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Bati Recoes 08B 04

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Título del Test:
Bati Recoes 08B 04

Descripción:
Bati recoes 08B 04

Fecha de Creación: 2024/06/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 33

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La prestación por lesiones permanentes no incapacitantes consiste en una indemnización, que puede ser incrementada en el supuesto de falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo: De un 20 a un 40%. De un 30 a un 40%. De un 20 a un 50%. De un 30 a un 50%.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es falsa en relación con la indemnización por lesiones permanentes no incapacitantes?. Su cuantía está fijada por baremo. Se concede por una sola vez. Es compatible con el trabajo en la propia empresa. La cuantía se incrementa de un 20 a un 40% a cargo de la empresa infractora en el supuesto de falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo.

De acuerdo con el artículo 203 LGSS, las indemnizaciones a tanto alzado que procedan por las lesiones permanentes no incapacitantes, ¿son compatibles con las prestaciones económicas establecidas para la incapacidad permanente?. Sí. No. Son incompatibles, salvo que las lesiones sean totalmente independientes de las que hayan sido tomadas en consideración para declarar tal incapacidad permanente y el grado de la misma.

Señale la opción correcta: Como órgano de apoyo técnico para el ejercicio por el INSS e ISM de las competencias en materia de incapacidades laborales, se constituye en cada Dirección Provincial del INSS, salvo en Cataluña, uno o, en su caso, más de uno, EVI. Los dictámenes-propuesta que emiten los EVI son preceptivos, pero no tienen carácter vinculante. La competencia del INSS de dar altas médicas en los 365 días primeros de los procesos de IT, se ejerce mediante los Inspectores Médicos adscritos al INSS, sin intervención del EVI. Todas son correctas.

El Presidente del EVI es: El Director Provincial del INSS. El Subdirector Provincial de Incapacidad Permanente del INSS. El Subdirector Provincial de Incapacidad Permanente del INSS o funcionario que designe el Director General del INSS. Un Funcionario Médico, perteneciente al personal del INSS y designado por el Director General del INSS.

No forma parte del EVI: Un facultativo médico, perteneciente al personal del INSS. Un Inspector de Trabajo y Seguridad Social, propuesto por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Un facultativo médico, perteneciente al INGESA o al Servicio Público de Salud competente. Un funcionario titular de un puesto de trabajo de la unidad encargada del trámite de las prestaciones de incapacidad permanente de la correspondiente Dirección Provincial del INSS, quien ejercerá las funciones de Secretario.

No se han constituido EVI: En la Comunidad Autónoma de Cataluña. En la Comunidad Autónoma del País Vasco. En las CCAA de Cataluña y País Vasco. En las CCAA de Cataluña, País Vasco y Galicia.

Los dictámenes-propuesta que formulan los EVI al correspondiente director provincial del INSS, son: Potestativos y no vinculantes. Potestativos y vinculantes. Preceptivos y no vinculantes. Preceptivos y vinculantes.

El EVI está compuesto, con carácter general, por un Presidente y: Seis vocales nombrados por el Director General del INSS. Cuatro vocales nombrados por el Director General del INSS. Seis vocales nombrados por el Director General del INSS, salvo el Médico Inspector, que es nombrado por el Director Gerente del Servicio de Salud correspondiente. Cuatro vocales nombrados por el Director General del INSS, salvo el Médico Inspector, que es nombrado por el Director del INGESA o el Director Gerente del Servicio de Salud correspondiente.

Dentro de las funciones de los EVI está la de formular dictámenes-propuesta en materia de: Sustitución de la pensión de incapacidad permanente total por la indemnización a tanto alzado. Determinación de la incapacidad para el trabajo exigida para ser beneficiario de las prestaciones de invalidez SOVI. Determinación del capital-coste de las pensiones derivadas de contingencias profesionales. Todas son correctas.

¿Quién podrá acordar, dentro de las dotaciones existentes, la constitución de más de un EVI en aquellas Direcciones Provinciales del INSS en las que el número de casos o las características de algún sector así lo aconsejen?. La Dirección General del INSS, a propuesta de la correspondiente Dirección Provincial del mismo. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a propuesta del INSS. La correspondiente Dirección Provincial del INSS.

¿Cuál de los siguientes profesionales no tiene la consideración de vocal nombrado por el Director General del INSS en los EVI?. Médico inspector. Facultativo médico. Experto en seguridad y salud en el trabajo. Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

¿Se puede prescindir del trámite de audiencia en la calificación de la incapacidad permanente?. En ningún caso. Cuando lo estime de manera discrecional el director provincial del INSS a propuesta del EVI. Cuando no figuren en el procedimiento, ni hayan de ser tenidos en cuenta en la resolución, otros hechos, alegaciones o pruebas que los aducidos por el interesado. Sí, salvo en el supuesto de propuesta de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad y salud.

El plazo máximo para resolver los procedimientos de incapacidad permanente es de: 60 días. 95 días. 125 días. 135 días.

En la fase de instrucción del procedimiento de evaluación y calificación de la incapacidad permanente, podrá solicitarse tanto nueva documentación, cuando la aportada fuese insuficiente, como la complementaria que sea necesaria para la resolución del expediente, para cuya aportación se dará un plazo de: 30 días. 20 días. 15 días. 10 días.

La resolución de incremento de las prestaciones económicas por falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo, corresponde: Al EVI. A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Al Director Provincial del INSS.

En relación con la composición de los EVI, indique la respuesta correcta: Serán vocales, nombrados por el Director Provincial del INSS, un médico inspector, un facultativo médico, un Inspector de Trabajo y Seguridad Social y un funcionario titular de un puesto de la unidad encargada del trámite de las prestaciones de incapacidad permanente de la correspondiente Dirección Provincial del INSS. El Presidente será el Director Provincial del INSS o funcionario que designe el Director General del INSS. Serán designados por el Director Provincial del INSS como vocales del EVI: un experto en recuperación y rehabilitación, cuando del expediente se deduzcan razonables opciones de recuperación, y un experto en seguridad y salud en el trabajo, cuando existan indicios de incumplimiento de las medidas de seguridad y salud en el trabajo.

La subsistencia de la suspensión de la relación laboral con reserva del puesto de trabajo sólo procederá cuando en la resolución inicial de reconocimiento de la incapacidad permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez, se haga constar un plazo para poder instar la revisión por previsible mejoría del estado incapacitante del interesado: Igual o inferior a seis meses. Igual o inferior a un año. Igual o inferior a dos años. Igual o inferior a tres años.

La resolución de los directores provinciales del INSS o del ISM en materia de incapacidad permanente y materias conexas es recurrible: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Ante la jurisdicción contencioso-administrativa, previa interposición con carácter general del recurso de alzada. Ante la jurisdicción social. Ante la jurisdicción social, previa interposición con carácter general de reclamación previa.

En el caso de la tramitación de expediente de pensiones en los que sea de aplicación un instrumento internacional de Seguridad Social será competente para el ejercicio de las funciones de declaración y revisión de la incapacidad permanente: La persona titular de la dirección provincial de la provincia en la que, según los sistemas de información de la Seguridad Social, la persona causante acredite las últimas cotizaciones en España. La Dirección Provincial del INSS de la provincia en la que tenga su domicilio el interesado. La persona titular de la dirección provincial de la provincia que se determine en función de los criterios objetivos basados en la especialización que se establezcan por resolución de la Dirección General del INSS publicada en el BOE; si bien, cuando la persona interesada resida en España y el trámite de las pensiones requiera la evaluación de la capacidad laboral, las actuaciones correspondientes a la iniciación del procedimiento, así como los actos necesarios para llevar a cabo dicha evaluación, serán realizados por la dirección provincial de la provincia en la que la persona interesada tenga su domicilio.

En el caso de que el solicitante resida en el extranjero y no sea de aplicación un instrumento internacional de la Seguridad Social, será competente para la resolución de las prestaciones por incapacidad permanente (indique la incorrecta): El Director Provincial de la provincia en la que, según los ficheros informáticos de consulta, el causante acredite las últimas cotizaciones en España. El Director Provincial de la provincia en la que el solicitante alegue las últimas cotizaciones en España, si no constasen datos en los referidos ficheros informáticos. El Director Provincial de Madrid, si no constasen datos de cotizaciones ni en los ficheros informáticos ni en la solicitud.

En el procedimiento de revisión de la incapacidad permanente, con carácter previo a la instrucción del procedimiento, se abrirá un periodo de prueba: Por un plazo de diez días. Por un plazo de quince días. Por un plazo de veinte días. Por un plazo de treinta días.

Indique la alternativa incorrecta: La transformación de la incapacidad permanente total en incapacidad permanente total cualificada es un supuesto de revisión de la incapacidad permanente. Hay revisión de la incapacidad permanente cuando se pasa de incapacidad permanente absoluta o total a gran invalidez. Dentro de los supuestos de revisión de la incapacidad permanente, no cabe legalmente el de revisión por agravación de las lesiones permanentes no incapacitantes. a y c.

No es causa de revisión de la incapacidad permanente: La agravación. La mejoría. El error de pronóstico. El error de diagnóstico.

Si a un trabajador declarado en un grado de incapacidad permanente que le hubiese dado derecho a una cantidad a tanto alzado, se le reconoce, como consecuencia de la revisión, la no existencia de la incapacidad: Tendrá que devolver la cantidad a tanto alzado percibida, con los intereses devengados desde la fecha en que se reconoció la incapacidad. Tendrá que devolver la cantidad a tanto alzado percibida, sin tener que abonar los intereses devengados desde la fecha en que se reconoció la incapacidad. No tendrá que devolver cantidad alguna.

Cuando la revisión de la incapacidad permanente se fundamente en el error en el diagnóstico, podrá llevarse a cabo: En todo caso, a partir de la fecha prevista en la resolución que reconoció el derecho a la incapacidad permanente, al ser esta fecha vinculante para todos los sujetos que puedan promover la revisión. En todo caso, a partir de la fecha prevista en la resolución que reconoció el derecho a la incapacidad permanente, pero antes de que el interesado cumpla la edad legal de jubilación. En cualquier momento. En cualquier momento, en tanto el interesado no haya cumplido la edad legal de jubilación.

Indique la alternativa incorrecta: Las resoluciones denegatorias de las sucesivas solicitudes de revisión deben establecer también plazos de revisión. La agravación supone, en todo caso, el empeoramiento de las lesiones originarias. El error de diagnóstico como causa de revisión es el error producido en la valoración de la incidencia de las secuelas en la capacidad del trabajador, no el error en la valoración médica de las secuelas. b y c.

Fernando, de 54 años, fue declarado afecto de incapacidad permanente total para la profesión habitual el 10/2/2021, fijándose el plazo de revisión por agravación o mejoría a partir del 1/3/2023. El 19/10/2021 solicita revisión de grado por agravación de sus lesiones, alegando que había vuelto a trabajar en su empresa en categoría profesional distinta; categoría que a la fecha de solicitud ya no podía ejercer. ¿Es posible iniciar el procedimiento de revisión de sus lesiones?. No, Fernando debe esperar necesariamente a que se cumpla el plazo fijado en la resolución de declaración de la incapacidad permanente. Sí, porque, en todo caso, las revisiones por agravación se pueden realizar en cualquier momento. Sí, porque, en todo caso, las revisiones por agravación se pueden realizar en cualquier momento, en tanto el interesado no haya cumplido la edad legal de jubilación. Sí, porque, cuando el pensionista de incapacidad permanente está ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o por cuenta propia, el INSS puede, de oficio o a instancia del propio interesado, promover la revisión, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución.

Indique la respuesta correcta respecto a la revisión de la incapacidad permanente: Si existe error en el diagnóstico, la revisión se podrá efectuar en cualquier momento, con independencia de la edad del beneficiario. La revisión de la incapacidad permanente solo podrá promoverse cuando haya transcurrido el plazo señalado en la resolución inicial o en la revisión inicial. Si el pensionista de incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta propia o ajena, el INSS podrá, de oficio o a instancia del interesado, promover la revisión con independencia de que haya transcurrido o no el plazo señalado en la resolución.

En el procedimiento de revisión de la incapacidad permanente están legitimados, además de la Entidad Gestora, los trabajadores y las entidades colaboradoras: Los empresarios a cuyo servicio haya estado o esté el incapacitado permanente. Los empresarios responsables de las prestaciones. Quienes de forma solidaria o subsidiaria sean responsables de las prestaciones. b y c.

De acuerdo con el artículo 200.2 LGSS, indique la contestación correcta: Toda resolución inicial por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, exceptuando las revisiones de grado, hará constar, necesariamente, el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad legal de acceso a la pensión de jubilación ordinaria. Toda resolución, inicial o de revisión, por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, o se confirme el grado reconocido previamente, hará constar, necesariamente, el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad legal de acceso a la pensión de jubilación ordinaria. Toda resolución inicial por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, exceptuando las revisiones de grado, hará constar, necesariamente, el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, aun cuando el incapacitado haya cumplido la edad legal de acceso a la pensión de jubilación ordinaria. Toda resolución, inicial o de revisión, por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, o se confirme el grado reconocido previamente, hará constar, necesariamente, el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, haya cumplido o no el incapacitado la edad legal de acceso a la pensión de jubilación ordinaria.

Señale la alternativa correcta en relación con la revisión por error de diagnóstico: El error de diagnóstico, como causa de revisión, es el error producido en la valoración médica de las secuelas. El error de diagnóstico, como causa de revisión, es el error en la valoración de la incidencia de las secuelas en la capacidad del trabajador. Las revisiones fundadas en error de diagnóstico podrán llevarse a cabo en cualquier momento, en tanto el interesado no haya cumplido la edad legal de acceso a la pensión de jubilación ordinaria. a y c.

Señale la alternativa correcta: Cuando la revisión se produzca por la concurrencia de un accidente o una enfermedad sufridos posteriormente, la prestación que resulte de esa nueva valoración del estado invalidante se considerará debida a la contingencia (común o profesional) desencadenante de la revisión. El reconocimiento del derecho a la pensión por nuevas dolencias no está condicionado a la acreditación, en el momento de la revisión, de los requisitos exigidos para acceder a la nueva pensión de incapacidad permanente por la nueva contingencia que se haya declarado. El reconocimiento de un derecho de superior cuantía como consecuencia de la revisión podrá dar lugar al reparto de responsabilidad entre las distintas gestoras y colaboradoras, de modo que la diferencia entre la anterior y la nueva cuantía estará a cargo de la responsable del riesgo o contingencia determinante de la revisión. Todas son correctas.

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