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Bloque 11. Tema 25.

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Título del Test:
Bloque 11. Tema 25.

Descripción:
Bloque 11. Tema 25.

Fecha de Creación: 2025/12/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 33

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¿Qué objeto tiene esta Ley?. Regular el régimen jurídico y la promoción de la actividad física y del deporte de calidad en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Regular exclusivamente la construcción y gestión de instalaciones deportivas. Establecer únicamente sanciones y medidas disciplinarias en competiciones deportivas. Gestionar el patrocinio y financiación de clubes deportivos profesionales.

¿Qué se entenderá por deporte?. Todo tipo de actividades físicas que, mediante una participación (organizada o de otro tipo), tengan por finalidad la expresión o la mejora de la condición física y psíquica, el desarrollo de las relaciones sociales o el logro de resultados en las competiciones. Solo las actividades físicas realizadas de manera profesional o competitiva. Únicamente las actividades físicas con finalidad de ocio o entretenimiento. Actividades físicas realizadas exclusivamente en instalaciones deportivas oficiales, dejando fuera las prácticas informales o al aire libre.

¿Qué se entiende por actividad física?. Cualquier movimiento corporal producido por los músculos esqueléticos que exija gasto de energía. Solo los ejercicios realizados en instalaciones deportivas o gimnasios. Exclusivamente los movimientos que se realicen con fines competitivos o de rendimiento. Cualquier actividad relacionada con deportes organizados, sin considerar desplazamientos, trabajo físico o movimientos cotidianos que impliquen gasto de energía.

¿Qué queda fuera del ámbito de aplicación de la presente ley?. Los e-sports o juegos electrónicos. Las actividades físicas recreativas al aire libre, como senderismo, ciclismo o natación no competitiva. Los deportes adaptados o actividades físicas para personas con discapacidad. Los entrenamientos profesionales de clubes deportivos.

¿Cuál es el ámbito de aplicación de esta ley y con qué entidades podrán colaborar los poderes públicos y las entidades deportivas?. Todo el territorio de la CAPV. Además, podrán colaborar con los poderes públicos y las entidades deportivas de Navarra e Iparralde. Todo el territorio español. Además, podrán colaborar con los poderes públicos y las entidades deportivas de Portugal, Francia y Gibraltar. Todo el territorio de la CAPV. Como es una normativa europea podrán colaborar con todas las entidades dentro de la Unión Europea.

¿Qué derecho reconoce esta ley?. El derecho de todas las personas a la práctica de la actividad física y del deporte de forma libre y voluntaria. Los poderes públicos tienen la obligación de establecer los medios para que las personas puedan disfrutar de este derecho. El derecho exclusivo a la práctica de deportes de competición, dejando fuera la actividad física recreativa o voluntaria. El derecho de los clubes y entidades deportivas a organizar eventos, sin reconocer el derecho de las personas a practicar actividad física libremente. El derecho a recibir remuneración o subvenciones por la práctica de actividad física, en lugar de garantizar el acceso libre y voluntario a la práctica deportiva.

¿Qué tipo de políticas adoptarán los poderes públicos vascos?. Una política dirigida a la efectividad del derecho a la actividad física y al deporte. Políticas dirigidas únicamente a la promoción de competiciones profesionales. Políticas centradas exclusivamente en la construcción de instalaciones deportivas. Políticas orientadas solo a la regulación administrativa de clubes y federaciones.

¿Qué principios rectores deberán seguir los poderes públicos vascos?. Presencia efectiva en el sistema educativo, en el ámbito laboral y en la familia. Aprobación y ejecución de programas especiales para la extensión de la práctica de la actividad física y del deporte a todos los sectores sociales: entre los más desfavorecidos, discapacitados, mujeres, etc. Su aprovechamiento como instrumento de fomento del uso del euskera; la protección y el fomento de las modalidades deportivas autóctonas y su reconocimiento como patrimonio cultural; y el reconocimiento del deporte como elemento integrante de la cultura y como elemento de cohesión social. Su uso como promotor de la salud mental y psicológica y como instrumento de prevención de adicciones. Su impulso como elemento que ayuda a vertebrar el territorio y como motor de desarrollo económico y social. El interés superior de la infancia y de la adolescencia, así como la promoción y protección de los derechos de la infancia. La promoción del medio natural para la práctica de la actividad física y del deporte, haciéndolo compatible con la protección del medio ambiente y de los animales. La planificación y promoción de una óptima red de instalaciones deportivas y de actividad física. La promoción de los e-sports y juegos virtuales.

¿Quiénes ejercerán las competencias que no se atribuyan a los órganos forales de los TTHH, municipios y demás entidades locales?. Las instituciones comunes de la CCAA. Las Juntas de los TTHH. Las Diputaciones Forales. Los ayuntamientos.

¿Qué competencias les corresponden a las instituciones comunes de la CCAA?. La regulación y gestión del Registro de Entidades Deportivas del País Vasco. La regulación del régimen disciplinario. La ordenación y apoyo al deporte de alto nivel. La aprobación, asistencia, financiación y control de las federaciones deportivas vascas. La regulación de los reconocimientos médicos de aptitud. La regulación del régimen de las licencias deportivas. La regulación de las bases y principios del deporte escolar. La regulación de la prevención, control y represión de la violencia. La regulación de Multikirola.

¿Qué competencias les corresponden a los órganos forales de los territorios históricos?. El desarrollo normativo de la regulación de la CAPV en materia de actividad física y deporte escolar. La aprobación de la política deportiva dirigida a la promoción de la actividad física y del deporte. La asistencia técnica y la ayuda económica a clubes y demás asociaciones deportivas domiciliadas en su territorio, concediendo para ello las subvenciones oportunas. La promoción de Eskola Kirola.

¿Podrán suscribir entre si convenios de colaboración entre los distintos órganos forales de sus TTHH?. Sí, y tendrán naturaleza jurídico-administrativa. No, pues se traduciría en una duplicidad de competencias. Sí, siempre. No, solamente con el resto de CCAA.

¿Qué competencias les corresponden a los municipios?. La ejecución de los programas aprobados por los órganos forales de los territorios históricos en materia de actividad física y de deporte en edad escolar. La construcción, ampliación y mejora de los equipamientos deportivos y de actividad física municipales, así como su gestión y mantenimiento. La ejecución de programas aprobados y financiados por los órganos forales para la promoción de la actividad física y del deporte. La organización de competiciones entre distintos municipios.

¿Qué es el Consejo Vasco de la Actividad Física y del Deporte?. Es el órgano superior de asesoramiento, consulta, seguimiento y debate de las administraciones públicas en asuntos vinculados a la actividad física y el deporte en la CAPV. Es el órgano encargado de la supervisión y sanción de clubes y federaciones deportivas, con poder ejecutivo sobre las competiciones y deportistas. Es una entidad privada de asesoramiento a los clubes y ligas profesionales, sin competencia ni relación con las administraciones públicas. Es un comité exclusivamente centrado en la promoción de eventos deportivos de alto nivel, sin funciones de seguimiento, consulta o debate sobre la actividad física en general.

¿Quienes integran el Consejo Vasco de la Actividad Física y del Deporte?. Representantes de la Administración general de la CAPV, especialmente de representantes de las áreas de deporte, educación y salud. Representantes de las administraciones forales y de las administraciones municipales. Representantes de las federaciones deportivas vascas. Personas de reconocido prestigio en el ámbito de la actividad física y del deporte. El Lehendakari. Los alcaldes de las tres capitales vascas. Deportistas del medallero olímpico vasco.

¿Cómo se establecerá la composición, el sistema de designación, el régimen de funcionamiento y las funciones del Consejo Vasco de la Actividad Física y del Deporte?. Reglamentariamente. Mediante acuerdos internos de los clubes y federaciones deportivas. A través de decisiones unilaterales del Consejo de Administración. Por consenso del Consejo Vasco de la Actividad Física y del Deporte.

¿Qué otros organismos se crearán a partir del Consejo Vasco de la Actividad Física y del Deporte para garantizar la coordinación de las actuaciones de las diferentes administraciones públicas afectadas por la misma materia?. Subcomités y una mesa de coordinación institucional. Comisiones internas de clubes y federaciones deportivas. Grupos de trabajo formados por aficionados y peñas. Un comité ejecutivo exclusivo de deportistas de élite.

¿Quién propone las directrices de política deportiva general para la CAPV?. El Consejo Vasco de la Actividad Física y del Deporte. El Gobierno Vasco, a través del departamento competente en materia de deporte. La Agencia Vasca de Actividad Física. Las federaciones deportivas vascas, en representación de los intereses del deporte organizado y de competición.

¿Cuáles son las funciones del Servicio de la Agencia Vasca de Actividad Física?. Planificar y coordinar las políticas de fomento de la actividad física en el seno de la Administración general de la CAPV. Diseñar el “Plan de Vida Activa y Saludable de la CAPV” para su posterior comunicación al Parlamento. Realizar la coordinación e impulso de los planes públicos de fomento de la actividad física. Impulsar la creación y puesta en funcionamiento de la tarjeta deportiva única para acceder a los servicios deportivos públicos de la CAPV. Impulsar la difusión de los servicios de orientación para la promoción y desarrollo de la vida activa y saludable de toda la ciudadanía y de los colectivos especialmente vulnerables en la CAPV. Representar a la Administración general de la CAPV en aquellos proyectos externos vinculados a la promoción de la actividad física. Establecer los límites de actividad física que deben alcanzar los alumnos en cada etapa evolutiva.

¿Cuál es la principal herramienta del Servicio de la Agencia Vasca de Actividad Física? ¿Para qué sirve?. El plan de vida activa y saludable de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Establece los objetivos básicos de vida activa y saludable y define las prioridades a atender con los recursos existentes. El programa anual de subvenciones deportivas, cuya finalidad es financiar a clubes y federaciones para la organización de competiciones y eventos deportivos. El plan estratégico de infraestructuras deportivas, destinado exclusivamente a la construcción, mejora y mantenimiento de instalaciones deportivas en la Comunidad Autónoma del País Vasco. El registro autonómico de entidades deportivas, que sirve para la inscripción, control administrativo y seguimiento de clubes, asociaciones y federaciones deportivas.

¿Qué debe contener, como mínimo, el plan de vida activa y saludable de la Comunidad Autónoma del País Vasco?. Niveles y necesidades de actividad física y deportiva de la población. Indicadores para evaluar las condiciones de vida activa y el acceso a la actividad física. Políticas y prioridades que atiendan y prioricen a las personas más vulnerables, mayores, mujeres, menores y personas con discapacidad. Directrices sobre la cartera de servicios y sobre los recursos financieros, humanos y materiales necesarios para su desarrollo. Indicadores de evaluación. Gustos y preferencias de deporte de la población vasca. Ratios de deportes practicados por la ciudadanía.

¿Cuál es el objetivo de la Fundación Basque Team Fundazioa?. Promover la preparación, participación y representación de los deportistas, de los técnicos deportivos y de los jueces deportivos del País Vasco en los Juegos Olímpicos y en los Juegos Paralímpicos e impulsar el deporte de alto nivel. Gestionar y financiar exclusivamente el deporte escolar y universitario. Regular y supervisar las federaciones deportivas vascas, ejerciendo funciones administrativas y sancionadoras sobre clubes, técnicos y jueces. Promover la actividad física recreativa y saludable de la población general.

¿Cuál es el fin que persigue la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas?. Que la actividad física alcance al mayor número de personas. Fomentar exclusivamente la práctica deportiva de competición. Impulsar la actividad física únicamente entre la población escolar y juvenil. Promover la actividad física con fines económicos y turísticos.

¿Qué objetivos persigue la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas?. La mejora de la calidad de vida de las personas y la adquisición de hábitos asociados a estilos saludables de vida y la prevención de adicciones. La mejora del bienestar físico y mental, de la autoestima y la autonomía personal. La socialización, integración e inclusión de las personas con algún tipo de discapacidad. El mantenimiento de la capacidad funcional, cognitiva y psicoafectiva de las personas mayores. La reducción del gasto sanitario asociado y farmacéutico asociadas al sedentarismo. La generación de empleo y riqueza económica. La contribución al desarrollo integral de la persona. Constituir una sociedad fornida y físicamente envidiable.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas, ¿qué medidas que adoptarán?. Las medidas tendrán en cuenta el presupuesto, la perspectiva de género y el uso del euskera. Realizar campañas de comunicación, sensibilización y conocimiento de las prácticas y beneficios de la actividad deportiva. Realizar campañas para promover los desplazamientos activos a pie, en bicicleta u otros medios rodados. Organizar actividades periódicas en espacios públicos para la participación de toda la ciudadanía. Fomentar campañas dirigidas a promover e incentivar la práctica de la actividad física de las mujeres. Fomentar competiciones deportivas entre provincias vascas.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas para los grupos de atención especial ¿qué medidas que adoptarán?. Se fomentará la actividad física como factor de integración y cohesión social, poniendo especial atención en la población con discapacidad, infancia, adolescencia, juventud y colectivos sociales más vulnerables o en riesgo de exclusión social y se habilitarán programas dirigidos a estos colectivos. Las federaciones deportivas deberán velar por la especial protección de los deportistas extranjeros menores de edad con vecindad administrativa en el País Vasco para posibilitar su integración. Se animará a la participación en actividades deportivas a personas con discapacidades físicas, dejando de lado los que sufren alguna discapacidad psíquica o intelectual por sus necesidades aún más específicas.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas ¿qué medidas que adoptarán en materia de educación?. Los centros educativos tomarán las medidas adecuadas para que la actividad física del alumnado forme parte de sus hábitos. Los centros aumentarán la carga horaria de la asignatura de Educación Física siguiendo las directrices de la OMS. Promover la actividad física del alumnado limitando el uso de móviles y otros dispositivos durante el horario escolar. Promover el desplazamiento activo favoreciendo la implantación de aparcamientos de bicicletas y otros medios de desplazamiento activo; accesos peatonales con condiciones de seguridad; etc. Promover la derivación del alumnado, profesorado y demás personal a los servicios públicos de orientación de la actividad física. Promover la dotación de servicios necesarios para que el alumnado con discapacidad pueda participar adecuadamente en las actividades físicas y deportivas organizadas por los centros. Promover y construir una cultura de vida activa y saludable. Limitar el acceso a los centros deportivos a peatones y ciclistas, prohibiendo el acceso a los centros deportivos en vehículos de cuatro o dos ruedas.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas ¿qué medidas que adoptarán en materia de transporte, carreteras y seguridad vial?. Aprobar y ejecutar estrategias de transporte intermodal que favorezcan la movilidad activa. Mejorar los servicios de transporte a fin de permitir y fomentar los desplazamientos en bicicleta, etc. Mejorar la seguridad vial y la seguridad de peatones, ciclistas, etc. que utilizan otros medios rodados. Establecer limitaciones a los desplazamientos motorizados. Limitar el acceso a los centros deportivos a peatones y ciclistas, prohibiendo el acceso a los centros deportivos en vehículos de cuatro o dos ruedas.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas ¿qué medidas que adoptarán en materia de urbanismo?. Garantizar que todos los municipios dispongan de parques saludables o espacios de libre acceso, con equipamiento para la realización de ejercicios físicos sencillos orientados a la mejora de la movilidad, de la flexibilidad y de la tonificación muscular. Integrar políticas de planificación urbana que fomenten los desplazamientos activos a pie, en bicicleta, etc. Promocionar y hacer posible la existencia de espacios deportivos abiertos, seguros y adaptados en barrios, pueblos y ciudades para que niños, niñas y adolescentes puedan jugar y practicar actividad física y deporte. Promocionar bidegorris y autobuses cuyo combustible se produce mediante la actividad física de los que lo usen.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas ¿qué medidas que adoptarán en materia de acceso a equipamientos deportivos y de actividad física?. El Gobierno Vasco, junto a los órganos forales, impulsará y coordinará la creación de una tarjeta deportiva única a nivel de la CAPV mediante la adhesión voluntaria de los municipios interesados. Establecerán un sistema de acceso restringido a las instalaciones deportivas, priorizando a deportistas federados y clubes. Delegarán íntegramente la gestión del acceso a los equipamientos deportivos en los municipios. Implantarán ayudas económicas individuales para el uso de instalaciones privadas.

¿Los espacios deportivos de los centros educativos, públicos y privados, se podrán utilizar de forma gratuita fuera del horario lectivo para la práctica de la actividad física y del deporte?. Sí. No.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas ¿qué medidas que adoptarán en materia de servicios sociales?. Promover la actividad física en las personas mayores para conseguir un envejecimiento activo que favorezca su bienestar y calidad de vida. Realización de campañas de sensibilización que faciliten a las personas mayores información para la realización de actividad física. Promover el diseño y ejecución de programas de actividad físico-deportiva intergeneracionales que potencien la mejora de la autoestima, la salud y el bienestar de la población de mayor edad. Fomentar la práctica de actividad física de las personas con discapacidad. Impulsar las medidas adecuadas para favorecer la capacitación específica de las personas encargadas de la preparación física de las personas mayores y de las personas con discapacidad. Gratuidad de acceso a los recintos de práctica deportiva para los grupos vulnerables.

Para alcanzar los objetivos propuestos para la promoción de la actividad física por parte de las administraciones públicas vascas ¿qué medidas que adoptarán en materia de salud?. Creación de servicios de orientación de actividad física para los pacientes que los servicios de atención primaria hayan identificado como personas inactivas o con necesidades especiales. Promoción de la salud a través de la actividad física, divulgando información y recomendaciones acerca de los beneficios y precauciones a tener en cuenta en la práctica de la actividad física y fomentará la práctica mediante programas dirigidos a la prevención y tratamiento de determinadas patologías. Reducción de los gastos sanitarios respecto al tratamiento de enfermedades crónicas.

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