una cuestión de confianza?. El Alcalde puede plantear la cuestión de confianza tantas veces como presupuestos ordinarios o extraordinarios someta a debate durante el mandato corporativo. Si la cuestión de confianza vinculada al presupuesto no es aprobada por el Pleno, el presupuesto se entiende aprobado automáticamente si en el plazo de un mes desde la votación no se presenta y aprueba una moción de censura con candidato alternativo a la Alcaldía. La cuestión de confianza vinculada a los presupuestos requiere para su aprobación mayoría de dos tercios del número de hecho de los miembros que integran la Corporación. El planteamiento de la cuestión de confianza faculta al Alcalde para aprobar el presupuesto directamente mediante Decreto de la Alcaldía sin debate plenario.

El artículo 168.2 del TRLRHL dispone que los presupuestos de los organismos autónomos y las previsiones de las sociedades mercantiles deben remitirse a la entidad local antes del 15 de septiembre. Si el Presidente no formula el Presupuesto General antes del 15 de octubre para su remisión al Pleno, ¿cuál es la consecuencia jurídica exacta?. El Pleno queda disuelto automáticamente por expiración del plazo legal para elaborar el presupuesto. El plazo del 15 de octubre tiene naturaleza de plazo preclusivo cuya vulneración invalida el acuerdo plenario de aprobación inicial por vicio de nulidad radical. plazo tiene naturaleza ordenatoria, no invalidando la tramitación posterior del presupuesto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad administrativa o disciplinaria y de que, si no entra en vigor antes del 1 de enero, entrará en juego la prórroga presupuestaria obligatoria. La competencia para elaborar el presupuesto se transfiere de inmediato a la Intervención municipal por subrogación legal.

Durante la vigencia de la prórroga presupuestaria, ¿cuál es el tratamiento contable y jurídico que debe otorgarse a los créditos destinados a gastos de inversiones reales financiados con ingresos específicos o afectados que exclusivamente fueran a percibirse en el ejercicio anterior?. Se prorrogan por su importe íntegro en el capítulo 6, debiendo imputarse con cargo a dicho crédito prorrogado las nuevas fases de compromiso de gasto de obras nuevas no iniciadas. Quedan expresamente excluidos de la prórroga por imperativo del artículo 21 del RD 500/1990 al tratarse de créditos cuya financiación estuvo vinculada a ingresos afectados ya realizados, debiendo tramitarse, en su caso, una incorporación de remanentes de crédito. Se incrementan en el IPC acumulado mediante un expediente sumario tramitado directamente por la Tesorería municipal. Pasan a integrar automáticamente la caja de gastos corrientes en el capítulo 2 del estado de gastos prorrogado.

¿Cuál de las siguientes situaciones encaja de forma indubitada en la causa tasada de reclamación del artículo 170.2.b) del TRLRHL «por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo»?. La falta de dotación de una subvención discrecional prometida verbalmente por el Alcalde a una entidad vecinal durante la campaña electoral. La omisión de los créditos suficientes para el pago de las cuotas de amortización e intereses devengados de operaciones de préstamo bancario concertadas conforme a la ley y con cuadro de vencimiento exigible en el ejercicio. La disconformidad con el incremento retributivo general aplicado a las retribuciones complementarias de los funcionarios municipales. La no inclusión de créditos para una inversión plurianual que todavía se encuentra en fase de estudio de viabilidad sin contrato adjudicado.

A tenor de lo establecido en los artículos 167 y 168.1.d) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales respecto al Anexo de Inversiones y la ejecución de los gastos de capital, señale la afirmación CORRECTA: El Anexo de Inversiones constituye un mero cuadro estimativo de carácter informativo que no condiciona la posterior tramitación de los créditos para inversiones reales consignados en el Presupuesto. Deberá detallar las inversiones que se prevén realizar durante el ejercicio, especificando para cada proyecto su importe, las previsiones de gasto que afecten a ejercicios futuros cuando su ejecución sea plurianual y las fuentes de financiación previstas con que se atenderán. La especificación individualizada de las fuentes de financiación en el Anexo de Inversiones es facultativa siempre que el total de ingresos por transferencias de capital y enajenación de inversiones cuadre formalmente con los Capítulos 6 y 7 de gasto. Quedan legalmente excluidas del Anexo de Inversiones aquellas actuaciones cuya ejecución y pago se instrumenten de manera conjunta mediante convenios de colaboración interadministrativos.

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