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AYTO BASAURI - AUXILIAR BIBLIOTECA

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Título del Test:
AYTO BASAURI - AUXILIAR BIBLIOTECA

Descripción:
TEMA 9: ESTATUTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO KULTUR ETXEA TITULO II

Fecha de Creación: 2026/01/27

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 26

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Temario:

1.EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO SE EJERCERÁ POR: a) El Pleno, la Alcaldía y la Concejalía de Cultura. b) El Consejo Rector, la Presidencia y la Dirección Gerente. c) El Ayuntamiento de Basauri. d) El Consejo Rector exclusivamente.

2. EL CONSEJO RECTOR ES: a) Un órgano consultivo. b) El órgano supremo del Organismo Autónomo. c) Un órgano técnico. d) Un órgano dependiente de la Dirección Gerente.

3. LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO RECTOR CORRESPONDE A: a) El Director Gerente. b) El Concejal de Cultura. c) El Alcalde o Alcaldesa, o concejal/a en quien delegue. d) El Secretario del Ayuntamiento.

4. COMPOSICIÓN. EL CONSEJO RECTOR ES EL ÓRGANO SUPREMO DEL ORGANISMO, ASUME EL GOBIERNO Y LA GESTIÓN DEL MISMO Y ESTÁ COMPUESTO POR: SEÑALA LA INCORRECTA. a) La Presidencia del Organismo Autónomo, que será el Alcalde o Alcaldesa del Ayuntamiento de Basauri o concejal o concejala en quien delegue. b) Estarán representados todos los grupos políticos proporcionalmente al número de corporativos (incluida la Presidencia), es decir tal y como estén formadas las Comisiones Informativas, con voz y voto. Sus miembros podrán delegar su asistencia en otro concejal o concejala de su mismo grupo para que les sustituyan, con voz y voto. c) El Secretario o Secretaria, que será el Director o Directora Gerente del centro con voz y voto. d) Un representante de los trabajadores/as en aquellos casos o circunstancias puntuales para los que su presencia sea requerida por la Presidencia, previa consulta a la Dirección del Organismo Autónomo, con voz y sin voto, tratándose en primer lugar aquellos asuntos para los cuales ha sido convocado y retirándose posteriormente. e) Cuando lo estime oportuno la Presidencia, se solicitará que el/la Secretario/a del Ayuntamiento o Técnico/a en quien delegue, así como el/la Interventor/a del Ayuntamiento o funcionario/a en quien delegue asesore al Consejo Rector.

5. VERDADERO O FALSO: TODOS LOS MIEMBROS DEL CONSEJO RECTOR EJERCERÁN SU MANDATO EN TANTO MANTENGAN EL EMPLEO O REPRESENTACIÓN EN FUNCIÓN DE LOS CUALES FUERON ELEGIDOS COMO TALES MIEMBROS. FINALIZADO EL MISMO, CONTINUARÁN EN FUNCIONES HASTA TANTO TOME POSESIÓN EL NUEVO CONSEJO RECTOR. a) Verdadero. b) Falsos.

6. COMPETENCIAS: a) Aprobar las normas de Régimen Interior y Reglamentos de la Institución. b) Aprobar los planes Generales y Programas periódicos de actuación. c) Autorizar la contratación del personal necesario del Organismo Autónomo, previsto en el presupuesto, respetando las reglas establecidas en este Estatuto relativas a la financiación municipal y demás normas de tutela administrativa. d) Todas son correctas.

7.COMPETENCIAS: SEÑALA LA INCORRECTA: d) Fijar las retribuciones de su personal, de acuerdo con las disposiciones vigentes, contratos respectivos y cumplimientos de los mismos requisitos señalados en el apartado anterior. e) Utilizar los bienes municipales adscritos o que se puedan adscribir al servicio público de que se trata y disponer las obras necesarias para su mejora y conservación previa autorización municipal. f) Adquisiciones a título gratuito. g) Autorizar y disponer la contratación de obras, servicios y suministros y demás modalidades de contratación previstas en la Ley, de más de un año de duración o que superen en un 20% el presupuesto del Organismo Autónomo.

8. COMPETENCIAS: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Aprobación a los efectos de su remisión al Pleno del Ayuntamiento del Proyecto anual de Presupuestos de la Institución, a propuesta de la Presidencia, de acuerdo con las Normas de ejecución presupuestaria, y desarrollar la gestión económica conforme a los mismos, acomodándose al régimen de Presupuestos, contabilidad, rendición de cuentas y control, en consonancia con las disposiciones legales que regulan en este aspecto el funcionamiento de las Corporaciones Locales. b) Dar cuenta al Ayuntamiento de la labor realizada. c) Remisión al Ayuntamiento con carácter semestral del Inventario del Organismo Autónomo, a través de la Concejalía de Cultura. ·. k) El Consejo Rector podrá delegar en la Presidencia y en la Dirección Gerente del Centro funciones que le correspondan cuando lo estime oportuno. La delegación cesará cuandolas causas para las que se otorgó terminen.

9. COMPETENCIAS: SEÑALA LA INCORRECTA: a) El ejercicio de toda clase de acciones legales, en consonancia con la capacidad jurídica del Organismo Autónomo y competencia, establecidas en estos Estatutos. b) Ejercitar la alta dirección, impulso e inspección de los órganos del Organismo Autónomo. c) Ejecutar a los recursos interpuestos en caso de sanción. d) Propuesta de aprobación de precios públicos.

10. PROCEDIMIENTO PARA EL NOMBRAMIENTO Y RENOVACIÓN DEL CONSEJO RECTOR Y DURACIÓN EN LOS CARGOS. a) El/La titular de la Alcaldía ocupará la Presidencia del Consejo Rector por derecho propio e inherente a su cargo de Alcalde/sa del Ayuntamiento de Basauri. Puede como tal, realizar personalmente las funciones propias de su cargo en la Entidad, o bien delegarlas en cualquier Concejal o Concejala del Ayuntamiento, según se expresa en el Artículo 8.1 a) de estos Estatutos. b) El Delegado por el Alcalde/sa como Presidente/a, salvo que éste libremente haga terminar la delegación, durará en el cargo tanto como el Alcalde mismo, siempre que conserve su cualidad de concejal/a. c) Las vocalías que sean concejales y concejalas del Ayuntamiento, serán designadas mediante votación en acuerdo Plenario Municipal. d) Todas son correctas.

11. RÉGIMEN DE SESIONES EL CONSEJO RECTOR CELEBRARÁ SESIONES CUANDO LA PRESIDENCIA LAS CONVOQUE, O CUANDO LO SOLICITE UN TERCIO DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO CON DERECHO A VOTO O COMO ESTABLEZCA EL ROM. EN ESTE ÚLTIMO CASO EL PRESIDENTE/A REALIZARÁ LA CONVOCATORIA EN EL PLAZO MÁXIMO DE...................DESDE LA FECHA DE LA SOLICITUD. a) 24 horas. b) 48 horas. c) 72 horas. d) ninguna es correcta.

12. RÉGIMEN DE SESIONES: LAS CONVOCATORIAS SERÁN SUSCRITAS POR LA PRESIDENCIA, Y DEBERÁN CURSARSE AL MENOS CON............... DE ANTELACIÓN, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA. a) dos días. b) siete días. c) diez días. d) cinco días.

13. RÉGIMEN DE SESIONES: LAS SESIONES SE ENTENDERÁN VALIDAMENTE CONSTITUIDAS CUANDO CONCURRAN: EN PRIMERA CONVOCATORIA: a) mayoría absoluta del Consejo Rector. b) mayoría simple del Consejo Rector. c) la tercera parte de sus miembros. d) la quinta parte de sus miembros.

14. RÉGIMEN DE SESIONES: LAS SESIONES SE ENTENDERÁN VALIDAMENTE CONSTITUIDAS CUANDO CONCURRAN: EN LA SEGUNDA CONVOCATORIA: a) b) se celebrará una hora después, será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros y en todo caso nunca inferior a tres. b) se celebrará media hora después, será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros y en todo caso nunca inferior a tres. c) se celebrará media hora después, será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros pudiendose ser mayor a tres. d) se celebrará una hora después, será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros pudiendose ser mayor a tres.

15. RÉGIMEN DE SESIONES: LAS SESIONES SE ENTENDERÁN VALIDAMENTE CONSTITUIDAS CUANDO CONCURRAN: EN AMBAS CONVOCATORIA: a) En ambas será totalmente necesaria la presencia de la Presidencia. b) En ambas será totalmente necesaria la presencia del Secretario/a de la Junta. c) no será necesaria la presencia de la Presidencia y del Secretario/a de la Junta. d) En ambas será totalmente necesaria la presencia de la Presidencia y del Secretario/a de la Junta.

16. PROCEDIMIENTO DE LAS SESIONES: SEÑALAR LA INCORRECTA: 1. Se llevará un archivo de actas en el que se anotará el lugar, día y hora en que comienzan las reuniones, los nombres y apellidos de la persona que presida la Presidencia y demás asistentes; los asuntos sometidos a deliberación y los acuerdos adoptados. b) Las actas serán objeto de aprobación y firma por las personas integrantes del Consejo Rector en la sesión inmediatamente posterior. c) Las votaciones serán nominales, salvo cuando se trate de asuntos relativos a las propias personas vocales y a sus familiares, en cuyo caso las votaciones serán secretas, debiendo el vocal interesado/a permanecer ausente del local donde se celebre la sesión, en tanto se discute y vota el asunto. d) Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el secretario tendrá voto de calidad.

17. VERDARERO O FALSO: LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO, QUE OSTENTARÁ LA PRESIDENCIA DE SUS ÓRGANOS COLEGIADOSDE GOBIERNO, SERÁ EL ALCALDE O ALCALDESA-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BASAURI. NO OBSTANTE, PODRÁ DELEGAR EN CUALQUIER CONCEJAL O CONCEJALA DE LA CORPORACIÓN DICHA PRESIDENCIA. a) Verdadero. b) Falso.

18. COMPETENCLAS DE LA PRESIDENCIA. SERÁN ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA, LAS SIGUIENTES: SEÑALA LA INCORRECTA. a) Convocar, presidir, suspender y levantar las reuniones del Consejo Rector y dirigir su deliberaciones. b) Ostentar la representación del Organismo Autónomo ante cualquier Juzgado, Tribunal, Autoridad, Corporación y Organismo accionando y excepcionando en toda clase de expedientes, procedimientos y juicios, en petición, reclamación o defensa de los Intereses del Organismo Autónomo, en lo que afecta a las funciones del Servicio que tiene encomendadas, confiriendo mandatos y poderes para ejecutar dicha representación y ejercitarla con la aprobación del Ayuntamiento en los casos en que proceda, de acuerdo con los presentes Estatutos. c) El reconocimiento de obligaciones autorizadas y comprometidas por órgano competente. d) La ordenación de pagos, sin límites y condiciones establecidas en el Presupuesto del Organismo Autónomo, de gastos reconocidos.

19. COMPETENCLAS DE LA PRESIDENCIA. SERÁN ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA, LAS SIGUIENTES: SEÑALA LA INCORRECTA. a) La firma de los instrumentos de pago material (transferencias, talones). b) La firma de cuantas actas y documentos impliquen manifestación de voluntad del Organismo Autónomo y obligación para la misma. c) El ejercicio de acciones en todos los casoss, dando cuenta al Consejo Rector en su primera reunión. d) Nombrar a un Vicepresidente para los casos de ausencia de entre los miembros de la Junta, que le sustituirá en todas sus funciones.

20. COMPETENCLAS DE LA PRESIDENCIA. SERÁN ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA, LAS SIGUIENTES: SEÑALA LA INCORRECTA. a) Autorizar y disponer la contratación de obras, servicios y suministros y demás modalidades de contratación previstas en la ley dentro de los limites autorizados, y en todo caso cuando su importe sea inferior al 10% del Presupuesto y de duración no superior al ejercicio. b) Contratar personal dentro de las previsiones que se efectúen en los Presupuestos. c) Cualesquiera otra función que le confiera el Consejo Rector, o que estando prevista en los Estatutos, no esté reservada a dicho Consejo. d) Capacidad pecuniaria.

21. VERDADERO O FALSO: SUSTLTUCLONES. EN LOS CASOS DE AUSENCIA DE LA PRESIDENCIA Y QUE ÉSTA NO HAYA NOMBRADO VICEPRESIDENCIA, EL ALCALDE O ALCALDESA O PERSONA EN QUIEN DELEGUE DENTRO DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO, LE SUSTITUIRÁ EN SUS FUNCIONES. a) verdadero. b) falso.

22. DEFINICIÓN. DEL PERFIL EL DIRECTOR O DIRECTORA GERENTE, TITULAR DEL MÁXIMO ÓRGANO DE DIRECCIÓN DE LA CASA DE CULTURA-KULTUR ETXEA, DEBERÁ: SEÑALA LA INCORRECTA: a) ser un funcionario/a de carrera o laboral de las Administraciones Públicas,. b) un profesional del sector privado. c) con titulación superior en ambos casos. d) con más de seis años de ejercicio profesional como profesional del sector privado.

23. COMPETENCIAS GERENCIALES DEL DIRECTOR. SEÑALA LA INCORRECTA: a) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo, las ordenes y resoluciones de la Presidencia. b) Dirigir e inspeccionar las propuestas y asumir la dirección del personal. c) El manejo y custodia de los fondos y valores del Organismo Autónomo. d) La custodia de los bienes, muebles e inmuebles del Centro, velando por su buena conservación. e) Preparar la propuesta de Presupuesto a presentar al Consejo Rector, para su posterior presentación al Pleno.

24. COMPETENCIAS GERENCIALES DEL DIRECTOR. SEÑALA LA INCORRECTA: a) Asegurar el buen funcionamiento del Organismo Autónomo. b) Autorizar con su firma la correspondencia y documentos que autoricen tal requisito. c) Preparar el Acta Anual de todo género de actividades del Organismo Autónomo. d) Elaboración de informes, estadísticas y propuestas a nivel superior. e) Preparación de la liquidación del Presupuesto General y de la Cuenta General, seguimiento y análisis del grado de cumplimiento de los planes, presupuestos y estrategias, analizando desviaciones y rentabilidad y proponiendo medidas correctoras.

25. COMPETENCIAS GERENCIALES DEL DIRECTOR. SEÑALA LA INCORRECTA: a) Estudiar y proponer las ampliaciones, reformas e innovaciones que considere convenientes y necesarias en el servicio y en sus instalaciones, así como las obras de conservación, entretenimiento, reposición y la adquisición de material e instrumentos de toda clase, necesarios o convenientes para la mejor prestación del servicio. b) Definir la polltica cultural del municipio sin perjuicio de las directrices que imparta el Consejo Rector y las que el Ayuntamiento pueda dictar en desarrollo de la tutela municipal. c) Liderar y coordinar su equipo de trabajo, al que motivará, orientará y formará para asumir las responsabilidades y objetivos correspondientes. d) La relación externa tanto con otras entidades públicas para la esponsorización. e) Las demás que expresamente le confiera el Consejo del Organismo Autónomo y que sean competencia de la misma o de la Presidencia, dentro de sus competencias.

26. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR GERENTE COMO SECRETARIO DEL CONSEJO RECTOR: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Asistir a las reuniones del mismo. En caso de imposibilidad, la Presidencia oído el parecer de la Dirección Gerente, determinará la persona que le sustituya. b) Preparar la convocatoria y los asuntos que hayan de servir a la Presidencia para formar el Orden del día de cada convocatoria y entregarlo a todos los miembros del Consejo Rector en tiempo y forma. c) Redactar el acta de las reuniones y una vez aprobada, ordenar la transcripción al Libro de Actas correspondiente. No le corresponderá la responsabilidad de la custodia de dichos libros. d) Expedir todo tipo de certificaciones, notificación de acuerdos y documentos que exige el presente Estatuto o que ordene la Presidencia. e) Garantizar que el Consejo Rector cuente con el debido asesoramiento jurídico y ejercer las demás funciones de Fe Pública no relacionadas en apartados anteriores.

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