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AUTONOMIA DEL PACIENTE. LEY 41/2002, 14 DE NOVIEMBRE

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Título del Test:
AUTONOMIA DEL PACIENTE. LEY 41/2002, 14 DE NOVIEMBRE

Descripción:
AUTONOMIA DEL PACIENTE. LEY 41/2002, 14 DE NOVIEMBRE

Fecha de Creación: 2018/04/16

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 42

Valoración:(16)
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1. ¿Quién será el titular del derecho a la información asistencial?. El paciente. El médico responsable asignado al caso. Los familiares del paciente. Todas las respuestas son correctas.

2. ¿Tendrán derecho a ser informadas las personas vinculadas al paciente?. No. Si, serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. Si, serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares, aunque el paciente no haya dado su consentimiento. No, serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.

3. ¿Quién según el artículo 7 de la Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica deberá adoptar las medidas oportunas para garantizar el derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a la salud de toda persona?. Los Servicios de Salud de la Comunidad Autónoma. El personal sanitario que asiste al paciente. Los centros sanitarios. El personal sanitario y no sanitario que asiste al paciente.

4. Según el artículo 7.1 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud: Y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por los servicios sanitarios correspondientes. Y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por el titular de los mismos o personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. Y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la dirección del centro sanitario correspondiente. Y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley.

5. Con respecto al derecho a la información asistencial: Toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. La información, como regla general se proporcionará por escrito dejando constancia además en la historia clínica. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, sin excepciones. Todas son correctas.

6. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre tiene como ámbito de aplicación, según su artículo 1, la regulación de los derechos y obligaciones de: Usuarios y Pacientes. Profesionales. Centros y servicios sanitarios, públicos y privados. Todas son correctas.

7. Los centros sanitarios y los facultativos de ejercicio individual facilitarán el acceso a la historia clínica de los pacientes fallecidos: A las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, sin excepciones. A las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así lo acredite. A un tercero motivado por un riesgo para su salud, sin las debidas limitaciones. Todas son correctas.

8. Según el artículo 5 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, quién o quiénes serán, el titular o los titulares del derecho a la información asistencial: El paciente. Personas vinculadas a él por razones familiares, en todo caso. Personas vinculadas por razones de hecho, en determinados supuestos. Todas son correctas.

9. Según el artículo 5 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, quién o quiénes tendrán también derecho a la información asistencial del paciente: Sólo el paciente tiene derecho a ser informado. Personas vinculadas a él por razones familiares, en todo caso. Personas vinculadas por razones de hecho, si el paciente lo permite de manera expresa o tácita. Todas son correctas.

10. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y: Como mínimo, tres años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como máximo, tres años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como máximo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.

11. El facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información básica siguiente (señale la incorrecta): Las contraindicaciones. Las consecuencias de mayor o menor importancia que la intervención origina con seguridad. Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente. Los riesgos probables en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia.

12. Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables a favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento, en los siguientes casos: Cuando existe riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias, en cualquier caso. Cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización. Todas son correctas. Todas son incorrectas.

13. Forman parte del contenido mínimo de la historia clínica (señale la incorrecta): El consentimiento informado. La anamnesis y la historia clínica. Los informes de exploraciones complementarias. El informe de hemodinámica.

14. Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, este consentimiento: Se prestará por escrito, en cualquier caso. Será verbal por regla general. Será verbal o escrito, según convenga. Cada servicio de salud dispondrá al respecto.

15. Con respecto al derecho de acceso a la historia clínica: El paciente tiene el derecho de acceso y de obtención de copia, en cualquier caso. El derecho de acceso del paciente puede ejercerse también por representación debidamente acreditada. El derecho de acceso del paciente puede ejercitarse incluso, en perjuicio del derecho de los profesionales participantes en su elaboración. El acceso de un tercero a la historia clínica cuando venga motivado por un riesgo para su salud, no podrá verse limitado.

16. ¿Quién establecerá un mecanismo de custodia activa y diligente de las historias clínicas que permita la recogida, integración, recuperación y la comunicación de la información sometida al principio de confidencialidad?: El Estado. Las Comunidades Autónomas. Los servicios de salud. Los centros sanitarios.

17. En caso de incapacidad del paciente, ¿recibirá el paciente la información asistencial?: En ningún caso. Únicamente a su representante legal. De modo adecuado a sus posibilidades de comprensión, cumpliendo con el deber de informar también a su representante legal. Se le informará a las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho.

18. La regulación del procedimiento adecuado para que, llegado el caso, se garantice el cumplimiento de las instrucciones previas de cada persona, se llevará a cabo por parte de: Cada centro sanitario. Cada servicio de salud. Cada comunidad autónoma. El Estado.

19. Se otorgará el consentimiento por representación: Cuando el paciente tenga la capacidad modificada judicialmente. Cuando el paciente, a criterio del médico responsable de la asistencia, no sea capaz de tomar decisiones. Cuando el paciente menor de edad no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. Todas son correctas.

20. ¿Quién se encargará de regular el procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia clínica y su uso?: El Ministerio de Sanidad. Las Comunidades Autónomas. Los servicios de salud. Los centros sanitarios.

21. De acuerdo con el artículo 8.4 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, ¿existirá la posibilidad de utilizar los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se apliquen en un proyecto docente o de investigación, aun implicando riesgo adicional para la salud del paciente?: Siempre que sea advertido de ello. Siempre que sea advertido y el paciente preste su consentimiento por escrito. No, salvo excepciones. En ningún caso.

22. Según el artículo 17.4 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, la gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados, se realizará: Por el personal sanitario no facultativo de dicho centro. A través del servicio de archivos de dicho hospital. Por el personal de gestión de dicho centro. A través de la unidad de admisión y documentación clínica.

23. Señale la afirmación incorrecta en relación con las historias clínicas: La historia clínica comprende el conjunto de los documentos relativos a los procesos asistenciales de cada paciente, con la identificación de los médicos y de los demás profesionales que han intervenido en ellos, con objeto de obtener la máxima integración posible de la documentación clínica de cada paciente, al menos, en el ámbito de cada centro. Todo paciente o usuario tiene derecho a que quede constancia, únicamente por escrito, de la información obtenida en todos sus procesos asistenciales, realizados por el servicio de salud tanto en el ámbito de atención primaria como de atención especializada. La historia clínica es un instrumento destinado fundamentalmente a garantizar una asistencia adecuada al paciente. Todas son incorrectas.

24. Respecto de la limitación del derecho a la información sanitaria por la existencia acreditada de un estado de necesidad terapéutica, señale la incorrecta: La efectuará el médico, cuando por razones subjetivas el conocimiento de su propia situación pueda perjudicar la salud del paciente de manera irreversible. Llegado este caso el médico dejará constancia razonada de las circunstancias en la historia clínica. Llegado este caso el médico comunicará su decisión a las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho. La efectuará el médico, cuando por razones objetivas el conocimiento de su propia situación pueda perjudicar la salud del paciente de manera grave.

25. Señale la correcta: El médico responsable deberá ponderar en cada caso que cuanto más dudoso sea el resultado de una intervención más necesario resulta el previo consentimiento del paciente. El médico responsable deberá ponderar en cada caso que cuanto menos dudoso sea el resultado de una intervención más necesario resulta el previo consentimiento del paciente. El médico responsable deberá ponderar en cada caso que cuanto menos dudoso sea el resultado de una intervención más necesario resulta el previo consentimiento por escrito del paciente. El médico responsable deberá ponderar en cada caso que cuanto más dudoso sea el resultado de una intervención más necesario resulta el previo consentimiento por escrito del paciente.

26. Quiénes aprobarán las disposiciones necesarias para que los centros sanitarios puedan adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para archivar y proteger las historias clínicas y evitar su destrucción o su pérdida accidental: El Ministerio de Sanidad y Consumo. Las Comunidades Autónomas. Los servicios de salud. Los centros sanitarios.

27. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud: Toda la información disponible sobre la misma. Toda la información disponible sobre la misma, sin excepciones. Toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Ninguna es correcta.

28. Cuando se trate de menores no incapaces ni incapacitados, no cabe prestar el consentimiento por representación: En cualquier caso. Si están emancipados. Si tienen doce años cumplidos. Todas son correctas.

29. Con respecto al acceso a los datos de la historia clínica (señale la incorrecta): El personal de administración y gestión de los centros sanitarios sólo puede acceder a los datos de la historia clínica relacionados con sus propias funciones. El personal sanitario debidamente acreditado que ejerza funciones de inspección, evaluación, acreditación y planificación, tiene acceso a las historias clínicas en el cumplimiento de sus funciones de comprobación de la calidad de la asistencia. El personal que accede a los datos de la historia clínica en el ejercicio de sus funciones queda sujeto al deber de secreto. El acceso a la historia clínica con fines judiciales obliga a unificar los datos de clínico-asistenciales del paciente junto a los de carácter personal, de manera que como regla general se tenga un acceso directo a los mismos, salvo que el propio paciente deniegue el consentimiento para ello.

30. Señale la respuesta incorrecta. El facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información básica siguiente: Las consecuencias relevantes o de importancia que la intervención origina con seguridad. Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente. Los riesgos probables en condiciones anormales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o indirectamente relacionados con el tipo de intervención. Las contraindicaciones.

31. Las instrucciones previas podrán revocarse: En los casos que marca la ley exclusivamente. Libremente en cualquier momento dejando constancia por escrito. Libremente en cualquier momento de forma verbal o escrita. Ninguna de las respuestas anteriores es cierta.

32. El consentimiento informado, de acuerdo con la definición prevista en el art. 3 de la Ley 41/2002 de 14 de noviembre, consiste en: La conformidad que debe prestar obligatoriamente por escrito de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades antes de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. La conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades antes de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. La conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. La disconformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades antes de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.

33. La renuncia del paciente a recibir información: No se reconoce por la Ley. Está limitada por el interés de la salud del propio paciente. No está limitada por el interés de la salud de terceros. Ninguna de las anteriores es correcta.

34. Cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones, a criterio del médico responsable de la asistencia, o su estado físico o psíquico no le permita hacerse cargo de su situación, y no pueda prestar el consentimiento informado. Si el paciente carece de representante legal: El consentimiento lo prestarán las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. El consentimiento no se prestará. Tendrán en ese mismo acto nombrar representante legal. El médico es quien de forma personal lo decida.

35. El Consentimiento informado, se prestará por escrito en los casos siguientes: Intervención quirúrgica. Procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores. En general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente. En todos los casos anteriores.

36. La Ley 41/2002, de Autonomía del paciente, establece que; como regla general, el consentimiento se manifestará en forma: Verbal. Escrita. Ante testigos. Documental.

37. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial es lo que se llama para la Ley 41/2002: Historia clínica. Documentación clínica. Información clínica. Ninguna de las respuestas es correcta.

38. La historia clínica deberá realizarse bajo criterios de: Autonomía. Unidad e integración. Garantía de acceso en soporte informálico. Claridad y gestión.

39. Se denomina Informe de alta médica: Al documento emitido por el médico responsable en un cenlro sanitario al iniciar cada proceso asistencial de un paciente, que especifica los datos de éste, un resumen de su historial clínico, la actividad asistencial prestada, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas. Al documento emitido por el médico responsable en un centro sanitario al finalizar cada proceso asistencial de un paciente, que especifica los datos de éste, un resumen de su historial clínico, la actividad asistencial prestada, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas. Al documento emitido por el paciente al finalizar cada proceso asistencial de un paciente, que especifica los datos de éste, un resumen de su historial clínico, la actividad asistencial prestada, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas. Al documento emitido por el médico responsable en un centro sanitario al finalizar cada proceso asistencial de un paciente, que especifica los datos de éste, la totalidad de su historial clínico, la actividad asistencial prestada, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas.

40. Señale la respuesta incorrecta. Forma parte del contenido mínimo de la historia clínica (en un proceso de hospitalización): La autorización de ingreso. El informe de urgencia. La evolución. Todas las demás opciones son correctas.

41. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y : Como máximo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistenciaL. Como mínimo, cuatro años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como mínimo, diez años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.

42. Tienen libre acceso a la historia clínica del paciente de un centro asistencial: Los profesionales asistenciales y de gestión y servicios del centro. Los médicos asistenciales del centro. Los profesionales asistenciales del centro implicados en el diagnóstico y tratamiento del enfermo. El personal asistencial, investigador y docente del centro.

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