La relación de las Cortes Generales con el Defensor del Pueblo se canaliza a través de: Presidente del Congreso de los Diputados Presidente del Senado Comisión Mixta, Congreso, Senado. Conforme al artículo 92.2 de la Constitución, el referéndum consultivo será convocado: Por el Presidente del Congreso de los Diputados a propuesta del Rey, previamente autorizada por el Senado Por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados Por el Presidente del Gobierno a propuesta del Rey previamente por el Congreso de los Diputados Ninguna de las anteriores.
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