AYUNTAMIENTO SOPELANA – ADMINISTRATIVO
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Título del Test:
![]() AYUNTAMIENTO SOPELANA – ADMINISTRATIVO Descripción: NORMA FORAL 9 2005, DE 16.TITULO II CAP 3 SECCIÓN SEGUNDA (ART 20) |



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FIN DE LA LISTA |
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1.- ENUMERACIÓN DE IMPUESTOS. a) Las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, deberán exigir, de conformidad con las normas y disposiciones que los regulen, algunos impuesto. b) En el supuesto de que las Entidades Locales decidan hacer uso de las facultades que en relación a estos impuestos les reconocen las Normas Forales respectivas, deberán acordar el ejercicio de las mismas y aprobar la oportuna ordenanza fiscal. c) Asimismo, las Entidades Locales de este Territorio Histórico, en el marco de los principios establecidos en la presente Norma Foral y previo acuerdo de imposición y aprobación de las ordenanzas fiscales correspondientes, podrán establecer varios impuestos. d) Todas son correctas. 2.- LAS ENTIDADES LOCALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA, DEBERÁN EXIGIR, DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS Y DISPOSICIONES QUE LOS REGULEN, LOS SIGUIENTES IMPUESTOS: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Impuesto sobre Bienes Inmuebles. b) Impuesto sobre Actividades Económicas. c) Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. d) Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. 3.- ASIMISMO, LAS ENTIDADES LOCALES DE ESTE TERRITORIO HISTÓRICO, EN EL MARCO DE LOS PRINCIPIOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE NORMA FORAL Y PREVIO ACUERDO DE IMPOSICIÓN Y APROBACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES CORRESPONDIENTES, PODRÁN ESTABLECER Y EXIGIR: SEÑALA LA CORRECTA: a) Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y Impuesto sobre Bienes Inmuebles. b) Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. c) Impuesto sobre Actividades Económicas y Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. d) Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana e Impuesto sobre Bienes Inmuebles. |






