Hola castillo22, ¿sería posible que el orden de las preguntas fuera la misma, con orden diferente de respuesta cada vez? El problema es que no sabemos cuando dejamos de hacer alguna pregunta. Muchas gracias! Maite
El reconocimiento constitucional del derecho al libre ejercicio de las profesiones sanitarias se
recoge en:
Los artículos 32 y 33 de la Constitución Española. Los artículos 34 y 35 de la Constitución Española. Los artículos 37 y 38 de la Constitución Española. Los artículos 35 y 36 de la Constitución Española. Para poder ejercer una profesión sanitaria será requisito imprescindible: Estar colegiado, cuando una ley estatal establezca esta obligación para el ejercicio de una
profesión titulada o algunas actividades propias de ésta.
No encontrarse inhabilitado o suspendido para el ejercicio profesional por sentencia
judicial, aunque no sea firme, durante el periodo de tiempo que fije ésta; por resolución
sancionadora impuesta por un colegio profesional sanitario, cuando una ley estatal
establezca para este ejercicio la obligación de estar colegiado, durante el periodo de tiempo
que fije ésta; o por resolución administrativa sancionadora firme, durante el periodo de
tiempo que fije ésta, cuando se ejerza la profesión en el ámbito de la asistencia sanitaria
pública.
Tener suscrito y vigente un seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera,
sean de protección personal o colectiva, que cubra las indemnizaciones que se puedan
derivar de la responsabilidad profesional por un eventual daño a las personas causado con
ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios cuando se ejerza la profesión en el
ámbito de la asistencia sanitaria pública. Todo lo anterior. Para poder ejercer una profesión sanitaria:
Se ha de tener suscrito y vigente un seguro de responsabilidad que cubra las
indemnizaciones que se puedan derivar de la responsabilidad profesional por un eventual
daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios cuando
se ejerza la profesión en el ámbito de la asistencia sanitaria privada, no siendo suficiente un
aval u otra garantía financiera de protección colectiva. Se ha de tener suscrito y vigente un seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía
financiera, sean de protección personal o colectiva, que cubra las indemnizaciones que se
puedan derivar de la responsabilidad profesional por un eventual daño a las personas
causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios cuando se ejerza la
profesión en el ámbito de la asistencia sanitaria privada. Se ha de tener suscrito y vigente un seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía
financiera, sean de protección personal o colectiva, que cubra las indemnizaciones que se
puedan derivar de la responsabilidad profesional por un eventual daño a las personas
causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios cuando se ejerza la
profesión en el ámbito de la asistencia sanitaria pública. Todas las opciones son falsas. Con la finalidad de facilitar la observancia de los requisitos previstos para ejercer las profesiones
sanitarias (señálese la afirmación que sea FALSA): Los juzgados y tribunales deberán remitir aquellos datos necesarios referentes a las
sentencias firmes de inhabilitación o suspensión para el ejercicio profesional al Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en la forma que reglamentariamente se establezca. Las administraciones públicas con competencias sancionadoras sobre los profesionales
sanitarios empleados por ellas deberán remitir las resoluciones sancionadoras que afecten a
la situación de suspensión o habilitación de éstos. Las corporaciones colegiales deberán remitir al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad copia de las resoluciones sancionadoras que suspendan o inhabiliten para el
ejercicio profesional impuestas por ellos, cuando una ley estatal establezca para este
ejercicio la obligación de estar colegiado, siempre que el colegiado no se oponga
explícitamente. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad comunicará a las entidades
mencionadas en las opciones b) y c) anteriores las resoluciones sancionadoras que reciba. El órgano encargado del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios podrá (indíquese la que sea
correcta): consultar los datos de carácter personal de los profesionales sanitarios contenidos en los
archivos y ficheros del Documento Nacional de Identidad (DNI) y del Número de Identidad
del Extranjero (NIE) competencia del Ministerio del Interior, para contrastar la veracidad de
la información que consta en el registro. consultar los datos de carácter personal de los profesionales sanitarios contenidos en los
archivos y ficheros del Documento Nacional de Identidad (DNI) y del Número de Identidad
del Extranjero (NIE) competencia del Ministerio del Interior, para contrastar la veracidad de
la información que consta en el registro, pero sólo si el titular no se ha opuesto
explícitamente. consultar los datos de carácter personal de los profesionales sanitarios contenidos en los
archivos y ficheros del Documento Nacional de Identidad (DNI) y del Número de Identidad
del Extranjero (NIE) competencia del Ministerio del Interior, para contrastar la veracidad de
la información que consta en el registro, pero sólo si el titular de los datos da su
consentimiento expreso. sólo podrá consultar los datos de carácter personal de los profesionales sanitarios
contenidos en los archivos y ficheros del Documento Nacional de Identidad (DNI) y del
Número de Identidad del Extranjero (NIE) en el curso de una investigación sobre una
infracción administrativa. Los pacientes: tienen derecho a la libre elección del médico que debe atenderles, tanto si su ejercicio
profesional se desarrolla en el sistema público como en el ámbito privado. tienen derecho a la libre elección del médico que debe atenderles, pero solo si su ejercicio
profesional se desarrolla en el sistema público. tienen derecho a la libre elección del médico que debe atenderles, pero solo si su ejercicio
profesional se desarrolla en el ámbito privado. ninguna de las anteriores es correcta. Los profesionales y los responsables de los centros sanitarios facilitarán a sus pacientes el
ejercicio del derecho a conocer: el nombre, la titulación, la especialidad y la hoja de servicios de los profesionales
sanitarios que les atienden, así como a conocer la categoría y función de éstos, si así
estuvieran definidas en su centro o institución el nombre, la titulación y la especialidad de los profesionales sanitarios que les atienden,
y su categoría, pero no su función en su centro o institución. el nombre, la titulación y la especialidad, de los profesionales sanitarios que les atienden,
así como a conocer la categoría y función de éstos, si así estuvieran definidas en su centro o
institución. el nombre, la titulación y la especialidad de los profesionales sanitarios que les atienden,
pero no su categoría y función en su centro o institución. - El ejercicio del derecho de un profesional sanitario a la renuncia a la atención a un paciente
queda condicionado a que (señálese la respuesta INCORRECTA): su renuncia no conlleva desatención del paciente. la renuncia se ejerza de acuerdo con procedimientos regulares. quede constancia, aunque no sea formal, de la renuncia. la renuncia se ejerza de acuerdo con procedimientos establecidos y explícitos. Los pacientes tienen derecho a recibir información de acuerdo con lo establecido en: La ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de
los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. El Código Civil vigente. Ninguna de las anteriores. Son profesionales sanitarios de nivel Licenciado: Licenciados en Medicina, Farmacia, Odontología, Veterinaria, y quienes se encuentren en
posesión de un título oficial de especialista en Ciencias de la Salud establecido, conforme a
lo previsto en el artículo 19.1 de esta ley, para psicólogos, químicos, biólogos, bioquímicos u
otros licenciados universitarios no incluidos en el número 2 del artículo 6 de la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Licenciados en Medicina, Farmacia, Enfermería, Veterinaria, y quienes se encuentren en
posesión de un título oficial de especialista en Ciencias de la Salud establecido, conforme a
lo previsto en el artículo 19.1 de esta ley, para psicólogos, químicos, biólogos, bioquímicos u
otros licenciados universitarios no incluidos en el número 2 del artículo 6 de la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias Licenciados en Medicina, Farmacia, Veterinaria, Odontología, Salud Pública y quienes se
encuentren en posesión de un título oficial de especialista en Ciencias de la Salud
establecido, conforme a lo previsto en el artículo 19.1 de esta ley, para psicólogos, químicos,
biólogos, bioquímicos u otros licenciados universitarios no incluidos en el número 2 del
artículo 6 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones
sanitarias. Licenciados en Medicina, Farmacia, Veterinaria, Odontología, Economía de la Salud y
quienes se encuentren en posesión de un título oficial de especialista en Ciencias de la Salud
establecido, conforme a lo previsto en el artículo 19.1 de esta ley, para psicólogos, químicos,
biólogos, bioquímicos u otros licenciados universitarios no incluidos en el número 2 del
artículo 6 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones
sanitarias. Corresponde a los Licenciados en Medicina la indicación y realización de las actividades
dirigidas a (señálese la respuesta INCORRECTA): la promoción y mantenimiento de la salud de los pacientes. la dispensación de los medicamentos a los pacientes. la prevención de las enfermedades y al diagnóstico, tratamiento, terapéutica y
rehabilitación de los pacientes. el enjuiciamiento y pronóstico de los procesos objeto de atención. Corresponde a los Licenciados en Veterinaria (señálese la respuesta INCORRECTA): el control de la higiene y de la tecnología en la producción y elaboración de alimentos de
origen animal. el desarrollo de las técnicas necesarias para evitar los riesgos que en el hombre pueden
producir la vida animal y sus enfermedades. la determinación de las especies animales especialmente protegidas y la construcción de
políticas encaminadas a su preservación. la prevención y lucha contra las enfermedades animales, particularmente las zoonosis. Corresponde a los Diplomados universitarios en Enfermería (señálese la respuesta
INCORRECTA): la dirección de los cuidados de Enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y
recuperación de la salud. la evaluación de los cuidados de Enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y
recuperación de la salud evaluación. la prevención de enfermedades y discapacidades. la aplicación de técnicas y la realización de actividades de carácter ocupacional que
tiendan a potenciar o suplir funciones físicas o psíquicas disminuidas o perdidas. Corresponde a los Diplomados universitarios en Logopedia: desarrollar las actividades de prevención, evaluación y recuperación de los trastornos de
la audición, la fonación y del lenguaje, mediante técnicas terapéuticas propias de su
disciplina. realizar actividades propias del diagnóstico de los trastornos asociados a la audición, la
fonación y del lenguaje. supervisar la administración de tratamientos clínicos encaminados a mejorar los trastornos
de la audición, la fonación y del lenguaje, mediante técnicas terapéuticas propias de su
disciplina. todas las anteriores. Los centros sanitarios revisarán que los profesionales sanitarios de su plantilla cumplen los
requisitos necesarios para ejercer la profesión conforme a lo previsto en esta ley y en las demás
normas aplicables: cada cinco años como mínimo. cada tres años como mínimo. cada dos años como mínimo. cada cuatro años como mínimo. Cuando una actuación sanitaria se realice por un equipo de profesionales (señálese la respuesta
INCORRECTA): se articulará preferentemente de forma jerarquizada atendiendo a los criterios de
conocimientos y competencia, y en su caso al de titulación, de los profesionales que integran
el equipo, en función de la actividad concreta a desarrollar, de la confianza y conocimiento
recíproco de las capacidades de sus miembros, y de los principios de accesibilidad y
continuidad asistencial de las personas atendidas. se articulará de forma jerarquizada o colegiada, en su caso, atendiendo a los criterios de
conocimientos y competencia, y en su caso al de titulación, de los profesionales que integran
el equipo, en función de la actividad concreta a desarrollar, de la confianza y conocimiento
recíproco de las capacidades de sus miembros, y de los principios de accesibilidad y
continuidad asistencial de las personas atendidas. se articulará de forma preferentemente colegiada, atendiendo a los criterios de
conocimientos y competencia, y en su caso al de titulación, de los profesionales que integran
el equipo, en función de la actividad concreta a desarrollar, de la confianza y conocimiento
recíproco de las capacidades de sus miembros, y de los principios de accesibilidad y
continuidad asistencial de las personas atendidas. ninguna de las anteriores es correcta. Señale cuál de estas afirmaciones es INCORRECTA: Los equipos de profesionales, una vez constituidos y aprobados en el seno de
organizaciones o instituciones sanitarias serán reconocidos y apoyados y sus actuaciones
facilitadas, por los órganos directivos y gestores de las mismas. La responsabilidad de la capacidad de los profesionales para realizar una correcta
actuación en las tareas y funciones que les sean encomendadas en el proceso de distribución
del trabajo en equipo recaerá sobre los centros e instituciones en los que desempeñen su
actividad. Dentro de un equipo de profesionales, será posible la delegación de actuaciones, si las
condiciones bajo las que se producirá tal delegación están previamente establecidas dentro
del equipo. La responsabilidad de un equipo de profesionales recaerá en aquellos de sus miembros
que hayan adquirido las tareas y funciones que las hayan causado, siempre que las
condiciones de la delegación se adecúen a lo establecido. A los efectos de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones
sanitarias tienen la consideración de funciones de gestión clínica (señálese la respuesta
INCORRECTA): las relativas a la jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales. las de tutorías y organización de formación especializada, continuada y de investigación. las de creación y difusión de contenidos a través de las redes sociales gestionadas por la
unidad correspondiente. las de participación en comités internos o proyectos institucionales de los centros
sanitarios dirigidos, entre otros, a asegurar la calidad, seguridad, eficacia, eficiencia y ética
asistencial, la continuidad y coordinación entre niveles o el acogimiento, cuidados y
bienestar de los pacientes. De acuerdo con la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones
sanitarias, el ejercicio de funciones de gestión clínica estará sometido a una evaluación del
desempeño y de los resultados que tendrá lugar: Anualmente. Cada dos años. Cada cuatro años. La Ley no lo determina explícitamente. El reconocimiento del desempeño de funciones de gestión clínica: Se evaluará cuidadosamente cada dos años, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Será objeto de reconocimiento en la forma en que cada comunidad autónoma determine. Se realizará siempre por parte del Ministerio de Sanidad. Todas las anteriores son incorrectas. El reconocimiento del desempeño de funciones de gestión clínica: Se evaluará cuidadosamente cada dos años, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Se realizará por parte del centro, del servicio de salud y del conjunto del sistema sanitario,
en la forma en que en cada comunidad autónoma se determine. Se realizará siempre por parte del Ministerio de Sanidad. Todas las anteriores son incorrectas. Los titulares de los centros sanitarios y los servicios de salud podrán formalizar convenios y
conciertos con el Instituto de Salud Carlos III, con otros centros de investigación, públicos o
privados, y con otras instituciones que tengan interés en la investigación sanitaria, para (señálese la
respuesta INCORRECTA): el desarrollo de programas de investigación. la designación de tutores de la investigación. la dotación de plazas vinculadas, o específicas de investigador, en los establecimientos
sanitarios. el establecimiento de sistemas específicos de formación de investigadores durante el
período inmediatamente anterior a la obtención del título de especialista. -La formación de los profesionales sanitarios está regulado en la Ley 44/2003, de 21 de
noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, más concretamente en su Titulo: I. II. III. No está regulada en la Ley que se menciona. Diga cuál de los siguientes principios generales de la relación entre los profesionales sanitarios
y de las personas atendidas por ellos NO es tal: Los profesionales tienen el deber de hacer un uso racional de los recursos diagnósticos y
terapéuticos a su cargo, tomando en consideración, entre otros, los costes de sus decisiones,
y evitando la sobreutilización, la infrautilización y la inadecuada utilización de los mismos. Los profesionales tienen el deber de prestar una atención sanitaria técnica y profesional
adecuada a las necesidades de salud de las personas que atienden, de acuerdo con el estado
de desarrollo de los conocimientos científicos de cada momento y con los niveles de calidad
y seguridad que se establecen en esta ley y el resto de normas legales y deontológicas
aplicables. Los profesionales tiene el deber de proporcionar a los pacientes información precisa sobre
su formación profesional, la forma en que han actualizado sus conocimientos y las
demandas de responsabilidad que hayan podido derivar en responsabilidades
administrativas. Los profesionales tienen el deber de respetar la personalidad, dignidad e intimidad de las
personas a su cuidado y deben respetar la participación de los mismos en las tomas de
decisiones que les afecten. En todo caso, deben ofrecer una información suficiente y
adecuada para que aquéllos puedan ejercer su derecho al consentimiento sobre dichas
decisiones. La eficacia organizativa de los servicios, secciones y equipos, o unidades asistenciales
equivalentes sea cual sea su denominación, requerirá (señálese la que sea INCORRECTA): la existencia escrita de normas de funcionamiento interno. la definición de objetivos y funciones tanto generales como específicas para cada
miembro del mismo. la cumplimentación por parte de los profesionales de la documentación asistencial,
informativa o estadística que determine el centro. la realización de controles periódicos sobre la eficiencia de los profesionales sanitarios. Señálese la afirmación INCORRECTA: Los centros sanitarios acreditados para la formación especializada deberán contar con una
comisión de docencia. Los centros sanitarios acreditados para la formación especializada deberán contar con
jefes de estudios y coordinadores docentes que resulten adecuados en función de su
capacidad docente. Los centros sanitarios acreditados para la formación especializada deberán contar con
tutores de la formación que resulten adecuados en función de su capacidad docente. Los centros sanitarios acreditados para la formación especializada deberán contar con
jefes de estudios, coordinadores docentes y tutores de la formación que resulten adecuados
en función de su capacidad docente, pero no con una comisión de docencia. Los centros sanitarios acreditados para desarrollar programas de formación continuada: Deberán contar con jefes de estudios, coordinadores docentes y tutores de la formación
que resulten adecuados en función de las actividades a desarrollar, así como con un defensor
del alumnado. Deberán contar una comisión de docencia, así como con los jefes de estudios,
coordinadores docentes y tutores de la formación que resulten adecuados en función de las
actividades a desarrollar. Deberán contar una comisión de docencia y un defensor del alumnado, así como con los
jefes de estudios, coordinadores docentes y tutores de la formación que resulten adecuados
en función de las actividades a desarrollar. Todas las anteriores son incorrectas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, sus disposiciones se aplicarán a: A los servicios sanitarios de financiación pública y a los privados, en los mismos
términos. A los servicios sanitarios de financiación pública. También a los privados en lo que se
refiere al control de las actividades de salud pública y en materia de garantías de
información, seguridad y calidad. A los servicios sanitarios de financiación pública y a los privados concertados. Únicamente a los servicios sanitarios de financiación pública. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, para hacer efectivo el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria, las
personas titulares de los mismos deberán: Tener nacionalidad española y residencia habitual en el territorio español. Tener reconocido su derecho a la asistencia sanitaria en España por cualquier otro título
jurídico, aun no teniendo su residencia habitual en territorio español, siempre que no exista
un tercero obligado al pago de dicha asistencia. Ser persona extranjera y con residencia legal y habitual en el territorio español y no tener
la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes en España tienen
derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria en las mismas condiciones que las
personas con nacionalidad española, con cargo a los fondos públicos de las administraciones
competentes, siempre que dichas personas cumplan los siguientes requisitos: No tener la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por
otra vía, en virtud de lo dispuesto en el derecho de la Unión Europea, los convenios
bilaterales y demás normativa aplicable. No poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen o
procedencia. No existir un tercero obligado al pago. Se deben cumplir todos los requisitos descritos en las letras anteriores. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, los ciudadanos tendrán los siguientes derechos en el conjunto del Sistema Nacional de Salud: A recibir asistencia sanitaria en su comunidad autónoma de residencia. A recibir el reembolso de los gastos derivados de la asistencia en la sanidad privada
cuando se trate de servicios recogidos en el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional
de Salud. A recibir el reembolso de los gastos derivados de la asistencia sanitaria del catálogo de
prestaciones del Sistema Nacional de Salud que pudiera requerir del servicio de salud de la
comunidad autónoma en la que se encuentre desplazado. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la Cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud se articula en torno a las
siguientes modalidades: Cartera común básica de servicios asistenciales, cartera común suplementaria y cartera
común de servicios accesorios. Cartera común básica nacional de servicios asistenciales y cartera común autonómica de
servicios asistenciales. Cartera común nacional básica de servicios asistenciales, cartera común suplementaria
autonómica y cartera común de servicios accesorios autonómicos. Cartera común nacional y autonómica básica de servicios asistenciales, cartera común
nacional y autonómica suplementaria y cartera común nacional y autonómica de servicios
accesorios. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la Cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud: Se acordará en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y se
aprobará en la Ley General de Presupuestos del Estado. Se acordará en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y se
aprobará mediante Real Decreto. Se acordará en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y se
aprobará en las normas autonómicas correspondientes. Se acordará en el seno de la Conferencia de Presidentes de las Comunidades Autónomas y
se aprobará en las normas autonómicas correspondientes. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, La cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
comprende: Todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte
sanitario urgente, la prestación farmacéutica y la prestación ortoprotésica, cubiertos de
forma completa por financiación pública. Todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte
sanitario urgente y la prestación farmacéutica, cubiertos de forma completa por financiación
pública. Todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte
sanitario urgente, y la prestación ortoprotésica, cubiertos de forma completa por financiación
pública. Todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte
sanitario urgente, cubiertos de forma completa por financiación pública. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud incluirá las siguientes
prestaciones: Únicamente la prestación farmacéutica. Únicamente la prestación ortoprotésica. Únicamente la prestación farmacéutica y la prestación ortoprotésica. La prestación farmacéutica, la prestación ortoprotésica y la prestación con productos
dietéticos. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, La Cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud incluye: Todas aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se
consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología
de carácter crónico, estando sujetas a aportación y/o reembolso por parte del usuario. Todas aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se
consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología
de carácter crónico, estando sujetas siempre a aportación del usuario. Todas aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se
consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología
de carácter crónico, estando sujetas a siempre a reembolso por parte del usuario. Todas aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se
consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología
de carácter crónico, pero también cubiertos de forma completa cubiertos de forma completa
por financiación pública. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, podrán aprobar sus
respectivas carteras de servicios que incluirán, cuando menos: la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud en su modalidad básica de
servicios asistenciales. la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud en sus modalidades básica de
servicios asistenciales y suplementaria. la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud en sus modalidades básica de
servicios asistenciales, suplementaria y de servicios accesorios. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, las comunidades autónomas, podrán incorporar en sus carteras de servicios una técnica,
tecnología o procedimiento no contemplado en la cartera común de servicios del Sistema Nacional
de Salud. Con anterioridad a su incorporación, la comunidad autónoma concernida deberá informar,
de forma motivada, al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Esta afirmación es correcta. Esta afirmación es correcta, salvo en lo que se refiere a la obligación de informar. Esta afirmación es correcta, salvo en lo que se refiere a que la información deberá ser
motivada. Esta afirmación es falsa. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la prestación de atención primaria NO comprenderá: La atención a la salud bucodental. La atención paliativa a enfermos terminales. La rehabilitación básica. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, para la elaboración del contenido de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de
Salud: Es preceptivo el informe favorable de la Red Española de Agencias de Evaluación de
Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud, en relación con la
eficacia, eficiencia, efectividad, seguridad y utilidad terapéuticas, así como las ventajas y
alternativas asistenciales, el cuidado de grupos menos protegidos o de riesgo y las
necesidades sociales, así como su impacto económico y organizativo. Se contará con la participación de la Red Española de Agencias de Evaluación de
Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud, en la evaluación de la
eficacia, eficiencia, efectividad, seguridad y utilidad terapéuticas, así como las ventajas y
alternativas asistenciales, el cuidado de grupos menos protegidos o de riesgo y las
necesidades sociales, así como su impacto económico y organizativo. Es preceptivo el informe favorable de las sociedades científicas implicadas, en relación
con la eficacia, eficiencia, efectividad, seguridad y utilidad terapéuticas, así como las
ventajas y alternativas asistenciales, el cuidado de grupos menos protegidos o de riesgo y las
necesidades sociales, así como su impacto económico y organizativo. Se contará con la participación de las sociedades científicas implicadas, en la evaluación
de la eficacia, eficiencia, efectividad, seguridad y utilidad terapéuticas, así como las ventajas
y alternativas asistenciales, el cuidado de grupos menos protegidos o de riesgo y las
necesidades sociales, así como su impacto económico y organizativo. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la exclusión de una técnica, tecnología o procedimiento actualmente incluido en la cartera de
servicios se llevará a cabo cuando: Se evidencie su falta de eficacia, efectividad o eficiencia, o que el balance entre beneficio
y riesgo sea significativamente desfavorable. Requiera una formación para la que no exista la especialidad médica correspondiente. Hayan cambiado las condiciones económicas de su implantación. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, los servicios de referencia: Serán designados en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y
acreditados por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Serán designados en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y
acreditados por la autoridad correspondiente de la Comunidad Autónoma donde se ubiquen. Serán designados y acreditados en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema
Nacional de Salud. Serán designados en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud,
acreditados por el Ministerio de Sanidad y Consumo y financiados por la Comunidad
Autónoma donde se ubiquen. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la decisión sobre la financiación de los medicamentos de uso humano y veterinario
corresponde: Al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Al Ministerio de Sanidad y Consumo. A cada Comunidad Autónoma. Al Ministerio de Economía y Hacienda. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la evaluación, autorización, inspección, vigilancia y control de medicamentos de uso humano
y veterinario corresponde: Al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Al Ministerio de Sanidad y Consumo. A la Agencia Europea de Medicamentos y Productos Sanitarios. Todas las respuestas anteriores son falsas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, el diseño de programas de formación y modernización de los recursos humanos del Sistema
Nacional de Salud corresponde: A la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, sin perjuicio de las
competencias de las comunidades autónomas. Al Ministerio de Educación, sin prejuicio de las competencias de las comunidades
autónomas. A las comunidades autónomas, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Educación. A las comunidades autónomas, sin perjuicio de las competencias de la Comisión de
Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud. A los efectos de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la competencia profesional es La acreditación de formación continuada a lo largo del desempeño de su carrera
profesional. La competencia acreditada por el título correspondiente acreditativo de la adquisición de
conocimientos requeridos para el desempeño del puesto designado. La aptitud del profesional sanitario para integrar y aplicar los conocimientos, habilidades
y actitudes asociados a las buenas prácticas de su profesión para resolver los problemas que
se le plantean. La superación del proceso selectivo oficial convocado por la autoridad competente para la
adquisición del vínculo estatutario con los servicios sanitarios. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, al Instituto de Salud Carlos III le corresponde: Acreditar institutos y redes de investigación cooperativa. Vertebrar de los recursos dedicados a la investigación del Sistema Nacional de Salud. El desarrollo de programas de investigación propios. Todas las respuestas anteriores son verdaderas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, tendrán la consideración de centros de investigación del Sistema Nacional de Salud: Aquellos que designe el Ministerio de Sanidad y Consumo, a propuesta del Instituto de
Salud Carlos III. Aquellos que designe el Ministerio de Sanidad y Consumo, a propuesta de las
comunidades autónomas. Aquellos que designe el Ministerio de Sanidad y Consumo, a propuesta conjunta del
Instituto de Salud Carlos III y de las comunidades autónomas. Las respuestas a y b son verdaderas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la tarjeta sanitaria individual incluirá los siguientes datos: Exclusivamente los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta. Exclusivamente los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta y del derecho
que le asiste en relación con la prestación farmacéutica. Los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta, del derecho que le asiste en
relación con la prestación farmacéutica y del servicio de salud o entidad responsable de la
asistencia sanitaria. Los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta, del derecho que le asiste en
relación con la prestación farmacéutica, del servicio de salud o entidad responsable de la
asistencia sanitaria y del profesional al que está adscrito en atención primaria. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la infraestructura para la mejora de la calidad del Sistema Nacional de Salud estará
constituida por los elementos siguientes: El registro de agresiones a los profesionales sanitarios, con el fin de adopción de medidas
preventivas. El registro de acontecimientos adversos, que recogerá información sobre aquellas
prácticas que hayan resultado un problema potencial de seguridad para el paciente. Las respuestas a y b son correctas. Las respuestas a y b son falsas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública y en seguridad alimentaria
deberán encuadrarse en alguno de los supuestos siguientes:
Responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública. Establecer planes preventivos para hacer frente a situaciones de especial riesgo o alarma
para la salud pública Realizar análisis epidemiológicos que permitan establecer estructuras y recursos según las
previsiones en materia de salud pública y seguridad alimentaria. Las respuestas a y b son verdaderas y la c es falsa. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, La participación social en el Sistema Nacional de Salud se ejercerá a través de: El Comité Consultivo. El Foro Abierto de Salud. El Foro Virtual. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según dispone la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud conocerá, debatirá y, en su caso,
emitirá recomendaciones sobre las siguientes materias: El establecimiento de prestaciones sanitarias complementarias a las prestaciones básicas
del Sistema Nacional de Salud por parte de las comunidades autónomas. Los criterios básicos y condiciones de las convocatorias de profesionales que aseguren su
movilidad en todo el territorio del Estado. El desarrollo de la cartera de servicios correspondiente al Catálogo de Prestaciones del
Sistema Nacional de Salud, así como su actualización. Todas las respuestas anteriores son correctas. El objeto de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud es: Establecer las bases reguladoras de la relación funcionarial especial del personal
estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud. Establecer el Estatuto Marco del personal estatutario vinculados por una relación laboral
especial a los servicios de salud que integran el Sistema Nacional de Salud. Establecer las bases reguladoras de la relación funcionarial del personal estatutario de los
servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Señale cual es la respuesta correcta: La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los
servicios de salud solo es de aplicación al personal estatutario que desempeña su función en
centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las comunidades autónomas. Lo previsto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los servicios de salud en ningún caso será de aplicación al personal sanitario
laboral que preste servicios en los centros del Sistema Nacional de Salud gestionados
directamente por entidades creadas por las distintas comunidades autónomas. En lo no previsto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los servicios de salud, se aplicará al personal estatutario las disposiciones y
principios generales sobre función pública de la Administración correspondiente. Son correctas las respuestas b) y c). Según dispone la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario
de los servicios de salud, la ordenación del régimen personal estatutario de los servicios de salud se
rige por una serie de principios y criterios. Señale cuales NO están entre los mencionados por esta
Ley Sometimiento pleno a la ley y el derecho. Igualdad, mérito, capacidad y promoción en el acceso a la condición de personal
estatutario. Integración en el régimen organizativo y funcional del servicio de salud y de sus centros e
instituciones. Coordinación, cooperación y mutua información entre las Administraciones sanitarias
públicas. Con relación a los derechos individuales reconocidos en el artículo 17.1 de la Ley 55/2003, de
16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, señale cuál de
las siguientes afirmaciones NO es correcta: El personal estatutario de los servicios de salud ostenta el derecho a la estabilidad en el
empleo y al ejercicio o desempeño efectivo de la profesión o funciones que correspondan a
su nombramiento. El personal estatutario de los servicios de salud ostenta el derecho a la formación
continuada adecuada a la función desempeñada y al reconocimiento de su cualificación
profesional en relación a dichas funciones. El personal estatutario de los servicios de salud ostenta el derecho al descanso necesario,
mediante la limitación de la jornada, las vacaciones periódicas retribuidas y permisos en los
términos que se establezcan. El régimen de los derechos individuales reconocidos en el artículo 17.1 también resulta
aplicable, en todo caso, al personal temporal. El personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud: No ostenta el derecho individual a la libre sindicación. Ostenta el derecho a la actividad sindical. Ostenta el derecho de reunión, que podrá ejercerlo siempre que cuente con la necesaria
autorización previa. Todas las respuestas son correctas. La condición de personal estatutario fijo se adquiere, tal y como prevé la Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, por el
cumplimiento de los siguientes requisitos: Incorporación a una plaza de servicio, institución o centro que corresponda en el plazo
fijado en la convocatoria tras la superación de las pruebas de selección. Superación de las pruebas de selección; nombramiento conferido por el órgano
competente; e incorporación a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda
en el plazo de un mes. Superación de las pruebas de selección; nombramiento conferido por el órgano
competente; e incorporación, previo cumplimiento de los requisitos formales en cada caso
establecidos, a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda en el plazo
determinado en la convocatoria. Superación de las pruebas de selección; nombramiento conferido por el órgano
competente; e incorporación a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda
en todo caso en el plazo determinado en la convocatoria. Según dice la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud, en el proceso de la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, no
podrán ser nombrados, y quedarán sin efecto sus actuaciones, quienes: No acrediten que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, una vez
superado el proceso selectivo. No acrediten que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, con
carácter previo a la superación del proceso selectivo. No acrediten que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, una vez
firmada la convocatoria. Una vez superado el proceso selectivo, automáticamente se procede al nombramiento por
el órgano competente. La pérdida de la condición de personal estatutario regulada en la Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se produce: Siempre en caso de pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público afecte o
no al correspondiente nombramiento. En caso de que se adopte la pena de inhabilitación absoluta sea firme o no. En caso de que se adopte la pena de inhabilitación especial para la correspondiente
profesión, siempre que esta exceda de seis años. En caso de que se adopte la pena de inhabilitación especial para la correspondiente
profesión, siempre que esta exceda de tres años. Conforme a la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud, señale cuál de las siguientes afirmaciones NO es correcta: La jubilación puede ser forzosa o voluntaria. Para que el interesado pueda prolongar su permanencia en servicio activo hasta cumplir
los 70 años, bastará con que lo solicite voluntariamente. La jubilación forzosa se declarará al cumplir el interesado 65 años. Podrá optar a la jubilación voluntaria, total o parcial, el personal estatutario que reúna los
requisitos establecidos en la legislación de Seguridad Social. La renuncia a la condición de personal estatutario de los servicios de salud, deberá ser
solicitada por la persona interesada con una antelación mínima de: Quince días a la fecha en que se desee hacer efectiva. Diez días a la fecha en que se desee hacer efectiva. Diez días hábiles a la fecha en que se desee hacer efectiva. La renuncia no puede solicitarse con carácter voluntario por la persona interesada. Procede la extinción de la condición de personal estatutario fijo de los servicios de salud: Cuando se produzca la pérdida de la nacionalidad. En caso de recaer sanción firme disciplinaria de separación del servicio. Siempre que se imponga una pena principal o accesoria de inhabilitación especial para
empleo o cargo público o para el ejercicio de la correspondiente profesión. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale cuál de los siguientes criterios no se incluyen en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud como orientadores para la
fijación de las retribuciones complementarias: Motivación del personal. Transparencia en el desempeño del servicio Calidad del servicio. Incentivación de la actividad. En materia de retribuciones, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del
personal estatutario de los servicios de salud, prevé que: El sistema retributivo del personal estatutario se estructura en retribuciones básicas y
retribuciones complementarias. La evaluación del personal estatutario a efectos de determinación de una parte de la
retribuciones complementarias se establecerá a través de procedimientos fundados en los
principios igualdad, objetividad y transparencia. El sistema retributivo del personal estatutario responde a los principios de cualificación
técnica y profesional. Todas las respuestas son correctas. Señale la respuesta correcta respecto a las retribuciones del personal estatutario de los servicios
de salud: Las retribuciones básicas son: el sueldo asignado a cada categoría en función del título
exigido para su desempeño; los trienios; y las pagas extraordinarias. Las retribuciones básicas serán iguales en todos los servicios de salud
independientemente de la anualidad en la que se perciban. El personal estatutario temporal percibirá la totalidad de las retribuciones que, en el
correspondiente servicio de salud, correspondan a su nombramiento, con excepción del
complemento de carrera. El complemento de atención continuada está destinado a retribuir la iniciativa continuada
y permanente del titular del puesto. La pérdida de la condición de personal estatutario de los servicios de salud se produce cuando
la incapacidad permanente sea declarada: En grado de incapacidad permanente total para la profesión habitual. En grado de incapacidad absoluta para todo trabajo. En grado de gran invalidez. Todas las respuestas son correctas. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los
servicios de salud, establece que: El tiempo de trabajo es el período en el que el personal permanece en el centro sanitario. Solo se considera tiempo de trabajo aquel en el que el personal se encuentre dentro del
centro sanitario en su puesto de trabajo y en el ejercicio de su actividad y funciones. Para el cómputo del tiempo de trabajo, se puede tomar en consideración tanto el tiempo
en el que se permanece en el centro sanitario como fuera de dicho centro. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. En el supuesto del personal estatutario de los servicios de salud: El período de localización es aquel período de tiempo en el que el personal se encuentra
únicamente en situación de disponibilidad. Se considera período de descanso todo período de tiempo que no sea tiempo de trabajo. El trabajo por turnos es una forma de organización del trabajo en equipo con arreglo al
ritmo rotatorio y siempre de tipo continuo. El período de localización es aquel período de tiempo en el que el personal se encuentra
en situación de disponibilidad a los solos efectos de asegurar su posible localización. Para el personal estatutario de los servicios de salud, el período nocturno tendrá la siguiente
duración: Mínima de siete horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las cero y
las cinco horas de cada día natural. Mínima de ocho horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las cero y
las cinco horas de cada día natural. Mínima de ocho horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las doce y
las cinco horas de cada día natural. Mínima de siete horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las doce y
las cinco horas de cada día natural. Para el personal estatutario de los servicios de salud: Solo se contempla la jornada de trabajo ordinaria. La duración máxima conjunta de los tiempos de trabajo correspondientes a la jornada
complementaria y a la jornada ordinaria será de 48 horas semanales de trabajo efectivo de
promedio trimestral. La duración máxima conjunta de los tiempos de trabajo correspondientes a la jornada
complementaria y a la jornada ordinaria será siempre de 48 horas semanales de trabajo
efectivo de promedio semestral. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Para el caso del personal estatutario de los servicios de salud: Siempre se tomarán en consideración para fijar la duración máxima de los tiempos de
trabajo, los períodos de localización. La realización de la jornada complementaria resulta aplicable a todo el personal. La jornada complementaria no tendrá la condición ni el tratamiento establecido para las
horas extraordinarias. Son correctas las respuestas a) y c). Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del
personal estatutario de los servicios de salud, señale la respuesta que NO es correcta: Para superarse la duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y la jornada
complementaria, será suficiente con justificar por parte del centro sanitario que existen
razones organizativas o asistenciales que así lo justifiquen. Podrá superarse la duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y de la jornada
complementaria cuando el personal lo consienta y siempre que existan razones organizativas
o asistenciales que así lo justifiquen en aras a garantizar la adecuada atención continuada y
permanente. Podrá superarse la duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y de la jornada
complementaria siempre previa oferta expresa del centro sanitario. Los excesos de jornada tendrán el carácter de jornada complementaria y un límite
máximo de 150 horas anuales. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los
servicios de salud, contempla el régimen de jornada especial en su artículo 49. Señale cuál de las
siguientes aspectos NO está obligado a asegurar el centro sanitario en estos supuestos: Que nadie sufra perjuicio alguno por el hecho de no prestar el consentimiento para
superarse la duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y la jornada complementaria. Que se respete el principio de antigüedad para asignar el régimen de jornada especial. Que existan registros actualizados del personal que desarrolle el régimen de jornada
especial. Que se respeten los principios generales de protección de la seguridad y salud. Respecto a la jornada y descansos diarios del personal estatutario de los servicios de salud, es
correcta la siguiente afirmación: El tiempo de trabajo correspondiente a la jornada ordinaria será siempre de 12 horas
ininterrumpidas. El personal tiene derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 8 horas
entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente. Se podrán establecer jornadas ordinarias de hasta 24 horas con carácter excepcional y
cuando así lo aconsejen razones organizativas o asistenciales. El descanso ininterrumpido de 12 horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la
siguiente solo podrá reducirse en el caso de trabajo a turnos, cuando el personal cambie de
equipo y no pueda disfrutar del período de descanso diario entre el final de la jornada de un
equipo y el comienzo de la jornada del siguiente. Según establece la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los servicios de salud: Resulta incompatible para el personal estatutario de los servicios de salud el ejercicio de
las funciones sanitarias con cualquier otro tipo de funciones. Al personal estatutario de los servicios de salud le resulta aplicable el mismo régimen de
incompatibilidades establecido para los funcionarios públicos. Atendiendo a lo que establezca la legislación vigente, el personal estatutario de los
servicios de salud podrá compatibilizar las funciones sanitarias y docente. Para el personal licenciado sanitario el complemento específico resulta irrenunciable. Según establece la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los servicios de salud: La percepción de la pensión de jubilación por un régimen público de Seguridad Social es
incompatible con la percepción de cualquier otra retribución. El personal estatutario de los servicios de salud podrá, en todo caso y sin ninguna
limitación, sumar a su pensión de jubilación las retribuciones que le correspondan a su
condición de personal emérito. El reconocimiento de personal emérito no conlleva aparejado el reconocimiento de
percepciones económicas. Ninguna respuesta es correcta. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los
servicios de salud regula el descanso semanal. Señale la respuesta que NO es correcta: El personal tendrá derecho a un período mínimo que siempre será fijo de descanso
ininterrumpido con una duración media de 24 horas semanales. El período de referencia para el cálculo del período de descanso semanal será de tres
meses. En el caso de que no se hubiera disfrutado del tiempo mínimo de descanso semanal en el
período de tres meses se producirá una compensación a través del régimen de descansos
alternativos. El período de referencia para el cálculo del período de descanso semanal será de dos
meses. Conforme a la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud: El personal tendrá derecho a una vacación retribuida cuya duración no será inferior en
ningún caso a 30 días naturales. El personal estatutario de los servicios de salud podrá elegir sustituir el período de
vacación por una compensación económica. Sólo podrá ser sustituido por una compensación económica el período vacacional anual
mediante la programación funcional de los centros, cuando así lo aconsejen razones
organizativas. Anualmente, el personal tendrá derecho a una vacación retribuida cuya duración no será
inferior a 30 días naturales, o al tiempo que proporcionalmente corresponda en función del
tiempo de servicios. Respecto a las diversas situaciones en las que puede encontrarse el personal estatutario de los
servicios de salud, señale la respuesta correcta: El régimen general de situaciones del personal estatutario fijo comprende exclusivamente
las situaciones de: servicio activo; servicios especiales; y excedencia voluntaria. Todo el personal estatutario declarado en situación de servicios especiales tendrá derecho
al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad y a la reserva de la plaza de origen, así como
al percibo de trienios. El personal estatutario que se encuentre en situación de servicio activo goza de todos los
derechos y queda sometido a todos los deberes inherentes a su condición. Siempre que se presten servicios en otra categoría de personal estatutario, como
funcionario o personal laboral, en cualquiera de las Administraciones públicas, el personal
estatutario será declarado en situación de excedencia por prestación de servicios en el sector
público. La excedencia voluntaria solicitada por el personal estatutario de los servicios de salud por
interés particular exige haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones
públicas durante: Los cinco años inmediatamente anteriores. Los cuatro años inmediatamente anteriores. Los dos años inmediatamente anteriores. Los tres años inmediatamente anteriores. Los principios que informan el régimen disciplinario del personal estatutario de los servicios de
salud son: Tipicidad, eficacia e inmediatez. Tipicidad, proporcionalidad y economía procesal. Tipicidad, eficacia y proporcionalidad. Inmediatez y economía procesal. Señale la respuesta que NO es correcta. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria
de Euskadi afirma que corresponde a los poderes públicos vascos, la misión de promocionar y
reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica, con el fin de: Potenciar la incidencia de efectos positivos. Estimular los hábitos de vida saludable. Eliminar los factores de riesgo. Anular la incidencia de efectos negativos. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi, establece que la Administración sanitaria vasca debe garantizar la tutela general de la salud pública a través de: Medidas preventivas. Promoción de la salud. Prestaciones sanitarias individuales. Son correctas todas las respuestas. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi, reconoce la universalidad
del derecho a la protección de la salud para: Todas las personas residentes en el territorio de Euskadi, así como para los transeúntes. Todas las personas residentes en Euskadi o fuera de Euskadi, así como para los
transeúntes. Solo para las personas que tengan vecindad administrativa en Euskadi. Solo para las personas de quienes pueda predicarse la condición política de vascos. El sistema sanitario de Euskadi: Se crea para llevar a cabo una adecuada organización y ordenación de las actuaciones que
competen a la Administración central en materia sanitaria en Euskadi. Está configurado con un carácter integral por todos los recursos sanitarios de la
Comunidad Autónoma de Euskadi. Tiene como objetivo último exclusivamente el mantenimiento y la recuperación del nivel
de salud de la población. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Señale cuál de los siguientes principios NO se enuncian entre los principios informadores del
sistema sanitario de Euskadi en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi : Universalidad. Solidaridad ciudadana. Equidad. Calidad de los servicios. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi, establece respecto a las
áreas de salud que: La Comunidad Autónoma del País Vasco se divide territorialmente en áreas de salud de
acuerdo con la situación socio-económica de cada demarcación geográfica. En cada área de salud pueden ponerse en práctica las actuaciones esenciales que requiere
la tutela general de la salud pública y exclusivamente la asistencia sanitaria primaria . En cada área de salud se garantizará una adecuada ordenación de la atención primaria y su
coordinación con la atención especializada. Son correctas la a) y la c). Señale que respuesta NO es correcta. Son principios programáticos de organización y
funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi los siguientes: La optimización del marco de cualquier tipo de financiación del catálogo de prestaciones
sanitarias que asegure la Comunidad Autónoma de Euskadi. La orientación prioritaria de los medios y actuaciones a la promoción de la salud y a la
prevención de las enfermedades El desarrollo interno de la organización mediante el principio de separación de los
cometidos de regulación y financiación del sistema respecto de la provisión de servicios
sanitarios. La responsabilización y participación de los profesionales sanitarios en las decisiones de
organización y gestión de los recursos que tengan asignados. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi prevé la creación de
sistemas de información necesarios para facilitar el ejercicio adecuado de los distintos niveles de
responsabilidad en el sistema. A tal fin, los datos de carácter personal relativos a la salud podrán ser
recabados y tratados siempre que se cumplan los siguientes requisitos: Siempre debe constar el previo consentimiento del afectado. Si no consta el previo consentimiento del afectado se requiere que la actuación se
encuentre debidamente autorizada y se efectúe previo procedimiento de disociación que
garantice el anonimato de la información. Que conste el previo consentimiento del afectado por escrito y que se garantice el
anonimato de la información. Basta con que la actuación se encuentre debidamente autorizada. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi contempla que: El acceso de los ciudadanos a los servicios sanitarios de cobertura pública garantizará el
principio de igualdad formal. El acceso de los ciudadanos a cualquier servicio sanitario garantizará el principio de
igualdad efectiva. El acceso de los ciudadanos a los servicios sanitarios de cobertura pública garantizará el
principio de igualdad efectiva. El acceso de los ciudadanos a los servicios sanitarios garantizará el principio de
universalidad. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi al contemplar los derechos
y deberes ciudadanos, alude a: La obligación de dejar constancia escrita de todo proceso diagnóstico o terapéutico. La obligación de dejar constancia por cualquier medio de todo proceso diagnóstico. La obligación de dejar constancia por cualquier medio de todo proceso diagnóstico o
terapéutico. No existe en la Ley ninguna previsión a este respecto, de modo que será el propio
facultativo el que decida si el proceso diagnóstico o terapéutico debe quedar registrado. Señale la respuesta correcta: Los consejos de participación comunitaria serán creados por ley para posibilitar la
participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi. Los consejos de participación comunitaria serán creados por ley para posibilitar la
participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi y se crearán exclusivamente para
el ámbito de toda la Comunidad Autónoma. Los consejos de participación comunitaria serán creados reglamentariamente para
posibilitar la participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi, para el ámbito de
toda la Comunidad Autónoma y para el ámbito de cada área de salud. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi no contempla los
consejos de participación comunitaria. Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de
Euskadi, señale cuál es la afirmación correcta con relación a los consejos de participación
comunitaria : Tienen facultades decisorias en la formulación de planes y objetivos generales del
sistema. Se les atribuyen facultades consultivas y de asesoramiento en la formulación de planes y
objetivos generales del sistema. Su composición responde exclusivamente a criterios de representatividad territorial. Su composición responde a criterios de representatividad territorial y podrán
incorporarse, cuando así lo decida su presidencia, además de representantes de las
Administraciones locales y forales, representantes de los colegios profesionales sanitarios. El contrato-programa, tal y como establece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación
Sanitaria de Euskadi: Es el instrumento jurídico mediante el que se articulan las relaciones entre el Gobierno
vasco y las organizaciones del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud para la
provisión de servicios sanitarios. Es el instrumento jurídico mediante el que se articulan de manera directa las relaciones
entre el Departamento competente en materia de sanidad y las organizaciones del ente
público Osakidetza-Servicio Vasco de salud que tiene naturaleza jurídica de concierto. Es el instrumento jurídico mediante el que se articulan de manera directa las relaciones
entre el Departamento competente en materia de sanidad y las organizaciones del ente
público Osakidetza-Servicio Vasco de salud que tiene naturaleza jurídica de un convenio de
carácter especial. Ninguna respuesta es correcta. Señale cuál de los siguientes contenidos NO se consideran entre los que necesariamente han de
incluirse en el contrato-programa regulado en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación
Sanitaria de Euskadi: Determinación cuantificable y periódica de los requisitos de operatividad que deberán
cumplir los servicios sanitarios. Estimación del volumen global de actividad y previsión de las contingencias sanitarias
objeto de cobertura. Requisitos y procedimiento de control y auditoria sanitaria. Los niveles de responsabilidad que adquieren las partes en cuanto a las revisiones,
adaptaciones y demás incidencias que se susciten en la aplicación del convenio. Osakidetza-Servicio Vasco de Salud se constituye como: Ente público con personalidad jurídica propia y adscrito al Departamento de la
Administración General competente en materia de salud. Ente público de Derecho privado con personalidad jurídica propia. Ente público de Derecho público al que se le atribuye personalidad jurídica propia. Ninguna respuesta es correcta. Señale la respuesta correcta respecto a Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Se rige por la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi y por lo
dispuesto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco. Todas sus actuaciones quedan sujetas al Derecho privado. Cuando ejerza potestades administrativas por atribución directa o delegación se sujetará al
Derecho público. Las organizaciones dependientes del ente tendrán la consideración de órganos
administrativos. Con relación a la organización rectora de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, señale la
respuesta que NO es correcta: Los órganos rectores son el consejo de administración y el presidente Los órganos rectores son el consejo de administración y el presidente, cuyo cargo ejercerá
el Lehendakari. Los órganos rectores son el consejo de administración y el presidente, cuyo cargo ejercerá
el Consejero del Departamento competente en materia de sanidad. El consejo de administracion estará integrado por el presidente y por un número no
superior a cinco miembros en represantación de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Euskadi. El consejo de administración de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud está integrado por: El presidente y por un número no superior a cinco miembros en representación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El presidente y por un número no superior a tres miembros en representación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El presidente y por cinco miembros en representación del Departamento competente en
materia de sanidad. El presidente, el Consejero del Departamento competente en materia de sanidad y tres
miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Según establece, la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi: El Plan de Salud de Euskadi debe ser aprobado por el Parlamento Vasco. El Departamento competente en materia de sanidad debe elaborar semestralmente y
remitir al Parlamento un informe con la evaluación de los objetivos y determinaciones del
Plan de Salud de Euskadi. El Departamento competente en materia de sanidad debe elaborar anualmente y remitir al
Parlamento un informe con la evaluación de los objetivos y determinaciones del Plan de
Salud de Euskadi. Son correctas las respuestas a) y c). A los efectos de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, las
plantillas de personal del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Serán aprobadas por su Presidente a propuesta del consejo de administración. Se denominan así al número de efectivos de carácter estructural con que cuentan tanto su
organización central de administración como las organizaciones de servicios dependientes
de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. Deberán ajustarse al número máximo de efectivos, según grupos profesionales, que
anualmente aprobará su consejo de administración a propuesta del Departamento de
Sanidad. Deberán ajustarse al número máximo de efectivos, según grupos de titulación, que
anualmente aprobará el Departamento de Sanidad. La dirección, planificación y programación del sistema sanitario de Euskadi es competencia: Del Gobierno Vasco. Del presidente del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud a propuesta de su
consejo de administración. Del Parlamento Vasco. Del Departamento competente en materia de sanidad. En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las inspecciones necesarias
para asegurar el cumplimiento de lo previsto en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación
Sanitaria de Euskadi y en el resto de la legislación sanitaria corresponde: A la inspección de trabajo del País Vasco adscrita al Departamento de trabajo y empleo
del Gobierno Vasco. En todos los casos a las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma. Al Departamento competente en materia de sanidad. La inspección en materia sanitaria no es competencia de la Comunidad Autónoma de
Euskadi. Conforme a la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en los
procedimientos selectivos de acceso podrá establecerse el mecanismo de promoción interna para la
provisión preferente de los destinos ofertados por personal perteneciente a grupos de titulación o
profesionales distintos, siempre que los interesados sean personal fijo y reúnan los requisitos
exigidos en cada caso, en un porcentaje de hasta un: 50%. 40%. 60%. 30%. Señale cuál de los siguientes criterios NO está contemplado en la Ley 8/1997, de 26 de junio,
de Ordenación Sanitaria de Euskadi para la clasificación de las infracciones en leves, graves o muy
graves: La cuantía de la indemnización solicitada. Los riesgos para la salud. El grado de intencionalidad. La gravedad de la alteración sanitaria y social producida. Según establece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en
materia de sanciones señale la respuesta correcta: Las infracciones serán sancionadas exclusivamente con sanción pecuniaria o económica. En los casos de infracciones muy graves, el Gobierno Vasco podrá acordar el cierre
temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de cinco años. Sin perjuicio de la multa que proceda imponer, en ciertos casos, la sanción económica que
se imponga podrá ser incrementada hasta el triple de la cuantía del beneficio ilícito obtenido. En los casos de infracciones muy graves, el Gobierno Vasco podrá acordar el cierre
temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de tres años. Según la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, las organizaciones
a través de las que se procede a la provisión de servicios sanitarios con medios adscritos al ente
público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Realizarán su actividad bajo el principio de autonomía económico-financiera y de gestión. Se configurarán como instituciones de titularidad privada y con personalidad jurídica
propia. e crearán por ley como entidades de titularidad pública y con personalidad jurídica
propia. Para realizar su actividad dependen presupuestariamente del ente público OsakidetzaServicio Vasco de Salud. Respecto a los cargos directivos del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, señale
cuál de las siguientes respuestas NO es correcta: El personal directivo es nombrado entre personas que tienen una vinculación laboral
previa con la Administración pública. El personal directivo desempeña con carácter eventual tareas de gerencia o de dirección
profesional no reservadas a personal estatutario fijo en cualquiera de las estructuras de
gestión del ente público. El régimen retributivo que le es aplicable será establecido por el consejo de
administración del ente público. El personal directivo es nombrado y separado libremente. Respecto al personal sujeto al régimen estatutario que establece la Ley 8/1997, de 26 de junio,
de Ordenación Sanitaria de Euskadi, señale la respuesta correcta: Este vínculo estatutario se adquiere mediante el cumplimiento de los dos siguientes
requisitos: superación del proceso selectivo correspondiente y nombramiento conferido por
autoridad competente. Los principios que rigen el procedimiento selectivo para la adquisición del vínculo
estatutario son exclusivamente el de igualdad, mérito y capacidad. Los instrumentos de clasificación del personal sujeto a este régimen estatutario son el
grupo de titulación, el grupo profesional, la categoría y el puesto funcional que se
desempeñe. El grupo de titulación constituye el instrumento de clasificación del personal en base al
agrupamiento unitario de las aptitudes profesionales y contenido específico da las tareas
propias de la prestación. Conforme a la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, NO se
considera infracción leve: La identificación falsa o contraria al principio de veracidad, en cuanto a los méritos,
experiencia o incapacidad técnica, de los profesionales sanitarios en su actividad profesional
y en sus relaciones asistenciales con los ciudadanos. Dificultar la labor inspectora mediante cualquier acción u omisión que perturbe o retrase
la misma. La comisión por negligencia de las conductas tipificadas como infracción muy grave,
cuando el riesgo o alteración sanitaria producida sea de escasa entidad. El incumplimiento, por simple negligencia, de los requisitos, obligaciones o prohibiciones
establecidas en la normativa sanitaria. Como se recoge en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Las infracciones leves prescribirán al año. Las infracciones leves prescribirán a los dos años. Las infracciones graves prescribirán a los tres años. Las infracciones muy graves prescribirán a los cuatro años. El Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud es: El Ente Institucional de la Comunidad Autónoma, de naturaleza pública y bajo la
calificación de Ente Público de Derecho Privado o Público. El Ente Institucional de la Comunidad Autónoma, de naturaleza pública y bajo la
calificación de Ente Público de Derecho Público. El Ente Institucional de la Comunidad Autónoma, de naturaleza pública y bajo la
calificación de Ente Público de Derecho Privado. Las tres anteriores son erróneas. En desarrollo de su objeto, el Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» perseguirá a
través de todas sus organizaciones los siguientes fines (señálese la respuesta INCORRECTA): Ejecutar la provisión del servicio público sanitario en la Comunidad Autónoma de
Euskadi. Promocionar el desarrollo de sus recursos sanitarios a través de acciones y programas
propios o en colaboración con otras instituciones, y cualquier otro fin relacionado con su
objeto que decida su Director General. Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere
su personal sanitario y no sanitario, tanto en el campo específico de la salud como en los de
la gestión y administración sanitarias. Proporcionar a las personas que accedan a sus servicios las condiciones necesarias para el
pleno ejercicio de sus derechos y deberes de carácter instrumental o complementario. Corresponderá la presidencia del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud a: El Lehendakari de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El Diputado General del Territorio Histórico en que esté situado el Ente. La presidencia, al Consejero de Sanidad y la presidencia de honor al Lehendakari de la
Comunidad Autónoma del País Vasco. El Consejero de Sanidad. La función de nombrar y separar a los Directores de División de la organización central del
Ente Público corresponde a: El Consejo de Administración del Ente. La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente. Ninguno de los anteriores. La relación de las funciones de la Presidencia de Osakidetza comprenderá las siguientes
(señálese la respuesta INCORRECTA): Ejercer la representación del Ente Público y de su Consejo de Administración, sin
perjuicio de la que corresponde a los directivos superiores de todas las organizaciones
dependientes del Ente Supervisar las operaciones del Ente Público y presentar al Consejo de Administración los
informes que considere oportunos. Asegurar la adecuada coordinación de las actividades desempeñadas por el Ente con las
de los centros sanitarios de naturaleza privada, así como con otras Comunidades Autónomas
o la Administración Central del Estado. Ejercer toda clase de acciones, excepciones y recursos judiciales y administrativos en
defensa de los derechos e intereses del Ente Público, sin perjuicio de las actuaciones
ordinarias directamente vinculadas al ejercicio de las facultades que se atribuyen a las
distintas organizaciones del Ente Público. La composición del Consejo contará, además del Presidente del Ente Público con cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma,
que serán nombrados por el Gobierno, uno de ellos a propuesta del Consejero de Hacienda y
Administración Pública, otro a propuesta del Consejero de Bienestar Social y los tres
restantes a propuesta del Consejero de Sanidad. con cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma,
que serán nombrados por el Gobierno, uno de ellos a propuesta del Consejero de Hacienda y
Administración Pública, otro a propuesta del Consejero de Presidencia y los tres restantes a
propuesta del Consejero de Sanidad. con cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma,
que serán nombrados por el Gobierno, dos de ellos a propuesta del Consejero de Hacienda y
Administración Pública y los tres restantes a propuesta del Consejero de Sanidad. Ninguna de los anteriores. La función de aprobar los criterios y líneas generales de actuación del Ente Público
«Osakidetza-Servicio vasco de salud» corresponde a: El Consejo de Administración del Ente La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente Ninguno de los anteriores . La propuesta de Plan Estratégico del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud»: Será formulada por la Dirección General del Ente. Será aprobada por la Presidencia del Ente. Será sometida a informe del Consejo de Administración del Ente. Todas las anteriores son ciertas. Al Consejo de Administración del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» le
corresponderá (señálese la que sea incorrecta): Aprobar la propuesta de Presupuestos y Estados Financieros Previsionales del Ente
Público. Aprobar el Plan Estratégico del Ente Público. Ejercer la representación del Ente Público. Aprobar los criterios y líneas generales de actuación del Ente Público y de todas las
organizaciones dependientes del mismo. La función de nombrar y separar a los Directores-Gerentes de las organizaciones de servicios
sanitarios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» corresponderá a: La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente. El Consejo de Administración del Ente. Ninguna de las anteriores. La función de convocar, presidir, suspender y levantar las sesiones, arbitrar las deliberaciones
del Consejo de Administración del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» y decidir los
empates con su voto de calidad corresponderá a: La Dirección General. La Presidencia El miembro más antiguo del Consejo de Administración Ninguna de las anteriores. De acuerdo con el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los
Estatutos Sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud», para el desarrollo de sus
funciones, la Dirección General del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» contará con
el apoyo de un equipo directivo formado por: Dos Directores de División. Tres Directores de División. Cuatro Directores de División. La norma no establece el número concreto de Directores de División. La función de ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración del Ente Público
«Osakidetza-Servicio vasco de salud» y elevar al mismo las propuestas que le correspondan, así
como los informes, estudios y análisis que le sean requeridos corresponde a: La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente. Las Direcciones de División del Ente. Ninguna de las anteriores. El Director General del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud»: No podrá asistir a las reuniones del Consejo de Administración del Ente. Presidirá las reuniones del Consejo de Administración del Ente. Asistirá a las reuniones del Consejo de Administración del Ente con voz y voto. Asistirá a las reuniones del Consejo de Administración del Ente con voz y sin voto. Corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del Ente
Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud», en materia de gestión asistencial (señálese la
respuesta INCORRECTA): Supervisar el cumplimiento de las políticas generales de calidad y realizar auditorías. Definir criterios generales y proponer la política de precios correspondiente a la
prestación de servicios sanitarios incluida en la cobertura pública. Coordinar los recursos y, en su caso, proponer medidas de intervención sobre las listas de
espera. Promover protocolos de interés general. Corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del Ente
Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud», en materia de gestión de recursos humanos (señálese
la respuesta INCORRECTA): Supervisar, controlar y evaluar las políticas de personal del Ente. Promover acuerdos de cooperación con centros correspondientes a la sanidad privada. Dirigir el funcionamiento del registro de personal. Gestionar los procesos de selección y de provisión que el Consejo de Administración
determine, por su carácter general, previsible número de aspirantes u otras circunstancias
análogas, y, a tal fin, convocarlos, establecer sus bases, programas y contenidos, y designar a
los tribunales calificadores de los mismos. De acuerdo con lo que señala el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se
establecen los Estatutos Sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud», cada
organización de servicios sanitarios dependiente del Ente Público tendrá definido su objeto de
actividad o ámbito de actuación sanitaria de conformidad con lo dispuesto específicamente en la: Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente. Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación sanitaria de Euskadi. Decreto 17/2022, de 1 de febrero, del Registro Vasco de Profesionales del ámbito
sanitario. Ninguna de las anteriores. Corresponde a cada organización de servicios sanitarios del Ente Público «OsakidetzaServicio vasco de salud». el ejercicio de todas las facultades de gestión y administración que se
requieran para el ejercicio de la actividad de provisión de servicios sanitarios que tengan
encomendada, quedando excluidas únicamente: aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del Ente Público
«Osakidetza-Servicio vasco de salud» atribuyen expresamente a la organización central del
Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y
Reglamentos vigentes. aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del Ente Público
«Osakidetza-Servicio vasco de salud» atribuyen expresamente a la Presidencia del Ente
Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y
Reglamentos vigentes. aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del Ente Público
«Osakidetza-Servicio vasco de salud» atribuyen expresamente al Consejo de Administración
del Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y
Reglamentos vigentes. Ninguna de las anteriores. Al Director Gerente de una organización de servicios sanitarios del Ente Público «OsakidetzaServicio vasco de salud» se encontrará un Director al que le corresponderá (señálese la respuesta
INCORRECTA): Ostentar la representación oficial de la organización y ejercer la autoridad directa dentro
de la misma, todo ello de acuerdo con las facultades encomendadas a la organización
correspondiente Suscribir el contrato-programa en representación de la organización respectiva, así como
aprobar la propuesta que corresponde formular a cada organización sobre su presupuesto
individualizado y sus planes de gestión a corto y medio plazo. Representar al Ente Público en la negociación colectiva del Acuerdo Marco de
Condiciones de Trabajo del Personal de la organización en la que ejerce sus tareas. Dirigir, impulsar y coordinar la organización, gestión, y control interno de los servicios
sanitarios y de administración correspondientes a su organización, velando por el
cumplimiento de los objetivos asignados. El número de miembros del equipo directivo de las organizaciones de servicios sanitarios: Oscilará entre dos y tres. Oscilará entre tres y cuatro. Oscilará entre cuatro y cinco. La normativa que rige su estatuto jurídico no establece un número determinado sino un
máximo de cinco. La función de Representar al Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». en la
negociación colectiva del Acuerdo Marco de Condiciones de Trabajo del Personal corresponde a: La organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público
«Osakidetza-Servicio vasco de salud». La Presidencia del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». El Consejo de Administración del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». Ninguna de las anteriores. Con carácter ordinario, a la Dirección Médica le corresponderán las siguientes atribuciones
(señálese la respuesta INCORRECTA): Presidir los Consejos Técnicos de participación profesional y promover su eficaz
funcionamiento. Dirigir, coordinar y evaluar las actividades clínico- asistenciales, auditar su nivel de
calidad y proponer las medidas que sean oportunas para su mejora. Promover y supervisar las actividades de docencia e investigación del personal
Facultativo. Determinar las políticas de contratación de personal de su organización de servicios. Para el desarrollo de funciones de propuesta y asesoramiento, así como de participación en las
organizaciones de servicios sanitarios, existirá un Consejo de Dirección en cada una de ellas,
integrado por: el equipo directivo, las jefaturas de unidad que se determinen y una representación de los
vocales electos que formen parte de los Consejos Técnicos de participación profesional
respectivos. el equipo directivo, las jefaturas de unidad que se determinen, los representantes
sindicales y una representación de los vocales electos que formen parte de los Consejos
Técnicos de participación profesional respectivos. el equipo directivo y las jefaturas de unidad que se determinen. todas las anteriores son falsas. Las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de
salud» podrán: descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los
responsables clínicos facultades de gestión, aunque sólo en materia de personal, y siempre
de acuerdo con el marco estratégico, los planes de gestión y el compromiso del contrato-programa suscrito por la organización. descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los
responsables clínicos facultades de gestión, pero sólo en materia económica y siempre de
acuerdo con el marco estratégico, los planes de gestión y el compromiso del contrato-programa suscrito por la organización. descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los
responsables clínicos facultades de gestión tanto en materia económica como de personal, de
acuerdo con el marco estratégico, los planes de gestión y el compromiso del contrato-programa suscrito por la organización. todas las anteriores son falsas. En materia específica de inversiones, la competencia para ejecutar las compras de suministros
que se consideren centralizadas, así como definir y/o ejecutar, en su caso, las consideradas
integradas corresponde a: El Consejo de Administración del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». La organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público
«Osakidetza-Servicio vasco de salud». La organización de servicios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». Al Director-Gerente, de cada organización de servicios sanitarios del «OsakidetzaServicio vasco de salud». En el ámbito de una organización de servicios sanitarios del Ente Público «OsakidetzaServicio vasco de salud», presidir los Consejos Técnicos de participación profesional y promover su
eficaz funcionamiento es una tarea que corresponde a: La Dirección General del Ente. El Director Gerente del Ente. La Dirección Médica del Ente. Ninguna de las anteriores. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, son titulares de los derechos
y deberes recogidos en esta Declaración: Todas las personas que accedan o utilicen las prestaciones y servicios sanitarios que se
proporcionan por el sistema sanitario de Euskadi. Todas las personas nacidas en Euskadi. Todas las personas empadronadas en Euskadi. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, todos los derechos y
obligaciones establecidos son exigibles: En relación a todas las acciones de carácter sanitario, incluyendo docencia, que se
desarrollen en los centros, servicios o establecimientos sanitarios de titularidad pública o
privada o concertados de Euskadi. Las acciones relativas a la investigación biomédica
quedan fuera de esta Declaración y se rigen por su normativa específica. En relación a todas las acciones de carácter sanitario, incluyendo docencia, que se
desarrollen en los centros, servicios o establecimientos sanitarios de titularidad pública o
concertados que integran el sistema sanitario de Euskadi. Las acciones relativas a la
investigación biomédica quedan fuera de esta Declaración y se rigen por su normativa
específica. En relación a todas las acciones de carácter sanitario, incluyendo investigación y
docencia, que se desarrollen en los centros, servicios o establecimientos sanitarios de
titularidad pública o privada o concertados de Euskadi. En relación a todas las acciones de carácter sanitario, incluyendo investigación y
docencia, que se desarrollen en los centros, servicios o establecimientos sanitarios de
titularidad pública o concertados que integran el sistema sanitario de Euskadi. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, los principios que informan
e inspiran el conjunto de acciones de carácter sanitario que se desarrollen en el sistema sanitario de
Euskadi son: El respeto a la libertad de la persona, a su dignidad y a la autonomía en las decisiones que
afecten a su salud. El respeto a todos los profesionales que integran el sistema sanitario de Euskadi. La promoción de la investigación científica en el marco del sistema sanitario de Euskadi. Todas las respuestas anteriores son correctas. El Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre Derechos y
Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, distingue bloques de derechos
relacionados con los siguientes ámbitos: Relaciones asistenciales; participación responsable en la gestión de la propia salud;
organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
asistencia sanitaria específica vinculada a la infancia y adolescencia; asistencia sanitaria
específica referida a la salud sexual y reproductiva; asistencia sanitaria específica referida a
las personas mayores; asistencia sanitaria específica referida al final de la vida; participación
en la investigación biomédica; obtención de la Tarjeta Individual Sanitaria. Relaciones asistenciales; participación responsable en la gestión de la propia salud;
organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
asistencia sanitaria específica vinculada a la infancia y adolescencia; asistencia sanitaria
específica referida a la salud sexual y reproductiva; asistencia sanitaria específica referida a
las personas mayores; asistencia sanitaria específica referida al final de la vida; derechos en
relación con la docencia de los profesionales sanitarios; obtención de la Tarjeta Individual
Sanitaria. Relaciones asistenciales; participación responsable en la gestión de la propia salud;
organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
asistencia sanitaria específica vinculada a la infancia y adolescencia; asistencia sanitaria
específica referida a la salud sexual y reproductiva; asistencia sanitaria específica referida a
las personas mayores; asistencia sanitaria específica referida al final de la vida; medidas de
salud pública; obtención de la Tarjeta Individual Sanitaria. Relaciones asistenciales; participación responsable en la gestión de la propia salud;
organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
asistencia sanitaria específica vinculada a la infancia y adolescencia; asistencia sanitaria
específica referida a la salud sexual y reproductiva; asistencia sanitaria específica referida a
las personas mayores; asistencia sanitaria específica referida al final de la vida; obtención de
la Tarjeta Individual Sanitaria. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, corresponde a la persona
paciente o usuaria del sistema sanitario de Euskadi: El derecho a que se empleen recursos razonables para garantizar la traducción de la
información clínica a su idioma de manera que se garantice su comprensión. El derecho a recibir información sobre las vías a utilizar para la formulación de quejas,
reclamaciones y sugerencias. El derecho a recibir información, tanto la madre como el padre, con carácter previo al
parto, sobre aquellas intervenciones no necesarias desde el punto de vista clínico y cuya
omisión no suponga un riesgo para la salud del niño o niña que vaya a nacer. El derecho a la elección del profesional facultativo general, pediatra y de atención
especializada. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, la persona paciente o
usuaria tiene derecho: A recibir información sobre los recursos sanitarios y socio-sanitarios disponibles,
actuaciones y prestaciones del sistema sanitario de Euskadi, su calidad y requisitos de
acceso a los mismos. A recibir información sobre los recursos sanitarios y socio-sanitarios disponibles,
actuaciones y prestaciones del sistema sanitario de Euskadi, su calidad y requisitos de
acceso a los mismos, de manera individualizada o a través de medios que garanticen su
accesibilidad a toda la ciudadanía. A recibir información sobre los recursos sanitarios y socio-sanitarios disponibles,
actuaciones y prestaciones del sistema sanitario de Euskadi, su calidad y requisitos de
acceso a los mismos, así como los disponibles en otros sistemas sanitarios para facilitar que
pueda optar por solicitarlos también fuera del sistema sanitario de Euskadi. A recibir información sobre los recursos sanitarios y socio-sanitarios disponibles,
actuaciones y prestaciones del sistema sanitario de Euskadi, su calidad, coste y requisitos de
acceso a los mismos. El derecho a la participación de forma activa en las actuaciones del sistema sanitario de
Eukadi: No está reconocido en el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la
Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi. Está reconocido en el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la
Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi,
como derecho colectivo que se ejerce a través de organizaciones. Está reconocido en el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la
Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi,
que lo contempla tanto en su modalidad de participación directa como a través de
organizaciones. Está reconocido en el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la
Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi,
que lo contempla tanto en su modalidad de participación directa como a través de
organizaciones y sindicatos. A los efectos de la Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema
sanitario de Euskadi recogida en el Decreto 147/2015, de 21 de julio, se configuran las siguientes
fases de la vida en las que se concretan necesidades específicas: 1. Neonatología, infancia y la adolescencia. 2. Salud sexual y reproductiva, embarazo y
parto. 3. Salud laboral. 4. Personas mayores y final de la vida. 1. Infancia y adolescencia. 2. Salud sexual y reproductiva. 3. Salud laboral. 4. Personas
mayores. 1. Infancia. 2. Adolescencia, salud sexual y reproductiva. 3. Personas mayores. 4. Final de
la vida. 1. Infancia y la adolescencia. 2. Salud sexual y reproductiva. 3. Personas mayores. 4.
Final de la vida. En la Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de
Euskadi recogida en el Decreto 147/2015, de 21 de julio, se identifican los siguientes colectivos
vulnerables: Menores de edad. Personas homosexuales y transexuales. Personas migrantes. Todas las respuestas anteriores son falsas. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, los niños y niñas y las
personas adolescentes, en su condición de pacientes y usuarias del Sistema Sanitario de Euskadi,
tienen derecho: A la seguridad de recibir los cuidados que necesita, incluso en el caso de que fuese
necesaria la intervención de la justicia, salvo oposición de los padres o madres, o la persona
que los sustituya, en ejercicio del derecho fundamental a la libertad religiosa. A la seguridad de recibir los cuidados que necesita, incluso en el caso de que fuese
necesaria la intervención de la Consejería de Sanidad, salvo que la actuación sea contraria al
entorno religioso y cultural del niño, niña o persona adolescente y, por lo tanto, también a su
voluntad presunta. A la seguridad de recibir los cuidados que necesita, incluso en el caso de que fuese
necesaria la intervención de la justicia, si los padres o madres, o la persona que los sustituya,
se los negaran por razones religiosas, culturales o cualquiera otras. A la seguridad de recibir los cuidados que necesita, incluso en el caso de que fuese
necesaria la intervención de la Consejería de Sanidad, si los padres o madres, o la persona
que los sustituya, se los negaran por razones religiosas, culturales o cualquiera otras. En el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre Derechos y
Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, se reconoce expresamente el derecho a: Poder decidir sobre intervenciones no estrictamente necesarias desde un punto de vista
clínico y que pueden obviarse sin perjuicio para la salud de la mujer o el niño o niña, tales
como la episiotomía; y a estar acompañada por su pareja o la persona de su confianza antes
y durante el parto A ejercer el derecho a amamantar a los hijos e hijas en cualquier espacio público. Las respuestas a y b son verdaderas. Las respuestas a y b son falsas. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, las personas pacientes y
usuarias del Sistema Sanitario de Euskadi, en relación con la asistencia sanitaria específica referida
al final de la vida, tienen derecho a: Obtener información veraz sobre las opciones terapéuticas y a que se respete y acate su
voluntad de aceptación o rechazo de cualquiera de ellas, siempre que se exprese de forma
directa o en forma de voluntades anticipadas Obtener información veraz sobre las opciones terapéuticas y a que se respete y acate su
voluntad de aceptación o rechazo de cualquiera de ellas, tanto si se hace saber de forma
directa como en forma de voluntades anticipadas o mediante una persona que la represente. Obtener información veraz sobre las opciones terapéuticas, y a que se respete y acate su
voluntad de aceptación o rechazo de cualquiera de ellas, siempre que se exprese de forma
directa, en forma de voluntades anticipadas o a través de los familiares o allegados. Obtener información veraz sobre las opciones terapéuticas, y a que se respete y acate su
voluntad de aceptación o rechazo de cualquiera de ellas, siempre que se exprese de forma
directa, en forma de voluntades anticipadas, mediante una persona que la represente o a
través de los familiares o allegados. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, las personas pacientes y
usuarias del Sistema Sanitario de Euskadi, en relación con la asistencia sanitaria específica referida
al final de la vida, tienen derecho a: Al acompañamiento de familiares y personas allegadas en los procesos con
hospitalización. Al uso con carácter general, de habitación individual. Al acompañamiento espiritual. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, la posesión de la tarjeta
individual sanitaria permite el derecho a: Obtener una segunda opinión médica en cualquier proceso clínico. Obtener una segunda opinión médica en la asistencia sanitaria especializada. Elegir profesional facultativo general y pediatra, pero el centro de atención primaria será
el adjudicado directamente por la administración sanitaria. Elegir profesional facultativo general y pediatra, así como centro en atención primaria y,
en su caso, a la elección del hospital, conforme a la normativa vigente. El Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre Derechos y
Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi establece deberes en relación con los
siguientes ámbitos: Organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
participación responsable en la gestión de la propia salud; y relaciones asistenciales en el
sistema sanitario de Euskadi. Organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
participación responsable en la gestión de la propia salud; relaciones asistenciales en el
sistema sanitario de Euskadi; y salud pública. Organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
participación responsable en la gestión de la propia salud; relaciones asistenciales en el
sistema sanitario de Euskadi; salud pública; y participación en la investigación científica en
el sistema sanitario de Euskadi. Organización y gestión del sistema sanitario de Euskadi; políticas sanitarias específicas;
participación responsable en la gestión de la propia salud; relaciones asistenciales en el
sistema sanitario de Euskadi; salud pública; participación en la investigación científica en el
sistema sanitario de Euskadi; y colaboración con la Administración Sanitaria. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, la persona paciente o
usuaria: Debe dejar por escrito las decisiones cuando sea legalmente exigible o recomendable. Debe dejar por escrito las decisiones cuando se lo soliciten los profesionales que le
atiendan. Debe dejar por escrito las decisiones cuando la política del centro sanitario así lo
establezca. Debe dejar por escrito las decisiones cuando puedan tener relevancia a efectos de
responsabilidad legal. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, la persona paciente o
usuaria deberá de cumplir los siguientes deberes: Facilitar, de forma veraz sus datos de identificación y los referentes a su estado físico o su
salud, así como colaborar en su obtención, especialmente cuando sean necesarios para el
episodio asistencial o por razones de interés público debidamente motivadas, siempre que
quede avalado por una orden judicial. Facilitar, de forma veraz sus datos de identificación y los referentes a su estado físico o su
salud, así como colaborar en su obtención, especialmente cuando sean necesarios para el
episodio asistencial o por razones de interés público debidamente motivadas, siempre se
solicite por escrito. Facilitar, de forma veraz sus datos de identificación y los referentes a su estado físico o su
salud, así como colaborar en su obtención, especialmente cuando sean necesarios para el
episodio asistencial o por razones de interés público debidamente motivadas, siempre que se
informe por escrito de las garantías implementadas en relación con la protección de la
información. Facilitar, de forma veraz sus datos de identificación y los referentes a su estado físico o su
salud, así como colaborar en su obtención, especialmente cuando sean necesarios para el
episodio asistencial o por razones de interés público debidamente motivadas. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, los Servicios de atención a
pacientes y personas usuarias: Estarán disponibles en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de Osakidetza- Servicio
vasco de salud, los centros sanitarios concertados, los centros privados y el departamento
competente en materia de sanidad. Estarán disponibles en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de Osakidetza- Servicio
vasco de salud, los centros sanitarios concertados y el departamento competente en materia
de sanidad, pero no existe previsión en relación con los centros privados. Estarán disponibles en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de Osakidetza- Servicio
vasco de salud, pero no existe previsión en relación con los centros concertados, ni con los
privados ni con el departamento competente en materia de sanidad. Estarán disponibles en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de Osakidetza- Servicio
vasco de salud y en los centros sanitarios concertados y privados, pero no existe previsión en
relación con el departamento competente en materia de sanidad. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, son funciones de los
Servicios de Atención a Pacientes y Personas usuarias: Tramitar y responder a las iniciativas y sugerencias que se formulen por los usuarios y sus
familiares. Formular propuestas de mediación cuando la naturaleza del tema sobre el que verse la
reclamación lo permita. Comunicar a la dirección del centro, servicio o establecimiento sanitario la posible
comisión de hechos o conductas que supongan el incumplimiento de los derechos y deberes
de las personas usuarias. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, los Servicios de Atención a
Pacientes y Personas Usuarias: Registrarán todas las reclamaciones y solicitudes que se presenten ante ellos, con
independencia del centro, servicio o establecimiento sanitario destinatario de las mismas. Registrarán todas las reclamaciones y solicitudes que se presenten ante ellos, si es que se
el destinatario de las mismas es el centro, servicio o establecimiento del que dependan. Registrarán todas las solicitudes que se presenten ante ellos, con independencia del
centro, servicio o establecimiento sanitario destinatario de la misma; y todas las
reclamaciones, si es que el destinatario de las mismas es el centro, servicio o establecimiento
del que dependan. Registrarán todas las reclamaciones que se presenten ante ellos, con independencia del
centro, servicio o establecimiento sanitario destinatario de las mismas; y todas las solicitudes
si es que el destinatario de las mismas es el centro, servicio o establecimiento del que
dependan. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, las reclamaciones contra las
personas usuarias de los centros, servicios y establecimientos sanitarios se tramitarán: Por el procedimiento que elija la persona que interpone la reclamación. Por el procedimiento vigente para ello. Por el mismo procedimiento previsto para las reclamaciones contra actuaciones del
personal. El enunciado de la pregunta es incorrecto porque la norma citada no prevé reclamaciones
contra las personas usuarias, aunque sí contra los profesionales sanitarios. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, las reclamaciones contra
actuaciones del personal: Se resolverán atendiendo a las normas disciplinarias específicas previa apertura, en su
caso, del expediente informativo correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades que
de los hechos pudieran derivarse. Se resolverán atendiendo a las normas disciplinarias generales previa apertura, en su caso,
del expediente informativo correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades que de los
hechos pudieran derivarse. Se resolverán atendiendo a las normas disciplinarias específicas previa apertura, en su
caso, del expediente informativo y de expediente de mediación, sin perjuicio de las
responsabilidades que de los hechos pudieran derivarse. Se resolverán atendiendo a las normas disciplinarias generales previa apertura, en su caso,
del expediente informativo y de expediente de mediación, sin perjuicio de las
responsabilidades que de los hechos pudieran derivarse. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, la interposición de
reclamaciones en los servicios de atención a pacientes y personas usuarias: Suspenderá el cómputo del plazo legalmente establecido para la interposición de
cualquier otra vía de reclamación contra el hecho denunciado. Suspenderá el cómputo del plazo legalmente establecido para la interposición de
reclamaciones en la vía civil. Suspenderá el cómputo del plazo legalmente establecido para la interposición de
reclamaciones en la vía penal. No suspenderá el cómputo del plazo legalmente establecido para la interposición de
cualquier otra vía de reclamación contra el hecho denunciado. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, en los centros, servicios y
establecimientos sanitarios de titularidad privada, no vinculados al sistema sanitario público por
cualquier modalidad contractual, serán exigibles: Al menos, los derechos reconocidos a favor de las personas usuarias y pacientes en el
artículo 4 y en el artículo 5, excepto los apartados e) y f). Al menos, los derechos reconocidos en el artículo 4, en el artículo 5 y en el artículo 6 a
favor de las personas usuarias y pacientes. Todos los derechos reconocidos a favor de las personas usuarias y pacientes. Todas las respuestas anteriores son falsas. Según el Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre
Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi, a las personas usuarias de
los centros, servicios y establecimientos sanitarios citados en los apartados anteriores: les serán
exigibles: No les serán exigibles los deberes previstos en los artículos 14 a 17. Les serán exigibles los deberes previstos en los artículos 14 a 17. Les serán exigibles los deberes previstos en los artículos 16 y 17 en relación con la
participación responsable en la gestión de la propia salud, así como en las relaciones
asistenciales. Les serán exigibles los deberes previstos en los artículos 15, 16 y 17 en relación con las
políticas sanitarias, la participación responsable en la gestión de la propia salud, así como en
las relaciones asistenciales. El objeto de la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, según se
establece en sus disposiciones es: La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales,
así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía
del paciente y de información y documentación clínica. La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales,
así como de los centros y servicios sanitarios públicos, en materia de autonomía del paciente
y de información y documentación clínica. La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los
centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y
de información y documentación clínica. La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los
centros y servicios sanitarios, públicos, en materia de autonomía del paciente y de
información y documentación clínica. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la
documentación clínica es: La información contenida en la historia clínica. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de
carácter asistencial y la documentación relativa a las voluntades anticipadas. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de
carácter asistencial y de investigación biomédica. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de
carácter asistencial. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, una
intervención en el ámbito de la sanidad es: Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos,
rehabilitadores, de salud pública o de investigación. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores
o de investigación. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos o
rehabilitadores. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos o terapéuticos. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, es
usuario: La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para
el mantenimiento o recuperación de su salud. La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para
el mantenimiento o recuperación de su salud en el sistema público de salud. La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de
prevención de enfermedades y de información sanitaria. La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de
prevención de enfermedades y de información sanitaria en el sistema público de salud. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la
información asistencial: Como regla general se proporcionará verbalmente. Como regla general se proporcionará por escrito. Como regla general se proporcionará verbalmente y por escrito. Como regla general se proporcionará por escrito cuando se trate de pacientes menores de
edad. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la
información asistencial contiene, como mínimo: La finalidad y la naturaleza de cada intervención. La finalidad y la naturaleza de cada intervención y sus riesgos. La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos, sus consecuencias y los
derechos de los pacientes. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, garantiza
el cumplimiento del derecho a la información asistencial: El médico responsable del paciente. El médico responsable del paciente y los profesionales que le atiendan durante el proceso
asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto. El médico responsable del paciente y el personal de enfermería. El centro sanitario. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el titular
del derecho a la información asistencial es: El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones
familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones
familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa. El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones
familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita por escrito. El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones
familiares o de hecho. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cuando
el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la
información a causa de su estado físico o psíquico: La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones
familiares o de hecho si así lo dispone la autoridad judicial. La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones
familiares o de hecho, después de haber consultado al Comité de Ética Asistencial de
Centro La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones
familiares o de hecho después de haber consultado con la dirección del centro. La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones
familiares o de hecho. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el estado
de necesidad terapéutica: Excluye el derecho a la información sanitaria de los pacientes. Es la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente,
cuando por su edad la información puede perjudicar su salud de manera grave. Se regulará en la normativa autonómica. No está contemplado en la legislación. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el
consentimiento: Será verbal por regla general, salvo en el caso de pacientes menores de edad. Será verbal por regla general. Será escrito por regla general. Será expreso y escrito por regla general. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la
renuncia del paciente a recibir información: Está limitada únicamente por el interés de la colectividad. Está limitada únicamente por las exigencias terapéuticas del caso. No está contemplada. Todas las respuestas anteriores son falsas. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cuando
existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible
conseguir su autorización: Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor
de la salud del paciente, con el consentimiento de los familiares. Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor
de la salud del paciente, con el consentimiento del representante legal. Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor
de la salud del paciente, con autorización judicial. Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor
de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, se
otorgará el consentimiento por representación: Como regla general, cuando el paciente sea menor de edad, salvo que no sea capaz
intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. Como regla general, cuando el paciente sea menor de dieseis años, salvo que no sea capaz
intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. Como regla general, cuando el paciente sea menor de edad. Como regla general, cuando el paciente sea menor de dieciséis años. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en
relación con menores de edad, el consentimiento para la práctica de ensayos clínicos: Se rige por lo establecido en esta norma. Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad. Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por lo dispuesto
en esta norma. Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por las
disposiciones especiales de aplicación. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el
facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información
básica siguiente: Todos los riesgos en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la
ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención. Todos los riesgos, siempre que sean graves, en condiciones normales, conforme a la
experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención. Todos los riesgos probables en condiciones normales, conforme a la experiencia y al
estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención. Todos los riesgos, siempre que sean probables y graves, en condiciones normales,
conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo
de intervención. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la
historia clínica será archivada por: Cada centro. Cada servicio. Cada sistema de salud. Cada centro, servicio y sistema de salud. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el acceso
a la historia clínica con fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de investigación o de
docencia: Obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de
carácter clinicoasistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el
anonimato, salvo que el propio paciente haya dado su consentimiento para no separarlos o
exista autorización judicial. Obliga a solicitar el consentimiento del paciente y a preservar los datos de identificación
personal del paciente, separados de los de carácter clinicoasistencial, de manera que, como
regla general, quede asegurado el anonimato. Obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de
carácter clinicoasistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el
anonimato, salvo que el Comité de Ética haya otorgado su autorización para no separarlos. Obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de
carácter clinicoasistencial, de manera que, como regla general, quede asegurado el
anonimato, salvo que el propio paciente haya dado su consentimiento para no separarlos, si
bien existen excepciones a esta regla. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el
procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia clínica y de su uso: Será regulado por las Comunidades Autónomas. Será regulado por el Consejo Interterritorial de Sanidad. Será regulado por la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal. Será regulado por cada centro sanitario. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la
documentación clínica se conservará: Como mínimo, tres años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como mínimo, diez años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Como mínimo, quince años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica la gestión
de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados, o por los que atiendan a un
número suficiente de pacientes bajo cualquier otra modalidad asistencial, según el criterio de los
servicios de salud, se realizará: A través de la unidad de admisión y documentación clínica. A través de la dirección del centro. A través de los servicios del centro. A través de la unidad de gestión de historias clínicas del centro. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el
derecho de acceso del paciente a la historia clínica: Es personalísimo y no admite representación. Puede ejercerse por representación. Puede ejercerse por el paciente y sus familiares. Puede ejercerse por representación únicamente cuando se trate de pacientes menores de
edad o incapacitados. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: El Estado, exclusivamente, adoptará las medidas necesarias para su efectividad. Las Comunidades Autónomas, exclusivamente, adoptarán las medidas necesarias para su
efectividad. El Estado y las Comunidades Autónomas adoptarán las medidas necesarias para su
efectividad. No se requiere la adopción de medidas necesarias para su efectividad, que ya es plena a
través de su entrada en vigor. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el acceso
a la historia clínica de fallecidos: No se facilitará a terceros, salvo que se trate de familiares del fallecido. Se facilitará a familiares salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente Se facilitará a familiares hasta el segundo grado, salvo que el fallecido lo hubiese
prohibido expresamente. Se facilitará a familiares hasta el tercer grado, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido
expresamente. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en caso
de que el paciente no acepte el alta: El facultativo, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al paciente
y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento de la dirección del centro para que
confirme o revoque la decisión. El facultativo, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al paciente
y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento del juez para que confirme o revoque
la decisión. La dirección del centro, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al
paciente y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento del juez para que confirme
o revoque la decisión. La dirección del centro, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al
paciente y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento de la autoridad
administrativa competente para que confirme o revoque la decisión. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, las
infracciones de lo dispuesto en esta ley: Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en el capítulo VI del Título I de la Ley
14/1986, General de Sanidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal y de la
responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en derecho. Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en su capítulo IV, sin perjuicio de la
responsabilidad civil o penal y de la responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en
derecho. Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en el capítulo IV de la Ley 16/2003,
de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, sin perjuicio de la
responsabilidad civil o penal y de la responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en
derecho. Quedan sometidas al régimen sancionador previsto en las normas autonómicas
correspondientes que la desarrollen, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal y de la
responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en derecho. El objeto de la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de
la sanidad es: Hacer efectivo en la Comunidad Autónoma del País Vasco el derecho de las personas a la
expresión anticipada de sus deseos con respecto a ciertas intervenciones médicas, mediante
la regulación del documento de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. Regular en la Comunidad Autónoma del País Vasco el derecho de las personas a la
expresión anticipada de sus deseos con respecto a ciertas intervenciones médicas, mediante
la regulación del documento de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. Regular las particularidades en la Comunidad Autónoma del País Vasco del derecho de las
personas a la expresión anticipada de sus deseos con respecto a ciertas intervenciones
médicas. Crear el Registro de Voluntades Anticipadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco
para hacer efectivo el derecho de las personas a la expresión anticipada de sus deseos con
respecto a ciertas intervenciones médicas. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, tiene derecho a manifestar sus objetivos vitales y valores personales, así como las
instrucciones sobre su tratamiento: Cualquier persona mayor de dieciséis años que no haya sido judicialmente incapacitada
para ello y actúe libremente. Cualquier persona mayor de edad que no haya sido judicialmente incapacitada para ello y
actúe libremente. Cualquier persona mayor de edad y que actúe libremente, así como los representantes
legales de aquellas que hayan sido judicialmente incapacitadas para ello. Cualquier persona mayor de dieciséis años y que actúe libremente, así como los
representantes legales de aquellas que hayan sido judicialmente incapacitadas para ello. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, la expresión de los objetivos vitales y valores personales tiene como fin: Conocer la voluntad del paciente en relación con la administración de sedación. Conocer la voluntad del paciente en relación con la finalización de tratamientos de
soporte vital. Ayudar a interpretar las instrucciones y servir de orientación para la toma de decisiones
clínicas. Documentar la actuación de los profesionales sanitarios a efectos de responsabilidad legal
en situaciones donde el paciente no puede expresar su voluntad por sí mismo. Según dispone Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de
la sanidad, en el documento de voluntades anticipadas: Se podrá designar uno o varios representantes para que sean los interlocutores válidos del
médico o del equipo sanitario. Se podrá designar exclusivamente un representante para que sea el interlocutor válido del
médico o del equipo sanitario. Se podrá designar uno o varios representantes para que sean los interlocutores válidos del
médico o del equipo sanitario, si el paciente es menor de edad. Se podrá designar uno o varios representantes para que sean los interlocutores válidos del
médico o del equipo sanitario y facultarles para interpretar sus valores e instrucciones, si el
paciente está incapacitado judicialmente. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, cualquier persona mayor de edad y que no haya sido incapacitada legalmente para
ello puede ser representante, con la salvedad de: El ex cónyuge. Los testigos ante los que se formalice el documento. El personal sanitario. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de la
sanidad, si el nombramiento de representante en el documento de instrucciones previas ha recaído
en favor del cónyuge o pareja de hecho de la persona otorgante: Se extingue a partir, bien de la interposición de la demanda de nulidad, separación
matrimonial o divorcio, bien de la extinción formalizada de la pareja de hecho o unión libre.
Para el mantenimiento de la designación será necesario, en caso de nulidad, separación
matrimonial o divorcio, que conste expresamente en la resolución judicial dictada al efecto. Se extingue a partir bien de la nulidad, separación matrimonial o divorcio, bien de la
extinción formalizada de la pareja de hecho o unión libre. Para el mantenimiento de la
designación será necesario, en caso de nulidad, separación matrimonial o divorcio, que
conste expresamente en la resolución judicial dictada al efecto. Se extingue a partir, bien de la interposición de la demanda de nulidad, separación
matrimonial o divorcio, bien de la extinción formalizada de la pareja de hecho o unión libre.
Para el mantenimiento de la designación será necesario, en caso de nulidad, separación
matrimonial o divorcio, que conste expresamente en el documento de instrucciones previas. Se extingue bien a partir de la nulidad, separación matrimonial o divorcio, bien de la
extinción formalizada de la pareja de hecho o unión libre. Para el mantenimiento de la
designación será necesario, en caso de nulidad, separación matrimonial o divorcio, que
conste expresamente en el documento de instrucciones previas. Según dispone Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de
la sanidad, las instrucciones sobre el tratamiento pueden referirse: A una enfermedad o lesión que la persona otorgante ya padece o a las que eventualmente
podría padecer en un futuro. Exclusivamente a una enfermedad o lesión que la persona otorgante ya padece. Exclusivamente a una enfermedad o lesión que la persona otorgante eventualmente podría
padecer en un futuro. Exclusivamente a una enfermedad o lesión que la persona otorgante eventualmente podría
padecer en un futuro, siempre que sea de carácter grave. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, el documento de voluntades anticipadas: Se formaliza por escrito y mediante uno de los siguientes procedimientos a elección de la
persona que lo otorga: Ante notario; ante el funcionario o empleado público encargado del
Registro Vasco de Voluntades Anticipadas; o ante dos testigos. Se formaliza por escrito y mediante uno de los siguientes procedimientos a elección de la
persona que lo otorga: Ante notario; ante el funcionario o empleado público encargado del
Registro Vasco de Voluntades Anticipadas; o ante tres testigos. Se formaliza por escrito y mediante uno de los siguientes procedimientos a elección de la
persona que lo otorga: Ante notario; ante el funcionario o empleado público encargado del
Registro Vasco de Voluntades Anticipadas o del servicio de documentación de un centro
sanitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco; o ante dos testigos. Se formaliza por escrito y mediante uno de los siguientes procedimientos a elección de la
persona que lo otorga: Ante notario; ante el funcionario o empleado público encargado del
Registro Vasco de Voluntades Anticipadas o del servicio de documentación de un centro
sanitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco; o ante tres testigos. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, los testigos: Serán personas mayores de dieciséis años, con plena capacidad de obrar y no vinculadas
con el otorgante por matrimonio, unión libre o pareja de hecho, parentesco hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad o relación patrimonial alguna. Serán personas mayores de dieciséis años, con plena capacidad de obrar y no vinculadas
con el otorgante por matrimonio, unión libre o pareja de hecho, parentesco hasta el tercer
grado de consanguinidad o afinidad o relación patrimonial alguna. Serán personas mayores de edad, con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el
otorgante por matrimonio, unión libre o pareja de hecho, parentesco hasta el segundo grado
de consanguinidad o afinidad o relación patrimonial alguna. Serán personas mayores de edad, con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el
otorgante por matrimonio o pareja de hecho, parentesco hasta el segundo grado de
consanguinidad o relación patrimonial alguna. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, el documento de voluntades anticipadas puede ser modificado, sustituido por otro o
revocado en cualquier momento por la persona otorgante: Siempre que conserve la capacidad o actúe asistido por su representante legal y actúe
libremente. Siempre que conserve la capacidad o exista autorización judicial. Siempre que actúe libremente. Siempre que conserve la capacidad y actúe libremente. Según dispone Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de
la sanidad, la modificación, sustitución o revocación del documento de voluntades anticipadas se
formaliza: Por escrito o verbalmente, y ante notario o ante el funcionario o empleado público
encargado del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas o ante tres testigos. Por escrito y ante notario o ante el funcionario o empleado público encargado del
Registro Vasco de Voluntades Anticipadas o ante tres testigos. Por escrito o verbalmente, y ante el funcionario o empleado público encargado del
Registro Vasco de Voluntades donde se encuentra registrado el documento inicial. Por escrito y ante el funcionario o empleado público encargado del Registro Vasco de
Voluntades donde se encuentra registrado el documento inicial. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, la voluntad de la persona prevalece sobre las instrucciones contenidas en el
documento de voluntades anticipadas ante cualquier intervención clínica siempre que: La persona otorgante conserve su capacidad y su libertad de actuación. La persona otorgante conserve su capacidad, su libertad de actuación y la posibilidad de
expresarse. La persona otorgante conserve su capacidad, su libertad de actuación y la posibilidad de
expresarse de manera inequívoca. La persona otorgante conserve su capacidad, su libertad de actuación y la posibilidad de
expresarse de manera inequívoca o a través del interlocutor designado al efecto. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, en el documento de voluntades anticipadas se tendrán por no puestas: Las instrucciones que en el momento de ser aplicadas resulten contrarias al ordenamiento
jurídico. Las instrucciones que en el momento de ser otorgadas resulten contrarias al ordenamiento
jurídico. Las respuestas a y b son correctas. Las instrucciones que en el momento de ser aplicadas no se aprueben por el comité de
ética del centro. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, en el documento de voluntades anticipadas se tendrán por no puestas: Las instrucciones que resulten contraindicadas para su patología. Las instrucciones que en el momento de ser aplicadas resulten contrarias al ordenamiento
jurídico. Las instrucciones que no se correspondan con los tipos de supuestos previstos por la
persona otorgante al formalizar el documento de voluntades anticipadas. Todas las respuestas anteriores son correctas. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, el Registro de Voluntades Anticipadas: Se creará únicamente en el ámbito estatal y estará adscrito al Ministerio de Sanidad. Se creará únicamente en el ámbito estatal y estará adscrito al Ministerio de Justicia. Se creará en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estará adscrito al Departamento de
Sanidad. Se creará en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estará adscrito al Departamento de
Justicia. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, en el Registro de Voluntades Anticipadas: Las personas podrán inscribir el otorgamiento, la modificación, la sustitución y la
revocación de los documentos de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. Las personas podrán inscribir exclusivamente el otorgamiento, la sustitución y la
revocación de los documentos de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. La
modificación no se inscribirá en este registro, sino que se hará constar en la historia clínica. Las personas podrán inscribir exclusivamente el otorgamiento y la revocación de los
documentos de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. La modificación y la
sustitución no se inscribirá en este registro, sino que se hará constar en la historia clínica. Las personas podrán inscribir exclusivamente el otorgamiento de los documentos de
voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. La modificación, sustitución y revocación
no se inscribirá en este registro, sino que se hará constar en la historia clínica. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas funcionará con arreglo al principio de: Interconexión exclusivamente con otros Registros de Voluntades Anticipadas o de
Instrucciones Previas. Interconexión con otros Registros de Voluntades Anticipadas o de Instrucciones Previas y
con otros cuya finalidad sea prestar asistencia sanitaria. Interconexión con otros Registros de Voluntades Anticipadas o de Instrucciones Previas y
con otros cuya finalidad sea prestar asistencia sanitaria, exclusivamente en el ámbito estatal. Interconexión con otros Registros de Voluntades Anticipadas o de Instrucciones Previas y
con otros cuya finalidad sea prestar asistencia sanitaria, así como con aquellos donde se
registren las incapacitaciones judiciales. La Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad,
el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas funcionará con arreglo a los principios de: Autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia. Autonomía, no maleficencia y justicia. Autonomía y justicia. Todas las respuestas anteriores son falsas. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, la interconexión prevista para el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas: Precisará el consentimiento de la persona otorgante en el momento del registro del
documento, y de del interlocutor designado para la comunicación efectiva de los datos. Precisará el consentimiento de la persona otorgante para la comunicación de los datos. No precisará el consentimiento de la persona otorgante para la comunicación de los datos. No precisará el consentimiento de la persona otorgante para la comunicación de los datos
pero sí autorización de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, el documento de voluntades anticipadas que no haya sido inscrito en el Registro
Vasco de Voluntades Anticipadas: Debe entregarse en el centro sanitario donde su otorgante sea atendido. Debe entregarse en el centro sanitario donde su otorgante sea atendido y validado por un
juez. Carece de eficacia. Carece de eficacia si el otorgante no puede validarlo por sí mismo en ese momento. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad, el documento de voluntades anticipadas que haya sido inscrito en el Registro Vasco
de Voluntades Anticipadas: No se entregará en el centro sanitario donde su otorgante sea atendido, puesto que se
garantiza la interconexión entre este registro y el que se mantiene en el centro con finalidad
de asistencia sanitaria. Se puede entregar voluntariamente en el centro sanitario donde su otorgante sea atendido. Se debe entregar en el centro sanitario donde su otorgante sea atendido. Se debe entregar en el centro sanitario donde su otorgante sea atendido si es que existen
modificaciones en relación con el contenido que consta en el Registro. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad la entrega del documento de voluntades anticipadas en el centro sanitario corresponde
a: La persona otorgante. Si ésta no pudiera entregarlo, lo harán sus familiares, su
representante legal, el representante designado en el propio documento o, en el caso de los
documentos inscritos, el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas. La persona otorgante. Si ésta no pudiera entregarlo, lo harán sus familiares, su
representante legal o el representante designado en el propio documento. La persona otorgante. Si ésta no pudiera entregarlo, lo harán sus familiares o su
representante legal. La persona otorgante o, en el caso de los documentos inscritos, el Registro Vasco de
Voluntades Anticipadas. Según dispone la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad el Gobierno Vasco: Crea el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas al aprobar la ley 7/2002. Tiene la potestad de crear el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas. Se obliga a crear el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, sin que conste un plazo al
efecto. Se obliga a crear, en el plazo de diez meses, el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas. Señale la respuesta que es correcta. La ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Tiene por objeto garantizar los derechos digitales de la ciudadanía conforme al mandato
establecido en el artículo 18.4 de la Constitución. Resulta de aplicación, con carácter general, a los tratamientos de datos de personas
fallecidas. Resulta de aplicación a los tratamientos sometidos a la normativa sobre protección de
materias clasificadas. Ninguna de las respuestas es correcta. Podrán tener acceso a los datos personales de las personas fallecidas: Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho así como sus
herederos en todo caso. Solo las personas vinculadas al fallecido por razones familiares siempre que lo hubiera
autorizado expresamente la persona fallecida. Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho así como sus
herederos salvo que la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente. En caso de que el fallecido fuera un menor, el acceso podrá ejercerse también por sus
representantes legales o por el Ministerio Fiscal que siempre actuará de oficio. No será imputable al responsable del tratamiento, siempre que este haya adoptado todas las
medidas razonables para que se supriman o rectifiquen sin dilación, la inexactitud de los datos
personales, con respecto a los fines para los que se tratan, cuando los datos inexactos: Hubiesen sido obtenidos por el responsable directamente del afectado. Fuesen sometidos a tratamiento por el responsable por haberlos recibido de otro
responsable en virtud del ejercicio por el afectado del derecho a la portabilidad. Fuesen obtenidos de un registro público por el responsable. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale la respuesta que NO es correcta. Según la ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales a efectos del tratamiento de los
datos, el consentimiento del afectado tiene que ser una manifestación de voluntad que cumpla las
siguientes características: Libre. Verbal. Específica. Informada. Con relación al tratamiento de los datos personales de un menor de edad, señale la respuesta
correcta: Únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de dieciséis años. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales no prevé que los menores de edad puedan dar su consentimiento
válidamente a estos efectos. Únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de catorce años. El tratamiento de los datos de los menores de dieciséis años, fundado en el
consentimiento, solo será lícito si consta el consentimiento de los progenitores, con el
alcance que estos determinen. La ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, en su artículo 9 considera categorías especiales de datos aquellos que
permitan respecto al afectado identificar: Su ideología y afiliación sindical. Su religión y orientación sexual . Sus creencias u origen racial o étnico. Todas las respuestas son correctas. La ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales establece que el tratamiento de datos de naturaleza penal podrá llevarse a
cabo: Solo por abogados y cuando tengan por objeto recoger la información facilitada por sus
clientes para el ejercicio de sus funciones. Por abogados y procuradores, cuando tengan por objeto recoger la información facilitada
por sus clientes para el ejercicio de sus funciones. En los casos previstos por la propia Ley Orgánica 3/2018 y en otras normas de rango
reglamentario. Exclusivamente en los supuestos amparados en una norma de Derecho de la Unión
Europea y en la propia Ley Orgánica 3/2018. Cuando los datos personales hayan sido obtenidos del afectado, la información básica que el
responsable del tratamiento de datos ha de facilitar al afectado para dar cumplimiento al deber de
información NO incluye: Las categorías de datos objeto de tratamiento. La identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso. La finalidad del tratamiento. La posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del
Reglamento (UE) 2016/679. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos por la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales: Solo pueden ser ejercidos por los mayores de edad. Pueden ser ejercidos por los menores de catorce años sin ninguna limitación. En el caso de los menores de catorce años, son los titulares de la patria potestad quienes
podrán ejercitar estos derechos en su nombre y representación. En el caso de los menores de dieciséis años, son los titulares de la patria potestad quienes
podrán ejercitar estos derechos en su nombre y representación. Respecto al derecho de rectificación que regula la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, señale la respuesta correcta: El afectado deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere y deberá acompañar, en
todo caso, la documentación justificativa de la inexactitud de los datos. El afectado deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere y la corrección que haya
de realizarse, y cuando sea preciso, deberá acompañar la documentación justificativa de la
inexactitud o carácter incompleto de los datos objeto de tratamiento. El afectado deberá indicar en su solicitud solo la corrección que haya de realizarse y debe
siempre acompañar la documentación justificativa de la inexactitud de los datos. No es necesario que el afectado indique expresamente en su solicitud qué datos deben
rectificarse. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, contempla que salvo prueba en contrario, se presumirá lícito el tratamiento
de datos personales relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito
por sistemas comunes de información cuando los datos únicamente se mantengan en el sistema
mientras persista el incumplimiento: Con el límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación
dineraria, financiera o de crédito. Con el límite máximo de cuatro años desde la fecha de vencimiento de la obligación
dineraria, financiera o de crédito. Con el límite máximo de cuatro años desde la fecha en la que se adquiere la obligación
dineraria, financiera o de crédito. Con el límite máximo de seis años desde la fecha de vencimiento de la obligación
dineraria, financiera o de crédito. Con relación al tratamiento de datos con fines de videovigilancia señale la respuesta correcta: Solo las personas físicas podrán llevar a cabo el tratamiento de imágenes a través de
sistemas de cámaras o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las
personas y bienes, así como sus instalaciones. Los datos serán suprimidos, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde su
captación. Los datos serán suprimidos en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo
cuando hubieran de ser conservados para acreditar la comisión de actos que atenten contra la
integridad de personas, bienes o instalaciones. En el caso de que los datos hubieran de ser conservados más allá del plazo de un mes
desde su captación para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de
personas, bienes o instalaciones, deberán ser puestas a disposición de la autoridad
competente en un placo máximo de cuarenta y ocho horas desde que se tuviera
conocimiento de la existencia de la grabación. Respecto a los sistemas de información de denuncias internas que contempla la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
es correcta la siguiente afirmación: En todo caso, transcurridos tres meses desde la introducción de los datos, deberá
procederse a su supresión del sistema de denuncias, salvo que la finalidad de la conservación
sea dejar evidencia del funcionamiento del modelo de prevención de la comisión de delitos. En todo caso, transcurridos seis meses desde la introducción de los datos, deberá
procederse a su supresión del sistema de denuncias, salvo que la finalidad de la conservación
sea dejar evidencia del funcionamiento del modelo de prevención de la comisión de delitos. En todo caso, y sin excepción, transcurridos seis meses desde la introducción de los datos,
deberá procederse a su supresión del sistema de denuncias. La Ley no prevé plazo temporal alguno para la supresión de los datos del sistema de
denuncias. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales afirma que el bloqueo de los datos debe impedir su tratamiento, incluyendo su
visualización, EXCEPTO para la puesta a disposición de los datos: A los jueces y tribunales. Al Ministerio Fiscal. A las Administraciones Públicas competentes. Todas las respuestas son correctas. Señale la respuesta que NO es correcta. Los responsables y encargados del tratamiento
deberán designar un delegado de protección de datos, cuando se trate de las siguientes entidades: Los colegios profesionales y sus consejos generales. Las Universidades solo si son públicas. Los establecimientos financieros de crédito. Las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Señale cuál es el plazo que establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales para que los responsables y
encargados del tratamiento comuniquen a la Agencia Española de Protección de Datos o, en su
caso, a las autoridades autonómicas de protección de datos, las designaciones, nombramientos y
ceses de los delegados de protección de datos: Cinco días. Quince días. Diez días. Ocho días. Con relación a la figura del delegado de protección de datos que regula la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
es correcta la siguiente afirmación: Sólo puede recaer el nombramiento en una persona física. Se le reconoce la capacidad para emitir recomendaciones en el ámbito de sus
competencias. Es necesario que cuente con una titulación universitaria que acredite conocimientos
especializados en el derecho y la práctica de protección de datos. Cuando se trate de una persona física integrada en la organización del responsable o
encargado del tratamiento, el delegado de protección de datos podrá ser removido y
sancionado por la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, por las
autoridades autonómicas de protección de datos. En el caso de reclamación ante las autoridades de protección de datos, la Ley Orgánica 3/2018
prevé la posibilidad de que el afectado -con carácter previo a la presentación de la reclamación
contra el responsable o el encargado del tratamiento ante la Agencia Española de protección de
Datos o, en su caso, ante las autoridades autonómicas de protección de datos-, se dirija al delegado
de protección de datos de la entidad contra la que se reclama. Señale en este caso el plazo en el que
el delegado de protección de datos debe comunicar al afectado la decisión adoptada: Plazo máximo de un mes desde que tiene lugar el hecho que da lugar a la reclamación. Plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la reclamación. Plazo máximo de dos meses a contar desde la recepción de la reclamación. Plazo máximo de tres meses a contar desde la recepción de la reclamación. Los códigos de conducta a los que se refiere el artículo 38 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Solo son vinculantes para quienes se adhieran a los mismos. Su aprobación compete al delegado de protección de datos. Su aprobación compete siempre y en todo caso a la Agencia Española de Protección de
Datos. Su aprobación compete al Comité Europeo de Protección de Datos. El procedimiento para las transferencias internacionales de datos se iniciará a instancia de una
entidad situada en España y: Tendrá una duración máxima de seis meses. Tendrá una duración máxima de nueve meses. Tendrá una duración máxima de tres meses. Tendrá una duración máxima de doce meses. Señale la respuesta correcta respecto a la Agencia Española de Protección de Datos: Su denominación oficial es “Agencia Española de Protección de Datos, Autoridad
Administrativa Independiente”. Es una entidad administrativa de ámbito estatal sin personalidad jurídica propia. Su denominación oficial es “Agencia Española de Protección de Datos”. Se relaciona con el Gobierno a través de la Presidencia del Gobierno. Respecto al régimen económico presupuestario de la Agencia Española de Protección de
Datos: El Gobierno elabora y aprueba su presupuesto para que sea integrado, con independencia,
en los Presupuestos Generales del Estado. Corresponde a la Presidencia de la Agencia autorizar las modificaciones presupuestarias
que impliquen hasta un tres por ciento de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos,
siempre que no se incrementen los créditos para gastos de personal. Corresponde a la Presidencia de la Agencia autorizar las modificaciones presupuestarias
que impliquen hasta un cinco por ciento de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos,
siempre que no se incrementen los créditos para gastos de personal. Toda modificación presupuestaria debe ser autorizadas por el Gobierno. Respecto al procedimiento de nombramiento de la Presidencia de la Agencia Española de
Protección de Datos, señale la respuesta correcta: Será nombrada por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Justicia, y estará auxiliada
por dos Adjuntos. Su nombramiento debe ser ratificado por la Comisión de Justicia del Congreso de los
Diputados por mayoría absoluta de sus miembros en primera votación. Su nombramiento debe ser ratificado por la Comisión de Justicia del Congreso de los
Diputados por mayoría de tres quintos de sus miembros en primera votación. Será nombrada por el Parlamento mediante Ley. El mandato de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de datos tiene una
duración de: Cinco años y puede ser renovado para otro período de igual duración. Cuatro años y puede ser renovado para otro período de igual duración. Cuatro años y no cabe la reelección. Cinco años y puede ser renovado para otros dos períodos de igual duración. Señale la respuesta que no es correcta con relación al Consejo Consultivo de la Agencia
Española de Protección de Datos: Forman parte del Consejo Consultivo dos expertos propuestos por las organizaciones
sindicales más representativas. Sus decisiones tienen carácter vinculante. La condición de experto requerirá acreditar conocimientos especializados en el Derecho y
la práctica en materia de protección de datos mediante el ejercicio profesional o académico. Sus miembros serán nombrados por orden del Ministro de Justicia, publicada en el
Boletín Oficial del Estado. Las reclamaciones presentadas ante la Agencia Española de Protección de Datos podrán ser
inadmitidas a trámite cuando: No versen sobre cuestiones de protección de datos personales. Carezcan manifiestamente de fundamento. Sean abusivas o no aporten indicios racionales de la existencia de una infracción. Todas las anteriores respuestas son correctas. El régimen sancionador establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
NO será de aplicación: A los responsables de los tratamientos. Al delegado de protección de datos. A los encargados de los tratamientos. A las entidades acreditadas de supervisión de los códigos de conducta. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales establece que las infracciones consideradas muy graves: Prescribirán a los tres años. Prescribirán a los dos años. Prescribirán a los cinco años. No prescribirán. Conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, la interrupción de la prescripción de la infracción se produce
cuando se inicie, con conocimiento del interesado, el procedimiento sancionador. Y se reinicia el
plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviese paralizado: Más de tres meses por causas no imputables al presunto infractor. Más de un año por causas no imputables al presunto infractor. Más de seis meses por causas no imputables al presunto infractor. Más de nueve meses por causas no imputables al presunto infractor. El acceso a contenidos gestionados por prestadores de servicios de la sociedad de la
información sobre personas fallecidas se reconoce: A las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como a sus
herederos. Al albacea testamentario. A aquella persona o institución a la que el fallecido hubiese designado expresamente para
ello. Todas las respuestas son correctas. Señale la respuesta correcta. La Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y
Hombres y vidas libres de violencias machistas contra las mujeres: No contempla las medidas de acción positiva. No considera constitutivas de discriminación por razón de sexo las medidas de acción
positiva. Solo prohíbe expresamente la discriminación directa. Afirma que las medidas de acción positiva no tienen carácter temporal. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres, se considera que existe una representación
equilibrada cuando en los órganos de más de cuatro miembros las personas de cada sexo están
representadas al menos al: 40%. 50%. 30%. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. El instrumento para disponer de una visión global y permanente de la situación y evolución de
la igualdad de mujeres y hombres en Euskadi, incluido lo relativo a la violencia machista contra las
mujeres y que permite evaluar el impacto de las actuaciones realizadas por los poderes públicos
vascos se denomina: Observatorio Vasco para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. Eustat-Instituto Vasco de Estadística. Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Se considera que existe una representación equilibrada cuando en los tribunales, jurados u
órganos afines de más de cuatro integrantes cada sexo está representado al menos al: 50%. 60%. 40%. 30%. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres, la Administración educativa en sus convocatorias
de apoyo a la formación y a la investigación, valorará especialmente aquellos proyectos que: Estén liderados por mujeres en cualquier rama del conocimiento con independencia de su
representación. Estén liderados por mujeres, en aquellas ramas de la investigación en las que estén
infrarrepresentadas. Tengan en los equipos de investigación una representación de, al menos, el 50% de
mujeres. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres, señale la respuesta que NO es correcta: La Administración de la Comunidad Autónoma, a través de la Inspección de Trabajo,
desarrollará planes y campañas específicas contra la discriminación retributiva. La Administración de la Comunidad Autónoma pondrá a disposición de las instituciones
públicas, de las empresas, de las organizaciones empresariales y sindicales y de la
ciudadanía en su conjunto recursos para combatir la discriminación retributiva . La Administración de la Comunidad Autónoma pondrá a disposición de las instituciones
públicas, de las empresas, de las organizaciones empresariales y sindicales y de la
ciudadanía en su conjunto recursos para garantizar el principio de igualdad retributiva por
igual trabajo. Las organizaciones que compongan el sector público vasco deberán garantizar la
transparencia en el ámbito retributivo, a través de libros de registros de retribuciones u otras
fórmulas que se consideren adecuadas. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres, la Administración de la Comunidad Autónoma
velará para que los Convenios Colectivos: No contengan cláusulas contrarias al principio de igualdad de mujeres y hombres. Hagan un uso no sexista del lenguaje. Incorporen medidas específicas para prevenir y combatir el acoso sexual o por razón de
sexo. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale la respuesta correcta. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de
Mujeres y Hombres y vidas libres de violencias machistas contra las mujeres: Ante las denuncias de acoso sexual y acoso por razón de sexo los poderes públicos vascos
actuarán de oficio. Solo se contempla el acoso por razón de sexo. Solo se define el acoso sexual. Ante las denuncias de acoso sexual los poderes públicos vascos actuarán solo y siempre a
instancia de parte. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres, señale cuál de las siguientes afirmaciones es
cierta: La violencia machista solo abarca la violencia ejercida en el ámbito privado. La violencia machista abarca toda violencia que se ejerza contra las mujeres a excepción
de la ejercida contra las mujeres transexuales. La violencia machista se ejerce siempre por acción. La violencia machista se puede ejercer tanto por acción como por omisión. Señale cuál de los siguientes supuestos son considerados por la Ley 4/2005, de 18 de febrero,
para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de violencias machistas contra las mujeres
como casos constitutivos de violencia machista: La violencia en la pareja. La mutilación genital femenina. La violencia obstétrica. Todas las anteriores respuestas son correctas. La Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de
violencias machistas contra las mujeres establece que las víctimas de la violencia machista contra
las mujeres: Deben cumplir con el límite mínimo de edad previsto legalmente para percibir la renta de
garantía de ingresos. Quedan exentas de la aplicación del límite mínimo de edad previsto legalmente para la
percepción de la renta de garantía de ingresos. Que estén acogidas en pisos o centros de acogida temporal tienen siempre derecho a
percibir la renta de garantía de ingresos. Que estén acogidas en pisos o centros de acogida temporal, siempre que cumplan el resto
de los requisitos exigidos para su obtención, tienen derecho a percibir la renta de garantía de
ingresos solo cuando su manutención básica no esté cubierta por dichos pisos o centros. Atendiendo a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres señale cuál de las siguientes ayudas son
catalogadas como ayudas económicas específicas que deberán ser garantizadas por las
Administraciones públicas vascas a las víctimas de violencia machista contra las mujeres: Ayudas de pago único para víctimas que acrediten insuficiencia de recursos económicos y
unas especiales dificultades para obtener empleo, en el marco de la legislación estatal básica
de aplicación. Ayuda económica para los hijos e hijas huérfanas de víctimas mortales de la violencia
machista contra las mujeres. Ayudas extraordinarias para paliar situaciones de necesidad personal que sean evaluables
y verificables, siempre que se haya observado por los órganos competentes la inexistencia o
insuficiencia del montante de las ayudas ordinarias previstas. Todas las anteriores respuestas son correctas. La modificación de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres,
por la ley 1/2022 ha sido aprobada: Por el Parlamento Vasco el 3 de marzo de 2022. Por el Gobierno Vasco el 3 de marzo de 2022. Por el Parlamento Vasco el 17 de marzo de 2022. Por el Parlamento Vasco y publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 3 de marzo de
2022. La Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de
violencias machistas contra las mujeres consta de: Título Preliminar, 5 Títulos y 83 artículos. Título Preliminar, 4 Títulos y 83 artículos. Título Preliminar, 4 Títulos, 83 artículos y 3 Disposiciones Adicionales . Título Preliminar, 5 Títulos, 86 artículos y 3 Disposiciones Adicionales. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres, señale cuál de los siguientes colectivos tienen,
para las Administraciones Públicas Vascas, la consideración de colectivo preferente en el acceso a
las plazas de residencias públicas: Toda víctima de violencia machista contra las mujeres. Aquellas víctimas de la violencia machista contra las mujeres con discapacidad o que
sean mayores de 65 años y se encuentren en situación de precariedad económica y así lo
soliciten. Todas las víctimas de violencia machista contra las mujeres que sean mayores de 65 años. Todas las víctimas de violencia machista contra las mujeres con discapacidad mayores de
65 años. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres, corresponde a las Instituciones Comunes de la
Comunidad Autónoma de Euskadi: La competencia legislativa y de ejecución en materia de igualdad de mujeres y hombres. La competencia en materia de igualdad de mujeres y hombres está atribuida a los órganos
forales. La competencia legislativa, la de desarrollo normativo y la acción directa en materia de
igualdad de mujeres y hombres. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. La Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de
violencias machistas contra las mujeres establece que los proyectos de normas que se elaboren en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco han de ser informados por: El Parlamento Vasco. Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. El Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco. La Comisión Interinstitucional para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Señale cuál de las siguientes afirmaciones NO es correcta. A Emakunde-Instituto Vasco de la
Mujer le corresponde: Practicar investigaciones, tanto de oficio como a instancia de parte, para el
esclarecimiento de posibles situaciones de discriminación directa o indirecta por razón de
sexo relativas al sector público. Prestar asesoramiento a las ciudadanas y ciudadanos ante posibles situaciones de
discriminación por razón de sexo que se produzcan en el sector privado. Servir de cauce para facilitar la resolución de los casos de acoso sexual y acoso por razón
de sexo. Colaborar con la autoridad laboral en orden al seguimiento del cumplimiento de la
normativa laboral antidiscriminatoria en materia de igualdad de mujeres y hombres. Respecto a la legitimidad para presentar una queja ante Emakunde-Instituto Vasco de la
Mujer, señale la respuesta correcta: La legitimidad se reconoce a cualquier persona o grupo de personas que se considere
discriminada por razón de sexo. La legitimidad se reconoce solo a quien ostente nacionalidad española. Las personas jurídicas no están legitimadas para iniciar y tomar parte en el procedimiento
en nombre o en apoyo de la persona que se considere discriminada Las asociaciones y organizaciones que tengan entre sus fines velar por el cumplimiento
del principio de igualdad de trato de mujeres y hombres siempre están legitimadas para
iniciar y tomar parte en el procedimiento en nombre o en apoyo de la persona que se
considere discriminada. Son causas que justifican la inadmisibilidad de la queja interpuesta ante Emakunde-Instituto
Vasco de la Mujer las siguientes: Que haya trascurrido el plazo de un año desde que cesó la conducta o los hechos
susceptibles de motivar la queja. Que sea manifiestamente infundada o no se aporten los datos que se soliciten. Que no se identifique quien formula la queja. Todas las anteriores respuestas son correctas. El procedimiento iniciado ante Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer finalizará: Solo por desistimiento de la persona que haya formulado la queja. Por resolución que ponga fin al procedimiento. Por renuncia de la persona que haya formulado la queja aunque esto suponga un perjuicio
a terceras personas. Son correctas las respuestas a) y b). El Informe anual elaborado por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el que se recojan la
relación de las investigaciones llevadas a cabo y cualesquiera otras cuestiones que se consideren de
interés al que se refiere el artículo 70 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de
Mujeres y Hombres y vidas libres de violencias machistas contra las mujeres ha de presentarse ante: El Gobierno Vasco. El Ararteko. El Parlamento Vasco. La Dirección de Igualdad. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres y vidas
libres de violencias machistas contra las mujeres obstruir o negarse absolutamente a la acción
investigadora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en materia de discriminación se considera: Infracción leve. Infracción muy grave. Infracción grave. No está tipificada como infracción. Las infracciones graves conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de
Mujeres y Hombres y vidas libres de violencias machistas contra las mujeres son sancionadas con: Multa de hasta 18.000 euros. Multa de hasta 12.000 euros. Multa de hasta 30.000 euros. Multa de hasta 15.000 euros. Señale la respuesta correcta. Conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de
Mujeres y Hombres y vidas libres de violencias machistas contra las mujeres: La directora o director de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer es la autoridad
competente para la imposición de sanciones por infracciones leves y graves. El plazo de prescripción de las sanciones muy graves es de seis meses. El Consejo de Gobierno es la autoridad competente para la imposición de sanciones por
infracciones graves y muy graves. El plazo de prescripción de las sanciones graves es de tres meses. El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024, se basa en la siguiente razón
fundamental: Salud Universal. Una salud sin desigualdades y más cercana, al servicio de las personas. Salud pública. Son correctas las respuestas a) y b). El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024: Contempla 2 razones fundamentales y 6 elementos instrumentales para desarrollarlas y
consolidarlas. Contempla 2 razones fundamentales y 5 elementos instrumentales para desarrollarlas y
consolidarlas. Contempla 6 razones fundamentales y 2 elementos instrumentales para desarrollarlas y
consolidarlas. Contempla 3 razones fundamentales y 6 elementos instrumentales para desarrollarlas y
consolidarlas. El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024, prevé que se creará un Comité
Permanente para Asuntos Epidemiológicos cuya función es: Mantener y mejorar la calidad, eficacia y eficiencia del sistema de salud, así como sus
características de público y universal. Mejorar el bienestar de las personas y la equidad en salud. Garantizar que las actuaciones en Salud Pública estén alineadas con las estrategias
europeas en esta materia. Dar una respuesta rápida a las nuevas amenazas de salud pública. Conforme se contempla en el Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024 ante
situaciones de nuevos brotes de la pandemia Covid se considera fundamental garantizar el rastreo
de todos los positivos: Preferentemente en las primeras 24 horas a partir del diagnóstico. Preferentemente en las primeras 48 horas a partir del diagnóstico. Preferentemente en las primeras 72 horas a partir del diagnóstico. Siempre en las primeras 12 horas a partir del diagnóstico. Según lo previsto en el Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021- 2024: Desde el punto de vista organizacional, se establecerá un servicio de atención a la
transexualidad en cada Territorio Histórico. Los servicios sanitarios penitenciarios son centros de salud especializada. En Euskadi, los programas de cribado de cáncer de mama y de cérvix se encuentran entre
los de mayor cobertura y participación. Dentro de la cartera de servicios se incluye el programa de cribado prenatal de anomalías
cromosómicas, que utiliza un test combinado en el segundo trimestre de embarazo. Conforme a lo previsto en el Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024 las
enfermedades neurodegenerativas y neuromusculares son: Crónicas. Progresivas. Incurables. Son correctas todas las anteriores respuestas. El programa para formar y ayudar a las y los pacientes a tomar las mejores decisiones para
prevenir y realizar el seguimiento de su propia enfermedad se denomina: Emergentziak. Osasun Eskola. Osasunaren balioa. Zure osasuna.
. El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024 contempla reducir los tiempos de espera para todas las personas que necesiten realizarse una resonancia magnética en Euskadi hasta: Los 30 días. Los 45 días. Los 90 días. Los 60 días. El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024 prevé la renovación y el aumento
de la plantilla, aportando mayor estabilidad laboral a Osakidetza mediante la convocatoria de: 3.000 plazas en OPEs en el periodo 2020-2024. 4.000 plazas en OPEs en el periodo 2021-2024. 4.000 plazas en OPEs en el periodo 2020-2024. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Señale la respuesta que no es correcta. El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-
2024 contempla respecto a la Atención Primaria la adopción de las siguientes medidas: La creación de una nueva Subdirección de Atención Primaria. La ampliación y homogeneización de la cartera de pruebas diagnósticas que puede
solicitar el personal médico de Atención Primaria. La integración de la fisioterapia en Atención Primaria en la cartera de servicios de
Osakidetza. La creación en cada área de salud de la figura del Farmacéutico de Atención Primaria
encargado de la adquisición, custodia y conservación de los medicamentos y productos
sanitarios y de la dispensación de los medicamentos. La medicina que hace posible adaptar la intervención médica a las características individuales
de cada persona y, en consecuencia, aplicar intervenciones preventivas, diagnósticas y terapéuticas
en aquellos grupos de pacientes que obtendrán un beneficio de las mismas se denomina: Medicina preventiva. Medicina personalizada de precisión. Medicina asistencial individualizada. Son correctas la b) y la c). Conforme a lo dispuesto en el Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024: La herramienta la “prescripción social” permite a los profesionales de Osakidetza derivar
a las personas que acuden a su consulta a actividades de su municipio o comunidad, para que
utilicen recursos de su entorno. Se extenderá el “vending saludable” a todos los centros de salud de Euskadi. Se regulará gravar las bebidas azucaradas, como medida eficaz para reducir el consumo
de azúcar. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Conforme al Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024 el porcentaje de la
población adulta en Euskadi que realiza la suficiente actividad física para asegurar un buen estado
de salud se sitúa en: Un 30%. Un 20%. Un 25%. Un 40%. Conforme al Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024, dentro de la
digitalización y las medidas de cuidado no presenciales se prevé extender el servicio de
teleasistencia: A todas las personas mayores de 75 años. A todas las personas mayores de 70 años. A todas las personas mayores de 80 años. A todas las personas que vivan solas y padezcan una enfermedad crónica. El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024 prevé la aprobación de una
nueva Estrategia de Investigación e Innovación en Salud 2021-2024 en el marco: De los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas. Del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación 2025. Del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030 y de la estrategia de especialización
inteligente RIS3. No se contempla la aprobación de una nueva Estrategia de Investigación en Salud. Conforme al Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024, los 4 Institutos de
Investigación que conforman las entidades de I+D+i del sistema sanitario son los siguientes: Bioaraba, Biocruces-Bizkaia, Biodonostia y BIOEF. Kronikgune, Bioaraba, Biocruces-Bizkaia y BIOEF. Bioaraba, Biocruces-Bizkaia, Biodonostia y Kronikgune. Biodonostia, Biocruces, kronikgune y BIOEF. Conforme al Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024, señale cuál de las
siguientes medidas se contemplan para que la I+D+i contribuya a la equidad entre hombres y
mujeres: La puesta en marcha de un nuevo programa de ayudas específico para incentivar la
producción científica de las mujeres y la participación de las mujeres en la investigación
sanitaria. Incrementar los proyectos de investigación que intenten mejorar problemáticas de salud y
patologías específicas de las mujeres. Impulsar los proyectos de investigación liderados por mujeres. Son correctas las respuestas a) y b). En el ámbito de la Gobernanza el Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024
afirma que : El nuevo Plan de Salud 2021-2028 afianzará el modelo de evaluación anual y posterior
presentación al Parlamento Vasco. El nuevo Plan de Salud 2021-2028 afianzará el modelo de evaluación bianual y posterior
presentación al Parlamento Vasco. El nuevo Plan de Salud 2021-2028 afianzará el modelo de evaluación anual y posterior
presentación al Gobierno Vasco. El nuevo Plan de Salud 2021-2028 afianzará el modelo de evaluación bianual y posterior
presentación al Gobierno Vasco. El Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024, establece que en base al plan de
normalización lingüística 2018-2022 el objetivo que se fija en el seno del propio Departamento de
Salud, así como entre el Departamento y otras instituciones y entidades privadas es un incremento: En 10 puntos porcentuales el uso oral del euskera. En 15 puntos porcentuales el uso, oral y escrito, del euskera. En 15 puntos porcentuales solo del uso oral del euskera. En 10 puntos porcentuales el uso, oral y escrito, del euskera. Conforme al Marco Estratégico del Departamento de Salud 2021-2024, la labor asistencial
tanto del personal médico como de enfermería se llevará a cabo en la lengua oficial de preferencia
de las personas pacientes que acudan a los centros de Atención Primaria cuando estos centros estén
ubicados en municipios con un porcentaje de población euskaldun superior: Al 45%. Al 50%. Al 40%. Al 60%. Señale la respuesta que no es correcta. El Plan de Salud recogido en el documento Políticas de
salud para Euskadi 2013-2020 pone el foco en los siguientes colectivos con necesidades específicas: Mujeres. Personas con enfermedad. Personas mayores. Personas jóvenes y menores de edad. . El Plan de Salud para Euskadi 2013-2020: Cuenta con 5 líneas o áreas de actuación, 35 objetivos y 145 acciones. Cuenta con 5 líneas o áreas de actuación, 35 objetivos y 146 acciones. Cuenta con 5 líneas o áreas de actuación, 36 objetivos y 146 acciones. Cuenta con 4 líneas o áreas de actuación, 35 objetivos y 146 acciones. El Plan de Salud para Euskadi 2013-2020: Es elaborado por el Gobierno Vasco y aprobado por el Parlamento Vasco. Es elaborado por el Departamento de Salud y aprobado por el Parlamento Vasco para un
período de seis años de vigencia. Es aprobado por el Gobierno Vasco, a propuesta del Departamento de Salud y elevado al
Parlamento Vasco para su conocimiento y tramitación reglamentaria. Es aprobado por el Departamento de Salud y su período de vigencia es de siete años. Conforme al Plan de Salud para Euskadi 2013-2020 señale cuál de los siguientes ejes no se
mencionan entre los que se consideran determinantes de las desigualdades en salud: Orientación sexual. Clase social. Edad. Género. Señale cuál de los siguientes principios no se mencionan entre los que se consideran que
cimientan el Plan de Salud de Euskadi 2013-2020: Universalidad. Gratuidad. Equidad. Sostenibilidad. . Señale cuál de las siguientes respuestas no es correcta respecto al estado de salud de la
población de Euskadi que se contempla en el Plan de Salud para Euskadi 2013-2020: La esperanza de vida (EV) en Euskadi aumenta paulatinamente tanto en hombres como en
mujeres y en todas las edades. El 38% de la población vasca de 65 y más años presenta alguna enfermedad crónica y
esta proporción previsiblemente se triplicará para el año 2040. Con relación a la mortalidad, el número de fallecimientos ha mantenido una tendencia
ascendente en la última década (incremento del 10% en el período 2001- 11) como
consecuencia del envejecimiento poblacional. El Programa de Vacunaciones constituye una de las intervenciones preventivas más
importantes, especialmente en el ámbito de las enfermedades infecciosas. El Plan de Salud para Euskadi 2013-2020 señala cuáles son los retos y oportunidades que
debe de asumir. En este contexto, las oportunidades y retos que debe asumir el Plan de Salud tiene
que ver con: Alcanzar un compromiso interinstitucional para que la salud y la equidad en salud sean
asumidas como metas del conjunto del gobierno y demás instituciones. Disminuir las desigualdades sociales y de género en la salud, aun en las circunstancias de
precariedad y riesgo de pobreza derivadas de la crisis económica. Potenciar y consolidar la atención sociosanitaria, dotándola de mecanismos y
procedimientos que favorezcan la coordinación del sector social y sanitario. Todas las anteriores respuestas son correctas. Conforme al Plan de Salud para Euskadi 2013-2020 señale cuál de las siguientes áreas tienen
la consideración de áreas transversales: Equidad y responsabilidad; y entornos y conductas saludables. Entorno y conductas saludables; y salud infantil y juvenil. Entidad y responsabilidad; y envejecimiento saludable. Envejecimiento saludable; y personas con enfermedad. Siguiendo lo previsto en el Plan de Salud para Euskadi 2013-2020, señale la respuesta que no
es correcta. Constituyen objetivos del área “equidad y responsabilidad” los siguientes : Atención sociosanitaria integral, integrada y centrada en las personas. Salud en todas las políticas. Equidad. Participación y empoderamiento. El indicador que refleja la apreciación que el individuo hace de su propia salud y es
reconocido como un buen predictor de la morbilidad y la mortalidad de la población se denomina: Autodiagnóstico de la salud. Autocuidado de la salud. Autovaloración de la salud. Autoasistencia de la salud. Siguiendo lo previsto en el Plan de Salud para Euskadi 2013-2020 y en concreto por lo que
respecta al área prioritaria 2 “Personas con enfermedad” señale cuál de los siguientes elementos se
resaltan a la hora de determinar los objetivos y acciones de este área: La ruta asistencial como concreción del proceso asistencial con visión integradora. La coordinación de niveles asistenciales para el buen servicio a la persona. Los procesos de rehabilitación personalizados y en el entorno habitual de las personas
enfermas, cuando sea posible. Todas las respuestas anteriores son correctas. Conforme a lo previsto en el Plan de Salud para Euskadi 2013-2020 señale la respuesta que no
es correcta. Las acciones previstas para fomentar el uso adecuado de fármacos son las siguientes: Desarrollar programas de vigilancia antimicrobiana y de resistencias a antibióticos. Desarrollar un proceso de prescripción compartida hospital-primaria-farmacia, que
fomente la adherencia al tratamiento, el uso seguro de fármacos y que esté basado en guías
de práctica clínica. Impulsar la elaboración y utilización de guías de práctica clínica. Potenciar la deprescripción y seguimiento de interacciones en pacientes con
polimedicación. Con relación a las personas con cáncer, el Plan de Salud para Euskadi 2013- 2020 prevé que
para el año 2020 el objetivo respecto a la mortalidad por cáncer en menores de 65 años debe ser de: Un descenso del 10% tanto en hombres como en mujeres. Un descenso del 15% tanto en hombres como en mujeres. Un descenso del 10% en hombres y frenar la tendencia ascendente en mujeres. Un descenso del 10% en mujeres y frenar la tendencia ascendente en hombres. Conforme al Plan de Salud para Euskadi 2013-2020 señale cuál de las siguientes acciones
están previstas para diseñar y aplicar intervenciones de abordaje de la obesidad desde la atención
sanitaria: Cribado del índice de masa corporal (IMC) y del perímetro de cintura en las consultas de
Atención Primaria y Hospitalaria. Formación en consejo breve sobre obesidad a profesionales de Atención Primaria. Desarrollar intervenciones para el diagnóstico, tratamiento y seguimiento individualizado
de las personas obesas, evitando su estigmatización. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale la respuesta que NO es correcta: El programa de cribado prenatal Sindrome de Down y otras cromosomopatías se amplío
en 2010 a todas las embarazadas que controlan su embarazo en el sistema público. El Programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas de la Comunidad
Autónoma del País Vasco se inició en 1992. El Programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas de la Comunidad Autónoma
del País Vasco se inició en 1982 con el cribado del hipotiroidismo y la hiperfenilalaninemia
(PKU-fenilcetonuria). A través del Programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas de la Comunidad
Autónoma del País Vasco en la actualidad también se criban las siguientes patologías:
hiperfenilalaninemia, hipotiroidismo congénito, deficiencia de Acil Co A deshidrogenasa de
cadena media, Fibrosis Quística y Enfermedad de Células Falciformes. Conforme al Plan de Salud para Euskadi 2013-2020 señale cuál de las siguientes áreas no
tienen la consideración de áreas transversales: Área 2: personas con enfermedad. Área 1: equidad y responsabilidad. Área 3: envejecimiento saludable. Son correctas las repuestas a) y c). Señale cuales son los acuerdos de referencia a nivel estatal, europeo e internacional en el
ámbito de la Salud Pública que afectan al Plan Salud para Euskadi 2013-2020: Reglamento Sanitario Internacional de la Organización Mundial de la Salud. Segundo Programa de Acción Comunitaria en Salud Pública 2008-2013 del Parlamento y
Consejo Europeo. Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Unión Europea de la Comisión Europea. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta conforme a lo previsto en el Plan de
Salud para Euskadi 2013-2020: El Departamento de Salud se compromete a implantar los proyectos diseñados, a
monitorizar anualmente los indicadores de los objetivos y también con una periodicidad
anual, a hacer una evaluación pública en el ámbito de la Comisión de Salud del Parlamento
Vasco. La Comisión Directora del Plan de Salud 2013-2020 está presidida por el Lehendakari y
tiene como fin revisar y sancionar las estrategias y objetivos del Plan de Salud en todas las
políticas y el enfoque de desarrollo sostenible en la Administración Autónoma. El Comité Técnico de Salud en todas las políticas está presidido por el Lehendakari y lo
integra el personal técnico de las Viceconsejerías en la Comisión Directora. El Comité Técnico de Salud en todas las políticas está presidida por la Directora de Salud
Pública y Adicciones y lo integra el personal técnico de las Viceconsejerías en la Comisión
Directora. Señale la respuesta correcta respecto al Comité Técnico del Plan de Salud: Es el órgano encargado de rendir cuentas al Consejo de Dirección del Departamento de
Salud. Es responsable de la elaboración de la evaluación del cumplimiento de las acciones y el
garante de todo el proceso dentro del ámbito competencial del Departamento de Salud. En su actuación se asesora y apoya en los servicios, comisiones y estructuras actualmente
vigentes en el Departamento de Salud. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale la respuesta que no es correcta respecto al proceso de elaboración del Plan de Salud de
Euskadi 2013-2020: Se han definido una serie de comisiones interrelacionadas en tres niveles diferenciados:
nivel de preparación; nivel de ejecución; y nivel de dirección. Se han definido una serie de comisiones interrelacionadas en tres niveles diferenciados:
nivel de ejecución; nivel de coordinación; y nivel de dirección. Se han definido una serie de comisiones interrelacionadas en tres niveles diferenciados:
nivel de ejecución integrado por cinco grupos de trabajo; nivel de coordinación; y nivel de
dirección. Se han definido una serie de comisiones interrelacionadas en tres niveles diferenciados:
nivel de ejecución; nivel de coordinación en el que se sitúa la comisión de coordinación
técnica; y nivel de dirección. Señale cuál de entre todos los siguientes no es un objetivo de la Estrategia de seguridad del
paciente 2020: Promover una cultura de Seguridad integral en Osakidetza. Consolidar el modelo de participación de los profesionales. Asegurar un buen posicionamiento social del Ente Público Osakidetza. Impulsar el conjunto de líneas de acción y de proyectos priorizados en esta estrategia. En 2014, el informe To Err Is Human del Instituto Médico de EE.UU. reconoció que el
número de muertes al año debidas a “errores médicos” rondaba las: 98.000. 423.000. 282.000. 221.000. En lo que se refiere a la información al paciente, la Estrategia de seguridad del paciente 2020
considera que (señálese la respuesta INCORRECTA): debe transmitirse de forma adecuada y adaptada a las características y necesidades de
cada persona, aunque ello requiera un esfuerzo adicional por parte de los profesionales. en determinadas situaciones puede ser necesario incorporar en el proceso de
comunicación a familiares y/o cuidadores, ya que no siempre la persona enferma está en
situación de asimilar adecuadamente la información recibida. la sociedad digital ha producido una transformación que justifica utilizar medios como las
apps para informar adecuadamente a los pacientes. asistimos actualmente a un cambio de modelo, en el que la relación profesional- paciente
se está reequilibrando de tal modo que el paciente está dejando de ser un mero receptor de
las indicaciones y los cuidados parcelados o fragmentados, para asumir un papel más activo
en la toma de decisiones y en la priorización de las intervenciones necesarias para la
recuperación de su estado de salud. La Estrategia de seguridad del paciente 2020 plantea (señálese la respuesta INCORRECTA): Integrar las asociaciones de pacientes en los equipos profesionales que han de adoptar
decisiones sobre un paciente en concreto. Impulsar acciones dirigidas a favorecer el conocimiento mutuo entre los profesionales de
diferentes ámbitos asistenciales. Promover la comunicación estandarizada, tanto dentro de las unidades o servicios como
entre diferentes niveles asistenciales para asegurar la transferencia de pacientes. Aplicar buenas prácticas para favorecer la coordinación entre servicios. La estrategia de Seguridad del Paciente 2020 de Osakidetza incluye las siguientes líneas de
acción corporativas (señálese la respuesta INCORRECTA): Conciliación de la medicación. Encriptación de las comunicaciones con el paciente. Optimización en la prescripción de pruebas diagnósticas que utilizan radiación ionizante. Atención a las segundas y terceras víctimas. Los principios que rigen el sistema de notificación de incidentes son (señálese la respuesta
INCORRECTA): registro de carácter obligatorio. anónimo y no punitivo. confidencialidad de la información. análisis para el aprendizaje y la implantación de mejoras a nivel local. Las acciones relativas a la implementación y seguimiento de los planes de acción propuestos,
dentro de la gestión de los incidentes de seguridad que prevé la Estrategia de seguridad del paciente
2020, incluyen (señálese la respuesta INCORRECTA): Potenciar la implementación y el seguimiento, definiendo el responsable de cada acción,
así como la fecha de implementación y la periodicidad de seguimiento de la misma. Planificar nuevas líneas de trabajo que pudieran revestir interés para el conjunto de
organizaciones de servicios. Evaluación periódica de la eficacia de las acciones implementadas y comunicación al
equipo gestor y al resto de la organización de los resultados alcanzados. Elaboración y difusión periódica de informes de resultados. Las acciones relativas al aprendizaje compartido, dentro de la gestión de los incidentes de
seguridad que prevé la Estrategia de seguridad del paciente 2020 incluyen (señálese la respuesta
INCORRECTA): Desarrollar estrategias de comunicación que permitan la difusión de “buenas prácticas” en
las organizaciones de servicios (alertas, boletines, sesiones, etc.). Fomentar la implantación en las organizaciones de servicios de “buenas prácticas” que ya
estén implantadas con resultados muy favorables en otros centros a nivel local, estatal o
internacional. Consolidar y dinamizar el funcionamiento de los Comités de Seguridad del Paciente. Potenciar el aprendizaje a nivel corporativo a través de las herramientas disponibles:
Osagune, Intranet corporativa. Señale cuál de estas afirmaciones es incorrecta, de acuerdo con lo establecido por la L2
(Atención a las segundas y terceras víctimas) de la Estrategia de seguridad del paciente 2020: Primeras víctimas son los pacientes que sufren las consecuencias del Evento Adverso y
sus familiares. Segundas víctimas son los profesionales sanitarios involucrados directa o indirectamente
en el Evento adverso A y que resultan afectados desde el punto de vista psicológico y
emocional. Tercera víctima es la organización sanitaria en la que acontece el Evento Adverso. Todas las respuestas anteriores son inexactas. De acuerdo con la Estrategia de seguridad del paciente 2020, la prevención de los errores de
identificación sigue siendo un aspecto prioritario para las organizaciones sanitarias debido a que
(señale la respuesta INCORRECTA): Los pacientes tienden a demandar siempre a la organización sanitaria cuando se produce
esta clase de errores. A diferencia de otros tipos de incidentes de seguridad, los errores de identificación pueden
afectar a varios pacientes simultáneamente. La introducción de información en una historia clínica equivocada puede generar, si no se
detecta el error precozmente, múltiples fallos o errores en el proceso asistencial. Las consecuencias de los errores de identificación de pacientes pueden ser muy graves
para uno o ambos pacientes. La implicación de los pacientes en su seguridad y su empoderamiento aporta ventajas en
cuanto a (señale la respuesta INCORRECTA): Alcanzar un diagnóstico preciso. Contribuir a un uso seguro de la medicación. Introducir en los tratamientos herramientas tecnológicas más avanzadas. Verificar la adecuación de los procesos de atención. Dentro de la Estrategia de seguridad del paciente 2020, y en lo que respecta específicamente
al objetivo de implicar los pacientes en la comunicación de incidentes de seguridad y situaciones de
riesgo que detecten, se plantea (señale la respuesta INCORRECTA): Aprovechar las quejas y reclamaciones interpuestas por los pacientes, y considerarlas
como una valiosa fuente de información complementaria sobre los problemas de seguridad
acaecidos en la organización. Revisar las encuestas de satisfacción e incluir preguntas relativas a la percepción de
seguridad por parte de los pacientes. Realizar encuestas sobre riesgos a los profesionales sanitarios y comparar sus respuestas
con las proporcionadas por los pacientes a los que hayan atendido. Valorar la información aportada por los pacientes en las sugerencias de mejora e
incorporar aquellos aspectos que sean de utilidad para fortalecer el sistema. Los indicadores que se utilizan para evaluar la conciliación de la medicación en la Estrategia
de seguridad del paciente 2020 incluyen (señálese la INCORRECTA): Existencia de un programa de conciliación de la medicación en las transiciones entre
ámbitos asistenciales del paciente revisado y actualizado. Nº de discrepancias no justificadas / Total de pacientes conciliados. Nº pacientes con conciliación de la medicación x 100 / Nº pacientes población diana. Nº de pacientes que han mostrado problemas de adherencia/ Total de pacientes
conciliados. El principio de minimización del riesgo en la utilización de radiación ionizante implica
(señálese la respuesta INCORRECTA): La selección razonable de las situaciones en las que se utiliza cada prueba, es decir, una
adecuada justificación de la misma. Priorizar la reducción del riesgo en poblaciones más vulnerables al efecto de la radiación,
como la población pediátrica o las embarazadas. La optimización de la dosis empleada, de tal forma que pueda obtenerse una información
diagnóstica suficiente sin que se someta al paciente a una exposición a dosis
innecesariamente altas. Sólo dos de las tres respuestas anteriores son correctas. De acuerdo con la Estrategia de seguridad del paciente 2020, los Indicadores de la línea de
acción “Seguridad Transfusional” son (señálese la respuesta INEXACTA): Número de unidades transfundidas. Número de incidentes. Porcentaje de reacciones adversas (sobre componentes transfundidos). Número de reacciones adversas. Señale cuál de los siguientes no es un indicador global de la línea de acción “Cirugía Segura”: Porcentaje global de pacientes intervenidos de cirugía programada y urgente a los que se
les aplica el listado de verificación de seguridad quirúrgica (LVSQ). Protocolo de trazabilidad del paciente. Servicios-unidades con listado de verificación de seguridad quirúrgica (LVSQ)
implantado (%). Protocolo de prácticas quirúrgicas seguras – Marcado del sitio quirúrgico. Entre los objetivos de la L10. Seguridad en el proceso asistencial gestación- parto-puerperio
de la Estrategia de seguridad del paciente 2020 se encuentra (señálese el que NO PROCEDE): Incrementar la Seguridad del proceso asistencial gestación, parto, puerperio y recién
nacido en un entorno de seguridad para minimizar los posibles eventos adversos impulsando
y activando la fisiología del proceso gestación, parto, puerperio. Promover el parto en casa con una adecuada supervisión por parte de los profesionales
sanitarios adecuados al caso. Desarrollar pautas de actuación ante los posibles sucesos adversos prenatales, intraparto,
posnatales y sucesos centinela que pueden afectar a la madre y al bebé. Garantizar y promover la comunicación entre profesionales. El estudio EVADUR (eventos adversos ligados a la asistencia en los Servicios de Urgencias),
desarrollado en 2009 en 21 hospitales mostró que los factores causales más frecuentes de los
incidentes de seguridad fueron (señálese la respuesta INCORRECTA): los relacionados con los cuidados del paciente. los relacionados con el uso inadecuado de la información del paciente. los relacionados con los errores y/o retrasos en el diagnóstico. los relacionados con la medicación. Los Indicadores de la línea de acción “Buenas prácticas en los pacientes hospitalizados en
riesgo de desnutrición” comprenden (señálese la respuesta INCORRECTA): Porcentaje de informes de alta de unidades de hospitalización en los que consta el estado
nutricional del paciente y las recomendaciones pertinentes. Porcentaje de pacientes ingresados a los que se les ha realizado cribado del estado
nutricional. Porcentaje de pacientes normo-nutridos al ingreso que al alta presentan riesgo de
desnutrición o desnutrición. Porcentaje de pacientes ingresados que muestran síntomas de desnutrición durante su
estancia hospitalaria. Las acciones propuestas por la Estrategia de seguridad del paciente 2020 para comenzar a
abordar el problema de la Incontinencia Urinaria inducida por uso inadecuado de Absorbentes de
Incontinencia Urinaria, incluyen (señálese la respuesta INCORRECTA): Revisar los protocolos de funcionamiento interno (formales o informales) de las unidades
de hospitalización, identificando los que incluyen esta práctica y valorando su adecuación a
las recomendaciones basadas en la mejor evidencia disponible. Constituir un grupo de trabajo corporativo, compuesto por las diferentes categorías de
profesionales que participan en la planificación y en la aplicación de los cuidados a
pacientes con IU. Construir estrategias de seguimiento de la evolución de los pacientes en cooperación con
las asociaciones de pacientes correspondientes. Definir, difundir e implantar una guía de recomendaciones para el uso adecuado de AIU,
que tenga en cuenta todos los aspectos anteriormente mencionados. Un estudio realizado por el Institute For Safe Medication Practices (ISMP) muestra que la
mayoría de los errores por fármacos asociados a eventos adversos graves, están relacionados con: el uso reiterado de fármacos de efectos terapéuticos similares cuya interacción produce
una alta tasa de efectos secundarios graves. la utilización de incorrecta de insulina y anticoagulantes. el uso de fármacos asociados a pacientes crónicos. la utilización de un número limitado de fármacos. Las caídas de los pacientes hospitalizados constituyen otro evento de seguridad bastante
frecuente, especialmente entre los más mayores y dependientes. Las tasas de referencia varían, pero
en general… Casi todas se sitúan entre las 3 y 20 caídas por cada mil días de estancia hospitalaria,
produciendo lesiones hasta en el 50% de las ocasiones. Casi todas se sitúan entre las 10 y 20 caídas por cada mil días de estancia hospitalaria,
produciendo lesiones hasta en el 50% de las ocasiones. Casi todas se sitúan entre las 5 y 10 caídas por cada mil días de estancia hospitalaria,
produciendo lesiones hasta en el 25% de las ocasiones. Casi todas se sitúan entre las 5 y 10 caídas por cada mil días de estancia hospitalaria,
produciendo lesiones hasta en el 50% de las ocasiones. La Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi 2021-2024 plantea un escenario de
trabajo definido y aprobado por: La Consejera de Sanidad del Gobierno Vasco. La dirección general de Osakidetza. El Consejo Vasco de Atención Sociosanitaria. La Asociación de Municipios Vascos. De acuerdo con el DAFO de las Prioridades Estratégicas de Atención Sociosanitaria, Euskadi
2017-2020, una de las debilidades del ámbito biosanitario de Euskadi era (señálese la respuesta
INCORRECTA): Heterogeneidad en la interlocución en el sistema de servicios sociales de cara a la
definición de un marco de interoperabilidad para la Historia Sociosanitaria de Euskadi. Ausencia de referentes sociosanitarios/as en las organizaciones del sistema de servicios
sociales. Ausencia de criterios definidos relativos a la vigencia y revisión de protocolos
sociosanitarios. Carencia de un enfoque ecológico y de sostenibilidad. De acuerdo con el DAFO de las Prioridades Estratégicas de Atención Sociosanitaria, Euskadi
2017-2020, una de las fortalezas del ámbito biosanitario de Euskadi era (señálese la respuesta
INCORRECTA): Igualdad de los y las representantes del Sistema de Servicios Sociales en el marco de
decisión que se establece en las Comisiones Sociosanitarias de las OSIs. Articulación de Catálogo de Recursos Sociosanitarios a partir de ambas carteras de
servicios. Consenso institucional en torno a la misión y enfoque de la atención sociosanitaria,
evidenciado en la gestión de la COVID-19 con la necesidad de llegar a consensos de
emergencia en tiempos récord. Existencia de la Comisión Sociosanitaria de Comités de Ética de Euskadi. De acuerdo con el DAFO de las Prioridades Estratégicas de Atención Sociosanitaria, Euskadi
2017-2020, una de las oportunidades del ámbito biosanitario de Euskadi era (señálese la respuesta
INCORRECTA): Empoderamiento de representantes del sistema de servicios sociales en las Comisiones
Sociosanitarias. Actualización del Mapa de Recursos Sanitarios. Articulación de la participación social en el modelo de coordinación sociosanitaria de
Euskadi. Progreso en el diseño de un sistema de información compartida con la Historia
Sociosanitaria. De acuerdo con el DAFO de las Prioridades Estratégicas de Atención Sociosanitaria, Euskadi
2017-2020, una de las amenazas en el ámbito biosanitario de Euskadi era (señálese la respuesta
INCORRECTA): Falta de adecuación al marco legal vigente de los acuerdos que sostienen la atención de
necesidades sociosanitarias. Escasa cultura de sistematización de la información para trabajo compartido por parte de
profesionales, especialmente en el sistema de servicios sociales. Complejidad en la gestión de expectativas de las y los profesionales respecto a la Historia
Sociosanitaria de Euskadi. Una considerable falta de definición de tipología de recursos sociosanitarios en base al
origen de la financiación. De acuerdo con la Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi 2021-2024, el contexto
sociodemográfico plasma una evolución social, rica en matices y vertiginosa en sus cambios y
consecuencias, que puede ser resumida en varios titulares (señálese el que NO PROCEDA): La elevada esperanza de vida con calidad, envejecimiento y escaso dinamismo
demográfico. El impacto en el sistema prestacional de la dependencia y la discapacidad. La heterogeneidad en las configuraciones familiares: disminución del tamaño de las
familias, transformación de roles y feminización de los hogares unipersonales. La progresiva interrelación entre los diferentes roles desempeñados por la ciudadanía en
la sociedad de servicios. En términos de gobernanza sociosanitaria, en Euskadi son órganos decisorios (señálese la
respuesta INCORRECTA): las concejalías de Sanidad y Servicios Sociales. el Consejo Vasco de Atención Sociosanitaria. las Comisiones Sociosanitarias Territoriales. los Equipos de Valoración de Atención Temprana. El sistema vasco de salud y el sistema vasco de servicios sociales articulan servicios de
personas a personas, esenciales, relacionales y de interés general en un contexto en profunda
transformación sobre cuyo fondo destacan las tres transiciones, que son (señálese la respuesta
INCORRECTA): ecológico-medioambiental. eco-feminista. social-sanitaria. tecnológico-digital. Entre los nuevos desafíos y visiones emergentes incluidos por la Estrategia de Atención
Sociosanitaria de Euskadi se citan una serie de factores estructurales que van modelando un nuevo
contexto demográfico, social, económico y cultural en esta Comunidad Autónoma. Entre ellos se
encuentran (señálese la respuesta INCORRECTA): El edadismo o discriminación por razón de edad. Decenio del envejecimiento saludable. Los determinantes no médicos de la salud. El nuevo modelo de cuidados de larga duración. Atención a la dependencia y la
discapacidad. La vulnerabilidad epidemiológica. La filosofía que inspira la Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi 2021- 2024 se
sustenta en un conjunto de valores éticos consustanciales a la atención sociosanitaria, entre los que
se incluyen (señálese la respuesta INCORRECTA): Universalidad. Transparencia. Autonomía. Corresponsabilidad. Entre los resultados esperables del proyecto “Aprobación jurídica y despliegue de la
gobernanza Sociosanitaria”, situado en el epígrafe “Gobernanza Sociosanitaria” de la Estrategia se
incluyen (señálese la respuesta INCORRECTA): Decreto de Gobernanza Sociosanitaria. Convenios para la compartición de recursos sociosanitarios entre entidades públicas. Formalización jurídica de la Comisión Sociosanitaria de Comités de Ética de Euskadi. Plan de comunicación para la difusión de la regulación de estructuras, recursos e
instrumentos recogidos en el Decreto de Gobernanza Sociosanitaria. Entre los resultados esperables del proyecto “Marco compartido de financiación
Sociosanitaria”, incluido en el epígrafe “Gobernanza Sociosanitaria” de la Estrategia se incluyen
(señálese la respuesta correcta): Decreto de Gobernanza Sociosanitaria. Convenios para la contratación de recursos sociosanitarios entre entidades públicas. Aprobación de la normativa sobre donaciones privadas para sostenibilidad de las
entidades públicas sanitarias. Plan de comunicación para la difusión de la regulación de estructuras, recursos e
instrumentos recogidos en el Decreto de Gobernanza Sociosanitaria. Los resultados esperables del proyecto “Historia Sociosanitaria Electrónica”, descritos en el
epígrafe “Interoperabilidad Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen (señálese la respuesta
INCORRECTA): Adecuación de los requisitos de tratamiento de los datos a lo dispuesto en el Espacio
Europeo de Datos de Salud. Estandarización de contenidos y mensajes para el intercambio de información
sociosanitaria. Catálogo de los servicios de intercambios de datos sociosanitarios que sustituyen a los
certificados en papel, entre las Administraciones Públicas vascas. Mapa de agentes y sistemas que comparte información asistencial como soporte de una
dinámica de trabajo conjunto y coordinado de profesionales de los sistemas sociales y de
salud. El objetivo proyecto “Cuadro de mandos integral”, como viene señalado en el epígrafe
“Interoperabilidad Sociosanitaria” de la Estrategia es: Incorporar la atención sociosanitaria en los cuadros de mandos y procesos estadísticos de
las instituciones vasca implicadas en la coordinación. Incorporar a todos los agentes responsables de la Ateción Socisanitaria en la toma de
decisiones conjuntas. Promover la toma de decisiones basadas en datos. Promover la toma de decisiones automatizadas en la Atención Sociosanitaria. Las acciones a emprender en proyecto “Osabide en residencias”, situado dentro del epígrafe
“Interoperabilidad Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen las siguientes (señálese la respuesta
INCORRECTA): Formación y soporte a profesionales sanitarios de las residencias. Identificar necesidades de mejoras funcionales en Osabide para facilitar la atención a
personas de los centros residenciales y de día. Promover la gestión automatizada de la toma de decisiones a través de la incorporación de
nuevas tecnologías a los centros residenciales. Atender nuevos casos de centros que soliciten acceso a Osabide. Las acciones a emprender en el proyecto “Decreto para el desarrollo de la interoperabilidad
sociosanitaria”, situado en el epígrafe “Interoperabilidad Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen
(señálese la respuesta INCORRECTA): Creación de un grupo de trabajo interinstitucional para la elaboración del decreto. Presentación y aprobación por parte de la dirección general de Osakidetza. Incorporación del modelo de Gobernanza TI sociosanitaria. Validación y posterior aprobación por parte de Servicios Jurídicos de Gobierno Vasco. Las acciones a emprender en el proyecto “Definición de un marco coordinado de prevención
sociosanitaria”, situada en epígrafe “Prevención Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen (señálese
la respuesta INCORRECTA): Coordinar políticas y actuaciones en materia de desigualdades sociales en salud, sesgos, y
promoción de la equidad en la atención sociosanitaria. Coordinar políticas y actuaciones en materia de promoción sociosanitaria: envejecimiento
activo; inclusión social; igualdad; solidaridad intergeneracional; promoción de la autonomía;
accesibilidad; alfabetización digital, etc. Coordinar políticas y actuaciones en materia de prevención sociosanitaria: violencia de
género; maltrato infantil; malos tratos a personas mayores; soledad no deseada y aislamiento
social, etc.). Coordinar la construcción e introducción de herramientas capaces de detectar el riesgo
sanitario. Las acciones a emprender en el proyecto “Instrumento para la detección del riesgo
sociosanitario”, situado en el epígrafe “Prevención Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen
(señálese la respuesta INCORRECTA): Crear un grupo de trabajo con profesionales sociales y sanitarios expertos/as en la
materia. Proposición de los ítems a considerar para la detección del riesgo sociosanitario y
construcción de una propuesta conjunta del prototipo del instrumento. Pilotaje para la valoración de la funcionalidad del instrumento y el perfeccionamiento del
mismo y presentación de la propuesta de consenso a la Consejería de Salud del Gobierno
Vasco. Aprobación y puesta en marcha del instrumento. Los resultados esperables del proyecto “Despliegue de la atención primaria Sociosanitaria”,
incluido en el epígrafe “Atención Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen (señálese la respuesta
INCORRECTA): Guía para la atención hospitalaria a pacientes vulnerables (Tool kit sociosanitario). Mapa de referentes sociosanitarios y sociosanitarias. Informe de resultados del estado del arte de los protocolos y procedimientos de
coordinación sociosanitaria. Implantación de un proyecto piloto de desarrollo de APSS, en el ámbito sociosanitario de
influencia de cada OSI y catálogo de buenas prácticas basado en el análisis de los proyectos
piloto desarrollados en cada OSI. Las acciones a emprender en el proyecto “Actuaciones en diferentes colectivos diana
sociosanitarios”, situado en el epígrafe “Atención Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen
(señálese la respuesta INCORRECTA): Avanzar en la implementación de medidas de control automatizado de la actividad social
de personas en situación de exclusión y vulnerabilidad social. Impulsar de la accesibilidad de personas con discapacidad en el sistema sanitario y en el
social, mediante acciones de sensibilización y no discriminación. Promover la monitorización y sensibilización de las necesidades que presentan las
personas en situación de desprotección a partir de la utilización de los instrumentos
pertinentes. Favorecer la atención domiciliaria de las personas en situación de dependencia en base a
nuevos modelos sostenibles de prevención, atención y cuidados. Los resultados esperables del proyecto “Atención temprana y el desarrollo del ámbito
Sociosanitaria-educativa”, incluido en el epígrafe “Atención Sociosanitaria” de la Estrategia
incluyen (señálese la respuesta INCORRECTA): Implementación de acciones preventivas. Redacción de memorias bianuales relacionadas con estas políticas. Impulso de la coordinación sociosanitaria-educativa. Creación de la comisión sociosanitaria-educativa de Euskadi. Los resultados esperables del proyecto “Portal de Atención Sociosanitaria, generación y
difusión del conocimiento”, situado en el epígrafe “I+D+i Sociosanitaria” de la Estrategia de
Atención Sociosanitaria de Euskadi 2021-2024 incluyen los siguientes (señálese la respuesta
INCORRECTA): Informe de actividad y posicionamiento del Portal de Atención Sociosanitaria. Boletín de Atención Sociosanitaria de Euskadi. Mapa actualizado de Recursos Sociosanitarios de Euskadi. Información actualizada referida al tratamiento de datos desarrollados por parte de los
diferentes organismos implicados en la Atención Sociosanitaria de Euskadi. Los resultados esperables en el proyecto “Nodo de referencia sobre políticas e iniciativas en
I+D+i Sociosanitaria, situado en el epígrafe “I+D+i Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen
(señálese la respuesta INCORRECTA): Informe de actividad y posicionamiento del Portal de Atención Sociosanitaria. Intercambios de información entre agentes y entidades referentes sobre políticas e
iniciativas en I+D+i sociosanitarias. Informe sobre políticas e iniciativas en I+D+i sociosanitaria. Publicación de información relativa a políticas e iniciativas en I+D+i sociosanitaria en el
Portal de Atención Sociosanitaria. Las acciones a emprender en el proyecto “Nodo de referencia sobre políticas e iniciativas en
I+D+i Sociosanitaria, situado en el epígrafe “I+D+i Sociosanitaria” de la Estrategia de Atención
Sociosanitaria de Euskadi 2021-2024 incluyen las siguientes (señálese la respuesta
INCORRECTA): Promover el intercambio de información entre agentes y entidades referentes sobre
políticas e iniciativas en I+D+i sociosanitarias. Editar y difundir el Boletín de Atención Sociosanitaria de Euskadi. Hacer accesible al conjunto del ecosistema sociosanitario la información relativa a
políticas e iniciativas en I+D+i sociosanitaria en el Portal de Atención Sociosanitaria. Identificar iniciativas de investigación aplicada sociosanitaria. Los resultados esperables del proyecto “Promoción de proyectos de innovación e
investigación desde las bases del Ecosistema Sociosanitario”, incluido en el epígrafe “I+D+i
Sociosanitaria” de la Estrategia incluyen (señálese la respuesta INCORRECTA): Informe sobre proyectos de base en materia de I+D+i sociosanitaria. Metodología de evaluación de proyectos sociosanitarios de base y definición de criterios
de extensión y escalabilidad. Informe de utilización de datos (personales y no personales) para la evaluación de la toma
de decisiones en el ámbito sociosanitario. Informe de evaluación de proyectos sociosanitarios de base y propuesta de escalabilidad. Entre los principios que rigen el proceso de normalización del euskera en Osakidetza se
enumeran los siguientes: El respecto a los derechos lingüísticos de las personas. La empatía y la comunicación en la lengua de la persona usuaria como garantía de calidad
del servicio. La progresividad en la fijación de los objetivos. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale la respuesta que NO es correcta. Conforme al III Plan de Normalización del Uso del
Euskera en Osakidetza 2022-2028, constituyen objetivos en el ámbito del sistema de gestión de la
normalización lingüística: Garantizar el uso del euskera en la comunicación corporativa. Ampliar y distribuir adecuadamente el liderazgo del plan de euskera entre las diferentes
direcciones. Implementar el plan en todas las unidades a través de sus mandos intermedios. Seguir progresando en las medidas que favorecen el aumento de la plantilla bilingüe. Tal y como dispone el III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-
2028: La rotulación fija, tanto interna como externa, en general ha de estar en las dos lenguas
oficiales dando prioridad al euskera. Solo la rotulación fija externa en general ha de estar en las dos lenguas oficiales dando
prioridad al euskera. Solo la rotulación fija interna en general ha de estar en las dos lenguas oficiales dando
prioridad al euskera. La rotulación fija, tanto interna como externa, debe aparecer únicamente en euskera. El III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028 establece respecto
a los mensajes audiovisuales que: Deben emitirse en la lengua que decidan las personas responsable de las unidades que
utilizan estos sistemas audiovisuales. Deben emitirse en las dos lenguas oficiales, primero en castellano y luego en euskera. Deben emitirse en las dos lenguas oficiales, primero en euskera y luego en castellano. Deben emitirse en una de las dos lenguas oficiales. Respecto a las páginas Web de Osakidetza señale cuál de las siguientes repuestas NO es
correcta: En las intranet, extranet y otros sitios web de Osakidetza las personas usuarias deben
tener garantizada la navegación y el acceso a toda la información en las dos lenguas
oficiales. El personal administrador de los sitios web nunca publicarán textos o contenidos que no
estén en las dos lenguas oficiales. Al acceder por primera vez a una página web de Osakidetza, la página de inicio se
mostrará por defecto en euskera. Las personas usuarias de los sitios web de Osakidetza deberán tener fácil acceso a los
apartados sobre normalización del euskera en la entidad. Señale la respuesta correcta: Por aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales no puede constar en los datos personales de cada paciente de Osakidetza
su idioma de preferencia para las comunicaciones con Osakidetza. El signo azul con la letra e indica que el paciente no tiene competencia para comunicarse
en un idioma que no sea el euskera para las comunicaciones orales con Osakidetza. En los datos personales de cada paciente, se registrará su idioma de preferencia para las
comunicaciones orales con Osakidetza. A las personas que elijan el euskera como lengua prioritaria en sus comunicaciones con
Osakidetza solo se les deberá ofrecer servicios en euskera. En atención al III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028,
señale la respuesta correcta: “Aukeratu zeure hizkuntza/Elige tu lengua” es el lema de la campaña de activación del
registro de la lengua preferente de cada paciente llevada a cabo en 2017. Se atribuye a todas las direcciones y gerencias de Osakidetza la responsabilidad de
realizar la campaña con el lema “Aukeratu zeure hizkuntza/Elige tu lengua”. “Aukeratu zeure hizkuntza/Elige tu lengua” es el lema de la campaña de activación del
registro de la lengua preferente de cada paciente que realizará Osakidetza durante el primer
año de planificación. “Aukeratu zeure hizkuntza/Elige tu lengua” es el lema de la campaña de activación del
registro de la lengua preferente de cada paciente que realizará Osakidetza durante el tercer
año de planificación. El III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028 contempla que
tanto en los servicios de recepción y admisión, como en las unidades asistenciales y administrativas
a toda la ciudadanía vascohablante debe garantizarse: La recepción en euskera. La recepción en euskera solo cuando la comunicación oral con pacientes y personas
usuarias sea de modo presencial. La recepción en euskera solo cuando la comunicación con pacientes y personas usuarias
sea telefónicamente. La recepción en euskera solo por las y los empleados que sepan en euskera. Siguiendo lo previsto en el III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza
2022-2018: Toda la documentación estándar deberá siempre entregarse a pacientes y personas
usuarias en las dos lenguas oficiales. A cada paciente se le entregará su documentación clínica siempre y en todo caso en ambas
lenguas. Toda la documentación estándar deberá siempre editarse e imprimirse en una única hoja
en las dos lenguas oficiales. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. En los escritos individualizados de respuesta a solicitudes y reclamaciones de pacientes o
personas usuarias de Osakidetza se utilizará: La lengua utilizada por cada ciudadano o ciudadana. Siempre el euskera como lengua preferente. Siempre las dos lenguas oficiales independientemente de la lengua utilizada por cada
ciudadano o ciudadana. Ambas lenguas oficiales, siendo los escritos contestados primero en euskera y luego en
castellano. Siguiendo lo previsto en el III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza
2022-2018, señale la respuesta que NO es correcta: Se pondrá a disposición del personal bilingüe que lo desee diferentes elementos
identificativos portadores del circulo azul con la letra e, signo que invita a relacionarse en
euskera. El signo azul y la letra e solo se utilizará para la identificación individual del personal
bilingüe. En los centros de salud, consultorios y unidades hospitalarias, deberá estar colocado, de
modo visible, el cartel que explica a las personas usuarias el significado del signo
identificativo con la letra e. Se estudiará introducir una variante del círculo azul con la letra e para el personal
dispuesto a que le hablen en euskera pero que muestra dificultades para expresarse en ciertas
situaciones. En atención a lo previsto en el III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza
2022-2018 en todos los centros de atención primaria ha de ponerse en marcha un procedimiento
para que, en la medida de las posibilidades, se propongan servicios en euskera a las y los pacientes
que hayan registrado esta lengua como preferente y que aún reciban los citados servicios en
castellano. Señale a qué servicios se refiere el citado Plan: Medicina familiar, pediatría, enfermería y salud mental. Pediatría, medicina familiar y salud mental. Medicina familiar, pediatría, enfermería y matrona. Todas las anteriores respuestas son correctas. Con relación a las quejas relacionadas con el uso de las lenguas oficiales en Osakidetza,
señale la respuesta que NO es correcta: La dirección responsable de las acciones previstas con relación a las quejas relaciones con
el uso de las lenguas oficiales en Osakidetza es la Dirección de Recursos Humanos. En los Servicios de Atención al Paciente y Usuario (SAPU) quedarán registradas las
quejas relacionadas con el uso de las lenguas oficiales. Las quejas relacionadas con el uso de las lenguas oficiales serán gestionadas por el SAPU
y por la persona o personas responsables del servicio objeto de la queja. Para mejorar la gestión y seguimiento de las quejas, Osakidetza acordará un protocolo
con las entidades que trabajan en el ámbito de los derechos lingüísticos. Conforme al III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022- 2018 en las
relaciones con empresas proveedoras, entidades financieras y organismos privados: Se designarán interlocutores o interlocutoras vasco-hablantes y se notificará el deseo de
Osakidetza de relacionarse en euskera. En la comunicación escrita siempre debe utilizarse las dos lenguas oficiales. Osakidetza solicitará a las entidades proveedoras que sus productos que tengan como
personas destinatarias a profesionales de Osakidetza estén en euskera. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. La Dirección General de Osakidetza realizará una comunicación interna de cara a conocer el
registro de la lengua preferente de cada profesional, explicar el modo de registrar la lengua
preferente y animar al personal vascohablante a optar por el euskera: Una vez cada seis meses. Una vez al año. Cada vez que haya una nueva contratación. El III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2018 no contempla
esta acción. Conforme al III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022- 2018: En los casos de los mensajes SMS que se envían a los teléfonos móviles de personas
trabajadoras o candidatas, estarán escritos en las dos lenguas oficiales, primero en castellano
y luego en euskera. Los escritos individualizados de respuesta a solicitudes y reclamaciones de las personas
trabajadoras deberán redactarse en las dos lenguas oficiales. Osakidetza ha de garantizar que la información y los servicios ofrecidos tanto al personal
empleado como a personas candidatas a través de las tecnologías de la comunicación estén
en las dos lenguas oficiales, con el fin de que cada persona haga uso de la lengua de su
preferencia. Las informaciones y comunicaciones no personalizadas dirigidas al personal deberán
redactarse en las dos lenguas oficiales y se dará prioridad al castellano. Como contempla el III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2018: En puestos de Jefatura y responsabilidad, en los servicios de prioridad 2, se asignará fecha
de preceptividad siempre que el porcentaje de fechas mínimas del servicio sea el 40% o
superior. En puestos de Jefatura y responsabilidad, en los servicios de prioridad 2, se asignará fecha
de preceptividad siempre que el porcentaje de fechas mínimas del servicio sea el 50% o
superior. En los servicios de prioridad 2 se asignará fecha de preceptividad a los puestos vacantes
por jubilación, incapacidad absoluta o fallecimiento de la persona titular cuando el
porcentaje mínimo de fechas de preceptividad que corresponde al servicio sea el 50% o
superior. Osakidetza realizará al menos una convocatoria anual de acreditación de perfiles
lingüísticos de acuerdo a lo establecido en el Decreto 67/2003. Señale cuál de las siguientes afirmaciones NO es correcta, respecto al certificado de calidad
Bikain en el ámbito de Osakidetza: El objetivo es alcanzar los 400 puntos en las zonas sociolingüísticas C y D. El objetivo es alcanzar los 500 puntos en las zonas sociolingüísticas A y B. El objetivo es alcanzar los 400 puntos en las zonas sociolingüísticas A y B. Las organizaciones de servicios de Osakidetza que se presenten de modo integral al
certificado de calidad en gestión lingüística Bikain lo deberán hacer al menos una vez
durante el período de planificación. Osakidetza realizará dos evaluaciones generales del plan de euskera: La primera el tercer año del período de planificación, y la segunda, el sexto año. La primera el segunda año del período de planificación, y la segunda, el sexto año. La primera el tercer año del período de planificación, y la segunda, el sexto año y será una
evaluación cualitativa. La primera el segunda año del período de planificación, y la segunda, el sexto año y será
una evaluación cuantitativa fundamentada en los indicadores del plan. Tal y como contempla el III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-
2018 todas las organizaciones de Osakidetza deberán contar con una Comisión de Seguimiento del
plan de euskera: Que estará integrada como máximo por 15 participantes. Que se reunirá al menos una vez al año. Que estará compuesta por representantes de la Dirección General y de diversas
organizaciones. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.