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anexo I. Conceptos basicos

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Título del Test:
anexo I. Conceptos basicos

Descripción:
Test 22

Fecha de Creación: 2024/03/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 16

Valoración:(1)
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A los efectos de la ley de seguridad vial y sus disposiciones complementarias, los conceptos básicos sobre vehículos, vías publicas y usuarios de las mismas son los previstos en su: Anexo I. Anexo II. Anexo III. Anexo IV.

A tenor de lo dispuesto en la LSV, el conductor habitual: Es aquel cuya actividad economía principal influye de alguna manera en el trafico rodado. No es un concepto aplicable al sistema del permiso por puntos. Solo se puede reputar de los trabajadores por cuenta ajena que cotizan al régimen general de la seguridad social. Es una condición que se acredita mediante certificación expedida por su empresa y el documento de cotización a la seguridad social.

Señala la incorrecta. A los efectos de la LSV y sus disposiciones complementarias, se entiende por peatón a la persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el articulo 2, así como a: Quién es empujan o arrastran un coche de niño o de una persona con discapacidad o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones. Los que conducen a pie un ciclo, ciclomotor o motocicleta de dos ruedas. Las personas con discapacidad que circulan al paso en una silla de ruedas con o sin motor. Todas las respuestas son correctas.

Conforme a la LSV y sus disposiciones complementarias, se entiende por ciclo: Vehículo provisto de dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales. Se incluyen en esta definición los ciclos de pedaleo asistido. Vehículo, provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular, por medio de pedales. Se incluyen en esta definición los ciclos de pedaleo asistido. Vehículo, provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular, por medio de pedales. Se excluyen en esta definición, los ciclos de pedaleo asistido. Vehículo, provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusivamente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular, por medio de pedales. Se incluyen en esta definición los ciclos de pedaleo asistido.

La potencia máxima neta de un ciclomotor debe ser inferior o igual a: 2 kW. 3 kW. 4 kW. 5 kW.

Para ser considerado ciclomotor un vehículo de cuatro ruedas, entre otros requisitos, su masa en vacío debe ser inferior o igual a: 300 kg no incluida la masa de baterías para los vehículos eléctricos. 350 kg no incluida la masa de baterías para los vehículos eléctricos. 450 kg no incluida la masa de baterías para los vehículos eléctricos. Ninguna respuesta es correcta.

Un vehículo de motor es aquel vehículo que está provisto de motor para su propulsión, pero: Se excluyen de esta definición los ciclomotores. Se excluyen de esta definición, los tranvías. Se excluyen de esta definición los vehículos para personas de movilidad reducida. Se excluyen de esta definición todos los anteriores.

Es un automóvil, el vehículo de motor que sirve, normalmente, para: El transporte de personas o de cosas, incluyendo en esta definición los vehículos especiales. El transporte de personas o de cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos especiales. El transporte de personas o de cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin, incluyendo en esta definición los vehículos especiales. El transporte de personas o de cosas, o de ambas a la vez. Se excluyen de esta definición los vehículos.

Turismo es un automóvil destinado al transporte de personas que tenga: Por lo menos cuatro ruedas, y, además del asiento del conductor, siete plazas como máximo. Cuatro ruedas y, además del asiento del conductor, nueve plazas como máximo. Por lo menos cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo. Cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.

Un camión es un automóvil con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de: Tres plazas, incluido el conductor. Cinco plazas, incluido el conductor. Ocho plazas, incluido el conductor. Nueve plazas, incluido el conductor.

Es un remolque ligero aquel cuya masa máxima autorizada no exceda de: 500 kg. 650 kg. 700 kg. 750 kg.

El vehículo Especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar trabajos agrícolas se denomina: Tractor agrícola. Tractocarro. Máquina agrícola automotriz. Portador.

Un refugio es: Una zona peatonal situada en la acera y protegida del tránsito rodado. Una zona peatonal situada en los arcenes y protegida del tránsito rodado. Una Zona excluida del tránsito rodado y del tránsito peatonal. Una zona peatonal situada en la calzada y protegida del tránsito rodado.

Una autopista es una carretera especialmente proyectada, construida y señalizada como tal para la exclusiva circulación de automóviles y que tiene las siguientes características: No tener acceso a la misma las propiedades colindantes. No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea, de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna. Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación o, en casos excepcionales, por otros medios. Todas son correctas.

Una autovía es una carretera especialmente proyectada, construida y señalizada como tal que tiene las siguientes características: Tener acceso limitado a ellas las propiedades colindantes. No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna. Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación, o por otros medios. Todas son correctas.

Las vías para automóviles son vías reservadas exclusivamente a la circulación de automóviles, con una sola calzada y con limitación total de accesos a las propiedades colindantes, y señalizadas con las señales: S-3 y S-4. S-2 y S-5. R-3 y R-4. S-1 y S-2.

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