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ASISTENCIA LETRADA

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Título del Test:
ASISTENCIA LETRADA

Descripción:
ACCESO A LA ABOGACIA

Fecha de Creación: 2024/10/26

Categoría: Otros

Número Preguntas: 37

Valoración:(1)
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Estando pendiente un proceso civil en el que Asunción reclama a David una indemnización por daños y perjuicios, ambas partes deciden voluntariamente y sin intervención del juzgado someter sus diferencias a mediación, iniciando a tal efecto el procedimiento regulado en la L 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Comenzado el procedimiento de mediación, el abogado de David presenta en el juzgado escrito comunicando tal circunstancia y solicitando la suspensión del proceso civil hasta que finalice la mediación. ¿Debe acceder el juzgado a tal solicitud?. Sí, porque la pendencia de un procedimiento de mediación es causa de sus pensión del proceso civil a instancia de cualquiera de las partes . No, porque el proceso civil únicamente se suspende cuando la mediación tiene lugar por iniciativa del tribunal conforme a lo previsto en la regulación de la audiencia previa al juicio y de la vista del juicio verbal. No, salvo que el solicitante de la suspensión preste caución suficiente para asegurar los perjuicios que se puedan ocasionar a las demás partes por la suspensión del proceso. No, porque la suspensión del proceso civil por la existencia de un procedimiento de mediación solamente puede acordarse cuando se solicite de común acuerdo por ambas partes del proceso.

En un procedimiento de mediación seguido conforme a las previsiones de la L 5/2012 se ha alcanzado un acuerdo entre Álvaro y Damián, en el que este último reconoce adeudar a aquel la suma de 12.000 euros, acuerdo que es elevado a escritura pública. Si Damián no paga voluntariamente, ¿puede Álvaro promover la ejecución presentando como título ejecutivo el acuerdo de mediación?. El acuerdo de mediación elevado a escritura pública es título ejecutivo por lo que Álvaro podrá promover directamente un proceso de ejecución contra Damián. El acuerdo de mediación elevado a escritura pública no tiene fuerza ejecutiva, si bien podrá utilizarse como base para reclamar en proceso monitorio lo que permitirá obtener un título ejecutivo con rapidez. El acuerdo de mediación elevado a escritura pública no tiene fuerza ejecutiva, ni puede utilizarse como base para reclamar en proceso monitorio, por lo que Álvaro deberá promover un proceso de declaración para que se condene a Damián a pagar las cantidades reconocidas en el acuerdo. El acuerdo de mediación elevado a escritura pública no tiene fuerza ejecutiva, ya que la mediación precisamente pretende que los conflictos se resuelvan sin intervención de los tribunales.

Alejo y Daniel celebran un contrato en el que incluyen una cláusula por la que se obligan a someter a mediación, conforme a las previsiones de la L 5/2012, las diferencias que puedan surgir entre ellos en relación con el cumplimiento del contrato. Pasado un tiempo, Alejo reclama a Daniel la realización de determinados servicios que aquel considera comprendidos en el contrato, negándose Daniel a realizarlos. Alejo presenta demanda de juicio ordinario solicitando que se condene a Daniel a realizar los servicios contratados. ¿Qué puede hacer Daniel para hacer valer la cláusula de sometimiento a mediación?. Daniel podrá alegar en el proceso civil por medio de declinatoria la falta de jurisdicción del tribunal al estar el asunto sometido a mediación, solicitando que el tribunal se abstenga de conocer y sobresea proceso. Daniel no podrá pedir el sobreseimiento del proceso civil, pero sí exigir que se inicie el procedimiento de mediación y, una vez iniciado, pedir la suspensión del proceso civil hasta que la mediación termine. Daniel podrá exigir que se inicie el procedimiento de mediación, pero el proceso civil no se suspenderá salvo que la suspensión se solicite de común acuerdo por las partes. Daniel no podrá exigir que se inicie la mediación en contra de la voluntad de Alejo, pero el incumplimiento del acuerdo de sometimiento a mediación podrá ser alegado por Daniel en el proceso a fin de que sea cual sea su resultado se impongan a Alejo las costas.

Estando pendiente un proceso de declaración entre Aurora y Dorotea sobre el cumplimiento de un contrato los abogados de ambas logran ponerlas de acuerdo firmando ambas un documento en el que hacen constar determinados compromisos con los que dan por zanjadas sus diferencias. El acuerdo se presenta ante el tribunal solicitando su homologación y que se ponga fin al proceso ¿Qué debe acordar el tribunal?. El acuerdo debe ser homologado por el tribunal y se pondrá fin al proceso, salvo que se refiera a una materia en la que las partes carezcan de poder de disposición o que sus términos no respeten los límites que la ley establezca al poder de disposición de los contratantes para el asunto del que se trate. El acuerdo será homologado por el tribunal, si su contenido se refiere a materias disponibles para las partes, pero el proceso continuará salvo que el acuerdo incluya expresamente la renuncia del actor a sus pretensiones, el allanamiento del demandado o el desistimiento bilateral de ambas partes. El acuerdo no será homologado por el tribunal, pues la homologación solamente es posible cuando los acuerdos se han alcanzado en una mediación regulada por la L 5/2012, pero se acordará la terminación del proceso cuando el acuerdo incluya expresamente la renuncia del actor a sus pretensiones, el allanamiento del demandado o el desistimiento bilateral de ambas partes. El acuerdo no será homologado por el tribunal, pues la homologación solamente es posible cuando los acuerdos se han alcanzado en una mediación regulada por la L 5/2012, continuando el proceso hasta su terminación mediante sentencia, pudiéndose hacer valer el acuerdo, en su caso, a efectos de oposición a la ejecución de la sentencia.

En un contrato entre Alfonso y Diego se acuerda que las controversias que puedan surgir sobre el cumplimiento de lo pactado sean resueltas mediante arbitraje, no pactándose nada respecto al número de árbitros ni al procedimiento para su designación. Tiempo después, ante desavenencias surgidas acerca del cumplimiento de determinadas cláusulas del contrato, Alfonso pretende promover un procedimiento arbitral. ¿Qué deberá hacer Alfonso para que se constituya el tribunal arbitral ante el que hacer valer sus pretensiones?. Alfonso deberá requerir a Diego a fin de ponerse de acuerdo en la designación de un árbitro y, de no lograrse el acuerdo, quedará sin efecto la cláusula de sometimiento a arbitraje, quedando a salvo el derecho de las partes a hacer valer sus pretensiones ante los tribunales de Justicia. Alfonso deberá designar un árbitro y requerir a Diego para que designe otro, nombrándose el tercero de común acuerdo por los designados por las partes. Alfonso podrá solicitar al tribunal competente el nombramiento de un árbitro. Alfonso podrá solicitar el nombramiento de árbitro al colegio de abogados del lugar en que deba desarrollarse el arbitraje.

Donato recibe una comunicación del juzgado mediante la que se señala lugar, fecha y hora para que el destinatario de la comunicación comparezca en la sede del tribunal. ¿Cómo se denomina este acto de comunicación?. Emplazamiento. Citación. Requerimiento. Exhorto.

Arturo pretende reclamar judicialmente el pago de una deuda de 10.000 euros. Habiendo fallecido el deudor sin descendencia, Arturo cree que debió dejar todo su patrimonio en herencia a Hilaría, un sobrino del deudor que le visitaba con frecuencia. No obstante, Arturo quiere asegurarse de que Hilario es efectivamente el heredero de su deudor a fin de dirigir la demanda contra él sin riesgo de que sea desestimada por falta de legitimación pasiva. ¿Cuál es la vía procesal adecuada para despejar las dudas de Arturo?. Dirigir la demanda contra Hilaría y, subsidiariamente, para el caso de no tener éste la condición de heredero, contra las personas a quienes Hilario identifique como herederos. Solicitar antes de presentar la demanda la diligencia preliminar consistente en que se interrogue a Hilario, bajo juramento o promesa de decir verdad, sobre si es o no heredero del deudor de Arturo. Solicitar antes de presentar la demanda la diligencia preliminar consistente en que por el tribunal se lleven a cabo las averiguaciones precisas para determinar si el deudor otorgó o no testamento y, en su caso, a favor de quién. Presentar la demanda contra la herencia yacente del deudor, identificando a Hilario como administrador de dicha herencia.

Alfonso pretende reclamar en juicio la indemnización de unos daños que considera que le ha causado Darío. A fin de preparar adecuadamente la demanda, Alfonso solicita como diligencia preliminar que se requiera a Darío para que exhiba el contrato de seguro de responsabilidad civil que cubre los daños ocasionados. Concedida por el juez la diligencia solicitada, Daría considera que no es legalmente procedente. ¿Qué debe hacer Darío para impugnar la decisión del juez acordando la práctica de la diligencia preliminar?. Presentar recurso de apelación contra el auto que acuerda la diligencia. Presentar recurso de reposición contra la resolución por la que se le requiera la exhibición del contrato de seguro. Presentar escrito de oposición a la práctica de la diligencia preliminar en el juzgado que la haya acordado. Promover incidente excepcional de nulidad de actuaciones contra el auto que acordó la práctica de la diligencia preliminar.

Anselmo solicita como diligencia preliminar, antes de presentar una demanda que se requiera a la persona a la que pretende demandar para que exhiba un documento. Rechazada la diligencia, Anselmo pretende interponer recurso contra la decisión del juez. ¿Cuál es el recurso procedente?. Recurso de apelación. Recurso de reposición. Recurso de queja. La resolución que deniega la práctica de diligencias preliminares no es recurrible.

En un proceso laboral sobre reclamación de 10.000 euros por salarios atrasados, el juzgado de lo social dicta sentencia en primera instancia estimando parcialmente la demanda y condenando a la empresa a pagar al trabajador 8.000 euros, con expresa desestimación de la reclamación respecto a los 2.000 euros restantes. El trabajador considera que la sentencia no ha tenido en cuenta uno de los documentos presentados, lo que le ha conducido a un error al establecer el importe de los atrasos adeudados por la empresa. El abogado del trabajador pretende que se reconozcan a su cliente los atrasos que la sentencia no ha considerado justificados. ¿Cuál es la vía procesal adecuada para articular tal pretensión?. Presentar un recurso de aclaración basado en error material cometido en la sentencia al establecer el importe de los atrasos. Presentar una solicitud de complemento de la sentencia basada en la omisión de la valoración del documento del que resulta la procedencia de los atrasos no reconocidos en la sentencia. Presentar un recurso de suplicación contra la sentencia. Promover un nuevo proceso para reclamar que se condene a la empresa al pago de los atrasos no reconocidos en el proceso anterior.

Finalizado un proceso laboral por Sentencia firme desestimatoria de la demanda, el trabajador demandante pretende promover incidente excepcional de nulidad de actuaciones por vulneración de derechos fundamentales. ¿En qué plazo deberá pedir la nulidad?. Diez días, desde la notificación de la resolución o desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión. Veinte días. desde la notificación de la resolución o desde que se tuvo cono- cimiento del defecto causante de indefensión. Un año, desde la terminación del proceso. Cinco años, desde la terminación del proceso.

Concluida la tramitación ordinaria prevista en la Ley de la primera instancia de un proceso civil, ¿qué clase de resolución judicial debe dictarse para poner fin a dicha Instancia?. Una providencia. Un auto. Una sentencia. Cualquiera de las resoluciones anteriores, dependiendo de cual haya sido el resultado del proceso.

En la audiencia previa de un juicio ordinario el juez desestima mediante resolución oral la alegación formulada por el demandado de defectos en la capacidad del actor. El abogado del demandado considera que dicha resolución no es ajustada a Derecho y pretende impugnarla. ¿Cuál es la vía procesal correcta para formular la impugnación?. Formular recurso de reposición oralmente en la propia audiencia previa, que será resuelto en el acto por el juez tras oír a las demás partes presentes en el acto. Solicitar que quede constancia en el acta de su protesta, a los efectos de poder reproducirla cuestión sobre alta de capacidad del actor en el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. Manifestar en la audiencia su intención de recurrir y esperar a que se le notifique la resolución debidamente redactada, interponiendo después contra ella el recurso que proceda conforme a las reglas ordinarias. Solicitar la suspensión de la audiencia previa y, s i esta petición fuese desestimada, promover incidente de nulidad de actuaciones.

En un proceso contencioso administrativo en el que se impugnan unas liqui aciones tributarias por el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, la decisión del tribunal sobre la legalidad de los actos de la Administración depende de la calificación de una determinada transmisión como compraventa o como donación. ¿Corresponde a los tribunales del orden contencioso-administrativo decidir sobre esa cuestión?. El tribunal contencioso-administrativo puede pronunciarse sobre la naturaleza de la transmisión con carácter prejudicial, a los solos efectos de decidir sobre la legalidad de las liquidaciones tributarias impugnadas. La naturaleza de la transmisión es una cuestión civil sobre la que únicamente pueden decidir los tribunales civiles, por lo que el tribunal contencioso-administrativo deberá suspender el proceso hasta que la cuestión prejudicial civil sea resuelta por los tribunales civiles. El tribunal contencioso-administrativo no tiene jurisdicción para conocer de la impugnación de liquidaciones tributarias que graven actos regulados por el Derecho civil o mercantil, correspondiendo en este caso la jurisdicción a los tribunales civiles, dado el carácter residual del orden jurisdiccional civil. La naturaleza de las transmisiones gravadas por una norma tributaria es una cuestión de naturaleza administrativa que corresponde en exclusiva a los tribunales contencioso-administrativos, sin que se plantee ninguna cuestión prejudicial civil.

En un proceso civil se reclama la declaración de nulidad de un contrato por vicios de consentimiento. Estando pendiente causa penal por delito de estafa en relación con el contrato a que se refiere la demanda, el demandado solicita la suspensión del proceso por prejudicialidad penal. ¿Deberá acordarse la suspensión solicitada?. El tribunal civil debe acordar la suspensión del proceso en el estado en que se encuentre, hasta la terminación por resolución firme de la causa penal, ya que las cuestiones prejudiciales penales son devolutivas y suspensivas. El tribunal civil puede resolver con carácter prejudicial sobre la cuestión penal, por lo que no procederá la suspensión del proceso. El tribunal civil no puede decidir con carácter prejudicial cuestiones penales, pero si considera que la cuestión penal condiciona la resolución del asunto civil, la suspensión del proceso civil se acordará cuando esté pendiente solo de sentencia. Al tratarse de procesos que tienen por objeto un mismo contrato, el tribunal penal tiene preferencia para decidir sobre los hechos, debiendo esperar el tribunal civil a que termine el proceso penal a fin de resolver la cuestión civil con base en la declaración de hechos probados de la sentencia penal.

Alicia forma parte de una unidad familiar con menos de cuatro miembros y se propone solicitar la asistencia jurídica gratuita para presentar una demanda. Para que pueda reconocerse el derecho de asistencia jurídica gratuita a Alicia, ésta debe carecer de patrimonio suficiente y contar con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen cierto límite. ¿Cuál es el límite en el caso de Alicia?. Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud. Dos veces y media el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud. El triple del indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud. Cuatro veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud.

Dimas ha sido demandado en un proceso civil en el que se le reclama el pago de 30.000 euros. En otro proceso civil que se sigue contra él por una deuda distinta, Dimas ha obtenido el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita y está siendo defendido por un abogado de oficio. ¿Debe Dimas efectuar una nueva solicitud de asistencia jurídica gratuita para el segundo proceso?. No será necesario presentar una nueva solicitud, debiendo el abogado de oficio designado para el proceso anterior asumir la defensa en el segundo proceso. No será necesario presentar una nueva solicitud , pero Dimas deberá poner la segunda demanda en conocimiento del colegio de abogados a fin de que se le designe otro abogado para el segundo proceso. o será necesario presentar una nueva solicitud, pero Dimas deberá ser defendido por un mismo abogado de oficio en los dos procesos, que podrá ser el designado para el primer proceso u otro si éste no acepta defender a Dimas en los dos procesos. Dimas deberá presentar una nueva solicitud ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita .

La Aplicación Unificada de Control de Accesos (AUCA) resulta de gran utilidad para los procuradores que deseen desempeñar su labor, dado que contiene una variedad de recursos, algunos de los cuales son de uso obligatorio. Sin embargo, ¿Podría especificar cuál de las siguientes afirmaciones acerca de la Auca Procuradores es la correcta?. Es Una Herramienta Que El Ministerio De Justicia Pone A Disposición De Todos Los Operadores Jurídicos. Es Una Herramienta Desarrollada Por El Consejo General De Los Procuradores Por Y Para Los Procuradores. Es Una Herramienta De Libre Acceso A Todas Las profesiones Jurídicas. Es Una Herramienta Elaborada Por El consejo De La Abogacía.

El procurador además de acceder a la Aplicación Unificada de Control de Accesos a través de la página CGPE.ES, también se la puede descargar en modo aplicación. ¿Cómo se puede instalar en modo APP la Aplicación Unificada de Control de Acceso?. La tiene que hacer necesariamente un informático del Consejo General Procuradores de España. La puede hacer cualquier procurador dado de alta desde la página web “ CGPE. es. La puede hacer cualquier ciudadano desde la página ”CGPE. es. Es necesario estar dado de alta en Lexnet para instalarla.

Los grupos que se encuentran en la Aplicación Unificada de Control de Accesos son de utilidad para poder ordenar cualquier acceso a herramientas que se encuentran a nuestra disposición en la red para el ejercicio profesional. En relación con dichos grupos, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Son cerrados y no se puede añadir ningún acceso. A excepción del primero, todos son susceptibles de añadir accesos. En todos se pueden añadir accesos incluido el primero. No sirve de nada añadir accesos.

El artículo 276 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece la obligatoriedad de traslado de escritos entre procuradores, con la advertencia de la sanción prevista en el artículo 277 de dicho cuerpo legal. Para facilitarlo, el Consejo General de Procuradores de España, ha desarrollado una herramienta que permite realizar dicho traslado de acuerdo con la Ley. En relación con el traslado de copias (art. 276 LEC) del Consejo General Procuradores de España ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Se puede acceder a él a través de APLICACIÓN UNIFICADA DE CONTROL DE ACCESO siempre que se esté dado de alta como Procurador en el Consejo GENERAL Procuradores de España. Lo pueden utilizar todos los operadores jurídicos según indica el artículo 276 de la LEC. Ya no es necesario utilizarlo en un procedimiento judicial. Ahora ya no se utiliza en ningún caso por haber otras aplicaciones de gestión procesal que lo realizan.

Las distintas gestiones a realizar ante los registros de la propiedad, bienes muebles o mercantiles pueden ser cumplimentadas telemáticamente a través de la página REGISTRADORES. ORG, debido al convenio firmado entre el Consejo General de procuradores y el Colegio Nacional de Registradores. En relación con la página “REGISTRADORES.ORG ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Se pueden obtener únicamente notas registrales. Se pueden cumplimentar todo tipo de mandamientos siempre que tengan Código Seguro de Verificación o firma electrónica en PDF. Se pueden cumplimentar todo tipo de mandamientos sin necesidad de que tengan Código Seguro de Verificación o firma electrónica en PDF. No es necesario estar registrado en la página“ registradores. org” para cumplimentar mandamientos.

El Boletín Oficial del Estado ha creado un sistema de subastas electrónicas que puede ser utilizado en procedimientos judiciales en que se acuerde realizarlas por este medio. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta en relación con la página “SUBASTAS BOE”?. No se pueden consultar subastas si no se está personado en el procedimiento. Es una página de acceso público donde cualquiera puede entrar y ver las subastas, si bien para operar tiene que ser a través de firma electrónica. Es una página interna de la administración para ser utilizada por funcionarios. Al ser Procurador las subastas deben ir por subastas Procuradores.

Para realizar cualquier tipo de consignación en los Juzgados se debe realizar por medio de las cuentas judiciales de consignaciones que en este momento se encuentran adjudicadas al Banco de Santander. En relación con la Cuenta de Consignaciones Judiciales del Banco Santander ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Es abierta a la ciudadanía sin necesidad de tener cuenta en el Banco Santander. Se puede operar desde cualquier cajero automático sin tener cuenta en dicho Banco. Se puede operar desde cualquier entidad bancaria. Es necesario para operar, tener cuenta abierta en el Banco Santander y aparecer identificado como profesional de la Procura.

La presentación de escritos ante el Juzgado requiere de una serie de formalidades que, debido a los programas de gestión procesal, si no se cumplen, no es posible presentarlos ante el Juzgado. Conviene tener claro cuáles son esas formalidades, en caso contrario, no se podrán presentar. ¿Cómo se pueden presentar los escritos ante el Juzgado?. Sin requisitos alguno de formato. En Word 2003 o siguientes versiones. En Openwork. En PDF con firma electrónica y OCR.

Existen distintos sistemas de gestión procesal, siendo el mayoritario Lexnet. Pero además de Lexnet, también podemos encontrarnos con Avantius, Vereda, PSP Aragón Justiziasip, Justicia.cat. En relación con los referidos sistemas de gestión procesal ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Son comunes para todas las comunidades autónomas. Son compatibles entre sí y se pueden utilizar cualquiera en cualquier comunidad. Admiten la presentación de escritos por correo electrónico. Cada comunidad tiene su propio sistema y es el único con posibilidad de ser utilizado.

Los poderes de representación son obligatorios de presentar en los procedimientos judiciales con el fin de acreditar la representación procesal. Pero, dentro de estos poderes, tenemos diversos tipos, como los notariales o apud acta y los electrónicos o en papel. En relación con el Portal de Apoderamientos notariales de ANCERT ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Incluye todos los poderes notariales apud acta a través de la Sede Judicial Electrónica y los otorgados ante el Juzgado. Incluye solo los poderes notariales y los de la Sede Judicial Electrónica. No incluye ningún tipo de poder. Incluye únicamente los poderes realizados ante notario.

Vicente, empresario, necesita relacionarse con la Administración de Justicia y quiere saber si tiene la obligación de hacerlo de forma electrónica o presencial, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Tiene la obligación de hacerlo de forma presencial. Tiene la obligación de hacerlo de forma electrónica. Puede escoger como relacionarse con la Administración de Justicia. Al no ser un profesional del Derecho no puede relacionarse con la Administración de Justicia.

Walter reside en Cataluña y necesita acceder a la Sede Judicial Electrónica, pero desconoce si existe una Sede Judicial en su comunidad autónoma o si en España hay una única Sede Judicial ¿Existe una sola Sede Judicial Electrónica en España?. Hay una sola Sede Judicial Electrónica. Existen diversas Sedes judiciales electrónicas.. No pueden coexistir subsedes. No hay ninguna Sede Judicial Electrónica.

Rosa, estudiante de derecho, quiere acceder a la Sede Judicial Electrónica para conocer las funciones de dicha Sede, pero desconoce si se le permitirá el acceso al no ser aún profesional del derecho. ¿Qué usuarios tienen acceso a la Sede Judicial Electrónica?. Sólo tienen acceso los ciudadanos. Sólo tienen acceso las personas jurídicas y los profesionales de la justicia. Sólo tienen acceso los peritos colabores con la justicia. Tienen acceso los ciudadanos, las personas jurídicas, los peritos colaboradores con la justicia y los profesionales de la justicia.

Isabel, que tiene un puesto en el mercado, le han interpuesto una demanda, por lo que le pide a su amiga Ana Maria, estudiante de Derecho, que acceda al Expediente Judicial Electrónico de dicho procedimiento para informarle sobre su tramitación, pero Ana María, considera que ella no podrá acceder al no ser parte y no tener un interés legítimo. ¿Tiene acceso Ana María al Expediente Judicial Electrónico del procedimiento en que es parte su amiga Isabel?. Ana María tendrá acceso ya que puede acceder cualquier ciudadano. Ana María no podrá acceder hasta que no sea profesional. Podrá acceder Isabel al ser parte en el procedimiento, y los profesionales que esta designe al ser parte o los ciudadanos o profesionales que tengan interés legítimo en dicho expediente. No podrá acceder al Expediente Judicial porqué sólo tienen acceso los órganos judiciales.

Ernesto, abogado, observa que en todas las resoluciones que le remiten los procuradores aparece un “NIG”, por lo que desconociendo su significado se pone en contacto con Aurora, procuradora, para que le aclare lo siguiente: ¿Qué es y para qué sirve el “NIG” ?. Es el número de identificación general, número que se asigna al iniciarse el procedimiento y que facilita la búsqueda del Expediente Judicial Electrónico. Es el número que se asigna a cada resolución notificada. Es el número interno de cada órgano judicial. Es el número de identificación general que puede cambiar durante la tramitación del proceso.

Armando necesita acceder al servicio de apoderamiento electrónico para otorgar poderes a su procurador para que le represente en un procedimiento en que es parte, y ante un trámite ante la Administración, pero desconoce si es necesario acreditar su identidad y los medios que puede utilizar para acreditarla ¿Es necesario que acredite su identidad? Y si es necesario ¿Cómo puede acreditarla?. Tendrá que acreditar su identidad, pero sólo podrá hacerlo si dispone DNI o certificado electrónico. No será necesario que acredite su identidad. Tendrá que acreditar su identidad, pero sólo podrá hacerlo mediante cl@ve Pin 24 h. Tendrá que acreditar su identidad y podrá hacerlo mediante: DNI o certificado electrónico; mediante cl@ve Pin 24 h o cl@ve permanente, en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (Apud Acta) y a través de Apoder@.

Marisa, ciudadana que sabe que existe la plataforma LexNet para presentar escritos judiciales, quiere presentar un escrito de forma electrónica ¿Podrá acceder a dicha plataforma o solamente pueden acceder los profesionales de la Justicia?. Podrá acceder a la plataforma LexNet y presentar el escrito. Podrá acceder a la plataforma, pero no podrá presentar ningún escrito. Podrá acceder a la plataforma si tiene instalada la auto firma. No podrá acceder por no ser una profesional de la justicia, tendrá que presentar el escrito a través de la Sede Judicial Electrónica.

Amparo, procuradora de los tribunales de Valladolid, ha de presentar un escrito en un procedimiento que se tramita en Barcelona, debido a que representa a una de las partes, concretamente a Paco. Teniendo en cuenta la comunidad autónoma en que se tramita el procedimiento ¿Cómo tendrá que presentar dicho escrito?. Tendrá que presentarlo mediante la plataforma Lexnet. Como el procedimiento se tramita en Cataluña tendrá que presentarlo a través de la plataforma E-Justicia. Tendrá que presentarlo a través de la plataforma Avantius. Tendrá que presentarlo en el decanato de los juzgados de forma presencial.

Damián ha sido demandado en un procedimiento ordinario que se tramita en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Terrassa. Su procuradora le ha informado de que debe otorgarle poderes para que pueda representarlo. Como Damián dispone de certificado electrónico podrá acceder a la plataforma habilitada para realizar el apoderamiento electrónico. ¿Podrá otorgar el poder a su procurador de formar electrónica para el procedimiento concreto en que ha sido demandado?. No, sólo pueden otorgarlos de forma electrónica las personas jurídicas. No, solo podrá otorgar poder general, no para un procedimiento concreto. Si, podrá otorgar el poder para este procedimiento concreto. No, podrá debido a que el apoderamiento electrónico sólo es válido ante el Tribunal Constitucional.

Armando necesita acceder al servicio de apoderamiento electrónico para otorgar poderes a su procurador para que le represente en un procedimiento en que es parte, y ante un trámite ante la Administración, pero desconoce si es necesario acreditar su identidad y los medios que puede utilizar para acreditarla ¿Es necesario que acredite su identidad? Y si es necesario ¿Cómo puede acreditarla?. Tendrá que acreditar su identidad, pero sólo podrá hacerlo si dispone DNI o certificado electrónico. No será necesario que acredite su identidad. Tendrá que acreditar su identidad, pero sólo podrá hacerlo mediante cl@ve Pin 24 h. Tendrá que acreditar su identidad y podrá hacerlo mediante: DNI o certificado electrónico; mediante cl@ve Pin 24 h o cl@ve permanente, en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (Apud Acta) y a través de Apoder@.

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