art. 66 CP
|
|
Título del Test:
![]() art. 66 CP Descripción: Aplicación de las penas |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
1. En la aplicación de la pena, tratándose de delitos dolosos, los jueces o tribunales observarán, según haya o no circunstancias atenuantes o agravantes, las siguientes reglas: Cuando concurra sólo 1 circunstancia atenuante. Cuando concurran 2 o + circunstancias atenuantes, o 1 o varias muy cualificadas, y No concurra agravante alguna. Cuando concurra sólo 1 o 2 circunstancias agravantes. Cuando concurran + de 2 circunstancias agravantes y No concurra atenuante alguna. Cuando concurra la circunstancia agravante de reincidencia con la cualificación de que el culpable al delinquir hubiera sido condenado ejecutoriamente, al menos. Cuando No concurran atenuantes Ni agravantes. Cuando concurran atenuantes y agravantes. Cuando los jueces o tribunales apliquen la pena inferior en + de 1 grado. |




