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Título del Test:
carlota

Descripción:
510293 TIT 2

Fecha de Creación: 2023/09/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 113

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Respecto a los registros: podrán hacerse efectivos mediante transferencia dirigida a la oficina pública correspondiente cualesquiera cantidades que haya que satisfacer en el momento de la presentación de documentos a las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros medios. las Administraciones Públicas deberán hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas en las que se prestará asistencia para la presentación electrónica de documentos. no se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación. todas son correctas.

Deberá/n mantener un archivo electrónico único de los documentos electrónicos que correspondan a procedimientos finalizados: la Administración General del Estado. a Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas. las Entidades que integran la Administración Local. cada Administración.

Los documentos electrónicos deberán conservarse en un formato que permita: (señala la incorrecta). garantizar la autenticidad del documento. garantizar la integridad del documento. garantizar la conservación del documento. su consulta hasta transcurridos diez años desde su emisión.

La eliminación de los documentos electrónicos: deberá ser autorizada de acuerdo a lo dispuesto en la normativa aplicable. se hará de oficio transcurridos 20 años. requerirá resolución judicial. no será posible en ningún caso.

Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados, de acuerdo con lo previsto en: la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación. el Esquema Nacional de Seguridad. las oficinas de asistencia en materia de registros. la Agencia Española de Seguridad Informática.

Los medios o soportes en que se almacenen documentos asegurarán: la identificación de los usuarios. el control de accesos. el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos. todas son correctas.

Las personas colaborarán con la Administración facilitando a la Administración los informes, inspecciones y otros actos de investigación que requieran para el ejercicio de sus competencias, salvo que la revelación de la información solicitada por la Administración: (señala la incorrecta). atentara contra el honor. supusiera la comunicación de datos confidenciales de terceros de los que tengan conocimiento por la prestación de servicios profesionales de diagnóstico, asesoramiento o defensa. pueda ser perjudicial para la persona a quien se le solicita. atentara contra la intimidad personal o familiar.

Los interesados en un procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido en él: tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante si ésta lo solicita. no están obligados a proporcionárselos a la Administración actuante. no están obligados a proporcionárselos a la Administración actuante, salvo que ésta lo solicite. tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante.

La comparecencia de las personas ante las oficinas públicas: presencialmente, sólo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma reglamentaria. ya sea presencialmente o por medios electrónicos, sólo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de ley. presencialmente, sólo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de ley. ya sea presencialmente o por medios electrónicos, sólo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma reglamentaria.

En los casos en que proceda la comparecencia, la correspondiente citación hará constar expresamente: (señala la incorrecta). el lugar, fecha, hora. los medios disponibles. el objeto de la comparecencia. los efectos de atenderla.

Las Administraciones Públicas entregarán al interesado certificación acreditativa de la comparecencia: en todo caso. en ningún caso. cuando el interesado así lo solicite. cuando la Administración lo considere conveniente.

Será/n responsable/s directo/s de su tramitación y adoptará/n las medidas oportunas para remover los obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio pleno de los derechos de los interesados o el respeto a sus intereses legítimos, disponiendo lo necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la tramitación de procedimientos: los titulares de las unidades administrativas que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos. el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviese a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos. los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos. ninguna es correcta.

La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos: iniciados a solicitud del interesado. cualquiera que sea su forma de iniciación. salvo caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud. salvo en los casos de prescripción o renuncia del derecho.

La resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables en los casos de: prescripción o renuncia del derecho. caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud. desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento. todas son correctas.

El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será: de 10 días hábiles. de 1 mes. de 3 meses. el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.

El plazo en el que debe notificarse la resolución expresa, salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea, no podrá exceder de: 10 días hábiles. 1 mes. 3 meses. 6 meses.

Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo para notificar la resolución expresa, éste será de: 10 días hábiles. 1 mes. 3 meses. 6 meses.

El plazo para notificar la resolución expresa en los procedimientos iniciados de oficio se contará: desde la fecha del acuerdo de iniciación. desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. desde el día siguiente a la fecha del acuerdo de iniciación.

Las Administraciones Públicas deben publicar y mantener actualizadas en el portal web, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos de su competencia, con indicación de: los recursos que procedan contra el procedimiento. los plazos mínimos de duración de los mismos. los recursos que procedan contra el procedimiento y los efectos que produzca el silencio administrativo. los plazos máximos de duración de los mismos y los efectos que produzca el silencio administrativo.

Se exceptúa de la obligación de la Administración de dictar resolución expresa: (señala la incorrecta). los supuestos de terminación del procedimiento por pacto. los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la Administración. los supuestos de terminación del procedimiento por convenio. la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento.

Cuando el número de las solicitudes formuladas o las personas afectadas pudieran suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución, podrán habilitar los medios personales y materiales para cumplir con el despacho adecuado y en plazo: el órgano competente para resolver, a propuesta razonada del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, a propuesta de éste. el órgano instructor, a propuesta razonada del órgano competente para resolver, o el órgano competente para resolver, a propuesta del superior jerárquico de éste. el órgano competente para resolver, a propuesta razonada del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente instructor, a propuesta de éste. el órgano instructor, a propuesta razonada del órgano competente para resolver, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, a propuesta de éste.

Son directamente responsables, en el ámbito de sus competencias del cumplimiento de la obligación legal de dictar resolución expresa en plazo: los titulares de los órganos administrativos competentes para instruir. los titulares de los órganos administrativos competentes para resolver. el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tenga a su cargo el despacho de los asuntos. todas son correctas.

El transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender cuando:V. deba requerirse a cualquier interesado para la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios. se pida un pronunciamiento previo y optativo de un órgano de la Unión Europea, por el tiempo que medie entre la petición y la notificación del pronunciamiento. exista un procedimiento finalizado de la Unión Europea que condicione directamente el contenido de la resolución de que se trate. todas son correctas.

El transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender cuando: deban realizarse pruebas técnicas o análisis contradictorios o dirimentes propuestos por los interesados. se inicien negociaciones con vistas a la conclusión de un pacto o convenio. sea indispensable la obtención de un previo pronunciamiento por parte de un órgano jurisdiccional. todas son correctas.

Podrá suspenderse el plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición y la recepción del informe. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de: 3 meses. En caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, caducará el procedimiento. 1 mes. En caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, proseguirá el procedimiento. 1 mes. En caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, caducará el procedimiento. 3 meses. En caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, proseguirá el procedimiento.

Cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el artículo 21.5, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación: el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver. el órgano instructor, a propuesta, en su caso, del órgano competente para resolver o el superior jerárquico del órgano competente para resolver. el superior jerárquico del órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el órgano competente para resolver. el órgano instructor o el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del superior jerárquico del órgano competente para resolver.

Cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el artículo 21.5 se podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior a: la mitad del plazo establecido para la tramitación del procedimiento. el establecido para la tramitación del procedimiento. el doble del plazo establecido para la tramitación del procedimiento. ninguna es correcta.

Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados: procederá el recurso de alzada. procederá el recurso potestativo de reposición. procederá el recurso extraordinario de revisión. no cabrá recurso alguno.

El plazo en el que debe notificarse la resolución expresa no podrá exceder de 6 meses: salvo que una norma reglamentaria establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho Internacional. salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. salvo que una norma reglamentaria establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho Internacional.

El transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se suspenderá cuando: una Administración Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es legal y que constituya la base para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias. el órgano competente para resolver decida realizar alguna actuación complementaria de las previstas en el artículo 87. cualquier persona promueva la recusación en cualquier momento de la tramitación de un procedimiento. todas son correctas.

Como regla general, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima al interesado o interesados para entenderla: estimada por silencio administrativo. desestimada por silencio administrativo. caducada por silencio administrativo. ninguna es correcta.

El silencio tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos: (señala la incorrecta). relativos al ejercicio del derecho de petición. cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público. que impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente. de responsabilidad civil de las Administraciones Públicas.

El plazo para notificar la resolución expresa en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado se contará: desde la fecha del acuerdo de iniciación. desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. desde el día siguiente a la fecha del acuerdo de iniciación.

En los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones el sentido del silencio: será estimatorio. será desestimatorio. producirá la caducidad del procedimiento. todas son correctas.

Si, llegado el plazo de resolución, el órgano administrativo competente no dictase y notificase resolución expresa: se entenderá estimado el recurso de alzada que se haya interpuesto contra la estimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo. se entenderá desestimado el recurso de alzada que se haya interpuesto contra la estimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo. se entenderá desestimado el recurso de alzada que se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo. se entenderá estimado el recurso de alzada que se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo.

Respecto al silencio administrativo: (señala la incorrecta). la estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento. la desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso que proceda. en los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto sólo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo. en los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración teniendo en cuenta el sentido del silencio.

Los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer ante: la Administración. cualquier persona física. cualquier persona jurídica, pública o privada. todas son correctas.

Los actos administrativos producidos por silencio administrativo producen efectos: desde el vencimiento del plazo máximo en el que debe dictarse y notificarse la resolución expresa sin que la misma se haya expedido. desde que se obtenga el certificado acreditativo del silencio producido. pasados tres meses desde el vencimiento del plazo máximo en el que debía haber dictado y notificado la resolución expresa. ninguna es correcta.

El certificado acreditativo del silencio producido se expedirá de oficio por el órgano competente para resolver en el plazo de: 10 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. 15 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. 20 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. 30 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento.

En los procedimientos de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados el sentido del silencio: será estimatorio. será desestimatorio. producirá la caducidad del procedimiento. todas son correctas.

El interesado podrá pedir certificado acreditativo del silencio producido: en cualquier momento. a los 15 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. al día siguiente desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. ninguna es correcta.

En los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución: exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver. no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver. implica la prórroga automática del plazo para resolver por un mes. ninguna es correcta.

Una vez vencido el plazo para dictar y notificar resolución, en procedimientos iniciados de oficio de los que pudiera derivarse el reconocimiento o la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables: los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo. los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. se producirá la caducidad. se producirá la prescripción.

Una vez vencido el plazo para dictar y notificar resolución, en procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen: los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo. los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. se producirá la caducidad. se producirá la prescripción.

El artículo 25.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que en los supuestos en los que el procedimiento se hubiera paralizado por: causa imputable al interesado se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución. causa no imputable al interesado se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución. causa imputable al interesado no se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución. causa no imputable al interesado no se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución.

Se entiende por documentos públicos administrativos: los válidamente emitidos por los órganos de las Administraciones Públicas. los remitidos por personas físicas o jurídicas a los órganos de las Administraciones Públicas. a y b son correctas. a y b son incorrectas.

Las Administraciones Públicas emitirán los documentos administrativos: por escrito, a través de medios electrónicos, o verbalmente si así lo solicita el interesado. por escrito, a través de medios no electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. por escrito, a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. por escrito, a través de medios no electrónicos, o verbalmente si así lo solicita el interesado.

Para ser considerados válidos, los documentos electrónicos administrativos deberán: disponer de los datos de identificación que permitan su individualización. incorporar una referencia temporal del momento en que han sido emitidos. incorporar las firmas electrónicas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable. todas son correctas.

Los documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Públicas: requerirán, en todo caso, de firma electrónica. no requerirán de firma electrónica, salvo aquellos que se publiquen con carácter meramente informativo. no requerirán de firma electrónica si se publican con carácter meramente informativo y aquellos que no formen parte de un expediente administrativo. no requerirán, en ningún caso, de firma electrónica.

Respecto a los documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Públicas será necesario, en todo caso, identificar: la validez de estos documentos. el origen de estos documentos. el alcance de estos documentos. el destino de estos documentos.

Señala la correcta: la Administración General del Estado determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos o privados. cada Administración Pública determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos. la Administración General del Estado determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos. cada Administración Pública determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos o privados.

Las copias auténticas de documentos privados: surten únicamente efectos administrativos. no tendrán ningún efecto administrativo. tendrán validez en todas las Administraciones. ninguna es correcta.

Las copias auténticas realizadas por una Administración Pública: surten únicamente efectos administrativos. no tendrán ningún efecto administrativo. únicamente tendrán validez en la misma Administración. tendrán validez en las restantes Administraciones.

La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales podrán realizar copias auténticas: mediante funcionario habilitado. mediante actuación administrativa automatizada. a y b son correctas. a y b son incorrectas.

Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas: mediante medios electrónicos, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia. mediante medios electrónicos, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia. cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido.

Las copias auténticas: tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales. siempre que se trate de documentos no electrónicos tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales. tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales durante los siguientes 10 años de su expedición. tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales siempre y cuando vayan acompañadas de estos últimos.

Para garantizar la identidad y contenido de las copias electrónicas o en papel, y por tanto su carácter de copias auténticas, las Administraciones Públicas deberán ajustarse a lo previsto en: el Esquema Nacional de Interoperabilidad. el Esquema Nacional de Seguridad. las normas técnicas de desarrollo del Esquema Nacional de Seguridad. todas son correctas.

Las Administraciones harán públicos los códigos seguros de verificación u otro sistema de verificación utilizado a través de: las oficinas de asistencia en materia de registros. la sede electrónica correspondiente. el órgano administrativo correspondiente. la Agencia Española de Seguridad Informática.

Las copias auténticas de los documentos públicos administrativos que hayan sido válidamente emitidos por las Administraciones Públicas se expedirán en un plazo de: 10 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente. 15 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente. 20 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente. 30 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente.

Señala la incorrecta: los interesados podrán solicitar, en cualquier momento, la expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos que hayan sido válidamente emitidos por las Administraciones Públicas. las Administraciones Públicas estarán obligadas a expedir copias auténticas electrónicas de cualquier documento en papel que presenten los interesados y que se vaya a incorporar a un expediente administrativo. cuando las Administraciones Públicas expidan copias auténticas electrónicas, deberá quedar expresamente así indicado en el documento de la copia. la expedición de copias auténticas de documentos públicos notariales, registrales y judiciales, así como de los diarios oficiales, se regirá por la presente ley.

No es correcto respecto a los interesados: deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. no podrán aportar cualquier documento que estimen conveniente. tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante. tienen derecho a no aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

No es correcto respecto a los documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo: la administración actuante podrá consultar o recabar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante salvo que el interesado se opusiera a ello. la oposición del interesado a la consulta de los documentos por la administración actuante solo será posible cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas. las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

Cuando se trate de informes preceptivos ya elaborados por un órgano administrativo distinto al que tramita el procedimiento, éstos deberán ser remitidos en el plazo de: 10 días a contar desde su solicitud. 15 días a contar desde su solicitud. 20 días a contar desde su solicitud. 30 días a contar desde su solicitud.

Las Administraciones no exigirán a los interesados la presentación de documentos originales: en ningún caso. salvo que ya obraran en poder de la Administración. salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. ninguna es correcta.

Las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos: no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que no hayan sido aportados anteriormente por el interesado a ninguna Administración. exigidos por la normativa reguladora aplicable o que no hayan sido aportados anteriormente por el interesado a ninguna Administración. exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración.

Señala la incorrecta: excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original. las copias que aporten los interesados al procedimiento administrativo tendrán eficacia, dentro y fuera del ámbito de la actividad de las Administraciones Públicas. los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. todas son correctas.

Los términos y plazos establecidos en ésta u otras leyes obligan a: las autoridades al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos. el personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos. los interesados en la tramitación de los asuntos. todas son correctas.

Podrá/n realizar copias auténticas mediante funcionario habilitado o mediante actuación administrativa automatizada: la Administración General del Estado. la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. las Entidades Locales. la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

Cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles: salvo que reglamentariamente se disponga otro cómputo. salvo que por Ley se disponga otro cómputo. salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo. salvo que una norma con rango de ley o una norma de Derecho de la Unión Europea o de Derecho internacional disponga otro cómputo.

Son hábiles: las horas comprendidas entres las 8 de la mañana y las 9 de la noche del día. las horas comprendidas entres las 8 de la mañana y las 9 de la noche de un día hábil. todas las horas del día que formen parte del día. todas las horas del día que formen parte de un día hábil.

Los plazos expresados por horas se contarán: se contarán de hora en hora desde la hora en que tenga lugar la realización del acto de que se trate. se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. se contarán de hora en hora desde la hora en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la realización del acto de que se trate.

Los plazos expresados por horas no podrán tener una duración: inferior a 1 hora, en cuyo caso se expresarán en minutos. inferior a 2 horas, en cuyo caso se expresarán en minutos. superior a 24 horas, en cuyo caso se expresarán en días. superior a 48 horas, en cuyo caso se expresarán en días.

Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días: se entiende que éstos son hábiles. se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los declarados festivos. se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos. se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

Los plazos expresados en días se contarán a partir de: el día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir de: el día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

Si el plazo se fija en meses o años, el plazo concluirá: el día antes en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. el día siguiente en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. ninguna es correcta.

Con sujeción al calendario laboral oficial, fijará/n, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos: la Administración General del Estado. las Administraciones de las Comunidades Autónomas. la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas. la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

Señala la correcta: si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el primer día del mes siguiente. cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil anterior. cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará hábil en todo caso.

El calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos: deberá publicarse en el primer trimestre de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado. deberá publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda. deberá publicarse en el primer trimestre de cada año en el diario oficial que corresponda. deberá publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.

La declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola: el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas. la organización del tiempo de trabajo. el régimen de jornada y horarios de las Administraciones Públicas. todas son correctas.

Señala la incorrecta: cada Administración Pública publicará los días y el horario en el que deban permanecer abiertas las oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos. se garantizará el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medios electrónicos. el registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la oficina central. el registro electrónico de cada Administración u Organismo deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible.

Respecto al funcionamiento del registro electrónico: permitirá la presentación de documentos todos los días hábiles del año entre las 8 y las 22 horas. permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las 24 horas. permitirá la presentación de documentos todos los días hábiles del año durante las 24 horas. permitirá la presentación de documentos todos los días del año entre las 8 y las 22 horas.

A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación de documentos en un registro electrónico un día inhábil: se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil. se entenderá, en todo caso, realizada en la última hora del primer día hábil anterior. se entenderá, en todo caso, realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente. se entenderá realizada en la última hora del primer día hábil anterior salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.

Respecto al funcionamiento del registro electrónico (señala la incorrecta): los documentos se considerarán presentados por el orden de hora efectiva en el que lo fueron en el día inhábil. los documentos presentados en el día inhábil se reputarán posteriores, según el mismo orden, a los que lo fueran el primer día hábil posterior. el inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento.

Si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero, la Administración podrá conceder una ampliación de los plazos establecidos: que no exceda de una tercera parte de los mismos a petición de los interesados. que no exceda de la mitad de los mismos de oficio. que no exceda de una tercera parte de los mismos de oficio o a petición de los interesados. que no exceda de la mitad de los mismos de oficio o a petición de los interesados.

La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos: tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares. que, sustanciándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero. en los que intervengan interesados residentes fuera de España. todas son correctas.

Respecto a la ampliación de plazos: excepcionalmente podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación pueden ser recurridos. cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos vencidos. ninguna es correcta.

Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia: de oficio por la cual se reducirán un tercio los plazos establecidos para el procedimiento ordinario. a petición del interesado por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario. de oficio o a petición del interesado por la cual se reducirán un tercio los plazos establecidos para el procedimiento ordinario. de oficio o a petición del interesado por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario.

Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a: la presentación de solicitudes y recursos. las alegaciones y resolución. la práctica de la prueba y la emisión de informes. el trámite de audiencia y de información pública.

Contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento: rocedimiento. cabe interponer recurso de alzada. cabe interponer recurso potestativo de reposición. cabe interponer recurso extraordinario de revisión. no cabrá recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

El Título II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se denomina: De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.

El Título II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tiene: 1 capítulo. 2 capítulos. 3 capítulos. 4 capítulos.

. El Título II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas comprende los artículos: 10 a 30. 12 a 34. 13 a 33. 15 a 36.

Quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, del derecho: (señala la incorrecta). a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma. al acceso a la información pública, archivos y registros. a ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos. a no ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

Quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, del derecho: (señala la incorrecta). a exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente. a la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en esta Ley. a la protección de datos de carácter personal, excepto la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas. cualesquiera que les reconozcan la Constitución y las leyes.

Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no: salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios no electrónicos con las Administraciones Públicas. no pudiendo estar obligadas a relacionarse a través de unos medios u otros con las Administraciones Públicas. ninguna es correcta.

El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas: podrá ser modificado por aquella en cualquier momento. no podrá ser modificado con posterioridad al trámite de audiencia. únicamente podrá ser modificado cuando de no hacerlo se corra riesgo de no alcanzarse las pretensiones del interesado. no podrá ser modificado de manera unilateral por el interesado.

Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: (señala la incorrecta) que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público. las entidades con personalidad jurídica. las personas jurídicas. quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.

Las Administraciones: podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos. podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para ciertos colectivos de personas físicas. no podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos ni para ciertos colectivos de personas físicas. podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas.

La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será: el castellano. el castellano o cualquier otra lengua oficial en algún territorio del Estado. preferiblemente el castellano. ninguna es correcta.

Los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma: únicamente podrán utilizar el castellano. únicamente podrán utilizar la lengua que sea cooficial en ella. podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. ninguna es correcta.

El procedimiento dirigido a órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma: se tramitará en la lengua elegida por el interesado. se tramitará en la lengua elegida por la Administración. se tramitará en castellano. se tramitará en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma.

Si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua: tanto el procedimiento como los documentos o testimonios que requieran los interesados se tramitarán en castellano. tanto el procedimiento como los documentos o testimonios que requieran los interesados se tramitarán en la lengua elegida por los mismos. el procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos. el procedimiento se tramitará en la lengua elegida por los mismos, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en castellano.

. En los procedimientos tramitados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, el uso de la lengua se ajustará a lo previsto en: la presente Ley. en la legislación autonómica correspondiente. la presente Ley o, en su defecto, en la legislación autonómica correspondiente. la legislación autonómica correspondiente o, en su defecto, en la presente Ley.

Deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente: la Administración Pública que inicie el prodimiento. la Administración Pública instructora del procedimiento. la Administración Pública encargada de resolver el procedimiento. el propio interesado.

Dispondrá/n de un Registro Electrónico General, en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos: la Administración General del Estado. la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas. las Entidades que integran la Administración Local. cada Administración.

Respecto a las registros no es correcto: se podrán anotar en el Registro Electrónico General, la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares. los Organismos públicos vinculados o dependientes de cada Administración podrán disponer de su propio registro electrónico. los registros electrónicos de cada Organismo funcionarán como un portal que facilitará el acceso al Registro Electrónico General de cada Administración. en la sede electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo.

Las disposiciones de creación de los registros electrónicos se publicarán en: el diario oficial correspondiente y su índice deberá estar disponible para consulta en la sede electrónica de acceso al registro. la sede electrónica de acceso al registro y su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en el diario oficial correspondiente. el diario oficial correspondiente y su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la sede electrónica de acceso al registro. la sede electrónica de acceso al registro y su índice deberá estar disponible para consulta en el diario oficial correspondiente.

En todo caso, las disposiciones de creación de registros electrónicos especificarán: (señala la incorrecta). el órgano o unidad responsable de su gestión. los funcionarios responsables de su gestión. la fecha y hora oficial. los días declarados como inhábiles.

Los asientos se anotarán respetando el orden temporal de: recepción de los documentos, e indicarán la fecha del día siguiente al día en que se produzcan. recepción o salida de los documentos, e indicarán la fecha del día en que se produzcan. recepción o salida de los documentos, e indicarán la fecha del día siguiente al día en que se produzcan. recepción de los documentos, e indicarán la fecha del día en que se produzcan.

Concluido el trámite de registro, los documentos: serán cursados sin dilación a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas. serán cursados en el plazo de un mes a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas. serán cursados en el plazo de un mes a sus destinatarios o a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas. serán cursados sin dilación a sus destinatarios o a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas.

Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse: (señala la incorrecta). en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan. en las oficinas de Correos, en la forma que legalmente se establezca. en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. en las oficinas de asistencia en materia de registros.

Los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas, deberán ser digitalizados: por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, debiendo permanecer los originales en custodia de la Administración. por la Administración u Organismo en que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales al interesado. por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales al interesado. por la Administración u Organismo en que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, debiendo permanecer los originales en custodia de la Administración.

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