Capuccino - Test 10
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Título del Test:
![]() Capuccino - Test 10 Descripción: Cacao or cinnamon |



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El régimen especial para personas socias fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación resultará de aplicación cuando la persona fundadora tenga una participación de, al menos, un porcentaje determinado en el capital o de los derechos de voto de dicha entidad. En este sentido, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. La participación deberá ser de al menos un 3 % en el momento de su constitución. La participación deberá ser, antes de que transcurra un año desde su constitución, de al menos un 3 %. La participación deberá ser de al menos un 5 % en el momento de su constitución. La participación deberá ser, antes de que transcurra un año desde su constitución, de al menos un 5 %. De acuerdo con el artículo 56 bis de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ¿qué personas físicas podrán optar por tributar de acuerdo con el régimen especial para personas desplazadas?. Aquellas personas físicas que, no habiendo sido residentes en España durante los 3 años anteriores a su desplazamiento a territorio español, adquieran su residencia fiscal en Gipuzkoa como consecuencia de dicho desplazamiento. Aquellas personas físicas que, no habiendo sido residentes en España durante los 7 años anteriores a su desplazamiento a territorio español, adquieran su residencia fiscal en Gipuzkoa como consecuencia de dicho desplazamiento. Aquellas personas físicas que, no habiendo sido residentes en España durante los 10 años anteriores a su desplazamiento a territorio español, adquieran su residencia fiscal en Gipuzkoa como consecuencia de dicho desplazamiento. Aquellas personas físicas que, no habiendo sido residentes en España durante los 5 años anteriores a su desplazamiento a territorio español, adquieran su residencia fiscal en Gipuzkoa como consecuencia de dicho desplazamiento. En relación con el régimen especial para personas desplazadas regulado por la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación podrán dejar exentos el 30 % de determinados rendimientos íntegros del trabajo. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación podrán dejar exentos el 30 % de determinados rendimientos netos del trabajo. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación podrán dejar exentos el 30 % de determinados rendimientos íntegros de actividades económicas. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación podrán dejar exentos el 30 % de determinados rendimientos netos de actividades económicas. En relación con el régimen especial para personas socias fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos establecidos que opten por el régimen especial previsto en este artículo podrán aplicar una exención del 30 % de los rendimientos netos del capital mobiliario procedentes de dichas entidades. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos establecidos que opten por el régimen especial previsto en este artículo podrán aplicar una exención del 30 % de los rendimientos netos del trabajo procedentes de dichas entidades. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos establecidos que opten por el régimen especial previsto en este artículo podrán aplicar una exención del 30 % de los rendimientos íntegros del capital mobiliario procedentes de dichas entidades. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos establecidos que opten por el régimen especial previsto en este artículo podrán aplicar una exención del 30 % de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes de dichas entidades. De acuerdo con la dicción literal del artículo 56 ter 5. de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, el régimen previsto en este artículo para las socias fundadoras y los socios fundadores será aplicable, asimismo, por las personas contribuyentes que suscriban acciones o participaciones en el transcurso de un plazo determinado siguiente a la constitución de las entidades innovadoras de nueva creación, siempre que se cumplan todo el resto de requisitos y condiciones previstas en el mismo. ¿Cuál es dicho plazo?. Los seis meses siguientes a la constitución. Los doce meses siguientes a la constitución. Los dieciocho meses siguientes a la constitución. Los veinticuatro meses siguientes a la constitución. En relación con el régimen especial para personas desplazadas regulado por la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación tendrán exenta el 30% de las rentas derivadas de elementos patrimoniales titularidad de la o del contribuyente situados en el extranjero siempre que dichas rentas hayan tributado efectivamente por un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a este impuesto y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal o de nula tributación. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación tendrán exentas las rentas derivadas de elementos patrimoniales titularidad de la o del contribuyente situados en el extranjero siempre que dichas rentas hayan tributado efectivamente por un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a este impuesto y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal o de nula tributación. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación tendrán exenta el 50% de las rentas derivadas de elementos patrimoniales titularidad de la o del contribuyente situados en el extranjero siempre que dichas rentas hayan tributado efectivamente por un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a este impuesto y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal o de nula tributación. Los contribuyentes que opten por dicho régimen de tributación tendrán exenta el 40% de las rentas derivadas de elementos patrimoniales titularidad de la o del contribuyente situados en el extranjero siempre que dichas rentas hayan tributado efectivamente por un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a este impuesto y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal o de nula tributación. A los efectos de aplicar el régimen especial para personas socias fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. La persona fundadora deberá tener una participación de al menos un 5% del capital o de los derechos de voto de dicha entidad en el momento de su constitución. La persona fundadora deberá tener una participación superior al 5% del capital o de los derechos de voto de dicha entidad en el momento de su constitución. La persona fundadora deberá tener una participación de al menos un 5% del capital y de los derechos de voto de dicha entidad en el momento de su constitución. La persona fundadora deberá tener una participación superior al 5% del capital y de los derechos de voto de dicha entidad en el momento de su constitución. De acuerdo con el artículo 3.2 del Decreto Foral 33/2014 del Territorio Histórico de Gipuzkoa, cuando el contribuyente ejercite la opción por la aplicación del régimen especial para personas desplazadas, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. El ejercicio de la opción deberá realizarse en la declaración censal de alta. El ejercicio de la opción se ejercitará al presentar la autoliquidación del ejercicio al que resulte de aplicación. El ejercicio de la opción se ejercitará durante el primer período impositivo en que resulte de aplicación. El ejercicio de la opción se ejercitará en el último trimestre del primer período impositivo en que resulte de aplicación. En relación con el régimen especial para personas desplazadas regulado por el Decreto Foral 33/2014 del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ¿qué consideración tendrán los gastos por el arrendamiento de la que constituya la vivienda habitual del contribuyente en Gipuzkoa?. Renta exenta. Reducción en la base imponible. Deducción en la cuota. Gasto deducible. De acuerdo con la dicción literal del artículo 1 del Decreto Foral 33/2014 del Territorio Histórico de Gipuzkoa, determinadas actividades tendrán derecho a aplicar el régimen especial establecido en el artículo 56 bis de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. ¿Cuál de las siguientes actividades podrán dar lugar a la aplicación de dicho régimen?. Las actividades de carácter técnico. Las actividades financieras. Las actividades comerciales. Las actividades tecnológicas. ¿Durante qué plazo podrán aplicar los contribuyentes que constituyan entidades innovadoras de nueva creación que habilite para aplicar el régimen especial para personas socias fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación?. Durante los primeros cinco años en que dicha entidad innovadora obtenga base imponible positiva. Durante los primeros diez años en que dicha entidad innovadora obtenga base imponible positiva. Durante un plazo máximo que comprende el período impositivo de constitución de la entidad innovadora y los cinco períodos impositivos siguientes. Durante un plazo máximo que comprende el período impositivo de constitución de la entidad innovadora y los diez períodos impositivos siguientes. En relación con el régimen especial para personas socias fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos exigidos y opten por el régimen especial podrán aplicar una exención del 30% de los rendimientos íntegros del trabajo. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos exigidos y opten por el régimen especial podrán aplicar una exención del 50% de los rendimientos íntegros del trabajo. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos exigidos y opten por el régimen especial podrán aplicar una exención del 65% de los rendimientos íntegros del trabajo. Las socias fundadoras y los socios fundadores de entidades innovadoras de nueva creación que cumplan los requisitos exigidos y opten por el régimen especial podrán aplicar una exención del 100% de los rendimientos íntegros del trabajo. De acuerdo con el artículo 1 del Decreto Foral 33/2014 del Territorio Histórico de Gipuzkoa y a los efectos del artículo 56 bis.1.a) de la Norma Foral que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ¿cuál de los siguientes trabajos tendrán la consideración de especialmente cualificados?. Los realizados por las personas trabajadoras con una categoría profesional comprendida en el Grupo de Cotización 1 del Régimen Especial de la Seguridad Social. Los realizados por las personas trabajadoras con una categoría profesional comprendida en el Grupo de Cotización 1 del Régimen General de la Seguridad Social. Los realizados por las personas trabajadoras categorizadas como licenciados. Los realizados por las personas trabajadoras categorizadas como graduados. De acuerdo con el artículo 2.2 del Decreto Foral 33/2014 del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ¿qué deberá hacerse constar, en todo caso, para acreditar el derecho a aplicar el régimen especial para personas desplazadas?. La fecha de entrada en territorio español del contribuyente. La fecha de salida del territorio español del contribuyente. Documento justificativo emitido por la persona o entidad empleadora en España en el que se exprese el reconocimiento de la relación laboral con el contribuyente. Copia de la carta de desplazamiento de la persona o entidad empleadora. A los efectos de aplicación del régimen especial para personas desplazadas, deberán cumplirse una serie de condiciones, entre las que se encuentra que dicho desplazamiento se produzca como consecuencia de un contrato de trabajo, ¿cuándo se entenderá cumplida esta condición?. Cuando el desplazamiento se produzca para el desempeño del cargo de persona consejera o administradora con funciones de dirección y gerencia en una entidad, siempre que se encuadre en el régimen de la Seguridad Social de trabajadores de alta dirección. Cuando el desplazamiento se produzca para el desempeño del cargo de persona consejera o administradora sin funciones de dirección y gerencia en una entidad, siempre que se encuadre en el régimen de la Seguridad Social de trabajadores de alta dirección. Cuando el desplazamiento se produzca para el desempeño del cargo de persona consejera o administradora con funciones de dirección y gerencia en una entidad, con independencia del régimen de la Seguridad Social al que esté adscrita. Cuando el desplazamiento se produzca para el desempeño del cargo de persona consejera o administradora sin funciones de dirección y gerencia en una entidad, con independencia del régimen de la Seguridad Social al que esté adscrita. Las personas físicas que cumplan los requisitos para ello podrán aplicar el régimen especial para personas desplazadas regulado en la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. ¿Durante qué plazo podrán aplicar dicho régimen?. Durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los dos períodos impositivos siguientes. Durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los tres períodos impositivos siguientes. Durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los cinco períodos impositivos siguientes. Durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los diez períodos impositivos siguientes. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 56.bis.1.a) de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tendrán la consideración de trabajos especialmente cualificados aquellos realizados por las personas trabajadoras con una categoría profesional específica. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Tendrán la consideración de trabajos especialmente cualificados aquellos realizados por las personas trabajadoras con una categoría profesional comprendida en el Grupo de Cotización 4 del Régimen General de la Seguridad Social. Tendrán la consideración de trabajos especialmente cualificados aquellos realizados por las personas trabajadoras con una categoría profesional comprendida en el Grupo de Cotización 3 del Régimen General de la Seguridad Social. Tendrán la consideración de trabajos especialmente cualificados aquellos realizados por las personas trabajadoras con una categoría profesional comprendida en el Grupo de Cotización 2 del Régimen General de la Seguridad Social. Tendrán la consideración de trabajos especialmente cualificados aquellos realizados por las personas trabajadoras con una categoría profesional comprendida en el Grupo de Cotización 1 del Régimen General de la Seguridad Social. En los casos en que resulte de aplicación el régimen especial para personas desplazadas regulado en la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, los contribuyentes que opten por su aplicación podrán dejar exentos parte de los rendimientos del trabajo. ¿Cuál es el porcentaje que podrá quedar exento?. El 30% de los rendimientos netos del trabajo. El 30% de los rendimientos íntegros del trabajo. El 40% de los rendimientos netos del trabajo. El 40% de los rendimientos íntegros del trabajo. ¿Cuál será la valoración del rendimiento del trabajo en especie derivado de la utilización de una vivienda propiedad de la persona pagadora que carece de valor catastral?. El 50% del valor por el que deban computarse a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. El valor por el que deban computarse a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. El 25% del valor por el que deban computarse a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. Por el valor a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuando se cumplan los requisitos para ello, ¿durante cuánto tiempo podrán optar por tributar de acuerdo con el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en Gipuzkoa como consecuencia de su desplazamiento a territorio español?. Durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los diez períodos impositivos siguientes. Durante los cinco períodos impositivos siguientes a aquél en que se efectúe el cambio de residencia. Durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los cinco períodos impositivos siguientes. Durante los tres períodos impositivos siguientes a aquél en que se efectúe el cambio de residencia. Entre otros requisitos, ¿cuál deberá cumplirse para aplicar el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas?. Que no hayan sido residentes en España durante los 3 años anteriores a su desplazamiento a territorio español. Que no hayan sido residentes en España durante los 5 años anteriores a su desplazamiento a territorio español. Que no hayan sido residentes en España durante los 4 años anteriores a su desplazamiento a territorio español. Que no hayan sido residentes en España durante los 2 años anteriores a su desplazamiento a territorio español. ¿Podrá aplicarse el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas cuando parte de los trabajos se presten en el extranjero?. No. Sí, siempre que la suma de las retribuciones correspondientes a los citados trabajos no excedan del 5% de todas las contraprestaciones del trabajo percibidas en cada año natural. Sí, siempre que la suma de las retribuciones correspondientes a los citados trabajos no excedan del 15% de todas las contraprestaciones del trabajo percibidas en cada año natural. Sí, siempre que la suma de las retribuciones correspondientes a los citados trabajos no excedan del 25% de todas las contraprestaciones del trabajo percibidas en cada año natural. Los contribuyentes que opten por el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas, ¿qué importe de sus retribuciones podrán dejar exentas?. 60.100 euros. El 15% de los rendimientos íntegros. 180.000 euros. El 30% de los rendimientos íntegros. En relación con el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas, regulado en la Norma Foral del IRPF, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. La Norma Foral del IRPF no prevé ningún régimen especial para personas trabajadoras desplazadas, sin perjuicio de que prevea determinados beneficios fiscales para aquellas personas que desarrollen actividades de investigación y desarrollo, cuando se cumplan los requisitos para su aplicación. Los contribuyentes que opten por este régimen de tributación y cumplan los requisitos para ello, aplicarán una reducción del 30% sobre los rendimientos íntegros derivados de la relación laboral por la que aplique dicho régimen especial. Los contribuyentes que opten por este régimen de tributación y cumplan los requisitos para ello, dejarán exentos el 30% de los rendimientos íntegros derivados de la relación laboral por la que aplique dicho régimen especial. Los contribuyentes que opten por este régimen de tributación y cumplan los requisitos para ello, aplicarán el porcentaje de integración del 85% sobre los rendimientos íntegros derivados de la relación laboral por la que aplique dicho régimen especial. En relación con el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas, ¿qué trabajos tendrán la consideración de especialmente cualificados?. Aquellos cuyas retribuciones sean superiores a 90.000 euros brutos anuales. Aquellos cuya categoría profesional esté comprendida en el Grupo de Cotización 1 del Régimen General de la Seguridad Social. Aquellos que se encuentren entre el listado previsto en el artículo 16 del Reglamento del IRPF. Los que así se determine por la diputada o el diputado foral del Departamento de Hacienda y Finanzas. En los supuestos en que resulte de aplicación el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas, ¿qué porcentaje de los rendimientos íntegros derivados de la relación laboral estarán exentos?. El 30%. El 32%. El 20 %. El 23 %. |




