c legis
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1 Es una Ley de orden público y de observancia general en toda la República, y tiene por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación. Ley General de Responsabilidades Administrativas. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Nacional del Registro de Detenciones. Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. 2 Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los Servidores Públicos, es objeto de esta Ley. Ley General de Responsabilidades Administrativas. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Nacional del Registro de Detenciones. Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. 3 Establecer las Faltas administrativas graves y no graves de los Servidores Públicos, las sanciones aplicables a las mismas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto, es objeto de esta Ley: Ley General de Responsabilidades Administrativas. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Nacional del Registro de Detenciones. Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. 4 Establecer las sanciones por la comisión de Faltas de particulares, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto, es objeto de esta Ley: Ley General de Responsabilidades Administrativas. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Nacional del Registro de Detenciones. Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. 5 Determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas, es objeto de esta Ley: Ley General de Responsabilidades Administrativas. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Nacional del Registro de Detenciones. Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. 6 Crear las bases para que todo Ente público establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público, es objeto de esta Ley: Ley General de Responsabilidades Administrativas. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Nacional del Registro de Detenciones. Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. 7 Es la Auditoría Superior de la Federación: Auditoria Superior. Autoridad investigadora. Autoridad substanciadora. Autoridad resolutora. 8 Es la autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior de la Federación y las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado, encargada de la investigación de Faltas administrativas. Auditoria Superior. Autoridad investigadora. Autoridad substanciadora. Autoridad resolutora. 9 Es la autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior y sus homólogas en las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado que, en el ámbito de su competencia, dirigen y conducen el procedimiento de responsabilidades administrativas desde la admisión del Informe de presunta responsabilidad administrativa y hasta la conclusión de la audiencia inicial. Su función, en ningún caso podrá ser ejercida por una Autoridad investigadora. Auditoria Superior. Autoridad investigadora. Autoridad substanciadora. Autoridad resolutora. 10 Tratándose de Faltas administrativas no graves lo será la unidad de responsabilidades administrativas o el servidor público asignado en los Órganos internos de control. Para las Faltas administrativas graves, así como para las Faltas de particulares, lo será el Tribunal competente. Auditoria Superior. Autoridad investigadora. Autoridad substanciadora. Autoridad resolutora. 11 Tratándose de faltas administrativas no graves, lo será: La unidad de responsabilidades administrativas o el servidor público asignado en los Órganos internos de control. Autoridad investigadora. Autoridad substanciadora. El Tribunal competente. 12 Para las faltas administrativas graves, así como para Faltas de particulares, lo será: La unidad de responsabilidades administrativas o el servidor público asignado en los Órganos internos de control. Autoridad investigadora. Autoridad substanciadora. El Tribunal competente. 13 Instancia a la que hace referencia el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, encargada de la coordinación y eficacia del Sistema Nacional Anticorrupción: Comité Coordinador. Autoridad investigadora. Autoridad substanciadora. Ente público. 14 La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios: Conflicto de Interés. Intereses particulares. Conflicto público. Corrupción. 15 Es el Servidor Público obligado a presentar declaración de situación patrimonial, de intereses y fiscal. Declarante. Declarante fiscal. Persona física. Persona Moral. 16 La persona física o moral, o el Servidor Público que acude ante las Autoridades investigadoras a que se refiere la Ley de Responsabilidades Administrativas, con el fin de denunciar actos u omisiones que pudieran constituir o vincularse con Faltas administrativas, en términos de los artículos 91 y 93 establecidos en la mencionada Ley. Denunciante. Declarante. Imputado. Víctima. 17 Los Poderes Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y sus homólogos de las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México y sus dependencias y entidades, las fiscalías o procuradurías locales, los órganos jurisdiccionales que no formen parte de los poderes judiciales, las Empresas productivas del Estado, así como cualquier otro ente sobre el que tenga control cualquiera de los poderes y órganos públicos citados de los tres órdenes de gobierno. Ente público. Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas. Entidades. Autoridad Superior. 18 Los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos que tengan el carácter de entidad paraestatal a que se refieren los artículos 3, 45, 46 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y sus correlativas en las entidades federativas y municipios: Ente público. Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas. Entidades. Autoridad Superior. 19 Los órganos a los que hacen referencian el sexto párrafo de la fracción segunda del artículo 116 y el sexto párrafo de la fracción II del Apartado A del artículo 122, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ente público. Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas. Entidades. Autoridad Superior. 20 Es el expediente derivado de la investigación que las Autoridades Investigadoras realizan en sede administrativa, al tener conocimiento de un acto u omisión posiblemente constitutivo de Faltas administrativas. Expediente de presunta responsabilidad administrativa. Faltas administrativas. Informe de presunta responsabilidad administrativa. Expediente de presunta responsabilidad judicial. 21 Las Faltas administrativas graves, las Faltas administrativas no graves; así como las Faltas de particulares, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Faltas administrativas. Delitos administrativos. Delitos de orden público. Faltas de orden público. 22 Las faltas administrativas de los Servidores Públicos en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, cuya sanción corresponde a las Secretarías y a los Órganos internos de control. Falta administrativa no grave. Falta administrativa grave. Faltas de particulares. Faltas administrativas. 23 Las faltas administrativas de los Servidores Públicos cuya sanción corresponde al Tribunal Federal de Justicia Administrativa y sus homólogos en las entidades federativas. Falta administrativa no grave. Falta administrativa grave. Faltas de particulares. Faltas administrativas. 24 Los actos de personas físicas o morales privadas que estén vinculados con faltas administrativas graves a que se refieren los Capítulos III y IV del Título Tercero de La Ley General de Responsabilidades Administrativas cuya sanción corresponde al Tribunal en los términos de la misma. Falta administrativa no grave. Falta administrativa grave. Faltas de particulares. Faltas administrativas. 25 Es el instrumento en el que las autoridades investigadoras describen los hechos relacionados con alguna de las faltas señaladas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, exponiendo de forma documentada con las pruebas y fundamentos, los motivos y presunta responsabilidad del Servidor Público o de un particular en la comisión de Faltas administrativas. Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa. Descripción de Presunta Responsabilidad Administrativa. Análisis de Presunta Responsabilidad Administrativa. 26 Es el Titular o integrante de la sección competente en materia de responsabilidades administrativas, de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa o de las salas especializadas que, en su caso, se establezcan en dicha materia, así como sus homólogos en las entidades federativas. Magistrado. Tribunal. Juez. Ministerio Público. 27 Organismos a los que la Constitución otorga expresamente autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propio, incluídos aquellos creados con tal carácter en las constituciones de las entidades federativas. Órganos constitucionales autónomos. Órganos internos de control. Magistrado. Tribunal. 28 Son las unidades administrativas a cargo de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno en los entes públicos, así como aquellas otras instancias de los Órganos constitucionales autónomos que, conforme a sus respectivas leyes, sean competentes para aplicar las leyes en materia de responsabilidades de Servidores Públicos. Órganos constitucionales autónomos. Órganos internos de control. Entidades. Tribunal. 29 La plataforma a que se refiere la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, que constará con los sistemas que establece la referida ley, así como los contenidos previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Plataforma digital nacional. Sistema Nacional Anticorrupción. Plataforma nacional digitalizada. Sistema Nacional Secretarial. 30 La Secretaría de la Función Pública en el Poder Ejecutivo Federal. Secretaría. Secretarías. Tribunal. Auditoría Superior. 31 La Secretaría de la Función Pública en el Poder Ejecutivo Federal y sus homólogos en las entidades federativas. Secretaría. Secretarías. Tribunal. Auditoría Superior. 32 Las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito federal y local, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Servidores Públicos. Entes públicos. Entidades. Personas físicas o morales. 33 Es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de Gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos. Sistema Nacional Anticorrupción. Tribunal. Sistema de Anticorrupción. Autoridad Superior. 34 Es la Sección competente en materia de responsabilidades administrativas, de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa o las salas especializadas que, en su caso, se establezcan en dicha materia, así como sus homólogos en las entidades federativas. Tribunal. Sistema Nacional Anticorrupción. Magistrado. Autoridad Superior. 35 Están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada servidor público. Todos los entes públicos. Tribunal. Órganos internos de control. Los Servidores Públicos. 36 Observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Todos los entes públicos. Tribunal. Órganos internos de control. Los Servidores Públicos. 37 Para la efectiva aplicación de su empleo, cargo o comisión, y los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, los Servidores Públicos: Actuarán conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones. Se conducirán con rectitud utilizando su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización. Satisfarán el interés superior de las necesidades particulares por encima de intereses colectivos, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. Darán a las personas en general el mismo trato, por lo que concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva. 38 Para la efectiva aplicación de su empleo, cargo o comisión, y los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, los Servidores Públicos: Actuarán conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que no deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones. Se conducirán con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización. Satisfarán el interés superior de las necesidades particulares por encima de intereses colectivos, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. Darán a las personas en general el mismo trato, por lo que concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva. 39 Para la efectiva aplicación de su empleo, cargo o comisión, y los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, los Servidores Públicos: Actuarán conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que no deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones. Se conducirán con rectitud utilizando su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización. Satisfarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. Darán a las personas en general el mismo trato, por lo que concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva. 40 Para la efectiva aplicación de su empleo, cargo o comisión, y los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, los Servidores Públicos: Actuarán conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que no deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones. Se conducirán con rectitud utilizando su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización. Satisfarán el interés superior de las necesidades particulares por encima de intereses colectivos, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. Darán a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, sin permitir que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva. 41 Para la efectiva aplicación de su empleo, cargo o comisión, y los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, los Servidores Públicos: Actuarán conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades. Administrarán los recursos públicos y privados que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Ejercerán el promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Corresponderán a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación discreta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades particulares por encima de intereses colectivos. 42 Para la efectiva aplicación de su empleo, cargo o comisión, y los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, los Servidores Públicos: Actuarán conforme a una cultura de servicio orientada al logro de ganancias, procurando en todo momento un desempeño limitado de sus funciones a fin de alcanzar las metas personales según sus responsabilidades. Administrarán los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Ejercerán el promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Corresponderán a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación discreta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades particulares por encima de intereses colectivos. 43 Para la efectiva aplicación de su empleo, cargo o comisión, y los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, los Servidores Públicos: Evitarán y darán cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones. Buscarán asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón de intereses personales o familiares, hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad. Se separarán ilegalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera indirecta el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público y que constituyan conflicto de intereses, de acuerdo con lo establecido en la Ley, en forma previa a la asunción de cualquier empleo, cargo o comisión. Se abstendrán de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hasta el segundo grado o por afinidad hasta el cuarto grado. 44 La separación de activos o intereses económicos de los servidores públicos al desempeñar su empleo, cargo o comisión, deberá comprobarse mediante la exhibición de los ___________________, mismos que deberán incluir una cláusula que garantice la vigencia de la separación durante el tiempo de ejercicio del cargo y hasta por ___________ posterior a haberse retirado del empleo, cargo o comisión. Instrumentos legales conducentes - un año. Documentos reconocidos correspondientes - 6 meses. Instrumentos legales conducentes - 6 meses. Documentos reconocidos correspondientes - un año. 45 En el ámbito de su competencia, serán autoridades facultadas para aplicar la Ley General de Responsabilidades Admnistrativas: Las Secretarias, Los Órganos internos de control, La Auditoría Superior de la Federación y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas y los Tribunales. El poder Judicial y Legislativo. SEDENA y SEMAR. Unidades Privadas. 46 Tratándose de las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos de los poderes judiciales, serán competentes para investigar e imponer las sanciones que correspondan. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal. La Fiscalía General de la República. Los Tribunales. Órganos Internos de Control. 47 Las unidades de responsabilidades de las empresas productivas del Estado, de conformidad con las leyes que las regulan. Para tal efecto, contarán exclusivamente con las siguientes atribuciones: Las relacionadas con la Plataforma Digital Nacional. Las necesarias para imponer sanciones por Faltas administrativas graves. Las que esta Ley prevé para las autoridades investigadoras y resolutoras. Las necesarias para imponer sanciones por Faltas administrativas graves y no graves. 48 Las unidades de responsabilidades de las empresas productivas del Estado, de conformidad con las leyes que las regulan. Para tal efecto, contarán exclusivamente con las siguientes atribuciones: Las necesarias para imponer sanciones por Faltas administrativas no graves. Las relacionadas con el Plan Digital Nacional. Las que esta Ley prevé para las autoridades investigadoras y resolutoras. Las necesarias para imponer sanciones por Faltas administrativas graves y no graves. 49 Las unidades de responsabilidades de las empresas productivas del Estado, de conformidad con las leyes que las regulan. Para tal efecto, contarán exclusivamente con las siguientes atribuciones: Las que esta Ley prevé para las autoridades investigadoras y substanciadoras. Las relacionadas con el Plan Digital Nacional. Las que esta Ley prevé para las autoridades investigadoras y resolutoras. Las necesarias para imponer sanciones por Faltas administrativas graves y no graves. 50 Cometerá desacato el servidor público que, tratándose de requerimientos o resoluciones de autoridades fiscalizadoras, de control interno, judiciales, electorales o en materia de defensa de los derechos humanos o cualquier otra competente que: Proporcione información falsa. Proporcione informacion inconclusa. No se presente ante la auditoria. Sea detenido. 51 Para el caso de Faltas administrativas no graves, las facultades de las Secretarías o de los Órganos internos de control para imponer las sanciones prescribirán en: Tres años. Dos años. Siete años. Seis meses. 52 Cuando se trate de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, el plazo de prescripción será de: Tres años. Dos años. Siete años. Seis meses. 53 En ningún caso, en los procedimientos de responsabilidades administrativas podrá dejar de actuarse por mas de ________ sin causa justificada. Tres años. Dos años. Siete años. Seis meses. |