Cab. 2.1.
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Título del Test:![]() Cab. 2.1. Descripción: Preguntas varias |




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En todo caso, en los términos de la presente ley y de la legislación reguladora de los distintos sectores de actuación pública, se atribuirán a los cabildos insulares competencias en las materias siguientes: Demarcaciones territoriales, alteración de términos y denominación oficial de los municipios. Ordenación del territorio y urbanismo. Transporte por carretera, por cable y ferrocarril. Carreteras, salvo las que se declaren de interés autonómico. Carreteras, incluidas las de interés autonómico. Transporte por carretera, por barco y avión. Ordenación de la actividad administrativa y urbanismo. Demarcaciones territoriales, alteración de municipios y denominación oficial de los términos. En todo caso, en los términos de la presente ley y de la legislación reguladora de los distintos sectores de actuación pública, se atribuirán a los cabildos insulares competencias en las materias siguientes: Gestión de puertos de refugio y deportivos, salvo que se declaren de interés autonómico. Turismo. Ferias y mercados insulares. Defensa del consumidor. Gestión de puertos de refugio y deportivos, incluidos los que se declaren de interés autonómico. Hostelería. Ferias y mercados municipales. Defensa del empresario. En todo caso, en los términos de la presente ley y de la legislación reguladora de los distintos sectores de actuación pública, se atribuirán a los cabildos insulares competencias en las materias siguientes: Asistencia social y servicios sociales. Las funciones propias de la Agencia de Extensión Agraria. Infraestructura rural de carácter insular. Granjas experimentales. Campañas de saneamiento zoosanitario. Servicios forestales, vías pecuarias y pastos. Trabajo social y servicios sociales. Las funciones propias de la Agencia de Inmersión Agraria. Infraestructura rural de carácter insular. Granjas experimentales. Campañas de saneamiento sanitario. Servicios ferroviales, vías pecuarias y pastos. En todo caso, en los términos de la presente ley y de la legislación reguladora de los distintos sectores de actuación pública, se atribuirán a los cabildos insulares competencias en las materias siguientes: Protección del medio ambiente y espacios naturales protegidos. Acuicultura y cultivos marinos. Artesanía. Cultura, deportes, ocio y esparcimiento. Patrimonio histórico-artístico insular. Museos, bibliotecas y archivos que no se reserve la Comunidad Autónoma. Protección dela meteorología y espacios naturales protegidos. Apicultura y cultivos marinos. Construcción. Cultura, deportes, ocio y esparcimiento. Patrimonio histórico-artístico insular. Museos, bibliotecas y archivos que no se reserve el Estado. En todo caso, en los términos de la presente ley y de la legislación reguladora de los distintos sectores de actuación pública, se atribuirán a los cabildos insulares competencias en las materias siguientes: Caza. Espectáculos. Actividades clasificadas. Igualdad de género. Aguas. Pesca. Conciertos. Actividades económicas. No discriminación. Ríos. Los cabildos insulares ajustarán su organización: a las normas que se contienen en el Estatuto de Autonomía de Canarias y en esta ley, en el marco de lo previsto en la legislación básica de régimen jurídico de las administraciones públicas, así como a lo que se establezca en sus reglamentos de organización respectivos. a las normas que se contienen en el Estatuto de Autonomía de Canarias y en esta ley, en el marco de lo previsto en la legislación básica de bases de régimen local, así como a lo que se establezca en sus reglamentos de organización respectivos. a las normas que se contienen en la Constitución y en esta ley, en el marco de lo previsto en la legislación básica de bases del régimen local, así como a lo que se establezca en sus reglamentos de organización respectivos. a las normas que se contienen en la Constitución y en esta ley, en el marco de lo previsto en la legislación básica de régimen jurídico de las administraciones públicas, así como a lo que se establezca en sus reglamentos de organización respectivos. La organización de los cabildos insulares se estructura en: órganos de gobierno y administrativos. órganos superiores y directivos. órganos de gobierno y directivos. órganos de superiores y administrativos. Son órganos de gobierno necesarios de los cabildos insulares: El pleno, el presidente, el o los vicepresidentes y el consejo de gobierno insular. El pleno, el presidente, el o los vicepresidentes, el consejo de gobierno insular y la junta de portavoces. El pleno, el presidente, y el o los vicepresidentes. El presidente, el o los vicepresidentes y el consejo de gobierno insular. El Pleno del cabildo insular: a. El pleno, integrado por todos los consejeros insulares electos, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno insular y de control y fiscalización de los órganos del cabildo insular. b. El órgano de dirección del pleno es su presidente, que en el desarrollo de sus funciones cuenta con la asistencia del consejo de gobierno insular, sin perjuicio de las funciones que la legislación de régimen local atribuya a otros órganos. c. El pleno dispondrá de las comisiones que se determinen, en cuya composición se integrarán los miembros que designen las ideologías políticas, en proporción al número de consejeros insulares que tengan en el pleno. d. La organización del pleno se regirá por lo establecido en el decreto que apruebe con sujeción a lo previsto en esta ley. El pleno se organiza en las comisiones que determine: el reglamento orgánico, pudiendo ser permanentes o especiales. el reglamento orgánico, pudiendo ser ordinarias o extraordinarias. el reglamento orgánico, pudiendo ser ordinarias o especiales. el reglamento orgánico, pudiendo ser permanentes o temporales. ¿Quién determinará el número, denominación y ámbito de actuación de las comisiones permanentes y la creación de comisiones especiales?. El pleno del cabildo insular, a propuesta del presidente del cabildo insular. El presidente del cabildo insular, a propuesta del pleno del cabildo insular. El pleno del cabildo insular, a propuesta del consejo de gobierno insular. El presidente del cabildo insular, a propuesta del consejo de gobierno insular. La existencia de la comisión especial de cuentas: Es potestativa. Es preceptiva. No es obligatoria. Es innecesaria. ¿Por quién están formadas las comisiones del pleno del cabildo insular?. por consejeros insulares de todos los grupos políticos, en proporción al número de miembros que tengan en el pleno. por portavoces de todos los grupos políticos, en proporción al número de miembros que tengan en el consejo de gobierno insular. por consejeros insulares de todos los grupos políticos, en proporción al número de miembros que tengan en el consejo de gobierno insular. por portavoces de todos los grupos políticos, en proporción al número de miembros que tengan en el pleno. ¿A quién corresponde la presidencia de las comisiones del pleno? ¿Puede ser delegada?, ¿A quién corresponde la secretaría de las comisiones del pleno?. al presidente del cabildo insular - SI podrá delegarla en otros miembros de la corporación - a la secretaría del pleno. al presidente del consejo de gobierno insular - SI podrá delegarla en otros miembros de la corporación - a la secretaría del pleno. al presidente del cabildo insular - NO - a la secretaría del pleno. al presidente del consejo de gobierno insular - NO - a la secretaría del pleno. La Junta de portavoces: a. es un órgano preceptivo. b. está integrada por la presidencia del pleno y por los portavoces de los ideales políticos constituidos en el cabildo. c. la presidencia de la junta de portavoces no es delegable por parte de la presidencia del pleno. d. La constitución, funcionamiento y atribuciones de la junta de portavoces se regirá por las normas de carácter orgánico aprobadas por el pleno del cabildo insular. El presidente del cabildo insular cesa por. la aprobación de una moción de censura. pérdida de la cuestión de confianza. dimisión. renuncia aceptada por el pleno. incapacitación o inhabilitación para cargo público declarada por sentencia judicial firme. fallecimiento. remoción. enfermedad grave. Los vicepresidentes son nombrados y separados libremente por. el presidente del cabildo insular de entre los consejeros insulares que formen parte del consejo de gobierno insular, dando cuenta al pleno de la corporación. el presidente del cabildo insular de entre los consejeros insulares que formen parte del pleno, dando cuenta al pleno de la corporación. el pleno de la corporación de entre los consejeros insulares que formen parte del pleno, dando cuenta al presidente del cabildo insular. el pleno de la corporación de entre los consejeros insulares que formen parte del consejo de gobierno insular, dando cuenta al presidente del cabildo insular. El Consejo de gobierno insular: a. es el órgano de gobierno que colabora de forma colegiada en la función de dirección política que corresponde al presidente del cabildo insular, mediante el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas que tiene atribuidas. b. está integrado por el presidente del cabildo insular y los consejeros insulares electos, nombrados y separados libremente por el pleno del cabildo insular. c. El reglamento orgánico del cabildo insular podrá prever la designación como miembros del consejo de gobierno insular de personas que carezcan de la condición de consejeros insulares electos, hasta el límite no superior a un quinto de los integrantes del mismo. Los miembros del consejo de gobierno insular. están sujetos al régimen de incompatibilidades establecido en la legislación básica de régimen local. están sujetos al régimen de incompatibilidades establecido en la legislación de incompatibilidades de los miembros del Gobierno. están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Comunidad Autónoma de Canarias. podrán compatibilizar su cargo con la condición de senador. podrán compatibilizar su cargo con la condición de diputado. están sujetos al régimen de incompatibilidades establecido en la Constitución. La organización administrativa de los cabildos insulares se estructurará: en órganos superiores y directivos. en órganos de gobierno y administrativos. en órganos de gobierno y directivos. en órganos superiores y administrativos. Son órganos directivos de la administración de los cabildos insulares: (señala la FALSA). el presidente del cabildo insular y los consejeros insulares titulares de áreas o departamentos insulares. los que se establezcan con tal carácter en sus reglamentos orgánicos en desarrollo de lo establecido en esta ley y en el marco de la legislación básica de régimen jurídico de las administraciones públicas. los órganos de dirección de los organismos autónomos. los órganos de dirección de las entidades públicas empresariales insulares. Son órganos superiores de la administración de los cabildos insulares: el presidente del cabildo insular y los consejeros insulares titulares de áreas o departamentos insulares. los que se establezcan con tal carácter en sus reglamentos orgánicos en desarrollo de lo establecido en esta ley y en el marco de la legislación básica de régimen jurídico de las administraciones públicas. los órganos de dirección de los organismos autónomos. los órganos de dirección de las entidades públicas empresariales insulares. Los órganos superiores y directivos de la administración de los cabildos insulares están sujetos al control. del pleno. del presidente del Cabildo. del Consejo de gobierno insular. Sin perjuicio del superior control y fiscalización del pleno,¿A quién corresponde el seguimiento de la gestión del presidente del cabildo insular, del consejo de gobierno insular y de los órganos superiores y directivos de la administración insular?. a las comisiones del pleno. a las comisiones permanentes. a las comisiones disciplinarias. al pleno. Le corresponde a las comisiones del pleno el seguimiento de la gestión de: el presidente del cabildo insular, del consejo de gobierno insular y de los órganos superiores y directivos de la administración insular. el consejo de gobierno insular y de los órganos superiores y directivos de la administración insular. el presidente del cabildo insular, del consejo de gobierno insular y de los órganos superiores de la administración insular. ¿Como podrán los cabildos crear órganos complementarios?. a través de sus reglamentos de organización, con sujeción a lo establecido en la legislación de régimen jurídico de las administraciones públicas y en la ley de cabildos. a través de sus normas orgánicas, con sujeción a lo establecido en la legislación de régimen jurídico de las administraciones públicas y en la ley de cabildos. a través de sus normas orgánicas, con sujeción a lo establecido en la legislación de bases de régimen local y en la ley de cabildos. a través de sus reglamentos de organización, con sujeción a lo establecido en la legislación de bases de régimen local y en la ley de cabildos. ¿Cómo establecerán los cabildos las unidades administrativas necesarias para el ejercicio de sus competencias?. mediante la relación de puestos de trabajo. mediante sus reglamentos de organización, con sujeción a lo establecido en la legislación de régimen jurídico de las administraciones públicas y en esta ley. mediante sus normas orgánicas, con sujeción a lo establecido en la legislación de régimen jurídico de las administraciones públicas y en esta ley. ¿Cómo se determinará el número, denominación y ámbito funcional de las áreas o departamentos insulares en las que se organiza la administración del cabildo insular?. Por decreto del presidente, en el marco de los criterios generales establecidos en el reglamento orgánico aprobado por el pleno de la corporación insular. Por decreto del pleno, en el marco de los criterios generales establecidos en el reglamento orgánico aprobado por el presidente de la corporación insular. Por sus reglamentos de organización, en el marco de los criterios generales establecidos en el reglamento orgánico aprobado por el pleno de la corporación insular. Por sus normas orgánicas, en el marco de los criterios generales establecidos en el reglamento orgánico aprobado por el presidente de la corporación insular. ¿Cuántos consejeros tiene actualmente el Cabildo Insular de Tenerife?. 26. 27. 28. 29. Áreas de Gobierno del Cabildo de Tenerife: Presidencia. Consejería. Cooperación municipal, Vivienda y Aguas. Gobierno Abierto, Acción Social y Atención Ciudadana. Sostenibilidad, Medio Ambiente y Seguridad. Empleo, Comercio, Industria y Desarrollo Socioeconómico. Empleo, Comercio, Industria y Obras. Sostenibilidad, Protección y Seguridad. Transparencia, Acción Social y Atención Ciudadana. Cooperación insular, Vivienda y Aguas. Áreas de Gobierno del Cabildo de Tenerife: Agricultura, Ganadería y Pesca. Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas. Tenerife 2030: Innovación, Educación, Cultura y Deportes. Tenerife 2030: Innovación, Educación, Ocio y Deportes. Política Territorial. Política Medioambiental. Turismo, Internacionalización y Acción Exterior. Turismo, Internacionalización y Acción Interior. Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico. Juventud, Igualdad y Patrimonio Artístico. El Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife establece que para el ejercicio de sus funciones el Cabildo Insular distribuirá sus competencias. por Áreas de Gobierno. por Consejerías Insulares. por Delegaciones Insulares. Cada Área de Gobierno, además de la que legalmente corresponda, podrá contar con la siguiente estructura orgánica: Consejero Insular de Área. Jefes de Servicio. Directores Insulares y Coordinadores Técnicos. Consejeros con Delegación Especial. Consejero Insular de Servicio. Jefe de Área. Directores Técnicos y Coordinadores Insulares. Delegados Especiales. ¿Quién establece que para el ejercicio de sus funciones el Cabildo Insular distribuirá sus competencias por Áreas de Gobierno?. La Ley Territorial 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. El Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife. El Estatuto de Autonomía de Canarias. ¿A quién corresponde la determinación, denominación y composición orgánica de las Áreas de Gobierno del Cabildo de Tenerife?. Al Pleno de la Corporación, a propuesta del Presidente. Al Presidente de la Corporación, a propuesta del Pleno. Al Pleno de la Corporación, a propuesta del Consejo de Gobierno Insular. Al Presidente de la Corporación, a propuesta del Consejo de Gobierno Insular. ¿Cuáles son los órganos superiores en la organización administrativa del Cabildo de Tenerife?. Presidente del cabildo insular, Vicepresidente/s y Consejeros Insulares de Área. Presidente del cabildo insular, Vicepresidente/s, Pleno y Consejeros Insulares de Gobierno. Presidente del cabildo insular, Vicepresidente/s y Directores Insulares. ¿Quién ostenta la Presidencia del Cabildo Insular?. el candidato primero de la lista más votada en la circunscripción electoral, que es la Isla. cualquier candidato de la lista más votada en la circunscripción electoral, que es la Isla. el candidato propuesto por el Gobierno de Canarias. Vicepresidencias:¿Por quién son nombrados?¿De entre quiénes?¿Podrá revocar las delegaciones que el/la primero/a hubiese otorgado, en caso de sustitución por ausencia o enfermedad del Presidente?. Presidente del Cabildo - de entre los/as Consejeros/as que formen parte del Consejo de Gobierno Insular - NO. Presidente del Cabildo - de entre los/as Consejeros/as que formen parte del Consejo de Gobierno Insular - SI. Presidente del Cabildo - de entre los/as Consejeros/as que formen parte del Pleno - SI. Presidente del Cabildo - de entre los/as Consejeros/as que formen parte del Pleno - NO. El Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife modificado para adaptarse a esta circunstancia, establece que son órganos directivos: Los viceconsejeros insulares. Los consejeros con delegación especial. Los directores insulares. Los coordinadores técnicos. El secretario general del Pleno. El secretario general del Consejo de Gobierno Insular. El vicesecretario general. El director de la Asesoría Jurídica. El interventor general. Los consejeros insulares. ¿Qué órgano directivo es el titular del órgano de apoyo al Consejo de Gobierno Insular y al Consejero Secretario del mismo?. Los consejeros con delegación especial. El interventor general. El vicesecretario general. El secretario general del Pleno. En el funcionamiento de los Cabildos Insulares se garantizará el ejercicio de la acción de gobierno y el respeto de las minorías políticas en sus órganos representativos, conforme al. principio de legitimación democrática de los mismos. principio de igualdad y no discriminación de los mismos. principio de tutela efectiva de los mismos. principio de representación política de los mismos. ¿Dónde se establecerá el régimen de sesiones, convocatorias, quórum, régimen de votaciones y demás reglas de funcionamiento de los órganos insulares?. En el reglamento de organización y en el decreto del presidente. En sus normas orgánicas y en el decreto del pleno. En el reglamento de organización y en el decreto del pleno. En sus normas orgánicas y en el decreto del presidente. El cabildo insular funciona: en pleno y en comisiones, asegurando la participación, la concurrencia y la publicidad, de conformidad con lo dispuesto en su reglamento de organización. en pleno y en comisiones, asegurando la participación, la contradicción y la publicidad, de conformidad con lo dispuesto en su reglamento de organización. en pleno y en servicios, secciones y negociados, asegurando la participación, la concurrencia y la publicidad, de conformidad con lo dispuesto en su reglamento de organización. en pleno y en servicios, secciones y negociados, asegurando la participación, la contradicción y la publicidad, de conformidad con lo dispuesto en su reglamento de organización. Los acuerdos de los órganos colegiados del cabildo insular se adoptan. por mayoría simple, excepto cuando una norma con rango de ley establezca otra distinta. por mayoría absoluta, excepto cuando una norma con rango de ley establezca otra distinta. por mayoría de 3/5, excepto cuando una norma con rango de ley establezca otra distinta. por mayoría de 2/3, excepto cuando una norma con rango de ley establezca otra distinta. ¿Quiénes podrán intervenir en las sesiones del pleno, con voz y sin voto, en asuntos estrictamente relacionados con su respectiva área y a requerimiento del presidente del cabildo insular?. Los titulares de los órganos directivos de la administración del cabildo insular. Los coordinadores técnicos. Los directores insulares. El que tenga atribuidas las funciones de presupuestación del cabildo insular. El que tenga atribuidas las funciones financieras del cabildo insular. Los titulares de los órganos superiores de la administración del cabildo insular. Los consejeros con delegación especial. Los directores de la asesoría jurídica. Los titulares de los órganos directivos de la administración del cabildo insular y, en todo caso, los coordinadores técnicos, directores insulares y el que, en su caso, tenga atribuidas las funciones de presupuestación del cabildo insular, ¿Cómo podrán intervenir en las sesiones del pleno?. con voz y sin voto, en asuntos estrictamente relacionados con su respectiva área y a requerimiento del presidente del cabildo insular. sin voz y sin voto, en asuntos estrictamente relacionados con su respectiva área y a requerimiento del presidente del cabildo insular. con voz y con voto, en asuntos estrictamente relacionados con su respectiva área y a requerimiento del presidente del cabildo insular. sin voz y con voto, en asuntos estrictamente relacionados con su respectiva área y a requerimiento del presidente del cabildo insular. ¿Cuándo realizará el pleno del cabildo insular un debate sobre la orientación general de la política insular?. cada año. cada semestre. cada legislatura. cada dos años. ¿Cuándo podrá el pleno acordar convocar una sesión extraordinaria?. a propuesta del presidente o por solicitud, como mínimo, de dos grupos políticos insulares o de una quinta parte de consejeros. a propuesta del presidente o por solicitud, como mínimo, de tres grupos políticos insulares o de una quinta parte de consejeros. a propuesta del presidente o por solicitud, como mínimo, de dos grupos políticos insulares o de una cuarta parte de consejeros. a propuesta del presidente o por solicitud, como mínimo, de tres grupos políticos insulares o de una cuarta parte de consejeros. Los grupos políticos del cabildo insular podrán formular preguntas sobre temas concretos a: al presidente del cabildo insular. al vicepresidente o vicepresidentes. a alguno de los miembros del consejo de gobierno insular. a los consejeros insulares que tengan atribuidas delegaciones del presidente, vicepresidente/s o algún miembro del consejo de gobierno insular. a los coordinadores técnicos. a los directores insulares. al vicesecretario general. a los consejeros con delegación especial. Preguntas de los grupos políticos: a. En las preguntas que se formulen se indicará si se solicita una respuesta oral de forma privada o una respuesta escrita. b. Si se solicita una respuesta oral ante el pleno, el secretario general del pleno incluirá el asunto en el orden del día de la sesión ordinaria o extraordinaria que corresponda. c. La respuesta por escrito a las preguntas debe hacerse en el plazo de treinta días desde la presentación de la pregunta. d. Si el plazo de la respuesta se incumple, el presidente del cabildo insular incluirá la respuesta en el orden del día de la sesión plenaria siguiente, donde recibirá el tratamiento previsto para las preguntas con respuesta oral. El Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife modificado para adaptarse a esta circunstancia, establece que son órganos directivos: Los viceconsejeros con delegación especial. El Jefe del Gabinete de Presidencia. El Jefe del Gabinete del Cabildo. los máximos órganos de dirección de los organismos autónomos. los máximos órganos de los organismos autónomos. los máximos órganos de las entidades públicas empresariales. los máximos órganos de las sociedades mercantiles. los máximos órganos de dirección de los órganos especiales de administración. El interventor de la Asesoría Jurídica. |