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recopilación tests admin

Fecha de Creación: 2026/01/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 60

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Los actos de las Administraciones públicas son nulos de pleno derecho: Si han sido dictados prescindiendo total y absolutamente de las normas que contienen las reglas para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. Cuando hayan sido dictados por órgano jerárquicamente incompetente. Cuando incurran en desviación de poder. Todos los demás son nulos de pleno derecho.

La Administración tributaria quiere embargar unos bienes muebles para el cobro de una deuda, ante la ausencia de fondos en la cuenta de deudor, y necesita para ello entrar en su domicilio. ¿A qué órgano judicial le corresponde otorgar la autorización?. Al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma en cuya circunscripción radique el domicilio. A la Sección de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia. A la Audiencia Nacional en todo caso. A ninguno, la Administración puede encautar los bienes en el ejercicio de sus potestades de autotutela.

¿En qué casos pueden recurrirse directamente los actos de trámite dictados en un procedimiento administrativo?. Cuando determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento administrativo. Cuando producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Cuando deciden directa o indirectamente el fondo del asunto. En todos los demás supuestos.

¿Qué se considera “órgano jurisdiccional” a los efectos de poder elevar una cuestión prejudicial europea?. Únicamente el Tribunal Supremo. Únicamente aquellos órganos que reúnan las condiciones que ha ido estableciendo el Tribunal de Justicia para que se les reconozca tal carácter. Todos los Tribunales y las Administraciones Públicas del Estado. Únicamente los jueces y tribunales que forman parte del sistema judicial.

Diga cuál de estas funciones NO corresponde al Tribunal de Justicia de la Unión Europea: Declarar la nulidad de las leyes españolas que contradigan el derecho de la Unión. Interpretar los Tratados de la Unión Europea y el derecho derivado. Declarar la nulidad de los actos jurídicos de las instituciones europeas que contradigan los Tratados. Aplicar los derechos de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

A doña Adela le notifican el día 15 de julio una sanción de tráfico de 300 euros con pérdida de cuatro puntos y le indican que tiene veinte días hábiles para presentar alegaciones. Doña Adela nos pregunta qué día termina este plazo de alegaciones. Usted le dice: Que el plazo termina a los veinte días, computados desde el siguiente a la notificación y excluyéndose del cómputo el mes de agosto, los sábados, domingos y festivos. Que el plazo termina a los veinte días, computados desde el mismo día de la notificación y excluyéndose del cómputo los días festivos. Que los plazos administrativos deben siempre computarse por días naturales y no hábiles, por imponerlo así la LPAC. Que el plazo termina a los veinte días, computados desde el día siguiente al de la notificación y excluyéndose del cómputo sábados, domingos y festivos.

En el caso anterior, doña Adela presentó las alegaciones pero tras la tramitación del procedimiento sancionador se ha dictado una resolución por la que se le imponen la sanción de multa y de pérdida puntos, y en el pie de recurso se le informa que la resolución de la Dirección General de Tráfico pone fin a la vía administrativa. Viene a nuestro bufete y nos pregunta sobre las posibles acciones legales que puede ejercer. Usted le dice que la notificación de los recursos es incompleta, pero le informa de todas formas de lo que procede: Que debe interponer recurso de alzada y, en caso de ser desestimado, interponer recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales. Que debe interponer recurso de reposición y, en caso de ser desestimado, interponer recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales. Que puede optar por interponer recurso de reposición o por interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales. Que únicamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales.

Si una Comunidad Autónoma quiere recurrir una resolución de la Administración General del Estado que le afecta: Debe agotar la vía administrativa previa presentando el recurso que sea procedente antes de interponer el recurso contencioso-administrativo. Debe requerir previamente a la Administración General del Estado y, en caso de ser rechazado el requerimiento, interponer recurso contencioso-administrativo. Puede interponer directamente el recurso contencioso-administrativo. Debe interponer recurso contencioso-administrativo si bien, con carácter facultativo, puede realizar un requerimiento previo a la Administración General del Estado.

El Ayuntamiento de Madrid otorgó una licencia para la apertura de un bar hace seis años en cuyo otorgamiento se incurrió en una causa de anulabilidad del art. 48 de la LPAC y ahora, tras las elecciones, el nuevo equipo de gobierno quiere anularla, ¿podrá hacerlo?. Sí, previo dictamen favorable del Consejo de Estado o Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma. No, ya no cabe su revisión por el tiempo transcurrido. No, únicamente pueden revisarse los actos nulos de pleno derecho del art. 47 de la LPAC. Sí, previa declaración de lesividad e impugnando después la resolución que otorgó la licencia ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Diga cuál de estas diferencias entre la nulidad absoluta y la anulabilidad de los actos administrativos es incorrecta: La nulidad de pleno derecho puede invocarse para obtener la suspensión del acto en vía de recurso. La nulidad de pleno derecho se produce de forma automática mientras que la anulabilidad debe invocarse y obtenerse por la vía del recurso que corresponda. Las disposiciones reglamentarias son nulas de pleno derecho cuando incurren en cualquier infracción del ordenamiento jurídico. Las causas de nulidad de pleno derecho están reguladas en el artículo 47 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común.

Como resultado de la instrucción de un expediente sancionador por infringir reiteradamente la legislación de aguas en cuanto a vertidos contaminantes, la Consejería de Medio ambiente de la Comunidad de Cantabria ha notificado a don Manuel la resolución por la que se acuerda la sanción de cierre de la fábrica de celulosa de la que es administrador único. Muy preocupado, don Manuel acude a nuestro despacho y nos consulta si, en el caso de recurrir en vía administrativa la resolución, la orden de cierre se suspenderá. Le decimos que: Sí, en el caso de que cuando recurra y de que justifique que, de no acordarse la suspensión, se producirían perjuicios de difícil o imposible reparación. No, los actos administrativos gozan de presunción de validez y son directamente ejecutivos sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios que ello pudiera causar. Si, la sanción no será ejecutiva hasta que no se agote la vía administrativa e incluso entonces podrá mantenerse la suspensión si se anuncia que se va a recurrir en vía contenciosa. No, dada la gravedad y la reiteración en la infracción.

El Ayuntamiento de Barbastro convoca un concurso para seleccionar a un arquitecto municipal y le otorga la plaza a Don Beltrán, que tiene el título de bachiller pero carece del título de arquitecto. Doña Laura, arquitecta que se presentó al concurso y no la obtuvo, nos consulta sobre si la resolución del concurso adolece de alguna infracción. Le informaremos de que se trata de un acto: Anulable. Nulo de pleno derecho por haber sido dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido. Convalidable. Nulo de pleno derecho por contrario a derecho y por carecer la persona de los requisitos esenciales para ser nombrado arquitecto municipal.

En el caso anterior, desde la publicación de la resolución del concurso por el Alcalde han pasado un mes y diez días. Doña Laura acude a nuestro despacho nos pregunta si tiene alguna posibilidad de recurrir y, en su caso, qué recursos puede interponer. Le diremos que: Puede interponer recurso contencioso-administrativo antes de que transcurran dos meses. No cabe ya ningún recurso, al haber ganado firmeza el acto por no haber sido recurrido en vía administrativa, pero podría instar la revisión de oficio por el propio Ayuntamiento. Puede interponer potestativamente el recurso de reposición. El acto no es recurrible, al no afectar el nombramiento de Don Beltrán a los derechos o intereses legítimos de Doña Laura.

Si un Ayuntamiento, a través del servicio de notificación de correos, no ha podido entregar hoy la notificación de una sanción de tráfico en el domicilio del interesado por no haber nadie para recibirla: Procederá a su notificación electrónica, según lo dispuesto en la Ley 30/2015, del Procedimiento Administrativo Común. Deberá volver a intentar la notificación en el domicilio del interesado. Procederá a la notificación por medio de un anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado”. Publicará la sanción en la página web del Ayuntamiento y con ello se cumplirá el deber de notificación.

Un empresario viene a vernos a nuestro bufete de abogados y nos consulta sobre qué ocurre si en un procedimiento que ha instado para obtener la autorización ambiental integrada para su industria cementera la Administración no resolviera en plazo. La respuesta correcta es: El silencio negativo. La caducidad del procedimiento. La prescripción del derecho a obtenerla. Todos los efectos anteriores.

La Comunidad de Madrid ha dictado un Decreto por el que se impide circular a los vehículos de arrendamiento con conductor (VTC) y los titulares de las licencias creen que se trata de una norma contraria a Derecho porque vulnera su derecho fundamental a la libertad de empresa. Nos consultan sobre la posible vía de recurso y les informamos de que: Pueden recurrirlo directamente ante los Tribunales. Frente a una norma reglamentaria no cabe recurso directo alguno por parte de los administrados. Deben agotar previamente la vía del recurso administrativo que corresponda para poder recurrirlo ante los Tribunales. Únicamente podrían interponer un recurso de amparo por vulneración de derechos fundamentales.

¿Cuál de las siguientes actuaciones no es un medio de ejecución forzosa de los actos administrativos?. La ejecución subsidiaria. El apercibimiento. La multa coercitiva. La compulsión sobre las personas.

¿Puede actuar la Administración sometida al derecho privado?. No, siempre y en todo caso la Administración debe regirse por el derecho administrativo. Sí, pero cuando se someta al derecho privado no dictará actos administrativos. No, si lo hiciera no revestiría la condición de Administración Pública. Sí, en el caso de la vía de hecho administrativa.

¿Puede el Ayuntamiento revocarnos una licencia para abrir un local que es perfectamente legal por haber cambiado de criterio?. Sí, pero deberá seguir el procedimiento de revisión de oficio. No, ello sería contrario a los principios de buena fe y de confianza legítima. Sí, pero deberá indemnizarnos por los daños y perjuicios causados. Sí, siempre que no haya transcurrido el plazo de cuatro añosdesde que nos la otorgó.

Hace ya un año y medio que Don Pedro solicitó que se le otorgara una concesión demanial para instalar un puerto deportivo en la costa de Cádiz pero no ha tenido noticia alguna de su solicitud por parte de la Dirección General de Costas del Ministerio para la Transición Ecológica (MITEC). Acude a nuestro despacho y nos pregunta qué podría hacer al respecto. Le decimos que: Puede recurrir contra la desestimación presunta de su solicitud al no haberse resuelto en plazo y tener el silencio carácter negativo. Puede esperar a que la Dirección General de Costas resuelva sobre su solicitud y, en caso de que se la deniegue, recurrir. Puede personarse en el MITECO y ejercer su derecho a conocer el estado de tramitación del procedimiento. Cualquiera de las demás vías es posible.

La Administración tributaria quiere embargar unos bienes muebles para el cobro de una deuda, ante la ausencia de fondos en la cuenta de deudor, y necesita para ello entrar en su domicilio. ¿A qué órgano judicial le corresponde otorgar la autorización?. Al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma en cuya circunscripción radique el domicilio. A la sección de lo contencioso Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia en cuya circunscripción radique el domicilio. A la Audiencia Nacional en todo caso. A ningún órgano judicial, la Administración Tributaria puede entrar previo apercibimiento en el domicilio para el cobro de la deuda en ejercicio de su potestad de autotutela.

Juan, abogado en ejercicio, va a presentar un recurso contencioso-administrativo en nombre de una empresa ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y nos pregunta cuál es el importe de la tasa para la interposición del recurso: No deberá pagar ninguna tasa. Es una cuantía proporcional a la cuantía del recurso. Es de 800 euros para las personas jurídicas. Es de 1.050 euros para las personas jurídicas.

Miriam, abogada en ejercicio, interpone recurso contencioso-administrativo contra la denegación por silencio de una solicitud de responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento de Madrid. Sin embargo, una vez interpuesto el recurso el Ayuntamiento resuelve de forma expresa reconociéndole una cuantía inferior a la que reclamaba, ¿qué puede hacer Miriam?. Solicitar la ampliación del recurso a esta resolución expresa del Ayuntamiento. Rechazar el pago parcial del Ayuntamiento y continuar con el recurso interpuesto. Instar la terminación del proceso si se da por satisfecha y considera que hay una satisfacción extraprocesal de la pretensión. Todas las actuaciones anteriores son posibles.

Elena ha recibido una orden del Ayuntamiento para que desaloje su vivienda por expropiación, pero es la primera noticia que tiene pues no se ha seguido procedimiento alguno. Como abogados suyos pretendemos defenderla y para ello podemos: Interponer un recurso contencioso-administrativo especial para la protección de los derechos fundamentales, al habérsele vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva. Intimar al Ayuntamiento para que cese en lo que cabe reputar como una vía de hecho administrativa y, si no lo hace, interponer recurso contencioso-administrativo contra la vía de hecho. Interponer un recurso contra la inactividad de la Administración del artículo 29 LJCA, por no haber tramitado el procedimiento al que estaba obligada. Ejercitar cualquiera de las acciones anteriores.

Diga cuál de estas afirmaciones sobre la representación y defensa en los procesos contencioso-administrativos no es cierta: Se admite que los funcionarios públicos comparezcan por sí mismos, sin necesidad de representación ni defensa, en defensa de sus derechos estatutarios. La representación y defensa del Congreso de los Diputados corresponde a los Letrados de la Cortes Generales. En las actuaciones de los particulares ante todos los órganos jurisdiccionales de lo contencioso-administrativo resulta siempre preceptiva la representación de procurador y la asistencia de abogado. La representación y defensa del Estado y de sus organismos autónomos corresponde a los Abogados del Estado.

¿En qué caso debe plantear un Juez o Tribunal la cuestión de ilegalidad?. Cuando, para poder resolver un recurso indirecto contra un acto de aplicación de un Reglamento, sea necesario que se pronuncie previamente sobre su legalidad el Tribunal competente. Cuando en el recurso contra un acto de aplicación de un Reglamento, la Administración autora del mismo solicite que se eleve la cuestión de ilegalidad al Tribunal Supremo. Cuando tras dictar el Juez o Tribunal una sentencia estimatoria de un recurso contra el acto de aplicación del Reglamento, no fuere competente para anular dicho Reglamento. Cuando el Juez o Tribunal considere que una ley aplicable para resolver un recurso puede ser contraria a la Constitución.

La CNMC emplazó en tiempo y forma a la empresa eléctrica LUX para que compareciese en un proceso contencioso- administrativo en curso, pero no lo hizo en su momento, ¿puede comparecer más tarde?. Sí siempre que aún no se hayan presentado los escritos de conclusiones. No, al no hacerlo al inicio del procedimiento se le tiene por desistida. Sí, pero únicamente podrá intervenir en las actuaciones que aún están pendientes. No, salvo que se trate del procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales.

¿Qué especialidad presenta el procedimiento contencioso-administrativo abreviado respecto del ordinario?. En la vista las partes pueden tomar la palabra y hacer alegaciones. La sentencia puede dictarse de forma oral por el juez o la jueza. El recurso se inicia siempre directamente por demanda. Todas las anteriores son ciertas.

Si vamos a recurrir por la vía contencioso-administrativa ordinaria un acto administrativo, ¿cuándo podremos solicitar las medidas cautelares?. En el escrito de interposición del recurso mediante Otrosí. En el escrito de demanda. En el escrito de demanda y en el de conclusiones. En cualquier estado del proceso.

Si él Abogado del Estado de la Administración cree que concurre una causa de inadmisión en la demanda presentada por el recurrente por falta de legitimación, ¿cuándo podrá hacerlo valer?. En cualquier momento del procedimiento. En el escrito de alegaciones previas a presentar dentro de los primeros cinco días del plazo para contestar a la demanda. No cabe alegar falta de legitimación si no se hizo tras el escrito de interposición. En el escrito de alegaciones previas o en el escrito de contestación a la demanda.

Si se interpone un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra una resolución de un Ministro basada en la ilegalidad de un Real Decreto del Consejo de Ministros que este acto aplica: La Audiencia Nacional podrá anular el acto y, si estima que el Real Decreto es efectivamente ilegal, deberá plantear la cuestión de ilegalidad ante el órgano jurisdiccional competente. El recurso será inadmisible por acumular pretensiones de anulación frente a un acto administrativo y una disposición general. La Audiencia Nacional podrá anular el acto y si estima que el Real Decreto es efectivamente ilegal, podrá también anular éste. La Audiencia Nacional deberá declarase incompetente y remitir los autos al órgano que lo sea.

En qué plazo se puede interponer recurso contencioso-administrativo directo contra un reglamento?. En el plazo de dos meses desde que se publicó. En el plazo de dos meses desde la desestimación, expresa o presunta, del recurso administrativo de alzada. En el plazo de seis meses desde que se publicó. En el plazo de un año desde que se dictó.

Si, en el caso anterior, se nos pasa el plazo para recurrir, ¿ya no se podrá impugnar el reglamento?. Sí, pero únicamente ante el Tribunal Constitucional. No, el reglamento devendrá firme y ya no podrá ser cuestionado ante los tribunales. Sí, cuando se recurra un acto de aplicación del reglamento. Sí, interponiendo un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

De acuerdo con la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conocerán en única instancia de los recursos que se deduzcan contra las ordenanzas locales: Las secciones de lo contencioso-administrativo de los Tribunales de Instancia. Las Salas de lo contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas. La Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Ninguno de los órganos judiciales anteriores.

La Administración ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad de Manuela al denegarle sin ninguna motivación y en un expediente defectuosamente tramitado una beca que venía otorgando en casos idénticos al suyo. Contra dicha resolución se podrá interponer: Únicamente el recurso contencioso-administrativo especial para la protección de los derechos fundamentales al invocarse la vulneración de un derecho fundamental recurrible en amparo, como es el derecho a la igualdad del artículo 14 de la Constitución. El recurso anterior o el recurso contencioso-administrativo ordinario o, incluso, ambos procedimientos simultáneamente. Directamente el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional alegando la vulneración del derecho fundamental a la igualdad del artículo 14 CE. El recurso contra la vía de hecho administrativa, al tratarse de una resolución carente de motivación.

Un magistrado de la jurisdicción civil acude a nuestro despacho y nos cuenta que el Consejo General del Poder Judicial le ha impuesto un traslado forzoso que considera ilegal. Nos pregunta si puede recurrir y le contestamos: Sí, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. Sí, pero al tratarse de un órgano constitucional solo cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. No, los actos del Consejo General del Poder Judicial se consideran actos políticos insusceptibles del control judicial. Sí, ante el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción.

En el proceso contencioso-administrativo ordinario, la parte recurrente fija sus pretensiones y los fundamentos jurídicos en que éstas se basan en: El escrito de interposición del recurso. El escrito de conclusiones. El escrito de formalización de la demanda. En cualquiera de los anteriores escritos.

Cuándo puede pedirse el recibimiento a prueba en el procedimiento ordinario en primera o única instancia?. En cualquier momento del proceso anterior a la apertura del trámite de prueba. En el escrito de interposición del recurso, mediante Otrosí. En los escritos de demanda y contestación de la demanda, mediante Otrosí. En el plazo que el Letrado de la Administración de Justicia otorgue para ello mediante Providencia.

Cuál de las siguientes afirmaciones sobre la legitimación activa en el proceso contencioso-administrativo es correcta?. Se requiere necesariamente la titularidad de un derecho subjetivo; el interés legítimo no es suficiente. La acción popular está reconocida con carácter general en el proceso contencioso-administrado. Están legitimadas las personas, físicas o jurídicas, que ostenten un interés legítimo para impugnar el acto o disposición. Los órganos administrativos carecen siempre de legitimación para impugnar actos de otras Administraciones.

Cuál es el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo contra una resolución que prohíbe o modifica una reunión o manifestación?. 10 días. 48 horas. 2 meses. 20 días.

El recurso de apelación contra las Sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo se interpone: Ante las Salas de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Ante el propio Juzgado de lo contencioso-administrativo que dictó la Sentencia. Ante las Salas de lo contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas. Contra las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo no cabe el recurso de apelación.

¿Qué vía jurídica cabría interponer frente a la Sentencia del Tribunal Supremo que desestime un recurso de casación?. Incidente de nulidad de actuaciones. Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Todas ellas, en los casos y en la forma en que procedan.

Diga en cuál de estos supuestos se presume que concurre interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia: Cuando la resolución recurrida declare nula una disposición de carácter general. Cuando en la resolución recurrida se aprecie error en la valoración de la prueba. Cuando la cuantía del asunto exceda de 600.000 euros. Cuando la resolución recurrida declare nula una disposición de carácter general. Cuando concurran al menos dos de los supuestos enunciados por el art. 88 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

¿Qué plazos hay para la preparación y para la interposición en caso de ser admitido del recurso de casación?. Quince días para la preparación y treinta días para la interposición. Treinta días tanto para la preparación como para la interposición. Cinco días para la preparación y dos meses para la interposición. Dos meses para la preparación y treinta días para la interposición.

Las fases del procedimiento del recurso de casación son: Interposición, admisión, demanda y sustanciación. Preparación, vista previa para la admisión, admisión y sustanciación. Interposición, admisión, sustanciación y fallo. Preparación, admisión, interposición y sustanciación.

Cuando la ejecución del acto recurrido podría frustrar la finalidad legítima del recurso y así lo haya acreditado el interesado: Cuando la ejecución del acto recurrido podría frustrar la finalidad legítima del recurso y así lo haya acreditado el interesado:. Podrá denegarse la medida cautelar si el tribunal aprecia que su adopción podría generar una perturbación grave de los intereses generales o de tercero. Únicamente procederá el otorgamiento de la medida cautelar si, además, el interesado ha acreditado la concurrencia de fumus boni iuris. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

Una vez acordada por el Tribunal una medida cautelar: Se mantendrá invariable durante todo el proceso, hasta que éste finalice por alguna de las causas previstas en la LJCA. Podrá modificarse o levantarse si, a la vista de las actuaciones realizadas en el proceso, el juez o tribunal cambia de criterio. Se mantendrá salvo que la parte recurrida solicite y obtenga la adopción de una medida de contracautela. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

Diga cuál de estas afirmaciones NO es cierta en cuanto las medidas cautelares: Pueden solicitarse en algunos supuestos antes de interponer el recurso. Pueden solicitarse en el escrito de interposición, en el de demanda, y en cualquier estado del proceso. En el caso de recurso contra inactividad administrativa se aplica un régimen para su adopción distinto al general. Cuando se recurra por vulneración de derechos fundamentales la regla general es su adopción salvo en los casos previstos en la ley.

Don Faustino ha obtenido una subvención y aún no han transcurrido los plazos para recurrir contra la resolución que la otorgó cuando se dicta una Sentencia firme que anula la norma reglamentaria que permitía su otorgamiento a la Administración. ¿Qué efecto tiene esa sentencia sobre la subvención otorgada a don Faustino?. Se le podrá obligar a su reintegro, sin perjuicio de que, en caso de que proceda, pueda reclamar responsabilidad patrimonial a la Administración. Ninguno: los actos declarativos de derechos no se ven afectados por las sentencias firmes que anulan una disposición general. La propia Sentencia se pronunciará sobre la obligación de reintegrar todas las subvenciones otorgadas al amparo de la normativa anulada y establecerá, en su caso, el plazo para ello. Ninguno: la Sentencia anula una norma reglamentaria por lo que no afecta a ningún acto administrativo.

Diga por cuál de estas razones la sentencia que se dicte en un proceso contencioso-administrativo NO podrá declarar la inadmisibilidad del recurso: Porque se hubiera interpuesto por persona incapaz o no legitimada. Porque el órgano jurisdiccional carezca de competencia para resolver el litigio. Porque tuviera por objeto un acto no susceptible de impugnación. Porque el recurso recayera sobre cosa juzgada.

Diga en cuáles de estas materias no cabe solicitar la extensión de los efectos de una sentencia a terceros: En materia de urbanismo. En materia de unidad de mercado. En materia de personal al servicio de la Administración Pública. En materia tributaria.

Doña Benita ha obtenido una Sentencia firme favorable a su pretensión de que se derribe una edificación que le priva de las vistas y cuya licencia era ilegal pero el Ayuntamiento alega la imposibilidad legal de ejecución de la Sentencia al haberse aprobado una Ley que la legaliza. ¿Es posible?. No, la ilegalidad de la licencia ha sido resuelta por Sentencia firme y ésta debe cumplirse sin excepción en sus propios términos. Sí, siempre el Ayuntamiento se proceda a la expropiación del derecho reconocido a doña Benita por la Sentencia. No, salvo que el Ayuntamiento y doña Benita lleguen a un acuerdo extraprocesal sobre una vía alternativa para el cumplimiento de la Sentencia. Sí, siempre que el Tribunal aprecie que concurre la causa de imposibilidad de ejecución y fije, en su caso, la indemnización que le corresponda a doña Benita.

El procedimiento expropiatorio por el procedimiento de urgencia se caracteriza por: El expediente para la fijación definitiva del justiprecio tiene lugar tras la ocupación de los bienes. Está previsto en algunas leyes sectoriales como el procedimiento general para ocupar los bienes o derechos a los que se refieren. El Consejo de Ministros puede declararla pero ha de motivar la urgencia de la expropiación. Todas las anteriores características son ciertas.

Nuestro cliente recurrió la Orden del Ayuntamiento de cierre de su tienda de ultramarinos y obtuvo su anulación por haber sido la medida desproporcionada pero al no otorgarse la medida cautelar de suspensión ha estado con su negocio cerrado durante dos años. La acción de responsabilidad patrimonial: Ya no podrá ejercerse, al no haber incluido en el petitum del recurso la pretensión de indemnización de los daños y perjuicios ocasionados por el cierre del establecimiento. Podrá ejercerse pero no prosperará pues la ilegalidad de un acto no es nunca título suficiente para exigir indemnización. Podrá interponerse la acción indemnizatoria en el plazo de un año desde que se anuló la Orden de cierre. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

¿Cuándo es posible que el procedimiento de responsabilidad patrimonial sea declarado simplificado?. Los procedimientos de responsabilidad patrimonial no pueden sustanciarse nunca por un procedimiento simplificado, dada la necesidad de dar audiencia a las partes y solicitar los informes preceptivos. Podrán ser declarados simplificados aquellos procedimientos cuya cuantía indemnizatoria no supere los 20.000 euros y se hayan iniciado de oficio, no siendo posible este tipo de procedimiento en los iniciados a instancia de parte. Podrán ser declarados simplificados aquellos procedimientos en los que, a la vista de las actuaciones, documentos e informaciones, el órgano instructor entienda que son inequívocas la relación de causalidad entre la lesión y el funcionamiento del servicio público, la valoración del daño y el cálculo de la indemnización. Podrán ser declarados simplificados aquellos procedimientos cuya cuantía indemnizatoria no supere los 20.000 euros, siempre que lo solicite el recurrente en su reclamación mediante otrosí.

Si don Faustino ha sufrido una lesión como consecuencia de la aplicación de una Ley declarada luego inconstitucional por el Tribunal Constitucional, para que resulte resarcible por la vía de la responsabilidad patrimonial es necesario: Que no haya transcurrido un año desde que la Sentencia del Tribunal Constitucional se publicó en el BOE. Que don Faustino hubiera recurrido el acto de aplicación de la Ley luego declarada inconstitucional y su recurso hubiera sido desestimado. Que el daño causado sea efectivo y evaluable económicamente. Todos los anteriores requisitos.

En el caso anterior, ¿ante quién formulará don Faustino la reclamación de responsabilidad por dicha lesión?. Ante el Consejo de Ministros. Ante el Tribunal Constitucional. Ante el Tribunal Supremo. Ante cualquiera de los órganos anteriores indistintamente.

Diga cuál de estas características de las concesiones demaniales NO es cierta: Se otorgan por un plazo máximo de 75 años. Pueden transmitirse a terceros previa autorización administrativa. Pueden ser gratuitas o estar sujetas a contraprestación o canon. Pueden revocarse en cualquier momento por la Administración titular del bien demanial sin que de ello resulte derecho a la indemnización del concesionario.

La comunicación regulada por el art. 69 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común: Es una autorización tácita o por silencio administrativo. Se prevé como el complemento de una previa declaración responsable. Una vez presentada puede iniciarse directamente la actividad. Tras su presentación se requiere que la Administración gire una visita de inspección y compruebe el cumplimiento por la actividad de los requisitos comunicados.

NO se indemnizará a través del justiprecio expropiatorio de una casa: Los gastos del traslado de la familia a otro domicilio. Los daños morales por el aprecio que sus propietarios le tenían. Las mejoras introducidas en la casa y no necesarias para su conservación una vez iniciado el expediente expropiatorio. Ninguno de los conceptos anteriores es susceptible de ser indemnizado a través del justiprecio.

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