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Cappuccino - Test 32

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Título del Test:
Cappuccino - Test 32

Descripción:
Cacao or cinnamon

Fecha de Creación: 2026/09/09

Categoría: Otros

Número Preguntas: 2

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Temario:

¿Quién será competente para dirimir las controversias de hecho y de derecho que se susciten entre la Administración y los contribuyentes en relación con cualquiera de las cuestiones a que se refiere la Norma Foral del IRPF?. La jurisdicción contencioso-administrativa, previo agotamiento de la vía administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa, previo agotamiento de la vía económico-administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa, sin que sea necesario agotar la vía económico-administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa, sin que sea necesario agotar la vía administrativa.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta en relación con el IRPF?. La jurisdicción contencioso-administrativa, sin necesidad de agotar la vía administrativa, será la única competente para dirimir las controversias de hecho o de derecho que se susciten entre la Administración y los contribuyentes en relación con cualquiera de las cuestiones que se refiere la Norma Foral del IRPF. La jurisdicción contencioso-administrativa, sin necesidad de agotar la vía económico-administrativa, será la única competente para dirimir las controversias de hecho y de derecho que se susciten entre la Administración y los contribuyentes en relación con cualquiera de las cuestiones que se refiere la Norma Foral del IRPF. La jurisdicción contencioso-administrativa, previo agotamiento de la vía administrativa, será la única competente para dirimir las controversias de hecho y de derecho que se susciten entre la Administración y los contribuyentes en relación con cualquiera de las cuestiones que se refiere la Norma Foral del IRPF. La jurisdicción contencioso-administrativa, previo agotamiento de la vía económico-administrativa, será la única competente para dirimir las controversias de hecho y de derecho que se susciten entre la Administración y los contribuyentes en relación con cualquiera de las cuestiones que se refiere la Norma Foral del IRPF.

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