Artículo 33 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre
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Título del Test:![]() Artículo 33 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre Descripción: Penas graves, menos graves y leves |




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La prisión permanente revisable se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prisión superior a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La inhabilitación absoluta se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años se clasifican como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación de la patria potestad se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prisión de tres meses hasta cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de un año y un día a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La multa de más de tres meses se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. Los trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un días a un año se clasifican como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La multa de hasta tres meses se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. La localización permanente de un día a tres meses se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días se clasifica como una pena. Grave. Menos Grave. Leve. Las penas aplicables a las personas jurídicas, tienen todas la consideración de. Graves. Menos Graves. Leves. Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez entre graves y las menos graves, el delito se considerará, en todo caso, como. Grave. Menos Grave. Leve. Cuando la pena, por su extensión, pueda considerarse como leve y como menos grave, el delito se considerará, en todo caso, como. Grave. Menos Grave. Leve. |