CANCELACION DE ANTECEDENTES Y PRESCRIPCION DE LOS DELITOS
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Título del Test:![]() CANCELACION DE ANTECEDENTES Y PRESCRIPCION DE LOS DELITOS Descripción: LEY ORGANICA 10/1995 DE 23 DE NOVIEMBRE DEL CODIGO PENAL |




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Los antecedentes penales por penas leves se cancelaran de oficio o a instancia de parte cuando haya transcurrido sin volver a delinquir el plazo de: A LOS 6 MESES. A LOS 7 MESES. A LOS 3 MESES. A LOS 12 MESES. Los antecedentes penales cuyas penas no excedan de los 12 meses o sean impuestas por delitos imprudentes se cancelaran de oficio o a instancia de parte cuando haya transcurrido, sin volver a delinquir, el plazo de: DE 2 AÑOS. DE 4 AÑOS. DE 3 AÑOS. NINGUNA ES CORRECTA. Los antecedentes penales para las restantes penas menos graves inferiores a 3 años se cancelaran de oficio o a instancia de parte cuando haya transcurrido, sin volver a delinquir, el plazo de: DE 3 AÑOS. DE 4 AÑOS. DE 5 AÑOS. DE 2 AÑOS. Los antecedentes penales de las restantes penas menos graves iguales o superiores a 3 años se cancelaran de oficio o a instancia de parte cuando haya transcurrido, sin volver a delinquir, el plazo de: NINGUNA ES CORRECTA. DE 8 AÑOS. DE 4 AÑOS. DE 6 AÑOS. Los antecedentes penales de las restantes penas menos graves iguales o superiores a 3 años se cancelaran de oficio o a instancia de parte cuando haya transcurrido, sin volver a delinquir, el plazo de: DE 5 AÑOS. DE 4 AÑOS. NINGUNA ES CORRECTA. DE 6 AÑOS. Los antecedentes penales de las penas graves se cancelaran de oficio o a instancia de parte cuando haya transcurrido, sin volver a delinquir, el plazo de: DE 10 AÑOS. DE 15 AÑOS. DE 8 AÑOS. DE 6 AÑOS. ¿Que plazo ha de transcurrir para que se cancelen de oficio o a instancia de parte los antecedentes penales cuyas penas no excedan de los 12 meses y la de delitos imprudentes?. 2 AÑOS. 3 AÑOS. 5 AÑOS. 4 AÑOS. Las medidas de seguridad prescribiran a los 10 años si: SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD SUPERIORES A 3 AÑOS. SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD SUPERIORES A 5 AÑOS. SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD IGUALES O SUPERIORES A 5 AÑOS. SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD IGUALES O SUPERIORES A 3 AÑOS O TUVIERAN OTRO CONTENIDO. Las medidas de seguridad prescribiran a los 5 años si: SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD IGUAL O INFERIORES A 3 AÑOS O TUVIERAN OTRO CONTENIDO. SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD IGUAL O INFERIORES A 2 AÑOS O TUVIERAN OTRO CONTENIDO. SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD INFERIOR A 3 AÑOS. SI FUERAN PRIVATIVAS DE LIBERTAD INFERIOR A 2 AÑOS. Las penas de prision por mas de 20 años impuestas por sentencia firme, prescriben: A LOS 30 AÑOS. A LOS 35 AÑOS. A LOS 25 AÑOS. A LOS 40 AÑOS. Las penas de prision impuestas por sentencia firme, prescribiran a los 25 años cuando se trate de: PENAS DE PRISION DE 15 AÑOS O MAS AÑOS SIN QUE EXCEDAN DE 20 AÑOS. PENAS DE PRISION DE MAS DE 15 AÑOS SIN QUE EXCEDAN DE 20 AÑOS. PENAS DE PRISION DE MAS DE 10 AÑOS Y MENOS DE 15 AÑOS Y LAS DE INHABILITACION POR MAS DE 10 AÑOS. PENAS DE PRISION DE 15 AÑOS O MAS AÑOS SIN QUE EXCEDAN DE 25 AÑOS. Las penas de inhabilitación por más de 10 años y las de prisión por más de 10 y menos de 15 impuestas por sentencia firme, prescribiran a: A LOS 20 AÑOS. A LOS 15 AÑOS. A LOS 25 AÑOS. A LOS 30 AÑOS. Prescribiran a los 15 años las penas impuestas en sentencia firme cuando se trate de: PENAS DE INHABILITACION POR MAS DE 6 AÑOS Y NO EXCEDAN DE 10 Y LAS DE PRISION POR MAS DE 5 AÑOS Y NO EXCEDAN DE 10 AÑOS. PENAS DE INHABILITACION POR MAS DE 8 AÑOS Y NO EXCEDAN DE 10 Y LAS DE PRISION POR MAS DE 5 AÑOS Y NO EXCEDAN DE 10 AÑOS. PENAS DE INHABILITACION POR MAS DE 5 AÑOS Y NO EXCEDAN DE 10 Y LAS DE PRISION POR MAS DE 5 AÑOS Y NO EXCEDAN DE 10 AÑOS. PENAS DE INHABILITACION POR MAS DE 8 AÑOS Y NO EXCEDAN DE 10 Y LAS DE PRISION IGUAL A 10 AÑOS O MAS AÑOS Y NO EXCEDAN DE 15 AÑOS. Las restantes penas graves impuestas por sentencia firme, prescribiran: A LOS 10 AÑOS. A LOS 5 AÑOS. A LOS 12 AÑOS. A LOS 15 AÑOS. Las penas menos graves impuestas por sentencia firme, prescribiran: A LOS 5 AÑOS. A LOS 6 AÑOS. A LOS 3 AÑOS. A LOS 2 AÑOS. Las penas leves impuestas por sentencia firme, prescribiran a: AL AÑO. A LOS 2 AÑOS. A LOS 3 AÑOS. A LOS 6 MESES. Los delitos cuya pena maxima señalada sea de prision de 15 o mas años, prescribira: A LOS 20 AÑOS. A LOS 25 AÑOS. A LOS 15 AÑOS. A LOS 30 AÑOS. Cuando un delito tenga una pena maxima señalada por ley de inhabilitacion por mas de 10 años o de prision por mas de 10 años y menos de 15 años, prescribira: A LOS 15 AÑOS. A LOS 20 AÑOS. A LOS 10 AÑOS. NINGUNA ES CORRECTA. ¿Cuando prescribiran los delitos cuya pena maxima señalada por ley sea prision o inhabilitacion por mas de 5 años y no exceda de 10 años?. A LOS 10 AÑOS. A LOS 5 AÑOS. A LOS 3 AÑOS. A LOS 12 AÑOS. Los delitos leves y los de injurias y calumnias prescriben: AL AÑO. A LOS 3 AÑOS. A LOS 6 MESES. A LOS 2 AÑOS. |