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AMAPOLA

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Título del Test:
AMAPOLA

Descripción:
CULTURA GENERAL 2026

Fecha de Creación: 2026/04/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 12

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Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 17. Los integrantes de las instituciones de seguridad pública que lleven a cabo una detención deberán realizar ______ de inmediato y en el momento en que la persona se encuentre bajo su custodia, bajo su más estricta responsabilidad. En caso de que al momento de la detención la autoridad no cuente con los medios para capturar los datos correspondientes en _______ deberá informar, inmediatamente y por el medio de comunicación de que disponga, a la unidad administrativa de la institución a la cual se encuentre adscrito y que pueda generar el registro. el registro. la puesta a disposición. la carpeta de investigación. el traslado.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 17.. La ruta de traslado de una persona detenida podrá ser registrada mediante __________. En caso de no contar con ellos, se procederá en términos de la fracción VI del artículo 23. celulares. dispositivos de geolocalización. computadoras. relojes inteligentes.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones, Artículo 18. I. Nombre; II. Edad; III. Sexo; IV. Lugar, fecha y hora en que se haya practicado la detención y los motivos de la misma, así como si esta obedece al cumplimiento de una orden de aprehensión, detención por flagrancia, caso urgente o arresto administrativo; V. Nombre de quien o quienes hayan intervenido en la detención. En su caso, institución, rango y área de adscripción; VI. La autoridad a la que será puesta a disposición; VII. El nombre de algún familiar o persona de confianza, en caso de que la persona detenida acceda a proporcionarlo; VIII. El señalamiento de si la persona detenida presenta lesiones apreciables a simple vista, y IX. Los demás datos que determine el Centro Nacional de Información que permitan atender el objeto de la presente Ley. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23. I. Datos de la persona detenida, que serán: a) Lugar y fecha de nacimiento; b) Domicilio; c) Nacionalidad y lengua nativa; d) Estado civil; e) Escolaridad; f) Ocupación o profesión; g) Clave Única de Registro de Población; h) Grupo étnico al que pertenezca; i) Descripción del estado físico de la persona detenida y nombre del médico que certificó o, en su caso, copia del certificado médico; j) Huellas dactilares; k) Fotografía de la persona detenida, y l) Otros medios que permitan la identificación plena de la persona;. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. Número de carpeta de investigación o expediente administrativo y, tratándose de reincidencia, delito por el que fue sentenciado y pena impuesta. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. Adicciones, estado general de salud, enfermedades o padecimientos crónicos o degenerativos. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. Nombre y cargo del servidor público que actualiza el registro, así como área de adscripción. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. Día y hora de la liberación de la persona detenida o, en su caso, del traslado a otro lugar de detención. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. Descripción mínima de la ruta sobre el traslado y la autoridad encargada del mismo;. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. Autoridad que recibe a la persona detenida, así como el día y hora de la recepción;. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. En caso de fallecimiento durante la detención o privación de libertad, las circunstancias y causas del deceso y el destino final de la persona fallecida,. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

Para los efectos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones Artículo 23.. Los demás datos que determine el Centro Nacional de Información conforme a sus atribuciones, que permitan atender el objeto de la presente Ley. El Registro inmediato sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. La actualización de la información del Registro que lleven a cabo las instituciones de procuración de justicia o administrativas deberá contener, cuando menos, dichos elementos. La carpeta de investigación inmediata sobre la detención que realiza la autoridad deberá contener, al menos, dichos elementos. El Informe de Presunta Responsabilidad deberá contener, al menos, dichos elementos.

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