Auxiliar Adminsitrativo Cabildo de Tenerife
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Título del Test:![]() Auxiliar Adminsitrativo Cabildo de Tenerife Descripción: 120 preguntas |




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¿De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cabildos, en qué ámbito material no se pueden atribuir competencias a los Cabildos Insulares?. Régimen estatutario del personal funcionario de la Administración local. Ferias y mercados insulares. Igualdad de género. ¿Pueden los Cabildos Insulares ejercer la iniciativa legislativa ante el Parlamento de Canarias?. En ningún caso. Sí, mediante la presentación ante la Mesa del Parlamento de proposiciones de ley articuladas aprobadas con la mayoría absoluta del número legal de los miembros de la corporación. Sí, mediante la presentación ante la Mesa del Parlamento de proposiciones de ley articuladas aprobadas con la mayoría simple del número legal de los miembros de la corporación. ¿A qué Administración le será imputable la responsabilidad patrimonial derivada del ejercicio de competencias autonómicas delegadas en los Cabildos Insulares?. A los Cabildos Insulares. A la Administración pública de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la facultad de ésta de repetir contra la administración insular en los supuestos en que la lesión sea consecuencia de culpa o negligencia grave de ésta en el cumplimiento de sus obligaciones. la Administración pública de la Comunidad Autónoma, sin posibilidad de repetir contra la administración insular. De conformidad con lo establecido en el ROCIT, ¿a quién le corresponde el nombramiento y cese del personal eventual en el Cabildo Insular de Tenerife??. A los Consejeros Insulares de Área. Al Presidente del Cabildo. Al Consejo de Gobierno Insular. Por razones de urgencia, ¿se podría someter al Consejo de Gobierno Insular una relación de asuntos no incluidos en el orden del día?. Sí, si son presentados al Presidente inmediatamente antes de la celebración de la sesión, este los admita y sus miembros presentes lo acuerden por unanimidad. En ningún caso. Sí, cuando así lo decida el Presidente y estén presentes todos los miembros del Consejo. De conformidad con lo dispuesto en el ROCIT, ¿qué resoluciones y acuerdos ponen fin a la vía administrativa?. Los del Pleno, Presidente y Consejo de Gobierno Insular. Los de los Consejeros insulares del area en ejercicio de atribuciones desconcentras. Los de los Consejeros Delegados cuando actúen por delegación de un órgano desconcentrado. El ROCIT establece que son órganos directivos de las Áreas de Gobierno: Los Consejeros Insulares de Área. El Presidente. Los Consejeros con delegación especial. ¿Cuál de estas competencias le corresponde al Pleno del Cabildo Insular de Tenerife según lo dispuesto en su Reglamento Orgánico?. La resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial. La resolución de los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas por el Presidente de la Corporación Insular. La aprobación de los Presupuestos y aquellas modificaciones de su competencia. De conformidad con la Ley 8/2015, de Cabildos Insulares, y en cuanto a la naturaleza de éstos: Son instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como órganos de gobierno, administración y representación de cada una de las siete islas en que se articula territorialmente la Comunidad Autónoma de Canarias. Son entidades locales, instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como órganos de gobierno, administración y representación de cada una de las siete islas en que se articula territorialmente la Comunidad Autónoma de Canarias. Son entidades locales e instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. Son competencias propias de los Cabildos Insulares, entre otras: La prestación de los servicios de la administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 5.000 habitantes. La prestación de los servicios de la administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes. La prestación de los servicios de la administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 10.000 habitantes. Como órganos de gobierno, administración y representación de las islas, son competencias propias de los Cabildos Insulares, entre otras: La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En todo caso garantizará en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención. La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En todo caso garantizará en los municipios de menos de 5.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención. La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En todo caso garantizará en los municipios de menos de 2.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención. En relación con las competencias de asistencia de los Cabildos Insulares a los municipios: Prestarán asistencia a los municipios de su respectiva isla, especialmente a los de menos de 20.000 habitantes. Prestarán asistencia a los municipios de su respectiva isla, especialmente a los de menos de 50.000 habitantes. Prestarán asistencia a los municipios de su respectiva isla, especialmente a los de menos de 5.000 habitantes. De conformidad con el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife, éste: Distribuirá sus competencias por Áreas de Gobierno, cuya determinación, denominación y composición orgánica concreta corresponde al Pleno de la Corporación, a propuesta del Consejo de Gobierno, debiéndose publicar dicho acuerdo solo en el Boletín Oficial de la Provincia. Distribuirá sus competencias por Áreas de Gobierno, cuya determinación, denominación y composición orgánica concreta corresponde al Pleno de la Corporación, a propuesta del Presidente de la misma, debiéndose publicar dicho acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en el de la Provincia. Distribuirá sus competencias por Áreas de Gobierno, cuya determinación, denominación y composición orgánica concreta corresponde al Pleno de la Corporación, a propuesta del Presidente de la misma, debiéndose publicar dicho acuerdo solo en el Boletín Oficial de Canarias. Son órganos directivos de las Áreas de Gobierno del Cabildo Insular de Tenerife. Los Viceconsejeros Insulares, los Directores Insulares y el Director de la Asesoría Jurídica. Los Viceconsejeros Insulares y los Directores/as Insulares. Los Viceconsejeros Insulares, los Directores Insulares y el Interventor. Son órganos directivos de la organización general del Cabildo Insular de Tenerife. El Interventor General, el Secretario General del Pleno, el Vicesecretario General, el Director de la Asesoría Jurídica y el Director de la Oficina de Contabilidad. El Interventor General, el Secretario General del Pleno, el Director de la Asesoría Jurídica, el Director de la Oficina de Contabilidad y el Tesorero. El Secretario General del Pleno, el Vicesecretario General, el Director de la Asesoría Jurídica y el Tesorero. De conformidad con el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife, las Comisiones del Pleno se constituyen válidamente con la asistencia de: Un tercio del número legal de sus miembros, que nunca podrá ser inferior a tres. Dos tercios del número legal de sus miembros, que nunca podrá ser inferior a tres. Un tercio del número legal de sus miembros, que nunca podrá ser inferior a cinco. ¿Quiénes son interesados en un procedimiento administrativo según la Ley 39/2015?. Todas las personas que tengan un interés legítimo, individual o colectivo, se hayan o no personado en el procedimiento. Solo los titulares de derechos o intereses legítimos. Las personas que tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que se adopte. ¿Quiénes están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo?. Solo quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. Las personas físicas únicamente. Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, entre otros. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse: Únicamente en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan. Después de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, únicamente en el registro electrónico de la administración a la que se dirijan y en los restantes registros electrónicos de los entes del sector público previstos en la citada ley. La Ley 39/2015 prevé varios registros donde los interesados pueden presentar los escritos dirigidos a cualquier órgano de la Administración. ¿Cuál es el plazo máximo que tiene la Administración para resolver y notificar un procedimiento administrativo?. El plazo máximo que tiene la Administración para resolver y notificar será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. El plazo máximo que tiene la Administración para resolver y notificar un procedimiento será de 6 meses. El plazo máximo que tiene la Administración para resolver y notificar un procedimiento será de 3 meses, contado desde el acuerdo de incoación del citado procedimiento. Qué sucede si la Administración no resuelve y notifica un procedimiento administrativo dentro del plazo legalmente establecido: Se entiende que la solicitud formulada por el interesado ha sido estimada por silencio administrativo en todo caso. Se entiende que la solicitud ha sido estimada si se trata de un procedimiento de responsabilidad patrimonial. Se entiende que la solicitud ha sido estimada o desestimada, dependiendo del tipo de procedimiento administrativo de que se trate. ¿Cómo se computan los plazos administrativos establecidos por meses?. Como todos los plazos, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación, descontando los sábados, domingos y festivos. A partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. Desde el mismo día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate o desde el mismo día en que se produzca la estimación o desestimación por silencio. ¿Cómo se computan los plazos administrativos por horas?. Se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. Se contarán de hora en hora a partir del día siguiente a que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que trate. No podrán tener una duración superior a doce horas, en cuyo caso se expresarán en días. Si en un procedimiento administrativo común los plazos se señalan por días, estos se entiende que son. Plazos naturales en todo caso. Plazos hábiles, salvo que por ley o normativa comunitaria europea se exprese otra cosa. Plazos naturales, excluyendo los sábados y domingos y festivos de carácter nacional. Qué respuesta es correcta en relación con la presentación de un escrito a través de un registro electrónico: La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil. La presentación de documentos se ha de realizar únicamente en los días hábiles, durante las veinticuatro horas.. La presentación de documentos en un día inhábil es válida si a posteriori se ratifica ante la sede del órgano al que va dirigida. ¿En qué casos es obligatoria la ampliación de los plazos establecidos por la Ley 39/2015?. En todos los casos en que el ciudadano lo solicite, siempre que la ampliación no exceda de la mitad del plazo inicialmente establecido. Únicamente en los procedimientos iniciados de oficio por la Administración, siempre que la petición se realice antes del vencimiento del plazo de que se trate. En los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares. Un particular ha solicitado de la Administración la ampliación de un trámite de audiencia fijado en 15 días, en 10 días más, ¿esto es posible?. No es posible, porque el plazo de ampliación no puede exceder de la mitad del plazo establecido. Sí es posible, siempre que las circunstancias lo aconsejen y no haya terceros interesados. Los plazos pueden ser ampliados sin limitación alguna, siempre que así lo decida el órgano instructor del procedimiento de que se trate. La iniciación de un procedimiento administrativo de oficio por parte de la Administración requiere: Acuerdo del órgano competente. Un periodo de información o actuaciones previas, en todo caso. La adopción de medidas provisionales para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, en todo caso. Ante una solicitud de licencia de obras de un ciudadano que no reúne los requisitos establecidos por la legislación aplicable, ¿qué debe hacer la Administración?. Requerir al interesado para que subsane la solicitud o acompañe los documentos preceptivos. Declarar el desistimiento de la solicitud en el plazo de 10 días, como forma de terminación del procedimiento, a través de una resolución motivada y expresa. Dictar una resolución de caducidad del procedimiento, una vez transcurrido el plazo de 10 días. El plazo de subsanación de una solicitud previsto legalmente: Puede ser ampliado siempre durante un plazo que no sea superior a la mitad del plazo establecido. No puede ser ampliado en procedimientos tales como procesos selectivos o de concurrencia competitiva. Puede ser ampliado durante un plazo máximo de 15 días, siempre que se solicite de forma expresa y antes del vencimiento del plazo concedido. ¿Qué ocurre si la Administración requiere a un particular el cumplimiento de un trámite en la ordenación de un procedimiento y el mismo no es realizado?. Que la Administración puede declarar al particular decaído en el derecho al trámite correspondiente. Que la Administración ha de conceder al particular un plazo de 5 días adicional para que cumplimente el trámite correspondiente, con advertencia de archivo sin más trámite si no se cumplimenta el mismo. Que la Administración ha de resolver la terminación del procedimiento, por desistimiento del particular en todo caso. ¿Qué plazo tiene un interesado en un procedimiento administrativo para formular alegaciones?. Las alegaciones se pueden realizar durante el plazo de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio correspondiente en el boletín oficial que corresponda. Las alegaciones se pueden realizar en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia. Las alegaciones se pueden realizar únicamente en el trámite de audiencia previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015. Los informes que forman parte de la instrucción de un procedimiento administrativo. Son preceptivos por regla general y deben ser emitidos en el plazo de 10 días hábiles. Son no vinculantes por regla general y si no se emiten en el plazo de 10 días se puede continuar con el procedimiento. Son preceptivos y vinculantes, no pudiendo continuarse con la tramitación del procedimiento hasta que se emitan los mismos. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la resolución que ponga fin al procedimiento. Será congruente con las peticiones formuladas por el interesado, pudiendo el órgano competente pronunciarse sobre cuestiones conexas, aunque agraven su situación inicial. La resolución será congruente con las peticiones formuladas por el interesado, sin que en ningún caso se pueda agravar su situación inicial. La resolución decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento, aunque no hubieran sido planteadas por los interesados, sin más trámite. En el trámite de audiencia de un procedimiento administrativo, los interesados podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen oportunas: En un plazo no inferior a 15 días ni superior a 30 días hábiles. En un plazo no inferior a 10 días ni superior a 15 días. En un plazo de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Diario oficial correspondiente a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente, o la parte del mismo que se acuerde. En relación con la tramitación simplificada de los procedimientos administrativos, señale qué característica es verdadera: La tramitación simplificada no procede acordarla en los procedimientos sancionadores. El plazo de tramitación simplificada será de 3 meses, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento. La tramitación simplificada procede en caso de escasa complejidad del procedimiento o por razones de interés público. La resolución de un procedimiento administrativo debe contener. La decisión, los recursos que procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos. La decisión motivada y las formas de revisión de la resolución administrativa en cuestión. La decisión motivada, los recursos que procedan, los plazos para interponerlos y la identificación del funcionario y/o autoridad competente para instruir y resolver el correspondiente procedimiento. ¿La Administración está facultada para abstenerse de resolver un procedimiento administrativo?. La Administración puede abstenerse de resolver un procedimiento cuando ha transcurrido el plazo legalmente establecido y se ha producido el silencio administrativo negativo. La Administración puede abstenerse de resolver cuando se ha interpuesto un recurso administrativo o contencioso-administrativo. La Administración no puede abstenerse de resolver, pero sí acordar la inadmisión de las solicitudes en determinados supuestos. La caducidad es una forma de finalización del procedimiento administrativo que se produce cuando: El interesado no subsana la solicitud en el plazo de 10 días hábiles previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015. Hay una paralización del procedimiento por causa imputable al interesado durante un plazo de 3 meses, previo requerimiento de la Administración. Hay una inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites no indispensables para dictar resolución. El desistimiento y la renuncia: Son dos formas de terminación del procedimiento administrativo que requieren informe preceptivo de la Asesoría Jurídica de la Administración. La renuncia procede cuando no esté prohibida por el ordenamiento jurídico y se realice por cualquier medio que permita su constancia. Son dos formas de terminación del procedimiento administrativo que solo son posibles antes del vencimiento del plazo legalmente establecido para resolver y previa solicitud expresa de todos los interesados. Quedan excluidos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Los contratos que tengan por objeto el suministro de programas de ordenador. Los contratos de concesiones de obras y concesiones de servicios que se celebren en el ámbito de la seguridad y de la defensa, en todo caso. La relación de servicio de los funcionarios públicos y los contratos regulados en la legislación laboral.. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a las siguientes cantidades: 140.000 euros, cuando los contratos hayan de ser adjudicados por entidades del sector público distintas la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. 215.000 euros, cuando los contratos hayan de adjudicarse por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. 750.000 euros, cuando se trate de contratos que tengan por objeto los servicios sociales y otros servicios específicos enumerados en el anexo IV de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. No podrán contratar con el sector público aquellas empresas: De 250 o más trabajadores que no cumplan con la obligación de contar con un plan de igualdad. De 50 o más trabajadores que no cumplan con la obligación de contar con un plan de igualdad. En el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que más del 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad. Las prohibiciones de contratar por haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos contra la Hacienda Pública producirán efectos: Desde la fecha en que devino firme la sentencia, en todo caso. Desde la fecha de inscripción en el registro correspondiente. Desde la fecha en que devino firme la sentencia si la misma se hubiera pronunciado sobre el alcance y la duración de la prohibición. Los licitadores que presenten las mejores ofertas deberán constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por 100: Del precio final ofertado por aquellos, incluido el IVA. Del presupuesto base de licitación, IVA excluido. Del presupuesto base de licitación, IVA excluido, cuando el precio del contrato se formule en función de precios unitarios. No se consideran poderes adjudicadores a los efectos de lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Las fundaciones públicas. Las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Las sociedades mercantiles. ¿Cuál de los siguientes contratos que, eventualmente, pudiera celebrar el Cabildo tendría carácter privado?. Los contratos de concesión de servicios. Los que tuvieran por objeto la suscripción a revistas, publicaciones periódicas y bases de datos. Los que tuvieran por objeto la adquisición de suministros. ¿Qué tipo de contrato administrativo es el que tiene por objeto la adquisición de un programa de ordenador desarrollado a medida?. Contrato de servicios. Contrato de suministro. Contrato mixto. ¿Cuál de los siguientes contratos que celebre el Cabildo estaría sujeto a regulación armonizada?. Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 3.000.000 de euros. Contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 215.000 de euros. Contratos de suministros cuyo valor estimado sea igual a 140.000 de euros. En el expediente de contratación se justificará adecuadamente: El valor estimado del contrato con indicación de todos los conceptos que lo integran, a excepción de los costes laborales. La decisión de no dividir en lotes el objeto del contrato, en su caso. En los contratos de obras, el informe de insuficiencia de medios. Cuando solo se utilice un criterio de adjudicación en los contratos administrativos que celebre el Cabildo Insular: Este debe estar relacionado exclusivamente con la calidad de la prestación. Este deberá estar relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida. Este debe estar referido exclusivamente al precio. En los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, los criterios relacionados con la calidad deberán representar: Al menos, el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. En este tipo de contratos solo puede haber criterios objetivos. Como máximo, el 54% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. ¿Cómo se formalizan los contratos que celebren las Administraciones Públicas?. En documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. En documento privado que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. Los contratos administrativos en ningún caso requieren formalización, ya que basta con la adjudicación. Las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de los contratos privados que celebre el Cabildo serán competencia de: El orden jurisdiccional civil. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Ambas jurisdicciones (civil y contencioso-administrativa). La garantía provisional: Es obligatoria. Es excepcional y su exigencia debe ser justificada de forma motivada en el expediente. No puede ser superior al 5% presupuesto base de licitación del contrato, excluido el IGIC. La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento: Podrá acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización. Solo podrá adoptarse cuando existan indicios de que el adjudicatario no va a realizar la prestación de forma satisfactoria. Solo podrá acordarse por razones de economía y eficacia. ¿En cuál de los siguientes contratos los órganos de contratación podrán acordar la utilización de un procedimiento abierto simplificado?. En los contratos en los que no haya ningún criterio de adjudicación evaluable mediante juicio de valor. En los contratos de obras, cuando su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros. En los contratos en los que la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables mediante juicio de valor no supere el 30 por ciento del total. ¿En qué casos será preceptivo el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias?. Interpretación, nulidad y resolución de los contratos que tramite el Cabildo, cuando se formule oposición por parte del contratista. Interpretación, nulidad y resolución de los contratos que tramite el Cabildo, en todo caso. En ningún caso. En el procedimiento abierto simplificado abreviado (art. 159.6 LCSP): El plazo de presentación de ofertas será de diez días naturales. La formalización del contrato se realizará en documento público. Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. ¿Cuándo se perfeccionan los contratos administrativos?. Siempre y en todo caso, con la formalización del contrato. Los contratos administrativos se perfeccionan con la formalización, a excepción de los contratos menores y de los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición. Exclusivamente con la adjudicación. De conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, son contratos del sector público: Los contratos onerosos que celebren las entidades del sector público y los contratos subvencionados por entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores que celebren otras personas físicas o jurídicas en los supuestos previstos en el artículo 23 de la LCSP. Los contratos onerosos que celebren las entidades del sector público y solamente los contratos subvencionados por entidades que tengan la consideración de Administraciones Públicas que celebren otras personas físicas o jurídicas en los supuestos previstos en el artículo 23 de la LCSP. Ninguna de las respuestas es correcta. El vocabulario común de contratos públicos (CPV): Sirve para identificar las prestaciones que son objeto de todos contratos regulados en la LCSP y fue aprobado por el Reglamento (CE) n.º 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002. Sirve para identificar las prestaciones que son objeto de algunos de los contratos regulados en la LCSP y fue aprobado por la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública. Sirve para identificar las prestaciones que son objeto de determinados contratos regulados en la LCSP y fue aprobado por el Reglamento (CE) n.º 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002. Están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Las encomiendas de gestión y los convenios que celebren las entidades del sector público con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su contenido no esté comprendido en el de los contratos regulados en la Ley o en normas administrativas especiales. Los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios. Los contratos que tengan por objeto los programas de ordenador desarrollados a medida y los de adquisición de energía primaria o energía transformada. En relación con los órganos de contratación: No podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades. Podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades. Podrán desconcentrar, exclusivamente, sus competencias y facultades. En relación con la aptitud para contratar con el sector público: La habilitación empresarial o profesional es un requisito o condición de aptitud de las empresas. La habilitación empresarial o profesional es un requisito de solvencia económica o financiera de las empresas. La habilitación empresarial o profesional debe exigirse siempre a las empresas que concurran como licitadores en un contrato de obras. No podrán contratar con las entidades del sector público, las personas en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias: No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social y las deudas no estén aplazadas, ni fraccionadas o no se hubiera acordado su suspensión. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas, salvo cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión. Ninguna de las respuestas es correcta. La capacidad de obrar de los empresarios que sean personas jurídicas se acreditará: Solamente, mediante el D.N.I del representante de la persona jurídica y la escritura pública en la que conste dicha representación. Mediante la escritura pública o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Exclusivamente, mediante la acreditación de la inscripción de la persona jurídica en el Registro público correspondiente según el tipo de persona jurídica de que se trate. Respecto a la solvencia de las personas que quieran contratar con el sector público. Para los contratos que estén sujetos a regulación armonizada podrán admitirse medios de prueba distintos de los previstos en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. Para los contratos que estén no sujetos a regulación armonizada podrán admitirse medios de prueba distintos de los previstos en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. La solvencia económica y financiera y técnica o profesional para un contrato se acreditará mediante la aportación de aquellos documentos que acuerde exigir la mesa de contratación de entre los previstos en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. En relación con el contenido mínimo del documento en el que se formalice un contrato celebrado por una entidad del sector público, el mismo deberá contener, entre otras menciones: Los supuestos en los que procederá la revisión excepcional de precios. El precio cierto, o el modo de determinarlo. La referencia a la legislación aplicable al contrato, sin expresa mención al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. En cuanto al inicio de un expediente de contratación: El mismo se aprueba con los correspondientes pliegos de prescripciones técnicas particulares y pliego de cláusulas administrativas particulares. El mismo deberá contener las justificaciones adecuadas de los extremos contenidos en el artículo 116.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El mismo motivará la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La mejor relación calidad-precio de un contrato supone evaluar con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación: Económicos y cualitativos. Cualitativos y sociales. De mejoras. La documentación acreditativa de los criterios de desempate previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Será aportada por el propuesto adjudicatario. No será aportada por los licitadores con carácter previo a que se produzca el empate. Será aportada por los licitadores con carácter previo a que se produzca el empate. En el ejercicio de prerrogativas por la Administración es preceptivo el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva en: Las modificaciones de los contratos que no estuvieran previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea superior a un 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 600.000 euros. Las reclamaciones de responsabilidad contractual en que pudiera haber incurrido la Administración en los casos en que las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros, en su caso, de inferior cuantía rebajada por la normativa de la correspondiente Comunidad Autónoma. En todos los supuestos de ejercicio de las prerrogativas de interpretación, nulidad y resolución de los contratos. En los expedientes de contratación calificados de urgentes: Acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad en todo caso. No se podrá reducir el plazo de quince días hábiles como período de espera antes de la formalización del contrato si este es susceptible de recurso especial en materia de contratación. Existe una preferencia para su despacho por los distintos órganos que intervengan en la tramitación, que dispondrán de un plazo de diez días para emitir los respectivos informes. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante: La aplicación de los criterios de adjudicación específicos para el desempate establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares que rija la licitación en todo caso. En defecto de la previsión en los pliegos de criterios de adjudicación específicos para el desempate se acudirá, en primer lugar, al sorteo. En defecto de la previsión en los pliegos de criterios de adjudicación específicos para el desempate se acudirá, en primer lugar, al mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. En los casos en que una oferta resulte inviable por haber sido formulada en términos que la hacen anormalmente baja: La mesa de contratación la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. La mesa de contratación, tras la previa tramitación del procedimiento establecido elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación. El órgano de contratación podrá excluirla del procedimiento de licitación sin necesidad de tramitar procedimiento alguno cuando la oferta resulte manifiestamente inviable. En los contratos sujetos a regulación armonizada, si se apreciasen indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación en tramitación, el órgano de contratación los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato: A los licitadores, con el fin de que emitan alegaciones en el plazo de 10 días hábiles. A la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o, en su caso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente con el fin de que, en el plazo de 20 días hábiles, emita un informe sobre el carácter fundado o no de tales indicios. A la autoridad de defensa de la competencia correspondiente, pudiendo continuar con los trámites del procedimiento de contratación. La formalización de los contratos que celebren las Administraciones Públicas: Deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en todo caso. No podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación. Resultará necesaria en los contratos basados en un acuerdo marco. En el caso en que el órgano de contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar un contrato para el que se haya efectuado la correspondiente convocatoria: Los licitadores no tendrán derecho a compensación alguna por los gastos en que hubiesen incurrido. El desistimiento del procedimiento podrá acordarse por el órgano de contratación incluso tras la formalización del contrato. Solo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En los supuestos en que en el procedimiento abierto simplificado se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: La oferta se presentará en un único sobre o archivo electrónico. La valoración de las proposiciones se hará por los servicios técnicos del órgano de contratación en un plazo no superior a diez días. En todo caso, la valoración por los servicios técnicos deberá estar efectuada con anterioridad a la apertura del sobre o archivo electrónico que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones: Excepcionalmente la persona jurídica que se encuentra en la situación que fundamenta la concesión de la subvención. Exclusivamente la persona física que se encuentra en la situación que fundamenta la concesión de la subvención. La persona física o jurídica que se encuentra en la situación que fundamenta la concesión de la subvención. Podrán acceder a la condición de beneficiarios sin necesidad de que se prevea expresamente en las bases: Las comunidades de bienes sin personalidad jurídica. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica. Ninguna de las anteriores opciones es correcta. Las agrupaciones de personas físicas sin personalidad y que sean beneficiarias de subvenciones, podrán disolverse: Cuando haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones. Cuando haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en el artículo 39 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cualquier momento. No podrán obtener la condición de entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en la Ley General de Subvenciones las personas en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias: Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos reglamentariamente se determinen. Haber sido condenado mediante sentencia firme por delito de malversación de caudales públicos. La Base de Datos Nacional de Subvenciones: Opera como sistema nacional de publicidad de subvenciones al que las administraciones concedentes podrán remitir información sobre las convocatorias. Opera como sistema nacional de publicidad de subvenciones al que las administraciones concedentes deberán remitir información sobre las convocatorias. Opera como sistema autonómico de publicidad de subvenciones al que las administraciones concedentes deberán remitir información sobre las convocatorias. El contenido de la Base de Datos incluirá: Exclusivamente referencia a las bases reguladoras de la subvención, convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputan. Únicamente referencia al objeto o finalidad de la subvención, identificación de los beneficiarios, importe de las subvenciones otorgadas y efectivamente percibidas, resoluciones de reintegros y sanciones impuestas. Al menos referencia a las bases reguladoras de la subvención, convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputan, objeto o finalidad de la subvención, identificación de los beneficiarios, importe de las subvenciones otorgadas y efectivamente percibidas, resoluciones de reintegros y sanciones impuestas. El órgano responsable de la administración y custodia de la Base de Datos Nacional de Subvenciones es. La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función Pública. La Intervención General de la Administración del Estado. La Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En las Entidades Locales serán responsables de suministrar la información de forma exacta, completa, en plazo y respetando el modo de envío establecido: La Intervención y órgano que designe la propia Entidad Local. La Intervención General de la Comunidad Autónoma a la que pertenezca la Entidad Local. En todo caso, los titulares de los órganos, organismos y demás entidades que concedan las subvenciones y ayudas contempladas en la Base de datos. La información incluida en la Base Nacional de Datos de Subvenciones: Tendrá carácter público y podrá ser cedida y comunicada a terceros en todo caso. Tendrá carácter reservado y podrá ser cedida y comunicada a terceros en los casos previstos en la Ley. Tendrá carácter reservado y no podrá ser cedida ni comunicada a terceros en ningún caso. La actividad que constituye el objeto de la subvención: En ningún caso podrá ser subcontratada ni total ni parcialmente. Podrá ser subcontratada solo parcialmente cuando la normativa reguladora de la subvención así lo prevea. Podrá ser subcontratada, total o parcialmente, únicamente cuando la normativa reguladora de la subvención así lo prevea. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas en el acto de concesión de la subvención se documentará: De la manera que se determine reglamentariamente, pudiendo revestir la forma de cuenta justificativa del gasto realizado. De la manera que se determine reglamentariamente, acreditándose exclusivamente mediante presentación de estados contables. Ninguna de las anteriores opciones es correcta. El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos previstos en la Ley General de Subvenciones lleva aparejado el reintegro: Solo si dicho incumplimiento es total. Si la justificación es insuficiente. El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención no lleva en ningún caso aparejado el reintegro. A los efectos previstos en la Ley General de Subvenciones, se consideran gastos subvencionables: Aquellos que aparentemente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones. Aquellos que indubitadamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones. Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios aun cuando se realicen fuera del plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones. La comprobación de la adecuada justificación de la subvención, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención, corresponderá: Al órgano concedente, en los casos excepcionales previstos en la Ley. A la entidad colaboradora, si la hubiere, en nombre y por cuenta propia. Al órgano concedente, realizando la entidad colaboradora, en su caso, en nombre y por cuenta del órgano concedente determinadas comprobaciones previstas en la Ley. Las entidades locales elaboran sus presupuestos teniendo en cuenta: La naturaleza jurídica de los ingresos y de los gastos, y las finalidades y objetivos que con estos últimos se pretendan conseguir. La naturaleza económica de los ingresos y de los gastos, y las finalidades y objetivos que con estos últimos se pretendan conseguir. Se atenderá en su elaboración a la naturaleza económica de los gastos, pero no de los ingresos. La clasificación por programas de los estados de gastos de los presupuestos generales de las entidades locales constará de los siguientes niveles: El primero relativo a la política de gasto, el segundo relativo al área de gasto y el tercero a los grupos de programas. El primero relativo al área de gasto, el segundo relativo a los grupos de programas y el tercero relativo a la política de gasto. El primero relativo al área de gasto, el segundo a la política de gasto, el tercero a los grupos de programas. la clasificación económica de los estados de gastos de los presupuestos generales de las entidades locales presentará separación de gastos corrientes y gastos de capital, de acuerdo con los siguientes criterios: En los créditos para gastos corrientes se incluirán los de inversiones reales y las variaciones de activos y pasivos financieros. En los créditos para gastos corrientes se incluirán los de funcionamientos de los servicios, los de intereses y las transferencias corrientes. En los créditos para gastos corrientes se incluirán las transferencias de capital. Con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto podrán contraerse las siguientes obligaciones: Solo las derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. Las previstas en el apartado anterior y además todas las pendientes de aplicación del ejercicio inmediato anterior se deriven o no de gastos debidamente adquiridos. Las previstas en el apartado a) y además las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal que perciba sus retribuciones con cargo a los presupuestos generales de la entidad local. Podrán adquirirse compromisos de gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen: Siempre que su ejecución se inicie en el siguiente ejercicio sin excepción alguna. Siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que además el número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos que en ningún caso podrá tratarse de transferencias de capital no sea superior a cuatro. Siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que además el número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos no sea superior a cuatro. Indique qué expediente ha de incoarse cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y no exista crédito en el presupuesto de la corporación: Expediente de concesión de crédito extraordinario. Expediente de suplemento de crédito. Expediente de baja por anulación de créditos. Las transferencias de créditos de cualquier clase estarán sujetas a las siguientes limitaciones: No están sujetas a limitación alguna. No afectarán a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio. En ningún caso podrán incrementarse créditos que como consecuencia de otras transferencias hubieran sido objeto de minoración. Podrán adquirirse compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos. En ningún caso, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que infrinjan dicha norma, pero no siendo exigible responsabilidad. En ningún caso, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que infrinjan dicha norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. Cuando las bases de ejecución del presupuesto así lo prevean. La gestión del presupuesto de gastos se realizará en las siguientes fases: Autorización, disposición del gasto y reconocimiento del pago. Autorización del gasto y liquidación de la obligación. Autorización, compromiso del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago. El principio de especialidad cualitativa de los créditos del presupuesto de gastos supone: Que los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la cual hayan sido autorizados en el presupuesto general de la entidad local. Que los créditos han de ser ejecutados a lo largo del ejercicio presupuestario, el cual determina su vigencia. Que los créditos para gastos podrán destinarse a una finalidad distinta a aquella para la cual hayan sido autorizados en el presupuesto general de la entidad local. El régimen de transferencias de crédito, así como el órgano competente para autorizarlas, se regulará: En el reglamento orgánico de la Corporación Local. En las bases de ejecución del presupuesto. Por la Intervención General mediante instrucción aprobada al efecto. Podrán generar crédito en los estados de gastos de los presupuestos, en la forma reglamentariamente establecida: Los ingresos de naturaleza tributaria. Los ingresos de naturaleza no tributaria derivados de reembolso de préstamos. Los ingresos de naturaleza no tributaria derivados reintegros de pagos, en cualquier caso. El reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos corresponderá: Al Presidente de la Corporación pudiendo desconcentrarse o delegarse. Al Presidente de la Corporación no pudiendo desconcentrarse o delegarse, en ningún caso. Al Tesorero de la Corporación. La creación de una unidad de ordenación de pagos que ejerza las funciones administrativas de la ordenación de pagos: No está prevista en la Ley, pues es una competencia que corresponde al Presidente y que no puede delegarse. Está prevista su creación por el Pleno a propuesta del Presidente. No es competencia del Presidente por tanto su creación está prevista pero no a propuesta de aquél. No será imputable al responsable del tratamiento, la inexactitud de los datos personales cuando los datos inexactos: Fuesen obtenidos de una página web de internet por el responsable. Hubiesen sido obtenidos por el responsable directamente del afectado, sin necesidad de que se supriman o rectifiquen por el responsable del tratamiento. Hubiesen sido obtenidos por el responsable directamente del afectado, siempre que se hayan adoptado todas las medidas razonables para que se supriman o rectifiquen por el responsable del tratamiento. El tratamiento de los datos personales de un menor de edad: El tratamiento de los datos de los mayores de catorce años, fundado en el consentimiento, solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que determinen los titulares de la patria potestad o tutela. Únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de catorce años y la ley no exija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela para la celebración de ese acto. Exigirá en todo caso la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela. Una vez otorgado el consentimiento para el tratamiento de los datos personales. El ejercicio del derecho a la retirada del consentimiento podrá ser denegado si el afectado no utiliza los medios que ha puesto a su disposición el encargado del tratamiento. La retirada del consentimiento tendrá efectos retroactivos. El interesado tendrá derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento. Respecto al registro de actividades de tratamiento cuál de las siguientes afirmaciones es correcta. El registro deberá constar en todo caso por escrito, inclusive en formato electrónico. El registro no resultará obligatorio para las Administraciones públicas. El contenido del registro quedará a la elección de cada responsable de tratamiento. En relación con el tratamiento de categorías especiales de datos personales cuál de las siguientes afirmaciones es cierta. El tratamiento de categorías especiales de datos personales queda prohibido en todo caso. Será admisible cuando el tratamiento sea necesario para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones o cuando los tribunales actúen en ejercicio de su función judicial. Ninguna de las anteriores es correcta. El delegado de protección de datos designado por los responsables y encargados del tratamiento: Deberá ser una persona física integrada en la organización del responsable o encargado del tratamiento. Actuará como interlocutor del responsable o encargado del tratamiento ante la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos. Deberá ser una persona jurídica en todo caso. La Agencia Española de Protección de Datos se rige por lo dispuesto en. El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y sus disposiciones de desarrollo. El Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos. Ninguna de las anteriores es correcta. La Agencia Española de Protección de Datos podrá recabar de los operadores que presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público y de los prestadores de servicios de la sociedad de la información los datos que obren en su poder: Para realizar la identificación del presunto responsable de la conducta contraria, en todo caso. Para realizar la identificación del presunto responsable de la conducta contraria, previa obtención de autorización judicial en todo caso. Cuando no se haya podido realizar la identificación del presunto responsable de la conducta contraria por otros medios, previo requerimiento motivado de la Agencia, exclusivamente en el marco de actuaciones de investigación. La regulación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) se encuentra recogida: En el R.D. 3/2010, por el que se regula el ENS en el ámbito de la Administración Electrónica. En el art. 156 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el R.D. 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el ENS y en el R.D. 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquena Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. En el art. 156 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el R. D. 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el ENS. En relación con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS): Comprende solo el conjunto de criterios y recomendaciones en materia de seguridad, conservación y normalización de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad. Los pliegos de prescripciones técnicas y los pliegos de cláusulas administrativas particulares deberán contemplar todos los requisitos necesarios para asegurar la conformidad con el ENS de los sistemas de información en los que se sustenten los servicios prestados por los contratistas. Su regulación no está comprendida en los recursos y procedimientos integrantes el Sistema de Seguridad Nacional recogidos en la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional. Cuando un sistema de información trate datos personales: Deberá realizarse un análisis de riesgos y, en su caso, una evaluación de impacto en la protección de datos por el delegado de protección de datos. Deberá realizarse un análisis de riesgos y, en su caso, una evaluación de impacto en la protección de datos por el delegado de protección de datos, dando cuenta al responsable o el encargado del tratamiento. Deberá realizarse un análisis de riesgos y, en su caso, una evaluación de impacto en la protección de datos por el responsable o el encargado del tratamiento, asesorado por el delegado de protección de datos. La regulación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS): Se aplica solo a todo el sector público. Se aplica a todo el sector público, así como a los sistemas de información de las entidades del sector privado cuando presten servicios o provean soluciones a las entidades del sector público. Se aplica solo a los sistemas de información de las entidades del sector privado cuando presten servicios o provean soluciones a las entidades del sector público. |