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Capítulo III Título preliminar Ley 40/2015 de RJSP

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Título del Test:
Capítulo III Título preliminar Ley 40/2015 de RJSP

Descripción:
Potestad sancionadora

Fecha de Creación: 2018/10/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

Valoración:(18)
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1. Serán de aplicación las disposiciones sancionadoras vigentes: En cualquier momento desde que se produzcan los hechos que constituyan la infracción administrativa. En el momento en el que se juzguen los hechos que constituyan la infracción administrativa. En el momento de producirse los hechos que constituyan la infracción administrativa. En cualquier momento desde que se juzguen los hechos que constituyen la infracción administrativa.

2. ¿Cómo se clasificarán las infracciones administrativas?. Leves y graves. Muy leves, leves, graves y muy graves. Leves, graves y muy graves. Muy leves, leves y graves.

¿Serán susceptibles de aplicación analógica las normas definidoras de infracciones y sanciones?. No. Sí, salvo que las infracciones tengan distinta naturaleza. Sí, si las infracciones tienen la misma naturaleza. Sí, en todo caso.

4. ¿Quiénes podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción administrativa?. Los patrimonios autónomos sin capacidad de obrar que resulten responsables a título de dolo o culpa. Los grupos de afectados sin capacidad de obrar que resulten responsables a título de dolo o culpa. Los patrimonios dependientes que resulten responsables a título de dolo o culpa, cuando una ley les reconozca capacidad de obrar. Las uniones y entidades sin personalidad jurídica que resulten responsables a título de dolo o culpa, cuando una ley les reconozca capacidad de obrar.

5. La indemnización por los daños y perjuicios causados derivados de la comisión de una infracción administrativa: Será elevada en caso de que el sancionado no cumpla en el plazo de un mes desde que se haya impuesto. Será determinada y exigida por el órgano al que corresponda el ejercicio de la potestad sancionadora. Será parcial en el supuesto de que se haya cumplido con la sanción principal. Será sustitutiva de la sanción.

6. Cuando el cumplimiento de una obligación establecida por una norma con rango de Ley corresponda a varias personas conjuntamente, ¿cómo responderán cuando se trate de sanciones pecuniarias?. Subsidiariamente. Individualmente, en proporción al número de participantes. Individualmente, en función del grado de participación. Solidariamente.

7. Las leyes reguladoras de los distintos regímenes sancionadores podrán: Tipificar como infracción el incumplimiento de la obligación de prevenir la comisión de infracciones administrativas por quienes se hallen sujetos a una relación de independencia o no vinculación. Tipificar como infracción el incumplimiento de la obligación de prevenir la comisión de infracciones administrativas por quienes se hallen sujetos a una relación de dependencia o vinculación. Tipificar como infracción el cumplimiento de la obligación de prevenir la comisión de infracciones administrativas por quienes se hallen sujetos a una relación de independencia o vinculación. Tipificar como infracción el incumplimiento de la obligación de prevenir la comisión de infracciones administrativas por quienes se hallen sujetos a una relación de independencia o vinculación.

8. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. En la determinación normativa del régimen sancionador se deberá observar la debida idoneidad y necesidad de la sanción a imponer. En la determinación normativa de la imposición de sanciones por las Administraciones Públicas se deberá observar la debida idoneidad y necesidad de la sanción a imponer. En la determinación normativa del régimen sancionador se deberá observar su adecuación a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción. Todas las anteriores son correctas.

9. Cuando lo justifique la debida adecuación entre la sanción que deba aplicarse con la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y las circunstancias concurrentes, el órgano competente para resolver podrá imponer la sanción administrativa en: El grado inferior. El grado superior en su mitad inferior. El grado superior. El grado inferior en su mitad superior.

10. En el caso de infracciones administrativas continuadas o permanentes, ¿cuándo comenzará a contar el plazo de prescripción?. Desde que finalizó la conducta infractora. Desde que se produjo la primera infracción. Desde que comenzó la conducta infractora. Desde que finalizó la primera infracción.

11. ¿Durante qué plazo tendrá que estar paralizado por causa no imputable al presunto responsable un expediente sancionador para que se reinicie el plazo de prescripción?. Durante más de dos meses. Durante más de un mes. Durante más de tres meses. Durante más de quince días.

12. ¿Cuándo comenzará a contarse el plazo de prescripción de las sanciones?. Comenzará a contarse desde el día en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla. Comenzará a contarse desde el día en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción. Comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla. Todas las anteriores son incorrectas.

13. Para el ejercicio de la potestad sancionadora por parte de las Entidades locales se debe tener en cuenta, además de lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: Lo dispuesto en el Título XII de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local. Lo dispuesto en el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local. Lo dispuesto en el Título VI de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local. Lo dispuesto en el Título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local.

14. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se ejercerá de acuerdo con lo establecido: a) En la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. b) En la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. c) En la Ley de Funcionamiento de la Administración General del Estado. d) Son correctas la respuesta a y b.

15. Las disposiciones relativas la potestad sancionadora recogidas en la Ley 40/2015 son de aplicación extensiva: Al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas. Al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación de contratos del sector público. Al ejercicio por las Administraciones Públicas de su potestad disciplinaria respecto del personal a su servicio, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo. Todas las respuestas son correctas.

16. Los principios de la potestad sancionadora recogidos en la Ley 40/2015 no son de aplicación: Al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación de contratos del sector público. Al ejercicio por las Administraciones Públicas de su potestad disciplinaria respecto del personal laboral a su servicio. Al ejercicio por las Administraciones Públicas de su potestad disciplinaria respecto del personal funcionarial a su servicio. Todas las respuestas son correctas.

17. En el ámbito administrativo se sancionan las infracciones cometidas: A título de dolo o de culpa. A título de culpa o imprudencia. Únicamente a título de dolo. Únicamente a título de culpa.

18. Cuando una ley les reconozca capacidad de obrar, podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa: Todas las respuestas son correctas. Las organizaciones sindicales y grupos empresariales. Los patrimonios dependientes o vinculados. Las uniones y entidades sin personalidad jurídica.

19. Según el artículo 30 de la Ley 40/2015, las sanciones administrativas impuestas por faltas muy graves prescriben: A los cuatro años. A los cinco años. A los tres años. A los dos años.

20. Según el artículo 30 de la Ley 40/2015, las sanciones administrativas impuestas por faltas graves prescriben: Al año. A los cuatro años. A los dos años. A los tres años.

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