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BLOQUE 12 MERCANTIL

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Título del Test:
BLOQUE 12 MERCANTIL

Descripción:
EMPRESARIO INDIVIDUAL, EMPRENDEDOR RESPONSABILIDAD LIMITADA, REGISTRO MERCANTIL

Fecha de Creación: 2025/12/12

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 40

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Según el artículo 1 del Código de Comercio, será considerado comerciante: Cualquier persona que realice actos de comercio, aunque no lo haga habitualmente. Solo quien esté inscrito en el Registro Mercantil. Quien tenga capacidad legal y se dedique habitualmente al comercio. Toda persona jurídica con personalidad propia.

Conforme al artículo 2 CCom, los actos de comercio se regirán en primer lugar por: El Derecho común. Los usos del comercio. Las disposiciones del Código de Comercio. La normativa fiscal.

Según el artículo 3 CCom, existe presunción legal del ejercicio habitual del comercio cuando: La persona se inscribe en el Registro Mercantil. La persona anuncia un establecimiento con objeto mercantil. La persona realiza un solo acto de comercio. Lo declara ante notario.

Según el artículo 4 CCom, tienen capacidad para el ejercicio habitual del comercio: Los mayores de 16 años emancipados. Los mayores de edad con libre disposición de bienes. Cualquier español mayor de edad. Solo los mayores de edad inscritos en el Registro Mercantil.

Según el artículo 5 CCom, si el guardador de un menor no puede comerciar debe: Suspender la actividad mercantil. Solicitar autorización judicial. Nombrar uno o más factores con capacidad legal. Inscribir al menor en el Registro.

Según el artículo 13 CCom, no podrán ejercer el comercio: Los extranjeros que no residan en España. Quienes estén inhabilitados por sentencia firme conforme a la Ley Concursal. Los menores emancipados. Los que hayan sido sancionados administrativamente.

Según el artículo 14 CCom, están prohibidos de ejercer el comercio dentro de su territorio: Los magistrados y jueces en servicio activo. Los alcaldes. Los funcionarios interinos. Los funcionarios del Ministerio de Justicia.

Según el artículo 14 CCom, ¿quién sí puede comerciar?. Agentes de cambio y bolsa. Recaudadores del Estado por nombramiento gubernativo. Jueces municipales. Jefes gubernativos provinciales.

Según el artículo 15 CCom, los extranjeros pueden comerciar en España: Solo si constituyen una sociedad española. Solo si renuncian a su legislación nacional. Según las leyes de su país en cuanto a capacidad, y el Código de Comercio en lo demás. Exclusivamente mediante sucursales.

El Registro Mercantil debe inscribir obligatoriamente, según el art. 16 CCom: Los empresarios individuales (sin excepción). Las sociedades mercantiles. Solo las sociedades anónimas. Los administradores de fincas.

Según el artículo 17 CCom, el Registro Mercantil Central tiene carácter: Constitutivo. Informativo. Ejecutivo. Contable.

Según el artículo 18 CCom, la regla general para inscribir actos en el Registro es que se exige: Documento privado. Documento público. Resolución judicial. Escritura notarial registrada.

El plazo máximo para inscribir un documento según el artículo 18 CCom es: 10 días desde la firma del documento. 15 días desde el asiento de presentación. 30 días desde la firma. 3 días hábiles desde la calificación.

Si el registrador inscribe fuera de plazo (art. 18 CCom): No tiene consecuencias. Debe repetir el asiento. Los aranceles se reducen un 30%. Se anula la inscripción.

Según el artículo 19 CCom, para el empresario individual la inscripción es: Obligatoria siempre. Potestativa, salvo el naviero. Obligatoria si supera cierto volumen de operaciones. Obligatoria solo si tiene empleados.

Según el artículo 20 CCom, los asientos del Registro: No tienen presunción de validez. Son modificables sin resolución judicial. Se presumen exactos y válidos mientras no se declare su nulidad. Solo vinculan a los socios.

Según el artículo 21 CCom, los actos sujetos a inscripción son oponibles a terceros: Desde que se presentan al registro. Desde su inscripción. Desde su publicación en el BORME. Desde que se notifica a la sociedad.

Si hay discordancia entre publicación e inscripción (art. 21 CCom): Prima siempre la inscripción. Prima la publicación si favorece al tercero de buena fe. El acto es nulo. Se debe rectificar de oficio antes de producir efectos.

Según el artículo 23 CCom, el único medio de acreditar fehacientemente el contenido del Registro es: La nota simple. La certificación del registrador. La copia electrónica simple. La consulta telemática.

Según el artículo 24 CCom, la documentación de las sociedades debe incluir: Solo la denominación social. Domicilio y datos registrales, forma jurídica y, si procede, la situación de liquidación. Únicamente el NIF y domicilio. El capital social desembolsado únicamente.

Según el artículo 8 LAEI, la vivienda habitual puede beneficiarse de la limitación de responsabilidad cuando: Su valor no supere los 300.000 €, salvo que el emprendedor lo declare expresamente. Su valor no supere los 300.000 €, salvo que esté situada en población de más de 1.000.000 de habitantes, donde el límite se multiplica por 1,5. Su valor no supere 450.000 € en cualquier municipio. Su valor no supere los 300.000 € únicamente si está hipotecada.

Según el artículo 9 LAEI, la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) se adquiere: Con la mera declaración ante notario y su publicación en un diario oficial. Al inscribir la vivienda habitual como no afecta en el Registro de la Propiedad. Con la constancia en la hoja abierta al emprendedor en el Registro Mercantil mediante acta notarial o instancia electrónica. Automáticamente al iniciar la actividad empresarial.

Según el artículo 10 LAEI, el Registrador de la Propiedad denegará la anotación preventiva de embargo sobre un bien no sujeto cuando: El embargo derive de deudas empresariales posteriores a la inscripción de limitación de responsabilidad. El embargo derive de cualquier tipo de deuda sin excepción. El mandamiento no especifique si la deuda es empresarial o no. El embargo garantice obligaciones tributarias.

Según el artículo 11 LAEI, el incumplimiento de depositar las cuentas anuales durante más de siete meses implica que el ERL: Pierde definitivamente la limitación de responsabilidad. Pierde el beneficio solo respecto de deudas anteriores al cierre del ejercicio. Pierde el beneficio respecto de las deudas contraídas tras ese plazo, recuperándolo cuando presente las cuentas. Debe reinscribirse como ERL para recuperar la limitación.

Según el artículo 8 LAEI, ¿en cuál de los siguientes casos NO puede beneficiarse el emprendedor de la limitación de responsabilidad?. Cuando actúe con negligencia grave en sus obligaciones con terceros y exista sentencia firme que lo declare. Cuando no haya inscrito los bienes no afectos en el Registro Mercantil. Cuando no haya identificado los bienes de equipo productivo en el Registro de Bienes Muebles. Cuando el valor de la vivienda habitual supere el límite legal.

Según el artículo 1 RRM, la organización del Registro Mercantil depende de: El Ministerio de Economía y Competitividad. El Ministerio de Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.

De acuerdo con el artículo 2 RRM, ¿cuál de las siguientes funciones corresponde al Registro Mercantil Central?. La calificación de la legalidad de los títulos. La centralización y publicación de la información registral. La legalización de los libros contables. El depósito de cuentas de las sociedades.

Según el artículo 3 RRM, el Registro Mercantil se lleva por el sistema de: Folio real. Libro diario. Hoja personal. Folio independiente y correlativo.

Conforme al artículo 4 RRM, la falta de inscripción: Puede ser invocada por cualquiera. Puede ser invocada sólo por terceros de buena fe. No puede ser invocada por quien esté obligado a procurarla. Impide la validez de los actos inscritos.

Según el artículo 5 RRM, la regla general para practicar inscripciones es que se requiera: Documento privado. Documento administrativo. Documento público. Documento electrónico sin firma.

De acuerdo con el artículo 6 RRM, la calificación registral comprende: Solo la validez del contenido del documento. Solo la forma extrínseca del documento. La forma extrínseca, la capacidad/legitimación y la validez del contenido. Únicamente la capacidad de los otorgantes.

Según el artículo 7 RRM, ¿qué se presume respecto del contenido del Registro?. Se presume válido pero no exacto. Se presume exacto y válido. Se presume oponible sin necesidad de publicidad. Se presume revocable en cualquier momento.

De acuerdo con el artículo 8 RRM, la declaración de inexactitud de los asientos: Perjudica siempre a terceros. Solo perjudica a quienes hayan actuado con negligencia. No perjudica a terceros de buena fe. Solo afecta a derechos futuros.

Según el artículo 9.1 RRM, los actos sujetos a inscripción son oponibles a terceros de buena fe: Desde su fecha de otorgamiento. Desde su inscripción. Desde su publicación en el BORME. Desde su presentación en el Registro.

Conforme al artículo 10.1 RRM, inscrito un título en el Registro Mercantil: Puede inscribirse otro incompatible si es de fecha anterior. No puede inscribirse ningún otro opuesto o incompatible. Puede inscribirse solo si se acompaña mandamiento judicial. Puede inscribirse si ambos son de la misma fecha.

Según el artículo 11 RRM, para inscribir un acto otorgado por un administrador es necesaria: La previa inscripción del poder notarial. La previa inscripción del administrador. Únicamente acreditar la representación. La presentación simultánea de todos los títulos.

Conforme al artículo 12 RRM, la publicidad formal del Registro se realiza: Solo mediante certificación. Solo mediante nota simple. Mediante certificación o nota informativa. Solo mediante medios electrónicos.

Según el artículo 23 RRM, los libros del Registro que deben llevarse incluyen: Únicamente los libros de inscripciones y depósito de cuentas. Diario contable y libro inventario. Libro de inscripciones, legalizaciones, depósito de cuentas, nombramientos e índices. Todos aquellos que determine libremente el Registrador.

Según el artículo 33 RRM, entre las clases de asientos se incluyen: Solo inscripciones y cancelaciones. Asientos de presentación, inscripciones, anotaciones preventivas, cancelaciones y notas marginales. Únicamente las anotaciones preventivas y las notas marginales. Inscripciones y certificaciones.

Según el artículo 81 RRM, NO es sujeto de inscripción obligatoria en el Registro Mercantil: Las sociedades de garantía recíproca. Los fondos de inversión. El empresario individual comerciante común. Las sucursales de sociedades extranjeras.

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