Carrera profesional horizontal carrera horizontal y teletrabajo en la UIB
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Carrera profesional horizontal carrera horizontal y teletrabajo en la UIB Descripción: Carrera profesional horizontal y teletrabajo en la UIB |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
La carrera horizontal se define como: Cambio de puesto de trabajo por concurso. Progresión de grado, categoría o escalón sin cambiar de puesto. Acceso a una plaza superior mediante oposición. Rotación entre distintos servicios. El máximo nivel de complemento de destino que se puede alcanzar es: 20. 21. 23. 25. La convocatoria de carrera horizontal la establece: El Consell de Direcció. La Junta del PTGAS. El Rector. El Servicio de Recursos Humanos. La periodicidad preferente de la convocatoria de carrera horizontal es: Semestral. Anual. Bianual. Trienal. Uno de los requisitos para participar en la carrera horizontal es: Antigüedad mínima de 1 año. Antigüedad mínima de 2 años. No haber disfrutado de excedencia. Haber superado un examen práctico. No podrá participar en la convocatoria quien: Ocupe plaza definitiva. Participe en comisión de servicios. Tenga menos de 10 años de servicio. No sea interino. La memoria del candidato debe tener un máximo de: 10 líneas. 20 líneas. 30 líneas. Una página completa. Entre los aspectos de la memoria del candidato se valoran: Estudios académicos. Asunción de responsabilidades y cooperación. Publicaciones científicas. Idiomas acreditados. El responsable del servicio evaluará los informes entre: 0 y 5 puntos. 1 y 10 puntos. 0 y 20 puntos. 5 y 15 puntos. En caso de empate en la prelación de candidatos, tiene prioridad: El de mayor edad. El de mayor experiencia en el servicio. El de menor antigüedad. El que tenga más titulaciones. El plazo de alegaciones a las listas provisionales de puntuaciones es de: 3 días. 5 días. 7 días. 10 días. La comisión que valora alegaciones está formada por: Responsable del servicio, un miembro de Gerencia y un representante de la Junta PTGAS. Rector, Decano y Secretario. Gerente y dos representantes sindicales. Tres miembros del Consejo Social. Tras las alegaciones, las listas definitivas se publican con: El visto bueno de Gerencia. Aprobación del Rector. Firma del Secretario General. Dictamen de la Junta PTGAS. Para volver a participar en el sistema de carrera se exige una permanencia mínima de: 1 año. 2 años. 3 años. 5 años. La memoria del apartado segundo se centra en: Experiencia previa en otras administraciones. Mejora continua de la labor y eficiencia. Titulaciones oficiales. Publicaciones en revistas. Una acción valorada en la memoria es: Introducir cambios para aumentar la eficiencia. Participar en elecciones sindicales. Publicar artículos de divulgación. Asistir a congresos externos. Otra acción valorada es: Evaluar dificultades y planificar mejoras. Solicitar excedencias. Dirigir proyectos de investigación. Aprobar oposiciones. La entrevista con el responsable del servicio sirve para: Comentar el informe y revisar la puntuación. Otorgar un nuevo puesto. Elegir la plaza definitiva. Acreditar formación. El Servicio de Recursos Humanos publica: Solo las listas definitivas. Listas provisionales y definitivas. Únicamente los admitidos. Las actas de entrevista. El PTGAS que cambia de nivel lo hace con efectos: A fecha de la entrevista. Según lo previsto en la convocatoria. Desde la fecha de solicitud. Al cierre de la memoria. El cambio de nivel requiere: Resolución judicial. Resolución administrativa conforme a convocatoria. Dictamen sindical. Informe del Rector. El proceso se basa en la concurrencia competitiva en: Toda la UIB. El ámbito de cada servicio. Unidades académicas. Centros de investigación. El máximo nivel general al que se puede acceder es el: 21. 22. 23. 24. En caso de alegaciones, la comisión resuelve: Automáticamente sin debate. Con modificaciones si procede. Únicamente desestimando. Elevando todo al Rector. La promoción horizontal se configura como: Una modalidad de promoción interna. Cambio de grupo de clasificación. Libre designación. Concurso de traslados. El sistema de “Esglaons de Desenvolupament Professional” tiene: 3 escalones. 4 escalones. 5 escalones más un escalón 0. 6 escalones. El escalón 0 se caracteriza por: Tener efectos económicos reducidos. No tener efectos económicos. Ser exclusivo para interinos. Ser obligatorio tras 5 años. Están incluidos en el sistema de carrera horizontal: Personal laboral temporal. PTGAS funcionarios en activo. Becarios de investigación. Personal eventual. La permanencia mínima en un escalón para progresar es de: 2 años. 3 años. 5 años. 6 años. La evaluación se considera positiva si se alcanzan al menos: 150/300 puntos. 160/300 puntos. 180/300 puntos. 200/300 puntos. Los jubilados parciales tienen derecho a: Renunciar al complemento de carrera. Percibir la parte proporcional de la carrera profesional. Suspender la carrera hasta jubilación total. Devolver la retribución. Los funcionarios con jornada inferior al 100%: No pueden progresar. Pueden progresar si tienen más del 30% de jornada. Solo acceden a escalón 1. Están excluidos. La convocatoria anual de carrera la aprueba: El Rector. El Consell de Direcció. La Junta PTGAS. El Consejo Social. Los efectos económicos de la promoción son: Desde la fecha de solicitud. Retroactivos al 1 de enero. Solo desde la publicación. A los seis meses. La evaluación de cumplimiento de objetivos se basa en: Resultados económicos. Objetivos específicos, medibles, ambiciosos y temporizados. Criterios sindicales. Informe de RRHH. La autoevaluación forma parte de: Evaluación de competencias asignadas. Evaluación de implicación. Evaluación de objetivos. Evaluación médica. La avaluació positiva requiere superar: 120 puntos. 150 puntos. 180 puntos. 210 puntos. Un trabajador con dos evaluaciones negativas consecutivas: Pierde automáticamente la plaza. Descenderá de escalón. Queda excluido de la UIB. Mantiene el escalón con reducción salarial. La Comisión Técnica de Valoración (CTV) está formada, entre otros, por: Gerenta o delegada y dos miembros de la Junta PTGAS. Rector y Decanos. Tribunal externo. Consejo Social. La obligación de sigilo y secreto afecta a: Solo a la Gerenta. A todos los miembros de la CTV. Solo a los sindicatos. Únicamente al responsable de RRHH. La evaluación de implicación valora, entre otros méritos: Saldo horario positivo sin compensar. Años de antigüedad. Cursos de formación externa. Idiomas acreditados. Los avaluadors deben: Establecer objetivos consensuados y supervisar. Otorgar puntos por antigüedad. Delegar en sindicatos. Aprobar méritos externos. El proceso de planificación y compromiso debe firmarse antes del: 15 de diciembre. 30 de noviembre. 1 de enero. 31 de marzo. La propuesta de evaluación debe notificarse antes del: 15 de enero. 15 de febrero. 1 de marzo. 30 de abril. Un trabajador con evaluación negativa recibe: El 100% del incremento del escalón. El 50% del incremento. Ningún incremento. Una sanción disciplinaria. A partir de la tercera evaluación negativa, el trabajador: Es expulsado automáticamente. Está obligado a evaluarse cada año. Pierde la plaza. Queda en excedencia forzosa. La nota final de competencias se obtiene mediante: Autoevaluación únicamente. Media de autoevaluación, jefe y compañeros. Puntos de RRHH. Informe del Rector. La propuesta de evaluación debe notificarse antes del: 15 de enero. 31 de enero. 15 de febrero. 31 de marzo. Los miembros de la CTV deben: Firmar actas de reuniones. Redactar memorias personales. Aprobar todas las solicitudes. Delegar en sindicatos. La evaluación debe cumplir principios de: Transparencia, objetividad e imparcialidad. Subjetividad y confianza. Antigüedad y rotación. Exclusión y jerarquía. El teletrabajo en la UIB se define como: Modalidad presencial con control horario. Prestación del servicio público no presencial con medios adecuados. Jornada reducida obligatoria. Sustitución definitiva del trabajo presencial. El teletrabajo no puede superar, salvo casos motivados: 40% de la jornada. 50% de la jornada. 60% de la jornada. 75% de la jornada. El teletrabajo es: Obligatorio para todo el personal. Voluntario. Reservado a interinos. Exclusivo de cargos directivos. No podrán acogerse al teletrabajo: PTGAS con funciones compatibles. Personal de atención directa al público. Personal con tareas administrativas. Técnicos de informática. En departamentos con 5 trabajadores o más, el porcentaje máximo simultáneo es: 25%. 30%. 35%. 40%. Una de las finalidades del teletrabajo es: Reducir retribuciones. Conciliar vida laboral y familiar. Evitar formación presencial. Eliminar oficinas. Un requisito para acceder al teletrabajo es: Antigüedad mínima de un año. Antigüedad mínima de dos años. No haber estado en excedencia. Superar prueba física. El periodo máximo inicial del teletrabajo es: 3 meses. 6 meses. 9 meses. 12 meses. El periodo de prueba del teletrabajo es de: 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses. La comisión técnica de teletrabajo está compuesta por: 3 representantes de la Administración y 3 de la Junta PTGAS. Rector y Decanos. Tribunal externo. Solo Gerencia. Entre los criterios de priorización, se valoran: Estudios no relacionados con el puesto. Cargas familiares y dependencia. Antigüedad únicamente. Tener coche propio. En caso de empate, uno de los criterios es: Edad y distancia al puesto de trabajo. Orden alfabético. Titulación académica. Participación sindical. Las víctimas de violencia de género tienen: Prioridad sobre otras solicitudes. La misma puntuación que las demás. Exclusión del sistema. Una reducción de jornada obligatoria. Una causa de denegación es: Superar el límite de autorizaciones. Ser funcionario de carrera. Tener familia monoparental. Tener cargas familiares. La modificación de la autorización puede suponer: Reducción de días semanales de teletrabajo. Incremento automático de retribuciones. Nombramiento en plaza superior. Excedencia forzosa. El seguimiento semanal de las tareas corresponde a: Gerencia. Los jefes de servicio. El Rector. La Junta PTGAS. El equipamiento básico incluye: PC, línea telefónica e internet. Tablet y coche de empresa. Teléfono móvil personal. Despacho en casa pagado por la UIB. El soporte técnico de la UIB se da: Solo de forma presencial. De forma remota. Únicamente en oficinas. Con servicio 24 horas en casa. Si una incidencia técnica impide teletrabajar y no se soluciona en el día: Se suspende la jornada. El trabajador se reincorpora presencialmente. Se descuenta salario. Se le concede permiso retribuido. La PRL en teletrabajo se aplica: Parcialmente. Íntegramente. Solo en oficinas. A criterio del trabajador. En prevención de riesgos, se prestará especial atención a: Aspectos tecnológicos. Factores psicosociales, ergonómicos y organizativos. Gastos económicos. Antigüedad. La visita de un técnico de PRL al domicilio requiere: Autorización del trabajador. Autorización sindical. Orden del Rector. No requiere autorización. El personal en teletrabajo tiene derecho a: Desconexión digital. Jornada reducida. Sueldo adicional. 2 días más de vacaciones. La confidencialidad de los datos se garantiza mediante: Declaración responsable y formación en protección de datos. Contrato mercantil. Seguro privado. Firma del Rector. Entre las obligaciones del personal en teletrabajo está: Gestionar diariamente el correo y otras herramientas. No atender llamadas fuera del horario. Presentarse presencialmente cada semana. Delegar sus funciones en otro compañero. La progresión en la carrera horizontal supone: Cambio de grupo de clasificación. Permanecer en el mismo puesto con reconocimiento retributivo mayor. Obligación de movilidad geográfica. Promoción vertical automática. El complemento de carrera profesional se percibe: Solo por personal laboral. En las 14 pagas anuales. Exclusivamente en la nómina de diciembre. Cada dos años. La solicitud de participación en carrera horizontal se presenta ante: Secretaría General. Servicio de Recursos Humanos. Junta del PTGAS. Consejo de Gobierno. La valoración de la memoria por parte del responsable se hace en base a: 3 bloques diferenciados. Un único criterio de productividad. Méritos académicos. Resultados económicos. Si el responsable del servicio no entrega informe en plazo: Se suspende la convocatoria. Se valora de oficio con puntuación mínima. Se otorga la máxima puntuación. Se deja fuera al candidato. La participación en proyectos de mejora organizativa se valora en: La memoria de aportaciones al servicio. El expediente académico. El acta de la Junta PTGAS. El currículo externo. El responsable del servicio, en la entrevista, debe: Escuchar al trabajador y contrastar la memoria. Limitarse a dar la puntuación final. Presentar nuevas tareas. Aprobar automáticamente el informe. La convocatoria puede establecer un número máximo de: Solicitantes admitidos. Progresiones de nivel. Trabajadores excluidos. Años de permanencia. La progresión en carrera horizontal se inicia: A instancia de parte mediante solicitud. Automáticamente cada cinco años. Por decisión de la Junta PTGAS. Mediante orden del Rector. La resolución de la convocatoria corresponde a: El Rector. El Consejo Social. La Junta PTGAS. El Responsable del Servicio. El sistema de evaluación de desempeño se aplica a: PTGAS funcionario en servicio activo. Profesorado funcionario. Personal eventual. Becarios de investigación. La autoevaluación supone: Que el trabajador valore su propio desempeño. Que el sindicato evalúe al trabajador. Que el Rector evalúe al trabajador. Que se presenten méritos externos. La evaluación de implicación valora especialmente: Participación activa en órganos colegiados. Publicación de artículos. Antigüedad en la Administración. Estudios de doctorado. El peso máximo de cada bloque de la evaluación es de: 100 puntos. 150 puntos. 200 puntos. 250 puntos. La planificación de objetivos debe ser: Específica, medible, alcanzable y con plazo. General y flexible. Indefinida y subjetiva. Siempre económica. El responsable directo debe: Supervisar el cumplimiento de los objetivos fijados. Delegar la evaluación en otro servicio. Aprobar automáticamente al personal. Elaborar informes económicos. Los trabajadores con evaluación positiva consolidan: El escalón alcanzado. Una plaza en propiedad. Un complemento de destino superior. Una excedencia retribuida. El resultado de la evaluación se notifica: Al interesado. Únicamente al Rector. Exclusivamente a Recursos Humanos. A la Junta PTGAS. Si el trabajador no firma la evaluación: Se entiende aceptada igualmente. Queda anulada. Se suspende el proceso. No puede progresar. Una de las funciones de la Comisión Técnica de Valoración es: Resolver reclamaciones y recursos. Designar responsables de servicio. Convocar oposiciones. Elaborar presupuestos. El teletrabajo debe autorizarse: Siempre de forma expresa mediante resolución. Automáticamente tras la solicitud. Por decisión de la Junta PTGAS. Con aprobación del Rector. El número de días de teletrabajo por semana se concreta en: La resolución de autorización. El reglamento interno del servicio. La decisión del trabajador. El acuerdo con el sindicato. El tiempo de teletrabajo computa como: Formación adicional. Tiempo efectivo de trabajo. Permiso sin sueldo. Excedencia voluntaria. El teletrabajo puede modificarse: A petición del trabajador o de la Administración. Solo a petición sindical. Cada 12 meses. Una vez por legislatura. El periodo máximo de prórroga del teletrabajo es de: 3 meses. 6 meses. 9 meses. 12 meses. El incumplimiento reiterado de las obligaciones de teletrabajo puede suponer: Revocación de la autorización. Reducción del salario base. Sanción automática de despido. Exclusión de formación. El trabajador en teletrabajo debe garantizar: La confidencialidad de la información tratada. Uso libre de datos en su domicilio. Que su familia colabore en la tarea. Que el servicio se traslade a su casa. La UIB garantiza a las personas en teletrabajo: Los mismos derechos que al personal presencial. Menores retribuciones. Menos permisos. Más horas de jornada. El teletrabajo puede cesar antes de plazo por: Necesidades organizativas de la UIB. Cambio de domicilio del trabajador. Solicitud sindical. Jubilación parcial. El teletrabajo requiere una evaluación de riesgos que: Puede ser presencial o mediante cuestionario. No es necesaria. Solo es médica. Se sustituye por declaración responsable. |