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Ana Laura 4

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Título del Test:
Ana Laura 4

Descripción:
Estudiar Mente sana

Fecha de Creación: 2026/04/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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EXTORSION (Art. 168 CP). *Entrevistar al imputado requiriendo información respecto del contenido y medio utilizado para la extorsión *Medio por el cual se realizó la E. Detallar numero de teléfono, usuario, redes sociales, tomar captura de pantalla para indicar que no elimine ni bloquee el numero (preservación digital). *Entrevistar a la víctima requiriendo información respecto del contenido y medio utilizado para la extorsión *Medio por el cual se realizó la E. Detallar numero de teléfono, usuario, redes sociales, tomar captura de pantalla para indicar que no elimine ni bloquee el numero (preservación digital).

ESTAFA. *Entrevistar al testigo e imputado *Consultar cual fue el la ardid o engaño, perjuicio económico y forma en que se llevó a cabo. *Entrevistar a la victima *Consultar cual fue el la ardid o engaño, perjuicio económico y forma en que se llevó a cabo.

USURPACION. *Constatar la presencia de los ocupantes *Requerir documentación, si es necesario *Entrevistar al denunciante (pedir titularidad) *En caso de aprehendido y presencia de menores, quedará a cargo de otra persona y se dispondrá la guarda. *Constatar la presencia de los ocupantes *Requerir documentación *Entrevistar al denunciante (pedir titularidad) *En caso de aprehendido y presencia de menores, quedará a cargo de otra persona y se dispondrá la guarda.

DAÑOS (Art. 183 y 184 CP) Artículo 183. *Describir bien los elementos dañados (ej. Móviles policiales-monumentos-muros privados). *Mantener bien los elementos dañados y en mal estado (ej. Móviles policiales-monumentos-muros privados).

Incendios y otros estragos (Art. 186 CP). *Convocar a defensa civil de la Municipalidad (derrumbe) *Solicitar SIES (óbito) *Convocar a pericia de Bomberos *Gabinete Criminalístico PDI *Constatación de daño con vista fotográficas. *Convocar a defensa civil de la provincia (derrumbe) *Solicitar SIETE *Convocar a pericia de Bomberos *Gabinete Criminalístico PDI *Constatación de daño con vista fotográficas.

Cortes en la vía publica (Art. 194 CP). *Arbitrar medio suficiente para liberar inmediato la libre circulación de vehículos y personas *Corroborar si el corte se efectuó mediante otro delito *Tomar fotografías y filmación *Comunicarse con la entidad pública/privada objeto del conflicto. *Arbitrar medio suficiente para liberar la circulación de vehículos y personas *Ver si el corte se efectuó mediante otro delito *Tomar fotografías y filmación *Comunicarse con la entidad pública/privada objeto del conflicto.

Intimidación publica (Art. 211 CP). *Detallar con precisión la conducta desplegada y contratar el medio por el cual se hubiera manifestado convocar brigada de explosivos, si provino desde una llamada de la C911 *Corroborar numero de incidencia para luego requerir el número de línea del llamante y grabación. *No detalla con precisión la conducta desplegada y contratar el medio por el cual se hubiera manifestado convocar brigada de explosivos, si provino desde una llamada de la C911 *Corroborar numero de incidencia para luego requerir el número de línea del llamante y grabación.

Atentado y Resistencia a la Autoridad (Art. 237 y 238 CP). *Quienes fueron los funcionarios que intervinieron *Cual fue la resol. impartida por los mismos y *En que consisten las acciones e intimidación o fuerza, si hubo lesionados, *Si se utilizaron armas secuestro de las mismas, en caso de persecuciones policiales *Detallar la distancia y duración de las mismas. *Quienes fueron los funcionarios públicos que intervinieron *Cual fue la orden impartida por los mismos y *En que consisten las acciones e intimidación o fuerza, si hubo lesionados, *Si se utilizaron armas secuestro de las mismas, en caso de persecuciones policiales *Detallar la distancia y duración de las mismas.

Desobediencia a la autoridad: *Determinar cual es el orden y como se realizó verbal o escrita *A quien esta destinada y constatar si fue notificado de la orden impartida *Agregar copias de las actuaciones relativas a la orden emanada por autoridad competente. *En los casos de violación de prohibición de acercamiento se deberá determinar si fue presencial o a través de otros medios llamadas mensajes *Pedir a la victima que exhiba copia de oficio en donde se dispuso la medida *Corroborar si el aprehendido fue notificado. Ambas son correctas.

Abuso de Autoridad y violación de los deberes de funcionario publico (Art. 248 y 249 CP). *Determinar con datos precisos individualizados y conducta que efectuó o debía efectuar. *Determinar autoridad con datos individualizados y conducta que efectuó o debía efectuar.

COHECHO Y EXHACCIONES ILEGALES (Art. 256 CP) El cohecho y las exacciones ilegales son delitos contra la administración pública que implican un uso indebido del cargo por parte de un funcionario, pero se diferencian fundamentalmente en la voluntad del particular y el origen del beneficio. *Determinar la calidad que tiene la persona, relación con la función pública, acción que llevo a cabo, que solicito prometió y/o entrego a cambio de tales acciones. *Requerir datos personales y funcionales de la persona y relato detallado de los hechos. *Determinar lque tiene la persona detenida, relación con la función pública, acción que llevo a cabo, que solicito prometió y/o entrego a cambio de tales acciones. *Requerir datos personales y funcionales de la persona y relato detallado de los hechos.

ENCUBRIMENTO (Art. 256 y 266 CP). *Se deberá requerir descripción del vehículo, fecha del robo y solicitud de secuestro, modalidad de sustracción, *Comisaria en donde se realizó la denuncia *Datos del denunciante *Juzgado interviniente, numero de causa. *Comisaria (personal) comunicarse con el denunciante a los fines de corroborar datos. *Ne deberá requerir descripción del vehículo, fecha del robo y solicitud de secuestro, modalidad de sustracción, *Comisaria en donde se realizó la denuncia *Datos del denunciante *Juzgado interviniente, numero de causa. *Comisaria (personal) comunicarse con el denunciante a los fines de corroborar datos.

Evasión y facilitación de la evasión (Art. 280 y 281 CP). *Determinar donde estaba detenida la persona, *que medidas de seguridad estaban dispuestas, *que acción se llevo a cabo si tuvo intervención de un funcionario publico *Consultar con la Fiscalía de turno a través del 0800 en razón de acuerdo al caso concreto se evaluará quien debe intervenir. *Determinar donde esta detenida la persona aprehendida, *que medidas de seguridad estaban dispuestas, *que acción se llevo a cabo si tuvo intervención de un funcionario publico *Consultar con la Fiscalía de turno a través del 0800 en razón de acuerdo al caso concreto se evaluará quien debe intervenir.

Adulteración y guarismos (Art. 289 Inc. 3 CP). *No detallar en qué circunstancias se identificó la adulteración, supresión y alteración, objeto adulterado *Inspección ocular de los guarismos, fotografías, afirmaciones del objeto, motor, chasis, patente, etc… *Donde esta grabado el numero identificador, que fue falsificado, alterado, suprimido *No efectuar pericias de revenidos (deben ser autorizados por el Fiscal). *Detallar en qué circunstancias se identificó la adulteración, supresión y alteración, objeto adulterado *Inspección ocular de los guarismos, fotografías, afirmaciones del objeto, motor, chasis, patente, etc… *Donde esta grabado el numero identificador, que fue falsificado, alterado, suprimido *No efectuar pericias de revenidos (deben ser autorizados por el Fiscal).

CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES DE HECHOS DE FLAGRANCIA: Averiguación de paradero/Seguir las instrucciones del protocolo. Hallazgo de vehículos/ Seguir las instrucciones del protocolo. Consulta al 0800 MPA Cuales son las consultas Obligatorias al 0800 MPA?. *Personas aprehendidas *Homicidios *Violencia de Genero *Abuso de Armas *Hallazgo de armas *Privación Ilegitima de la L *Hallazgo de vehículos con pedido de secuestro o adulteración. *Secuestro de estupefacientes *Robos o Hurtos en inmuebles *Delitos cometidos por funcionarios públicos *Hallazgo de elementos que puedan provenir de delitos *Medidas de investigación urgente *Hechos de relevancia publica *Paraderos *Hechos delictivos que impliquen violencia altamente lesiva relacionada a la criminalidad organizada y estructuración de mercados ilegales. Ambas son correctas.

Como es el PROGRAMA DE RECOMPENSAS?. *Es una política impulsada por el Gobierno de Santa Fe para reducir los niveles de violencia e impunidad. *A quien aporte datos certeros se le ofrece un monto de dinero que *permitan identificar o localizar a los autores de homicidios desde el año 2014. *Es una política impulsada por el Gobierno de Santa Fe para reducir los niveles de violencia e impunidad. *A quien aporte datos certeros se le ofrece un monto de dinero que *permitan identificar o localizar a los autores de homicidios desde el año 2016.

Que garantiza el Programa de Recompensas?. *Absoluta reserva de identidad de las personas que brinden información (durante/después del proceso/inv). *En caso de ser información valida y comprobada, la persona accederá al cobro de una recompensa. *Poca reserva de identidad de las personas que brinden información (durante/después del proceso/inv). *En caso de ser información valida y comprobada, la persona accederá al cobro de una recompensa.

Que busca la Provincia con este instrumento? (Prog. de Recompensas). *Busca sumar herramientas concretas a la política de persecución penal y prevención de delitos complejos. *Buscar pocas herramientas concretas a la política de persecución penal y prevención de delitos complejos.

Información confidencial: *Personas con datos llamar al 101, o correo electrónico recompensas@mpa.santafe.gov.ar *Datos son enviados al Fiscal del caso *Una vez que se recibe el dato: se corrobora su veracidad, utilidad en la causa, se determina recompensa. *Pago: se hace entrega en sobre cerrado lacrado, no forma parte del Expte, no se brindan datos del nombre de quien aportó datos. *Personas con datos llamar al 911, o correo electrónico recompensas@mpa.santafe.gov.ar *Datos son enviados al Fiscal del caso *Una vez que se recibe el dato: se corrobora su veracidad, utilidad en la causa, se determina recompensa. *Pago: se hace entrega en sobre cerrado lacrado, no forma parte del Expte, no se brindan datos del nombre de quien aportó datos.

Sociedad Comprometida: *La sociedad se compromete con los programas de recompensa al participar activamente con información valiosa. *Estos programas buscan promover la participación ciudadana en la lucha contra el crimen, fortaleciendo la colaboración entre sociedad y las autoridades en la persecución del delito y protección de derechos humanos. *El programa se enmarca en el contexto donde se reconoce la necesidad de fortalecer los vínculos entre autoridades y sociedad civil para garantizar la seguridad y la justicia para todos. Ambas son correctas.

Como la sociedad se compromete?. *PROPORCIONANDO INFORMACION *APORTANDO A LA JUSTICIA *BENEFICIANDOSE DE LA SEGURIDAD *FOMENTANDO CONFIANZA. *En resumen: La sociedad se compromete con un programa de recompensas al ejercer su derecho y responsabilidad de aportar información, facilitando así la labor de las autoridades para esclarecer crímenes…. Ambas son correctas.

NORMATIVA APLICABLE: Ley N° 13.494 a)-La Ley 13.494 por que decretos esta reglamentada?. *Decreto 2358/16 – Decreto 1838/17 – Decreto 0055/18. *Decreto 2358/26 – Decreto 1838/17 – Decreto 0055/18.

Fondo Provincial de Recompensas: ¿Que sostiene el Art. 39?. *El Dinero está destinado a bonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden datos útiles para esclarecer o individualizar autores, cómplices, encubridores o instigadores de la comisión de delitos (determinado por el M de Justicia). *El Fondo está destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden datos útiles para esclarecer o individualizar autores, cómplices, encubridores o instigadores de la comisión de delitos (determinado por el M de Justicia).

Constitución e integración del Fondo: ¿Que dice el Art. 40?. *El Fondo Provincial de Recompensas se integrará anualmente en el Presupuesto de la Provincia y estará constituido por una suma equivalente de Presupuesto asignado al Ministerio y Derechos Humanos. (Invertido a la integración de fondos). *El Fondo Provincial de Recompensas se integrará anualmente en el Presupuesto de la Provincia y estará constituido por una suma equivalente al 0,45 % de Presupuesto asignado al Ministerio y Derechos Humanos. (Invertido a la integración de fondos).

OFRECIMIENTO: ART. 41. Será dispuesto por resolucion fundada por el M de Justicia, actuando a requerimiento del MPA, en la causa judicial determinada y siempre con conocimiento previo del JUEZ a cargo de la misma. Se identificará el proceso judicial, la fiscalía y el juez interviniente, se efectuará una síntesis y se precisará el monto de recompensa. *El ofrecimiento de la compensación dineraria será dispuesto por resolucion fundada por el M de Justicia y DD HH, actuando a requerimiento del MPA, en la causa judicial determinada y siempre con conocimiento previo del JUEZ a cargo de la misma. Se identificará el proceso judicial, la fiscalía y el juez interviniente, se efectuará una síntesis y se precisará el monto de recompensa.

PAGO: Art. 42. *Sera abonado por el M de Seguridad y DD HH previo informe del representante del MPA. *Sera abonado por el M de Justicia y DD HH previo informe del representante del MPA.

EXCLUSION: Art. 43. *La realizara el M de J y DD HH previo informe en los siguientes casos: 1)-Aquellos que hubiesen tomado parte de la comisión del delito como autores, cómplices, instigadores, o lo hubiesen encubierto. 2)-Miembros de la fuerza de seguridad o inteligencia nacionales o prov., en act. o retirados. 3)-funcionarios y empleados pcos respecto de hechos sobre los que tuvieren el deber de denunciar. 4)-Toda persona que mediante resolucion fuera excluida por otras razones. Ambas son correctas.

CONFIDENCIALIDAD: Art. 44. *La identidad de la persona adjudicataria será mantenida en secreto (a, d, y después de finalizada la inv. o proceso judicial) *Puede ser convocada como testigo, cuando el Tribunal determine que su testimonio resulta imprescindible para el avance o resolucion del caso…. *La identidad de otra persona adjudicataria será mantenida en secreto (a, d, y después de finalizada la inv. o proceso judicial) *No puede ser convocada como testigo, cuando el Tribunal determine que su testimonio resulta imprescindible para el avance o resolucion del caso…. Ambas son correctas.

NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE MENORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE 145)-En que fecha entro en vigencia el “NCPPJ”?. *Entro en vigencia en fecha 21 de junio de 2025, sancionado por la Ley N° 14.228 de la Prov. De Santa Fe. *Entro en vigencia en fecha 21 de junio de 2025, sancionado por la Ley N° 14.238 de la Prov. De Santa Fe. Ninguna.

Que conlleva la eliminación de la antigua Justicia de Menores dentro del Poder Judicial?. *Es reemplazada por el nuevo régimen de acusación y enjuiciamiento a cargo del MPA. *Es reemplazada por el antiguo régimen de acusación y enjuiciamiento a cargo del MPA.

A quien es aplicable este régimen?. *Menores de 16 y 18 años que cometan delitos cuya pena mínima supere los 2 años de prisión. *Menores de 10 y 18 años que cometan delitos cuya pena mínima supere los 2 años de prisión.

Como es el traspaso de Magistrados, funcionarios y empleados de la Justicia de Menores del Poder Judicial?. *Los Magistrados de Primera Instancia de Distrito de Menores de la Prov. de Santa Fe, pasaron a integrar los COLEGIOS DE JUECES PENALES DE LA PRIMERA INSTANCIA *Asesores de Menores y secretarios Penales de Primera Instancia de Distritos del Fuero de Menores al igual que los empleados, fueron traspasados a la estructura funcional del MPA (según Ley 14.228). * Ley 14.228: Art. 1, regula que el proceso penal para personas que al momento de la comisión del hecho calificado como delito tengan 18 años y conforme a la ley penal sustantiva, puedan ser imputadas, responsables penalmente. Ambas son correctas.

Que se les respetara a los menores de edad?. *Las garantías y los derechos reconocidos a los menores de edad en el CPP de la Provincia y aquellos que les son propios por su condición de especial de personas en crecimiento. Los derechos no reconocidos a los menores de edad en el CPP de la Provincia y aquellos que les son propios por su condición de especial de personas en crecimiento.

¿Que se aplicara en estos casos, en menores?. *principio de Justicia restaurativa, *reintegración social del menor, *restauración de la paz social y *reparación del daño ocasionado por el delito. *principio de Justicia regenerativa, *reintegración social del menor, *restauración de la paz social y *reparación del daño ocasionado por el delito.

PRINCIPIOS Y GARANTIAS EN EL PROCESO CON MENORES DE EDAD: *Se respetarán los derechos y garantías reconocidas a los imputados mayores de edad como en el juicio previo, la inviolabilidad de: (condición de persona menor CN y Convención del Niño). >DEFENSA EN EL JUICIO >JUEZ NATURAL >ESTADO DE INOCENCIA >NON BIS IDEM >IN DUBIO PRO REO >PLAZO RAZONABLE >ACCESO A DOBLE O ULTERIORES INSTANCIAS SUPERIORES, ETC. Ambas son correctas.

PRINCIPIOS DE ESPECIALIDAD/ESPECIFICIDAD: ¿Sobre los derechos del niño que se requiere?. *Requiere que los órganos judiciales se encuentren capacitados y tengan competencia específica para actuar cuando los delitos sean cometidos por personas menores de 18 años de edad de lo contrario se los estaría juzgando como adultos. *No requiere que los órganos judiciales se encuentren capacitados y tengan competencia específica para actuar cuando los delitos sean cometidos por personas menores de 18 años de edad de lo contrario se los estaría juzgando como adultos. Ambas son correctas.

En que consiste dicho principio?. Consiste básicamente en la obligación del estado democrático dentro del sistema penal de dar una respuesta diferente cuando el infractor sea una persona menor de edad. El principio de Especialidad/Especificidad consiste básicamente en la obligación del estado democrático dentro del sistema penal de dar una respuesta diferente cuando el infractor sea una persona menor de edad.

Que es la PRIVACION DE LA LIBERTAD AMBULATORIA?. *Es la aplicación restrictiva, debe ser impuesta como último recurso y por el menor tiempo posible. *P de la L. Se entiende que es toda forma de encarcelamiento, incluso internamiento en un establecimiento público del que no se permita salir por propia voluntad. No se pueden alojar menores con adultos. *Debe ser impuesta como último recurso y por el menor tiempo posible. *Se entiende que es toda forma de encarcelamiento, incluso internamiento en un establecimiento público del que no se permita salir por propia voluntad. No se pueden alojar menores con adultos.

Como seria la revisión de las medidas que signifiquen encierro?. *Se hará en AUDIENCIA y como máximo cada 90 DIAS, debiendo acompañarse informe del equipo interdisciplinario o equipo profesional de la institución donde se encuentre alojado el menor de edad, o en su caso, de los profesionales del órgano administrativo interviniente. *No se hara como máximo en 10 DIAS, debiendo acompañarse informe del equipo interdisciplinario o equipo profesional de la institución donde se encuentre alojado el menor de edad, o en su caso, de los profesionales del órgano administrativo interviniente.

ACCION PENAL (Art. 6) ¿De quién estará a cargo el ejercicio de la acción penal?. *MPA y querellante adhesivo, con las limitaciones establecidas en el código. *El ejercicio de la Acción tendrá el mismo alcance previsto en la ley 12.719 y sus modificatorias con excepción de las disposiciones contenidas en las leyes sustantivas que hagan a la especificidad del proceso penal juvenil. *MPA y querellante adhesivo, con las limitaciones establecidas en el código. *El ejercicio de la Acción tendrá el mismo alcance previsto en la ley 12.734 y sus modificatorias con excepción de las disposiciones contenidas en las leyes sustantivas que hagan a la especificidad del proceso penal juvenil.

SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO (Art. 7). *El Fiscal podrá solicitar la suspensión del procedimiento a prueba de los términos que establece la ley 12.734 *Tiene en cuenta la reinserción social de la persona menor de edad y su interés superior, los principios de la justicia restaurativa y la opinión de la victima de acuerdo a lo informado por la Ley 14.181. El plazo de duración de las condiciones impuestas no podrá ser superior a 2 años. *Previo a la culminación del plazo fijado se desarrollará una audiencia en la que se evaluara el cumplimiento de lo establecido en los términos de la suspensión del juicio, entre ellos la conducta posterior del imputado, los informes sociales o del primer nivel si existieran y la opinión de la victima de acuerdo a las modalidades de la ley 14.181. Ambas son correctas. *Cumplidas las condiciones impuestas se dispondrá el SOBRESEIMIENTO del imputado menor de edad.

JURISDICCION (ART. 8) Mencione como estan conformados los distintos Tribunales conforme la Ley 13.018 (Ley orgánica de Tribunales) de Santa Fe: *TRIBUNALES DE LA INV.PENAL PREPARATORIA JUVENIL *TRIBUNALES DE JUICIO DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL *TRIBUNALES DE DETERMINACION DE LA PENA *TRIBUNALES PENALES JUVENILES (en forma unipersonal). *TRIBUNALES DE LA INV.PENAL PREPARATORIA del personal *TRIBUNALES DE JUICIO DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL *TRIBUNALES DE DETERMINACION DE LA PENA *TRIBUNALES PENALES JUVENILES (en forma unipersonal).

COMPETENCIA (Art. 12) Ley 12.734. *En estos casos puntualmente en relación a la persona menor de edad, el Tribunal se limitará a declarar su responsabilidad o la falta de esta, y se abstendrá de imponer pena. Deberá sustanciarse ante un mismo JUEZ la audiencia preliminar cuando exista concurrencia de imputados mayores y menores en la misma causa. *En estos casos puntualmente en relación a la persona mayor de edad, el Tribunal se limitará a declarar su responsabilidad o la falta de esta, y se abstendrá de imponer pena. Deberá sustanciarse ante un mismo JUEZ la audiencia preliminar cuando exista concurrencia de imputados mayores y menores en la misma causa.

PARTES PROCESALES (Art. 13) ¿Quiénes serán partes procesales esenciales en el proceso juvenil?. *PERSONA IMPUTADA MENOR DE EDAD (y Defensor) *FISCAL *QUERELLANTE. *PERSONA IMPUTADA MENOR DE EDAD (y Defensor) *FISCAL *QUERELLANTE *DEFENSOR.

PERSONA IMPUTADA MENOR DE EDAD: *Tendrá los derechos que acuerda la Ley 12.734 y sus modificatorias: (CN, Tratados Internacionales, legislación nac y ley 12.967 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas/os y A). *Se garantizarán los siguientes derechos: 1)-A reconocer y recibir explicación en lenguaje oral y comprensible para su edad y grado de madurez del significado y alcance de la causa en su contra… 2)-A ser oído ante un JUEZ de la Sección penal juvenil 3)-A contar con un DEFENSOR publico o privado que lo asista y represente…. 4)-A no se sometido por parte de la Autoridades policiales y fuerzas de seguridad. 5)-A solicitar la presencia inmediata de quien ejerza su responsabilidad parental o persona adulta responsable 6)-A que se respete su vida privada, elecciones, identidad auto percibida, genero, evitando trato estigmatizante 7)-A que las decisiones durante el proceso se tomen sin ningún tipo de demora y en el plazo más breve posible, sin dejar de lado las garantías judiciales. Ambas son correctas.

Quienes podrán proponerle defensor al menor?. *Cualquiera de sus progenitores, tutores o adultos responsables y el menor prestara su consentimiento. *Mientras el menor imputado designe defensor de confianza tendrá intervención el SERVICIO PUBLICO PROVINCIAL DE DEFENSA PENAL. No se permitirá la autodefensa de la persona menor de edad. *Cualquiera de sus progenitores, tutores o adultos responsables y el menor. *Mientras el imputado designe defensor de confianza tendrá intervención el SERVICIO PUBLICO PROVINCIAL DE DEFENSA PENAL. No se permitirá la autodefensa de la persona menor de edad.

Que garantizaran las autoridades intervinientes en un proceso penal juvenil?. ¨*No garantizan a quienes aparezcan como victimas u ofendidos penalmente por el hecho con apariencia de delito cometido por una persona menor de edad los derechos reconocidos para las víctimas, sin necesidad de contar con patrocinio letrado. *Garantizaran a quienes aparezcan como victimas u ofendidos penalmente por el hecho con apariencia de delito cometido por una persona menor de edad los derechos reconocidos para las víctimas, sin necesidad de contar con patrocinio letrado.

MINISTERIO DE LA ACUSACION: *Intervendrá como titular de la acción penal publica, en todas las causas seguidas contra personas menores de edad conforme las misiones, funciones y alcance de la Ley 13.013-12.734 y sus modificatorias, Ley de Fondo y presente Código. *Intervendrá como colaborador de la acción penal publica, en todas las causas seguidas contra personas menores de edad conforme las misiones, funciones y alcance de la Ley 13.013-12.734 y sus modificatorias, Ley de Fondo y presente Código.

QUERELLANTE ADHESIVO: ¿Con fundamento en el principio de especialidad del proceso penal juvenil, quien será permitida solamente como querellante adhesivo?. *LA CONSTITUCION, con las diferentes prestaciones ejercidas por el actor penal publico…. *LA CONSTITUCION, con los limite de las prestaciones ejercidas por el actor penal publico….

Investigación Penal Preparatoria: *No iniciará exclusivamente por decisión del FISCAL. *En caso de algún hecho con apariencia de delito en el que hubiese participado una menor edad, a conocimiento de la policía, se dará aviso de inmediato al Fiscal. *Se iniciará exclusivamente por decisión del FISCAL. *En caso de algún hecho con apariencia de delito en el que hubiese participado una menor edad, a conocimiento de la policía, se dará aviso de inmediato al Fiscal.

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